MANUAL DESCRIPTIVO DE CARGOS

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1 1 de 220 PRESENTACIÓN El Comité Técnico Asesor elaboró los instrumentos necesarios, estableció y dio los lineamientos a todas las dependencias de la Defensoría del Pueblo, para el levantamiento de la información de los cargos administrativos existentes en cada una de ellas, igualmente para la descripción de los mismos y su valoración; de esta manera se obtuvieron los insumos para el Manual Descriptivo de Cargos de la Defensoría del Pueblo, el cual es un instrumento técnico que contiene las especificaciones de cada uno de los cargos de la Institución, y que aporta en cada descripción, la siguiente información del cargo: Título del cargo, objetivo general, funciones específicas, requisitos de educación y experiencia, relaciones que amerita el cargo, responsabilidades que asume su ocupante y los riesgos de trabajo a que está expuesto; así como otro gran número de factores de importancia. Toda esta gama de elementos conforman al mismo tiempo la base de valoración del cargo. Cada cargo contiene un código que lo identifica y la especificación del nivel de valoración que lo ubica en la escala de sueldos respectiva. El Manual Descriptivo de Cargos del Personal de Alto Nivel, Administrativo, profesional, defensorial y Obrero, se logra gracias a un conjunto de voluntades, quienes efectuaron talleres informativos para hacerlos del conocimiento del proyecto que se estaba llevando a cabo, y talleres de trabajo en los cuales éstos se involucraron efectuando revisión y discusión sobre lo realizado. Diferentes funcionarios y funcionarias brindaron su apoyo, facilitando talento humano para el desarrollo y culminación del proyecto. El Manual fue realizado bajo la coordinación de la con el apoyo de ciertos Directores Generales, staff de línea, Jefes de División, Jefes de Unidad en lo que respecta a la recolección y análisis de los cargos. La responsabilidad operativa de la integración de los diferentes manuales de cada una de las dependencias y la redacción final de las descripciones, especificaciones y valoración de los cargos para el compendio del Manual Descriptivo de Cargos de la Defensoría del Pueblo, estuvo a cargo de la. La revisión y aprobación final del Manual, a cargo de Gabriela del Mar Ramírez Pérez, Defensora del Pueblo.

2 2 de 220 DEFINICIÓN El Manual Descriptivo de Cargos es un documento que recopila el compendio de los cargos vigentes en la Defensoría del Pueblo, clasificados por grupos ocupacionales, así como la información de cada una de las características específicas y los factores que componen cada uno de los cargos, que permiten describirlo como tal, y determinar su grado de ubicación en la escala de sueldos y salarios correspondiente. OBJETIVOS 1. Dotar a las diferentes dependencias de un instrumento técnico administrativo que contenga el compendio de los cargos de carrera y de jefatura del personal administrativo, defensorial, profesional y obrero. 2. Proveer información sistemática y real que contribuya a determinar el valor relativo de los cargos y su ubicación en la escala de sueldos y salarios. 3. Proporcionar a los niveles supervisoríos un patrón de medida uniforme, para asegurar un alto grado de objetividad en la evaluación de los cargos y del personal bajo su responsabilidad. 4. Proporcionar a las unidades responsables de la gestión de recursos humanos un instrumento idóneo que pueda ser utilizado para: La selección, adiestramiento, evaluación del personal. El desarrollo de programas de clasificación y remuneraciones. La aplicación y manejo de planes y programas de beneficios salariales. El estudio de la seguridad e higiene y salud ocupacional. El desarrollo de programas de auditorías de recursos humanos. El establecimiento de programas de calidad, productividad y desarrollo organizacional.

3 3 de 220 ALCANCE El Manual Descriptivo de Cargos como Instrumento Técnico-Administrativo contiene el conjunto de cargos directivos, profesionales, técnicos, administrativos y obreros vigentes de la Defensoría del Pueblo, de acuerdo a las estructuras y necesidades propias de la institución, aporta información a los trabajadores y a los supervisores de sus deberes y responsabilidades con la Institución; es la base fundamental en los subsistemas de captación de recursos humanos, en los procesos de reclutamiento y selección; apoya y se retroalimenta del subsistema de adiestramiento y desarrollo en los procesos de detección de necesidades, diseño de programas de inducción y de formación; igualmente, facilita el establecimiento de rutas de carreras, estimación del potencial y evaluación de desempeño de los trabajadores para otros cargos. Aporta datos al subsistema de Seguridad Integral, en los procesos de determinación de riesgos y en el subsistema de Relaciones Laborales proporciona elementos para el establecimiento de programas sociales. Normas Generales 1. El contenido de este manual es de obligatorio cumplimiento a todos los niveles jerárquicos de la institución. 2. Este manual reposará en la, quien proporcionará las funciones de cada cargo cuando le sea solicitado. 3. Este manual tendrá vigencia a la fecha de aprobación por la máxima autoridad de la Institución. 4. Los poseedores del presente Manual son responsables de velar por el cumplimiento y actualización del mismo según los procedimientos establecidos para ello. 5. La mantendrá actualizado el Manual Descriptivo de Cargos basándose en: los análisis de los cargos, la valoración de los mismos y la elaboración y ajuste de las descripciones de los cargos, enviados por cada una de las dependencias. 6. Cuando por necesidades de alguna dependencia, se requiera crear un cargo, la Dirección de Recursos Humanos procederá a la creación de dicho cargo con las funciones y especificaciones que haya lugar.

4 4 de La, creará y/o modificará cargos, normas y procedimientos del presente Manual, según sea necesario, y las someterá a estudio y aprobación de la máxima autoridad para su aprobación. 8. Toda creación o modificación aprobada de cargos, deberá ser comunicada oficialmente a la Dirección de Planificación y Presupuesto, a los fines de incluirla dentro del organigrama de la Institución. 9. Se deja sin efecto cualquier resolución, norma, memorando, instructivo, procedimiento y formulario que colide con lo establecido en este Manual.

5 5 de 220 INTRODUCCIÓN El manual consta de un conjunto de descripciones que contienen de manera sucinta las exigencias del cargo, las cuales se describen a continuación: Denominación del cargo: título de identificación. Propósito general: define en forma breve la naturaleza del cargo. Roles: lista referencial de oficios y/o profesiones que pueden desempeñar los ocupantes del cargo. Tareas Principales: describen las obligaciones y responsabilidades que corresponden al cargo. A título descriptivo, en este Manual se presentan actividades Genéricas, son aquellas típicas comunes al cargo en cualquier área de la institución donde se encuentre, y las actividades específicas están referidas a los niveles normativo y operativo, según estén relacionadas con políticas, normas y lineamientos, o con la razón de ser de la institución. Factores: Elementos descriptivos del cargo Autonomía decisional: libertad para aplicar, seleccionar o modificar los procedimientos, métodos y procesos de trabajo. Comunicación: frecuencia de contactos internos y externos que el cargo exige. Confidencialidad: tipo de información (de uso restringido o no) que se maneja o trasmite en el cargo. Supervisión requerida: forma de supervisión que recibe el ocupante del cargo. Responsabilidad: grado en que los insumos generados por el cargo afectan los resultados alcanzados en la institución. Requisitos exigidos: indican las especificaciones o perfil del ocupante del cargo (educación, experiencia, conocimientos, habilidades y destrezas). Las actividades en el presente manual se ordenan en cuatro (4) grandes áreas: Ejecutoras: Alto Nivel, personal directivo.

6 6 de 220 Ocupacionales: Administrativo, personal de apoyo (profesionales y Técnicos). Defensoriales: Proceso medular. Operativas: Obreros. Dentro de estas áreas, las descripciones de cargos se agrupan a su vez en seis (6) categorías de cargos, según el nivel de funciones que se desempeñen: Directivos: Responsables de las áreas administrativas y defensoriales. Asistentes: Apoyo secretarial, administrativo y contable. Técnicos: Apoyo a la categoría de profesionales. Profesionales: Diseño y ejecución de sistemas y procedimientos técnicos, legales y administrativos. Defensorial: Promoción, defensa y vigilancia de los Derechos Humanos y los Servicios Públicos. Obreros: Apoyo en las áreas administrativas, de servicios y mantenimiento, transporte, mensajería, entre otras.

7 7 de 220 INDICE CONTENIDO PÁG. Estructura de Cargos Atribuciones del Defensor o PERSONAL DE ALTO NIVEL Directora Ejecutiva Director (a) de Despacho. 18 Asistente al Defensor (a) del Pueblo Jefe (a) de Seguridad Despacho Director (a) General.. 27 Director (a) de Staff Director (a) de Línea. 47 Consultor (a) Adjunto (a) 58 Jefe (a) de División Jefe (a) de Unidad. 72 Coordinador (a).. 77 Defensor (a) Delegado (a) Estadal. 86 Defensor (a) Delegado (a) Especial Defensor (a) Adjunto (a) Médico PERSONAL ADMINISTRATIVO Asistente Administrativo I. 101 Asistente Administrativo II Asistente Administrativo III Técnico de Seguridad I. 110 Técnico de Seguridad II Técnico de Seguridad III Técnico de Transporte I 119 Técnico de Transporte II Técnico de Transporte III. 124 Técnico de Mantenimiento I. 127 Técnico de Mantenimiento II Técnico de Mantenimiento III.. 133

8 8 de 220 Técnico Administrativo I 136 Técnico Administrativo II. 139 Profesional I Profesional II Profesional III. 155 Profesional IV. 162 Profesional V Profesional VI. 176 PERSONAL DE CARRERA DEFENSORIAL Asistente al Defensor 183 Defensor I Defensor II Defensor III. 192 Defensor IV. 195 Defensor V PERSONAL OBRERO Aseador(a) Jardinero Portero Mensajero Chofer Motorizado Promotor Social

9 9 de 220 ESTRUCTURA DE CARGOS ÁREA DIRECTIVA GRADO CÓDIGO Defensor (a) del Pueblo Director (a) Ejecutivo (a) Director (a) de Despacho Asistente al Defensor (a) del Pueblo Jefe (a) de Seguridad Despacho Director (a) General Director (a) de Staff Director (a) de Línea Consultor (a) Adjunto (a) Jefe (a) de División Jefe (a) de Unidad Coordinador (a) Defensor (a) Delegado (a) Estadal Defensor (a) Adjunto (a) Defensor (a) Delegado (a) Especial Supervisor de Mantenimiento ÁREA ADMINISTRATIVA Y DE APOYO GRADO CÓDIGO Asistente Administrativo I Asistente Administrativo II Asistente Administrativo III Técnico Administrativo I Técnico Administrativo II Técnico de Seguridad I Técnico de Seguridad II Técnico de Seguridad III Técnico de Transporte I Técnico de Transporte II Técnico de Transporte III

10 10 de 220 Técnico de Mantenimiento I Técnico de Mantenimiento II Técnico de Mantenimiento III Profesional I Profesional II Profesional III Profesional IV Profesional V Profesional VI ÁREA DEFENSORIAL GRADO CÓDIGO Asistente al Defensor Defensor I Defensor II Defensor III Defensor IV Defensor V PERSONAL OBRERO GRADO CÓDIGO Aseador (a) Jardinero Portero Mensajero Motorizado Chofer

11 11 de 220 DENOMINACIÓN DEL CARGO DEFENSOR O DEFENSORA DEL PUEBLO Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo: Artículo 17. Forma de elección. El Defensor o será designado o designada por un único período de siete años por la Asamblea Nacional, mediante el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes, según lo establecido en el artículo 279 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 19. Condiciones de elegibilidad. Para ser Defensor o se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años, con manifiesta y demostrada competencia en materia de derechos humanos y cumplir con las exigencias de honorabilidad, ética y moral en los términos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley. Artículo 29. Atribuciones del Defensor o. 1. Pronunciarse sobre la actuación de las personas involucradas en las investigaciones llevadas a cabo por la Defensoría del Pueblo. 2. Recomendar pública o privadamente, y con conocimiento del superior jerárquico de los funcionarios cuestionados o funcionarias cuestionadas, la modificación de comportamientos o prácticas que constituyan obstáculo al logro efectivo de los objetivos de la Defensoría del Pueblo contenidos en el artículo 4 de la presente Ley. 3. Dictar resoluciones defensoriales en el ámbito de su competencia, las cuales deberán ser publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. 4. Orientar al personal a su cargo para garantizar la unidad de criterio en la interpretación jurídica de los asuntos sometidos a conocimiento de la institución. 5. Presentar el informe anual institucional, informes especiales y los demás informes que de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley, le sean requeridos, con la finalidad de corregir situaciones que entorpecen el logro de los objetivos de esta Ley.

12 12 de Proponer la suscripción, ratificación y adhesión a tratados y convenios sobre derechos humanos y promover su difusión y aplicación. 7. Presentar ante los órganos legislativos nacionales, estadales y municipales, proyectos de leyes u ordenanzas, así como promover y sustentar otras reformas ante los órganos correspondientes del Estado. 8. Ejercer, cada vez que sea necesario ante los cuerpos deliberantes, derecho de palabra, a fin de sustentar la opinión institucional, respecto a proyectos de ley dentro del ámbito de su competencia y cualquier otro tema de interés nacional; así mismo, podrá optar por el derecho de palabra para respaldar explícitamente su presentación. 9. Representar legal y judicialmente a la Defensoría del Pueblo, pudiendo para ello otorgar los poderes o mandatos que fueren necesarios. 10. Celebrar contratos y expedir los actos administrativos que se requieran para el funcionamiento de la institución. 11. Elaborar, presentar y gestionar lo relativo al presupuesto de la Defensoría del Pueblo, así como solicitudes extraordinarias de recursos, en los casos previstos en las leyes de finanzas públicas. 12. Solicitar al Consejo Moral Republicano que adopte las medidas a las que hubiere lugar contra los funcionarios públicos o funcionarias públicas, responsables de la amenaza, del menoscabo o violación de los derechos humanos. 13. Instar al Fiscal o la Fiscal General de la República para que intente las acciones penales a las que hubiere lugar contra los funcionarios públicos o las funcionarias públicas responsables del menoscabo o violación de los derechos humanos. 14. Delegar funciones en el director ejecutivo o directora ejecutiva, directores generales o directoras generales, de línea, defensores o defensoras, defensores delegados o defensoras delegadas especiales, defensores delegados especiales indígenas o defensoras delegadas especiales indígenas, defensores delegados o defensoras delegadas estadales, defensores delegados o defensoras delegadas municipales y en los demás funcionarios o funcionarias de la institución. 15. Formular ante los órganos correspondientes las recomendaciones y observaciones necesarias para la eficaz protección de los derechos humanos, en virtud de lo cual desarrollará mecanismos de comunicación permanente con órganos públicos o privados, nacionales e internacionales, de protección de los derechos humanos.

13 13 de Presentar de manera autónoma peticiones, opiniones, informes y demás escritos en casos de violación de derechos humanos, ante los órganos internacionales de protección de derechos humanos, de conformidad con lo dispuesto en los correspondientes instrumentos normativos. 17. Proteger y defender de oficio o a petición de parte, a los venezolanos o venezolanas residentes o en tránsito en el exterior, contra violaciones a sus derechos humanos, mediante la utilización de la vía diplomática o judicial internacional. 18. Establecer en el Estatuto de Personal los derechos y obligaciones de los funcionarios de la Defensoría del Pueblo, incluyendo lo relativo al ingreso, planificación de carrera, clasificación de cargos, capacitación, sistemas de evaluación y de remuneraciones, compensaciones y ascensos sobre la base de méritos, asistencia, traslados, licencias y régimen disciplinario, cese de funciones y estabilidad laboral. En dicho Estatuto de Personal se determinará los cargos cuyos titulares serán de libre nombramiento y remoción en atención al nivel o naturaleza de sus funciones, y se calificarán los servicios esenciales de la Defensoría del Pueblo para garantizar su prestación en caso de conflictos laborales. 19. Organizar y dirigir la institución, crear cargos y nombrar, evaluar, promover, reconocer, sancionar, remover y destituir al personal permanente o temporal, de conformidad con el Estatuto de Personal. 20. Dictar, aprobar y modificar sus reglamentos internos, de manera que responda a los objetivos institucionales. 21. Reservarse el ejercicio de cualquiera de las atribuciones que le han sido otorgadas por esta Ley a otros funcionarios o funcionarias de la Defensoría del Pueblo. 22. Las demás que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes le atribuyan a la Defensoría del Pueblo.

14 14 de 220 PERSONAL ALTO NIVEL

15 15 de 220 DENOMINACIÓN DEL CARGO GRADO 99 DIRECTOR (A) EJECUTIVO (A) PROPÓSITO GENERAL: Coadyuvar en la definición de las políticas, estrategias, directrices, planes y programas, relacionados con los derechos humanos, así como ejecutar las acciones internas que garanticen el cumplimiento de las metas institucionales. El ocupante del cargo realiza trabajos de dificultad considerable por lo que se exige una amplia formación profesional y una amplia experiencia adquirida en el ejercicio continuo de actividades relacionadas con la promoción, defensa y vigilancia de los derechos humanos. La particularidad del cargo es que viene a desempeñar el órgano directo y colaborador inmediato del Defensor o en la definición de políticas, directrices, planes y programas relacionados con los derechos humanos y le compete ejecutar las acciones internas que garanticen el cumplimiento de las metas institucionales. TAREAS GENÉRICAS: Apoyar al Defensor (a) del Pueblo en la coordinación y administración de la Institución. Representar al Defensor (a) del Pueblo por delegación de éste o ésta. Suplir al Defensor (a) del Pueblo en caso de ausencia temporal. Ejercer el cargo de Defensor (a) del Pueblo en caso de vacancia absoluta, hasta el momento que sea designado el nuevo titular por la Asamblea Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ciudadano. Dirigir, supervisar y garantizar el funcionamiento de las Defensorías Delegadas Estadales de la Defensoría del Pueblo. Presidir las reuniones de Directores (a) previa autorización del Defensor (a) del Pueblo. Preparar la agenda y presentación de puntos de cuenta al Defensor (a) del Pueblo. Apoyar al Defensor (a) del Pueblo en materia de control y recepción de audiencia. Coordinar el sistema general de receptoría, registro, archivo y distribución de la correspondencia de la Dirección Ejecutiva. Coordinar, atender, apoyar, canalizar y realizar el seguimiento de las solicitudes y propuestas de las comunidades o grupos particulares recibidos en la Defensoría del Pueblo.

16 16 de 220 Coordinar y evaluar el seguimiento de los proyectos desarrollados por los órganos de la Administración Pública Nacional y rendir cuenta sobre éstos al Defensor (a) del Pueblo. Coordinar la programación de actividades que debe desarrollar la Defensoría del Pueblo a través de las direcciones generales, para la formulación y ejecución de políticas y proyectos con relación al desempeño de las distintas unidades de la Institución. Dirigir, supervisar y garantizar el funcionamiento de las direcciones generales. Dirigir, supervisar y garantizar el funcionamiento de las Defensorías Delegadas Estadales. Coordinar la preparación y elaboración de los informes de la Defensoría del Pueblo en materia de derechos humanos. Apoyar al Defensor (a) del Pueblo en la coordinación de las actividades requeridas para su participación en audiencias públicas o privadas, reuniones del Consejo Moral Republicano o en cualquiera otra actividad. Representar al Defensor (a) del Pueblo en aquellos casos en que éste (a) lo disponga. Las demás que le asigne el Defensor (a) del Pueblo y la normativa interna de la Defensoría del Pueblo. FACTORES: AUTONOMIA DECISIONAL: Aplica, selecciona o modifica de manera específica los procedimientos, métodos y procesos de trabajo establecidos. COMUNICACIÓN: Mantiene contacto a nivel alto con otras unidades de la Institución, de manera alta con Instituciones y usuarios externos. CONFIDENCIALIDAD: Maneja o trasmite información de uso restringido, a nivel alto. SUPERVISIÓN REQUERIDA: Efectúa trabajos siguiendo los lineamientos del superior jerárquico. RESPONSABILIDAD: El cargo genera insumos que afectan de manera alta, los resultados alcanzados por su equipo de trabajo y las áreas funcionales de adscripción.

17 17 de 220 CONDICIONES AMBIENTALES Y RIESGOS DE TRABAJO: AMBIENTE DE TRABAJO: El cargo se ubica en un sitio cerrado / abierto, en un ambiente con calor o frío y/o humedad, generalmente con agentes contaminantes, tales como: ruidos y polvo. RIESGOS: La ejecución del trabajo está sometida a riesgo de accidente con una magnitud baja y con posibilidad de ocurrencia baja. EQUIPOS Y/O DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD: El cargo no requiere del uso de equipos y/o dispositivos de seguridad. COMPLEJIDAD DEL TRABAJO TIPO DE TRABAJO: Requiere ejecutar tareas variadas. ESFUERZO: El cargo amerita un esfuerzo físico, requiriendo un grado medio de precisión manual y un medio de concentración visual. REQUISITOS MINIMOS: Ser venezolano (a), mayor de treinta años, tener y acreditar buena conducta, no estar sujeto a interdicción civil y las demás que establezcan la constitución, leyes y normas que dicte la Defensoría del Pueblo. Graduado en una Universidad reconocida en una profesión afín al campo donde va a prestar sus servicios, preferiblemente con terminación satisfactoria de un curso de Post-Grado EXPERIENCIA: Manifiesta y demostrada competencia en materia de derechos humanos, recomendable seis (06) años.

18 18 de 220 DENOMINACIÓN DEL CARGO GRADO 99 DIRECTOR (A) DE DESPACHO PROPÓSITO GENERAL: El ocupante del cargo realiza trabajos de considerable dificultad por lo que se exige una amplia formación profesional y una amplia experiencia adquirida en el ejercicio continuo de actividades relacionadas con el área a desempeñar. Este cargo aunque corresponde al bloque de los directores de Staff, se separa de los demás por tener particularidades y otras tareas dentro de la Institución. TAREAS GENÉRICAS: Cumplir y hacer cumplir las instrucciones que le imparta el Defensor (a) del Pueblo. Presentar al Defensor (a) del Pueblo los asuntos que deben ser sometidos al conocimiento y decisión de éste (a). Supervisar y coordinar el seguimiento de la actividad del despacho, así como las audiencias, invitaciones y reuniones de la Defensoría del Pueblo. Dirigir y coordinar la prestación de los servicios secretariales y administrativos que el despacho del Defensor (a) del Pueblo requiera. Coordinar, atender, apoyar, canalizar y realizar el seguimiento de las solicitudes y propuestas que lleguen al despacho y que sean de su competencia. Coordinar el sistema general de receptoría, registro, archivo y distribución de la correspondencia que sea remitida al despacho. Preparar las reuniones de Directores, convocarlas y llevar las actas correspondientes de ser el caso. Coordinar los asuntos que por delegación le sean asignados por el Defensor (a) del Pueblo. Coordinar con la los trámites administrativos que deban ser presentados al Defensor (a) del Pueblo. Firmar los documentos en las materias concernientes a las atribuciones y actividades de la Dirección del Despacho. Las demás que le sean asignadas por el Defensor (a) del Pueblo.

19 19 de 220 FACTORES: AUTONOMIA DECISIONAL: Aplica, selecciona o modifica de manera específica los procedimientos, métodos y procesos de trabajo establecidos. COMUNICACIÓN: Mantiene contacto a nivel alto con otras unidades de la Institución, de manera media con Instituciones y usuarios externos. CONFIDENCIALIDAD: Maneja o trasmite información de uso restringido, a nivel alto. SUPERVISIÓN REQUERIDA: Efectúa trabajos bajo supervisión ocasional. RESPONSABILIDAD: El cargo genera insumos que afectan de manera alta, los resultados alcanzados por su equipo de trabajo y las áreas funcionales de adscripción. CONDICIONES AMBIENTALES Y RIESGOS DE TRABAJO: AMBIENTE DE TRABAJO: El cargo se ubica en un sitio cerrado / abierto, en un ambiente con calor o frío y/o humedad, generalmente con agentes contaminantes, tales como: ruidos y polvo. RIESGOS: La ejecución del trabajo está sometida a riesgo de accidente con una magnitud baja y con posibilidad de ocurrencia baja. EQUIPOS Y/O DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD: El cargo no requiere del uso de equipos y/o dispositivos de seguridad. COMPLEJIDAD DEL TRABAJO TIPO DE TRABAJO: Requiere ejecutar tareas variadas. ESFUERZO: El cargo amerita un esfuerzo físico, requiriendo un grado medio de precisión manual y un grado medio de concentración visual. REQUISITOS MINIMOS:

20 20 de 220 Graduado en una Universidad reconocida en una profesión afín al campo donde va a prestar sus servicios, preferiblemente con terminación satisfactoria de un Post-Grado. EXPERIENCIA: Deseable una experiencia de aproximadamente tres (05) años en cargos de nivel gerencial. CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y DESTREZAS: Ser venezolano (a), mayor de edad, tener y acreditar buena conducta, no estar sujeto a interdicción civil y las demás que establezcan la constitución, leyes y normas que dicte la Defensoría del Pueblo. Conocimiento excepcional del ordenamiento legal vigente y en especial de las materias jurídicas vinculadas a la especialidad en la que habrá de prestar sus servicios. Amplio conocimiento sobre los procedimientos judiciales y administrativos. Habilidad considerable para dirigir, coordinar y supervisar el trabajo realizado por otros. Habilidad para estudiar situaciones complejas y determinar en forma precisa las acciones a seguir. Habilidad para participar en reuniones de alto nivel. Habilidad para impartir instrucciones orales y escritas. Habilidad para formular y elaborar informes complejos.

21 21 de 220 DENOMINACIÓN DEL CARGO GRADO 99 ASISTENTE AL DEFENSOR (A) DEL PUEBLO PROPÓSITO GENERAL: El ocupante del cargo realiza trabajos de considerable dificultad por lo que se exige una amplia formación profesional y una amplia experiencia adquirida en el ejercicio continuo de actividades relacionadas con el área a desempeñar. TAREAS GENÉRICAS: Asistir al Defensor (a) del Pueblo en los casos que le sea requerido. Presentar al Defensor (a) del Pueblo, los asuntos que deben ser sometidos al conocimiento de éste (a), salvo aquellas que por definición hayan sido atribuidas a otro funcionario. Apoyar en la coordinación y seguimiento de las actividades del Despacho, así como las audiencias, invitaciones y reuniones del (a) Defensor (a). Apoyar en la coordinación de la prestación de los servicios secretariales y administrativos que el (a) Defensor (a) requiera. Atender, apoyar, canalizar y realizar seguimiento de las solicitudes y propuestas de las comunidades o grupos particulares que se reciben tanto en el despacho como fuera de éste. Apoyar el cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Defensor (a) del Pueblo, facilitando el flujo de la información entre las diferentes dependencias. Asistir a reuniones, ponencias, mesas de diálogo interinstitucionales a los cuales le es designado por el (a) Defensor (a) del Pueblo. Coordinar los asuntos que por delegación le confíe el (a) Defensor (a) del Pueblo. FACTORES: AUTONOMIA DECISIONAL: Aplica, selecciona o modifica de manera específica los procedimientos, métodos y procesos de trabajo establecidos. COMUNICACIÓN: Mantiene contacto a nivel alto con otras unidades de la Institución, y de manera alta con Instituciones usuarios externos.

22 22 de 220 CONFIDENCIALIDAD: Maneja o trasmite información de uso restringido, a nivel alto. SUPERVISIÓN REQUERIDA: Efectúa trabajos bajo supervisión ocasional. RESPONSABILIDAD: El cargo genera insumos que afectan de manera alta, los resultados alcanzados por su equipo de trabajo y las áreas funcionales de adscripción. CONDICIONES AMBIENTALES Y RIESGOS DE TRABAJO: AMBIENTE DE TRABAJO: El cargo se ubica en un sitio cerrado / abierto, en un ambiente con calor o frío y/o humedad, generalmente con agentes contaminantes, tales como: ruidos y polvo. RIESGOS: La ejecución del trabajo está sometida a riesgo de accidente con una magnitud baja y con posibilidad de ocurrencia baja. EQUIPOS Y/O DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD: El cargo no requiere del uso de equipos y/o dispositivos de seguridad. COMPLEJIDAD DEL TRABAJO TIPO DE TRABAJO: El trabajo se considera liviano y requiere ejecutar tareas variadas. ESFUERZO: El cargo amerita un esfuerzo físico, requiriendo un grado medio de precisión manual y un grado medio de concentración visual. REQUISITOS MINIMOS: Educación Formal: Ser venezolano (a), tener y acreditar buena conducta, no estar sujeto (a) a interdicción civil y las demás que establezcan la constitución, leyes y normas que dicte la Defensoría del Pueblo. Graduado en una Universidad reconocida en una profesión afín al campo donde va a prestar sus servicios, preferiblemente con terminación satisfactoria de un Post-Grado. EXPERIENCIA: Manifiesta y demostrada competencia en materia de derechos humanos.

23 23 de 220 CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y DESTREZAS: Ser venezolano (a), mayor de edad, tener y acreditar buena conducta, no estar sujeto a interdicción civil y las demás que establezcan la constitución, leyes y normas que dicte la Defensoría del Pueblo. Habilidad considerable para dirigir, coordinar y supervisar el trabajo realizado por otros. Habilidad para estudiar situaciones complejas y determinar en forma precisa las acciones a seguir. Habilidad para participar en reuniones de alto nivel. Alta sensibilidad social y habilidad para impartir instrucciones orales y escritas

24 24 de 220 DENOMINACIÓN DEL CARGO GRADO 99 JEFE (A) DE SEGURIDAD DE DESPACHO PROPÓSITO GENERAL: El ocupante del cargo realiza trabajos de dificultad considerable por lo que se exige una vasta experiencia en el manejo de normas y procedimientos de trabajo relacionados con la seguridad, prevención y seguridad integral de personas y bienes. ROLES: Jefe de Seguridad de Despacho Supervisores de Seguridad TAREAS GENÉRICAS: Coordinar con el Jefe (a) de la Unidad de Seguridad Integral, el personal y apoyo logístico requeridos para garantizar la seguridad del Defensor (a) del Pueblo y sus familiares inmediatos. Planificar, coordinar y supervisar las acciones de seguridad destinadas a cubrir las actividades del Defensor (a) del Pueblo. Coordinar el transporte necesario para el desplazamiento del Defensor (a) del Pueblo y sus acompañantes. Supervisar el funcionamiento y operatividad del sistema de seguridad integral del Defensor (a) del Pueblo de acuerdo a lo indicado en los Manuales de Seguridad que realice la Unidad de Seguridad Integral. Planificar y coordinar las diferentes actividades que realizan los técnicos en seguridad tales como: comisiones, roles de guardia, inspecciones, entre otros, relacionados con la seguridad del despacho y del Defensor o. Velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos de trabajo dentro del área donde presta sus servicios. Velar por la protección, control y custodia de todas las personas que laboran y asisten al despacho del Defensor o. Dirigir y supervisar al personal bajo su cargo. Realizar las demás actividades que le sean asignadas por el Defensor (a) del Pueblo.

25 25 de 220 FACTORES: AUTONOMIA DECISIONAL: Aplica, selecciona o modifica de manera específica los procedimientos, métodos y procesos de trabajo establecidos. COMUNICACIÓN: Mantiene contacto a nivel medio con otras unidades de la Institución, de manera media con Instituciones y usuarios externos. CONFIDENCIALIDAD: Maneja o trasmite información de uso restringido, a nivel alto. SUPERVISIÓN REQUERIDA: Efectúa trabajos bajo supervisión periódica. RESPONSABILIDAD: El cargo genera insumos que afectan de manera alta, los resultados alcanzados por su equipo de trabajo y las áreas funcionales de adscripción. CONDICIONES AMBIENTALES Y RIESGOS DE TRABAJO: AMBIENTE DE TRABAJO: El cargo se ubica en un sitio cerrado / abierto, en un ambiente con calor o frío y/o humedad, generalmente con agentes contaminantes, tales como: ruidos y polvo. RIESGOS: La ejecución del trabajo está sometida a riesgo de accidente con una magnitud alta y con posibilidad de ocurrencia alta. EQUIPOS Y/O DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD: El cargo requiere del uso de equipos y/o dispositivos de seguridad. COMPLEJIDAD DEL TRABAJO TIPO DE TRABAJO: El trabajo se considera fuerte y requiere ejecutar tareas variadas de gran responsabilidad. ESFUERZO: El cargo amerita un esfuerzo físico, requiriendo un grado alto de precisión manual y un grado alto de concentración visual.

26 26 de 220 REQUISITOS MINIMOS: Preferiblemente técnico superior universitario y/o bachiller con estudios académicos en ciencias policiales o en seguridad. EXPERIENCIA: Deseable una experiencia de aproximadamente cinco (05) años en cargos similares. CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y DESTREZAS: Habilidad para el manejo de técnicas de defensa y custodia personal Habilidad para manejar en forma adecuada situaciones de presión Habilidad para analizar situaciones en materia de seguridad y tomar deciones acertadas Capacidad para dar asesoramiento en materia de seguridad Habilidad para tratar en forma cortes y efectiva a los funcionarios, funcionarias y público en general Habilidad para tomar decisiones acertadas Ética y lealtad en su proceder

27 27 de 220 COMPETENCIAS DENOMINACIÓN DEL CARGO GRADO 99 DIRECTOR (A) GENERAL PROPÓSITO GENERAL: El ocupante del cargo realiza trabajos de dificultad considerable por lo que se exige una amplia formación profesional y una amplia experiencia adquirida en el ejercicio continuo de actividades relacionadas con el área donde presta sus servicios, además de garantizar el funcionamiento efectivo de la Dirección Administrativa a la cual adscribe sus servicios a través de la planificación, programación, dirección, coordinación y supervisión de las actividades desarrolladas por el personal bajo su cargo de conformidad a las políticas internas de la Defensoría del Pueblo. La nota característica de este cargo es el responsable de generar y aplicar políticas sobre las atribuciones o procesos medulares de la Institución o en aquellos procesos distintos a los medulares que incidan directamente en el logro de los objetivos o que impliquen altos niveles de responsabilidades. ROLES: Atención al Ciudadano. Promoción y Divulgación de los Derechos Humanos. Servicios Jurídicos. Administración. Consultoría Jurídica. Auditoría Interna. TAREAS GENÉRICAS: Dirigir, controlar, coordinar, supervisar y velar por el cumplimiento de los objetivos, planes, programas y proyectos aprobados por la Defensoría del Pueblo, en los términos y condiciones establecidos para su ejecución. Organizar y controlar el funcionamiento administrativo de la institución. Coordinar la elaboración del Plan Estratégico y los Planes Operativos Institucionales. Revisar y presentar el anteproyecto de presupuesto, así como su ejecución periódica para la aprobación del (a) Defensor (a) del Pueblo.

28 28 de 220 Cumplir y hacer cumplir las instrucciones que le imparta el Defensor (a) del Pueblo y/o Director (a) Ejecutivo (a). Apoyar al Defensor (a) del Pueblo en la dirección, orientación, supervisión, y control de las actividades de la Defensoría del Pueblo. Presentar al Defensor (a) del Pueblo., los asuntos que deban ser sometidos al conocimiento y decisión de éste. Coordinar las reuniones de trabajo de la Dirección General con el (a) Director (a) Ejecutivo (a). Realizar seguimiento al Plan Estratégico, a los lineamientos de políticas, estrategias, programas y a los Planes Operativos de la Defensoría del Pueblo, conforme a las instrucciones del Defensor (a) del Pueblo. Dar contestación a solicitudes o requerimientos sobre asuntos cuya atención sea competencia de su cargo. Certificar las copias de documentos originales que reposen en los archivos de su Dirección. Las demás que le señale la ley y demás actos normativos o le asigne el Defensor (a) del Pueblo. Realizar trabajos de alta complejidad en materia de Administración, tales como: Aplicar políticas y lineamientos que en materia de su competencia, dicte el órgano rector en materia de finanzas públicas. Dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y supervisar las actividades administrativas, contables y financieras de la Defensoría del Pueblo. Coordinar la ejecución financiera del presupuesto de gastos e inversiones de la Institución elaborando los registros correspondientes, en coordinación con las otras unidades administrativas correspondientes. Ejecutar y supervisar que las operaciones administrativas de la Defensoría del Pueblo se rijan por las normas generales de contabilidad dictadas por la Contraloría General de la República y otros órganos o entes que rigen la materia. Formular el plan de adquisición y dotación de bienes, servicios y materiales, a los fines de garantizar la operatividad funcional de la Defensoría del Pueblo.

29 29 de 220 Dirigir, coordinar y supervisar la ejecución de los contratos y convenios suscritos por la Defensoría del Pueblo, para la adquisición de bienes o la prestación de servicios. Establecer e impartir lineamientos e instrucciones, así como asesorar en la ejecución de la política financiera a las demás dependencias de la Defensoría del Pueblo. Administrar actividades financieras, fiscales, contables y de ejecución presupuestaria de la Defensoría del Pueblo. Participar en la formulación del presupuesto de la Defensoría del Pueblo, en coordinación con la Dirección Planificación y Presupuesto. Dirigir y coordinar la formulación de la planificación financiera y el flujo de caja de los recursos asignados para el funcionamiento de la Defensoría del Pueblo, a fin de programar los requerimientos de recursos. Dirigir y coordinar las actividades administrativas correspondientes a los procesos de contratación ejecutados en la Defensoría del Pueblo. Recibir, registrar y tramitar las solicitudes de pago presentadas por las dependencias ejecutoras de presupuesto y procesar el pago a proveedores y acreedores, así como los pagos periódicos de servicios y aquéllos de carácter legal. Ejecutar y controlar los pagos inherentes a los compromisos de la Defensoría del Pueblo, a fin de garantizar su funcionamiento. Registrar y controlar la ubicación, estado, movilización y desincorporación de los bienes muebles a cargo de la Defensoría del Pueblo y realizar la actualización del sistema de control de activos fijos en lo referente al inventario de los bienes. Rendir cuentas sobre las materias de su competencia a los órganos de control interno y externo competentes. Establecer vínculos y relaciones con los órganos de la Administración Pública responsables del manejo de la materia financiera y fiscal. Administrar, controlar y custodiar los bienes muebles e inmuebles propiedad de la República, a cargo de la Defensoría del Pueblo. Dar contestación a solicitudes o requerimientos sobre asuntos cuya atención sea competencia de su cargo. Certificar las copias de documentos originales que reposen en los archivos de su Dirección.

30 30 de 220 Realizar trabajos de alta complejidad en materia de Atención al Ciudadano, tales como: Brinda información permanente de los ciudadanos sobre los proyectos y actividades de la Defensoría del Pueblo, mediante aquellos materiales impresos, informáticos, audiovisuales u otros que sean accesibles a las condiciones propias de la población objetivo vinculado al Despacho, en coordinación con la Dirección Ejecutiva. Coordinar acciones de acción social referidas a las solicitudes y requerimientos realizados por los ciudadanos quienes acuden a la Defensoría del Pueblo. Ofrecer información completa, oportuna y veraz con relación a los trámites administrativos y servicios que presta la Defensoría del Pueblo. Implementar mecanismos que permitan la participación ciudadana con relación al diseño y simplificación de los trámites que se realicen ante la Defensoría del Pueblo, en coordinación con las demás dependencias. Prestar servicios de recepción, registro y entrega de documentos y solicitudes en general. Brindar al personal de la unidad, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos, asesoramiento y capacitación en materia atención al ciudadano. Realizar trabajos de alta complejidad en materia de Consultoría Jurídica, tales como: Ejercer la dirección y coordinación de todo asunto de contenido legal que sea sometido a su consideración por el Defensor (a) del Pueblo. Asistir a la máxima autoridad y demás funcionarios o funcionarias dependientes del Defensor (a) del Pueblo, con ocasión de los recursos de amparo interpuestos contra estos funcionarios o funcionarias. Representar al Defensor (a) del Pueblo ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. Elaborar o participar en los anteproyectos y proyectos de leyes, reglamentos, decretos, resoluciones, circulares y demás documentos legales relacionados con el ámbito de actuación del (a) Defensor (a) del Pueblo. Revisar la viabilidad jurídica de las políticas y decisiones del Defensor (a) del Pueblo. Dirigir, coordina y supervisa las actividades de asesoría legal requeridas por las dependencias de la Defensoría del Pueblo. Asesorar a la Oficina de Recursos Humanos en materia de legislación laboral.

31 31 de 220 Preparar, revisar y conformar los contratos y demás actos jurídicos en los cuales deba intervenir la Defensoría del Pueblo. Coordinar las relaciones de la Defensoría del Pueblo con la Procuraduría General de la República, con el Ministerio Público y la Contraloría General de la República. Conocer y elaborar propuestas de resolución sobre los recursos administrativos que se interpongan contra los actos administrativos emanados de la Defensoría del Pueblo, cuando sean sometidas a su consideración. Apoyar jurídicamente al Defensor (a) del Pueblo, en la coordinación del ejercicio de la iniciativa legislativa prevista en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, mediante la elaboración, aprobación y posterior remisión de los proyectos de ley a la Asamblea Nacional. Participar en la Comisión de Contrataciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley que regula la materia. Colaborar en materia jurídica con otros órganos y entes públicos, según los lineamientos establecidos por el Defensor (a) del Pueblo. Realizar trabajos de alta complejidad en materia de Servicios Jurídicos, tales como: Asistir al Defensor (a) del Pueblo en la fijación de lineamientos, políticas y normas, relacionadas con el respeto de los derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos; la vigilancia del correcto funcionamiento de los servicios públicos y el control de la actividad administrativa. Emitir opiniones, fijar directrices, evacuar consultas y prestar colaboración a las defensorías especiales, defensorías delegadas y demás dependencias de la Defensoría del Pueblo, en materia de su competencia. Intentar las acciones y recursos legales necesarios para lograr la defensa y restitución de los derechos y garantías constitucionales, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos, cuando sea procedente. Intervenir en los recursos de amparo, hábeas corpus, hábeas data, nulidad o cualquier otra acción relacionada con el respeto de los derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos, la vigilancia del correcto funcionamiento de los servicios públicos y el control de la actividad administrativa, en los que haya sido notificado el Defensor (a) del Pueblo por parte de los órganos jurisdiccionales, cuando el conocimiento del caso de que se trate no corresponda a las defensorías delegadas.

32 32 de 220 Ejercer la representación judicial de la Defensoría del Pueblo en todos aquellos procesos judiciales en que sea parte. Formular ante los órganos correspondientes las recomendaciones y observaciones necesarias para la eficaz protección de los derechos humanos, intereses legítimos, colectivos o difusos, por el inadecuado funcionamiento de los servicios públicos. Establecer y actualizar la doctrina de los derechos humanos, intereses legítimos, colectivos o difusos, servicios públicos y control de la actividad administrativa, así como sus áreas afines. Promover la iniciativa legislativa que, en materia de derechos humanos, le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al Defensor (a) del Pueblo. Elaborar anteproyectos de ley a ser considerados por el Defensor del Pueblo para ser presentados ante los órganos legislativos. Establecer vínculos con los órganos legislativos en el ámbito Nacional, Estadal y Municipal, presentando las observaciones y recomendaciones acerca de los anteproyectos y proyectos de Ley, y demás actividades parlamentarias, relacionados con el desarrollo, promoción y vigencia de los derechos humanos, la vigilancia del correcto funcionamiento de los servicios públicos y el control de la actividad administrativa. Representar al Defensor del Pueblo en aquellos actos en que este así lo disponga. Las demás que le sean asignadas por el Defensor (a) del Pueblo y la normativa interna de la Defensoría del Pueblo. Realizar trabajos de alta complejidad en materia de Auditoría Interna, tales como: Evaluar el sistema de control interno, incluyendo el grado de operatividad y eficacia de los sistemas de administración y de información gerencial, así como el examen de los registros y estados financieros, determinando su pertinencia, confiabilidad y evaluación de la eficiencia, eficacia y economía dentro del marco de las operaciones realizadas. Realizar auditorías, inspecciones, fiscalizaciones, exámenes, estudios, análisis e investigaciones administrativas, para comprobar la legalidad, exactitud, sinceridad y corrección de las operaciones, así como evaluar el desempeño, resultados, planes y acciones administrativas, eficacia, eficiencia, economía, calidad e impacto de la gestión de la Defensoría del Pueblo.

33 33 de 220 Formular a las máximas autoridades las recomendaciones orientadas a fortalecer el sistema de control interno para la protección y salvaguarda del patrimonio público de la Defensoría del Pueblo. Instruir y sustanciar los procedimientos de Determinación de Responsabilidad según lo contempla la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y Sistema Nacional de Control Fiscal, determinando las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar. Ejercer el control permanente y otorgar conformidad a las cauciones que deban prestar los funcionarios o funcionarias responsables de las unidades administrativas, en concordancia con la normativa legal vigente. Verificar que el Sistema de Control Interno de la Defensoría del Pueblo promueva el acatamiento de las normas legales, el uso adecuado de los recursos y bienes que integran el Patrimonio Público y brinde la posibilidad de verificar la exactitud y veracidad de la información financiera y administrativa. Formular reparos, declarar la responsabilidad administrativa e imponer multas en los casos procedentes y decidir los recursos de reconsideración respectivos. Efectuar el examen selectivo o exhaustivo, así como la calificación y declaratoria de fenecimiento de las cuentas de ingresos, gastos y bienes de la Defensoría del Pueblo de conformidad con la normativa legal vigente. Coordinar con la Contraloría General de la República y la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, la aplicación de los lineamientos de control por estos definidos, e informar resultados de los mismos. Participar en calidad de observador en los procesos de contratación para la adquisición de bienes y servicios. Velar por el cumplimiento de la Ley Orgánica de Contraloría General de la República y otras disposiciones legales referidas a controles administrativos. Las demás que le señale la ley y demás actos normativos.

34 34 de 220 Realizar trabajos de alta complejidad en materia de Promoción y Divulgación, tales como: Elaborar y poner en práctica programas académicos para la enseñanza de los Derechos Humanos y de los principios de participación democrática, en coordinación del Poder Popular para la Educación. Promover campañas para el respeto de los Derechos Humanos. Promover los programas necesarios de enseñanza de los Derechos Humanos en entidades estatales. Coordinar con los Directores de las escuelas de formación de los miembros de la Fuerza Pública la enseñanza de los fundamentos de la democracia y de los Derechos Humanos. Organizar y mantener el Centro de Documentación de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo. Realizar y promover estudios e investigaciones en materia de Derechos Humanos. Coordinar a todas las dependencias de la Defensoría para la elaboración de los informes y propuestas legislativas que le corresponde presentar al Defensor (a) del Pueblo. FACTORES: AUTONOMIA DECISIONAL: Aplica, selecciona o modifica de manera específica los procedimientos, métodos y procesos de trabajo establecidos. COMUNICACIÓN: Mantiene contacto a nivel alto con otras unidades de la Institución, de manera alta con Instituciones y usuarios externos. CONFIDENCIALIDAD: Maneja o trasmite información de uso restringido, a nivel alto. SUPERVISIÓN REQUERIDA: Efectúa trabajos bajo supervisión ocasional. RESPONSABILIDAD:

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