IX REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE AUTORIDADES MARÍTIMAS. Punto Nº del TEMARIO ASISTENCIA TÉCNICA

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1 IX REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE AUTORIDADES MARÍTIMAS Punto Nº del TEMARIO ASISTENCIA TÉCNICA DOCUMENTO PRESENTADO POR SECRETARÍA DEL ACUERDO VIÑA DEL MAR RESUMEN Sinopsis: Medidas propuestas: El presente documento pone en conocimiento de la Red sobre los avances con relación a la formación especializada en materia de control de buques por el Estado rector del puerto, brindada con la asistencia del Memorando de Entendimiento del Asia-Pacífico (MoU de Tokio) y la Organización Marítima Internacional (OMI), durante el año 2013 y las previsiones para el bienio Ver párrafo 9 y ANEXO A Documentos conexos: Mencionados en el texto y Estrategia Marítima ROCRAM. I.- ANTECEDENTES 1. Esta Secretaría, mediante la presentación de un documento bajo el Punto 9.5 del Temario de la VIII reunión Extraordinaria de la ROCRAM, llevada a cabo en la Ciudad de Londres, Reino Unido, el 23 y 24 de Noviembre de 2011, solicitó la evaluación de asistencia para brindar capacitación en la región en materia de control de buques por el Estado rector del puerto, sobre la base de la cooperación horizontal ofrecida por el Memorando de Entendimiento de Asia-Pacífico, solicitándose a su vez que se observaran los pasos complementarios para su implementación. 2. Como resultado de las deliberaciones mantenidas durante esa reunión y ante la imposibilidad de asegurar la obtención de financiación específica para estos fines, las Autoridades Marítimas decidieron apoyar la realización del curso planteado en ese momento, asumiendo enviar participantes a su costo, procediendo también a aceptar el ofrecimiento de la representación de Ecuador para ser su anfitrión y demás detalles vinculados con la organización, todo ello mediante la Resolución N 8 (VIII-E). 3. En la XVI Reunión Ordinaria de Autoridades Marítimas llevada a cabo en la Habana Cuba, entre el 10 y 14 Diciembre del año 2012, esta Secretaría presentó otro documento sobre esta temática, enfatizando la necesidad constante de crear y generar capacidad profesional para garantizar la aplicación universal y uniforme de los instrumentos de la Organización Marítima Internacional, en el marco de la elaboración del Programa Integrado de Cooperación Técnica (PICT). 4. Por otra parte, esta cuestión guarda especial atención en el marco de las Estrategias Marítimas adoptadas por la ROCRAM y los objetivos estratégicos fijados, especialmente en lo que se relaciona con la mejora del cumplimiento y aplicación de los instrumentos OMI además de la creación de cooperación técnica horizontal, constituyendo las actividades de formación y capacitación uno de los aspectos fundamentales para su concreción, concordante a su vez con la visión estratégica que sustenta la propia Organización Marítima Internacional. 1

2 5. Las gestiones llevadas a cabo por esta Secretaría con el MoU de Tokio, con el respaldo y apoyo brindado por la ROCRAM y la OMI a fin de afianzar las actividades de cooperación técnica promovidas, concluyó con la ejecución de un Curso de especialización durante el mes de marzo de 2013, cuya concreción contó con el invalorable aporte de la SECROCRAM y el imprescindible soporte de la Autoridad Marítima de Ecuador en su calidad de anfitrión, anexándose al presente un resumen abreviado de los resultados arrojados (ver Anexo A). 6. Con posterioridad a este evento, la Secretaría del MoU de Tokio - mediante Nota TMS 12/026 - confirmó la disponibilidad de fondos necesarios (proveniente de la Nippon Foundation) para establecer un programa trienal (años fiscal 2012, 2013 y 2014) de asistencia técnica a la región latinoamericana, designando como coordinadora del proyecto a la Sra. Fumiko AKIMOTO, cuya primera actividad del año fiscal 2012 fue la antes descripta. 7. La metodología implementada en la primer experiencia de estas actividades de cooperación externa incluyó las siguientes diligencias, a saber: a. La SECROCRAM y esta Secretaría coordinaron la determinación de la temática más conveniente a los intereses de la región que fuera factible de ser desarrollada por los expertos a designar por el Mou Tokio, así como también la convocatoria de los participantes. b. Con fecha 23 de Enero de 2013 el Secretario General de la ROCRAM curso invitación para que representantes de cada Autoridad Marítima Miembro participen del Curso Regional Avanzado para Inspectores del Estado Rector del Puerto sobre factor humano, graneleros y líneas de carga, llevado a cabo entre el 11 y 22 de marzo de 2013 en la ciudad de Guayaquil Ecuador. Tal invitación fue a su vez replicada por esta Secretaría a los integrantes de este régimen regional que no son miembros de la Red. c. La Organización Marítima Internacional solventó la asistencia de representantes de seis regímenes regionales de supervisión, así como también la participación de dos representantes de la región. d. La Secretaría del MoU de Tokio coordinó la actividad de formación y aportó con el apoyo de la Nippon Foundation la participación de los expertos que asumieron el dictado del curso. e. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas de la República de Ecuador (en carácter de anfitrión) asumió a su costo la organización de ciertas cuestiones logísticas. f. Las AAMMs que designaron participantes no captados por la financiación de las dos vacantes obtenidas de la OMI, solventaron a su costo los gastos de asistencia. 8. El balance del curso de referencia fue altamente positivo y didáctico, dado que entre los disertantes y participantes se estableció un intercambio fluido de opiniones y diferentes procedimientos y experiencias en las inspecciones de control de buques por el Estado rector del puerto, posibilitando conocer los últimos adelantos técnicos, administrativos y jurídicos con el fin de mejorar e incrementar la seguridad y protección marítima y la prevención y contención de la contaminación ocasionada por los buques. 9. Por otra parte, en consonancia con el programa de cooperación trienal aprobado por el MoU de Tokio, se vienen llevando a cabo coordinaciones preliminares con la Secretaría de ese régimen regional para un segundo curso avanzado para la región, a ser implementado bajo la misma modalidad de cooperación técnica en la República Argentina. 2

3 10. En tal sentido, con fecha 8 de Mayo de 2013, se ha recibido Nota TMS 13/058 (ver Anexo B), a través de la cual la Secretaría del MoU de Tokio propone se evalúe la posibilidad de llevar a cabo la segunda actividad de cooperación (correspondiente al año fiscal 2013) en el país donde posee asiento la Secretaria (República Argentina), por lo que en vista de lo solicitado y el tiempo disponible se realizaron coordinaciones preliminares en forma directa, aceptando la Autoridad Marítima de dicho país constituirse en sede del evento, lo que conlleva asumir los gastos que dicho rol implica. 11. Durante la XX Reunión del Comité del Acuerdo (Viña del Mar Chile, 11 al 15 de Noviembre 2103) se tiene previsto llevar a cabo la presentación formal a través de un documento - de esta actividad y debatir en el pleno cual es la temática que resultaría más conveniente para los intereses de formación existente en la región sobre control por el Estado rector del puerto. 12. Teniendo como base la experiencia adquirida respecto del curso desarrollado en Ecuador, las Autoridades Marítimas serán invitadas en esa oportunidad a nominarse como país anfitrión del evento que se prevé realizar en el año fiscal 2014 (abril marzo 2015), teniéndose en cuenta la distribución de responsabilidades que se plasman en el Anexo C. II.- MEDIDAS QUE SE PROPONEN A LA REUNIÓN. 13. Se solicita a los Estados Miembros de la Red que consideren la factibilidad de evaluar las siguientes acciones: a. Tomar nota de las diligencias instrumentadas a la fecha con el MoU de Tokio con el fin de instrumentar el segundo curso regional avanzado para Inspectores del Estado rector de puerto, previsto llevarse a cabo en Buenos Aires (Argentina), inicialmente en el mes de Marzo del año b. Apoyar que las Autoridades Marítimas de la Red comprometan el envío a sus costos de Oficiales de Supervisión por el Estado rector del puerto para integrar el grupo de participantes del curso señalado en el párrafo precedente, a los fines de beneficiar cada organización con la creación de capacidades generadas a través de este tipo de actividades de capacitación especializada y asegurar el éxito del evento ofrecido posibilitando el intercambio de conocimiento y experiencias, base fundamental de la necesaria armonización de estas actividades de control a nivel mundial, objetivo perseguido por la propia OMI. c. Evaluar la factibilidad de coordinar que, en el marco de las actividades de la Red a ser incluidas para el año 2014 (Programa Integrado de Cooperación Técnica de la OMI), se solvente la asistencia de un (1) cursante por cada país miembro de la ROCRAM. En este contexto también se debería analizar la posibilidad de incluir un participante de las Autoridades Marítimas de Honduras, Guatemala y República Dominicana (integrantes de este Acuerdo sobre ERP). d. Solicitar se evalúe encomendar a la SECROCRAM para que gestione ante las AAMM de la Red la convocatoria de los asistentes al curso, manteniendo permanente intercambio de información con la Secretaría del Acuerdo de Viña del Mar y la Autoridad Marítima anfitriona, a los fines de concretar los pasos necesarios para una adecuada planificación y concreción de la actividad de capacitación. 3

4 e. Encomendar a la Secretaría del Acuerdo Latinoamericano sobre control de buques por el Estado rector del puerto que lleve a cabo las diligencias pertinentes previa coordinación con la SECROCRAM - para la convocatoria de/l los cursante/s perteneciente a las Autoridades Marítimas de Honduras, Guatemala y República Dominicana. Al respecto tendrá en consideración lo que se resuelva respecto de lo enunciado en el Punto c) sobre la posibilidad de cubrir los costos de asistencia. 4

5 ANEXO A RESUMEN ABREVIADO CURSO REGIONAL AVANZADO PARA INSPECTORES DEL ESTADO RECTOR DEL PUERTO SOBRE FACTOR HUMANO, GRANELEROS Y LINEAS DE CARGA GUAYAQUIL, ECUADOR - 11 al 22 de Marzo 2013 A) AGENDA/PROGRAMA DEL EVENTO: Se detallan los temarios y prácticas desarrolladas en relación al entrenamiento del curso: Presentación de las actividades relacionadas con la supervisión de buques por el Estado de Rector de Puerto, llevada a cabo por el Ecuador. Introducción normativa nacional del Ecuador. Legislación Ecuatoriana en línea con los convenios internacionales de seguridad y protección marítima y prevención de la contaminación. Tópicos y Actividades del MoU de Tokio. Autoridades integrantes: 18 miembros, 2 miembros cooperativos y 10 miembros observadores. Realización de programas de cooperación técnica, cuyo propósito es el entrenamiento, armonización y actualización de los conocimientos. El entrenamiento se efectúa conforme curso general y especializado. Comisión de expertos en la región del MoU Tokio y otras regiones. Intercambios supervisores ERP entre países miembros cuyo objetivo es promocionar la armonización y actualización mediante seminarios. Planes y programas de los cursos con una duración de 4 semanas, divididas en 2 semanas de clases de lectura y 2 semanas de práctica en Yokohama y otros puertos. Estructura del MOU Tokio y estructura de la Secretaría. Contactos. Resumen de los instrumentos pertinentes: SOLAS, LL, MARPOL, STCW, COLREG, TONNAGE, AFS. Objetivos para proporcionar la legislación de la OMI y aplicar el régimen de inspección de ERP y ser capaz de identificar los procedimientos de control dentro de la legislación. Convenciones más relevantes. Gobiernos contratantes. Introducción del SOLAS, MARPOL, STCW, LL, TONNAGE, COLREG, AFS. Antecedentes. Estructura. Resolución IMO A.1052 (27). Procedimientos ERP. Propósito. Proporcionar Guía Básica ERPO. Estructura. Requerimientos. Buques que no son parte. Trato más favorable. Criterio profesional ERPO. Consistencia ERPO. Inspecciones. Motivo fundado. Detención de buques. Reportes. Principios de las buenas practicas ERPO. Convenio MLC OIT (Convenio de Trabajo Marítimo) Objetivo. Promover la consulta tripartita entre los gobiernos, las organizaciones de armadores y gente de mar. Entrada en vigencia. Ratificación de países. Aplicación. Estructura. Requisitos mínimos. Condiciones de empleo a bordo. inspección de ERP. Estructura. Aplicación. Referencias Capitulo I. Disposiciones Generales. Parte A, B y C. Capitulo II-1. Estructura. Construcción, estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas del buque. Capitulo II-2. Estructura. Construcción Prevención, detección y extinción de incendios. 5

6 inspección de ERP. Capitulo III. Dispositivos y medios de salvamento. Parte A. inspección de ERP. Capitulo IV. Radiocomunicaciones. Definiciones. Aplicación. Equipamiento. Principios e introducción. inspección de ERP. Capitulo IX. Gestión de la Seguridad Operacional de los buques. Procedimientos y uniformidad en la aplicación de Código IGS en inspección ERP. inspección de ERP. Capitulo V. Seguridad de la Navegación Aplicación. Principios e introducción. inspección de ERP. Capitulo XI-2. Medidas especiales para incrementar la Protección Marítima. Aplicación del Código PBIP. Requerimientos. Aplicación. Antecedentes. Procedimientos ERP. Directrices del Convenio Internacional sobre Líneas de Carga (LL66), Protocolo de 1988 y enmienda Antecedentes. Aplicación. Estructura. Anexos. Artículos. Típicas deficiencias. Clases de inspecciones llevadas a cabo por los Estados y/o Administraciones. Procedimientos y controles de ERP. Directrices del Convenio MARPOL y Protocolo de 1973/1978. Antecedentes. Estructura. Aplicación. Inspecciones y Certificación. Áreas Especiales Anexo I. Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos. Aplicación. Contenido. Anexo II. Reglas para prevenir la contaminación por sustancias nocivas liquidas transportadas a granel. Aplicación. Contenidos. Anexo III. Reglas para prevenir la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos. Anexo IV. Reglas para prevenir la contaminación por aguas sucias de los buques. Anexo V. Reglas para prevenir la contaminación por basuras de los buques. Anexo VI. Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por buques. Requerimientos operaciones. Controles e intervención ERP. Directrices del Convenio Internacional control de pinturas antiincrustantes 2001 AFS. Aplicación. Contenidos. Inspecciones. Certificación. Equipamientos. Procedimientos y requerimientos por ERP. Directrices del Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (STCW 75/78). Antecedentes. Aplicación. Contenido. Lineamientos en formación en gestión de emergencias y comportamiento humano para el personal de abordo. Aprendizaje en los diferentes incidentes ocurridos. Controles y procedimientos de la performance de los recursos humanos. Percepción del STCW relacionado a la fatiga del personal de abordo. Registros de los periodos de descanso. Requerimientos y procedimientos en el ejercicio de ERP. Directrices del Convenio SOLAS 1974 y Protocolo de Capitulo XII. Medidas adicionales aplicables a los Graneleros. Objetivo. Definiciones. Graneleros de casco simple. Doble Casco. Vigencia. Contenido. Presentaciones de algunas deficiencias al mencionado Capitulo. Instrumentos de carga. Programa Mejorado de Inspecciones. Procedimientos y controles durante inspecciones de ERP. 6

7 Responsabilidad de los Oficiales Supervisores de Estado Rector de Puerto y Procedimientos. Contenido del Convenio SOLAS referente intervención ERP. Contenido Resolución IMO 1052 (27). Contenidos. Apéndices. Procedimientos. Clases de inspecciones ERP. Consistencia. Motivos fundados. Aplicación de los instrumentos pertinentes. Detenciones. Reclamos y quejas. Clases de Reportes de Inspecciones. Intervención del Capitán. Código de deficiencias. Naturaleza de las deficiencias y descripción de las acciones tomadas. Revisión del Código de Buenas Practicas del ERP. Perfil profesional de ERP acorde los lineamientos del MoU Tokio. Sin interés comercial. Nivel de entrenamiento adecuado. Principios fundamentales del ERP. Integridad, profesionalismo y transparencia. Conducta. Imparcialidad. Conocimiento actualizado de los instrumentos pertinentes. Seminarios periódicos para actualización de los ERP. Preparación de los cursantes para inspección a bordo de buques. Selección de buques como objetivos consultada en la base de datos de CIALA (Centro de Información del Acuerdo Latinoamericano). División de los cursantes en 4 grupos con un Instructor a cargo. Inspección de ERP realizada por cada grupo con su Instructor a bordo de los buques seleccionados. Presentación. Algunas observaciones realizadas al momento de abordar. Aplicación de los instrumentos pertinentes a bordo. Presentación ante el Capitán. Correcta identificación. Control de Documentación del buque y la tripulación. Visita a los diferentes lugares del buque. Observaciones de las condiciones estructurales, equipos críticos, ejercicios de la tripulación, sistema de propulsión, maquinas principales y auxiliares, etc. Deficiencias detectadas y tomas fotográficas. Resultado de la inspección. Confección de Reportes de Inspección ERP. Notificación de la inspección ERP al Capitán del buque. Preparación de la supervisión de ERP por cada uno de los grupos para debatir y exponer a los instructores y cursantes. Exposición de cada grupo inspección de ERP efectuada a bordo de buques. Tomas fotográficas de las deficiencias con la correcta aplicación de los instrumentos pertinentes. Debate, aportes y comentarios entre los participantes e instructores. Conclusiones y explicaciones realizadas por cada uno de los participantes. Examen Grupal. Revisión de los instrumentos pertinentes y procedimientos de ERP, a través cuestionarios y tomas fotográficas de deficiencias para debatir entre los cursantes e instructores. Resumen y revisión del contenido temático del curso por parte de los Instructores. Palabras relacionadas al curso por parte de cada uno de los participantes. B) PARTICIPANTES: Participaron del curso, supervisores de diferentes Administraciones Marítimas, con responsabilidad en el ejercicio de las funciones como Estado rector del puerto, pertenecientes a las Autoridades Marítimas de Argentina (2), Brasil (1), Chile (1), Colombia (1), Cuba (1), Ecuador (5), Panamá (1), Perú (1) y Venezuela (1). En representación de otros regimenes regionales de supervisión participaron delegados de: 1 India (MoU Océano Índico), 1 Jamaica (MoU Caribe) y 2 Turquía (Mar Negro y Mediterráneo) En tanto asistieron en calidad de observadores - representantes de empresas navieras y terminales portuarias del sector público y privado del Ecuador (4). 7

8 B) INSTRUCTORES: Sr. JATINGER GILL, supervisor ERP del Ministerio de Transporte de Canadá. Sr. GREG WITHERALL, supervisor ERP de la Autoridad de Seguridad Marítima de Australia. Sr. YUTAKA INAMITSU, supervisor ERP del Departamento de Seguridad Marítima y Contaminación de Japón. Sr. ROBERTO GAETE, supervisor ERP, de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante de Chile. 8

9 ANEXO B INVITACION PROPUESTA REALIZACION CURSO DE FORMACIÓN Nota TMS 13/058 9

10 ANEXO B RESPONSABILIDADES EMERGENTES DEL CURSO DE FORMACIÓN EN BUENOS AIRES, ARGENTINA - Marzo Nombre del curso Curso de Formación en Control por el Estado Rector del Puerto Organizado en conjunto por el MoU de Tokio, ROCRAM y el Acuerdo Latinoamericano sobre control por el Estado rector del puerto. Financiado por la Nippon Foundation y eventualmente la OMI. Temática: A definir 2 Duración del curso Dos semanas consecutivas en marzo de 2014 (tentativamente) 3 Lugar Las clases en aulas y la formación a bordo (provisoriamente impartidas en Buenos Aires). 4 Cronograma A definir 5 Cantidad de Participantes 5.1 El número de participantes rondaría los veinte (20) como máximo para que la capacitación se considere eficiente. 5.2 La Autoridad anfitriona, en consulta con la Secretaria de la ROCRAM y del Acuerdo Latinoamericano sobre control por el Estado rector del puerto, suministrará a la Secretaría del Mou Tokio (TMS) una lista de participantes con sus títulos y nacionalidades 4 semanas antes del comienzo de la capacitación. 6 Envío de Expertos 6.1 La TMS enviará, en principio, cuatro (4) expertos como mínimo. 6.2 La TMS informará a la Secretaría del Acuerdo de Viña del Mar y a la Autoridad anfitriona la composición del grupo de expertos con sus títulos y nacionalidades 4 semanas antes del comienzo de la capacitación. 6.3 La Autoridad anfitriona hará las gestiones necesarias para facilitar las visas y demás trámites para los expertos. 10

11 7 Acuerdos Financieros 7.1 La TMS afrontará los siguientes gastos:.1 pasajes aéreos y alojamiento de los expertos;.2 materiales didácticos para uso de los expertos en la capacitación; y.3 un agasajo de bienvenida para los participantes, los expertos y la Autoridad anfitriona. 7.2 La Autoridad anfitriona afrontará los siguientes gastos:.1 un cartel del curso;.2 instalaciones de capacitación, tales como lugar, alquiler de equipo y copia de los materiales* para uso de los participantes;.3 almuerzo, así como recesos para café de la mañana y la tarde durante el curso;.4 transporte desde y hacia las instalaciones de capacitación/alojamiento, el puerto, etc..5 cascos, guantes, overoles y calzado de seguridad para todos los participantes y expertos para las prácticas de formación a bordo. * Los materiales del curso deberán ser suministrados por la TMS a la Autoridad anfitriona al menos dos semanas antes del comienzo de la capacitación para su reproducción y distribución. 7.3 Las Autoridades que envíen participantes al curso a su costo, afrontarán los siguientes gastos:.1 viaje a Buenos Aires y regreso..2 gastos de alojamiento y manutención durante la estadía..3 seguro de viaje según corresponda; y.4 cascos, guantes, overoles y calzado de seguridad (si lo mencionado en el anterior punto no fuera posible.) 8 Entrega de certificados a los participantes 8.1 Al finalizar el curso, se otorgará un certificado a cada participante. 8.2 La TMS preparará los certificados en consulta con la Autoridad anfitriona y la Secretaría del Acuerdo de Viña del Mar. 8.3 Un líder de los expertos entregará certificados a cada participante. 9 Anuncio del curso La Secretaría de la ROCRAM y del Acuerdo Latinoamericano sobre control por el Estado rector del puerto efectuarán un anuncio del curso a sus Autoridades Miembro para invitar a los participantes en el momento oportuno. * * * 11

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