REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR"

Transcripción

1 REPÚBLICA DEL ECUADOR _.... r.... RPC-SO-37-No EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de pla nificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva (... )"; el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), dispone: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público con personería jurídica, co n patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana (... )"; el artículo 169, literal j) de la LOES, determina que es atribución y deber del Consejo de Educación Superior (CES): "j) Aprobar la creación de carreras y programas de grado y posgrado en las instituciones universitarias y politécnicas"; mediante Resolución RPC-SE-13-No.OSl-2013, de 21 de noviembre de 2013, publicado en la Gaceta Oficial del CES el 28 de noviembre de 2013, el Pleno de este Consejo de Estado aprobó el Reglamento de Régimen Académico, reformado a través de resoluciones RPC-SO-13-No , RPC-SO-4S-No , RPC-SO- 18-No S, RPC-SQ- 22-No S. RPC-SQ-31-No.40S-201S, RPC-SQ-34- No S, RPC-SE-03-No y RPC-SQ-1 7-No , de 09 de abril de 2014, 17 de diciembre de 2014, 06 de mayo de 2015, 10 de junio de 2015, 02 de septiembre de 2015, 23 de septiembre de 2015, 22 de marzo de 2016 y 04 de mayo de 2016, respectivamente; el articulo 78 del Reglamento de Régimen Académico, prescribe: "Se entenderá como pertinencia de carreras y programas académicos al cumplimiento del prin cipio constitucional de pertinencia en el sistema de educación superior establecido en el artículo 107 de la LOES, promoviendo la articulación de la oferta fo rmativa, de investigación y de vinculación con la sociedad, con el régimen constitucional del Buen Vivir, el Pl an Nacional de Desarrollo, los planes regionales y locales, los requerimientos sociales en cada nivel territorial y las corrientes internacionales científicas y humanísticas de pensamiento. El CES priorizará la aprobación de carreras y programas académicos en conco rdancia con los lineamientos de pertinencia establecidos en la respectiva normativa"; la Disposición General Séptima del Reglamento ibídem, señala: "A partir de la fecha de vigencia del presente Reglamento, las carreras o programas que apruebe el CES tendrán un período máximo de vigencia de S años. Esta vigencia de la carrera o programa podrá ser modificada por el CES, previo informe del CEAACES relativo al proceso de evaluación y acreditación respectivo"; la Disposición Transitoria Tercera del Reglamento referido en el párrafo precedente, manifiesta: "Una vez habilitada la plataforma informática para la presentación de proyectos de carreras, las les remitirán al CES, para su Pagina 1 de 7

2 CONSEJO DE EDUCACION SUPERIUK aprobación, los proyectos de rediseño de todas sus carreras que se encuentren en estado vigente, de acuerdo a las disposiciones del presente Reglamento, en los siguientes plazos máximos: 1. Hasta el 30 de diciembre de 2015 las carreras del campo amplio de educación. 2. Hasta el 31 de julio de 2016 las carreras de grado. de interés público, entre las cuales se incluirán la ca rreras de medicina, odontología, enfermería, obstetricia y derecho. 3. Hasta el 31 de julio de las carreras de las universidades y escuelas politécnicas de categoría e y D (o equivalentes). 4. Hasta el13 de octubre de 2016 las demás ca rreras de grado. 5. En el caso de los institutos técnicos superiores, tecnológicos superiores y equivalentes. ubicados en las categorías B y C por el ex CON EA. el plazo para el ingreso de los proyectos de rediseños de las carreras vigentes. se podrá extender hasta el 04 de diciembre de 2016; y. para los institutos y conservatorios superiores ubicados en la categoría A. el plazo se extenderá hasta el 04 de junio de 2017 (... )"; Que. Que. a través de Resolución RPC-SO-32-No , de 20 de agosto de el Pleno del CES expidió el Reglamento de Presentación y Aprobación de Carreras y Programas de las Instituciones de Educación Superior, reformado a través de resoluciones RPC-SO-16-No , de 22 de abril de 2015; RPC-SO-36-No , de 07 de octubre de 2015; RPC-SO-44-No , de 02 de diciembre de 2015; RPC-SO-08-No , de 02 de marzo de 2016; RPC-SO-ll -No , de 23 de marzo de 2016; RPC-SO-22 -No , de 08 de junio de 2016; y, RPC SO-36-No , de 05 de octubre de 2016, respectiva mente; mediante la Plataforma Informática para la Presentación de Carreras y Programas de este Consejo de Estado, el 01 de marzo de 2016, 22 de marzo de 2016, 11 de abril de 2016 y 30 de mayo de 2016, la Universidad Regional Autónoma de los Andes, presentó al CES los proyectos de rediseño curricular de la Carrera de Derecho, en modalidad presencial, para las Extensiones de Ibarra, Quevedo, Puyo, Santo Dom ingo; y, Riobamba; a través de correos electrónicos enviados el 04 de julio y 17 de agosto de 2016, la Comisión Permanente de Un iversidades y Escuelas Politécnicas del CES, puso en conocimiento de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, los informes de Evaluación de los proyectos de rediseño curricular de la Carrera de Derecho, para que de ser pertinentes se valoren las observaciones reali zadas por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, la Facilitadora Académica Externa y el equipo técnico de la referida Comisión y se incluyan en los proyectos académicos; mediante la Plataforma Informática para la Presentación de Carreras y Programas de este Consejo de Estado, el 23 y 29 de septiembre de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, presentó al CES, los proyectos de rediseño curricular reformulados de la Carrera de Derecho; en los proyectos de rediseño curricular de la Carrera de Derecho presentados por la Universidad Regional Autónoma de los Andes se han valorado y aceptado las observaciones emitidas a los proyectos de carrera; en los proyectos académicos presentados por la Universidad Regional Autónoma de los Andes, se evidencia la construcción de un modelo curricular y pedagógico para las carreras de Derecho, los mismos que contienen una descripción respecto del objeto de estudio de la carrera, perfil de egreso, estudio de la demanda Página 2 de 7 Alpa llana E6-113 Y Francisco Flor

3 REPÚBLICA DEL ECUADOR ocupacional, resultados de aprendizaje, modelo de investigación para los aprendizajes. modelo de prácticas pre profesionales, modelo de integración curricular de las asignaturas, cursos o sus equivalentes. así como la descripción detallada de los programas de estudio considerando contenidos mínimos y carga horaria en base al Reglamento de Régimen Académico vigente; Que. la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, en su Cuarta Sesión Ordinaria, desarrollada el 04 de octubre de una vez analizado el Informe Técnico respecto de los proyectos de rediseño curricular de la Carrera de Derecho, presentados por la Universidad Regional Autónoma de los Andes. mediante acuerdos CPUEP-SO-004-No y CPUEP-SO-004-No , respectivamente, recomendó al Pleno del CES su aprobación; mediante Memorando CES-CPUE M, de 07 de octubre de 2016, la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, remitió para la aprobación del Pleno de este Organismo los informes técnicos respecto de los proyectos de rediseño curricular de la Carrera de Derecho, presentados por la Universidad Regional Autónoma de los Andes; así como el proyecto de resolución correspondiente; luego de conocer y analizar la recomendación realizada por la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, se estima pertinente acoger el contenido de la misma; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación Superior, RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de Derecho, presentado por la Universidad Regional Autónoma de los Andes, cuya descripción consta a continuación: Tipo de trámite: Tipo de formación: Campo amplio: Campo especifico: Campo detallado: Modalidad de aprendizaje: Itinerarios: Lugar donde se impartirá la carrera: Rediseño. Licenciaturas. Ciencias Sociales. Periodismo, Información y Presencial. Democracia Participa ti va; y, El Derecho en la Era Digital. Extensión barra. Página 3 de 7

4 CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR 'S 1"'I"l~t N()\1HR~. ])J - 1.1\,,,"" " " IN TIIUJ.O i\i.qii~. I ~'V,, ' ~lll]) \IID \1> IIU '" r~ (. ( " ( \l~h~im (( (():"J[)[HE.. I.,,,,, " RPC-SQ-37- Universidad Regional Tercer Extensión 6S0331AOl Derecho Abogadoja Presencial Autónoma de Nivel Ibarra -No.763- los Andes 2016 Artículo 2." Aprobar el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de presentado por la Universidad Regional Autónoma de los Andes, cuya descripción consta a continuación: Tipo de trámite: Tipo de formación: Campo amplio: Campo específico: Campo detallado: Modalidad de aprendizaje: Itinerarios: Lugar donde se impartirá la carrera: Rediseño. Licenciaturas. Ciencias Sociales, Periodismo. Información y Presencial. Nuevos Derechos en el Contexto de las Reformas Legales; y, Reforma a las Leyes. Extensión Quevedo. RFSll).WIO:-J 1 :-JO\tBR~D~I,,\ I 1~" Il:-.J TITllI.OAI.Qll~ I ~IV 'I \1(lIl\llllAll I 111 AR 1 'RI { ~I{,\ I 1 {O~IlU( ~ I. i 1, RPC-SQ AOl No Derecho Universidad Regional Autónoma de los Andes Abogado/a Tercer Nivel Presencial Extensión Quevedo Artículo 3.- Aprobar el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de Derecho, presentado por la Un iversidad Regional Autónoma de los Andes, cuya descripción consta a continuación: Tipo de trámite: Tipo de formación: Campo amplio: Campo específico: Campo detallado: Rediseño. Licenciaturas. Ciencias Sociales, Periodismo. Información y Página 4 de 7 Alpa llana E6-113 Y Francisco Flor

5 REPÚBLICA DEL ECUADOR Modalidad de aprendizaje: Itinerarios: Lugar donde se impartirá la carrera: Presencial. Derecho de la Naturaleza y el Ambiente; y, Desarrollo y Democracia. Extensión Puyo y Extensión Santo Domingo. N()\1HI{I ' IJ~I~\ _ 'IrnlltIAI.l}IIl. I HI' SOUltIO:-' U\IWI'I{/\ I INSI1Jllt IO:-' t(inil(lt~ I '\JI\!.I. \1(1),\1111,\1> 11 1(, \H RPC-SQ A01- NO Derecho Universidad Regional Autónoma de los Andes Abogadoja Tercer Nivel Presencial Extensión Puyo y Extensión Santo Domingo Artículo 4.- Aprobar el proyecto de rediseño curricular de la Carrera de Derecho, presentado por la Universidad Regional Autónoma de los Andes, cuya descripción consta a continuación: Tipo de trámite: Tipo de formación: Campo amplio: Campo específico: Campo detallado: Modalidad de aprendizaje: Itinerarios: Lugar donde se impartirá la carrera: Rediseño. Licenciaturas. Ciencias Sociales, Periodismo, Información y Presencial. Justicia, Jurisdicción y Competencia; y, Movilidad Humana. Extensión Riobamba. RPC-SQ AOl -No Derecho Universidad Regional Autónoma de los Andes Abogadoja Tercer Nivel Presencial Extensión Riobamba Artículo S." Las carreras aprobadas de Derecho tendrán un período de vigencia de cinco (S) años, contados desde su aprobación. Pagina 5 de 7

6 CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR Artículo 6," La Universidad Regional Autónoma de los Andes. ejecutará las carreras de de conformidad con el Plan de Estudio y la malla curricular que consta en el ANEXO 1 Y en el CD adjunto a la presente Resolución. Artículo 7.' La Universidad Regional Autónoma de los Andes, en el plazo de noventa (90) días. previo a la apertura de la primera cohorte, deberá presentar el valor de los aranceles de la Carrera de Derecho, para aprobación del Consejo de Educación Superior. los referidos valores se deberán establecer de conformidad con los parámetros establecidos en el artículo 5 del Reglamento para la Regulación de Aranceles. Matrículas y Derechos en las Instituciones de Educación Superior Particulares. Artículo 8.- Solicitar a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, cambiar el estado de "vigente" a "no vigente habilitado para registro de títulos", para las carreras de Derecho, registradas en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador con los códigos 04562, 04583, 04570, Y Artículo 9.- Las carreras de Derecho, registradas en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador con los códigos 04562, 04583, 04570, Y 04587, podrán ser ofertadas hasta el primer periodo académico ordinario del año 2017 inclusive. DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Notificar el contenido de la presente Resolución a la Universidad Regional Autónoma de los Andes. SEGUNDA.- Notificar el contenido de la presente Resolución a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. TERCERA.- Notificar el contenido de la presente Resolución al Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. CUARTA.- Notificar el contenido de la presente Resolución al Presidente de la Asamblea del Sistema de Educación Superior. QUINTA.- Para la Carrera de Derecho, a ejecutarse en la Extensión barra, se faculta a la Universidad Regional Autónoma de los Andes para otorgar las certificaciones de los itinerarios académicos: Democracia Participa ti va; y, El Derecho en la Era Digital, según corresponda. SEXTA.- Para la Carrera de Derecho, a ejecutarse en la Extensión Quevedo, se faculta a la Universidad Regional Autónoma de los Andes para otorgar las certificaciones de los itinerarios académicos: Nuevos Derechos en el Contexto de las Formas Legales; y, Reformas a las Leyes, según corresponda. SÉPTIMA,- Para la Carrera de Derecho, a ejecutarse en la Extensión Puyo y Extensión Santo Domingo, se faculta a la Universidad Regional Autónoma de los Andes para otorgar las certificaciones de los itinerarios académicos: Derecho de la Naturaleza y el Ambiente; y, Desarrollo y Democracia, según corresponda. OCTAVA,- Para la Carrera de Derecho, a ejecutarse en la Extensión Riobamba, se faculta a la Universidad Regional Autónoma de los Andes para otorgar las certificaciones de los Alpallana E6-113 Y Francisco Flor Página 6 de 7

7 REPÚBLICA DEL ECUADOR itinerarios académicos: Justicia, Jurisdicción y Competencia; y. Movilidad Humana. según corresponda. DISPOSICiÓN FINAL La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación. sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial del Consejo de Educación Superior. Dada en la ciudad de San Francisco de Quito. D.M.. a los doce (12) días del mes de octubre de en la Trigésima Séptima Sesión Ordinaria del Pleno del CES, del año en curso. Dr. Enrique S"3n PRESIDENTE ~~l.!/-'o" MarcéOCaernVintimilla SECRETARIO GENERAL Página 7 de 7

8 ANEXO 1

9 f1m!i[!,11!i LII ", ~~~ 1'1; ~ I ;nfl Ij ~ I m i i, 11 I!!! l. m :tw=:d j~: : Ir: I 1! 1" t= ~ I=t=~ 11=1:=1 :- ~ I f-' - 1- I! 1 Ir I! I! 11==!t==l -'.'- f-j.y -:-: : ;j1-orrl,ih +-~ +1-+ t + ~ '!m! II!,' lfti 1!1~1111, 1!lfIH!I I í!!, Ill!,' :=!~ IHJ! 'i l! i ',11 q 11 II!' p, I ' I,r ji 1,\1 'I'!!! ji iu!!lll',! dlí i, ': i!! ~ I! ~ 'If!,,,' '!! ftth-tthiliffl~,~ ; 1 I 1 f7l ~ GJ 0 1 I 180 ~=!-

10

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Republt c" del E( u"dor RPC-SO-12-No.226-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Re puhlh.1 del Ee liador RPC-SO-20-No.385-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLI CA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLI CA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLI CA DEL ECUADOR RPC-SO-30-No.537-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-06-No.ll0-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-41-No_855-2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando: R ~ púb l i< a d ~1 EcuadoJ RPC-SO-06-No.112-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-41-No.851-20 16 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-06-No.l08-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R':!publi ca del Ecuador RPC-SO-12-No.242-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-46-No.810-2017 EL CONSEJODE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-35-No.713-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece:

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-38-No.718-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-OS-No.079-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-OS-No.079-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando: RPC-SO-OS-No.079-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-29-No.500-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR ~,,,,~,,,,,,,, REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPCSO34No_6722016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: Que. el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-42-No.768-2017 EL CONSEJODE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "EI sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-09-No.14 7-2017 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC -SO-33-No_662-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RepubUca del Ecuador RPC-SO-21-No.333-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.260-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-8-No.8-0 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por:. Un organismo público

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R ~ puhh c A del Ecu..,dol RPC-SO-32-No.590-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-18-No.330-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Republl ca del Ecuador RPC-SO-I0-No.165-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR INFORMACIÓN GENERAL REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Re publi ca del Ecuador RPC-SO-03-No.032-2016 EL CONSEJO DE EDUCACI ÓN SUPERIOR Consider ando: el artículo 353 de la Constitución

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-10-No.165-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR RPC-SO-34-No.668-206 EL CONSEJO DE EDUCACiÓ N SUPEROR Considerando: Que Que Que el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador establece:

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-10-No.171 2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la Repúbli ca del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1.

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR RPC-SO-38-No_78-206 EL CONSEJO OE EDUCACÓN SUPEROR Considerando: el artfculo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR RPC-S0-27-No.471-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: l. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.259-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLCA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR RPC-SO-34-No.675 2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPEROR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecu ador; establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: i REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-ll-No_178-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-25-No.415-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-24-No_248-2013 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que Que Que Que Que Que la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), en su artículo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-35-No.663-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL RPC-SO-25-No.488-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: "La educación es un derecho de las personas

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-30-No.529-20 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-17-No.269-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-II-No.177 2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SE-1S-No.OS8-2013 EL Considerando: Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público, con personería

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-19-No.308-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SE-tO-No.02S-20t6 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-19-No.309 Z016 EL Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Republi

Más detalles

INFORMACIÓN GENERAL RESOLUCION

INFORMACIÓN GENERAL RESOLUCION INFORMACIÓN GENERAL RESOLUCION REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Re p tlbll c ~ del Ec uador RPC-SO-36-No.466-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-06-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando: R ~pub l i(,a dó!t Ecuadof RPC-SO-06-No.115-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.264-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-29-No.521-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior tiene como finalidad la

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-13-No.146-2014 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-14-No EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-14-No EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: RPC-SO-14-No.220-2016 EL Considerando: el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece; "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Repúbli ca del Ecu;MIOf RPC-SO-21-No.339-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-32-No.614-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-09-No.151-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Consi derando: el artículo 35 3 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-2 1-No.409-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLIA DEL EUADOR ONSEJO DE EDUAiÓN SUPERIOR Repúbli ca del Ec-uador RP-SO-21-No.336-2016 EL ONSEJO DE EDUAIÓN SUPERIOR onsiderando: el artículo 353 de la onstitución de la República del Ecuador, establece:

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO INFORMACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO ESPECIALIZACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN RPC-SO-03-No.032-2016

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-42-No.434-2013 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-34-No.682-206 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR. Considerando: REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-43-No.879-2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓ N SUPERIOR Considerando: el artfculo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.266-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

NORMATIVA PARA APERTURA DE COHORTES PROGRAMAS DE POSTGRADO

NORMATIVA PARA APERTURA DE COHORTES PROGRAMAS DE POSTGRADO NORMATIVA PARA APERTURA DE COHORTES PROGRAMAS DE POSTGRADO Resolución del Consejo de Educación Superior 44 Documento Institucional 2014 de 22-ene.-2014 Estado: Vigente NOTA GENERAL: Normativa Apertura

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR F."",,.,...,...,. RPC-SO-08-No.139-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. Que. el artículo 82 de la Co nstitución de la República del Ecuador, manifiesta:

Más detalles

Comisión Permanente de Universidades yescuelas Dr»litAr*mr>or<

Comisión Permanente de Universidades yescuelas Dr»litAr*mr>or< OUINbtJU Ut tuuuaulun buh'tkiuk Comisión Permanente de Universidades yescuelas Dr»litAr*mr>or< (J^aCíÍO *KPr Acuerdo No. ACU-CPUEP-SO-013-No.l51-2017 LA COMISIÓN PERMANTENTE DE UNIVERSIDADES Y ESCUELAS

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-29-No.490-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R'!publu a del Ecuador RPC-SO-21-No.406-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-032-No El CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-032-No El CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. ".~... ~ I ' "... RPC-SO-032-No.226-2012 El CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), establece que: "El

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR R.publi(~ del Ecuildo!' RPC-SO-30-No.531-2016 EL Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-44-No.896-Z016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el artfculo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-17-No.270-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "La educación es un derecho de las personas a lo largo de

Más detalles

REPUBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. RPC-S0-035-No EL CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. Considerando:

REPUBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. RPC-S0-035-No EL CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR. Considerando: RPC-S0-035-2012 EL Considerando:, el Art. 353 de la Constituci6n de la Republica del Ecuador establece que: " /sistema de educaci6n superior se regira por: 1. Un organismo publico de p/anificaci6n, regulaci6n

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO INFORMACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO MAESTRÍA EN DERECHO PENAL, MENCIÓN EN DERECHO PROCESAL

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR i REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-33-No.639-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-ll-No.181-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-39-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-39-No EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando: REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-39-No.3-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la Repúb lica del Ecuador, establece: "El

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Relmbli (d del EcuadOf RPC-SO-24-No.299-2015 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 76, numeral 7, literal m) de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "En todo proceso

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-25-No.422-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SE-17-No.068-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se

Más detalles

RESOLUCIÓN OCAS-SE N o 1 EL ÓRGANO COLEGIADO ACADÉMICO SUPERIOR CONSIDERANDO

RESOLUCIÓN OCAS-SE N o 1 EL ÓRGANO COLEGIADO ACADÉMICO SUPERIOR CONSIDERANDO RESOLUCIÓN OCAS-SE-23122015-N o 1 EL ÓRGANO COLEGIADO ACADÉMICO SUPERIOR CONSIDERANDO Que, el artículo 27 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: La educación se centrará en el ser humano

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-04-No.051-2018 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-18-No.293-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-1 2-No_245-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCAC ión SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCAC ión SUPERIOR , "-"...,... RPC SO 33 No.629 2016 EL CONSEJO DE EDUCACi ÓN SUPERIOR Co nsiderando: Qu e, el artícu lo 350 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior ti

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-19-No.304-Z016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: Que. el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece:

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RoepubU ca d'!l Ecuador RPC-SO-08-No.139-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

REGLAMENTO DE CARRERAS DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR

REGLAMENTO DE CARRERAS DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR REGLAMENTO DE CARRERAS DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR Resolución del Consejo de Educación Superior 358 Registro Oficial Edición Especial 854 de 25-ene.-2017 Estado: Vigente RPC-SO-32-NO.358-2014

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-10-No.167-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-31-No_583-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SU PERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SU PERIOR REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SU PERIOR ~_. "" (,... RPC-SO-42 -No.866-2016 EL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece:

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR. EL CONSEJO DE EDUCAC ión SUPERIOR. RPC-SO-31-No.S SS CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando:

REPÚBLICA DEL ECUADOR. EL CONSEJO DE EDUCAC ión SUPERIOR. RPC-SO-31-No.S SS CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. Considerando: CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-31-No.S SS-2016 EL CONSEJO DE EDUCAC ión SUPERIOR Considerando: Que. el articulo 353 de la Constitución de la República del Ecuador. establece: "El sistema de educación

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-45-No.917-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR SOBRE EL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN INTERPUESTO POR RAÚL OSWALDO ARIAS ARROYO EN CONTRA DEL OFICIO CES-PRO-2016-0646-0, DE 29 DE ABRIL DE

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-15-No.298-2017 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR RPC-SO-39-No.739-20 17 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERI OR Considerando: el artículo 349 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El Estado garantizará al personal docente, en todos los

Más detalles

REGLAMENTO FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONES EDUCACION SUPERIOR CEAACES

REGLAMENTO FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONES EDUCACION SUPERIOR CEAACES REGLAMENTO FUNCIONAMIENTO INSTITUCIONES EDUCACION SUPERIOR CEAACES Resolución del Ceaaces 50 Registro Oficial 451 de 04-mar.-2015 Estado: Vigente No. 004-050-CEAACES-2013 EL CONSEJO DE EVALUACION, ACREDITACION

Más detalles

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RPC-SO-32-No.358-2014 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo

Más detalles