INFORME DE RESULTADO:
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- Juan Antonio Fernández Carrasco
- hace 8 años
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1 Dependencia: ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ASUNTO: Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Anual del Instituto del Deporte y la Cultura Física de Baja California, por el ejercicio fiscal Mexicali, Baja California, a 9 de diciembre de C. DIP. JUAN VARGAS RODRÍGUEZ PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO DEL CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E.- Con fundamento en los Artículos 35, 36, 37, 38, 39, 40 y demás relativos aplicables de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, me permito rendir a la Comisión de Fiscalización del Gasto Público que Usted preside, el siguiente INFORME DE RESULTADO: Para efectos del presente Informe, cuando se haga referencia al articulado de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, es de conformidad con el Artículo Transitorio Cuarto de la Ley de Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el Estado de Baja California y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial del Estado el día 22 de octubre de De igual forma, cuando se haga referencia al articulado de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California, es de conformidad con los Artículos Transitorios Segundo y Tercero de la Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Estado de Baja California, publicada en el Periódico Oficial del Estado el día 22 de octubre de 2010.
2 ...2 El presente Informe tiene por objeto dar a conocer los resultados de la revisión que fue practicada a la Cuenta Pública del Instituto del Deporte y la Cultura Física de Baja California, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, mismo que contiene la opinión sobre el estado que guardan los ingresos, egresos, el patrimonio y la deuda pública de dicha Entidad, así como los elementos que sirvieron de base para la emisión de la opinión antes mencionada, de acuerdo con los resultados del examen de la información financiera, presupuestal, programática y demás elementos de información que constituyen la Cuenta Pública Anual. La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por la propia Entidad fiscalizada, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre la misma, la cual se deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, así como del examen que fue realizado principalmente en base a pruebas selectivas, y de acuerdo con las disposiciones legales que regulan el proceso de fiscalización y con las normas y procedimientos de auditoría aplicables al sector gubernamental, las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener elementos de juicio razonables de que la Cuenta Pública Anual no contiene errores importantes, que está preparada de acuerdo con los postulados básicos de contabilidad gubernamental, que se lograron los objetivos y metas de los principales programas de la Entidad, que se aplicaron los recursos en términos de eficiencia y eficacia y que se cumplieron las disposiciones legales aplicables a las actividades de la Entidad, por lo que esta opinión se emite conforme a bases razonables que la sustentan debidamente. Es de señalar que, durante el ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, fungió como Director General de la Entidad el C. M.C. Saúl Castro Verdugo.
3 ...3 A N T E C E D E N T E S Mediante oficio número DG/234/11, de fecha 15 de marzo de 2011, el C. M.C. Saúl Castro Verdugo, en su carácter de Director General de la Entidad, presentó ante el Congreso del Estado la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, en cumplimiento al Artículo 9 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, la cual fue remitida al Órgano de Fiscalización Superior por la Comisión de Fiscalización del Gasto Público mediante oficio número XX/CFGP/492/2011, de fecha 23 de marzo de Con fecha 14 de enero de 2011, mediante oficio número DAPE/10/2011, el Órgano de Fiscalización Superior notificó al Titular de la Entidad del inicio de la fiscalización de la Cuenta Pública Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2010, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 22, Párrafos Segundo y Cuarto; 27, Fracción XII; y 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como en los Artículos 3, 8, 16, 17 y 23 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California. Como resultado de la fiscalización de las Cuentas Públicas de Ingresos, Egresos, Patrimonio y Deuda Pública de la Entidad, el Órgano de Fiscalización Superior formuló observaciones, las cuales le fueron notificadas a la Entidad mediante los oficios números DAPP/230/2011 y DMPF/675/2011 de fechas 13 de abril y 8 de septiembre de 2011, respectivamente, mismos que fueron atendidos a través de los oficios números DA/231/11, INDEBC-1062/11 e INDEBC-1073/11 de fechas 2 de mayo, 10 y 13 de octubre de 2011, respectivamente, remitidos al Órgano de Fiscalización Superior por los CC. M.C. Saúl Castro Verdugo y L.A.E. Benito Palafox Félix, en su carácter de Director General y Director Administrativo de la Entidad, respectivamente.
4 ...4 En atención a las observaciones notificadas y, en cumplimiento al Artículo 17, Fracción XXI, de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, mediante oficio número DMPF/877/2011 de fecha 24 de octubre de 2011, se requirió la presencia del Titular o de representantes de la Entidad en las instalaciones del Órgano de Fiscalización Superior, habiendo comparecido el día 28 de octubre de 2011 los CC. Lic. Benito Palafox Félix, C.P. Juana Ávila Ibarra y C.P. Bertha Alicia Iglesias Luna, en su carácter de Director Administrativo, Jefe del Departamento de Contabilidad y Jefe del Departamento de Control Presupuestal, respectivamente, para el esclarecimiento de los hechos u omisiones derivadas de la revisión de la Cuenta Pública Anual por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de Así mismo, se hace constar que durante el ejercicio fiscal de 2010, la Entidad no realizó operación alguna de Deuda Pública, por lo que el presente Informe no contiene opinión sobre el particular. En base a lo anteriormente expuesto y, en ejercicio de las facultades que me confieren los Artículos 35, 36, 37, 38, 39, 40 y demás relativos aplicables de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, tengo a bien emitir la siguiente O P I N I Ó N: I. Es procedente otorgar la aprobación de las Cuentas Públicas de Ingresos, Egresos y Patrimonio al Instituto del Deporte y la Cultura Física de Baja California, por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de II. Como resultado de la revisión, se derivaron las siguientes salvedades que no afectan la Cuenta Pública Anual de la Entidad.
5 Durante el ejercicio la Entidad efectuó adquisiciones de material deportivo y servicios en forma directa por un monto de $ 3 460,430, del cual $ 1 364,322 debió realizarse mediante una licitación pública; $ 1 251,448 vía invitación a cuando menos tres proveedores; y $ 844,660 mediante la obtención de 3 cotizaciones, incumpliéndose con el Artículo 24, 39 y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California. A continuación se detallan las adquisiciones: a) Adquirió servicios por un monto de $ 1 364,322 al proveedor Patricia Villanueva Flores, por concepto de servicios de producción multicámara en locación del VIII Campeonato Mundial Juvenil de Tae Kwon Do y el Selectivo Olímpico Jr. 2010, sobre el cual debió efectuarse una licitación pública, ya que el monto de los servicios pagados superan el límite de 13,000 veces el salario mínimo diario vigente establecido por la Secretaría de Planeación y Finanzas de Gobierno del Estado. Al respecto la Entidad informó que era el único proveedor que cumplía con los requerimientos de acuerdo con el cuadernillo de cargos del evento, sin haberse proporcionado la documentación que lo demuestre. b) Se adquirieron material deportivo y servicios a dos proveedores por un monto de $ 1 251,448, las cuales debieron realizarse mediante el procedimiento de invitación a cuando menos 3 proveedores, toda vez que el monto adquirido a cada proveedor queda comprendido en el rango de 4,000.1 a 13,000 veces el salario mínimo diario vigente, establecido por la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado. A continuación se detallan:
6 ...6 b.1) Un monto de $ 645,000 corresponde al proveedor Grupo Honorario Sección Auxiliar de Tijuana, A.C., por concepto de servicio de vigilancia policíaca en las instalaciones del Centro de Alto Rendimiento (CAR) en la Ciudad de Tijuana, Baja California, sobre lo cual la Entidad informó en confronta que la empresa contratada era la única que ofrecía la posibilidad de que los vigilantes fueran agentes de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal de Tijuana. b.2) Un monto de $ 606,448 corresponde al proveedor Industrial Sivory S.A. de C.V., por concepto de adquisición de material deportivo, tales como banderas para la premiación de la Olimpiada Mundial de Tae Kwon Do de 2010, compra de uniformes para varios eventos, entre otros. c) Así mismo, se efectuaron adquisiciones a cuatro proveedores por la cantidad de $ 844,660 de material deportivo y servicios, las cuales debieron efectuarse mediante la obtención de 3 cotizaciones, ya que el monto de las operaciones con cada uno de los proveedores se encuentra comprendido en el rango de 2,000.1 a 4,000 veces el salario mínimo diario vigente establecido por la Secretaría de Planeación y Finanzas de Gobierno del Estado. A continuación se detallan: Un importe de $ 222,000 corresponde a la adquisición de 4,000 Camisetas para Olimpiada Juvenil 2010 al propveedor Juan Jaime Roa Salazar; $ 216,450 por concepto de renta de audio para evento de Tae Kwon Do por a la empresa Producciones Martell S. de R.L. de C.V.; $ 207,631 por la renta de unidades para evento mundial de Tae Kwon Do a la empresa Visión Californiana S.A. de C.V.; y $ 198,579 por la renta de pantalla LED para el Campeonato Mundial Juvenil de Tae Kwon Do al proveedor Albino García Rodríguez.
7 ...7 Cabe señalar que las adquisiciones de material deportivo y servicios citados, se recibieron en los tiempos y requisitos establecidos por la Entidad, las cuales están debidamente registradas y comprobadas con la documentación correspondiente, así mismo proporcionó evidencia de haber efectuado procedimientos de licitación pública durante el ejercicio Durante el ejercicio la Entidad entregó apoyos a cinco asociaciones civiles sin fines de lucro dedicadas a diversas actividades deportivas, por un monto de $ 2 189,695, recursos solicitados para financiar gastos relacionados principalmente con la participación en competencias deportivas tales como compra de uniformes, transportación, hospedaje, entre otros, observándose que los apoyos fueron pagados mediante la expedición de cheques nominativos a favor de los directivos de dichas asociaciones, debiendo haberse expedido los cheques a nombre de las asociaciones, incumpliéndose con el Artículo 2 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California. Adicionalmente se observa que, la Entidad no contó durante el ejercicio 2010 con un Lineamiento autorizado por su Junta Directiva, en el cual se establezcan las disposiciones y criterios aplicables para otorgar apoyos a las asociaciones civiles que fomentan y promueven el deporte en el Estado, tales como los sujetos a beneficiar, tipos y montos de los apoyos, procedimiento de autorización, así como las reglas para su aplicación y comprobación, entre otras situaciones. Al respecto, la Entidad proporcionó en octubre de 2011 el documento denominado Lineamientos Generales para el Ejercicio del Gasto de la partida , el cual fue emitido por el Director General de la Entidad y contiene los elementos antes señalados para la entrega de los apoyos, sin embargo
8 ...8 requiere de la aprobación de la Junta Directiva de la Entidad, de conformidad al Artículo 10 Fracción I de la Ley que Crea el Instituto del Deporte y la Cultura Física de Baja California, que señala: establecer la política deportiva que regirá al Instituto para el cumplimiento de sus objetivos La Entidad no ha actualizado su Reglamento Interno publicado en el Periódico Oficial del Estado el 2 de febrero de 2001, el cual presenta una estructura que le fue aplicable cuando tenia a su cargo las funciones de promoción y atención a la Juventud, así mismo dicha estructura es totalmente distinta a la que presenta el Organograma aprobado por su Junta Directiva el 30 de noviembre de Cabe señalar que la Entidad al cierre del ejercicio se encuentra sujeta a 61 juicios laborales derivados de su gestión administrativa, existiendo incertidumbre respecto al efecto económico que se pudiese derivar de una posible resolución desfavorable de la autoridad correspondiente. Así mismo, en cumplimiento del Artículo 44 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Baja California, considero que las salvedades anteriormente señaladas, deben hacerse del conocimiento de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental del Ejecutivo del Estado, con el propósito de que se dicten las medidas correctivas conducentes. A T E N T A M E N T E AUDITOR SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN. C.P. Y L.A.E. ARTURO GONZÁLEZ LUNA. C.c.p.- Expediente/Archivo. AGL/MME/MALN/LLG/Mayra*
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