La fase de puesta en marcha incluye el desarrollo de productos y escalado, así como su comercialización inicial.

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1 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE GESTORAS DE ENTIDADES DE CAPITAL RIESGO O SOCIEDADES DE CAPITAL RIESGO AUTOGESTIONADAS QUE LIDEREN INICIATIVAS PRIVADAS DE INVERSION EN PYMES DE BASE TECNOLÓGICA EN FASES SEMILLA Y PUESTA EN MARCHA Expositivo El Programa Innvierte tiene como objetivo fomentar el desarrollo del tejido empresarial español, dinamizando la inversión en PYMES de base tecnológica e innovadoras españolas que presenten una fuerte capacidad de crecimiento y un alto potencial de retorno, contribuyendo a una capitalización inteligente de las mismas. El Programa aspira a impulsar la creación de un entorno de inversión con capacidad no sólo de financiar las actividades de la empresa participada, sino de aportarle conocimiento del mercado, acceso a nuevos clientes, capacidad de gestión e internacionalización. Innvierte forma parte de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación , aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 1 de febrero de La estrategia contiene los objetivos, reformas y medidas que deben abordarse en todo el ámbito de la I+D+i para potenciar su crecimiento e impacto y es uno de los pilares sobre los que se asienta el diseño de la política del Gobierno en I+D+i para los próximos años. Innvierte se relaciona en el Objetivo de Impulso al liderazgo empresarial en I+D+i, en el que se resalta la necesidad de que las entidades innovadoras y con fuertes capacidades en I+D+i dispongan de acceso a financiación privada y pública, acompañada de experiencia y know how, considerándose que las inversiones de capital riesgo en etapas tempranas pueden desempeñar un papel clave. Asimismo, Innvierte se enmarca en el Eje Prioritario de Desarrollo de un entorno favorable a la I+D+i en el que se resalta que el empleo del capital riesgo en toda la cadena de crecimiento de las empresas innovadoras representa una asignatura pendiente del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. La Estrategia Española de Ciencia y Tecnología presta especial atención a los instrumentos de capital riesgo que garanticen cubrir las necesidades de las empresas en las distintas fases del desarrollo empresarial. La Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación está alineada con la propuesta de la Comisión Europea Unión por la Innovación, 1

2 enmarcada en su Estrategia Europa 2020, que es la estrategia de crecimiento de la UE para la próxima década. En este sentido, la Comisión Europea, dentro del ámbito de la mejora del acceso a la financiación para las empresas innovadoras, señala la necesidad de desarrollar propuestas que estimulen el capital riesgo para que empresas de crecimiento rápido se expandan en la UE y en los mercados globales. Mediante el presente procedimiento de selección se pretende continuar con la implementación de la estrategia de INNVIERTE e impulsar iniciativas privadas de capital riesgo que inviertan en PYMES de base tecnológica que se encuentren en fases muy iniciales de desarrollo (semilla y puesta en marcha) y que, en su mayoría, se apoyen en el conocimiento desarrollado en organismos de investigación. Como resultado final estas empresas deberán ser capaces de rentabilizar estos conocimientos en el mercado, desarrollando productos/servicios tecnológicos, y de este modo fortalecer el tejido industrial español. La fase semilla contempla la realización de estudios, evaluaciones y desarrollos de un concepto inicial, pudiendo recoger actividades de diseño de producto/proceso, desarrollo en planta piloto y realización de prototipos. La fase semilla precede a la fase de puesta en marcha. La fase de puesta en marcha incluye el desarrollo de productos y escalado, así como su comercialización inicial. Se tendrá en cuenta cualquier ámbito tecnológico, siempre y cuando la estrategia cumpla con una especialización sectorial focalizada en fases semilla y puesta en marcha. Innvierte apoyará las iniciativas privadas definidas por los gestores seleccionados según las posibilidades de articulación que se describen en el presente documento. Se persigue la selección de gestores capaces de disponer de un amplio acceso a nuevas iniciativas empresariales de base tecnológica y con una alta capacidad de análisis de las tecnologías y modelos de negocio en los que se basen estas empresas. Además, en estas fases, es de vital importancia la aportación de valor por parte de los gestores con objeto de enfocar debidamente hacia el mercado los desarrollos tecnológicos que realice la empresa, así como ayudar en la continua mejora del modelo de negocio que permita la puesta en valor en el mercado de la tecnología desarrollada. 2

3 El objetivo último es ayudar a la creación de nuevo tejido empresarial innovador basado en el desarrollo de tecnología, aprovechando el gran potencial de los organismos de investigación españoles. Para que las iniciativas de inversión puedan cumplir adecuadamente su función es necesario que tengan una masa crítica mínima que permita: sustentar un equipo de gestión robusto con gran capacidad de acceso a oportunidades de inversión y análisis de las mismas y aportación de valor a las participadas, ayudando a enfocarlas a las necesidades del mercado. apoyar financieramente a las participadas para que alcancen hitos de valor relevantes y pueda conseguirse un adecuado retorno en la desinversión. 1. OBJETO DEL PROCEDIMIENTO. El objeto del presente documento es detallar el procedimiento para la selección de gestores que lideren iniciativas de inversión para fortalecer la creación de un entorno inversor público-privado de capital riesgo en fases muy tempranas (semilla y puesta en marcha) y promover el flujo de capital hacia nuevo tejido empresarial de base tecnológica. A tal fin, el CDTI, como parte de las tareas de administración y gestión que lleva a cabo para el programa Innvierte, realizará las labores de difusión del presente procedimiento de selección, así como las relacionadas con la administración y evaluación de las propuestas recibidas. Dada su experiencia y considerando las sinergias entre la presente iniciativa y otras similares del Fondo Europeo de Inversiones, esta entidad podrá participar como observador en el proceso de selección. Los interesados podrán presentarse a esta convocatoria cuando la estrategia de sus iniciativas se corresponda con lo especificado en este Procedimiento. 2. ÁMBITO DE ACTUACIÓN El CDTI es una Entidad Pública Empresarial dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad, que promueve la innovación, el desarrollo tecnológico, la investigación industrial y la cooperación tecnológica internacional en las empresas españolas. Su 3

4 misión es incrementar la competitividad de las empresas españolas elevando su nivel tecnológico. El Programa Innvierte se encuadra en la función del CDTI de participar en operaciones de capital riesgo, mediante la toma de acciones u otras participaciones minoritarias representativas del capital social, en nuevas empresas con tecnología emergente, con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del CDTI. La participación de las sociedades del programa INNVIERTE en el vehículo de inversión no tendrá la consideración de ayuda estatal en el sentido del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en tanto que se realizará en unos términos aceptables para un inversor privado en una economía de mercado en ausencia de intervención estatal, y compartiendo exactamente los mismos riesgos y recompensas que los accionistas privados del vehículo. La aportación de las sociedades del programa INNVIERTE al vehículo seleccionado, se hallará en todo momento: (i) (ii) (iii) (iv) (v) orientada a la obtención de beneficios mediante inversiones de capital riesgo en PYMEs independientes de los inversores; vinculada a planes de negocio y proyecciones financieras razonables; vinculada a una estrategia de salida clara y realista; gestionada sobre una base puramente comercial por un equipo gestor retribuido conforme a criterios actuales de mercado; y subordinada a la participación mayoritaria (de al menos el 50%) de los inversores privados 1 respecto del conjunto de los inversores públicos. 3. VEHÍCULOS DE INVERSION 3.1. Forma jurídica y requisitos de los vehículos de inversión. El vehículo en el que finalmente participe Innvierte deberá estar autorizado por la CNMV y contará al menos con dos inversores privados independientes. Teniendo en cuenta la estrategia de inversión en PYMES en fases muy tempranas (semilla y puesta en marcha) que deben seguir los vehículos seleccionados, así como 1 A estos efectos, inversiones realizadas por entidades tales como el Fondo Europeo de Inversiones serían consideradas privadas. 4

5 las características inherentes a este tipo de inversiones, los vehículos deben estar capacitados para apoyar financieramente a las participadas durante su proceso para alcanzar hitos de valor relevantes y consecuentemente conseguir un adecuado retorno en la etapa de desinversión. De este modo, el compromiso mínimo de inversión de cada iniciativa deberá ser de 25 millones de euros e implementar su estrategia de inversión en un periodo de entre 4 y 6 años. La duración del vehículo de inversión tendrá un horizonte temporal máximo de 12 años de duración, que incluirá tanto la fase de inversión como la de desinversión. Compromisos de inversión menores y/o periodos, tanto de inversión o desinversión, diferentes deberán estar expresamente justificados. Se considera que en estas fases de inversión es especialmente importante la capacidad de los vehículos de financiar el desarrollo de las empresas para que alcancen hitos de valor que permitan la desinversión. Por tanto, en el periodo de desinversión se podrán realizar inversiones de continuación en las participadas. La aportación de Innvierte no superará el 49% de los fondos gestionados. En cualquier caso, los vehículos de inversión serán mayoritariamente privados. En las propuestas presentadas se valorarán especialmente los compromisos de inversión que cada iniciativa privada pueda acreditar, mediante un documento firmado por los representantes legales de los inversores que aglutinen la propuesta Equipo gestor. Las personas encargadas de la iniciativa de inversión, el equipo gestor, deben presentar un perfil pluridisciplinar, siendo capaz de cubrir los siguientes aspectos: Experiencia acreditada en inversiones en empresas de base tecnológica que se encuentren en etapas muy iniciales de desarrollo (semilla y puesta en marcha) y en la valorización del conocimiento generado en organismos de investigación. Amplia red de contactos y experiencia en relaciones con organismos de investigación, con el objetivo de acceder a oportunidades de inversión y dar acceso a participadas por el vehículo a posibles fuentes de colaboración tecnológica que permitan el desarrollo de las empresas. Estos contactos pueden estar formalizados mediante acuerdos con los organismos de investigación. 5

6 Conocimientos tecnológicos sólidos y sobre propiedad industrial y amplia red de contactos de expertos en los ámbitos tecnológicos especificados anteriormente. Experiencia financiera y de gestión de inversiones en fases muy tempranas. Capacidad para establecer redes con otros inversores (nacionales e internacionales) que, si es necesario, faciliten la financiación de las empresas en futuras rondas. Experiencia en operaciones de salida y desarrollo de negocio, que favorezca la puesta en valor de las participadas. Su implicación en la gestión debe ser activa, por lo tanto los gestores deberán participar en el Consejo de Administración de cada empresa participada. En el caso de gestoras con una componente internacional, el grueso de las personas que compongan el equipo de gestión deberá estar establecido en España. La retribución del equipo gestor será, en todo caso, acorde a los estándares del mercado que rigen en el sector, estableciéndose las medidas necesarias para asegurar el alineamiento de los intereses de los gestores con los de los inversores. Se establecerán los mecanismos adecuados para resolver los posibles conflictos de interés que pudieran surgir con el equipo gestor u otros partícipes. Tras la resolución de la convocatoria, se establecerá un plazo de 3 meses 2 para la puesta en marcha de los vehículos Compañías objeto de inversión. Las empresas objetivo de las iniciativas de inversión deberán ser empresas pequeñas (según la definición de PYME de la UE) en etapas muy tempranas de desarrollo (semilla y puesta en marcha), de base tecnológica, y que, en su mayoría, se apoyen en el conocimiento desarrollado en organismos de investigación, que requieran una inyección de capital y un impulso a su gestión para abordar el desarrollo tecnológico y las oportunidades de mercado. Las empresas semilla se caracterizan por encontrarse en la fase de realización de estudios, evaluaciones y desarrollos de un concepto inicial, pudiendo recoger activida- 2 A este respecto el mes de agosto se considerará inhábil. 6

7 des de diseño de producto/proceso, desarrollo en planta piloto y realización de prototipos. La fase semilla precede a la fase de puesta en marcha. La empresa estará en fase de puesta en marcha si se encuentra desarrollando productos, escalados y comenzando la comercialización de los mismos. Asimismo, y salvo excepciones, las sociedades objetivo han de tener su sede social y desarrollar su actividad estratégica en España. De este modo, se pretende que empresas españolas en una fase muy inicial de desarrollo puedan implementar planes de negocio, intensivos en tecnología y orientados a mercado. La estrategia de inversión podrá incluir, de manera minoritaria, el apoyo a la realización de pruebas de concepto que permitan validar una determinada tecnología de cara a asegurar la viabilidad de las empresas que apoye el vehículo de inversión. 4. SOLICITUD Y MEMORIA DE LA INICIATIVA DE INVERSION En cada iniciativa que se presente, el equipo de gestión definido actuará como coordinador de la propuesta y quedará encargado de presentar la solicitud 3 y la memoria. La solicitud deberá ir firmada por una persona con capacidad legal suficiente de representación. La Memoria del proyecto que se presente deberá tener el siguiente índice y contenido: Nombre propuesto para la iniciativa, que en todo caso deberá incluir la palabra INNVIERTE. Descripción de los partícipes y del vehículo o vehículos de inversión propuestos, incluyendo una descripción del coordinador, de los partícipes, con sus correspondientes cartas de compromiso y con indicación de las cantidades a invertir y del periodo de inversión. Se mencionarán, en su caso, a posibles inversores adicionales con los que se espera cerrar un acuerdo de participación. En la descripción del vehículo se incluirán los estatutos y memoria de éste si ya existieran versiones de estos documentos. Asimismo, se indicará el tamaño propuesto para el vehículo, indicando mínimos y máximos del mismo para realizar la estrategia propuesta, así como los tiempos estimados de cierres parciales y final del período de levantamiento de fondos. 3 Puede utilizarse la cabecera de solicitud que se incluye como anexo a este documento. 7

8 Analizar qué necesidades se pretenden cubrir con el vehículo o vehículos de inversión propuestos. Identificar posibles competidores en este entorno de inversión y en qué se diferencia de estos el vehículo o vehículos propuestos. Estrategia de inversión: indicación de los sectores tecnológicos y geográficos en los que se proyecta invertir y del reparto de la inversión y descripción de la misma, estadio de desarrollo de las sociedades objetivo y volumen máximo y mínimo de cada inversión (incluyendo todo el capital que se estimaría invertir por participada durante el período de vida de la inversión), así como los períodos estimados de inversión por oportunidad. Procedimiento de inversión y desinversión: detección y origen esperado de las oportunidades de inversión, haciendo especial hincapié en las relaciones establecidas con organismos de investigación (acuerdos, etc estos documentos deben incluir como anexo datos históricos sobre la creación de empresas de base tecnológica a partir del conocimiento desarrollado en el organismo, ámbito tecnológico de estas empresas, creación de empleo, etc). Volumen esperado de proyectos por año y tasa de inversión sobre capital prevista incluyendo la política de seguimiento, periodo en el que se proyecta acometer la inversión y desinversión, write-offs estimados, calendario estimado de desembolsos, papel del vehículo en rondas de financiación (líder, co-líder, único inversor), etc. Criterios y procesos de inversión, seguimiento y desinversión. Identificación del equipo gestor, socios y asesores, cuantificación e identificación de sus casos de éxito e inversiones fallidas, experiencias previas en el ámbito de inversión y apoyo a empresas tecnológicas en fases semilla o de puesta en marcha y ámbito financiero relacionados con el emprendimiento, valor añadido que pueden proveer a las participadas. Especificar para cada miembro del equipo él % de dedicación al vehículo, así como las funciones que desempeñará en el mismo y su dedicación (detección de oportunidades de inversión, análisis tecnológico, negociación, búsqueda de inversores, etc). Si en el momento de presentar la memoria ésta no contara aún con un equipo gestor completo, se evaluará el perfil que se exigirá a los componentes pendientes de designar y la selección de la iniciativa será provisional hasta que pueda valorarse el equipo gestor finalmente seleccionado. Descripción de la empresa gestora haciendo hincapié en su estructura, órganos de gobierno (con sus funciones), estrategia, situación jurídica, capital y propiedad de la sociedad gestora. 8

9 Sistema de gobierno de la iniciativa: composición y funciones de los diferentes órganos de gobierno de la iniciativa (comité de inversión, comités de seguimiento, asesoramiento y control, etc). Detalle de la experiencia del equipo gestor en: - Gestión de otros fondos (año de constitución, volumen final de compromisos, especialización sectorial, estadio de desarrollo de las participadas, inversores privados y públicos y volumen de sus compromisos, etc). - Originar y detectar oportunidades de inversión, haciendo especial hincapié en las relaciones establecidas con organismos de investigación (acuerdos, etc estos documentos deben incluir como anexo datos históricos sobre la creación de empresas de base tecnológica a partir del conocimiento desarrollado en el organismo, ámbito tecnológico de estas empresas, creación de empleo, etc). Análisis de la capacidad de detección de oportunidades de inversión en el pasado, así como una estimación futura, indicando la cartera actual de oportunidades de inversión. - Atracción de inversores de referencia especializados en el sector. - Acompañamiento a empresas de base tecnológica en su proceso de crecimiento y profesionalización del equipo directivo y órganos de gestión. Participación del equipo gestor en Consejos de Administración de participadas. - Acompañamiento a sociedades participadas en sucesivas rondas de financiación, así como en procesos de desinversión. - Valor añadido que pueden proveer a las participadas: asesoramiento y red de contactos. Capacidad de atraer expertos en la tecnología y/o mercado, o líderes de opinión ( key opinion leaders ), a las participadas para fomentar su desarrollo. Incluir el CV detallado de los miembros del equipo gestor, destacando su experiencia en inversiones y track record, así como el CV detallado de los miembros de los distintos comités que conforman los órganos de gobierno de la iniciativa (comités de asesoramiento, científico, de inversiones, etc),. Esquema de costes del vehículo, y costes y retribución del equipo gestor (fijo y 9

10 variable). Compromiso (económico y de dedicación) del equipo gestor y de cada uno de sus componentes. Mecanismos para control de riesgo en este tipo de inversiones. Descripción de los documentos y tareas a realizar para la presentación de la documentación legal necesaria ante el organismo regulador, con el objetivo de alcanzar una aprobación definitiva del vehículo en un breve plazo después de la resolución de este procedimiento. Indicar nombre del asesor legal. 5. CRITERIOS DE SELECCIÓN La selección se realizará en función de la adecuación que acredite cada iniciativa a los requisitos expuestos en el presente Procedimiento. Los criterios de valoración serán los siguientes: Track record del equipo de gestión: (30% de ponderación) Experiencia del equipo en los ámbitos en los que se centrará la estrategia de inversión, tanto en la inversión como en la gestión de compañías y su desinversión. Evolución de las compañías en las que se ha participado. Perfil tecnológico de las empresas invertidas. Estrategia de inversión (30% de ponderación): Claridad y viabilidad de la estrategia de inversión planteada. Adecuación de dicha estrategia a los objetivos y requisitos indicados en el apartado 3. Adecuación de la composición del equipo a la estrategia de inversión planteada. Capacidad de detección de oportunidades y de atracción de otros inversores (15% de ponderación) Relaciones en los ámbitos de transferencia de tecnología de organismos de investigación. Capacidad de los proponentes y los gestores de la iniciativa en atraer a inversores de referencia nacional e internacional para rondas posteriores de financiación. Volumen de fondos privados (15% de ponderación). 10

11 Volumen y credibilidad de los compromisos adquiridos por inversores privados y de la capacidad de los gestores para cumplir con los compromisos de fondos planteados. Aportación del equipo gestor en el volumen de fondos comprometido. Esquema de costes de la iniciativa (10% de ponderación). Comisión de gestión, comisión de éxito y otros gastos de la iniciativa. Se valorarán especialmente aquellos planteamientos que maximicen el alineamiento de los gestores con los partícipes. Innvierte podrá no seleccionar propuesta alguna si juzgan que ninguna de ellas reúne suficientes requisitos de calidad y/o capacidad. 6. REQUISITOS DE PUBLICIDAD. El vehículo seleccionado deberá incluir en su denominación la palabra INNVIERTE. Toda publicidad de la actividad del vehículo inversor deberá incluir los logotipos de Innvierte y CDTI, así como un adecuado reconocimiento de su contribución. 7. PROTECCIÓN DE DATOS Todas las partes intervinientes deberán respetar lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), así como en el Reglamento de Desarrollo de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. 8. CONFIDENCIALIDAD Todos los intervinientes se obligan a guardar la más absoluta confidencialidad respecto a terceros de todos los datos a los que tengan acceso como consecuencia de este proceso de selección. 11

12 Dada las sinergias que se podrán establecer entre los vehículos promovidos por este procedimiento y los instrumentos de financiación del Fondo Europeo de Inversiones (FEI), durante este proceso de selección, la información facilitada por cada iniciativa se podrá poner a disposición de esta entidad. La información suministrada sería considerada confidencial por parte del FEI y sólo sería utilizada con el fin de analizar su posible inversión en los vehículos presentados. 9. PRESENTACIÓN DE OFERTAS - El plazo para presentar propuestas permanecerá abierto desde la publicación del presente documento en el sitio Web del CDTI hasta el 6 de abril de 2015 a las 14 horas. - La presentación de propuestas se realizará mediante sobre sellado, incluyendo toda la documentación preceptiva (se deberá acompañar una copia digital de toda la documentación), en el Registro General del CDTI, en su sede situada en Cid, número 4, Madrid, dentro del plazo señalado. - En los casos en los que la propuesta se envíe por los medios previstos en la ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la entidad deberá justificar la fecha de imposición del envío y anunciar al CDTI, en un plazo máximo de 24 horas desde el envío, la remisión de su oferta mediante fax remitido al número Una vez finalizado el proceso de selección, las iniciativas no seleccionadas dispondrán de un plazo de 15 días, desde la comunicación del resultado, para retirar la documentación aportada. Una vez transcurrido este plazo, el CDTI procederá a su archivo o destrucción, no haciéndose responsable de su custodia ni de posibles pérdidas. - Sólo se aceptarán solicitudes redactadas y presentadas en castellano. 10. RESOLUCIÓN El procedimiento de selección será resuelto en el plazo máximo de cinco meses a contar desde la fecha de cierre de presentación de las solicitudes o desde que se hubiera 12

13 completado la documentación, en su caso. Durante este proceso, el CDTI podrá solicitar más detalle sobre la información presentada. De manera aproximada, y con carácter informativo, se establecen las fases de selección de las propuestas y los tiempos estimados de cada una. FASE DURACION ESTIMADA 1ª etapa de selección (sobre documentación presentada) 3 semanas 2ª etapa de selección (reuniones con solicitantes que pasaron 1ª etapa) 2 semanas Realización de due diligence de los gestores seleccionados y aprobación final 12 semanas 13

14 Solicitud de admisión en el procedimiento de selección de gestoras de entidades de capital riesgo o sociedades de capital riesgo autogestionadas que lideren iniciativas privadas de inversión en PYMES de base tecnológica en fases semilla y puesta en marcha. Denominación de la iniciativa de inversión colectiva: Datos de identificación del representante: Nombre DNI-Pasaporte Poder notarial que le faculta como representante de la entidad Entidad a la que representa: Nombre CIF Datos relativos al domicilio de notificación a la entidad: Vía Dirección Cód. Postal Localidad Provincia Teléfono 1 Teléfono 2 Fax Fecha de Presentación: Firmado: D. Se acompaña la documentación requerida en el procedimiento de selección publicado en la página web del CDTI. 14

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