Compendio Legal Sobre Áreas Protegidas Estrictas de Venezuela Centro Internacional de Ecología Tropical

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1 Nuevo Decreto de Creación Reserva de Fauna Silvestre Ciénagas de Juan Manuel, Aguas Blancas y Aguas Negras REPÚBLICA DE VENEZUELA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DECRETO Nº 1655 DE 5 DE JUNIO DE 1991 Gaceta Oficial Nº de 7 de octubre de En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 6 y 17 de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio y de conformidad con la Ley Aprobatoria de la convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América, en Consejo de Ministros. Considerando Que la delimitación original de la Reserva de Fauna silvestre Ciénagas de Juan Manuel, Aguas Blancas y Aguas Negras, ubicada en el Municipio Catatumbo del Estado Zulia, declarada mediante Decreto Nº 1345 del 16 de diciembre de 1975, no es la más adecuada para su administración y manejo. Considerando Que una porción de la Reserva de Fauna Silvestre antes mencionada posee atributos y características suficientes para ser protegida mediante la figura de Parque Nacional, razón por la cuál el Gobierno Nacional, en esta misma fecha decreta en esa porción de terreno el Parque Nacional Ciénagas de Juan Manuel. Considerando Que se requiere extender el área de la Reserva de Fauna Silvestre hacia zonas colindantes que presentan características similares de alta biodiversidad de la fauna silvestre. Considerando Que la Reserva de Fauna silvestre Ciénagas de Juan Manuel, Aguas Blancas y Aguas Negras contiene un importante recurso de fauna acuática, especialmente de interés para la pesca comercial, se subsistencia y deportiva, constituyendo, un vivero natural para diversas especies ictícolas. Página 1

2 Considerando Que tales características hacen necesaria la creación de Áreas Bajo Régimen de Administración especial, que sean compatibles y con un solo organismo administrador de las mismas. Decreta: Artículo 1. Se desafecta una porción del territorio de la Reserva de Fauna Silvestre Ciénagas de Juan Manuel, Aguas Blancas y Aguas Negras establecida por el decreto Nº 1345, de fecha 16/12/75, la cuál pasará a formar parte del Parque Nacional Ciénagas de Juan Manuel, estando delimitada por una poligonal cerrada definida por accidentes físico-naturales y vértices expresados por coordenadas U.T.M. (Universal Transversa de Mercator), Husos 18 y 19, Datum La Canoa, los cuales se expresan a continuación: Partiendo del punto P-A, ubicado en la confluencia de los ríos Lora y Aricuaisá que forman el Río Santa Ana, siendo sus coordenadas las siguientes P-A Se continúa por la margen izquierda aguas abajo del Río Santa Ana, hasta su desembocadura en el Lago de Maracaibo al Nor-Oeste de la Boca de Río Bobo, donde se encuentra el punto P-B, de coordenadas: P-B Se sigue en línea recta con rumbo Sur-Este hasta interceptar el punto P-1, ubicado en la parte oriental de la Boca de Río Bobo, al Nor-Oeste de la Laguna La Paloma. Se continúa por la parte oriental de la Boca de Río Bobo hasta interceptar el punto P-19, ubicado en la desembocadura del Río Bobo en el Lago de Maracaibo, se sigue aguas arriba por la margen izquierda del mencionado río, hasta encontrar el punto P-18, ubicado a 2,8 km. aproximadamente, al Nor-Oeste de la Hacienda Momposito; se continúa en línea recta con rumbo Oeste hasta interceptar la margen izquierda del Río Bravo, donde se localiza el punto P-17, ubicado en la confluencia de un afluente sin nombre y al Norte de una laguna, ambas situadas al Nor-Este del sector conocido como Momposito. Se sigue aguas arriba por la margen izquierda del Río Bravo, hasta su confluencia con Caño Negro, donde se Página 2

3 localiza el punto P-16, ubicado al Este de la Laguna Negra. Luego se continua aguas arriba por la margen izquierda del Río Bravo hasta su confluencia con el Caño La Estrella, donde se ubica el punto P-15, se sigue aguas arriba por la margen izquierda del río antes mencionado hasta encontrar el punto P-14, ubicado al Sur de la Laguna Juan Manual de Aguas Claras y a 6,5 km. aproximadamente del punto anterior (P-15). Los siete puntos mencionados anteriormente, son comunes con la poligonal definitiva de la Reserva de Fauna Silvestre Ciénagas de Juan Manuel, aguas Blancas y Aguas Negras, siendo las coordenadas de los mencionados puntos las siguientes: P P P P P P P A partir del punto P-14, se continúa por la margen izquierda aguas arriba del Río Bravo, hasta localizar el punto P-C, ubicado en la naciente de dicho río en el Río Catatumbo de coordenadas: P-C Desde este punto se sigue en línea recta con rumbo Nor-Oeste hasta llegar a la confluencia de los ríos Lora y Aricuaisá, donde se localiza el el punto P-A, ya descrito. Artículo 2. Se declara como parte integrante de la Reserva de Fauna Silvestre Ciénagas de Juan Manuel, Aguas Blancas y Aguas Negras, la porción del territorio, ubicada en jurisdicción del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, que se encuentra delimitada por una poligonal cerrada, definida por accidentes físiconaturales y vértices expresados por coordenadas U.T.M. (Universal Transversa de Mercator), Husos 18 y 19, Datum La Canoa, los cuales se describen a continuación: Página 3

4 Partiendo del punto P-1, ubicado en la parte Oriental de la Boca de Río Bobo, al Nor-Oeste de la Laguna La Paloma, de coordenadas: P Se continúa en línea recta con rumbo Este aguas adentro del Lago de Maracaibo, recirriendo una distancia aproximada de 4 km., hasta llegar al punto P-2; se sigue en línea recta con rumbo Sur-Este recorriendo una distancia aproximada de 23,72 km. hasta encontrar el punto P-3, localizado a una distancia de 985 m. medidos a partir de la desembocadura del Río Catatumbo en el Lago de Maracaibo, donde se ubica el punto P-4; se continúa por la margen derecha aguas arriba del Río Catatumbo hasta encontrar el Caño Boca del Sur, donde se ubica el punto P-5, situado al Este de la Laguna Los Palitos y al Oeste de la Ensenada Agua Muerta, siendo las coordenadas de los mencionados puntos son las siguientes: P P P P A partir del punto P-5, se continúa por la margen derecha aguas arriba del Río Catatumbo hasta encontrar el punto P-6, ubicado al Norte de la Laguna Las Garzas y al Sur-Oeste del fundo Las Garzas, a una distancia en línea recta de este último de 1,6 km. ; se sigue por la margen derecha, aguas arriba del Río Catatumbo hasta localizar el punto P-7, ubicado al Este del centro poblado conocido como Venado; luego se continua aguas arriba por dicha margen, hasta hallar el punto P- 8, ubicado al Nor-Oeste del sitio denominado Villorino; se sigue en línea recta con rumbo norte franco hasta llegar a la margen izquierda del Río Catatumbo en la desembocadura de un caño sin nombre, donde se encuentra el punto P-9; se continua aguas arriba por dicho caño hasta llegar al punto P-10, ubicado en su naciente. Las coordenadas de los mencionados puntos son las siguientes: P P P Página 4

5 P P A partir del punto P-10, se sigue en línea recta con rumbo Sur-Oeste hasta localizar el punto P-11, ubicado al sur-este de una laguna sin nombre y al Nor- Oeste del sitio denominado Las Tres Ceibas; se continúa en línea recta con rumbo Oeste, recorriendo una distancia de 5,7 km. aproximadamente, hasta interceptar el Caño Negro, ubicado al Sur-Este de la Laguna La Estrella, donde se encuentra el punto P-12; se continúa aguas arriba por dicho caño recorriendo una distancia aproximada de 16 km., hasta encontrar el punto P-13, ubicado al Norte del sector denominado El Cedro; se sigue en línea recta con rumbo Nor-Oeste hasta interceptar la margen izquierda del Río Bravo, donde se encuentra el punto P-14, ubicado al sur de la Laguna Juan Manuel de Aguas Claras y a 4.1 km., del punto P- 13, luego se continúa aguas abajo por la margen izquierda del Río Bravo hasta la confluencia con Caño La Estrella, donde se encuentra el punto P-15, se sigue aguas abajo por la margen derecha del Río Bravo hasta llegar a la confluencia con Caño Negro, donde se localiza el punto P-16, ubicado al Este de la Laguna Negra y al Sur del sector denominado Momposito, se continúa aguas abajo por la margen izquierda del Río Bravo hasta encontrar el punto P-17, ubicado en la desembocadura de un afluente sin nombre y al Norte de una laguna, ambas situadas al Nor-Este del sector conocido como Momposito; siendo las coordenadas de los mencionados puntos las siguientes: P P P P P P P Desde este último punto, se continua aguas abajo por la margen izquierda del Río Bravo, hasta llegar a su difluencia con el Caño Los Palitos, dende se encuentra el punto P-17ª, de coordenadas: Página 5

6 P-17A De este último punto, se sigue aguas abajo por la margen izquierda del caño antes mencionado hasta su desembocadura en la Ensenada Los Palitos en el Lago de Maracaibo, donde se encuentra el punto P-17B, de coordenadas: P-17B A partir del punto P-17B, se continúa con rumbo Nor-Oeste variable por la línea de costa, pasando por las puntas Repelón, Conguito, El Banquito y El Mangle y las bocas de las lagunas: El Congo y Ologa hasta alcanzar el punto P-1, anteriormente descrito. Artículo 3. De conformidad con los artículos 1º y 2º del presente Decreto, el área total de la Reserva de Fauna Silvestre Ciénagas de Juan Manuel, Aguas Blancas y Aguas Negras, comprende la porción del territorio, ubicada en jurisdicción del Municipio Catatumbo del Estado Zulia delimitada por una poligonal cerrada, definida por accidentes físico-naturales y puntos expresados por coordenadas U.T.M. (Universal Transversa de Mercator), Husos 18 y 19, Datum La Canoa, los cuales se describen a continuación: Partiendo del punto P-1, ubicado en la parte oriental de la Boca del Río Bobo y al Nor-Oeste de la Laguna La Paloma, se continúa en línea recta con rumbo este aguas adentro del Lago de Maracaibo, recorriendo una distancia aproximada de 4 km, hasta llegar al punto P-2; se sigue en línea recta con rumbo Sur-Este recorriendo una distancia de 23,72 km., aproximadamente, hasta encontrar el punto P-3, localizado a una distancia de 985 m. medidos a partir de la desembocadura del Río Catatumbo en el Lago de Maracaibo, donde se localiza el punto P-4; se continúa por la margen derecha aguas arriba del Río Catatumbo hasta encontrar el Caño Boca del Sur, donde se ubica el punto P-5, situado al Este de la Laguna Los Palitos y al Oeste de la Ensenada Agua Muerta; siendo las coordenadas de los mencionados puntos las siguientes: P P P P Página 6

7 P A partir del punto P-5, se continúa por la margen derecha aguas arriba del Río Catatumbo hasta encontrar el punto P-6, ubicado al Norte de la laguna Las Garzas y al Sur-Oeste del Fundo Las Garzas recorriendo una distancia aproximada en línea recta de 1,6 km.; se sigue por la margen derecha aguas arriba del Río Catatumbo hasta localizar el punto P-7, ubicado al Este del centro poblado conocido como Venado; luego se continúa por dicha margen, aguas arriba hasta hallar el punto P- 8, ubicado al Nor-Oeste del sitio denominado Villorino, se sigue en línea recta con rumbo Norte franco hasta llegar a la margen izquierda del Río Catatumbo en la desembocadura de un caño sin nombre, donde se encuentra el punto P-9, se continúa aguas arriba por dicho caño hasta llegar al punto P-10, ubicado en su naciente. Las coordenadas de los mencionados puntos son las siguentes: P P P P P A partir del punto P-10 se sigue en línea recta con rumbo Sur-Oeste hasta localizar el punto P-11, ubicado al sur-este de una laguna sin nombre y al Nor-Oeste del sitio denominado Las Tres Ceibas; se continúa en línea recta con rumbo Oeste recorriendo una distancia de 5,7 km., aproximadamente, hasta interceptar el Caño Negro, ubicado al Sur-Este de la Laguna La Estrella, donde se encuentra el punto P-12, se continúa aguas arriba por dicho caño recorriendo una distancia aproximada de 16 km., hasta encontrar el punto P-13, ubicado al Norte del sector denominado El Cedro; se sigue en línea recta con rumbo Nor-Oeste hasta interceptar la margen izquierda del Río Bravo, donde se encuentra el punto P-14, ubicado al Sur de la Laguna Juan Manuel de Aguas Claras y a 4,1 km., del punto P- 13; luego se continúa aguas abajo por la mergen izquierda del Río Bravo hasta la confluencia con Caño La Estrella, donde se encuentra el punto P-15, se sigue aguas abajo por la margen izquierda del Río Bravo hasta llegar a la confluencia con Caño Negro, donde se localiza el punto P-16, ubicado al este de la Laguna Negra y al Sur del sector denominado Momposito; se continúa aguas abajo por la mergen izquierda del Río Bravo hasta encontrar el punto P-17, ubicado en la desembocadura de un afluente sin nombre y al Norte de una laguna, ambas Página 7

8 situadas al Nor-Este del sector conocido como Momposito; siendo las coordenadas de los mencionados puntos las siguientes: P P P P P P P Desde el punto P-17, se continúa en línea recta con rumbo Este hasta interceptar la margen izquierda del Río Bobo, donde se encuentra el punto P-18, ubicado a 2,8 km., aproximadamente, al Nor-Oeste de la Hacienda Momposito; se sigue aguas abajo por la margen izquierda del río antes mencionado hasta encontrar el punto P-19, ubicado en la desembocadura del Río Bobo en el Lago de Maracaibo; se continúa por la parte oriental de la Boca del Río Bobo hasta encontrar el punto P-1 anteriormente descrito, donde se cierra la poligonal, siendo las coordenadas de los puntos antes mencionados: P P P Artículo 4. El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables será el encargado de administrar el área declarada y procederá en el plazo de un (1) año, a partir de la fecha de la publicación de este Decreto, a demarcar los linderos descritos en el artículo anterior. Artículo 5. El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables elaborará el Plan de Ordenamiento y el respectivo Reglamento de Uso en el plazo de dos (2) años contados a partir de la publicación del presente Decreto. PARÁGRAFO UNICO: El Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva, regularán tanto el aprovechamiento de los recursos piscícolas o ictícolas del área, como la explotación o aprovechamiento de las salinas que se encuentran dentro de la misma. Página 8

9 Artículo 6. Todas las personas naturales o jurídicas que sean titulares de derechos reales, posean instalaciones o realicen cualquier tipo de actividad en el área de la reserva, deberán notificar a la Dirección Regional del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables con jurisdicción en el área, dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes a la publicación de este decreto, la existencia de tales derechos o actividades, a los fines de que los mismos sean tomados en consideración en la elaboración de respectivo Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso. Artículo 7. El Ministerio de Relaciones Exteriores notificará la modificación del área de la Reserva de Fauna Silvestre Ciénagas de Juan Manuel, Aguas Blancas y Aguas Negras, a los organismos internacionales señalados en la Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las bellezas escénicas Naturales de los Países de América. Artículo 8. Se deroga el Decreto Nº 1345 del 16 de diciembre de 1975, en todo lo que esté en oposición con el contenido de este Decreto. Artículo 9. Los Ministerios de Relaciones Exteriores y del ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto. Dado en Caracas, a los cinco días del mes de junio de mil novecientos noventa y uno. Año 181º de la Independencia y 132º de la Federación. (L.S.) CARLOS ANDRÉS PÉREZ Refrendado: Ministro de Relaciones Interiores ALEJANDRO IZAGUIRRE. Ministro de Relaciones Exteriores ARMANDO DURÁN. Ministro de Hacienda ROBERTO POCATERRA. Ministro de la Defensa HÉCTOR JURADO TORO. Ministro de Fomento IMELDA CISNEROS. Ministro de Educación Página 9

10 GUSTAVO ROOSEN. Ministro de Sanidad y Asistencia Social PEDRO PÁEZ CAMARGO. Ministro de Agricultura y Cría JONATHAN COLES WARD. Ministro de Trabajo (E) JESÚS RUBÉN RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ. Ministro de Transporte y Comunicaciones ROBERTO SMITH PERERA. Ministro de Justicia JESÚS MORENO GUACARÁN. Ministro de Energía y Minas (E) RAFAEL M. GUEVARA. Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables ENRIQUE COLMENARES FINOL. Ministro del Desarrollo Urbano LUIS PENZINI FLEURY. Ministra de la Familia MARISELA PADRÓN QUERO. Ministra de la Secretaría de la Presidencia BEATRICE RANGEL MANTILLA. Ministro de Estado. JOSÉ ANTONIO ABREU. Ministro de Estado LEOPOLDO SUCRE FIGARELLA. Ministro de Estado GERVER TORRES. Ministra de Estado DULCE ARNAO DE UZCATEGUI. Ministra de Estado EVANGELINA GARCÍA PRINCE. Ministro de Estado CARLOS BLANCO. Ministro de Estado ENRIQUE RIVAS GÓMEZ. Ministro de Estado JESÚS RAMÓN CARMONA B. Página 10

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