SUMARIO 1. EL HECHO IMPONIBLE... 34

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1 SUMARIO CAPÍTULO I. EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 1. EL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO Son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades No son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades DOMICILIO FISCAL ENTIDADES EXENTAS Entidades totalmente exentas Entidades parcialmente exentas RESULTADO CONTABLE Y BASE IMPONIBLE Del resultado contable a la base imponible Contabilización del Impuesto sobre Sociedades como gasto La cuota del Impuesto sobre Sociedades como gasto Cuentas que intervienen en la contabilización del IS DOCUMENTOS CONTABLES PERÍODO IMPOSITIVO Y DEVENGO DEL IMPUESTO DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES Obligación de declarar Modelos de declaración Declaraciones y autoliquidaciones complementarias Lugar de presentación de las declaraciones REGÍMENES ESPECIALES Obligación real de contribuir. Rentas de establecimientos permanentes Regímenes especiales por razón del territorio País Vasco Navarra Canarias Ceuta y Melilla Illes Balears Entidades exentas Entidades totalmente exentas Entidades sujetas a tipo CISS Todo Sociedades Declaración

2 TODO SOCIEDADES Entidades a las que es aplicable el régimen fiscal regulado en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, sobre el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos Otras entidades parcialmente exentas. Comunidades titulares de montes vecinales en mano común Entidades residentes en el extranjero, exentas a condición de reciprocidad Uniones Temporales de Empresas que operan en el extranjero Agrupaciones de Interés Económico y Uniones Temporales de Empresas Sociedades Patrimoniales Requisitos generales Composición de la propiedad Composición del patrimonio Régimen de la Sociedad Patrimonial Base imponible Liquidación Régimen de los socios de la Sociedad Patrimonial Si el socio de la sociedad patrimonial es persona física Si el socio de la sociedad patrimonial es persona jurídica Si el socio es una persona o entidad no residente sin establecimiento permanente en España Régimen de las acciones de la Sociedad Patrimonial Régimen de disolución y liquidación Régimen transitorio Transparencia Fiscal Internacional (TFI) Objetivo legal Rentas netas Requisitos para su aplicación Sistema operativo del modelo Obligaciones formales Cooperativas Especialidades de la fiscalidad de las cooperativas Cálculo de la Base Imponible Tipos de gravamen y otros beneficios tributarios en el Impuesto sobre Sociedades Tributación consolidada Fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores Instituciones de Inversión Colectiva Régimen de la Institución de Inversión Colectiva Régimen de los socios o partícipes Entidades de Capital-Riesgo y Sociedades de Desarrollo Industrial Regional Régimen especial de la minería y de la investigación y explotación de hidrocarburos Sociedades Laborales Empresas de reducida dimensión Entidades de tenencia de valores extranjeros Introducción Requisitos y condiciones de aplicación Distribución de beneficios. Transmisión de la participación CISS

3 SUMARIO Entidades Navieras en función del tonelaje Estimación objetiva Estimación directa Impuesto a pagar Aplicación de este régimen Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas Entidades deportivas CAPÍTULO II. CARÁTULA 1. DELEGACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA AEAT IDENTIFICACIÓN Etiqueta identificativa Ejercicio CNAE DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA CARACTERES DE LA DECLARACIÓN Entidad sin ánimo de lucro acogida régimen fiscal Título II Ley 49/2002 (casilla 001) Entidad parcialmente exenta (casilla 002) Sociedad de inversión de capital variable o fondo de inversión de carácter financiero (casilla 003) Sociedad de inversión inmobiliaria o fondo de inversión inmobiliaria (casilla 004) Comunidades titulares de montes vecinales en mano común (casilla 005) Incentivos empresa de reducida dimensión (Cap. XII. Tít. VII LIS) (casilla 006) Inclusión en base imponible de rentas positivas, artículo 107 (exclusivamente en el modelo 200) (casilla 007) Opción artículo (exclusivamente en el modelo 200) (casilla 008) Sociedad dominante o entidad cabeza de grupo (exclusivamente en el modelo 200) (casilla 009) Sociedad dependiente (exclusivamente en el modelo 200) (casilla 010) Entidad de tenencia de valores extranjeros (casilla 011) Agrupación de interés económico española o Unión temporal de empresas (casilla 013) Agrupación europea de interés económico (casilla 014) Entidad ZEC (casilla 015) Opción artículo 51.2.b) TR (casilla 016) Cooperativas (casillas 017, 018 y 019) Otros regímenes especiales (casilla 020) Establecimiento permanente (casilla 021) Régimen de entidades navieras en función del tonelaje (exclusivamente en el modelo 200) (casilla 022) Gran empresa (exclusivamente en el modelo 200) (casilla 023) CISS Todo Sociedades Declaración

4 TODO SOCIEDADES Entidad de crédito (exclusivamente en el modelo 200) (casilla 024) Entidad aseguradora (exclusivamente en el modelo 200) (casilla 025) Entidad inactiva (casilla 026) Base imponible negativa o cero (casilla 027) Tributación conjunta Estado/Diputaciones-Comunidades forales (casilla 028) Régimen especial de Canarias (casilla 029) Transmisión elementos patrimoniales arts d) y 84.1 LIS (casilla 030) Entidades de capital-riesgo (casilla 031) Sociedad desarrollo industrial regional (casilla 032) Régimen Especial Minería (casilla 033) Régimen Especial Hidrocarburos (casilla 034) Opción art RIS (casilla 035) Opción art RIS (casilla 037) Entidad dedicada al arrendamiento de viviendas (casilla 038) Entidad que forma parte de un grupo mercantil (art. 42 del Código de Comercio) (casilla 039) Obligación información art. 15 RIS (casilla 043) Obligación información art. 45 RIS (casilla 044) Inversiones anticipadas reserva inversiones en Canarias (art Ley 19/1994) (casilla 045) Entidad en régimen de atribución de rentas constituida en el extranjero con presencia en territorio español (exclusivamente en el modelo 200) (casilla 046) Fondos de Pensiones Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre (casilla 048) Entidades sometidas a la normativa foral (casilla 047) Regímenes especiales de normativa foral (casilla 049) Grupo fiscal (casilla 040) Personal fijo (casilla 041) Personal no fijo (casilla 042) DECLARACIÓN DE LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LA ENTIDAD LA CARÁTULA DEL MODELO SIMPLIFICADO LA CARÁTULA DEL MODELO 225. SOCIEDADES PATRIMONIALES CAPÍTULO III. RELACIÓN DE ADMINISTRADORES, IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE, PARTICIPACIONES DIRECTAS Y OPERACIONES Y SITUACIONES RELACIONADAS CON PARAÍSOS FISCALES 1. RELACIÓN DE ADMINISTRADORES PARTICIPACIONES DIRECTAS DE LA DECLARANTE EN OTRAS SOCIEDADES Y DE OTRAS PERSONAS O ENTIDADES EN LA DECLARANTE A LA FECHA DE CIERRE DEL PERÍODO DECLARADO CISS

5 SUMARIO 3. OPERACIONES Y SITUACIONES RELACIONADAS CON PAÍSES O TERRITORIOS CALIFICADOS REGLAMENTARIAMENTE COMO PARAÍSOS FISCALES CAPÍTULO IV. AGRUPACIONES DE INTERÉS ECONÓMICO Y UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS 1. PORCENTAJE DE IMPUTACIÓN DE BASES IMPONIBLES Y DEMÁS CONCEPTOS LIQUIDATORIOS MODELO DE INFORMACIÓN (ARTÍCULO 46 RIS) Resultado contable y Base imponible (casillas 500 y 552) Deducción para evitar la doble imposición interna Deducción para evitar la doble imposición internacional Base de las bonificaciones Base de las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades Retenciones e ingresos a cuenta (casilla 062) Dividendos y participaciones en beneficios distribuidos con cargo a reservas Relación de socios existentes a la fecha de cierre del período impositivo que deban soportar las imputaciones, en orden decreciente de grado de participación, con sus datos identificativos y grado de participación en dicha fecha CAPÍTULO V. BALANCE DE SITUACIÓN: ACTIVO 1. ACCIONISTAS (SOCIOS) POR DESEMBOLSOS NO EXIGIDOS GASTOS DE ESTABLECIMIENTO INMOVILIZADO INMATERIAL Concepto Reglas de valoración, a efectos fiscales del inmovilizado inmaterial Cuentas incluidas Gastos de investigación y desarrollo Concesiones, patentes, licencias, marcas y similares Fondo de comercio Derechos de traspaso Aplicaciones informáticas Derechos de emisión de gases de efecto invernadero Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero Anticipos Provisiones Amortizaciones Importe neto del inmovilizado inmaterial INMOVILIZADO MATERIAL Concepto Reglas de valoración general de los bienes del inmovilizado material CISS Todo Sociedades Declaración

6 TODO SOCIEDADES Correcciones valorativas Cuentas incluidas Terrenos y construcciones Instalaciones técnicas y maquinaria Otras instalaciones, utillaje y mobiliario Anticipos e inmovilizaciones materiales en curso Otro inmovilizado Provisiones Amortizaciones Importe neto del inmovilizado material INMOVILIZACIONES FINANCIERAS Concepto Reglas de valoración de las inmovilizaciones financieras Cuentas incluidas Participaciones en empresas del grupo Créditos a empresas del grupo Participaciones en empresas asociadas Créditos a empresas asociadas Cartera de valores a largo plazo Otros créditos Depósitos y fianzas constituidos a largo plazo Provisiones Administraciones públicas a largo plazo Importe neto del inmovilizado financiero ACCIONES PROPIAS DEUDORES POR OPERACIONES DE TRÁFICO A LARGO PLAZO GASTOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS ACCIONISTAS POR DESEMBOLSOS EXIGIDOS EXISTENCIAS Concepto Reglas de valoración de las existencias Cuentas incluidas Existencias comerciales Materias primas y otros aprovisionamientos Productos en curso y semiterminados Productos terminados Subproductos, residuos y materiales recuperados Anticipos Provisiones Importe Neto de las existencias DEUDORES Clientes por ventas y prestaciones de servicios CISS

7 SUMARIO Empresas del grupo, deudores Empresas asociadas, deudores Deudores varios Personal Administraciones Públicas Provisiones Deudores INVERSIONES FINANCIERAS TEMPORALES Participaciones en empresas del grupo Créditos a empresas del grupo Participaciones en empresas asociadas Créditos a empresas asociadas Cartera de valores a corto plazo Otros créditos Depósitos y fianzas constituidos a corto plazo Provisiones Inversiones financieras temporales ACCIONES PROPIAS A CORTO PLAZO TESORERÍA AJUSTES POR PERIODIFICACIÓN TOTAL ACTIVO CAPÍTULO VI. BALANCE DE SITUACIÓN: PASIVO 1. FONDOS PROPIOS Capital suscrito Prima de emisión Reserva de revalorización Reserva legal Reserva para acciones propias Reserva para acciones de la sociedad dominante Reservas estatutarias Diferencias por el ajuste del capital a euros Reserva para inversiones en Canarias Otras reservas Remanente Resultados negativos de ejercicios anteriores Aportaciones de socios para compensación de pérdidas Pérdidas y ganancias (beneficio o pérdida) Dividendo a cuenta entregado en el ejercicio CISS Todo Sociedades Declaración

8 TODO SOCIEDADES Acciones propias para reducción de capital Fondos propios INGRESOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS Subvenciones de capital Diferencias positivas de cambio Otros ingresos a distribuir en varios ejercicios Ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios Ingresos a distribuir en varios ejercicios PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS Provisiones para pensiones y obligaciones similares Provisiones para impuestos Otras provisiones Fondo de reversión Provisión por derechos de emisión de gases de efecto invernadero Provisiones para riesgos y gastos ACREEDORES A LARGO PLAZO Obligaciones no convertibles Obligaciones convertibles Otras deudas representadas en valores negociables Deudas a largo plazo con entidades de crédito Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo Deudas con empresas del grupo Deudas con empresas asociadas Deudas representadas por efectos a pagar Otras deudas Fianzas y depósitos recibidos a largo plazo Administraciones públicas a largo plazo Desembolsos pendientes sobre acciones no exigidos de empresas del grupo Desembolsos pendientes sobre acciones no exigidos de empresas asociadas Desembolsos pendientes sobre acciones no exigidos de otras empresas Acreedores por operaciones de tráfico a largo plazo Acreedores a largo plazo ACREEDORES A CORTO PLAZO Obligaciones no convertibles Obligaciones convertibles Otras deudas representadas en valores negociables Intereses de obligaciones y otros valores Préstamos y otras deudas Deudas por intereses Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo CISS

9 SUMARIO 5.8. Deudas con empresas del grupo Deudas con empresas asociadas Anticipos recibidos por pedidos Deudas por compras o prestaciones de servicios Deudas representadas por efectos a pagar Administraciones Públicas Deudas no comerciales representadas por efectos a pagar Otras deudas Remuneraciones pendientes de pago Fianzas y depósitos recibidos a corto plazo Provisiones para operaciones de tráfico Ajustes por periodificación Acreedores a corto plazo PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS A CORTO PLAZO TOTAL PASIVO INFORMACIÓN ADICIONAL. MODELO SIMPLIFICADO CAPÍTULO VII. CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS DEL EJERCICIO 1. CRITERIOS FISCALES DE IMPUTACIÓN TEMPORAL DE INGRESOS Y GASTOS Regla general del devengo Reglas de periodificación El principio de inscripción contable y el principio de independencia de ejercicios Operaciones a plazo o con precio aplazado Criterio de imputación para las diferencias de cambio Criterio de imputación en las subvenciones Opción a criterios de imputación distintos del de devengo Contenido de la solicitud Plazo de presentación de la solicitud Instrucción y puesta de manifiesto de expediente Terminación Desistimiento Resolución Órgano competente para instruir y resolver Criterio de correlación entre ingresos y gastos CARGOS EN LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Condiciones generales de deducibilidad fiscal Reducción de existencias de productos terminados y en curso de fabricación Aprovisionamientos Consumo de mercaderías Consumo de materias primas y otras materias consumibles CISS Todo Sociedades Declaración

10 TODO SOCIEDADES Otros gastos externos Aprovisionamientos Gastos de personal Sueldos, salarios y asimilados Cargas sociales Gastos de personal Amortizaciones Principios contables que rigen la amortización de los gastos de establecimiento Principios contables que rigen las amortizaciones del inmovilizado inmaterial Principios contables que rigen las amortizaciones del inmovilizado material Criterios fiscales que rigen las amortizaciones Variación de las provisiones de tráfico Variación de las provisiones de existencias Variación de las provisiones y pérdidas de créditos incobrables Variación de otras provisiones de tráfico Variación de las provisiones de tráfico Otros gastos de explotación Servicios exteriores Tributos Otros gastos de gestión corriente Dotación al fondo de reversión Otros gastos de explotación Gastos financieros y asimilados Gastos financieros por deudas con empresas del grupo Gastos financieros por deudas con empresas asociadas Gastos financieros por deudas con terceros y gastos asimilados Pérdidas de inversiones financieras Gastos financieros y asimilados Variación de las provisiones de inversiones financieras Diferencias negativas de cambio Variación de las provisiones del inmovilizado inmaterial, material y cartera de control Pérdidas procedentes del inmovilizado inmaterial, material y cartera de control Pérdidas por operaciones con acciones y obligaciones propias Gastos extraordinarios Gastos y pérdidas de otros ejercicios Impuesto sobre Sociedades Otros impuestos Resultado del ejercicio (beneficios) Total debe ABONOS EN LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Regla de valoración específica para todos los ingresos, a efectos fiscales Criterios de imputación de los ingresos a efectos fiscales CISS

11 SUMARIO 3.3. Importe neto de la cifra de negocios Ventas Prestaciones de servicios Devoluciones y rappels sobre ventas Importe neto de la cifra de negocios Existencias finales Aumentos de existencias de productos terminados y en curso de fabricación Trabajos efectuados por la empresa para el inmovilizado Otros ingresos de explotación Ingresos accesorios y otros de gestión corriente Subvenciones Excesos de provisiones de riesgos y gastos Otros ingresos de explotación Otros ingresos de explotación (Modelos 201 y 225) Ingresos de explotación (Modelos 201 y 225) Ingresos de participaciones en capital Ingresos de participaciones en capital en empresas del grupo Ingresos de participaciones en capital en empresas asociadas Ingresos de participaciones en capital en empresas fuera del grupo Ingresos de participaciones en capital Ingresos de otros valores negociables y de créditos del activo inmovilizado Ingresos de otros valores negociables y de créditos del activo inmovilizado de empresas del grupo Ingresos de otros valores negociables y de créditos del activo inmovilizado de empresas asociadas Ingresos de otros valores negociables y de créditos del activo inmovilizado de empresas fuera del grupo Ingresos de otros valores negociables y de créditos del activo inmovilizado Otros intereses e ingresos asimilados Otros intereses e ingresos asimilados de empresas del grupo Otros intereses e ingresos asimilados de empresas asociadas Otros intereses Beneficios en inversiones financieras Otros intereses e ingresos asimilados Ingresos financieros (Modelos 201 y 225) Diferencias positivas de cambio Beneficios en enajenación del inmovilizado inmaterial, material y cartera de control Beneficios por operaciones con acciones y obligaciones propias Subvenciones de capital transferidas al resultado del ejercicio Ingresos extraordinarios Ingresos y beneficios de otros ejercicios Resultado del ejercicio (pérdidas) Total haber CISS Todo Sociedades Declaración

12 TODO SOCIEDADES DISTRIBUCIÓN DE RESULTADOS Base de reparto Pérdidas y ganancias Remanente Reservas voluntarias Otras reservas Total Distribución A reserva legal A reservas especiales A reservas voluntarias A otras reservas A dividendos A compensación de pérdidas de ejercicios anteriores A remanente A otras aplicaciones Total CAPÍTULO VIII. LIQUIDACIÓN 1. CORRECCIONES AL RESULTADO CONTABLE Resultado contable Agrupaciones de Interés Económico y Uniones Temporales de Empresas Amortización libre y acelerada Operaciones de arrendamiento financiero Dotaciones contables a provisiones no deducibles fiscalmente Impuesto sobre Sociedades Otros gastos contabilizados no deducibles fiscalmente Aplicación del valor normal de mercado Corrección de rentas por efecto de la depreciación monetaria Reinversión de beneficios extraordinarios (Disposición transitoria 3.ª LIS) Gastos o ingresos contabilizados en ejercicios diferentes al de su devengo Operaciones a plazo o con precio aplazado Subcapitalización Aportaciones y colaboración a favor de entidades sin fines lucrativos Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos (Ley 49/2002) Régimen fiscal de la Copa de América (DA 34.ª Ley 62/2003) Régimen fiscal de entidades parcialmente exentas Transparencia fiscal internacional Valoración de bienes y derechos (operaciones Capítulo VIII, Título VII LIS) Régimen fiscal de entidades de tenencia de valores extranjeros Exención doble imposición (arts. 21 y 22 LIS) Implantación de empresas en el extranjero (Rég. transitorio art. 23 LIS) Régimen de las entidades navieras en función del tonelaje Diferimiento de plusvalías en procesos de concentración empresarial (DA 4.ª LIS) CISS

13 SUMARIO Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español (art. 36 LIRNR) Adquisición de participaciones de entidades no residentes (art LIS) Correcciones específicas de entidades sometidas a normativa foral Otras correcciones Cooperativas: 50% dotación obligatoria al fondo de reserva obligatorio Reducción base imponible. Reserva inversiones Canarias (Ley 19/1994) Factor de agotamiento Reducción de base imponible: comunidades titulares de montes vecinales en mano común Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores Entidades navieras en régimen de tributación en función del tonelaje Base imponible CUOTA ÍNTEGRA PREVIA Referencia a sociedades cooperativas Referencia a agrupaciones españolas de interés económico y uniones temporales de empresas Sólo entidades ZEC: base imponible a tipo de gravamen especial Tipo de gravamen Cuota íntegra previa CUOTA ÍNTEGRA Compensación de cuotas por pérdidas de cooperativas Cuota íntegra BONIFICACIONES Y DEDUCCIONES POR DOBLE IMPOSICIÓN. CUOTA ÍNTE- GRA AJUSTADA POSITIVA Bonificaciones Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla Bonificación por actividades exportadoras y de prestación de servicios Bonificación por rendimientos por ventas de bienes corporales producidos en Canarias Bonificaciones a sociedades cooperativas Bonificaciones a entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas Otras bonificaciones Deducciones por doble imposición Saldos pendientes de deducción de períodos anteriores Deducciones por doble imposición Deducción por doble imposición intersocietaria al 50% y al 100% (art. 30.1, 2 y 3 LIS) Deducciones por doble imposición: plusvalías fuente interna (art LIS) Deducción por doble imposición internacional: impuesto soportado por el sujeto pasivo (art. 31 LIS) Deducción por doble imposición internacional: dividendos y participaciones en beneficios (art. 32 LIS) CISS Todo Sociedades Declaración

14 TODO SOCIEDADES Transparencia fiscal internacional (art LIS) Deducción por doble imposición intersocietaria al 5/10% (cooperativas) Bonificaciones a empresas navieras en Canarias Cuota íntegra ajustada positiva CUOTA LÍQUIDA POSITIVA Apoyo fiscal a la inversión y otras deducciones Deducción art. 42 LIS Plusvalías que se pueden acoger a esta deducción Requisito de reinversión. Plazo Utilización del criterio de caja Bienes en que debe realizarse la reinversión Requisito de permanencia Base de la deducción Importe de la deducción Requisitos formales Límites Deducciones disposición transitoria octava LIS Deducciones con límite del Capítulo IV Título VI Ley 43/ Gastos en I+D e innovación tecnológica Fomento de tecnologías de la información y de la comunicación en empresas de reducida dimensión Actividad exportadora (art. 37 TR) Bienes de interés cultural (art TR) Edición de libros y producciones cinematográficas (art y 3 TR) Medidas de apoyo al sector del transporte (art y 5 TR) Inversiones y gastos de educación infantil (art TR) Protección del medio ambiente (art. 39 TR) Gastos de formación profesional (art. 40 TR) Deducción por creación de empleo: trabajadores minusválidos (art. 41 TR) Contribuciones empresariales a planes de pensiones o a mutualidades de previsión, o aportaciones a patrimonios protegidos de personas discapacitadas (art. 43 TR) Otras inversiones Normas comunes a las anteriores deducciones Deducciones por donaciones a entidades sin fines de lucro Régimen general Actividades prioritarias de mecenazgo Acontecimientos de excepcional interés público Deducciones por inversión en Canarias (Ley 20/1991) Deducciones específicas de las entidades sometidas a normativa foral Cuota líquida positiva CUOTA DEL EJERCICIO A INGRESAR O DEVOLVER Deducción programa PREVER Retenciones e ingresos a cuenta/pagos a cuenta de participaciones en IIC CISS

15 SUMARIO 6.3. Retenciones e ingresos a cuenta/pagos a cuenta por participaciones en IIC imputados por agrupaciones de interés económico y uniones temporales de empresas Cuota del ejercicio a ingresar o a devolver CUOTA DIFERENCIAL Pagos fraccionados Cuota diferencial LÍQUIDO A INGRESAR O DEVOLVER Incremento por pérdida de beneficios fiscales en períodos anteriores Intereses de demora Importe ingreso/devolución de la declaración originaria Líquido a ingresar o a devolver CAPÍTULO IX. LIQUIDACIÓN. SOCIEDADES PATRIMONIALES 1. BASE IMPONIBLE Rendimientos del trabajo Ingresos íntegros Reducciones Gastos deducibles Rendimientos del capital inmobiliario Ingresos íntegros Gastos deducibles Rendimiento neto Reducciones Rendimiento neto reducido Rendimientos de capital mobiliario Ingresos íntegros Rendimientos derivados de la participación en los fondos propios de otra entidad Rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios Rendimientos de operaciones de capitalización y seguros de vida o de invalidez Otros rendimientos del capital mobiliario Gastos deducibles Rendimiento neto Reducciones Rendimiento neto reducido Deuda Pública adquirida antes del 31 de diciembre de Rendimientos de actividades económicas Ingresos íntegros Ingresos de explotación Otros ingresos (incluidas las subvenciones) Gastos fiscalmente deducibles Rendimiento neto CISS Todo Sociedades Declaración

16 TODO SOCIEDADES Reducción Rendimiento neto reducido Imputación de rentas Imputación de rentas inmobiliarias Imputaciones de AIE y UTEs Imputaciones de rentas positivas en régimen de transparencia fiscal internacional Imputaciones de rentas derivadas de participaciones en IIC constituidas en paraísos fiscales Total de imputaciones Ganancias y pérdidas patrimoniales Concepto Exenciones Pérdidas que no se integran en la base imponible Estructura del impreso Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones en IIC Resto de ganancias y pérdidas patrimoniales Ganancias patrimoniales obtenidas en el período impositivo Pérdidas patrimoniales generadas en el período impositivo Rentas atribuidas a las Sociedades Patrimoniales por entidades sometidas al régimen de atribución de rentas Entidades y contribuyentes partícipes Rentas atribuidas Rendimientos del capital inmobiliario Rendimientos del capital mobiliario Rendimientos de actividades económicas Ganancias y pérdidas patrimoniales imputables a Integración y compensación de las ganancias y las pérdidas patrimoniales imputables al período impositivo Ganancias y pérdidas a integrar en la parte general de la base imponible Ganancias y pérdidas a integrar en la parte especial de la base imponible Parte general de la base imponible Parte especial de la base imponible DETERMINACIÓN DE LA CUOTA ÍNTEGRA DEDUCCIONES ART. 69 LIRPF Por donativos Por protección Patrimonio Histórico Español y Patrimonio Mundial Por actividades económicas Por rendimientos obtenidos en Ceuta y Melilla Sujetos pasivos a los que afecta Rentas que se benefician de esta deducción Determinación de la deducción CISS

17 SUMARIO 3.5. Total deducciones DEDUCCIONES POR DOBLE IMPOSICIÓN Por doble imposición interna períodos anteriores Por doble imposición internacional períodos anteriores Por doble imposición de dividendos (art. 81 LIRPF) Por doble imposición internacional (arts. 82 y 92 LIRPF) Total deducciones por doble imposición CUOTA RESULTANTE DE LA AUTOLIQUIDACIÓN RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA Retribuciones consideradas como rendimientos del trabajo Rendimientos del capital mobiliario Arrendamientos de inmuebles urbanos (constituyan o no actividad económica) Por rendimientos de actividades económicas (excepto arrendamiento de inmuebles urbanos) Por ganancias patrimoniales Por imputaciones de agrupaciones de interés económico y UTE Por retenciones e ingresos a cuenta atribuidos por entidades sometidas al régimen de atribución de rentas Total retenciones e ingresos a cuenta CUOTA DEL EJERCICIO A INGRESAR O A DEVOLVER LÍQUIDO A INGRESAR O DEVOLVER Pagos fraccionados Cuota diferencial Incremento por pérdida beneficios fiscales períodos anteriores Intereses de demora Importe ingreso/devolución de la declaración originaria Líquido a ingresar o a devolver CAPÍTULO X. INFORMACIÓN ADICIONAL 1. DETALLE DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS Modelos 200 y Modelo DETALLE DE LA COMPENSACIÓN DE CUOTAS POR PÉRDIDAS DE COOPERA- TIVAS RÉGIMEN ESPECIAL DE LA RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS (LEY 19/1994) DEDUCCIONES POR DOBLE IMPOSICIÓN CISS Todo Sociedades Declaración

18 TODO SOCIEDADES Modelos 200 y Modelo DEDUCCIÓN ARTS. 42 LIS Y 36.TER LEY 43/ DEDUCCIONES DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA DE LA LIS DEDUCCIONES PARA INCENTIVAR DETERMINADAS ACTIVIDADES (CAP. IV TIT. VI LEY 43/1995 Y LIS) DEDUCCIÓN DONATIVOS A ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO (LEY 49/2002) DEDUCCIONES INVERSIÓN EN CANARIAS (LEY 20/1991) DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE DE LAS COOPERATIVAS RÉGIMEN DE LAS ENTIDADES NAVIERAS EN FUNCIÓN DEL TONELAJE RÉGIMEN ESPECIAL DE LAS FUSIONES, ESCISIONES, APORTACIONES DE ACTIVOS Y CANJE DE VALORES. OPCIÓN ART Y 43.3 RIS RÉGIMEN ESPECIAL DE TRANSPARENCIA FISCAL INTERNACIONAL TRIBUTACIÓN CONJUNTA AL ESTADO Y A LAS ADMINISTRACIONES FORA- LES DEL PAÍS VASCO Y NAVARRA INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE DETERMINADAS PARTIDAS DEL ACTIVO Y PASIVO DEL BALANCE Amortización acumulada de gastos de I+D, propiedad industrial y aplicaciones informáticas (casilla 901) Amortización acumulada de derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero (casilla 902) Amortización acumulada de otro inmovilizado inmaterial (casilla 903) Terrenos y bienes naturales (casilla 904) Bienes del patrimonio histórico (sólo para entidades sin fines lucrativos) (casilla 973) Construcciones (casilla 905) Equipos para procesos de información (casilla 906) Elementos de transporte (casilla 907) Otro inmovilizado material (casilla 908) Amortización acumulada de construcciones (casilla 909) Amortización acumulada de instalaciones técnicas y maquinaria (casilla 910) CISS

19 SUMARIO Amortización acumulada de otras instalaciones, utillaje y mobiliario (casilla 911) Amortización acumulada de equipos para procesos de información (casilla 912) Amortización acumulada de elementos de transporte (casilla 913) Amortización acumulada de otro inmovilizado material (casilla 914) Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo de empresas del grupo (casilla 915) Provisión para insolvencias de créditos a largo plazo a empresas del grupo (casilla 916) Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo de empresas asociadas (casilla 917) Provisión para insolvencias de crédito a largo plazo a empresas asociadas (casilla 918) Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo (casilla 919) Provisión para insolvencias de crédito a largo plazo (casilla 920) Provisión para depósitos y fianzas constituidos a largo plazo (casilla 921) Provisión por depreciación de valores negociables a corto plazo de empresas del grupo (casilla 922) Provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas del grupo (casilla 923) Provisión por depreciación de valores negociables a corto plazo de empresas asociadas (casilla 924) Provisión para insolvencias de créditos a corto plazo a empresas asociadas (casilla 925) Provisiones para otras inversiones financieras temporales (casilla 926) Clientes y deudores de dudoso cobro (casilla 927) Reserva de revalorización Real Decreto-Ley 7/1996 (casilla 935) Provisiones para pensiones y obligaciones similares a corto plazo (casilla 936) Provisión para impuestos a corto plazo (casilla 937) Otras provisiones para riesgos y gastos a corto plazo (casilla 938) COMUNICACIÓN DEL IMPORTE NETO DE LA CIFRA DE NEGOCIOS Grupos de sociedades Establecimientos permanentes en España INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE DETERMINADAS PARTIDAS DE LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Sueldos y salarios (casilla 945) Seguridad Social a cargo de la empresa (casilla 946) Aportaciones a planes de pensiones y otros sistemas complementarios (casilla 947) Indemnizaciones (casilla 948) Otros gastos sociales (casilla 949) CISS Todo Sociedades Declaración

20 TODO SOCIEDADES Amortización de gastos de establecimiento (casilla 950) Amortización del inmovilizado inmaterial (casilla 951) Amortización del inmovilizado material (casilla 952) Gastos en I+D del ejercicio (casilla 953) Arrendamientos y cánones (casilla 954) Reparaciones y conservación (casilla 955) Servicios de profesionales independientes (casilla 956) Transportes (casilla 957) Primas de seguros (casilla 958) Servicios bancarios y similares (casilla 959) Publicidad, propaganda y relaciones públicas (casilla 960) Suministros (casilla 961) Otros servicios (casilla 962) Ayudas monetarias y otros gastos (sólo para entidades sin fines lucrativos) (casilla 971) Variación de las provisiones del inmovilizado inmaterial (casilla 963) Variación de las provisiones del inmovilizado material (casilla 964) Variación de las provisiones de cartera de control en empresas del grupo (casilla 965) Variación de las provisiones de cartera de control en empresas asociadas (casilla 966) Pérdidas procedentes del inmovilizado inmaterial (casilla 967) Pérdidas procedentes del inmovilizado material (casilla 968) Pérdidas procedentes de la cartera de control en empresas del grupo (casilla 969) Pérdidas procedentes de la cartera de control en empresas asociadas (casilla 970) Cifra de negocios exterior (casilla 975) Cifra de negocios nacional (casilla 976) Ingresos propios de la entidad (sólo para entidades sin fines lucrativos) (casilla 972) Trabajos realizados por la empresa para el inmovilizado inmaterial (casilla 977) Trabajos realizados por la empresa para el inmovilizado material y en curso (casilla 978) Incorporación al activo de gastos de establecimiento y de formalización de deudas (casilla 979) Ingresos por arrendamientos (casilla 980) Ingresos por propiedad industrial cedida en explotación (casilla 981) Otros ingresos de gestión (casilla 982) Beneficios procedentes del inmovilizado inmaterial (casilla 983) Beneficios procedentes del inmovilizado material (casilla 984) Beneficios procedentes de la cartera de control en empresas del grupo (casilla 985) Beneficios procedentes de la cartera de control en empresas asociadas (casilla 986) CISS

21 SUMARIO ANEXO 1. CLASIFICACIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS CLAVES DE FORMAS JURÍDICAS Y CLASES DE ENTIDADES. CLAVES DE PRO- VINCIAS ENTIDADES QUE PUEDEN REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN EN LOS ÁMBITOS DE MICROTECNOLOGÍAS Y NANOTECNOLOGÍAS, GENÓ- MICA Y PROTEÓMICA Y ENERGÍAS RENOVABLES REFERIDAS A LA BIOMASA. 746 CISS Todo Sociedades Declaración

22 I. EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES El cierre del ejercicio y la confección de las cuentas anuales deberá realizarse durante los tres meses siguientes a la fecha de finalización del ejercicio social. El CCo impone la obligación de conservar los libros durante seis años a partir del último asiento que registren. 7. PERÍODO IMPOSITIVO Y DEVENGO DEL IMPUESTO El período impositivo del IS coincide con el ejercicio económico y éste lo fija libremente la sociedad. El TRLSA establece, como una mención obligatoria de los Estatutos sociales «la fecha de cierre del ejercicio social», y sólo a falta de esta mención se entenderá que termina el 31 de diciembre de cada año. Como máximo, tendrá una duración de 12 meses. El caso más común es aquél en que el ejercicio económico coincide con el año natural. No obstante, se considerará concluido el período impositivo: a) Cuando la sociedad se extinga, siendo las causas de extinción las que figuren en la regulación jurídica del sujeto pasivo. b) Cuando tenga lugar un cambio de residencia, de España al extranjero o viceversa. c) Cuando se produzca la transformación de la forma jurídica de la entidad y ello determine la no sujeción al Impuesto sobre Sociedades de la entidad resultante. En este caso, se entenderá que se ha producido una disolución de la entidad a los efectos de determinar la base imponible derivada de la operación. Es decir, se generará, fiscalmente, un incremento de patrimonio por la diferencia entre el valor de mercado y el valor contable de los elementos patrimoniales de la entidad transformada. d) Cuando se produzca la transformación de la forma jurídica de la entidad y ello determine la modificación de su tipo de gravamen o la aplicación de un régimen tributario distinto. En este caso no se genera base imponible alguna por la operación. Sin embargo se establece una norma cautelar respecto del régimen tributario de las rentas derivadas de las enajenaciones de los elementos patrimoniales de la entidad ahora transformada. Dicha renta se entenderá generada linealmente, salvo prueba en contrario, durante todo el tiempo de tenencia del elemento transmitido, aplicándose a la renta correspondiente a cada uno de los períodos, antes y después de la transformación, el régimen tributario propio de la entidad antes y después de la transformación. En cuanto al devengo del Impuesto, es decir, el día que nace la obligación de contribuir, con independencia de la fecha en que deba presentarse la declaración, será el último día del período impositivo. Así, si el período impositivo coincide con el año natural, la fecha del devengo será el 31 de diciembre. 8. DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES 8.1. Obligación de declarar Todos los sujetos pasivos del impuesto, realicen o no actividades económicas, están obligados a presentar declaración correcta por el impuesto, salvo los que gocen de exención 54 CISS

23 DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES total conforme hemos visto en el anterior epígrafe 4, y los que gocen de exención parcial en las condiciones señaladas en el epígrafe 4.2. Las Comunidades titulares de montes vecinales en mano común están exceptuadas de la obligación general de declarar por el Impuesto cuando no tengan ingresos sometidos al mismo, ni incurran en gasto alguno, ni realicen las inversiones que dan derecho a las reducciones en la base imponible específicas de su régimen especial (Capítulo XVI del Título VII del TR). La obligación de declarar es independiente de que la Sociedad en cuestión haya o no haya obtenido rentas en el ejercicio. Plazo de declaración: La presentación de la declaración y de los documentos correspondientes deberá realizarse dentro del plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Atención: No importa la fecha en que se aprueba el balance para fijar las fechas hábiles para presentar la declaración. Todas las entidades cuyo ejercicio social coincide con el año natural deberán presentar las declaraciones por el IS del 1 al 25 de julio del año siguiente. Las sociedades inactivas, mientras no estén disueltas, están obligadas a presentar declaración anual por el Impuesto. El tratamiento es distinto al resto de los impuestos, ya que una sociedad inactiva no debe estar dada de alta en el censo de obligados a IVA, retenciones, etc. y, por tanto, no debe presentar declaraciones periódicas de dichos impuestos. Sin embargo, hasta su disolución, está dada de alta en el censo de entidades sujetas al IS y debe declarar por el Impuesto, aunque su cuenta de explotación carezca de datos por su inactividad. La no presentación de declaración de una sociedad no disuelta supone el más que probable requerimiento de la Administración Tributaria, con la posibilidad de sanciones en aplicación de la normativa vigente, con independencia de que haya tenido o no resultados. Ejemplo: Fecha cierre del ejercicio Plazo presentación declaración a a a Modelos de declaración Existen tres modelos de declaración. Los correspondientes a 2007 son aplicables a los ejercicios económicos iniciados entre el 1 de enero y 31 de diciembre de Modelo 200. Modelo general CISS Todo Sociedades Declaración

24 I. EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Pueden utilizarlo todos los contribuyentes, pero es de uso obligatorio por los siguientes: A) Las sociedades cuyo volumen de operaciones, durante el año natural de 2007, según las normas del IVA, hayan superado la cantidad de ,04 euros. La cifra anterior se refiere al importe total, excluido el IVA y Recargo de Equivalencia, de las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por la entidad declarante durante el año natural incluidas las exentas y no sujetas al IVA. Dentro del volumen de operaciones no se considerarán cuando tengan carácter ocasional: Las operaciones inmobiliarias ocasionales. Las operaciones financieras cuando no sean habituales de la actividad empresarial del sujeto pasivo. Las entregas de bienes calificados como de inversión respecto del transmitente. B) Las Entidades de depósito sometidas a las normas de la Circular 4/2004, de 22 de diciembre, del Banco de España. C) Las Entidades que estén acogidas al Régimen Especial de Consolidación Fiscal, tanto si se trata de la Sociedad dominante como de las dominadas, incluidos los de cooperativas. D) Las entidades a las que resulte de aplicación obligatoria el Plan de Contabilidad de las entidades aseguradoras aprobado por el Real Decreto 2014/1997, de 26 de diciembre. E) Las Entidades que tengan obligación de incluir en la base imponible del período determinadas rentas positivas por transparencia fiscal internacional. F) Las Sociedades que determinen su base imponible conforme al régimen especial de entidades navieras en función del tonelaje. G) Las entidades en régimen de atribución de rentas, constituidas en el extranjero, que tengan presencia en España, obligadas a declarar por el IRNR (art. 34 TRLIRNR). Las Entidades de depósito deben rellenar páginas específicas para el Balance de Situación y la Cuenta de Resultados, en sustitución de las que se incluyen con carácter general. Las Entidades aseguradoras del apartado D) anterior deberán rellenar asimismo las páginas específicas para el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, en sustitución de las que se incluyen con carácter general. 2. Modelo 201. Declaración simplificada: Podrán utilizarlo aquellos sujetos pasivos que no estén obligados a utilizar el modelo Modelo 225. Sociedades Patrimoniales: Modelo que está reservado para las sociedades que tributan bajo el régimen especial de las sociedades patrimoniales regulado en el Capítulo VI del Título VII del TR. Ejemplos: Modelos de declaración que se pueden utilizar en los siguientes casos: 1. Sociedad que forma parte como sociedad dominada de un grupo que tributa en régimen de declaración consolidada. Ejercicio Volumen de operaciones (es indiferente)..../ CISS

25 DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES.../... Debe utilizar el modelo Sociedad que en el ejercicio de 2007 ha tenido un volumen de operaciones de euros. Debe utilizar el modelo Sociedad que en su ejercicio social, de 1 de abril de 2007 a 31 de marzo de 2008, ha tenido un volumen de operaciones de euros. Su volumen de operaciones en el año natural de 2007 ha sido de de euros. Puede utilizar el modelo Declaraciones y autoliquidaciones complementarias Declaración tributaria es todo documento presentado ante la Administración tributaria donde se reconoce o manifiesta la realización de cualquier hecho relevante para la aplicación de un tributo. Si además, por las exigencias reglamentarias del Impuesto, el obligado tributario realiza las operaciones de calificación y cuantificación necesarias para determinar e ingresar el importe de la deuda tributaria o, en su caso, determinar la cantidad que resulta a devolver o a compensar, estamos ante una autoliquidación. La autoliquidación complementaria es la que se presenta dentro del plazo voluntario de declaración o fuera de él, pero, en ningún caso, cuando haya transcurrido el plazo de prescripción del derecho de la Administración tributaria para practicar liquidación. La autoliquidación complementaria determina un mayor ingreso, o una menor cantidad a devolver o a compensar, que la resultante de la autoliquidación inicial. Si el resultado fuese el contrario, menor cantidad a ingresar o mayor cantidad a devolver, no procede una autoliquidación complementaria, sino la solicitud de una rectificación, aunque no hubiese finalizado el plazo de autoliquidación voluntaria. La autoliquidación presentada una vez transcurrido el plazo voluntario se denomina extemporánea. La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, en su art. 27 establece el siguiente régimen para las autoliquidaciones complementarias o extemporáneas presentadas fuera de plazo sin requerimiento previo: Declaración-autoliquidación presentada dentro de los 3 meses siguientes al término del plazo voluntario de presentación e ingreso. Recargo del 5% sin intereses de demora. Declaración-autoliquidación presentada entre los 3 y 6 meses siguientes al término del plazo voluntario de presentación e ingreso. Recargo del 10% sin intereses de demora. Declaración-autoliquidación presentada entre los 6 y 12 meses siguientes al término del plazo voluntario de presentación e ingreso. Recargo del 15% sin intereses de demora. Declaración-autoliquidación presentada una vez han transcurrido más de 12 meses desde el término del plazo voluntario de presentación e ingreso. Recargo del 20% más los intereses de demora desde la fecha de finalización del plazo voluntario. CISS Todo Sociedades Declaración

26 I. EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES La presentación de dichas declaraciones liberará a los sujetos pasivos declarantes de las posibles infracciones y sanciones derivadas de las omisiones en las declaraciones a que sustituyen o que no se presentaron. La declaración complementaria no tiene estos efectos liberadores cuando se han iniciado actuaciones inspectoras por parte de la Administración Tributaria. En este último caso, si el sujeto pasivo, después de iniciadas actuaciones inspectoras que contemplan la comprobación del IS, efectúa el ingreso de deudas tributarias pendientes por este tributo, dicho ingreso no impedirá la aplicación de las sanciones que correspondan y serán considerados como meros ingresos a cuenta de las deudas tributarias que se deriven de las actas que oportunamente se liquiden Lugar de presentación de las declaraciones En el pasado ejercicio se inició la presentación obligatoria de la declaración del Impuesto, modelo general, por vía telemática. Probablemente la Administración ha analizado el éxito de este procedimiento, y su indudable comodidad tanto para ella como para los propios sujetos pasivos, y ha decidido extender su obligatoriedad a la mayor parte de estos. A) Presentación telemática Se establece con carácter obligatorio para todos los sujetos pasivos que deban presentar el modelo 200, y para los que puedan presentar el modelo 201 si el sujeto pasivo tiene naturaleza mercantil con la forma de sociedad anónima o limitada. Las sociedades patrimoniales podrán presentar el modelo 225 por vía telemática si pueden utilizar el programa de ayuda a que nos referimos más adelante. Igualmente podrán hacerlo las sociedades dominantes de un grupo fiscal, respecto del modelo 220 correspondiente a la Administración del Estado. Los requisitos exigidos por la AEAT son los siguientes: El declarante ha de disponer de NIF. El navegador ha de disponer del certificado de usuario X.509.V3 expedido por la Fábrica de Moneda y Timbre, o cualquier otro certificado electrónico admitido por la AEAT. La presentación puede hacerse por una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceros; en tal caso será esta persona o entidad quien deberá tener instalado en el navegador el certificado de usuario. La declaración ha de confeccionarse con el programa diseñado por la AEAT y proporcionado en la dirección este programa permite cumplimentar los formularios ajustados al modelo aprobado y obtener el fichero con la declaración a transmitir. También se puede transmitir con el mismo programa un fichero de las mismas características que el que se genera con la cumplimentación de los citados formularios. Para los modelos 201 (modelo simplificado) y 225 (sociedades patrimoniales) se deberá utilizar previamente un programa de ayuda para obtener el fichero con la declaración a transmitir, programa que podrá ser el desarrollado por la propia AEAT u otro que contenga un fichero con el mismo formato. Si la autoliquidación resulta a ingresar, su importe deberá hacerse efectivo en la entidad colaboradora correspondiente, a la que se debe indicar: NIF, Período impositivo a que corresponde la declaración, Documento de ingreso, Tipo de autoliquidación e Importe a ingresar. 58 CISS

27 DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES La entidad colaboradora emite el correspondiente recibo, asigna el denominado NRC, Número de Referencia Completo, asociado al ingreso efectuado. Posteriormente el declarante se conecta con la página de la AEAT, cuya dirección es y selecciona, dentro de la ventana Oficina Virtual, el concepto fiscal y el tipo de declaración a transmitir; introduce el NRC y a continuación transmite la declaración con la firma electrónica generada al seleccionar el certificado de usuario. Si la declaración es aceptada, por pantalla, que deberá imprimirse inmediatamente, se indican los datos del documento de ingreso (o en su caso de devolución) validados con un código electrónico, fecha y hora de presentación. Si la declaración es rechazada, en pantalla se muestran los errores detectados para su subsanación. Si la declaración es negativa, a devolver o con cuota a devolver renunciada, obviamente se omite la primera operación de ingreso en la entidad colaboradora y la indicación del NRC. B) Presentación en entidades colaboradoras. Declaraciones modelos 201, 220 y 225 Las declaraciones modelos 201, cuando no sea obligatoria su presentación telemática, y modelos 225 y 220 cuando no se utilice voluntariamente esta vía, se efectuará en cualquiera de las entidades colaboradoras sitas en territorio español. Es necesario que lleven adheridas las correspondientes etiquetas identificativas. Si la autoliquidación resulta a devolver, la declaración se presentará en una entidad colaboradora en la que el sujeto pasivo tenga cuenta abierta, en la que el sujeto pasivo desee recibir el importe de la devolución. También es necesario que la declaración lleve adheridas las etiquetas identificativas. Si el sujeto pasivo no tiene cuenta abierta en alguna entidad colaboradora presentará su declaración mediante entrega personal, en las oficinas de la Delegación provincial o Administración Tributaria de la AEAT o, en su caso, en la Unidad Central de Gestión de la ONI, o en la Unidad Regional de Gestión que corresponda, si el sujeto pasivo está adscrito a las mismas. Se acompañará un escrito haciendo constar esta circunstancia y solicitando la devolución mediante cheque cruzado del Banco de España. Igualmente, se presentará la declaración en las mismas oficinas indicadas cuando el sujeto pasivo no disponga de etiquetas identificativas, cuando haya transcurrido más de un mes desde el vencimiento del plazo de declaración o cuando se trate de declaraciones sin cuota, o con cuota negativa si se renuncia a la devolución. Las sociedades, sometidas a la Ley estatal, que tributen conjuntamente a la Administración del Estado y a alguna Diputación Foral presentarán su declaración en la Delegación de la AEAT o en cualquiera de las Administraciones dependientes de la misma, correspondiente a su domicilio fiscal y, además, en cada una de las Diputaciones Forales en cuyos territorios operen. Las declaraciones que se presenten en la Administración del Estado lo serán en la forma y lugar arriba indicados. Si, por el contrario, el contribuyente está sometido a la ley foral, la declaración modelo 200 ajustada al modelo estatal que deba presentarse a la AEAT podrá serlo por vía telemática. Si se utiliza el modelo foral deberán cumplimentarse los «documentos de ingreso o devolución» de la AEAT, que se pueden bajar en la dirección arriba indicada, y se presentarán en las entidades colaboradoras indicadas. CISS Todo Sociedades Declaración

28 I. EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 9. REGÍMENES ESPECIALES En el Impuesto sobre Sociedades conviven, junto con el régimen general, que afecta a la mayoría de los sujetos pasivos, y que por esta razón constituye el centro atractivo de esta obra, una serie de regímenes especiales con reglas peculiares para la elaboración de su liquidación tributaria. Algunos están desarrollados en el Título VII del TR, otros se regulan por leyes especiales. A estos regímenes especiales dedicamos este epígrafe Obligación real de contribuir. Rentas de establecimientos permanentes Esta modalidad de sujeción al Impuesto sobre Sociedades ha desaparecido al quedar sometidas al nuevo Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que entró en vigor el 1 de enero de 1999 (TR aprobado por el RD Legislativo 5/2004, de 5 de marzo), las Entidades no residentes en territorio nacional que obtengan rendimientos en dicho territorio. No obstante, el modelo oficial de declaración que nos sirve de guión es común para ambos tributos, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre Renta de no Residentes (rentas obtenidas de establecimientos permanentes en España) por lo que es obligado referirse a las reglas por las que se rige la declaración de estos últimos, teniendo en cuenta que este último tributo también somete a las personas físicas, no residentes, que desarrollen alguna actividad en España por medio de un establecimiento permanente, por lo que algunas de las referencias de este impreso sólo afectan a los contribuyentes personas físicas. Comentamos en este epígrafe las normas generales del TR aprobado por el RD Legislativo 5/2004. No obstante, si el establecimiento permanente lo es de una sociedad residente en un país con el que España tenga suscrito un Convenio para evitar la doble imposición, deberán consultarse las normas particulares de este. 1. Concepto de establecimiento permanente: Se entiende que una persona física o Sociedad, no residente, opera en territorio español por medio de un establecimiento permanente cuando, por cualquier título, disponga en el mismo, de forma continuada o habitual, de instalaciones o lugares de trabajo de cualquier índole, en el que realicen toda o parte de su actividad, o actúe por medio de un agente autorizado para contratar en nombre y por cuenta de la Entidad, que ejerza con habitualidad dichos poderes. En particular: a) Una sede de dirección, sucursales, oficinas, fábricas, talleres, almacenes, tiendas u otros establecimientos. b) Obras de construcción, instalaciones o montaje, cuando su duración sea superior a seis meses. c) Minas, canteras, pozos de extracción de petróleo o de gas. d) Explotaciones agrícolas, forestales, pecuarias o cualquier otro lugar de explotación o de extracción de recursos naturales. Estos sujetos pasivos tributarán por la totalidad de la renta imputable a dicho establecimiento. 60 CISS

29

30 SUMARIO IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. DECLARACIÓN 2007 PRESENTACIÓN Y SUPUESTOS PRÁCTICOS Págs. CAPÍTULO I. NOVEDADES EN LOS MODELOS APROBADOS POR LA ADMINISTRACIÓN... 9 CAPÍTULO II. GESTIÓN DEL IMPUESTO 1. SUJETOS OBLIGADOS A DECLARAR PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN MODELOS DE DECLARACIÓN Modelo general (Mod. 200) Modelo simplificado (Mod. 201) Modelo especial para Sociedades Patrimoniales (Mod. 225) DOCUMENTOS DE INGRESO O DEVOLUCIÓN Identificación Devengo Liquidación Devolución Ingreso Cuota cero Declarante FORMA DE PRESENTACIÓN Modelos Documentación complementaria PRESENTACIÓN TELEMÁTICA Declaración a ingresar Declaración con aplazamiento, fraccionamiento o compensación Declaración a devolver Pago mediante domiciliación bancaria o cuenta corriente tributaria PRESENTACIÓN EN MODELOS PREIMPRESOS Declaración a ingresar Declaración a devolver Declaración sin cuota a devolver o a ingresar, o con renuncia a la devolución Sistema de cuenta corriente en materia tributaria CAPÍTULO III. CASOS PRÁCTICOS: IDENTIFICACIÓN, PÁGINAS CON- TABLES E INFORMACIÓN ADICIONAL CASO PRÁCTICO 1. DECLARACIÓN MODELO PÁGINA CISS Todo Sociedades Declaración

31 I. SOCIEDADES DECLARACIÓN PÁGINA PÁGINA PÁGINAS DE INFORMACIÓN CONTABLE ADICIONAL CASO PRÁCTICO 2. DECLARACIÓN MODELO CAPÍTULO IV. CASOS PRÁCTICOS: LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO CASO PRÁCTICO 1. LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO. MODELO GENERAL (MOD. 200). MODELO SIMPLIFICADO (MOD. 201) AMORTIZACIONES (CASILLAS 503 Y 504) LEASING (CASILLAS 505 Y 506) PROVISIONES (CASILLAS 507 Y 508) IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES OTROS GASTOS NO DEDUCIBLES (CASILLA 511) CORRECCIÓN DE RENTAS (CASILLA 514) REINVERSIÓN DE BENEFICIOS (CASILLA 516) GASTOS E INGRESOS CONTABILIZADOS EN EJERCICIOS DIFERENTES AL DE SU DEVENGO (CASILLAS 518 Y 519) OPERACIONES A PLAZO (CASILLAS 520 Y 521) EXENCIÓN POR DOBLE IMPOSICIÓN (CASILLA 534) COMPENSACIÓN DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS CUOTA ÍNTEGRA DEDUCCIONES POR DOBLE IMPOSICIÓN Deducciones pendientes de ejercicios anteriores Deducción devengada por dividendos y plusvalías percibidos en DEDUCCIÓN ART. 42 TR (CASILLA 585) DEDUCCIÓN POR REALIZACIÓN DE DETERMINADAS ACTIVIDADES RETENCIONES PAGOS FRACCIONADOS CASO PRÁCTICO 2. LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO. SOCIEDADES PATRIMONIA- LES (MOD. 225) CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS PÁGINAS 5 Y SIGUIENTES DEL MODELO Retribuciones consideradas como rendimientos del trabajo Rendimientos del capital inmobiliario Rendimientos del capital mobiliario Rendimientos derivados de la transmisión, amortización o reembolso de valores de la Deuda Pública adquiridos antes del CISS

32 SUMARIO 2.5. Rendimientos de actividades económicas Imputación de rentas Ganancias y Pérdidas Patrimoniales Transmisión de acciones de SIM Venta de terrenos Maquinaria agrícola INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS PATRIMONIA- LES DETERMINACIÓN DE LA CUOTA ÍNTEGRA Parte general de la base imponible Parte especial de la base imponible Cuota íntegra DEDUCCIONES CASO PRÁCTICO 3. TRIBUTACIÓN CONJUNTA AL ESTADO Y A LAS ADMINIS- TRACIONES FORALES DEL PAÍS VASCO Y NAVARRA (HOJAS 15/200 Y 9/200) ANEXO. MODELOS TRIBUTARIOS MODELO 200. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español) MODELO 201. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes) Declaración simplificada MODELO 225. Impuesto sobre Sociedades Sociedades Patrimoniales en disolución y liquidación ÍNDICE ANALÍTICO CISS Todo Sociedades Declaración

33 III. CASOS PRÁCTICOS: IDENTIFICACIÓN, PÁGINAS CONTABLES E INFORMACIÓN ADICIONAL X X X 178,75 6,17 ACTEON M.N AQUILES M.N XXXX XXXX GONZALEZ GONZALEZ 40 CISS

34 DECLARACIÓN MODELO 200 xxxx ACTEON S.A XXXX F M.N. ACTEON MADRID 28 XXX F M.N. AQUILES VALENCIA 46 XXX F M.J. ACTEON MADRID 28 A 28. XXXX ACTEON DISTRIBUCIONES, S.A A 28. XXXX ACTEON I + D, S.A B 46. XXXX ACTEON SERVICIOS, S.L A 46. XXXX J ARTEMISA, S.A ,60 95 CISS Todo Sociedades Declaración

35 III. CASOS PRÁCTICOS: IDENTIFICACIÓN, PÁGINAS CONTABLES E INFORMACIÓN ADICIONAL xxxx ACTEON S.A CISS

36 DECLARACIÓN MODELO 200 xxxx ACTEON S.A CISS Todo Sociedades Declaración

37 III. CASOS PRÁCTICOS: IDENTIFICACIÓN, PÁGINAS CONTABLES E INFORMACIÓN ADICIONAL xxxx ACTEON S.A CISS

38 DECLARACIÓN MODELO 200 xxxx ACTEON S.A CISS Todo Sociedades Declaración

39 III. CASOS PRÁCTICOS: IDENTIFICACIÓN, PÁGINAS CONTABLES E INFORMACIÓN ADICIONAL xxxx ACTEON S.A CISS

40 DECLARACIÓN MODELO 200 xxxx ACTEON S.A CISS Todo Sociedades Declaración

41 III. CASOS PRÁCTICOS: IDENTIFICACIÓN, PÁGINAS CONTABLES E INFORMACIÓN ADICIONAL xxxx ACTEON S.A CISS

42 DECLARACIÓN MODELO 200 xxxx ACTEON S.A A28XXXX A28XXXX A46XXXX B46XXXX CISS Todo Sociedades Declaración

43 III. CASOS PRÁCTICOS: IDENTIFICACIÓN, PÁGINAS CONTABLES E INFORMACIÓN ADICIONAL xxxx ACTEON S.A CISS

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