[ ] ACTUACIONES INSPECTORAS EN IGUALDAD. Andrés M. Fernández Temprano. Jefe de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Las Palmas ITSS 2018
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- Adolfo Molina Montes
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1 [ ] ACTUACIONES INSPECTORAS EN IGUALDAD Andrés M. Fernández Temprano. Jefe de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Las Palmas Lanzarote, 14 de marzo de 2018
2 COMPETENCIA DE LA ITSS EN MATERIA DE IGUALDAD Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social La función inspectora comprende los siguientes cometidos: 1. De vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y del contenido de los acuerdos y convenios colectivos, en los siguientes ámbitos: a) Sistema de relaciones laborales. 3.º Normas en materia de tutela y promoción de la igualdad de trato y oportunidades y no discriminación en el trabajo. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
3 PROGRAMACION DE ACTUACIONES INSPECTORAS EN MATERIA DE IGUALDAD Las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de Igualdad y no discriminación por razón de sexo son un área de actuación permanente de la materia de Relaciones Laborales, dentro de la programación anual de las Inspecciones de Trabajo de todas las Comunidades Autónomas
4 CAMPAÑAS INSPECTORAS EN MATERIA DE IGUALDAD 1. Discriminación en el acceso al empleo 2. Discriminación salarial 3. Discriminación en la relación laboral 4. Acoso sexual y por razón de sexo 5. Control de medidas y planes de igualdad 6. Comprobación de requerimientos de medidas y planes de igualdad 7. Seguimiento y ejecución de medidas y planes de igualdad 8. Derechos conciliación vida familiar y laboral 9. Discriminación en la negociación colectiva
5 OTRAS CAMPAÑAS INSPECTORAS RELACIONADAS 1. Prevención de Riesgos Laborales con enfoque de género 2. Discriminación por razones distintas de género 3. Condiciones discriminatorias de Inmigrantes
6 DISCRIMINACIÓN EN EL ACCESO AL EMPLEO Se considerarán discriminatorias las ofertas referidas a uno de los sexos, salvo que se trate de un requisito profesional esencial y determinante de la actividad a desarrollar. En todo caso, se considerará discriminatoria la oferta referida a uno solo de los sexos basada en exigencias del puesto de trabajo relacionadas con el esfuerzo físico. Detección de ofertas de empleo discriminatorias: Por la propia ITSS Por comunicación del Instituto Canario de Igualdad. Denuncia.
7 Identificación del anunciante: DISCRIMINACIÓN EN EL ACCESO AL EMPLEO Base de datos de la SS Deber de colaboración del medio de comunicación o de compañía telefónica. Infracción muy grave del deber de colaboración. Infracción muy graves LISOS:. establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo. Sanción: multa de a euros.
8 DISCRIMINACIÓN SALARIAL Planificación de actuaciones Diversos sectores y tamaños de empresa. Selección de empresas: comparación de bases de cotización medias de hombres y mujeres. Actuación inspectora Comprobación de nóminas de los 2 últimos años. Afecta a todas las categorías profesionales. En el sector de la construcción, grupos de cotización 1 y 2. Detección de discriminaciones directas e indirectas en complementos salariales voluntarios, pagas extras, horas extras, dietas, compensaciones por gastos
9 Actuaciones por denuncia o comunicaciones judiciales. (reactivas) Actuaciones planificadas (proactivas) 2 ámbitos: ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO Acoso sexual: cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. Acoso por razón de sexo: cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
10 ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO Objetivo: Investigar sucesos concretos de acoso. Verificar cumplimiento de obligación de contar con procedimientos de prevención del acoso y de gestión de denuncias. Verificar la implantación de los procedimientos y su efectiva puesta en marcha.
11 CONTROL DE MEDIDAS Y PLANES DE IGUALDAD Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en este capítulo, que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral.
12 CONTROL DE MEDIDAS Y PLANES DE IGUALDAD Actuaciones inspectoras. Comprobar existencia de Plan de Igualdad. Verificar participación de representantes de los trabajadores. Examinar el diagnostico de igualdad. Verificar implantación efectiva del Plan de igualdad. Infracción muy grave: No elaborar o no aplicar el plan de igualdad.
13 COMPROBACIÓN DE REQUERIMIENTOS Y SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN Comprobación de requerimientos de medidas y planes de igualdad Seguimiento de aquellas empresas a las que se haya realizado con anterioridad un requerimiento para la elaboración de planes o de medidas de igualdad. Seguimiento y ejecución de medidas y planes de igualdad Seguimiento de implantación y ejecución (empresas sin representación, con peor diagnóstico previo, etc.), y la adopción de las medidas correctoras previstas
14 DISCRIMINACIÓN EN LA RELACIÓN LABORAL Objeto constatar la existencia de situaciones de discriminación en: Modalidad de contratación. Formación profesional. Promoción profesional.
15 DERECHOS CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR Y LABORAL Origen actuaciones: Denuncias Planificadas: Comprobación de disfrute de permisos de paternidad. Comprobación de derechos reconocidos en convenios colectivos.
16 DISCRIMINACIÓN EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Detección de cláusulas discriminatorias en convenios y acuerdos colectivos: Obligación de negociar medidas de igualdad. Lenguaje sexista: categorías profesionales Limitación de derechos entre sexos. Ejemplos: disfrute lactancia, pruebas médicas. Conciliación de la vida laboral y familiar: licencias, excedencias. Escalas salariales
17 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES CON ENFOQUE DE GENERO Sectores específicos con relevancia en situaciones de embarazo o lactancia. Empresas con presencia femenina en edad fértil. Situaciones de reincorporación tras prestaciones de maternidad. Información facilitada por el INSS Objetivo: verificar cumplimiento de obligaciones PRL: Evaluación de riesgos, vigilancia de la salud, adaptación de puestos de trabajo.
18 RESPONSABILIDADES EN MATERIA DE IGUALDAD Los empresarios que hayan cometido las infracciones muy graves (discriminación + acoso sexual o por razón de sexo + discriminación en acceso al empleo). a) Perderán de ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, en proporción a trabajadores afectados. b) Podrán ser excluidos del acceso a tales beneficios por un período de 6 meses a 2 años, con efectos desde la fecha de la resolución que imponga la sanción. PROHIBICIÓN DE CONTRATAR CON AAPP: Ley 9/2017. Art Prohibiciones de contratar a empresas sancionadas por infracción muy grave en materia laboral o social
19 PROCEDIMIENTO DE OFICIO ANTE LA JURISDICCIÓN SOCIAL Declaración de derecho a indemnización En base a actas de infracción o comunicaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social acerca de la constatación de una discriminación por razón de sexo. Debe determinarse las bases de los perjuicios estimados para el trabajador.
20 MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
21 HERRAMIENTAS IGUALDAD
22 Muchas gracias por su atención
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