Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos.- H. Ayuntamiento Contitucional.-Tlaxcala, Tlax.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos.- H. Ayuntamiento Contitucional.-Tlaxcala, Tlax."

Transcripción

1 Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos.- H. Ayuntamiento Contitucional.-Tlaxcala, Tlax. DECRETO No. 3 Reglamento de Buen Gobierno en materia de Horario Comercial para el Municipio de Tlaxcala, Tlax. C. Lic. Ariel Lima Pineda, Presidente Municipal Contitucional de Tlaxcala, Tlax., a sus habitantes sabed: Que por conducto de la Secretaría del H. Ayuntamiento se me ha comunicado lo siguiente: El H. Ayuntamiento del Municipio de Tlaxcala, Tlax., en solemne Sesión de Cabildo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 90 y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, de los artículos 32 fracción I y 33 fracción II de la Ley Orgánica Municipal, a nombre del pueblo DECRETA: NUMERO TRES REGLAMENTO DE BUEN GOBIERNO EN MATERIA DE HORARIO COMERCIAL PARA EL MUNICIPIO DE TLAXCALA, TLAX. En el uso de las facultades que me confieren los Artículos 115 Fracción II Párrafo II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 90 y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 32 Fracción I y 38 Fracción II Inciso d) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Tlaxcala; y CONSIDERANDO Que dada la expansión del Municipio provocada por la explosión demográfica, el abastecimiento de necesidades por parte de gente del interior del Estado crean la necesidad de establecer el HORARIO COMERCIAL, estableciendo horarios que permitan la satisfacción de servicios que el momento presente demanda. Que para el logro de lo anterior se ha pulsado la opinión de las partes interesadas y las Cámaras representativas de Comercio Organizado, estableciendo con ello un conocimiento real que ha permitido la adecuación de horarios acorde a una agrupación por giros y servicios, en los que se pretende dar respuesta a las complejas actividades de una gran creciente Población, y por lo tanto he tenido ha bien Decretar a nombre del Pueblo, el siguiente: REGLAMETO DE BUEN GOBIERNO EN MATERIA DE HORARIO COMERCIAL PARA EL MUNICIPIO DE TLAXCALA, TLAX. ARTICULO 1o.- Los horarios comerciales aplicables a todos los comercios del Municipio de Tlaxcala, son de carácter General, Especial y Extraordinario.

2 ARTICULO 2o.- El horario general, para todos los establecimientos comerciales del Municipio de Tlaxcala, es de 9:30 a las 14:00 horas y de las 16:00 a las 20:30 horas de lunes a jueves y de 9:30 a 21:30 horas los días viernes y sábados. Los domingos y días de descanso obligatorio cerrarán. ARTICULO 3o.- Se exceptúan del horario establecido en el Artículo anterior, los negocios que por la naturaleza del servicio al consumidor se ha agrupado y sujetado a horarios especiales de la siguiente manera: I.- SERVICIOS DE EMERGENCIA: A).- Alimentos preparados. B).- Emergencia automotriz. C).- Arrendadoras de autos. D).- Boticas y drogerías. E).- Carbonerías. F).- Cafés, fondas, restaurantes, loncherías sin ventas de bebidas alcohólicas y de cerveza, y además establecimientos en los que se venda exclusivamente alimentos preparados. G).- Estacionamientos. H).- Funerarias I).- Farmacias. J).- Gasolinerías y garages. K).- Grúas. L).- Panaderías. De las 00:00 a las 24:00 horas de lunes a domingo. II.- SERVICIOS DE ALIMENTOS NO PREPARADOS: A).- Carnicerías. B).- Expendios de masa. C).- Frutas, legumbres y conservas. D).- Molinos de nixtamal y especies. E).- Pescaderías. F).- Pollerías y expendios de huevo. G).- Tortillerías.

3 H).- Lecherías. De las 6:00 a las 18:00 horas de lunes a domingo. III.- SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA Y CONTRUCCION: A).- Ferreterías gruesas o de material pesado. B).- Gas Industrial. C).- Materiales para la construcción. D).- Establecimientos de maquinaria agrícola y textil de motores y equipo eléctrico, así como de respectivas. las refacciones E).- Refacciones industriales. De las 8:00 a las 19:00 horas de lunes a sábado. IV.- SERVICIOS EN GENERAL: A).- Alquiler de bicicletas. B).- Cererías. C).- Curiosidades típicas y dulces regionales. D).- Depósitos de dulces y cigarros. E).- Establecimientos de Artículos eléctricos y venta de lámparas y focos. F).- Expendios de café. G).- Expendios de flores. H).- Expendios de hielos. I).- Expendios de jugos y refrescos. J).- Expendios de lotería y pronósticos. K).- Expendios de periódicos, revistas y locales de aseo para calzado. L).- Estudios fotográficos y artículos del ramo. LL).- Gas doméstico. M).- Jarcierías. N).- Librerías y papelerías.

4 Ñ).- Lavado y engrasado de vehículos. O).- Misceláneas y estanquillos. P).- Pastelerías y reposterías. Q).- Perfumerías a granel. R).- Peluquerías y salones de belleza. S).- Reparación de aparatos eléctricos, automóviles, calzado y composturas en general. T).- Refacciones de automóviles y camiones. U).- Tintorerías, lavanderías y planchadurías. horas los domingos. De las 8:00 a las 21:00 horas de lunes a sábado y de 8:00 a 15:00 V.- ABARROTES Y SIMILARES: A).- Abarrotes al mayoreo. B).- Abarrotes al menudeo. C).- Embutidos y salchichonerías. D).- Queserías. De las 8:00 a las 21:00 horas de lunes a sábado y de 8:00 a 15:00 horas los días domingos. VI.- BAÑOS PUBLICOS: De las 6:00 a las 19:00 horas de lunes a viernes, de las 6:00 a las 21:00 horas; los sábados y de las 6:00 horas los días domingos. VII.- CENTROS COMERCIALES: De las 10:00 a las 21:00 horas de martes a domingo. VIII.- TIENDAS DE AUTOSERVICIO Y SUPERMERCADOS: De las 9:00 a las 21:00 horas todos los días. IX.- ESTABLECIMIENTOS CON VENTA Y BEBIDAS ALCOHOLICAS: A).- Restaurantes y loncherías con licencia para venta de bebidas alcohólicas con los alimentos. De las 12:00 a las 24:00 horas. abierta o al copeo. B).- Establecimientos de venta de bebidas alcohólicas en botella

5 De las 12:00 a las 24:00 horas de lunes a sábado. C).- Establecimientos con calidad turística en los que se venden alimentos con bebidas alcohólicas. De las 12:00 a las 2:00 horas todos los días. D).- Vinaterías. De las 10:00 a las 20:00 horas de lunes a sábados. X.- SERVICIOS CON HORARIOS DIVERSOS: servicios. A).- Boliches y Billares sin venta de bebidas alcohólicas y de De las 12:00 a las 24:00 horas todos los días. B).- Distribuidores de automóviles. lunes a sábados. pinturas. De las 9:00 a las 13:30 horas y de las 15:30 a las 19:00 horas de C).- Establecimientos comerciales donde esclusivamente se venden De las 9:00 a las 13:30 horas y de las 15:30 a las 20:00 horas de lunes a viernes; el sábado de las 9:00 horas a las 14:00 horas. D).- Neverías. De las 10:00 a las 24:00 horas todos los días. E).- Ventas de aceites, grasas y lubricantes al mayoreo. De las 9:00 a las 13:30 horas y de las 15:30 a las 19:30 horas de lunes a viernes, y de las 9:00 a las 14:00 horas los sábados. F).- Ventas de vidrio y espejo. lunes a sábados. De las 9:00 a las 13:30 horas y de las 15:30 a las 20:00 horas de Los establecimientos que no tengan señalado horario para los domingos y días de descanso obligatorio, deberán permanecer cerrados en estos días. ARTICULO 4o.- Se concederá al comercio del Municipio de Tlaxcala horario extraordinario, en los días fechas y giros siguientes: I.- Cerrar una hora más tarde de la establecida por los horarios correspondientes y durante la semana anterior los siguientes días: A).- 14 de febrero día del Amor y la Amistad.

6 Juárez. semana anterior. B).- 21 de marzo, aniversario del natalicio del licenciado Benito C).- La propia Semana Mayor que exceptúa la regla general de una D).- 1o. de mayo conmemoración del Día del Trabajo. E).- 10 de Mayo, día de las Madres. F).- Tercer domingo de junio, día del Padre. Nacional. G).- 16 de Septiembre conmemoración del día de la Independencia H).- 2 de Noviembre la conmemoración de los Difuntos. Mexicana, y I).- 20 de Noviembre conmemoración del día de la Revolución II.- Durante la Feria Nacional de Tlaxcala, se concede a todo el comercio, horario de 9:00 a 22:00 horas. III.- Se autoriza al comercio del Municipio de Tlaxcala para que permanezca abierto, durante el período comprendido del 1o. de Diciembre al 4 de Enero hasta las 23:00 horas todos los días con excepción de los días 24 de diciembre y 5 de enero en los que podrán permanecer abiertos hasta las 4 horas del día siguiente. IV.- Se autoriza a las librerías y papelerías para que durante el período de inscripciones escolares y principios de cursos de cada año cierren hasta las 22:00 horas todos los días. ARTICULO 5o.- Los períodos que establecen los horarios a que se refiere este Reglamento, son períodos máximos y su uso es optativo para los interesados, quienes tienen facultad para reducirlos. ARTICULO 6o.- Los establecimientos que prestan varios servicios sujetos a distintos horarios, se regirán por el horario de servicio que represente los principales ingresos del negocio. ARTICULO 7o.- Para negocios con horario general, ubicado en unidades o conjuntos comerciales perfectamente limitados, y en los que se alberguen diversos giros independientes entre sí y con área de estacionamiento propio, se autoriza horario corrido de las 9:00 a las 21:00 horas de martes a domingo. ARTICULO 8o.-No se concederán autorizaciones o permisos a los establecimientos comerciales reglamentados con horario especial, para prolongar el tiempo que están abiertos, fuera de las horas fijadas, salvo que la Cámara respectiva gestione la autorización general correspondiente. ARTICULO 9o.- Los negocios que funcionen fuera de los horarios señalados, en días normales o de descanso obligatorio, parcial o total, serán sancionados, salvo la excepción prevista en el artículo anterior.

7 ARTICULO 10.- Los propietarios de los negocios a que se refiere este Reglamento, deberán cuidar el cumplimiento estricto de la Ley Federal del Trabajo, en lo que se refiere a la jornada de labores de los trabajadores y sus demás prestaciones. ARTICULO 11.- El horario en el interior de los mercados públicos, se sujetará al Reglamento respectivo. ARTICULO 12.- Es obligatorio para todos los comerciantes señalar, en lugar visible de su establecimiento, el horario que les corresponda según este Reglamento y sus necesidades propias. ARTICULO 13.- A las infracciones del presente Reglamento son aplicables las siguientes disposiciones: I.- Fijar el monto de la sanción económica que deberá aplicárseles, conforme a la fracción II de este Artículo, se tomará en cuenta el capital en giro declarado. II.- Si el capital en giro declarado en caso de la fracción anterior, no se ajusta a la realidad y al potencial económico del infractor se comunicará a la Tesorería Municipal a efecto de que proceda a regularizar la anomalía detectada. III.- Las infracciones al presente Reglamento se sancionarán: A).- La primera con amonestación. B).- La segunda con multa equivalente al importe de uno a veinte días de salario mínimo vigente en el momento de la infracción. mínimo. quince días. C).- La tercera con una multa de cinco a cincuenta días de salario D).- La cuarta con la censura temporal del establecimiento hasta por E).- La quinta con clausura definitiva del establecimiento. Las sanciones referentes a los incisos anteriores se considerarán a partir de la fecha de la primera y la reincidencia dentro del término de un año calendario. IV.- Las tres primeras sanciones establecidas en la fracción serán aplicadas por la autoridad Municipal que corresponda y las dos últimas exclusivamente por el Presidente Municipal. ARTICULO 14.- Se concede acción popular para denunciar las violaciones del presente Reglamento. ARTICULO 15.- Corresponde al C. Presidente Municipal: I.- Modificar en casos excepcionales que lo ameriten a su juicio, los horarios establecidos, y ajustar las distintas actividades a las necesidades de los habitantes del

8 Municipio, de acuerdo con el estudio que se practique en cada caso y previa opinión de la Cámara respectiva; y II.- Establecer la interpretación de este Reglamento. ARTICULO 16.- El comercio deberá permanecer cerrado en los siguientes días: A).- 1o. de Enero B).- 5 de Febrero C).- 21 de Marzo D).- Viernes de la Semana Mayor E).- 1o. de Mayo F).- 16 de Septiembre. G).- 20 de Noviembre H).- 25 de Noviembre I).- 1o. de Diciembre de cada año con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal. Se exceptúan de esta disposición los servicios de emergencia. T R A N S I T O R I O S ARTICULO PRIMERO.- Este Reglamento surtirá sus efectos desde la fecha de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTICULO SEGUNDO.- Se faculta al Presidente Municipal para resolver todas las dudas que se presenten en la interpretación y aplicación al presente Reglamento. ARTICULO TERCERO.- Publíquese y cúmplase. Rúbricas. " SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION " Tlaxcala, Tlax., a 2 de Octubre de 1986 El Presidente Municipal Constitucional LIC. ARIEL LIMA PINEDA. El Secretario del H. Ayuntamiento LIC. ENRIQUE MONTIEL OLIVARES Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado; num 41 tercera sección de fecha 8 de octubre de 1986.

ANEXO I. Normas, regulaciones y requisitos para la apertura de un establecimiento de. bebidas alcohólicas en San Andrés, Cholula. San Andrés, Cholula

ANEXO I. Normas, regulaciones y requisitos para la apertura de un establecimiento de. bebidas alcohólicas en San Andrés, Cholula. San Andrés, Cholula ANEXO I Normas, regulaciones y requisitos para la apertura de un establecimiento de bebidas alcohólicas en San Andrés, Cholula. San Andrés, Cholula Requisitos para el funcionamiento de un establecimiento

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTACIONAMIENTO(SIC) PARA VEHICULOS DE MOTOR

REGLAMENTO DE ESTACIONAMIENTO(SIC) PARA VEHICULOS DE MOTOR REGLAMENTO DE ESTACIONAMIENTO(SIC) PARA VEHICULOS DE MOTOR Y PROPUESTA PARA MODIFICAR Y ADICIONAR EL CAPITULO PRIMERO, SECCION SEGUNDA DEL REGLAMENTO DE TRANSITO METROPOLITANO EN CORRELACION CON EL CONTENIDO

Más detalles

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Ordinario. Presidencia Municipal - Apaseo El Grande, Gto.

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Ordinario. Presidencia Municipal - Apaseo El Grande, Gto. REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS GIROS COMERCIALES, DE SERVICIOS Y DE LOCALES PARA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, DEL MUNICIPIO DE APASEO EL GRANDE, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato

Más detalles

ANEXO II. Normas, regulaciones y requisitos para la apertura de un establecimiento de. bebidas alcohólicas en San Pedro, Cholula. San Pedro, Cholula

ANEXO II. Normas, regulaciones y requisitos para la apertura de un establecimiento de. bebidas alcohólicas en San Pedro, Cholula. San Pedro, Cholula ANEXO II Normas, regulaciones y requisitos para la apertura de un establecimiento de bebidas alcohólicas en San Pedro, Cholula. San Pedro, Cholula Requisitos para el funcionamiento de un establecimiento

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA ESTADO DE YUCATÁN

AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA ESTADO DE YUCATÁN AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA ESTADO DE YUCATÁN C. P. ANA ROSA PAYÁN CERVERA PRESIDENTA MUNICIPAL DE MÉRIDA, ESTADO DE YUCATÁN, A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DEL MISMO NOMBRE HAGO SABER: Que el Ayuntamiento

Más detalles

SECRETARIA DE LA FUNCION PÚBLICA

SECRETARIA DE LA FUNCION PÚBLICA Viernes 6 de agosto de 2004 DIARIO OFICIAL 1 SECRETARIA DE LA FUNCION PÚBLICA LINEAMIENTOS para el otorgamiento a los servidores públicos de la prestación inherente al puesto en materia de vehículos. Al

Más detalles

Publicado en el Periódico Oficial No. 29, de fecha 02 de julio de 2010, Tomo CXVII. CAPÍTULO I Disposiciones Generales.

Publicado en el Periódico Oficial No. 29, de fecha 02 de julio de 2010, Tomo CXVII. CAPÍTULO I Disposiciones Generales. REGLAMENTO DE CENTROS DE REHABILITACIÓN Y REINTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON PROBLEMAS DE DROGADICCIÓN Y ALCOHOLISMO, PARA EL MUNICIPIO DE TECATE, BAJA CALIFORNIA. Publicado en el Periódico Oficial No.

Más detalles

CONVENIO 131 RELATIVO A LA FIJACION DE SALARIOS MINIMOS, CON ESPECIAL REFERENCIA A LOS PAISES EN VIAS DE DESARROLLO

CONVENIO 131 RELATIVO A LA FIJACION DE SALARIOS MINIMOS, CON ESPECIAL REFERENCIA A LOS PAISES EN VIAS DE DESARROLLO CONVENIO 131 RELATIVO A LA FIJACION DE SALARIOS MINIMOS, CON ESPECIAL REFERENCIA A LOS PAISES EN VIAS DE DESARROLLO TEXTO ORIGINAL. Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el jueves 26

Más detalles

REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS

REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS ORDENANZA Nº. 19 REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS FUNDAMENTO Y NATURALEZA.- ARTÍCULO 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la

Más detalles

DOF 08/04/2014 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

DOF 08/04/2014 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DOF 08/04/2014 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:

Más detalles

CEFP/023/2001 LEY DEL ISAN Comparativo del texto vigente en el 2001 e Iniciativa en la Nueva Hacienda Pública Distributiva

CEFP/023/2001 LEY DEL ISAN Comparativo del texto vigente en el 2001 e Iniciativa en la Nueva Hacienda Pública Distributiva CEFP/023/2001 LEY DEL ISAN Comparativo del texto vigente en el 2001 e Iniciativa en la Nueva Hacienda Pública Distributiva Palacio Legislativo de San Lázaro, Mayo de 2001 Artículo 2o.- El impuesto para

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN DIVERSOS PROGRAMAS DE PROMOCIÓN SECTORIAL (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 02/08/2002) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos

Más detalles

Jueves 30 de enero de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 42

Jueves 30 de enero de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 42 Jueves 30 de enero de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 42 ACUERDO de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, por el que se delegan en el presidente y demás servidores públicos

Más detalles

REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA INSTALACIÓN DE NEGOCIOS DE RENTA DE COMPUTADORAS CON INTERNET, CIBER S CAFÉ, CIBER S

REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA INSTALACIÓN DE NEGOCIOS DE RENTA DE COMPUTADORAS CON INTERNET, CIBER S CAFÉ, CIBER S REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA INSTALACIÓN DE NEGOCIOS DE RENTA DE COMPUTADORAS CON INTERNET, CIBER S CAFÉ, CIBER S CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El Municipio de Tepatitlán de Morelos,

Más detalles

REGULACIÓN DE HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO EN EXPENDIOS DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Ley n.º 7633. Publicada en La Gaceta n.º 201 de 21 de octubre de 1996

REGULACIÓN DE HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO EN EXPENDIOS DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Ley n.º 7633. Publicada en La Gaceta n.º 201 de 21 de octubre de 1996 REGULACIÓN DE HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO EN EXPENDIOS DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Ley n.º 7633 Publicada en La Gaceta n.º 201 de 21 de octubre de 1996 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

Más detalles

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 22 de enero de 2015 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda. Al margen

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

REGLAMENTO PARA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS REGLAMENTO PARA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Juntos Hacemos Futuro 15 GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO ACUERDO del Honorable Cabildo del Municipio de Atlixco, de fecha 28

Más detalles

CAPÍTULO 1 PRINCIPALES CONCEPTOS DEL SECTOR COMERCIO

CAPÍTULO 1 PRINCIPALES CONCEPTOS DEL SECTOR COMERCIO CAPÍTULO 1 PRINCIPALES CONCEPTOS DEL SECTOR COMERCIO 1.1. CONCEPTO DE COMERCIO. Se denomina comercio a la actividad socioeconómica consistente en la compra y venta de bienes, sea para su uso, para su venta

Más detalles

LEY DE ASOCIACIONES AGRÍCOLAS

LEY DE ASOCIACIONES AGRÍCOLAS LEY DE ASOCIACIONES AGRÍCOLAS Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 1932 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 12-05-1936 Nota: El artículo segundo transitorio

Más detalles

LEY SOBRE LA BANDERA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO LA HONORABLE XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO,

LEY SOBRE LA BANDERA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO LA HONORABLE XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, LEY SOBRE LA BANDERA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO LA HONORABLE XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A: LEY SOBRE LA BANDERA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO

Más detalles

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Comisiones Obreras de Aragón Sector de la Administración de Justicia JORNADA Y HORARIOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. VERSIÓN

Más detalles

Este calendario será de aplicación al personal de administración y servicios que presta servicios en la Universidad Politécnica de Cartagena.

Este calendario será de aplicación al personal de administración y servicios que presta servicios en la Universidad Politécnica de Cartagena. ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 15 DE DICIEMBRE DE 2014, POR EL QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO LABORAL DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS PARA EL AÑO 2015 1.- Ámbito de aplicación. Este calendario

Más detalles

D E C R E TA: LEY DE FOMENTO AL PRIMER EMPLEO PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO. Capítulo I Disposiciones Generales

D E C R E TA: LEY DE FOMENTO AL PRIMER EMPLEO PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO. Capítulo I Disposiciones Generales DECRETO NÚMERO: 138 POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE FOMENTO AL PRIMER EMPLEO PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO. LA HONORABLE XIV LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E

Más detalles

NORMAS DE CONVIVENCIA CONDOMINIO RESIDENCIAL COBALTO

NORMAS DE CONVIVENCIA CONDOMINIO RESIDENCIAL COBALTO NORMAS DE CONVIVENCIA CONDOMINIO RESIDENCIAL COBALTO Los lineamientos enumerados a continuación son aplicables para: 1. Todos los departamentos en general. 2. Todos los condóminos individuales de cada

Más detalles

LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS

LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2004 Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

CONVENIO 172 SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS HOTELES, RESTAURANTES Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES

CONVENIO 172 SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS HOTELES, RESTAURANTES Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES CONVENIO 172 SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS HOTELES, RESTAURANTES Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES TEXTO ORIGINAL. Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el jueves 5 de agosto de

Más detalles

TRÁMITES DEL DEPARTAMENTO DE ALCOHOLES

TRÁMITES DEL DEPARTAMENTO DE ALCOHOLES TRÁMITES DEL DEPARTAMENTO DE ALCOHOLES Nombre del Tramite a Realizar Formato que se tiene que llenar para cada trámite. Nombre y/o la forma de ubicarlo y copia simple del mismo o si aplica el formato electrónico

Más detalles

CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE CONFLICTOS DE LEYES EN MATERIA DE LETRAS DE CAMBIO, PAGARES Y FACTURAS

CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE CONFLICTOS DE LEYES EN MATERIA DE LETRAS DE CAMBIO, PAGARES Y FACTURAS CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE CONFLICTOS DE LEYES EN MATERIA DE LETRAS DE CAMBIO, PAGARES Y FACTURAS TEXTO ORIGINAL. Convención publicada en el Diario Oficial de la Federación, el martes 25 de abril

Más detalles

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997 Lineamientos que Deberán Observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en los Procedimientos de Contratación de Seguros de Bienes Patrimoniales y de Personas. Publicado en

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Consejería de Educación y Empleo Comunidad de Madrid Calendario Escolar del 2011-2012 AÑO 2011 AÑO 2012 SEPTIEMBRE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 OCTUBRE

Más detalles

REGLAMENTO DEL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS SEDE CENTRAL INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA

REGLAMENTO DEL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS SEDE CENTRAL INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS SEDE CENTRAL INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA Capítulo 1 DEL OBJETIVO Y DEFINICION Artículo 1 Se establece el presente reglamento para regular el uso y

Más detalles

GERMÁN MARTÍNEZ CÁZARES

GERMÁN MARTÍNEZ CÁZARES GERMÁN MARTÍNEZ CÁZARES, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones XVII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción

Más detalles

Martes 24 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 48

Martes 24 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 48 Martes 24 de abril de 2012 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 48 REGLAMENTO del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. REGLAS PARA EL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE LAS SUCURSALES DE BANCOS EXTRANJEROS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 6 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ORGANIZACIONES AUXILIARES Al margen un

Más detalles

GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. Caracas, sábado 7 de julio de 1928 Número 16.551. El Congreso de los Estados Unidos de Venezuela

GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. Caracas, sábado 7 de julio de 1928 Número 16.551. El Congreso de los Estados Unidos de Venezuela GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA Caracas, sábado 7 de julio de 1928 Número 16.551 El Congreso de los Estados Unidos de Venezuela Decreta: La siguiente LEY DE EJERCICIO DE LA FARMACIA TITULO

Más detalles

CLASIFICADOR DEL CONSUMO INDIVIDUAL POR FINALIDADES

CLASIFICADOR DEL CONSUMO INDIVIDUAL POR FINALIDADES 01 Alimentos y bebidas no alcohólicas 011 Alimentos 0111 Pan y cereales 0112 Carne 0113 Pescado 0114 Leche, queso y huevos 0115 Aceites y grasas 0116 Frutas 0117 Legumbres y hortalizas 0118 Azúcar, mermelada,

Más detalles

5. INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) 5.1. Funcionamiento del instituto.

5. INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) 5.1. Funcionamiento del instituto. 5. INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) 5.1. Funcionamiento del instituto. Para tener una idea del funcionamiento del Instituto habría que comenzar por comentar

Más detalles

JORNADA: LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN EMPRESAS DE HASTA 25 TRABAJADORES. PREVENCIÓN 10 Y PREVENCIÓN 25

JORNADA: LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN EMPRESAS DE HASTA 25 TRABAJADORES. PREVENCIÓN 10 Y PREVENCIÓN 25 JORNADA: LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN EMPRESAS DE HASTA 25 TRABAJADORES. PREVENCIÓN 10 Y PREVENCIÓN 25 Martes, 4 de Diciembre de 2014 Plan General de Actividades Preventivas de la Seguridad

Más detalles

REGLAMENTO DE LA POLICÍA JUDICIAL MILITAR

REGLAMENTO DE LA POLICÍA JUDICIAL MILITAR REGLAMENTO PUBLICADO EN EL D.O.F. EL 11 DE JUNIO DE 1941 REGLAMENTO DE LA POLICÍA JUDICIAL MILITAR MANUEL ÁVILA CAMACHO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE OTHÓN P. BLANCO 2013-2016

H. AYUNTAMIENTO DE OTHÓN P. BLANCO 2013-2016 ING. ANDRÉS RUÍZ MORCILLO, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES Y CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE ME IMPONE EL ARTÍCULO 90 FRACCIONES

Más detalles

ACUERDO No POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DEL MUNICIPIO DE ITAGUI.

ACUERDO No POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DEL MUNICIPIO DE ITAGUI. ACUERDO NO. 24 ITAGUÍ, 21 DE AGOSTO DE 1998 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DEL MUNICIPIO DE ITAGUI. EL HONORABLE CONOCEJO MUNICIPAL DE ITAGUI, en USO de SUS atribuciones

Más detalles

INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC MAYO 2014

INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC MAYO 2014 Montevideo, 4 de junio de 2014 INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO Base Diciembre 2010 =100 Para el mes de mayo 2014 el valor del índice se fijó en 133,02 lo que representa un aumento de 0,32% en relación al

Más detalles

NORMAS Y POLITICAS EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS.

NORMAS Y POLITICAS EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 20 FRACCIÓN I, III Y XVI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, 7 FRACCIÓN XXV DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA OFICIALÍA

Más detalles

SECRETARÍA DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ECONOMÍA REGS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos. DIARIO OFICIAL DE FEDERACIÓN

Más detalles

OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO

OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO M OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE D Entendemos por Licencia de Funcionamiento a la autorización que otorgan las Municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado,

Más detalles

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006.

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. La mayoría del Tribunal en Pleno, determinó reconocer la validez de la Ley Federal de

Más detalles

I. al IX. XIII. PROIND: Programa para Impulsar la Competitividad de los Sectores Industriales; XIV. al XXIII.

I. al IX. XIII. PROIND: Programa para Impulsar la Competitividad de los Sectores Industriales; XIV. al XXIII. ACUERDO que modifica los criterios de operación del Programa de Apoyo a la Industria Molinera de Nixtamal (PROMASA), en el marco de los lineamientos del Programa para Impulsar la Competitividad de los

Más detalles

de Arteaga, las leyes que reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Querétaro.

de Arteaga, las leyes que reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Querétaro. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERÉTARO, QUE APRUEBA LOS CRITERIOS GENERALES DE CARÁCTER CIENTÍFICO QUE DEBERÁN OBSERVAR LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES U ORGANIZACIONES QUE PRODUZCAN,

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ

LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Para efecto de los presentes lineamientos se entiende por personal administrativo

Más detalles

INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC ENERO 2014

INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC ENERO 2014 Montevideo, 5 de febrero de 2014 INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO Base Diciembre 2010 =100 Para el mes de enero 2014 el valor del índice se fijó en 129,76 lo que representa un aumento de 2,44% en relación

Más detalles

INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC MARZO 2015

INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC MARZO 2015 Montevideo, 1 de abril 2015 INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO Base Diciembre 2010 =100 Para el mes de marzo 2015 el valor del índice se fijó en 142,70 lo que representa un aumento de 0,70% en relación al mes

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil DIP. RAMON ALVARADO HIGUERA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES, DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL

Más detalles

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 17 de julio de 2002

(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 17 de julio de 2002 SECRETARIA DE MARINA DECRETO por el que se expide el Reglamento de Vacaciones y Licencias para el Personal de la Armada de México. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA PÚBLICA

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA PÚBLICA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA PÚBLICA Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 1996. Texto vigente. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados

Más detalles

COMUNICADO REGLAMENTO DEL USO DE LAS PISCINAS

COMUNICADO REGLAMENTO DEL USO DE LAS PISCINAS COMUNICADO REGLAMENTO DEL USO DE LAS PISCINAS De conformidad con lo establecido en el Documento de Condominio protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio

Más detalles

I JORNADAS COMARCALES LOS SERVICIOS SOCIALES EN ARAGÓN. Teruel, 23 de enero de 2013

I JORNADAS COMARCALES LOS SERVICIOS SOCIALES EN ARAGÓN. Teruel, 23 de enero de 2013 I JORNADAS COMARCALES LOS SERVICIOS SOCIALES EN ARAGÓN Teruel, 23 de enero de 2013 José Antonio Sancho Caballero Dirección General de Administración Local Gobierno de Aragón Mesa redonda: Los Servicios

Más detalles

LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA IMPULSA LA CONCILIACIÓN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR.

LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA IMPULSA LA CONCILIACIÓN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR. ÁREA DE RECURSOS HUMANOS LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA IMPULSA LA CONCILIACIÓN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR. Un nuevo procedimiento, que regula la prestación del tiempo de trabajo, mejora la calidad de

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- La Universidad Autónoma de Querétaro, de conformidad con

Más detalles

Decreto Nº 324/997. Promulgación : 03/09/1997 Publicación : 10/09/1997

Decreto Nº 324/997. Promulgación : 03/09/1997 Publicación : 10/09/1997 Decreto Nº 324/997 Promulgación : 03/09/1997 Publicación : 10/09/1997 VISTO: la creación del servicio nacional de importación, transporte, Almacenamiento y distribución de gas natural. RESULTANDO: I) el

Más detalles

LEY PARA LA COORDINACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

LEY PARA LA COORDINACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1978 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Lineamientos para la Asignación, Uso, Mantenimiento y Resguardo de los Vehículos Asignados a Funcionarios y Servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México. Lineamientos para la Asignación, Uso,

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD.

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE JULIO DE 2004) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados

Más detalles

SECRETARIA DE ENERGIA

SECRETARIA DE ENERGIA SECRETARIA DE ENERGIA PROCEDIMIENTO para la evaluación de la conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-014-ENER-2004, Eficiencia energética de motores eléctricos de corriente alterna, monofásicos, de

Más detalles

Constituye una alternativa a los métodos de exportación tradicionales, al canal de distribución de mayoristas y minoristas.

Constituye una alternativa a los métodos de exportación tradicionales, al canal de distribución de mayoristas y minoristas. La venta directa a negocios gourmet, al sector HORECA, a empresas y al consumidor final en países de Europa es una opción excelente para exportar sus productos fácilmente y a un coste reducido. La venta

Más detalles

INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC SETIEMBRE 2015

INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO. Base Diciembre 2010 =100 IPC SETIEMBRE 2015 Montevideo, 5 de octubre de 2015 INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMO Base Diciembre 2010 =100 Para el mes de setiembre 2015 el valor del índice se fijó en 149,36 lo que representa un aumento de 0,69% en relación

Más detalles

CATALOGO DE GIROS DE BAJOS RIESGOS MODULO SARE PIJIJIAPAN.

CATALOGO DE GIROS DE BAJOS RIESGOS MODULO SARE PIJIJIAPAN. CATALOGO DE GIROS DE BAJOS RIESGOS MODULO SARE PIJIJIAPAN. TRAMITES MUNICIPALES No. DENOMINACIÓN Uso de Protección Salud SCIAN Suelo civil INDUSTRIA 01-IN Confección de prendas de vestir (modista, costurera,

Más detalles

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria. (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 30 de junio de 2010 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO. Es residente aquél que tiene contrato de arrendamiento vigente con las residencias.

REGLAMENTO INTERNO. Es residente aquél que tiene contrato de arrendamiento vigente con las residencias. REGLAMENTO INTERNO DISPOSICIONES GENERALES Todos los residentes poseen los mismos derechos y obligaciones y deberán conocer y cumplir los reglamentos y políticas de las residencias. Es obligación de los

Más detalles

Calendario Escolar 2013-2014

Calendario Escolar 2013-2014 Consejería de Educación, Juventud y Deporte Comunidad de Madrid Calendario Escolar 203-204 AÑO 203 AÑO 204 SEPTIEMBRE 30 OCTUBRE 2 3 4 5 6 7 8 9 0 2 3 4 5 6 7 8 9 20 2 22 23 24 25 26 27 28 29 30 3 NOVIEMBRE

Más detalles

Operativo de registro de candidaturas a cargos de elección popular

Operativo de registro de candidaturas a cargos de elección popular Operativo de registro de candidaturas a cargos de elección popular Proceso Electoral Ordinario 2013 Instituto Electoral del Estado de Zacatecas Del 16 al 30 de Abril 2013 Anexo del ACG-IEEZ- /IV/2013 Introducción:

Más detalles

REGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES

REGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES REGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Más detalles

D E C R E T A. que Prestan Servicio de Acceso a Internet en el Estado de Chihuahua, para quedar como sigue:

D E C R E T A. que Prestan Servicio de Acceso a Internet en el Estado de Chihuahua, para quedar como sigue: LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN SU SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL, D E C R E T A ARTÍCULO

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 64 DE FECHA 31 DE MARZO 2003.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 64 DE FECHA 31 DE MARZO 2003. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 64 DE FECHA 31 DE MARZO 2003. MODIFICADO MEDIANTE LA FE DE ERRATAS PUBLICADA EN LA GACETA NÚMERO 82 DE FECHA 24 DE ABRIL DE 2003 (LETRAS NEGRITAS) PODER

Más detalles

Solicitud de Patente (Comercial, Industrial y de Alcoholes) / Casa Matriz

Solicitud de Patente (Comercial, Industrial y de Alcoholes) / Casa Matriz PATENTES MUNICIPALES Solicitud de Patente (Comercial, Industrial y de Alcoholes) / Casa Matriz a) Certificado de Zonificación (favorable) emitido porla Dirección de Obras c) Iniciación de Actividades ante

Más detalles

LEY DE IMPULSO A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

LEY DE IMPULSO A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA LEY DE IMPULSO A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Publicado en el Periódico Oficial No. 27, de fecha 15 de junio de 2012, Tomo CXIX CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo

Más detalles

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 20 DE FEBRERO DE 2015 No. 35 Jefatura de Gobierno Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Decreto por el que se

Más detalles

REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS.

REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS. ORDENANZA Nº. 19 REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS. FUNDAMENTO Y NATURALEZA.- ARTÍCULO 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo

Más detalles

C. ALFONSO ESTRADA HERNANDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CHALCHIHUITES, ZACATECAS:

C. ALFONSO ESTRADA HERNANDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CHALCHIHUITES, ZACATECAS: C. ALFONSO ESTRADA HERNANDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CHALCHIHUITES, ZACATECAS: A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO, HAGO SABER: QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHALCHIHUITES, ZAC, DE

Más detalles

TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA CONCERNIENTE A LA PRESTACION DE SERVICIOS POR SATELITE

TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA CONCERNIENTE A LA PRESTACION DE SERVICIOS POR SATELITE TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA CONCERNIENTE A LA PRESTACION DE SERVICIOS POR SATELITE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS y EL GOBIERNO DE CANADA,

Más detalles

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial ORDEN 2182/2013 DE 4 DE JULIO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2013/2014 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA DISTRIBUCION VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICASEN EL MUNICIPIO DE TUXPAN, NAYARIT.

REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA DISTRIBUCION VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICASEN EL MUNICIPIO DE TUXPAN, NAYARIT. REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA DISTRIBUCION VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICASEN EL MUNICIPIO DE TUXPAN, NAYARIT. TITULO PRIMERO CAPITULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- Las disposiciones

Más detalles

LEY NO. 105 DE 1967 QUE SOMETE A CONCURSO LA ADJUDICACIÓN DE TODAS LAS OBRAS DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE MÁS DE RD$10,000.

LEY NO. 105 DE 1967 QUE SOMETE A CONCURSO LA ADJUDICACIÓN DE TODAS LAS OBRAS DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE MÁS DE RD$10,000. LEY NO. 105 DE 1967 QUE SOMETE A CONCURSO LA ADJUDICACIÓN DE TODAS LAS OBRAS DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA DE MÁS DE RD$10,000. G.O.9026.9. CONSIDERANDO que los múltiples programas de desarrollo económico

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. DECRETO por el que se establece un programa de facilidades para el pago de los adeudos al INFONAVIT por concepto de aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE REGIMEN LEGAL DE PODERES PARA SER UTILIZADOS EN EL EXTRANJERO

CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE REGIMEN LEGAL DE PODERES PARA SER UTILIZADOS EN EL EXTRANJERO CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE REGIMEN LEGAL DE PODERES PARA SER UTILIZADOS EN EL EXTRANJERO TEXTO ORIGINAL. Convención publicada en el Diario Oficial de la Federación, el miércoles 19 de agosto de 1987.

Más detalles

Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Letras de Cambio, Pagarés y Facturas

Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Letras de Cambio, Pagarés y Facturas Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Letras de Cambio, Pagarés y Facturas Firma: 10 de Noviembre, 1976 por la República Dominicana, 30 de Enero, 1979 Normativa Dominicana:

Más detalles

REGLAMENTO DE PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA PARA EL PERSONAL ACADÉMICO Y/O ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA REGIÓN RIBEREÑA.

REGLAMENTO DE PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA PARA EL PERSONAL ACADÉMICO Y/O ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA REGIÓN RIBEREÑA. 1 REGLAMENTO DE PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA PARA EL PERSONAL ACADÉMICO Y/O ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA REGIÓN RIBEREÑA. CAPITULO I DEL OBJETO Y APLICACIÓN. ARTICULO 1. Las disposiciones

Más detalles

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 TERCERA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84 C O N T E N I D O

Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 TERCERA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84 C O N T E N I D O PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del Estado Libre y Soberano. Tlaxcala. Poder Legislativo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del Estado Libre y Soberano. Tlaxcala. Poder Legislativo. Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del Estado Libre y Soberano. Tlaxcala. Poder Legislativo. HECTOR ISRAEL ORTIZ ORTIZ, Gobernador Constitucional

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERNO DE LA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO INTERNO DE LA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público, se emite con fundamento en lo dispuesto

Más detalles

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE PRUEBA E INFORMACIÓN ACERCA DEL DERECHO EXTRANJERO

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE PRUEBA E INFORMACIÓN ACERCA DEL DERECHO EXTRANJERO CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE PRUEBA E INFORMACIÓN ACERCA DEL DERECHO EXTRANJERO DOF 29 de abril de 1983 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de

Más detalles

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial

DISPONGO. Artículo 2. Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial ORDEN 8835/2012, DE 19 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO 2012/2013 EN LOS CENTROS EDUCATIVOS NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO EN ZONA DE PERMANENCIA LIMITADA Y CONTROLADA I - DISPOSICIÓN GENERAL

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO EN ZONA DE PERMANENCIA LIMITADA Y CONTROLADA I - DISPOSICIÓN GENERAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO EN ZONA DE PERMANENCIA LIMITADA Y CONTROLADA I - DISPOSICIÓN GENERAL Artículo 1 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Texto

Más detalles

LISTA DE MÉXICO SECCIÓN A. Servicios Bancarios y demás Servicios Financieros (excluyendo seguros)

LISTA DE MÉXICO SECCIÓN A. Servicios Bancarios y demás Servicios Financieros (excluyendo seguros) LISTA DE MÉXICO SECCIÓN A 1. Sector: Servicios Financieros Obligaciones Afectadas: Servicios Bancarios y demás Servicios Financieros (excluyendo seguros) Artículo 11.3 (Trato Nacional) Medidas : Ley de

Más detalles

MUNICIPIO DE MÉRIDA, YUCATÁN Dirección de Desarrollo Urbano Subdirección de Gestión y Control Urbano Departamento de Uso de Suelo

MUNICIPIO DE MÉRIDA, YUCATÁN Dirección de Desarrollo Urbano Subdirección de Gestión y Control Urbano Departamento de Uso de Suelo 1 ACADEMIA DE ASESORÍAS LISTA DE USOS Y DESTINOS DEL SUELO DE BAJO IMPACTO 2 AFIANZADORA 3 AGENCIA DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y DE EMPLEO 4 AGENCIA DE VIAJES 5 ASEGURADORA 6 BOLSA DE TRABAJO 7 BOUTIQUE

Más detalles

CAPITULO IV LACTIVIDAD JURISDICCIONAL DEL ESTADO. Según el concepto del doctor Andrés Serra Rojas, la Función Jurisdiccional, es creada

CAPITULO IV LACTIVIDAD JURISDICCIONAL DEL ESTADO. Según el concepto del doctor Andrés Serra Rojas, la Función Jurisdiccional, es creada CAPITULO IV LACTIVIDAD JURISDICCIONAL DEL ESTADO 4.1 La Función Jurisdiccional Según el concepto del doctor Andrés Serra Rojas, la Función Jurisdiccional, es creada como una necesidad ineludible de orden,

Más detalles

Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces. Diciembre 2013

Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces. Diciembre 2013 Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces Diciembre 2013 Enajenación de bienes raíces Régimen General Mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces Régimen Tributario

Más detalles

SAN FELIPE, 17.JUN.2008 2493 N /

SAN FELIPE, 17.JUN.2008 2493 N / I. MUNICIPALIDAD DE SAN FELIPE SECRETARIA MUNICIPAL SAN FELIPE, 17.JUN.2008 2493 N / VISTOS : Estos antecedentes, en uso de las Facultades que me confieren los artículos 12º, 20º y 56º del Texto Refundido

Más detalles

Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana.

Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. D.O.F. 30 de marzo de 1981 Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles