Estudios de Mercado Análisis del mercado relevante y concentración del mercado en el sector de energía eléctrica

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1 Estudios de Mercado Análisis del mercado relevante y concentración del mercado en el sector de energía eléctrica Estudio contratado por la Delegatura de Protección de la Competencia 3

2 Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial- SinDerivadas 2.5 Colombia. Usted es libre de: Compartir - copiar, distribuir, ejecutar y comunicar públicamente la obra Bajo las condiciones siguientes: Atribución Debe reconocer los créditos de la obra de la manera especificada por el autor o el licenciante. Si utiliza parte o la totalidad de esta investigación tiene que especificar la fuente. No Comercial No puede utilizar esta obra para fines comerciales. Sin Obras Derivadas No se puede alterar, transformar o generar una obra derivada a partir de esta obra. Los derechos derivados de usos legítimos u otras limitaciones reconocidas por la ley no se ven afectados por lo anterior. Este documento presenta los resultados del tercer informe del Estudio Sectorial de Energía, elaborado por el consultor Camilo Quintero Montaño. Los Estudios de Mercado de la Delegatura de Protección de la Competencia son de carácter provisional. Los análisis, opiniones y posibles errores son de responsabilidad exclusiva de los autores y no representa la posición de la Superintendencia de Industria y Comercio. Para cualquier duda, sugerencia, corrección o comentario, escribir a: delprotecompetencia@sic.gov.co 4

3 Control de Distribución Copias de este documento han sido entregadas a: Nombre Dependencia Empresa Copias Carlos Pablo Márquez Escobar Pierre Horna Delegado para Protección de Competencia Supervisor de la UNCTAD Superintendencia de Industria y Comercio Programa COMPAL UNCTAD Correo Electrónico Correo Electrónico Control de revisiones Revisión No Aspecto revisado Primer Informe: Análisis descriptivo y estructural del Sector de Energía en Colombia. Segundo Informe: Análisis del mercado relevante y concentración del mercado en el sector de energía eléctrica (Bolsa) Tercer Informe: Análisis del mercado relevante y concentración del mercado en el sector de energía eléctrica (Contratos) Fecha 06/05/ /09/ /03/2012 Control de responsables Documento Primer Informe Segundo Informe Tercer Informe V.1 V.1 V.1 Nombre CQM CQM CQM Elaboración Firma Fecha 06/05/ /09/ /03/2012 Nombre CQM CQM CQM Revisión Firma Fecha 06/05/ /09/ /03/2012 Nombre UNCTAD - SIC UNCTAD SIC UNCTAD SIC Aprobación Firma Fecha 06/05/ /09/ /03/2012 5

4 TABLA DE CONTENIDO RESUMEN EJECUTIVO INTRODUCCIÓN MARCO CONCEPTUAL Definición del Producto Tipos de Contratos Condiciones de los Contratos Los agentes Garantías de los Contratos Registro de los Contratos MARCO LEGAL Y REGULATORIO DEL MERCADO DE CONTRATOS EN COLOMBIA Ley 143 de Desarrollo regulatorio Resolución CREG 024 de Resolución CREG 020 de Resolución CREG 135 de Resolución CREG 047 de BOLSA DE ENERGÍA CONTRATOS BILATERALES Contratos con destino a atender el mercado regulado Contratos de LP entre generadores Contratos de LP entre comercializadores

5 5.4 Compras y Ventas de Contratos Contratos Compra y Venta de los Comercializadores Contratos Generadores para atender los MR y MD MERCADO RELEVANTE Dimensión Geográfica Dimensión Producto Dimensión temporal Formación del Precio PARTICIPACIONES Agentes Caracterizados Resultados CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ANEXO A. Contratos entre Comercializadores y UNR, por Departamento para el año A.1. Antioquia A.2. Arauca A.3. Atlántico A.4. Bolívar A.5. Boyacá A.6. Caldas A.7. Caquetá A.8. Casanare A.9. Cauca A.10. Cesar A.11. Choco

6 A.12. Córdoba A.13. Cundinamarca A.14. Distrito Capital A.15. Huila A.16. Guajira A.17. Magdalena A.18. Meta A.19. Nariño A.20. Norte de Santander A.21. Putumayo A.22. Quindío A.23. Risaralda A.24. Santander A.25. Sucre A.26. Tolima A.27. Valle ANEXO B. Contratos entre Comercializadores y UNR, por empresa para el año B.1. Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. CHEC B.2. Centrales Eléctricas de Nariño S.A. E.S.P. CEDENAR B.3. Centrales Eléctricas del Norte de Santander S.A. E.S.P. CENS B.4. Comercializadora Eléctrica del Sinú S.A. - CES B.5. Compañía de Electricidad de Tuluá S.A. E.S.P. CETSA B.6. Compañía Energética del Tolima S.A. E.S.P. ENERTOLIMA B.7. Compañía Energética de Occidente S.A.S. E.S.P. CEO

7 B.8. Distribuidora y Comercializadora de Energía Eléctrica S.A. E.S.P. DICEL B.9. E2 Energia Eficiente S.A. E.S.P. E B.10. Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. ESSA B.11. Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. ELECTRICARIBE B.12. Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. ELECTROHUILA B.13. Electrificadora del Meta S.A. E.S.P. EMSA B.14. Empresa de Energía De Boyacá S.A. E.S.P. EBSA B.15. Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P. ENERCA B.16. Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. E.S.P. EEC B.17. Empresa de Energía de Pereira S.A. E.S.P. EEP B.18. Empresa de Energía del Pacifico S.A. E.S.P. EPSA B.19. Empresa de Energía del Quindío S.A. E.S.P. - EDEQ B.20. Empresa municipal de Energía Eléctrica S.A. E.S.P B.21. Empresas Municipales de Cali E.I.C.E. E.S.P. - EMCALI B.22. Energía Empresarial de la Costa S.A. E.S.P B.23. Energía y servicios S.A. E.S.P B.24. Enermont S.A. E.S.P B.25. Enertotal S.A. E.S.P B.26. Hz Energy S.A.S. E.S.P B.27. Profesionales en Energía S.A E.S.P B.28. Ruitoque S.A. E.S.P B.29. Termotasajero S.A. E.S.P B.30. Vatia S.A. E.S.P

8 LISTA DE TABLAS Tabla 4.1 Compras y Ventas de energía en la Bolsa de energía, por tipo de agente Tabla 4.2 Porcentaje de la demanda transada en Bolsa Tabla 5.1 Balance de Compras y Ventas de Contratos destinados atender el MR y MD Tabla 6.1 Número de usuarios no regulados, por nivel de tensión y departamento, con corte a Diciembre Tabla 6.2 Energía (GWh-mes) transada mediante contratos de largo plazo entre comercializadores y UNR, por nivel de tensión y departamento, en Dic Tabla 6.3 Contratos entre Comercializadores y UNR, por Departamento, agregado Tabla 7.1 Compras de energía en Contratos y en Bolsa Tabla 7.2 Ventas de energía en Contratos y en Bolsa

9 LISTA DE FIGURAS Figura 2.1 Liquidación de contratos en la bolsa para un Generador Figura 2.2 Liquidación de contratos en la bolsa para un Comercializador Figura 2.3 Relación entre agentes para establecer contratos de energía Figura 4.1 Compras y Ventas en bolsa por tipo de agente (Comercializador y Generador), 2007 y Figura 4.2 Compras y Ventas en bolsa por tipo de agente (Comercializador y Generador), 2009 y Figura 4.3 Compras y Ventas en bolsa de Generadores Figura 4.4 Compras y Ventas en bolsa de Comercializadores Figura 5.1 Despacho de contratos con destino al mercado regulado y precio promedio mensual Figura 5.2 Precios de contratos del Mercado Regulado por año de registro Figura 5.3 Porcentajes de cantidades despachas en Contratos Regulados, Figura 5.4 Porcentajes de cantidades despachas en Contratos Regulados, Figura 5.5 Porcentajes de cantidades despachas en Contratos Regulados, Figura 5.6 Comportamiento aproximado de las cantidades despachas en Contratos Regulados por año Figura 5.7 Despacho de contratos de largo plazo entre generadores y precio promedio mensual Figura 5.8 Despacho de contratos de largo plazo entre comercializadores y precio promedio mensual Figura 5.9 Precio promedio mensual contratos con destino al mercado regulado, contratos entre comercializadores y contratos entre generadores Figura 5.10 Compras Ventas contratos comercializadores MR y MD

10 Figura 5.11 Compras contratos comercializadores para atender MR Figura 5.12 Compras contratos comercializadores para atender MD Figura 5.13 Ventas contratos comercializadores para atender MR Figura 5.14 Ventas contratos comercializadores para atender MD Figura 5.15 Compras Ventas contratos generadores MR y MD Figura 5.16 Compras contratos generadores para atender MD Figura 5.17 Ventas contratos generadores para atender MR Figura 5.18 Ventas contratos generadores para atender MD Figura 6.1 Contratos entre EMGESA y UNR por departamento, Figura 6.2 Contratos entre EPM y UNR por departamento, Figura 6.3 Contratos entre GECELCA y UNR por departamento, Figura 6.4 Contratos entre ISAGEN y UNR por departamento, Figura 6.5 Porcentaje de cantidades despachas en Contratos No Regulados, Figura 6.6 Porcentaje de cantidades despachas en Contratos No Regulados, Figura 6.7 Porcentaje de cantidades despachas en Contratos No Regulados, Figura 6.8 Precio promedio ponderado de contratos de LP entre EMGESA y UNR, por nivel de tensión Figura 6.9 % Participación de energía transada en contratos de LP entre EMGESA y UNR, por nivel de tensión Figura 6.10 Precio promedio ponderado de contratos de LP entre EPM y UNR, por nivel de tensión Figura 6.11 % Participación de energía transada en contratos de LP entre EPM y UNR, por nivel de tensión Figura 6.12 Precio promedio ponderado de contratos de LP entre ENERGÍA EMPRESARIAL y UNR, por nivel de tensión

11 Figura 6.13 % Participación de energía transada en contratos de LP entre ENERGÍA EMPRESARIAL y UNR, por nivel de tensión Figura 6.14 Precio promedio ponderado de contratos de LP entre GECELCA y UNR, por nivel de tensión Figura 6.15 % Participación de energía transada en contratos de LP entre GECELCA y UNR, por nivel de tensión Figura 6.16 Precio promedio ponderado de contratos de LP entre ISAGEN y UNR, por nivel de tensión Figura 6.17 % Participación de energía transada en contratos de LP entre ISAGEN y UNR, por nivel de tensión Figura 7.1 Participación de cada Mercado sobre el Sistema

12 ANÁLISIS DEL MERCADO RELEVANTE Y CONCENTRACIÓN DEL MERCADO EN EL SECTOR DE ENERGÍA ELÉCTRICA (CONTRATOS) RESUMEN EJECUTIVO La energía eléctrica se transa en Colombia, en el mercado de corto plazo, o mediante contratos de largo plazo. En el mercado de corto plazo sólo transan los generadores y los comercializadores, los usuarios no pueden transar directamente en este mercado. Las transacciones bilaterales se realizan mediante contratos, pueden ser realizadas entre agentes (generadores, comercializadores) y entre agentes y usuarios. El producto transado en el mercado de contratos es la cobertura de precio, para una cantidad de energía determinada en un periodo determinado y para ser entregada en un punto específico. Las condiciones de los contratos tales como precios, cantidades y punto de entrega son pactadas libremente entre los agentes. Básicamente se transa mediante contratos pague lo contratado o pague lo demandado, y diferentes modalidades resultantes de variantes a estas formas de contratos. Los contratos deben ser registrados en el ASIC, para lo cual se debe surtir un trámite regulado (Resoluciones CREG 006 de 2003, 047 de 2007, entre otras). Igualmente el agente vendedor, responsable por el contrato, debe establecer garantías en la bolsa de energía. Fundamentos Legales Los contratos de energía tienen fundamento legal en los artículos 26 y 42 de la Ley 143 de 1994, establecen la libertad en las condiciones de negociación de los contratos. Desde la misma Ley los contratos se clasifican en contratos para el mercado regulado y contratos para el mercado no regulado. A pesar de que los contratos tienen libertad en la fijación de sus condiciones, se prevé que las compras de los distribuidores para atender el Mercado Regulado deben realizarse mediante mecanismos competitivos y su información debe ser reportada a la CREG. El Artículo 42 de la Ley 143 prevé que la información de los contratos debe ser remitida a la CREG. 14

13 Desarrollo Regulatorio La Resolución CREG 024 de 1995, denominada Código Comercial del Mercado Mayorista, establece las reglas de funcionamiento del Mercado Marista, que se desarrolla a través de las transacciones en la bolsa y los contratos. Define como agentes del mercado a los generadores, los comercializadores y los transportadores (si bien en la reglamentación actual los transportadores son agentes pasivos frente a las transacciones). En esta regulación se establecen las obligaciones de los agentes frente al mercado, una de las cuales es suministrar la información requerida para el adecuado funcionamiento del Sistema de Intercambios Comerciales. Todas las transacciones mediante contratos se soportan en la bolsa, por lo cual los agentes presentan garantías para soportar sus compromisos, estas garantías se definieron inicialmente en la Resolución CREG 024 de 1995, pero en el año 2006 la Resolución CREG 019 y sus posteriores modificaciones han realizado ajustes al esquema de garantías. Igualmente la Resolución CREG 024 de 1995 establece la necesidad de registrar los contratos entre agentes y ratifica la obligación de remitir los contratos a la CREG. En lo referente al contenido de los contratos se prevé la información básica: precios, cantidades, identidad de las partes. En lo referente a los contratos destinados a atender el Mercado Regulado MR, la Resolución CREG 020 de 1996 y sus posteriores modificaciones, prevén que tales contratos deben resultar de procesos competitivos (Convocatorias Públicas). Igualmente se prevé una limitación en las cantidades atendidas con energía propia para las empresas integradas verticalmente. La Resolución 135 de 1997 establece la información de contratos que debe ser reportada a la CREG, y cuál es pública (básicamente los precios ponderados). Se establece una barrera en la disposición de información particular, lo cual dificulta los análisis de competencia. Adicionalmente la Resolución 047 de 2000 establece las normas sobre registros de contratos y fronteras, esta Resolución fue modificada posteriormente por la Resolución CREG 06 de 2003 (la cual a su vez ha sido modificada por las Resoluciones CREG 084 de 2007, 013 y 038 de 2010). Bolsa de Energía Con el ánimo de determinar la estructura de compras y ventas de los agentes, y de esta manera poder inferir si existe algún tipo de comportamiento estratégico bien sea mediante los precios o las cantidades, se solicitó a XM la información de transacciones hora a hora para el periodo comprendido entre enero de 2007 y julio de 2011, tanto en bolsa como en contratos, esto permite complementar los análisis realizados en el segundo informe de este estudio. Con base en esta información se puede afirmar que en general los generadores son vendedores netos en 15

14 la bolsa si bien realizan compras, de otra parte los comercializadores son compradores netos, pero eventualmente venden excedentes de los contratos en la bolsa. La siguiente tabla muestra el balance por tipo de agente como comprador y como vendedor en la bolsa de energía: Transacción en Bolsa Compras (GWh-año) Ventas (GWh año) Comercializadores Generadores Total De otra parte, se observa que el porcentaje de la energía transada en bolsa es representativo puesto que en ningún año representa un valor inferior a 3 de la demanda Comercial del Sistema como se indica a continuación: Año Porcentaje de la demanda transada en Bolsa ,1% ,4% ,6% ,4% Hasta Jul ,4% Del total de las ventas realizadas en bolsa entre el 65% y el 7 son realizadas por cinco agentes en calidad de generadores (EPM, EMGESA, GECELCA, ISAGEN y EPSA), mientras que las compras realizadas por estos mismos siete agentes representan en promedio un 25%. De este ejercicio se reitera la muy baja participación de los generadores térmicos en la bolsa (a excepción del periodo en el que se presentó el fenómeno de El Niño y en el cual hubo una intervención del mercado por parte de la CREG). De otra parte las compras de los agentes que sólo transan en calidad de comercializadores en la bolsa representan entre el 10 y el de las compras en la bolsa. Contratos Bilaterales De acuerdo con la información publicada por XM en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 135 de 1997, se analiza de forma agregada el mercado de contratos: contratos con destino a atender el mercado regulado, contrato de largo plazo entre generadores, y contratos de largo plazo entre comercializadores. 16

15 Del análisis de los contratos con destino a atender el mercado regulado se observa lo siguiente: i) el 8 de la demanda comercial regulada se atendió mediante contratos, ii) para el período analizado hay un patrón anual de precios (los precios aumentan a partir de noviembre de cada año, alcanza un valor máximo entre abril y mayo, y finalmente desciende hasta finales de octubre), y iii) cuando se presentan precios bajos las cantidades despachas son mayores y cuando los precios son altos las cantidades despachadas son bajas. Los contratos de largo plazo entre generadores tienen por objeto respaldar los compromisos que otros generadores han adquirido en contratos. Del análisis realizado se observa lo siguiente: i) la energía contratada en el 2011 estuvo por debajo de la mitad de lo que en promedio se contrató en el 2010, esto puede ser consecuencia del fenómeno del niño y, ii) los precios en promedio han permaneció estables durante el Al igual que los contratos entre generadores, los contratos entre comercializadores están destinados a brindar cobertura a otros contratos. Se observa que en promedio la energía transada entre comercializadores mensualmente es de 700 GWh-mes y llama la atención la tendencia similar en precios entre estos contratos y los contratos con destino al mercado regulado, a excepción del periodo de El Niño. Adicionalmente, se presenta un análisis de los contratos de compra y venta de energía celebrado por los agentes comercializadores y generadores, con destino al mercado regulado (MR) y el mercado diferente al regulado (MD), el cual está constituido por los contratos destinados a atender usuarios no regulados, alumbrado público y los contrato de respaldo entre generadores y entre comercializadores. Las siguientes tablas muestran el balance por tipo de agente como comprador y como vendedor en contratos, tanto para el MR como para el MD: Transacción en Contratos Compras MR (GWh-año) Compras MD (GWh-año) Comercializador Generador Total

16 Transacción en Contratos Ventas MR (GWh-año) Ventas MD (GWh-año) Comercializador Generador Total En general, y como era de esperarse, las compras destinas al MR las realizan en su totalidad los comercializadores. Por otro lado, los generadores tienen altos porcentajes de participación en ventas de energía tanto para el MR como para el MD. Los análisis se complementan con la desagregación de compras y ventas por agentes. Mercado Relevante La definición del mercado relevante permite caracterizar en diferentes dimensiones (geográfica, producto, temporal, formación de precios, entre otros) el bien que se está transando y al cual se pretende determinar el grado de competitividad. Los análisis realizados en este informe se basan en los contratos de largo plazo firmados entre comercializadores y usuarios no regulados. El análisis de dimensión geográfica, permitió identificar en general que i) el mercado relevante lo constituye toda la demanda y la oferta nacional dado que el número de comercializadores que actúan en los diferentes mercados de comercialización es adecuado y hay disputabilidad por esos mercados y ii) la red juega un papel importante en el mercado de contratos, particularmente en los mercados más grandes. De otra parte, el producto transado es la cobertura de precios bajo diversas modalidades contractuales, sin embargo estos contratos carecen de liquidez, en la medida en que están asociados a una frontera particular y a unas condiciones igualmente específicas (no son contratos estandarizados). En cuanto a la dimensión temporal, los contratos son de duraciones pactadas bilateralmente, sin embargo la Resolución CREG 156 de 2011 prevé una duración mínima de un año y de la información de los informes de XM se observa que la duración de los contratos puede variar desde un año hasta más de tres años. De igual forma el precio se pacta libremente, normalmente mediante procesos de negociación que se dan por la invitación del usuario a los comercializadores de su interés. Se realizó un ejercicio de referencia para los principales comercializadores generadores, consistente en calcular un promedio de precio aproximado por nivel de tensión por zona de influencia. Sin 18

17 embargo, fue necesario realizar supuestos que limitaron el alcance de este ejercicio, por lo cual se sugiere que las autoridades de control puedan disponer de esta información plena, para replicar el ejercicio propuesto de forma permanente lo cual permitirá identificar prácticas que atenten contra la competencia vía precios. Participaciones Finalmente, se realizó un ejercicio de caracterización de la estructura de compra y venta de los diferentes tipos de agentes (diez agentes analizados) que transan, tanto en el mercado spot como en el mercado de contratos, con el objetivo de identificar patrones o estrategias que puedan representar riesgos a la competencia. Los resultados obtenidos se presentan según sea que la transacción se haya realizado en calidad de comprador o de vendedor, igualmente se presentan en compras o ventas en bolsa y compras o ventas para el MR o para el MD. Complementariamente los resultados se presentan en tres formatos: % participación sobre cada mercado; % participación sobre el sistema; y % participación sobre el mismo. Principalmente se observó que los agente considerablemente grandes, transan mínimo el de sus ventas en la bolsa, siendo estos mismos agentes los que más participación en la formación del precio de bolsa. 19

18 1. INTRODUCCIÓN En cumplimiento de los términos del Contrato No , entre la Naciones Unidas UNCTAD y el Consultor Camilo Quintero Montaño, que tiene como objeto general Realizar un estudio que permita a la Superintendencia de Industria y Comercio SIC, conocer el mercado de energía en Colombia, su estructura y su estado frente a la competencia, a continuación se presenta el Tercer Informe del estudio. En mayo y Septiembre de 2011 se presentaron el Primer y Segundo Informe, respectivamente. En el Primer informe se realizó una descripción detallada de la estructura institucional del sector, las diferentes actividades de la cadena productiva y la regulación más relevante. En el Segundo Informe se presentó un análisis del mercado relevante y de la sustituibilidad de la demanda y de la oferta en las transacciones en la bolsa de energía, entre otros aspectos. En este Informe se presenta el análisis del Mercado Mayorista colombiano, desde la perspectiva de los contratos, buscando caracterizar las transacciones bolsa contratos, tanto del sistema como de los agentes, en particular el mercado de contratos requiere una separación entre Mercado Regulado y Mercado Diferente al Regulado. Para el desarrollo de este Tercer Informe, se realizó una solicitud de información al operador del mercado XM, no obstante mucha de la información requerida no está disponible en el mercado o no es pública, por lo cual al final del documento se están proponiendo algunos complementos regulatorios para garantizar la disponibilidad de la información que a futuro pueda requerir la SIC para el desarrollo de sus funciones y adicionalmente para facilitar las negociaciones entre los agentes. Complementariamente, se empleó la información resultante de la aplicación de la Resolución CREG 135 de 1997, la cual publica XM en su página web. El informe está contenido en ocho secciones incluyendo esta Introducción. La segunda sección presenta el marco conceptual de las transacciones mediante contratos de largo plazo. La tercera sección presenta un brevemente resumen del marco legal y regulatorio que orienta las transacciones en el mercado mayorista de energía eléctrica mediante contratos bilaterales. La cuarta sección complementa el análisis de las transacciones en la bolsa de energía que se presentó en el Segundo Informe de esta Consultoría, haciendo uso de la información entregada por XM a solicitud de la SIC. 20

19 En la quinta sección se analiza los contratos bilaterales de largo plazo (precios y cantidades) entre comercializadores y usuarios regulados, entre generadores y entre comercializadores. Este análisis se realiza con base en los informes mensuales que publica XM en cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG 135 de La sexta sección presenta un análisis orientado a determinar si hay fraccionamiento del mercado relevante sea por la dimensión geográfica o por tamaño o si por el contrario la demanda nacional y la oferta nacional transada mediante contratos constituyen un único mercado relevante, este ejercicio se realiza con base en la información publicada mensualmente por XM en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 135 de 1997, específicamente en lo relacionado con los contratos de largo plazo firmados entre comercializadores y usuarios no regulados. Adicionalmente, se realiza un ejercicio de referencia para los principales comercializadores-generadores el cual consiste en sacar un promedio de precio ($/kwh) aproximado por nivel de tensión, para atender el mercado no regulado. La séptima sección presenta la caracterización de la estructura de compras y ventas de los diferentes tipos de agentes que transan, tanto en el mercado spot como en el mercado de contratos, la cual se realiza determinando las participaciones de compras y ventas de cada agente. Finalmente, en la sección octava se plantean algunas conclusiones y recomendaciones. 21

20 2. MARCO CONCEPTUAL El mercado Colombiano transa la energía eléctrica, fundamentalmente en la bolsa de energía y mediante contratos. Las transacciones en la bolsa de energía fueron estudiadas en el Segundo Informe del presente Estudio. A continuación, presentaremos el marco conceptual sobre el cual se desarrollan las transacciones de energía mediante contratos. 2.1 Definición del Producto El producto transado en los contratos es la cobertura de precio, por lo cual se denominan contratos financieros, el producto físico es entregado por la bolsa de energía la cual realiza un balance que permite identificar las cantidades transadas en bolsa (a precio de bolsa), las cantidades despachadas de cada contrato. La Figura 2.1 presenta el fundamento de la liquidación de los contratos en la bolsa para un generador y la Figura 2.2 lo hace para un comercializador. Figura 2.1 Liquidación de contratos en la bolsa para un Generador Contratos LP Generado Por A Comprado Por A En Bolsa Caso 1 22

21 Figura 2.2 Liquidación de contratos en la bolsa para un Comercializador Generad o Por A Vendido Por A En Bolsa Caso 2 Contratos LP Vendido Por A En Bolsa Contratos LP Demanda del Com A en el periodo i. 2.2 Tipos de Contratos En general, en Colombia se han aplicado diversas modalidades de contratos y cada contrato regula los riesgos de las partes. No obstante, se pueden identificar tres modalidades: pague lo contratado, pague lo demandado y pague lo demandado condicionado, veamos brevemente que características tienen: Pague lo Contratado: La parte vendedora asume la volatilidad de los precios en la bolsa por las cantidades contratadas y en contraprestación recibe el precio acordado por el periodo de tiempo especificado. Si el vendedor es un generador, el contrato Pague lo Contratado le permite vender su producción (las cantidades acordadas) al precio acordado y por consiguiente disponer de un ingreso garantizado. El comprador debe recibir dichas cantidades al precio acordado. Si el generador no dispone de la energía deberá comprarla en la bolsa, por tanto asume el riesgo de los precios en la bolsa. De otra parte si el comprador no demanda todas las cantidades acordadas, el excedente a su demanda lo vende en la bolsa a precio de mercado, por tanto asume el riesgo de cantidades. 23

22 Pague lo Demandado: En este tipo de contrato las cantidades vendidas son inciertas y dependen de la demanda del comprador, si no hay demanda no hay transacción. Los precios se acuerdan entre las partes. Por lo cual este tipo de contrato no garantiza un ingreso para el vendedor. En este tipo de contrato el riesgo de cantidades lo asume el vendedor al igual que el riesgo de precios. Pague lo demandado Condicionado: En este tipo de contrato el vendedor asume el riesgo de precios y cantidades hasta una cantidad limitada. Al igual que el contrato pague lo demandado no representa un ingreso estable para el vendedor. El riego de cantidades y precios lo asume el vendedor pero hasta un límite de cantidades. Puede haber otras modalidades como las opciones, que a su vez pueden ser opciones de compra (CALL) u opciones de venta (PUT). 2.3 Condiciones de los Contratos Las cantidades, el precio, la duración y la modalidad, entre otras condiciones posibles, son acordadas libremente entre las partes. 2.4 Los agentes Puesto que el producto transado es la cobertura de precio frente a la bolsa, los agentes que pueden establecer contratos son los generadores, los comercializadores y los usuarios regulados, como se indica en la Figura 2.3. No obstante, en el mercado mayorista el responsable frente a la bolsa siempre será un generador o un comercializador, puesto que los usuarios no pueden comprar directamente en la bolsa. 2.5 Garantías de los Contratos Como los demás parámetros de los contratos, las garantías del contrato se pactan libremente. Sin embargo, el vendedor del contrato debe cumplir con el establecimiento de las garantías en la bolsa, puesto que todos los contratos se liquidan contra la bolsa (Ver Resolución CREG y sus modificaciones). 24

23 2.6 Registro de los Contratos Los contratos deben ser registrados ante el ASIC, para que puedan ser despachados en la bolsa, los términos y procedimientos para realizar este registro se encuentran establecidos en las Resoluciones CREG 06 de 2003, 047 de 2007 y 013 de 2010, entre otras. Figura 2.3 Relación entre agentes para establecer contratos de energía Caso 1 25

24 3. MARCO LEGAL Y REGULATORIO DEL MERCADO DE CONTRATOS EN COLOMBIA 3.1 Ley 143 de 1994 Con respecto a las transacciones mediante contratos de largo plazo, esta Ley en el Capítulo V, De la Generación de Electricidad, precisa en el artículo 26 la modalidad de transacciones de energía mediante contratos, para el mercado mayorista entre generadores, comercializadores y usuarios no regulados: ARTÍCULO 26. Las entidades públicas y privadas con energía eléctrica disponible podrán venderla, sujetas al Reglamento de Operación, a las empresas generadoras, a las distribuidoras o a grandes consumidores a tarifas acordadas libremente entre las partes. Previéndose por la vía legal explícitamente, la posibilidad de que los agentes establezcan transacciones de energía mediante contratos a largo plazo, sin que exista limitación alguna para que dos generadores puedan realizar un contrato. Complementariamente el Artículo 42, de la Ley 143 de 1994 en el Capítulo IX, Del Régimen Económico y Tarifario para las Ventas de Electricidad, establece: ARTÍCULO 42. Las transacciones de electricidad entre empresas generadoras, entre distribuidoras, entre aquéllas y éstas y entre todas ellas y las empresas dedicadas a la comercialización de electricidad y los usuarios no regulados, son libres y serán remuneradas mediante los precios que acuerden las partes. Se incluyen en este régimen las transacciones que se realicen a través de interconexiones internacionales. Las compras de electricidad por parte de las empresas distribuidoras de cualquier orden deberán garantizar, mediante contratos de suministro, el servicio a los usuarios atendidos directamente por ellas, por el término que establezca la Comisión de Regulación de Energía y Gas. Tales contratos se celebrarán mediante mecanismos que estimulen la libre competencia y deberán establecer, además de los precios, cantidades, forma, oportunidad y sitio de entrega, las sanciones a que estarán sujetas las partes por irregularidades en la ejecución de los contratos y las compensaciones a que haya lugar por incumplimiento o por no poder atender oportunamente la demanda. PARÁGRAFO. Las personas contratantes enviarán mensualmente a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la información relativa a los contratos celebrados. 26

25 En este artículo se ratifica la modalidad de transacción mediante acuerdos contractuales libres, no obstante se introducen dos elementos fundamentales: El primero, que las compras destinadas para las demandas atendidas por los distribuidores (usuarios regulados), deben realizarse mediante mecanismos competitivos, definiendo claramente los parámetros de dichos procesos (precios, cantidades, forma, oportunidad y sitio de entrega). El segundo elemento establecido en el parágrafo único de dicho artículo, es la necesidad de que la información de estos contratos sea enviada a la CREG. 3.2 Desarrollo regulatorio Resolución CREG 024 de 1994 La Resolución CREG 024 de 1994 Por la cual se reglamentan los aspectos comerciales del mercado mayorista de energía en el sistema interconectado nacional, que hacen parte del Reglamento de Operación, estable lo siguiente: Artículo 2º. Objetivo. Esta resolución tiene el propósito de: a. Establecer un conjunto de reglas que regulen el funcionamiento del mercado mayorista en los aspectos relacionados con las transacciones comerciales realizadas entre los agentes que participan en ese mercado: contratos de energía a largo plazo, contratos de energía en la bolsa, prestación de servicios asociados de generación y tratamiento de las restricciones en las redes de transmisión y distribución. b. Proveer a los agentes participantes del mercado mayorista de un conjunto de reglas que faciliten la formación de actos y contratos que tengan por objeto la enajenación y adquisición de energía eléctrica en la bolsa de energía, y su cumplimiento con la ayuda del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales. c. Fijar las reglas que permitan determinar, liquidar, y pagar las obligaciones pecuniarias que resulten entre los agentes participantes del mercado mayorista, por los actos o contratos sobre energía que se efectúen en la bolsa de energía. d. Facilitar la competencia entre todos los agentes participantes del mercado mayorista. Artículo 5º. Agentes del Mercado Mayorista. Son agentes del mercado mayorista: los generadores, los comercializadores y los transportadores. Los transportadores son agentes del mercado mayorista que no 27

26 realizan compraventa de energía, sino que participan en los procesos de reconciliación por las restricciones del Sistema de Transmisión Nacional, del Sistema de Transmisión Regional y del Sistema de Distribución Local, y para la evaluación de pérdidas en el Sistema de Transmisión Nacional. El representante de los transportadores en el mercado mayorista es Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., con los deberes y derechos que acuerden las partes, mediante convenio especial que se debe efectuar para esta delegación. Las interconexiones internacionales son representadas por uno o más agentes en el mercado mayorista debidamente registrados ante el Administrador del SIC. Artículo 6º. Cumplimiento de Condiciones Mínimas. Los agentes que participan en el mercado mayorista deben cumplir las siguientes condiciones mínimas: a. Las definidas en las resoluciones CREG 054, 055 y 056 de 1994, y las que las modifiquen. b. Registrarse como agente del mercado mayorista ante el Administrador del SIC. c. Suministrar la información de generación y demanda con la periodicidad que se indique en la presente resolución y en la forma que lo define el Código de Redes. d. Presentar las garantías financieras definidas en la presente resolución o realizar los pagos anticipados, en caso de ser necesario. e. Los generadores deben operar las plantas de generación sometidas al despacho central según las reglas de despacho definidas en el Código de redes. f. Suministrar la información establecida en esta resolución en los tiempos y en la forma requeridos para el funcionamiento adecuado del Sistema de Intercambios Comerciales (SIC), g. Los comercializadores y generadores se obligan a participar en la Bolsa de Energía. h. Someterse a la liquidación que haga el Administrador del SIC de todos los actos y contratos de energía en la bolsa, para que pueda determinarse, en cada momento apropiado, el monto de sus obligaciones y derechos frente al conjunto de quienes participan en el sistema, y cada uno de ellos en particular. i. Incluir dentro de su presupuesto las apropiaciones mínimas que se requieren para efectuar oportunamente los pagos de sus obligaciones con la Bolsa de Energía. j. Someterse a los sistemas de pago y compensación que aplique el Administrador del SIC, según lo previsto en esta resolución, para hacer efectivas las liquidaciones aludidas. 28

27 k. Todos los actos y contratos que hayan de cumplirse por medio del Administrador del SIC, serán a título oneroso. Artículo 7º.Operaciones en el Mercado Mayorista. En el mercado mayorista se realizan las siguientes operaciones: a. Contratos de Energía a largo plazo: son aquellos en que generadores y comercializadores pactan libremente las condiciones, cantidades, y precios para la compra y venta de energía eléctrica a largo plazo. b. Contratos de Energía en la Bolsa: Son aquellos que se celebran a través del Administrador del SIC, para la enajenación hora a hora de energía, y cuyos precios, cantidades, garantías, liquidación y recaudo se determinan por la presente resolución y por el acuerdo de las partes en las reglas del SIC. c. Prestación de servicios asociados de generación de energía a la empresa de transmisión nacional para asegurar el cumplimiento de las normas sobre calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de electricidad. Artículo 14º. Registro de Contratos de Energía. Todos los contratos de energía a largo plazo que se celebren entre comercializadores y generadores para que puedan ser liquidados en la bosa de energía se deben registrar ante el Administrador del SIC. Igualmente las partes contratantes debe estar registrados ante el Administrador del SIC y otorgar las garantías definidas en esta resolución. El procedimiento para registrar contratos se establece en el Anexo D de la misma resolución. Igualmente se previó en esta Resolución de la CREG que copia de los contratos se deben remitir, simultáneamente al registro, a la CREG. Artículo 15º. Contenido de los Contratos. La forma, contenido y condiciones establecidas en los contratos de energía podrán pactarse libremente entre las partes. Sin embargo, para que estos contratos puedan liquidarse en la bolsa de energía deben contener: la identidad de las partes contratantes; reglas o procedimientos claros para determinar hora a hora, durante la duración del contrato, las cantidades de energía a asignar bajo el contrato y el respectivo precio, en forma consistente con los procedimientos de liquidación establecidos en ésta Resolución. 29

28 3.2.2 Resolución CREG 020 de 1996 La Resolución CREG 020 de 1996, la cual ha sido modificada por las Resoluciones CREG 021 de 1996 y 167 de 2008, establece las normas para promover la libre competencia en las compras de energía eléctrica en el mercado mayorista, principalmente para los contratos bilaterales que atienden el mercado regulado. Se destacan los siguientes aspectos: Los Comercializadores que atienden Mercado Regulado, están obligados a comprar toda la energía para atender su demanda mediante contratos. Para garantizar la competencia en el Mercado Regulado, las compras de energía destinadas a atender este mercado se realizarán mediante Convocatorias Públicas, cuyas ofertas deben ser evaluadas con base en el precio ofertado para la energía y este será el único criterio para la selección del oferente. Excepcionalmente pueden comprar en bolsa, cuando no hayan sido aceptadas las ofertas de aquellos que se presenten a la convocatoria. Empresas integradas verticalmente, cuya demanda de energía represente el cinco por ciento (5%) o más del total de la demanda del Sistema Interconectado Nacional, no pueden cubrir con energía propia más del 6 de la energía requerida para atender la demanda de su mercado regulado Resolución CREG 135 de 1997 Aunque todos los contratos se pactan libremente, desde la misma ley se prevé la obligación de reportar dicha información a la Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG. En ese sentido, la Comisión emitió la Resolución 135 de 1997, la cual desarrolla los siguientes tópicos: Registro de Contratos: Los comercializadores que tengan suscritos contratos de energía a largo plazo con usuarios no regulados, deben registrarlos ante el Administrador del SIC, y reportar la información concerniente a los términos en los cuales se celebró el contrato. La información a entregar es: - Identidad de las partes contratantes - Nivel de tensión de suministro - Frontera comercial - Mercado de Comercialización al que pertenece el usuario no regulado 30

29 - Modalidad de contratación - Duración del contrato - Reglas o procedimientos claros para determinar hora a hora, durante la duración del contrato, su despacho - Precio del Contrato Información Pública: Adicionalmente, la Resolución CREG 135 de 1997 establece la siguiente información con carácter público y encomienda al ASIC su publicación mensual: a. Precio promedio ponderado diario y GWh de la energía transada mediante contratos de largo plazo entre agentes del mercado mayorista de electricidad con destino al mercado regulado. b. Precio promedio ponderado diario y GWh de la energía transada mediante contratos de largo plazo entre comercializadores y usuarios no regulados, presentando la información por nivel de tensión de suministro y por Mercado de Comercialización. c. Precio promedio ponderado diario y GWh de la energía transada mediante contratos de largo plazo entre generadores de electricidad. d. Precio promedio ponderado diario y GWh de la energía transada mediante contratos de largo plazo entre comercializadores de electricidad. e. Precio Spot promedio ponderado diario en la Bolsa de Energía Resolución CREG 047 de 2007 La Resolución CREG 047 de 2000 Por la cual se adoptan las normas sobre registro de fronteras comerciales y contratos, suministro y modificación de información y liquidación de transacciones comerciales, en el Mercado de Energía Mayorista, modificada posteriormente por la Resolución CREG 006 de 2003 (la cual a su vez ha sido modificada por las Resoluciones CREG 084 de 2007, 013 y 038 de 2010), establece los procedimientos para el registro de las fronteras de usuarios no regulados e igualmente para el registro de los contratos de este tipo de usuarios. 31

30 4. BOLSA DE ENERGÍA Como se indicó anteriormente, el tema relacionado con las transacciones en la bolsa de energía se presentó en el Segundo Informe de esta consultoría. No obstante, haciendo uso de la información entregada por XM a solicitud de la SIC, se realizó un ejercicio para organizar a nivel mensual y anual, las compras y ventas de los diferentes agentes que participan en la bolsa (Comercializadores y Generadores). El valor de las compras y ventas en bolsa para cada agente, comercializador o Generador, es calculado por el ASIC a partir del balance de energía definido en el Anexo A de la Resolución CREG 024 de 1995, es decir, se toma el total de las compras y ventas en contratos y se realiza el balance con respecto a la generación ideal (Generadores) o a los consumos de energía (Comercializadores), es importante resaltar que un mismo agente puede actuar en calidad de generador o de comercializador. En este sentido, XM no posee información desagregada por tipo de mercado (Mercado Regulado y No Regulado). La Tabla 4.1 presenta un agregado de las compras y ventas de energía eléctrica en bolsa realizadas por los agentes comercializadores y generadores, respectivamente. La información se presenta por año, sin embargo para el 2011 solo se dispone de información hasta el mes de julio. De estos resultados se observa que los comercializadores compran más energía que la que venden en bolsa, la energía que venden los comercializadores en bolsa son excedentes contractuales. Los generadores, tienen niveles bastante altos de compras en bolsa, sin embargo la vocación de los generadores en la bolsa es de vendedores. Adicionalmente, la Tabla 4.2 muestra que en promedio la demanda comercial del País es atendida en un 32% por las transacciones realizadas en la bolsa de energía. Tabla 4.1 Compras y Ventas de energía en la Bolsa de energía, por tipo de agente Compras (GWh-año) Ventas (GWh año) Comercializadores Generadores Total Fuente: XM. 32

31 Tabla 4.2 Porcentaje de la demanda transada en Bolsa Año Energía Transada en Bolsa (GWh) Demanda Comercial (GWh) Porcentaje de la demanda transada en Bolsa ,1% ,4% ,6% ,4% Hasta Jul ,4% Fuente: XM. Ahora bien, las Figura 4.1 y 4.2 presentan para un grupo de agentes que actúan con los dos roles (comercializadores y generadores) comprando y vendiendo en la bolsa de energía. Esta información se muestra en dos figuras ( y ) para poder dimensionar la capacidad de transar en la bolsa de este tipo de agentes. En general, se observa que estos agentes como generadores venden grandes cantidades de energía en la bolsa, al punto que las ventas de los cinco agentes más grandes (EPM, EMGESA, GECELCA, ISAGEN y EPSA) representan entre el 65 y el 7 de las ventas totales en bolsa para el periodo analizado, mientras que sus compras en bolsa en calidad de generadores en promedio son del 25%. Para este tipo de agentes, vistos en calidad de comercializadores, sus ventas en la bolsa no alcanzan a representar un 1% de las ventas totales en bolsa, para cada uno de los años estudiados. Por otra parte las compras agregadas de estos cinco agentes en calidad de comercializadores representan entre el 3 y el 7% anual de las compras totales en bolsa, en el periodo estudiado. Con lo que se concluye que este tipo de agentes son vendedores exclusivos en bolsa y sus ventas netas (restando a las ventas las compras en cualquier calidad) varían entre el 37% y el 45%. 33

32 GWh-año Figura 4.1 Compras y Ventas en bolsa por tipo de agente (Comercializador y Generador), 2007 y Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Comer Gener Comer Gener CHEC ESSA EBSA ECC EMGESA EPM EPSA GECELCA ISAGEN VATIA Fuente: XM. 34

33 GWh-año Figura 4.2 Compras y Ventas en bolsa por tipo de agente (Comercializador y Generador), 2009 y Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Comer Gener Comer Gener CHEC ESSA EBSA ECC EMGESA EPM EPSA GECELCA ISAGEN VATIA Fuente: XM. 35

34 GWh-año La Figura 4.3 presenta una muestra de Generadores que desarrollan en la bolsa solo la actividad de generación. Se destaca que los generadores térmicos transan cantidades insignificantes en la bolsa, a excepción de los años 2009 y 2010 en el que vendieron a raíz del fenómeno del Niño; para los agentes analizados (TERMOFLORES y TERMOCANDELARIA) sus ventas en el periodo analizado representan entre el 0 y el 1 anual del total de ventas en la bolsa. Por otro lado, las compras de CHIVOR representan entre el 4 y el 8% anual de las compras totales en bolsa, mientras que sus ventas representan entre el 11 y el de las ventas totales de la bolsa, dependiendo del año analizado. Figura 4.3 Compras y Ventas en bolsa de Generadores Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Hasta Jul-11 Fuente: XM. CHIVOR URRA TERMOFLORES TERMOCANDELARIA La Figura 4.4 presenta una muestra de Comercializadores, que transan en la bolsa solo en calidad de comercializadores. Las compras agregadas de estos comercializadores varían entre el 1 y el de las compras totales en la bolsa para cada uno de los años analizados. Las ventas agregadas de estos agentes en cada uno de los años analizados no superan el 4% de las ventas totales en la bolsa. Estos comercializadores atienden usuarios finales por lo cual compran en la bolsa la demanda comercial no contratada y venden en la bolsa excedentes que han comprado en contratos. 36

35 GWh-alño Figura 4.4 Compras y Ventas en bolsa de Comercializadores Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Compras Ventas Hasta Jul-11 Fuente: XM ELECTRICARIBE CODENSA MYPYMES COENERSA ENERGIAEMPRESARIAL COLINVERSIONES COMERCIALIZAR ENERGISOCIAL 37

36 5. CONTRATOS BILATERALES Con base en los informes mensuales que publica XM, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG 135 de 1997, y la información entregada a la SIC por parte de XM a continuación se presenta un análisis agregado para el mercado de contratos, el cual incluye cantidades y precios. No obstante se debe aclarar que no se dispone de información que permita identificar los parámetros específicos de un contrato en particular (partes involucradas, precios de los contratos y cantidades, fecha de inicio y fecha de terminación). La información publicada por XM está clasificada en contratos con destino a atender el mercado regulado, contratos de largo plazo entre generadores, contratos de largo plazo entre comercializadores. De otra parte la información reportada por XM a la SIC, se organizó a nivel mensual y anual permitiendo establecer el resumen de las cantidades despachadas en contratos de compra y venta de energía celebrados por los comercializadores y generadores para atender el mercado regulado y el mercado diferente al regulado. Esta información no dispone de los precios por lo cual no fue posible estudiar si existen prácticas discriminatorias (por cantidades, por regiones entre otras posibles). 5.1 Contratos con destino a atender el mercado regulado En la Figura 5.1, se presenta el precio promedio ponderado mensual y la energía transada mediante contratos de largo plazo entre agentes del mercado mayorista de electricidad con destino al mercado regulado, para los años Se observa que más del 8 de la demanda comercial regulada se atendió mediante contratos. Por otro lado, se identifica un Patrón anual de precios, de tal forma que los mismos aumentan a partir de noviembre de cada año, alcanzan un valor máximo entre abril y mayo (verano) y finalmente descienden hasta finales de octubre (invierno). En el periodo estudiado la diferencia de precios entre dos mínimos consecutivos es de aproximadamente diez pesos por kilovatio hora, mientras que la diferencia entre los máximos frente a la diferencia entre los máximos , se incrementó en cuatro pesos por kilovatio hora, lo que señala una tendencia de crecimiento de los precios de los contratos para el mercado regulado. No obstante esta información debe ser complementada con análisis de años anteriores para poder establecer conclusiones al respecto. Para el último año analizado el precio promedio (ponderado por cantidades) de estos contrato presentó una variación entre 130 y 135 $/kwh. 38

37 GWh-mes $/kwh Figura 5.1 Despacho de contratos con destino al mercado regulado y precio promedio mensual Fuente: Neón e Informes R. CREG 135/97 XM. Finalmente de la Contratos MR Demanda Comercial Regulada Precio Contrato MR Figura 5.1 se observa que cuando se presentan precios bajos las cantidades despachadas son mayores y cuando los precios son altos las cantidades despachadas son bajas. No obstante se requiere la información desagregada que permita identificar la causalidad, en la medida en que este fenómeno puede tener diferentes orígenes. En complemento, la Figura 5.2 presenta los precios promedio de los contratos destinados a atender el mercado regulado, despachados desde octubre de 2010 hasta octubre de 2011 y que fueron registrados en XM antes de 2009, en 2009, en 2010 y Si bien no se dispone de la información que permita estudiar la formación de estos precios, se pueden establecer algunas observaciones pertinentes: El agregado de los contratos registrados en 2009 y 2010 presentan un mismo patrón, sin embargo los contratos registrados en 2010 comparados con los contratos registrados en 2009, para ser despachados en una misma fecha, presentan una diferencia de precios que se mantiene aproximadamente en cuatro pesos por kilovatio hora. 39

38 Figura 5.2 Precios de contratos del Mercado Regulado por año de registro Fuente: Informe Mercado, octubre de 2011, XM. Las Figura 5.3, 5.4 y 5.5 muestran para cada mes el porcentaje de contratos despachados para el mercado regulado y los años en que fueron registrados tales contratos. Se observa que para una fecha determinada pueden despacharse contratos registrados hasta con dos años de anticipación. Adicionalmente se puede visualizar que los años 2009 y 2011 tienen un patrón similar, en estos años el mayor porcentaje de los contratos despachados corresponde a los contratos que fueron registrados el año anterior. La Figura 5.6 presenta una aproximación de esta información a nivel anual, se puede concluir que durante 2009 se registraron y despacharon un mínimo de contratos los cuales, adicionalmente, tuvieron duración de un año, este efecto puede ser explicado por la presencia del fenómeno de El Niño. Figura 5.3 Porcentajes de cantidades despachas en Contratos Regulados,

39 Fuente: Informe Mercado, enero de 2010, XM. Figura 5.4 Porcentajes de cantidades despachas en Contratos Regulados, 2010 Fuente: Informe Mercado, enero de 2011, XM. Figura 5.5 Porcentajes de cantidades despachas en Contratos Regulados,

40 Fuente: Informe Mercado, enero de 2012, XM. Figura 5.6 Comportamiento aproximado de las cantidades despachas en Contratos Regulados por año Comprado Por A En Bolsa Cont ratos LP Fuente: Consultor. Dem anda del Com A en el perio do i. Cas o 2 Bol a de Ene rgía (Me rcad o Hor ario ) Co mer ciali zad or (Pu ede ser inte gra 42

41 5.2 Contratos de LP entre generadores Los contratos entre generadores tienen por objeto respaldar los compromisos que otros generadores han adquirido en contratos. En la Figura 5.7, se presenta el precio promedio ponderado mensual y la energía transada mediante contratos de largo plazo entre generadores de electricidad, para los años Se observa que la energía contratada en el 2011 en promedio fue de 170 GWh-mes, menos de la mitad de lo que en promedio fue contratada en el año 2010, esto principalmente puede ser consecuencia del fenómeno del Niño que se presentó a finales del 2009 y mediados de 2010, situación en la cual la generación de electricidad con fuentes térmicas, alcanzó porcentajes de participación históricos. Por otro lado, los precios en promedio han permanecido estables durante el 2011, el cual osciló entre 100 y 110 $/kwh. Adicionalmente, se evidencia que para los meses de febrero, marzo y abril de 2010 se presentaron precios por encima de los 125 $/kwh, esto como ya se indicó, como consecuencia del Fenómeno del Niño. Figura 5.7 Despacho de contratos de largo plazo entre generadores y precio promedio mensual 43

42 GWh-mes $/kwh Fuente: Informes R. CREG 135/97 - XM 5.3 Contratos de LP entre comercializadores Al igual que los contratos entre generadores, los contratos entre comercializadores están destinados a brindar cobertura a otros contratos. La Figura 5.8 presenta el precio promedio ponderado mensual y la energía transada mediante contratos de largo plazo entre comercializadores de electricidad, para los años Se observa que en promedio la energía transada entre comercializadores mensualmente es de 700 GWh-mes. Llama la atención que el precio promedio de los contratos entre comercializadores presenta una tendencia similar a los contratos con destino al mercado regulado a excepción del periodo de El Niño (Ver Figura 5.9). No se dispone de la información que permita identificar el origen de esta correlación. Figura 5.8 Despacho de contratos de largo plazo entre comercializadores y precio promedio mensual 44

43 $/kwh GWh-mes $/kwh Fuente: Informes R. CREG 135/97 XM. Figura 5.9 Precio promedio mensual contratos con destino al mercado regulado, contratos entre comercializadores y contratos entre generadores $ Contratos destino al MR $ Contratos entre Comercializadores $ Contratos entre Generadores Fuente: Informes R. CREG 135/97 XM. 45

44 5.4 Compras y Ventas de Contratos A continuación se presenta un análisis de los contratos de compra y venta de energía celebrado por los agentes comercializadores y generadores, con destino al mercado regulado (MR) y el mercado diferente al regulado (MD), el cual está constituido por los contratos destinados a atender usuarios no regulados, alumbrado público y los contratos de respaldo entre generadores y entre comercializadores. Esta información se presenta para el periodo comprendido entre enero de 2007 hasta julio de La información empleada para realizar este ejercicio corresponde a la entregada por XM en respuesta a la solicitud de la SIC, esta información no contiene precios por lo cual los análisis presentados sólo consideran las cantidades, aspecto que limita el alcance de los análisis realizados, en particular para la determinación de prácticas discriminatorias. La Tabla 5.1 presenta un resumen de las cantidades despachas en contratos de compra y venta de energía eléctrica para los MR y MD, y el porcentaje de participación de los comercializadores y de los generadores tanto en las compras como en las ventas. En general, y como era de esperarse, las compras destinas al MR las realizan en su totalidad los comercializadores. Por otro lado, los generadores tienen altos porcentajes de participación en ventas de energía tanto para el MR como para el MD. No obstante como no se pueden identificar orígenes y destinos no es posible determinar si las ventas que realizan los generadores las realizan directamente a los comercializadores que atienden usuarios o a través de otros comercializadores. Tabla 5.1 Balance de Compras y Ventas de Contratos destinados atender el MR y MD Año Compras/Ventas Mercado Energía (GWh-año) % Comercializador % Generador Compras Ventas Compras Ventas MR MD % 11% MR % 91% MD % 89% MR MD % 13% MR % 91% MD % 84% 2009 Compras MR

45 Año Compras/Ventas Mercado Energía (GWh-año) % Comercializador % Generador MD Hasta Jul 2011 Fuente: XM. Ventas Compras Ventas Compras Ventas MR % 86% MD % 81% MR MD % 19% MR % 87% MD % 83% MR MD % 5% MR % 88% MD % 87% Contratos Compra y Venta de los Comercializadores En la Figura 5.10 se presentan las cantidades despachas en contratos de compra y venta de energía eléctrica con destino a atender el mercado regulado (MR) y el mercado diferentes al mercado regulado (MD) por parte de los comercializadores. Se observa que los comercializadores Compran a través de los contratos aproximadamente 30 TWh-año para atender el MR lo cual significa atender el 8 de la demanda regulada del País, y para el caso del MD entre el 20 y 25 TWh-año. Por otro lado, las cantidades despachas en contratos de Venta son en promedio 5 TWh-año. Es importante notar que las cantidades contratadas por los comercializadores para atender demanda regulada han disminuido levemente pero sistemáticamente, mientras que esta demanda ha presentado un crecimiento promedio del 2,05%, lo que implica que una mayor proporción de la demanda regulada queda expuesta a la bolsa. Adicionalmente, se observa que las ventas que hacen los comercializadores a otros comercializadores para atender el mercado regulado representan una proporción promedio del 11%. 47

46 jul jul jul jul-11 GWh-año Figura 5.10 Compras Ventas contratos comercializadores MR y MD Compras MR Compras MD Ventas MR Ventas MD Fuente: XM. La Figura 5.11 y Figura 5.12 presentan las cantidades de energía despachas en los contratos de compra para atender el MR y MD, por parte de los comercializadores. Los principales agentes comercializadores compradores para el MR son: CODENSA, ELECTRICARIBE 1 y EPM, los cuales atienden grandes ciudades como son Bogotá D.C, Barranquilla, Cartagena, Santa Marta y Medellín. Las compras hechas por estos tres comercializadores representan, en promedio para el periodo estudiado, un 62% del total de las compras de cada año. Este ejercicio debe complementarse para los grupos empresariales, una vez se disponga de la información solicitada por la SIC. De otra parte, el 65% de los contratos de Compra adquiridos por comercializadores para atender el MD, son de EPM, ISAGEN, EMGESA, ENERGÍA EMPRESARIAL DE LA COSTA y COENERSA. No obstante se resalta que los tres primeros agentes, referenciados aquí como comercializadores, también juegan el rol de generador en el mercado Colombiano y los dos últimos son comercializadores que no desarrollan la actividad de generación en conjunto. Al igual que en el caso del MR, no se puede identificar a quien le están comprando estos agentes. 1 Para los años 2007 y 2008 de la Figura 5.11, la participación de ELECTRICARIBE representa la suma de las participaciones de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. y la Electrificadora de la Costa Atlántica S.A. E.S.P. 48

47 GWh-año GWh-año Figura 5.11 Compras contratos comercializadores para atender MR Fuente: XM. Figura 5.12 Compras contratos comercializadores para atender MD Fuente: XM. 49

48 GWh-año Por otro lado, la Figura 5.13 y Figura 5.14 presentan las participaciones de los comercializadores en los contratos de Venta con destino atender el MR y MD. En el 2010, el 8 (3.153 GWh-año) de las cantidades despachadas en contratos de venta con destino atender al MR estuvo en manos de cuatro agentes: GENERARCO, VATIA, COENERSA y ENERTOLIMA. Por otro lado y para el mismo año, el 62% (3.552 GWh-año) de las cantidades despachadas en contratos de venta con destino atender el MD fueron lideradas por tres agentes: GENERARCO, COENERSA y AMERICANA DE ENERGÍA. Estas firmas de comercialización son nuevas en el mercado y sólo desarrollan la actividad de comercialización. Figura 5.13 Ventas contratos comercializadores para atender MR Fuente: XM. 50

49 GWh-año Figura 5.14 Ventas contratos comercializadores para atender MD Fuente: XM Contratos Generadores para atender los MR y MD En la Figura 5.15 se presentan las cantidades despachas en contratos de compra y venta de energía eléctrica con destino atender el mercado regulado (MR) y el mercado diferente al mercado regulado (MD) por parte de los generadores. Se observa que los generadores han vendido a través de los contratos para el mercado MD entre 21 y 27 TWh-año y presentan una tendencia a incrementar sus ventas en este mercado. Adicionalmente los generadores han vendido entre 30 TWh-año y 27 TWh-año para atender el MR, sorprende que las ventas de los generadores para atender el MR presentan una tendencia a disminuir. 51

50 jul jul jul-2011 GWh-año Figura 5.15 Compras Ventas contratos generadores MR y MD Compras MD Ventas MD Ventas MR Fuente: XM. La Figura 5.16 presenta las cantidades de energía despachas en los contratos de compra con destino atender el MD, por parte de los generadores. Las empresas ESSA y EMCALI, presentan participaciones significativas en energía para los diferentes años analizados. En particular, los años 2009 y 2010 muestran las mayores cantidades de energía para los distintos agentes analizados. Por otro lado, las Figura 5.17 y Figura 5.18 presentan las cantidades de energía despachadas en los contratos de venta para atender el MR y MD, por parte de los generadores. Los generadores con mayores ventas de contratos para el MR son EMGESA, EPM, ISAGEN y CHIVOR, este último solo participa en el mercado de contratos para el MR y en los años 2009 y 2010 sus cantidades fueron de 2,4 y 2 TWh-año respectivamente. En promedio, para los años 2007 a 2010, el 76% de las ventas de contratos para el MR han sido realizadas por estos cuatro generadores. De otra parte las empresas generadoras con mayor participación en las ventas para el MD son EPM, ISAGEN, EMGESA y GECELCA, generadores con alta participación en el mercado mayorista medida con la capacidad efectiva neta (Ver Segundo Informe de esta Consultoría). Las ventas de estos generadores representan en promedio para los años 2007 a 2010 el 61% de las ventas de los generadores para el MD. 52

51 GWh-año GWh-año Figura 5.16 Compras contratos generadores para atender MD jul Fuente: XM. Figura 5.17 Ventas contratos generadores para atender MR Fuente: XM. 53

52 GWh-año Figura 5.18 Ventas contratos generadores para atender MD jul Fuente: XM. 54

53 6. MERCADO RELEVANTE La definición del mercado relevante permite caracterizar en diferentes dimensiones el bien que se está transando y al cual se pretende determinar el grado de competitividad. El mercado relevante debe permitir establecer que productos son sustitutos del mercado analizado, si los aspectos geográficos fraccionan el mercado en diferentes áreas, si los tiempos de transacción permiten la interacción con mercados de otros productos sustitutos, si el bien transado es el mismo. Los análisis presentados en este capítulo emplean la información publicada mensualmente por XM en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 135 de 1997, específicamente en lo relacionado con los contratos de largo plazo firmados entre comercializadores y usuarios no regulados. Es necesario indicar que la información disponible, no permite relacionar a los usuarios no regulados atendidos en un determinado municipio con el comercializador que los atiende, lo cual limita considerablemente la caracterización de las transacciones y por tanto la definición del mercado relevante. Un usuario tiene carácter de no regulado, si adicional a cumplir los requerimientos de tamaño (capacidad mayor o igual a 0.1 MW, o demanda igual o mayor a 55 MWh-mes), ha establecido un contrato con un comercializador habilitado. Por tanto los usuarios no pueden acceder directamente a la Bolsa de energía. En ese sentido, si el usuario no dispone de un contrato debería ser atendido como usuario regulado, para lo cual la Resolución CREG 183 de 2009 establece en su Artículo 1: ARTÍCULO 1. Reglas relativas al cambio entre el mercado no regulado y el mercado regulado: El usuario no regulado que cumpliendo con los requisitos mínimos para ostentar dicha condición decida pasar al mercado regulado debe mantenerse en este mercado y ser atendido como usuario regulado por un período mínimo de tres (3) años. Durante este período el usuario podrá cambiar de comercializador conforme a lo establecido en la regulación vigente. Sin perjuicio de lo anterior, los contratos de prestación del servicio a término fijo que se celebren con usuarios regulados se regirán por el plazo que en ellos se establezca. Esta medida impacta la elasticidad de los usuarios no regulados, puesto que si a un usuario no regulado se le termina el contrato, y no logra conseguir un comercializador que lo atienda, debe pasarse a ser usuario regulado y permanecer en tal condición al menos durante tres años. 55

54 Debe tenerse en cuenta que uno de los componentes tarifarios que más motiva a los usuarios para ser atendido en calidad de usuarios no regulados, es la disminución en el costo de comercialización. Si bien el precio promedio de los contratos de compraventa de energía, generación (G), para los usuarios no regulados, es inferior al precio promedio de los contratos destinados a atender el mercado de los usuarios regulados, en aproximadamente 12 $/kwh, el valor del costo de comercialización (C mt ) variabilizado, dependiendo del mercado de comercialización, puede estar aproximadamente en un rango entre 32 $/kwh y 100 $/kwh (precios de diciembre de 2011). Mientras que los precios negociados para la comercialización, pueden ser incluso inferiores a un peso por kilovatio hora. Con lo cual, para un usuario no regulado, aún con los precios de la energía equivalentes a los precios regulados, sigue siendo beneficioso ostentar la calidad de usuario no regulado. Con esta medida el usuario pierde capacidad de negociación frente a los comercializadores, puesto que de no conseguir un comercializador que le ofrezca un contrato, deberá enfrentar por tres años el costo regulado de comercialización del mercado al que pertenece, en el mejor de los casos puede ser del orden de 31 $/kwh. Por otro lado, un usuario no regulado no puede fraccionar sus cantidades contratadas para una frontera determinada para que sus necesidades puedan ser atendidas por más de un comercializador, esto en virtud de que una frontera no puede ser representada por dos comercializadores, simultáneamente. Por lo anterior, el éxito en los procesos que desarrollan los Usuarios no Regulados radica en que la concurrencia a los mismos sea alta. En la Tabla 6.1 se presenta el número de Usuarios No Regulados desagregados por Nivel de Tensión y por departamento. Se puede observar que el País cuenta con 5044 usuarios no regulados, que consumieron en diciembre de 2011, 1427 GWh, lo cual representa el 29% de la demanda nacional, este mercado está siendo atendido por 33 comercializadores, alrededor de Distrito Capital, Antioquia y el Valle son los lugares con mayor número de usuarios no regulados. El número de usuarios no regulados atendidos en el nivel 1, representa el 7,2% y en energía el 1,5% del total de la energía de los usuarios no regulados, a su vez son atendidos por 22 comercializadores. El número de usuarios no regulados atendidos en el nivel 2, representa el 71,2% y en energía el 33% del total de la energía de los usuarios no regulados, a su vez son atendidos por 32 comercializadores. El número de usuarios no regulados atendidos en el nivel 3, representa el y en energía el 34% del total de la energía de los usuarios no regulados, a su vez son atendidos por 30 comercializadores. 56

55 El número de usuarios no regulados atendidos en el nivel 4, representa el 1,5% y en energía el 29,3 % del total de la energía de los usuarios no regulados, a su vez son atendidos por 11 comercializadores. Tan solo se atienden dos usuarios no regulados directamente desde el STN, los cuales en energía representan el 1,7% del total de la energía de los usuarios no regulados, que a su vez son atendidos por dos comercializadores. Estas cifras muestran un mercado bastante competitivo, puesto que en todos los niveles de tensión actúan varios comercializadores, llamando la atención el nivel de competencia en nivel de tensión 1. Tabla 6.1 Número de usuarios no regulados, por nivel de tensión y departamento, con corte a Diciembre 2011 Departamento Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 Nivel 4 STN Total de UNR por Depart. % Part ANTIOQUIA % ARAUCA % ATLÁNTICO % BOLÍVAR % BOYACÁ % CALDAS CAQUETÁ % CASANARE % CAUCA % CESAR % CHOCO CÓRDOBA % CUNDINAMARCA % DISTRITO CAPITAL % HUILA LA GUAJIRA % MAGDALENA % META % NARIÑO % NORTE DE SANTANDER

56 Departamento Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 Nivel 4 STN Total de UNR por Depart. % Part PUTUMAYO % QUINDÍO % RISARALDA % SANTANDER % SUCRE % TOLIMA % VALLE % Total de UNR por Nivel de Tensión % Participación 7.2% 71.2% % Fuente: IV Informe Trimestral 2011 de XM Usuarios No Regulados por Niveles de Tensión - Informe Trimestral. Tabla 6.2 Energía (GWh-mes) transada mediante contratos de largo plazo entre comercializadores y UNR, por nivel de tensión y departamento, en Dic 2011 Departamento Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 Nivel 4 STN Total Energía por Depart. (GWh-mes) % Part ANTIOQUIA % ARAUCA % ATLÁNTICO % BOLÍVAR % BOYACÁ % CALDAS % CAQUETÁ CASANARE % CAUCA % CESAR CHOCO CÓRDOBA % CUNDINAMARCA % DISTRITO CAPITAL HUILA % 58

57 Departamento Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 Nivel 4 STN Total Energía por Depart. (GWh-mes) % Part LA GUAJIRA % MAGDALENA % META NARIÑO % NORTE DE SANTANDER % PUTUMAYO % QUINDÍO % RISARALDA % SANTANDER % SUCRE % TOLIMA VALLE % Total de energía por nivel de tensión (GWh-mes) % Participación 1.5% % 29.3% 1.7% 100. Fuente: XM, Informe R. CREG 135 de Dimensión Geográfica Mercado Internacional: No participa en el mercado mayorista de contratos ni como oferta ni como demanda. Mercado Nacional: al igual que para el caso de la bolsa de energía, teóricamente el mercado relevante geográficamente lo constituye toda la demanda y la oferta nacional, puesto que el comercializador le traslada a los usuarios no regulados aquellos componentes tarifarios diferentes al costo del producto y al costo de comercialización, lo que permite que cualquier comercializador que opera en un mercado de comercialización determinado enfrente los mismos costos de transporte y contribuciones que los demás comercializadores que actúan en dicho mercado (pérdidas, restricciones, transporte). Según la información de la Tabla 6.3, se puede observar que en general, excluyendo el departamento del Chocó y Putumayo, por no ser representativos, y el caso especial de Arauca, en todos los demás departamentos, durante 2011, donde hubo más de un usuario no regulado, hubo al menos más de un comercializador, este indicador muestra el grado de disputabilidad de los mercados. 59

58 No obstante en los mercados más grandes, Antioquia, Distrito Capital y Cundinamarca y Valle, la tendencia es que el mayor comercializador es el comercializador vinculado con el distribuidor, o un comercializador o generador vinculado con el distribuidor, al punto que el 44,1% de la demanda no regulada del País es atendida por estos agentes. En el Anexo A de este documento se presenta información detalla por departamento. Tabla 6.3 Contratos entre Comercializadores y UNR, por Departamento, agregado 2011 Departamento Total Energía Transada GWh-año Principal Comercializador Comercializador % Part. Número Restante Comercializadores % Part. ANTIOQUIA 2.572,1 EPM 78% 15 22% ARAUCA 663,6 ISAGEN 10 0 ATLÁNTICO 1.111,6 ENERGÍAEMPRESARIAL 53% 8 47% BOLÍVAR 1.011,2 ENERGÍAEMPRESARIAL 8 8 BOYACÁ 1.057,7 ISAGEN 64% 8 36% CALDAS 343,9 ISAGEN 65% 7 35% CAQUETÁ 2,3 EPSA 65% 2 35% CASANARE 24,4 ENERCA 43% 7 57% CAUCA 333,7 ISAGEN 44% 12 56% CESAR 154,4 ENERGÍAEMPRESARIAL 41% 6 59% CHOCO 4,2 ISAGEN 10 0 CÓRDOBA 1.161,7 GECELCA 89% 5 11% CUNDINAMARCA 1.552,0 EMGESA 41% 13 59% DISTRITO CAPITAL 2.539,4 EMGESA 58% 16 42% HUILA 157,6 ELECTROHUILA 49% 7 51% LA GUAJIRA 301,5 GECELCA 97% 4 3% MAGDALENA 218,0 ENERGÍAEMPRESARIAL 68% 6 32% META 248,4 EPM 45% 10 55% NARIÑO 17,8 CEDENAR 56% 8 44% NORTE DE SANTANDER 198,8 CENS 67% 5 33% PUTUMAYO 19,3 EMGESA 99.5% 1 0,5% QUINDÍO 37,3 EDEQ 47% 6 53% RISARALDA 165,7 EEP SANTANDER 677,2 ISAGEN 45% 8 55% SUCRE 114,1 ENERGÍAEMPRESARIAL 77% 3 23% 60

59 Departamento Total Energía Transada GWh-año Principal Comercializador Comercializador % Part. Número Restante Comercializadores % Part. TOLIMA 369,5 ENERTOLIMA 37% 10 63% VALLE 2.123,9 ISAGEN 26% 14 74% Fuente: XM, Informe R. CREG 135 DE A continuación se presenta la distribución por departamento para el año 2011 de los principales Comercializadores - Generadores del País, estos son: EMGESA, EPM, GECELCA e ISAGEN. Vale la pena mencionar que los dos primeros, EMGESA y EPM, están vinculados con la empresa que desarrolla la distribución en los mercados más grandes del país, de otra parte GECELCA e ISAGEN son generadores puros. Mayor detalle por empresa se presenta en el Anexo B de este documento. EMGESA S.A. E.S.P. EMGESA es una empresa generadora y comercializadora de energía, constituida en octubre de 1997, como resultado del proceso de capitalización de la Empresa de Energía de Bogotá. Es filial de ENDESA Internacional, primer grupo eléctrico de Latinoamérica y tercero en Europa, presente en 11 países y tres continentes, como se indica en su página Web. A agosto de 2011, EMGESA cuenta con un portafolio de 19 plantas de generación para un total aproximado de 2881 MW de capacidad efectiva neta, de los cuales el 81% es hidro, el 14% térmica y el 4% restante corresponde a plantas menores. Con base en los informes de XM, Resolución CREG 135 de 1997, el total de energía transada mediante contratos de largo plazo para el 2011 entre EMGESA y UNR es de 2891,7 GWhaño, su distribución por departamento se presenta en la Figura 6.1, la cual nos indica que el 51% se atiende en Bogotá y el 22.2% en Cundinamarca. 61

60 Figura 6.1 Contratos entre EMGESA y UNR por departamento, ,4% 1,6% 2,2% 2, 3,5% 3,6% 1,4% 1,4% 4,1% DISTRITO CAPITAL CUNDINAMARCA ATLANTICO TOLIMA VALLE 5,5% 51, BOLIVAR ANTIOQUIA CESAR 22,2% HUILA NORTE DE SANTANDER SANTANDER OTROS Empresas Públicas de Medellín E.S.P. EPM EPM es una empresa de servicios públicos que está integrada verticalmente, atendiendo las cuatro actividades (Generación, Transmisión, Distribución y Comercialización) ocupando un lugar destacado en el sector eléctrico de Colombia, adicionalmente EPM conforma un grupo empresarial con participación en CHEC, CENS, EDEQ, ESSA, EPM-ITUANGO. A agosto de 2011, EPM cuenta con un portafolio de 34 plantas de generación para un total aproximado de 3162,8 MW de capacidad efectiva neta, de los cuales el 80,1% es hidro, el 14,5% térmica, el 4,7% plantas menores y cogeneración y el 0,6% restante eólico (estas cifras sin tener en cuenta sus participaciones en otras empresas). Con base en los informes de XM, Resolución CREG 135 de 1997, el total de energía transada mediante contratos de largo plazo para el 2011 entre EPM y UNR es de 3658,1 GWh-año, su distribución por departamento se presenta en la Figura 6.2, la cual nos indica que 55% se atiende en el departamento de Antioquia (estas cifras sin tener en cuenta sus participaciones en otras empresas). 62

61 Figura 6.2 Contratos entre EPM y UNR por departamento, ,2% 2,8% 3,1% 6,5% 1,6% 1,1% 4,2% ANTIOQUIA CUNDINAMARCA VALLE DISTRITO CAPITAL 6,8% 8,3% 54,9% BOYACA META SANTANDER ATLANTICO 8,6% TOLIMA BOLIVAR OTROS Generadora y Comercializadora de Energía del Caribe S.A. E.S.P. GECELCA GECELCA es una empresa de servicios públicos mixta, de nacionalidad colombiana, que presta el servicio de generación y comercialización de energía eléctrica, con un total de 1220 MW de capacidad efectiva neta (10 generación térmica). Según datos de la empresa en su página Web, GECELCA es: El mayor productor de energía eléctrica en la Costa Atlántica. La generación producida equivale al 75% de la demanda de energía de la Costa Atlántica. Uno de los cuatro mayores generadores del país, con el 1 de la capacidad instalada. El mayor generador térmico del país. (31,2 % de la capacidad térmica instalada). El mayor consumidor de gas en el país (15% de la producción). GECELCA cuenta con plantas de combustible dual (Gas, Carbón, Fuel Oil). Con base en los informes de XM, Resolución CREG 135 de 1997, el total de energía transada mediante contratos de largo plazo para el 2011 entre GECELCA y UNR es de 1393,8 GWhaño, su distribución por departamento se presenta en la Figura 6.3, la cual nos indica que el 95,3% se atiende en la Costa Atlántica (Córdoba y Guajira). 63

62 Figura 6.3 Contratos entre GECELCA y UNR por departamento, ,4% 0,1% 4,2% CORDOBA 21, LA GUAJIRA BOYACA ANTIOQUIA 74,3% ATLANTICO ISAGEN S.A. E.S.P. ISAGEN es una empresa colombiana dedicada a la generación y comercialización de energía eléctrica, posee y opera cinco centrales de generación, tres de ellas hidráulicas (85%), una térmica (13,2%), y una menor (1%) para un total de 2104 MW de capacidad efectiva neta. Con base en los informes de XM, Resolución CREG 135 de 1997, el total de energía transada mediante contratos de largo plazo para el 2011 entre ISAGEN y UNR es de 4011 GWh-año, su distribución por departamento se presenta en la Figura 6.4, la cual, a diferencia de los demás agentes estudiados, no presenta un sesgo geográfico. 64

63 Figura 6.4 Contratos entre ISAGEN y UNR por departamento, , 3,7% 1,8% 3,4% 5,5% 16,9% BOYACA ARAUCA VALLE ANTIOQUIA 6,4% 7,5% 16,5% CUNDINAMARCA SANTANDER DISTRITO CAPITAL ATLANTICO 8,8% 9,9% 13,6% CALDAS CAUCA BOLIVAR OTROS De acuerdo con lo revisado en este numeral, podemos concluir, que en general los grandes comercializadores generadores, disponen de un portafolio (disponen de más de una tecnología o tecnologías duales), en segundo término hay un fuerte sesgo a atender los mercados en los cuales hay una vinculación con el OR, sin que se pueda concluir, si las firmas hacen su mejor esfuerzo por atender estos mercados o la red les facilita la captura del mercado. 6.2 Dimensión Producto Como se indicó anteriormente, el producto transado es la cobertura de precios, no obstante las modalidades contractuales pueden ser diversas (Pague lo Contratado, Pague lo demandado, Pague lo Demandado Condicionado, otras como opciones) pero no se dispone de información que permita establecer las frecuencias de las diversas modalidades. Sin embargo, en general estos contratos carecen de cualquier liquidez, en la medida en que están asociados a una frontera particular y a unas condiciones igualmente específicas (no son contratos estandarizados). 6.3 Dimensión temporal Los contratos son de duraciones pactadas bilateralmente, no obstante la Resolución CREG 156 de 2011 prevé una duración mínima de un año. Igualmente de la información entregada al 65

64 Consultor por XM no se puede inferir las frecuencias de duración de los contratos, puesto que se publica el año de registro de los contratos que están siendo despachados en un mes determinado, pero no se sabe su duración. No obstante con base en la información presentada por XM, podemos ver que la duración de los contratos puede variar desde un año hasta más de tres años, como se puede observar en las Figura 6.5, 6.6 y 6.7. Figura 6.5 Porcentaje de cantidades despachas en Contratos No Regulados, 2009 Fuente: Informe Mercado, enero de 2010, XM. Figura 6.6 Porcentaje de cantidades despachas en Contratos No Regulados, 2010 Fuente: Informe Mercado, enero de 2011, XM. 66

65 Figura 6.7 Porcentaje de cantidades despachas en Contratos No Regulados, 2011 Fuente: Informe Mercado, enero de 2012, XM 6.4 Formación del Precio El precio se pacta libremente, normalmente mediante procesos de negociación que se dan por la invitación del usuario a los comercializadores de su interés. A diferencia del Mercado Regulado, para el cual la CREG ha establecido mediante regulación específica los criterios de selección, en el Mercado No Regulado estos son establecidos libremente por los usuarios. Adicionalmente la invitación de un usuario a un comercializador no es obligante para el comercializador. De otra parte no es práctica comercial de los generadores o comercializadores ofertar su energía disponible, ni se conocen cuanta es la energía que estaría dispuesto a vender, en un momento determinado, un agente. En consecuencia es recomendable que los agentes establezcan, bajo su propia valoración, las cantidades que están dispuestos a vender y las mismas sean de conocimiento público, ello facilitaría el proceso de selección que hacen los usuarios. A continuación se realiza un ejercicio para los principales comercializadores-generadores (EMGESA, EPM, ENERGÍA EMPRESARIAL, GECELCA e ISAGEN) el cual consiste en sacar un promedio de precio ($/kwh) aproximado por nivel de tensión, para atender el mercado no regulado. Dada la dificultad de disposición de información se emplearon los datos que pública mensualmente XM, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 67

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