DECLARACIÓN RESPONSABLE

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1 LICENCIAS DE OBRAS PROCEDIMIENTO Procedimiento por el que el interesado comunica en el Ayuntamiento el inicio de las obras por medio de Declaración Responsable, adjuntando la documentación necesaria, o solicita la correspondiente Licencia Urbanística de Obras. 1. Obras sujetas a DECLARACIÓN RESPONSABLE según art. 214 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP) y las Normas Urbanísticas del PGOU de Alberic: a) URB DRO-01: Las obras de modificación, mantenimiento, reforma o pequeña entidad (obras menores), que no supongan alteración estructural del edificio, ampliación ni obra de nueva planta; ni afecten a elementos catalogados o en trámite de catalogación y que no requieran colocación de andamiaje en vía pública. Se exceptúan las actuaciones en fachadas del Casco Antiguo 1, así como las actuaciones en el subsuelo dentro del Área de Vigilancia Arqueológica 2. b) URB DRO-02: La instalación de tendidos eléctricos, telefónicos u otros similares y la colocación de antenas o dispositivos de comunicación de cualquier clase y la reparación de conducciones en el subsuelo (excepto en el Área de Vigilancia Arqueológica 2 ), solo en suelo urbano y siempre que no afecte a dominio público. 2. Obras sujetas a LICENCIA según artículos 213 y 216 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP) y las Normas Urbanísticas del PGOU de Alberic: URB LOB-01: Licencias de obras. - Las obras de modificación, mantenimiento, reforma u obras menores que requieran colocación de andamiaje en vía pública. - Los desmontes, las explanaciones, los abancalamientos y aquellos movimientos de tierra que excedan de la práctica ordinaria de labores agrícolas. - La extracción de áridos y la explotación de canteras. - La acumulación de vertidos y el depósito de materiales ajenos a las características propias del paisaje natural. - La apertura de caminos, así como su modificación o pavimentación. - La construcción de presas, balsas, obras de defensa y corrección de cauces públicos, vías públicas o privadas y, en general, cualquier tipo de obras o usos que afecten a la configuración del territorio. - Las talas y abatimiento de árboles que constituyan masa arbórea, espacio boscoso, arboleda o parque, a excepción de las autorizadas en el medio rural por los órganos competentes en materia agraria o forestal. - La ejecución de obras de urbanización. - La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública. - Cuando los actos de edificación y uso del suelo se realizasen por particulares en terrenos de dominio público, se exigirá también licencia, sin perjuicio de las autorizaciones o concesiones que sea pertinente otorgar por parte del ente titular del dominio público. - Cualquier otra actuación no especificada en los apartados anteriores o en los supuestos siguientes. B) URB LOB-02: Licencias de edificación y/o instalaciones. - Las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de nueva planta. - Las obras de ampliación de toda clase de construcciones, edificios e instalaciones existentes. - La ubicación de casas prefabricadas, caravanas fijas, invernaderos e instalaciones similares, provisionales o permanentes.

2 C) URB LOB-03: Licencias de reforma, modificación, vallado y las que afecten al subsuelo: - Las obras de modificación o reforma que afecten a la estructura de las construcciones, los edificios y las instalaciones de todas clases, cualquiera que sea su uso. - La modificación del uso de las construcciones, edificaciones e instalaciones, así como el uso del vuelo sobre los mismos. - El levantamiento de muros de fábrica y el vallado, en los casos y bajo las condiciones estéticas que exijan las ordenanzas de los planes reguladoras de su armonía con el entorno. - La ejecución de obras e instalaciones que afecten al subsuelo. D) URB LOB-04: Licencias de obras provisionales: - Las obras y los usos que hayan de realizarse con carácter provisional. E) URB LOB-05: Licencias de intervención: - Los actos de intervención sobre edificios, inmuebles y ámbitos patrimonialmente protegidos (fachadas y elementos visibles de las edificaciones en Casco Antiguo) o catalogados, cualquiera que sea el alcance de la obra. F) URB LOB-06: Licencias de demolición: - La demolición de las construcciones. 1 Anexo 1: Plano delimitación Casco Antiguo. 2 Anexo 2: Plano delimitación Área Vigilancia Arqueológica. NORMATIVA - Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP) - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de les Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. - Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. - Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalidad, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos - Ley 2/2012, de 14 de junio, de la Generalidad, de Medidas Urgentes de Soporte a la iniciativa Empresarial y los Emprendedores, Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunidad Valenciana - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de expedición de licencias urbanísticas. - Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcción, instalaciones y obras.

3 1. DECLARACIÓN RESPONSABLE: URB DRO-01: Procedimiento por el que el interesado comunica al Ayuntamiento el inicio de las obras de modificación, mantenimiento, reforma u obras menores, de pequeña entidad, que no supongan alteración estructural del edificio, ampliación ni obra de nueva planta; ni afecten a elementos catalogados o en trámite de catalogación y que no requieran colocación de andamiaje en vía pública. (Se exceptúan las actuaciones en fachadas del Casco Antiguo 1 así como las actuaciones en el subsuelo dentro del Área de Intervención Arqueológica 2 ). 1 Anexo 1: Plano delimitación Casco Antiguo. 2 Anexo 2: Plano delimitación Área Vigilancia Arqueológica. 1. Documentación a aportar Con carácter general, para todas las solicitudes: - Instancia-solicitud debidamente cumplimentada (URB DRO-01). - Copia DNI o NIF de la persona interesada. En el caso de persona jurídica: - Escritura de constitución de la sociedad mercantil y de los poderos atorgados a la persona que actúe como representante o Declaración Responsable del representante legal. En el caso de proyecto, memoria o cualquier informe o certificado técnico sin visar o sin sello colegial: - Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción. En caso de que se trate de construcciones de pequeña entidad constructiva y sencillez con superficie inferior a 20 m2 en suelo urbano (paelleros, pérgolas, garajes, cuartos instalaciones, etc.): Memoria redactada por técnico competente con lo siguiente: - Que cumple con los parámetros urbanísticos (superficie máx. 20 m2, ocupación total de la parcela, edificabilidad totales y retranqueos a límites). - Que queda garantizada la seguridad estructural del conjunto. - Plano de emplazamiento indicando la correspondiente referencia catastral. - Plano de situación de la obra. - Presupuesto real de ejecución material real de las obras. En caso de que se trate de obras para una actividad nueva sometida a Declaración Responsable Ambiental o Comunicación de Actividad Inocua. o Certificado de compatibilidad urbanística o indicación de la fecha de su solicitud. o Memoria por duplicado ejemplar (uno en formato PDF), suscrito por técnico competente, justificando el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación relativa a los siguientes aspectos: seguridad estructural y sectorización; condiciones de accesibilidad; adecuada ventilación e iluminación; instalación eléctrica con indicación de potencia acomodada y relación de maquinaria; instalaciones sanitarias; afectación al medio ambiente (vertidos, ruidos, olores, foco de calor, residuos, etc.) y las adecuadas medidas correctoras adoptadas; seguridad contra incendios (carga térmica, evacuación de ocupantes, recorridos de evacuación, salidas, señalización, dotación de medios contra incendios, etc.); la documentación gráfica necesaria con detalle suficiente (planos de emplazamiento, accesibilidad y entorno, distribución y superficies, evacuación e instalaciones, seguridad contra incendios, alzados y secciones), y presupuesto real de ejecución material de las obras.

4 En caso de que se trate de obras para la modificación no sustancial de una actividad existente sometida a declaración responsable ambiental, comunicación de actividad inocua o licencia ambiental. - Memoria suscrita por técnico competente justificando la modificación no sustancial, las obras a realizar, la documentación gráfica necesaria (por lo menos plano de emplazamiento, plano de planta y secciones representativas correspondientes al estado actual y reformado) y presupuesto real de ejecución material de las obras. IMPORTANTE: LA FALTA DE DOCUMENTACIÓN NECESARIA NO HABILITARÁ AL INTERESADO PARA EL COMIENZO DE LAS OBRAS. 2. Tramitación: Mediante solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento o alguno de los medios del artículo 38.4 de la Ley 30/ Instancia-solicitud: URB DRO-01

5 URB DRO-02: Procedimiento por el que el interesado comunica al Ayuntamiento el inicio de las obras para la instalación de líneas eléctricas, telefónicas o similares, la colocación de antenas o dispositivos de comunicación de cualquier clase, y la reparación de conducciones en el subsuelo (excepto en el Área de Vigilancia Arqueológica 2 ), solo en suelo urbano y siempre que no afecte a dominio público; por medio de Declaración Responsable, ajustándose a las Normas Urbanísticas y adjuntando la documentación necesaria. 2 Anexo 2: Plano delimitación Área Vigilancia Arqueológica. 1. Documentación a aportar Con carácter general, para todas las solicitudes: - Instancia-solicitud debidamente cumplimentada (URB DRO-02). - Copia DNI o NIF de la persona interesada. En el caso de persona jurídica: - Escritura de constitución de la sociedad mercantil y de los poderos atorgados a la persona que actúe como representante o Declaración Responsable del representante legal. En el caso de proyecto, memoria o cualquier informe o certificado técnico sin visar o sin sello colegial: - Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción. En el caso de que se trate de instalaciones de emisión de servicios de radiodifusión y tv., antenas de radio enlaces y radiocomunicaciones oficiales o privadas, wifi y móviles (obra mayor). - Proyecto técnico redactado por técnico competente en la materia de telecomunicaciones, por duplicado ejemplar (uno en formato PDF). - Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). - Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra (si es exigible). En caso de que se trate de instalaciones de recepción de servicios de radiodifusión y televisión (que no supongan una mera antena televisiva) y/o instalaciones de radioaficionados. - Memoria técnica, redactada por técnico competente en la materia de telecomunicaciones. IMPORTANTE: LA FALTA DE DOCUMENTACIÓN NECESARIA NO HABILITARÁ AL INTERESADO PARA EL COMIENZO DE LAS OBRAS. 2. Tramitación: Mediante solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento o alguno de los medios del artículo 38.4 de la Ley 30/ Instancia-solicitud: URB DRO-02

6 2. LICENCIAS DE OBRAS: URB LOB-01: LICENCIAS DE OBRAS. Procedimiento por el que el interesado solicita del Ayuntamiento la concesión de la licencia urbanística de obras para los siguientes supuestos: - Las obras de modificación, mantenimiento, reforma u obras menores que requieran colocación de andamiaje en vía pública. - Los desmontes, las explanaciones, los abancalamientos y aquellos movimientos de tierra que excedan de la práctica ordinaria de labores agrícolas. - La extracción de áridos y la explotación de canteras. - La acumulación de vertidos y el depósito de materiales ajenos a las características propias del paisaje natural. - La ejecución de obras de urbanización y la apertura de caminos, así como su modificación o pavimentación. - La construcción de presas, balsas, obras de defensa y corrección de cauces públicos, vías públicas o privadas y, en general, cualquier tipo de obras o usos que afecten a la configuración del territorio. - Las talas y abatimiento de árboles que constituyan masa arbórea, espacio boscoso, arboleda o parque, a excepción de las autorizadas en el medio rural por los órganos competentes en materia agraria o forestal. - La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública. - Cuando los actos de edificación y uso del suelo se realizasen por particulares en terrenos de dominio público, se exigirá también licencia, sin perjuicio de las autorizaciones o concesiones que sea pertinente otorgar por parte del ente titular del dominio público. 1. Documentación a aportar Con carácter general, para todas las solicitudes: - Instancia-solicitud debidamente cumplimentada (URB LOB-01). - Copia DNI o NIF de la persona interesada. En el caso de persona jurídica: - Escritura de constitución de la sociedad mercantil y de los poderos atorgados a la persona que actúe como representante o Declaración Responsable del representante legal. En el caso de proyecto, memoria o cualquier informe o certificado técnico: o Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción si no está visado o sellado colegialmente. o En el caso de proyectos: - Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). - Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. En el caso de andamiaje en la vía pública: - Memoria técnica y certificado de montaje suscrito por técnico competente, plano de emplazamiento, superficie a ocupar y medidas de protección y accesibilidad de los viandantes. En caso de que se trate de desmontes, explanaciones, abancalamientos y aquellos movimientos de tierra que excedan de la práctica ordinaria de labores agrícolas : - Documentación suscrita por el promotor que justifique la necesidad y finalidad de las mismas, precisando su contenido y emplazándolas convenientemente sobre cartografía. - Si alteran la configuración topográfica del terreno deberá aportarse proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno en formato.pdf) suscrito por técnico competente.

7 En caso de obras o instalaciones necesarias para el uso agrícola del suelo: - Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno en formato.pdf) suscrito por técnico competente. - Informe previo de la Consellería competente, si es preceptivo. En caso de extracción de áridos y/o la explotación de canteras: - Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno en formato.pdf) suscrito por técnico competente. - Informes y autorizaciones de los organismos competentes. En caso de acumulación de vertidos y depósito de materiales ajenos a las características propias del paisaje natural: - Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno en formato.pdf) suscrito por técnico competente. - Informes y autorizaciones de los organismos competentes. En caso de construcción de presas, balsas, obras de defensa y corrección de cauces públicos, vías públicas o privadas y, en general, cualquier tipo de obras o usos que afecten a la configuración del territorio. - Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno en formato.pdf) suscrito por técnico competente. - Informes y autorizaciones de los organismos competentes. En el caso de ejecución de obras de urbanización y la apertura de caminos, así como su modificación o pavimentación: - Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno en formato.pdf) suscrito por técnico competente. - Documentación acreditativa de la propiedad de los terrenos o, en su caso, justificante de las autorizaciones necesarias. En el caso de talas y abatimiento de árboles que constituyan masa arbórea, espacio boscoso, arboleda o parque: - Memoria suscrita por técnico competente con la siguiente documentación mínima: * Memoria descriptiva y planos de emplazamiento. * Fotografías de la zona de actuación y de su entorno. * Presupuesto de la actuación. - Informes y autorizaciones de los organismos competentes, si fuera el caso. En el caso de colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública. - Memoria suscrita por técnico competente con la siguiente documentación mínima: * Plazo por el que se solicita la colocación del cartel o valla publicitaria. * Memoria descriptiva y planos de emplazamiento y detalle. * Fotografía de la fachada sobre la que se pretende ubicar o de las vistas desde la vía pública. * Descripción de las dimensiones y características del cartel. * Presupuesto pormenorizado de las obras. - Certificado de seguridad y montaje. - Copia de la póliza de seguros de responsabilidad civil, documento acreditativo de que se encuentra en vigor y compromiso escrito del solicitante de mantener la cobertura durante todo el tiempo que dure la instalación publicitaria solicitada, asumiendo la responsabilidad que pueda derivarse por daños causados por la misma, así como de mantener la instalación en perfecto estado de seguridad, salubridad y ornato público y de retirarla cuando cese la vigencia de la autorización solicitada y de sus posibles renovaciones. - En el supuesto de lona o mallas publicitarias se presentará, además, detalle reproduciendo la propaganda a exponer indicando superficie a ocupar en metros cuadrados.

8 En el caso de actos de edificación y uso del suelo realizado por particulares en terrenos de dominio público o afectando a éste: - Autorizaciones o concesiones que sean pertinentes otorgar por parte del ente titular del dominio público. 2. Tramitación: Mediante solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento o alguno de los medios del artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Plazo para el otorgamiento de la licencia: - Tres meses (art. 42 de la Ley 30/1992 LrJPAC). 3. Silencio Negativo - Finalizado el plazo de resolución (tres meses) sin haberse recibido respuesta de la Administración, la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante (art. 223 de la Ley 5/2014). 4. Instancia-solicitud: URB LOB-01

9 URB LOB-02: LICENCIAS DE EDIFICACIÓN Y/O INSTALACIONES. Procedimiento por el que el interesado solicita del Ayuntamiento la concesión de la licencia urbanística de obras para los siguientes supuestos: - Las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de nueva planta. - Las obras de ampliación de toda clase de construcciones, edificios e instalaciones existentes. - La ubicación de casas prefabricadas, caravanas fijas, invernaderos e instalaciones similares, provisionales o permanentes. 1. Documentación a aportar Con carácter general, para todas las solicitudes: o Instancia-solicitud debidamente cumplimentada (URB LOB-02). o Copia DNI o NIF de la persona interesada. o Cuestionario estadístico de Edificación y Vivienda. o Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno de ellos en formato PDF) y visado si es el caso, al menos con la siguiente documentación: - Memoria descriptiva de la edificación proyectada y justificativa de que la misma cumple la normativa urbanística en vigor, así como cualquier otra disposición de carácter técnico o sectorial aplicable (normas básicas de habitabilidad y diseño, código técnico de la edificación, etc.). - Resumen del presupuesto por capítulos, ajustado al coste real de ejecución. - Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). - Planos: De situación referida a cartografía del PGOU o la cartografía del Catastro indicando las referencias catastrales que corresponda a la finca. Plano de conjunto, realizado mediante toma de datos por topografía clásica, donde se dibujen a escala 1/500 los elementos existentes en la parcela, como edificaciones, vallados, urbanización, etc., necesarios para identificar la finca y todo el ancho del viario al que da fachada. Además, se grafiará la siguiente documentación confrontada: se indicará la ocupación y retranqueo de la edificación, incluyendo cuadro justificativo del cumplimiento de los parámetros de la edificación. La finca con su superficie y linderos acotados, según definición de la propiedad y su correspondencia con su título. En el caso de existir edificaciones en la parcela, se describirá y cuantificará la edificabilidad consumida. La definición, en su caso, del suelo de la finca destinado a viario, equipamiento, zonas verdes, etc., con su superficie y dimensiones acotadas. De parcela, acotando las dimensiones de la misma y su superficie. De las plantas, alzados y secciones. - Anexo de obras ordinarias de urbanización en el caso de que se requieran para convertir la parcela en solar. o Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción si el proyecto no está visado o sellado colegialmente. o Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. En el caso de persona jurídica: - Escritura de constitución de la sociedad mercantil y de los poderos atorgados a la persona que actúe como representante o Declaración Responsable del representante legal. En el caso de crear o afectar a una actividad sujeta a autorización ambiental integrada, licencia ambiental o actuación incluida en la Ley 4/2010, de 3 de diciembre, de la Generalidad, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos: - El proyecto de ejecución de obras deberá ser conjunto con el de la actividad.

10 En el caso de edificios y conjuntos inmobiliarios en los que exista continuidad en la edificación, de uso residencial o no y sean o no de nueva construcción, que estén acogidos, o deban acogerse, al régimen de propiedad horizontal: - Proyecto técnico de Infraestructura común de telecomunicaciones (art. 3 Real Decreto Ley 1/1998). En el caso de ser necesaria una grúa: - Plano de ubicación. - Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de euros, que deberá estar vigente durante el montaje, funcionamiento y estancia en obra y desmontaje. - Certificado acreditativo de su correcta instalación y funcionamiento una vez montada. 2. Tramitación: Mediante solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento o alguno de los medios del artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Plazo para el otorgamiento de la licencia: - Dos meses (art. 221 de la Ley 5/2014). 3. Silencio Negativo - Finalizado el plazo de resolución (dos meses) sin haberse recibido respuesta de la Administración, la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante (art. 223 de la Ley 5/2014). 4. Instancia-solicitud: URB LOB-02

11 URB LOB-03: LICENCIAS DE REFORMA, MODIFICACIÓN, VALLADO Y LAS QUE AFECTEN AL SUBSUELO: Procedimiento por el que el interesado solicita del Ayuntamiento la concesión de la licencia urbanística de obras para los siguientes supuestos: - Las obras de modificación o reforma que afecten a la estructura de las construcciones, los edificios y las instalaciones de todas clases, cualquiera que sea su uso. - La modificación del uso de las construcciones, edificaciones e instalaciones, así como el uso del vuelo sobre los mismos. - El levantamiento de muros de fábrica y el vallado, en los casos y bajo las condiciones estéticas que exijan las ordenanzas de los planes reguladoras de su armonía con el entorno. - La ejecución de obras e instalaciones que afecten al subsuelo. 1. Documentación a aportar Con carácter general, para todas las solicitudes: - Instancia-solicitud debidamente cumplimentada (URB LOB-03). - Copia DNI o NIF de la persona interesada. En el caso de persona jurídica: - Escritura de constitución de la sociedad mercantil y de los poderos atorgados a la persona que actúe como representante o Declaración Responsable del representante legal. En el caso de obras de modificación o reforma que afecten a la estructura de las construcciones, los edificios y las instalaciones de todas clases, cualquiera que sea su uso y la modificación del uso de las construcciones, edificaciones e instalaciones, así como el uso del vuelo sobre los mismos. - Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno de ellos en formato PDF) y visado si es el caso. - Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). - Cuestionario estadístico de Edificación y Vivienda. - Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción si el proyecto no está visado o sellado colegialmente. - Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. En el caso de modificar sustancialmente el uso de una actividad sujeta a autorización ambiental integrada, licencia ambiental o actuación incluida en la Ley 4/2010 Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalidad, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos: - El proyecto de ejecución de obras deberá ser conjunto con el de la actividad. En el caso de levantamiento de muros de fábrica y/o vallado: - Memoria suscrita por técnico competente describiendo el tipo de muro o vallado, su adaptación a la normativa dependiendo de la zona, la documentación gráfica necesaria (por lo menos plano de emplazamiento, plano de planta y secciones representativas y presupuesto de las obras. - Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción.

12 En el caso de ejecución de obras e instalaciones que afecten al subsuelo: o Memoria o proyecto (según la importancia de las obras) suscrito por técnico competente. o Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción. o En caso de proyecto técnico: - Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. - Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). - Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. o Si afectan a las redes de agua potable o alcantarillado y/o canalizaciones para la conexión a dichas redes se presentará informe de condiciones técnicas de conexión emitido por la empresa TECVASA, como concesionaria de los servicios. o Si afectan a dominio público (viales, dotacionales, etc.) deberá aportarse aval bancario o depósito previo que garantice la correcta reposición de las obras. o En el caso de estar las obras comprendidas en el Área de Vigilancia Arqueológica 2, autorización previa de la Dirección General de Patrimonio. 2 Anexo 2: Plano delimitación Área Vigilancia Arqueológica. 2. Tramitación: Mediante solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento o alguno de los medios del artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Plazo para el otorgamiento de la licencia: - Tres meses (art. 42 de la Ley 30/1992 LrJPAC). 3. Silencio Positivo - Finalizado el plazo de resolución (tres meses) sin haberse recibido respuesta de la Administración, la solicitud quedará resuelta de forma positiva para el solicitante (art. 223 de la Ley 5/2014). 4. Instancia-solicitud: URB LOB-03

13 URB LOB-04: LICENCIAS DE OBRAS PROVISIONALES. Procedimiento por el que el interesado solicita del Ayuntamiento la concesión de la licencia urbanística de obras para las obras y usos no previstos en el plan que hayan de realizarse con carácter provisional en suelo urbano sin edificar sobre el que no exista solicitud de licencia de edificación o programa de actuación aprobado o en tramitación, y en suelo urbanizable sin programación aprobada art. 216 Ley 5/2014). 1. Documentación a aportar Con carácter general, para todas las solicitudes: o Instancia-solicitud debidamente cumplimentada (URB LOB-04). o Copia DNI o NIF de la persona interesada. o Memoria o proyecto (según la importancia de las obras) suscrito por técnico competente en el que se justifique fehacientemente: - Que las obras no dificultan la ejecución del planeamiento ni lo desincentivan. - Que la provisionalidad de la obra o uso se deduce de las propias características de la construcción o de circunstancias objetivas, como la viabilidad económica de su implantación provisional o el escaso impacto social de su futura erradicación. o Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción (en caso de no estar visados). o En el caso de proyecto técnico: - Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). - Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. o Compromiso escrito de que si lo ejecutado o el uso en precario no es conforme finalmente con lo que se pretende ejecutar (porque así venga determinado por el planeamiento), dichas obras o usos permitidos al amparo de una licencia en precario o provisional deberán cesar (en caso de los usos) o retirarse/demolerse (en caso de obras), cuando el Ayuntamiento lo acuerde. o Compromiso a inscribir en el Registro de la Propiedad del carácter precario de los usos, las obras y las instalaciones y su renuncia a cualquier tipo de indemnización por el incremento de valor que pudiera generar la licencia. En el caso de persona jurídica: - Escritura de constitución de la sociedad mercantil y de los poderos atorgados a la persona que actúe como representante o Declaración Responsable del representante legal. 2. Tramitación: Mediante solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento o alguno de los medios del artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Plazo para el otorgamiento de la licencia: - Tres meses (42 de la Ley 30/1992 LrJPAC). 3. Silencio Negativo - Finalizado el plazo de resolución (tres meses) sin haberse recibido respuesta de la Administración, la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante (art. 223 de la Ley 5/2014). 4. Instancia-solicitud: URB LOB-04

14 URB LOB-05: LICENCIAS DE OBRAS DE INTERVENCIÓN EN EDIFICIOS CATALOGADOS, DE RELEVANCIA LOCAL O EN AMBITOS PROTEGIDOS. Procedimiento por el que el interesado solicita del Ayuntamiento la concesión de la licencia urbanística de obras para los actos de intervención sobre edificios, inmuebles y ámbitos patrimonialmente protegidos (fachadas y elementos visibles de las edificaciones en Casco Antiguo 1 ), catalogados o de relevancia local, cualquiera que sea el alcance de la obra. 1 Anexo 1: Plano delimitación Casco Antiguo. 1. Documentación a aportar Con carácter general, para todas las solicitudes: - Instancia-solicitud debidamente cumplimentada (URB LOB-05). - Copia DNI o NIF de la persona interesada. En el caso de persona jurídica: - Escritura de constitución de la sociedad mercantil y de los poderos atorgados a la persona que actúe como representante o Declaración Responsable del representante legal. En el caso de actuaciones en ámbitos protegidos (Casco Antiguo): o Memoria o proyecto (según la importancia de las obras) suscrito por técnico competente en el que se justifique el cumplimiento de las normas de protección del Casco Antiguo de las NNUU del PGOU de Alberic. o Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción (en caso de no estar visados). o En el caso de proyecto técnico: - Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). - Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. - Cuestionario estadístico de edificación y vivienda. En el caso de actuaciones en edificios o inmuebles catalogados: - Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno de ellos en formato PDF) y visado si es el caso, en el que se justifique el cumplimiento de las normas de protección de las NNUU del PGOU de Alberic. - Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción (en caso de no estar visados). - Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. - Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). - Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. En el caso de actuaciones en bienes de relevancia local (BRL s) o ámbito de un BIC: - Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno de ellos en formato PDF) y visado si es el caso. - Declaración responsable del técnico como poseedor de la titulación adecuada y competencia para su redacción (en caso de no estar visados). - Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

15 - Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). - Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. - Informe previo favorable de la Dirección General del Patrimonio Cultural, sobre la viabilidad patrimonial de la intervención (art. 50 de la Ley 5/2007). 2. Tramitación: Mediante solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento o alguno de los medios del artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Plazo para el otorgamiento de la licencia: - Tres meses (art. 221 de la Ley 5/2014). 3. Silencio Negativo - Finalizado el plazo de resolución (tres meses) sin haberse recibido respuesta de la Administración, la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante (art. 223 de la Ley 5/2014). 4. Instancia-solicitud: URB LOB-05

16 URB LOB-06: LICENCIAS DE DEMOLICIÓN. Procedimiento por el que el interesado solicita del Ayuntamiento la concesión de la licencia urbanística de obras para la demolición de las construcciones. 1. Documentación a aportar Con carácter general, para todas las solicitudes: o Instancia-solicitud debidamente cumplimentada (URB LOB-02). o Copia DNI o NIF de la persona interesada. o Cuestionario estadístico de edificación y vivienda. o Proyecto técnico por duplicado ejemplar (uno de ellos en formato PDF) y visado según el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio) en el que se contemple entre otros lo siguiente: - Resumen del presupuesto por capítulos, ajustado al coste real de ejecución. - Se describirán las medidas de protección para los edificios colindantes y para la vía pública, presentando, además, fotografías en color de las fachadas y cubierta del edificio a demoler. - Los proyectos de demolición que se presenten en solares a los que recaigan medianeras de edificios colindantes, llevarán incorporado como anexo un estudio técnico sobre el estado de seguridad y estanqueidad de dichos edificios colindantes y, en su caso, propuesta de medidas cautelares que garanticen su seguridad durante la ejecución de las obras y si fuera el caso, con posterioridad de éstas. - Se incluirá en el proyecto el vallado posterior de la parcela con las debidas condiciones de seguridad y ornato público. o Estudio de Seguridad y Salud, de conformidad con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. o Documentos señalados en el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (B.O.E. número 38 de 13 de enero de 2008). o Nombramiento del Director de Obra y Director de la Ejecución de la Obra. o Se acreditará que el constructor posee una póliza de responsabilidad civil que cubra los posibles desperfectos y daños a bienes públicos y privados que puedan ocasionarse con motivo de la demolición. En el caso de persona jurídica o Escritura de constitución de la sociedad mercantil y de los poderos atorgados a la persona que actúe como representante o Declaración Responsable del representante legal. 2. Tramitación: Mediante solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento o alguno de los medios del artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Plazo para el otorgamiento de la licencia: - Dos meses (art. 221 de la Ley 5/2014). 3. Silencio administrativo Negativo - Finalizado el plazo de resolución (dos meses) sin haberse recibido respuesta de la Administración, la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante (art. 223 de la Ley 5/2014). 4. Instancia-solicitud: URB LOB-06

17 ANEXO I. CASCO ANTIGUO

18 ANEXO 2. ÁREA DE VIGILANCIA ARQUEOLÓGICA

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