UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN

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1 UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN INVITACIÓN PROCESO DE MÍNIMA CUANTÍA PMC-UNP Artículo y del Decreto 1082 de 2015 OBJETO ADQUIRIR LAS HERRAMIENTAS Y PROGRAMAS QUE PERMITAN LA IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO DE CORREO ELECTRÓNICO CERTIFICADO, FIRMAS DIGITALIZADAS EN FORMATO P # 12, CON VALIDEZ JURÍDICA Y PROBATORIA, PARA FIRMA Y ENVÍO DE NOTIFICACIONES CERTIFICADAS, ACTOS ADMINISTRATIVOS Y DEMÁS DOCUMENTOS QUE POR SU NATURALEZA SE REALICEN POR MEDIO ELECTRÓNICO Y CERTIFICADOS DIGITALES, ALMACENADOS EN SUS CORRESPONDIENTES DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS (TOKEN), PARA SER UTILIZADOS EN EL APLICATIVO SIIF NACIÓN II. Bogotá, D.C., Junio de

2 DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN Mediante el Decreto 4065 del 31 de octubre de 2011, se creó la Unidad Nacional de Protección UNP, entidad adscrita al Ministerio del Interior, cuyo objetivo es el de articular, coordinar y ejecutar la prestación del servicio de protección a quienes determine el Gobierno Nacional que por virtud de sus actividades, condiciones o situaciones políticas, públicas, sociales, humanitarias, culturales, étnicas, de género, de su calidad de víctima de la violencia, desplazado, activista de derechos humanos, se encuentren en situación de riesgo extraordinario o extremo de sufrir daños contra su vida, integridad, libertad y seguridad personal o en razón al ejercicio de un cargo público u otras actividades que pueden generar riesgo extraordinario, como el liderazgo sindical, de ONGs y de grupos de personas desplazadas, y garantizar la oportunidad, eficiencia e idoneidad de las medidas que se otorgan.. En ese sentido, queda a cargo de LA UNP, el Programa de Protección a personas amenazadas, de acuerdo con la Ley 418 de 1997, adicionada y prorrogada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010, en concordancia con el Decreto 1066 de Este Programa fue creado en 1997 como resultado de un esfuerzo conjunto entre el Gobierno y la sociedad civil, para apoyar al Gobierno Nacional en la salvaguarda de la vida, integridad, libertad y seguridad de la población objeto, que se encuentre en situación de riesgo cierto, inminente y excepcional, como consecuencia directa y en razón del ejercicio de sus actividades o funciones políticas, públicas, sociales o humanitarias. Basados en la Ley 527 de 1999 sobre la firma electrónica y otras disposiciones, la presente contratación busca suplir la necesidad que le asiste a las dependencias de la Unidad Nacional de Protección de contar con herramientas de trabajo que permitan la utilización de correo electrónico certificado con validez jurídica y probatoria por medio del cual se puedan enviar notificaciones certificadas, citaciones, oficios, noticias y demás documentos que por su naturaleza se realizan de manera electrónica así como también el servicio de firmas digitales certificadas, a través de las cuales puedan los funcionarios que de la UNP que lo requieran, firmar digitalmente aquellos documentos que sean necesarios para el desarrollo de las actividades principales de la entidad. La Unidad Nacional de Protección requiere de estas herramientas, buscando la mayor celeridad, eficacia y transparencia de los trámites jurídicos y ordinarios que diariamente se deben realizar en la entidad y con el fin de que aquellos funcionarios que por la naturaleza de sus cargos, deban desplazarse entre las sedes de la entidad y hacia otras entidades o que ocasionalmente deban cumplir las funciones de la UNP por fuera de su puesto de trabajo, puedan sin ningún inconveniente cumplir con sus funciones, garantizando la seguridad jurídica tanto de los beneficiarios del Programa de Protección objeto de la entidad como la seguridad de la entidad. La Administración SIIF Nación implementó el uso de la Firma Digital con base en la Ley 527 de 1999 ya mencionada, para el registro por parte de los usuarios del aplicativo de transacciones en el SIIF Nación en el año 2005, utilizando certificados digitales de Función Pública expedidos por Entidades de Certificación abierta. El Sistema Integrado de Información Financiero (SIIF Nación II) es un aplicativo modular automatizado que integra la gestión financiera pública, con el fin de generar eficiencia en el uso de los recursos públicos y de brindar información confiable y oportuna. Tiene sustento jurídico mediante el Decreto 2789 del 31 de agosto de 2004 y Decreto 2674 del 2012, La Administración del Sistema compuesta por el comité directivo está encabezado por el Viceministerio General de Hacienda y Crédito Público. La Coordinación SIIF Entidad (Es el representante de la Entidad usuaria ante la Administración SIIF Nación, por tanto es el contacto entre la Administración SIIF Nación y la Entidad en aspectos relacionados con la administración de usuario, procesos 2

3 operativos, de seguridad), de la Unidad Nacional de Protección se encuentra delegada al Jefe Financiero con el apoyo Tecnológico de la Oficina de Tecnologia de la Unidad Nacional de Protección. Para el registro de las transacciones en el sistema se requiere el SUMINISTRO DE CERTIFICADOS DE FIRMA DIGITAL (Registros electrónicos que atestiguan fehacientemente que determinada clave pública pertenece a una persona o entidad, y que permiten realizar un conjunto de acciones de manera segura y con validez legal) a fin de dar continuidad y cumplimiento a la Ley 527 de 1999 Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones. En atención que el servicio de Soporte Tecnológico, actualización de software y dispositivo criptográfico por parte de las entidad certificadora contratada tienen vigencia de doce (12) meses a partir de la expedición se hace necesario adelantar el proceso de contratación para la presente vigencia teniendo en cuenta este plazo y los cambios realizados del personal, origina el cambio y actualización de los Certificados digitales expedidos a los funcionarios genera la necesidad de tener una reserva de certificados digitales y cupo de renovaciones para no paralizar las actividades financieras de la Unidad Nacional de Protección, con una vigencia mínima de un (1) año el cual reduce los costos operativos de estos traslados internos. Las entidades que conforman el Presupuesto Nacional están obligadas a registrar en el SIIF Nación la gestión presupuestal, contable y de tesorería. La Administración SIIF del Ministerio de Hacienda implementó el uso de la firma digital con base en la Ley 527 de 1999, para el registro por parte de los usuarios del aplicativo de transacciones en el SIIF Nación en el año 2005, utilizando certificados digitales de función pública expedidos por Entidades de Certificación abierta. Los certificados digitales son documentos digitales emitidos a un individuo, que contiene datos de una persona o empresa, y que son utilizados para comprobar su identidad. La emisión del certificado digital está bajo la responsabilidad de una entidad de certificación debidamente autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio (Ley 527 art ). Esta entidad garantiza los datos contenidos en el certificado digital relativos a una persona, ya sea natural o jurídica (empresas). Este documento digital vendría a ser el equivalente a un Documento de Identidad, o carné de empresa. Mediante un conjunto de claves asociadas a una identidad, un Certificado digital sirve para identificarse ante terceros, y previene suplantación de la identidad en Sistemas de Información. La Administración SIIF Nación del Ministerio de Hacienda implementó a partir del 2012 una nueva versión del aplicativo SIIF Nación, que involucró cambios de funcionalidad y tecnológicos para utilizar certificados digitales de función pública emitidos por entidades certificadoras abiertas autorizadas por la Superintendencia de Industria y Comercio. Las entidades deben adelantar el trámite necesario para renovar los certificados digitales que actualmente están operando en el SIIF Nación con entidades certificadoras abiertas autorizadas por la Superintendencia de Industria y Comercio. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Colombia ha incorporado el uso de firmas digitales respaldadas mediante certificados digitales que garantizan la autenticidad, integridad y no repudio a las transacciones y reportes del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. Como eje fundamental de la política económica del Gobierno Nacional, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene la obligación de administrar y dirigir eficiente y efectivamente las finanzas públicas para promover los servicios que corresponden al estado, logrando así el desarrollo económico y social del país. Uno de los logros más 3

4 importantes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha sido la incorporación de firmas digitales y certificados digitales al Sistema Integrado de Información Financiera, más conocido como SIIF-NACIÓN, el cual le ha permitido al Estado centralizar e integrar la operación financiera en línea, de las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación. La Unidad Nacional de Protección no cuenta con medios y recursos tecnológicos para satisfacer esta necesidad. Por lo tanto se debe dar inicio a un proceso de contratación para adquirir los bienes y servicios requeridos. 1. OBJETO DE LA INVITACIÓN Adquirir las herramientas y programas que permitan la Implementación del servicio de correo electrónico certificado y firmas digitalizadas en formato P # 12, ambos servicios con validez jurídica y probatoria, para firma y envío de notificaciones certificadas, actos administrativos y demás documentos que por su naturaleza se realicen por medio electrónico ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ÍTEM CANTIDAD APROXIMADA DESCRIPCIÓN DEL ELEMENTO FIRMA DIGITAL 10 FIRMA DIGITAL EN FORMATO P # 12 CORREO ELECTRÓNICO CERTIFICADO CERTIFICADOS DIGITALES, DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS (TOKEN) EN SEGÚN NECESIDAD REQUIERA ENTIDAD SEGÚN NECESIDAD REQUIERA ENTIDAD LA QUE LA LA QUE LA CORREO ELECTRÓNICO CERTIFICADO CUYO ACUSE CUENTE CON VALIDEZ JURÍDICA Y PROBATORIA TOKEN CRIPTOGRÁFICOS CON SOPORTE INTERFAZ PKCS11 Y QUE CUMPLAN MÍNIMO CON EL ESTÁNDAR FIPS 140-1,140-2 NIVEL 3 DE ASEGURAMIENTO CRIPTOGRÁFICO. Para el efecto, el contratista se compromete a desarrollar las siguientes actividades Suministrar los servicios y soporte técnico de conformidad con la propuesta presentada Brindar capacitación mínimo de 4 horas por personal certificado por el fabricante en administración y resolución de problemas Entregar los instructivos y demás documentos que permitan el correcto uso de los servicios tecnológicos Capacitar a dos funcionarios de la UNP en la administración y resolución de problemas. 4

5 Brindar soporte técnico durante la vigencia del contrato a partir de la fecha de habilitación de los servicios Guardar absoluta reserva sobre la información que llegue a su conocimiento con ocasión de la ejecución del contrato. El proponente con la presentación de la propuesta acepta la realización de estudios de confiabilidad por parte de los organismos de seguridad del Estado. Para el efecto al iniciar el contrato presentará carta de autorización para ello de conformidad con el modelo suministrado por la UNP. 2. PRESUPUESTO OFICIAL El presupuesto oficial para la contratación es de QUINCE MILLONES DE PESOS ($ ,00) M/L, valor sobre el cual se celebrará el respectivo contrato. Para la presente contratación, se hará con cargo a los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos del 22 de mayo de 2015, RUBRO PRESUPUESTAL A OTROS COMUNICACIONES Y TRANSPORTES y 9215 del 26 de mayo de 2015, RUBRO PRESUPUESTAL A OTROS GASTOS POR ADQUISICIÓN DE SERVICIOS. 3. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN 3.1. PLAZO DE EJECUCIÓN El término de ejecución del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2015 o hasta agotar los recursos, lo que primero suceda, a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución, es decir expedición del registro presupuestal y la aprobación de la garantía única por parte de la entidad una vez sea constituida y presentada en debida forma por parte del contratista LUGAR Para efectos del presente proceso de selección, se tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá D.C., y el lugar de ejecución del contrato será Bogotá. 4. FORMA DE PAGO Una vez perfeccionado el contrato y cumplidos los requisitos para su ejecución, el valor del contrato se cancelará una vez para las firmas digitales y hasta agotar los recursos para los correos electrónicos certificados, contra la entrega total de los de bienes solicitados y recibidos a satisfacción, conforme a los requerimientos y necesidades de La UNP. El pago será realizado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la presentación de la factura, a la cual se deberá adjuntar la fotocopia del RUT y la certificación del pago de las obligaciones fiscales y parafiscales a que haya lugar, en cumplimiento de lo estipulado en las Leyes 80 de 1993 y 789 de El pago queda subordinado al PAC y a la ubicación efectiva de los recursos en la entidad, previa presentación de la factura, a la cual se deberá adjuntar la fotocopia del RUT, la certificación del pago de las obligaciones 5

6 fiscales y parafiscales a que haya lugar, de acuerdo con lo establecido por las Leyes 80 de 1993 y 789 de 2002 y la certificación bancaria donde deberá hacerse el pago correspondiente. 5. CAUSALES DE RECHAZO Y DE DECLARATORIA DE DESIERTO Causales de Rechazo La UNP rechazará las propuestas en los siguientes casos: Cuando el proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o en conflicto de interés fijados por la Constitución y la Ley, para presentar la propuesta Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta Cuando la UNP haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información, necesarios para la verificación de cumplimiento de los requisitos habilitantes, o para la aclaración de los asuntos referidos a los factores técnicos, y el proponente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en el término legalmente establecido para el efecto, teniendo en cuenta lo conceptuado por la Sala de Consulta y Servicio Civil el 20 de mayo de 2010, Rad ( ) Cuando la propuesta sea presentada en un idioma diferente al idioma castellano lo cual no permita la comparación de las ofertas o cuando, en la oferta inicial de precio impresa, se presente algún valor en moneda extranjera Cuando un proponente, persona jurídica o bajo alguna modalidad de asociación (consorcio o unión temporal) presente propuesta dentro del mismo proceso de selección bien sea como persona jurídica, bajo la misma denominación al proponente plural o como integrante de otro consorcio o unión temporal o socio de una persona jurídica, que haya presentado propuesta dentro del proceso de selección. En este caso, se rechazarán todas las propuestas respecto de las cuales se presente la situación descrita Cuando la descripción del ítem o ítems, no coincidan en un todo con las especificaciones mínimas requeridas o no se oferte la totalidad de ítems requeridos por la UNP Cuando no se cumpla con uno o más requerimientos técnicos solicitados, en cada uno de los ítems Cuando la propuesta sea presentada extemporáneamente, es decir luego de la fecha y/u hora exactas señaladas para el cierre del plazo, o en lugar distinto al señalado en la presente invitación pública Cuando, presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de propuesta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de propuestas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desista o sea excluido de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida Cuando el proponente presente más de una propuesta técnica y/o económica Cuando en la propuesta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética, el proponente presente un valor superior al valor del presupuesto oficial por precio unitario promedio de cada ítem asignado por la entidad Cuando se presenten propuestas alternativas o parciales Cuando no se presenten los documentos que sean necesarios para la comparación objetiva de las propuestas Cuando se encuentren inconsistencias o irregularidades en la información presentada para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente documento Cuando el oferente condicione su oferta, de modo que no se garantice el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones, en los precisos términos señalados en la presente invitación. 6

7 La ausencia de requisitos o falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos (artículo 5º de Ley 1150 de 2007). La UNP podrá declarar desierto el presente proceso de selección, únicamente por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una oferta, como son: 1. Cuando no se presente oferta alguna. 2. Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a las condiciones consignadas en la presente invitación Pública. 3. Por motivos o causas contempladas en la ley o que impidan la escogencia objetiva del contratista. La declaratoria de desierto del proceso, se hará mediante acto motivado conforme lo establecido en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 1993, el cual se notificará a todos los proponentes. Contra dicho acto procede únicamente el recurso de reposición. 6. CRONOGRAMA DEL PROCESO ACTIVIDAD FECHA LUGAR Publicación de la invitación 17 de junio de 2015 Portal único de Contratación (SECOP) Presentación de observaciones a la invitación 18 de junio de 2015 a las 5:00 pm. Correo electrónico contratos@unp.gov.co Cierre (Fecha límite para presentar propuestas) 22 de junio de 2015 a las 3:00 pm. Carrera 69B No.17 A-75 de Bogotá D.C. Correspondencia Evaluación propuestas Del 22 al 23 de junio de 2015 Unidad Nacional de Protección Avenida Calle 26 No /65, Piso 8 Publicación informe de evaluación 24 de junio de 2015 Portal único de Contratación (SECOP) Observaciones a la evaluación Del 25 al 30 de junio de 2015 a Correo electrónico Publicación respuestas a las observaciones y comunicación de aceptación o declaratoria desierta las 5:00 pm. contratos@unp.gov.co 1º de julio de 2015 Portal único de Contratación (SECOP) 7. LUGAR EN DONDE SE LLEVARÁ A CABO EL RECIBO DE LAS PROPUESTAS La UNP publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP, Portal Único de Contratación la totalidad de los documentos del presente proceso de selección. Toda la correspondencia que se genere y que esté relacionada con el presente Proceso de Selección se radicará directamente en la UNP, ubicada en la Carrera 69B No.17 A-75 de Bogotá D.C. y en el correo electrónico contratos@unp.gov.co 7

8 En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación y evaluación de las propuestas, sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen en tiempo, identifiquen el proceso de selección al que se refieren, indiquen el nombre y firma del representante legal de la persona jurídica individual o conjunta que la remite, indiquen la dirección física, fax o de correo electrónico del remitente y que estén dirigidas a la Secretaría General de la UNP. La UNP, por su parte, enviará la correspondencia a las direcciones, números de fax o correos electrónicos registrados por los interesados o proponentes y la publicará en el SECOP. Cualquiera de estas formas de comunicación será válida. Las horas señaladas en la presente invitación para la expedición de documentos por parte de la UNP y/o para la recepción de aquellos que deben ser presentados por los interesados o proponentes, se sujetarán a la hora legal de la República de Colombia, señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio. Los términos fijados en la presente invitación, se entenderán en días hábiles, salvo que se indique expresamente que son calendario, al tenor de lo dispuesto por el artículo 62 del Código de Régimen Político y Municipal. No será atendida la correspondencia entregada en cualquier otra dependencia de la UNP o cualquier otra dirección o correo diferente a los señalados anteriormente. Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para el cierre del proceso de selección, no serán recibidas. Para verificar la hora, se tendrá en cuenta la que señale la página de Internet que suministra la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, la que conforme al numeral 5º del artículo 20 del Decreto 2153 de 1992 es la entidad competente para asignar la hora legal que rige en la República de Colombia. En ningún caso la Unidad Nacional de Protección responderá por la mora en la entrega de alguna oferta por dificultades del ingreso a la Unidad, por lo que resulta de exclusiva responsabilidad de los oferentes el prever la debida antelación para asistir oportunamente a la diligencia de cierre del proceso de selección. La propuesta se presentará en original y una (1) copia, indicando en cada uno si se trata de la oferta original o de la copia, debidamente legajada, foliada en orden consecutivo en su totalidad y firmada, tanto la propuesta original como las copias. Si se presenta alguna diferencia entre el original de la propuesta y la copia, prevalecerá el texto de la propuesta original. Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan, deberá ser confirmada o validada con la firma del proponente. La propuesta contendrá un índice en el cual se indique de manera sucinta la relación de todos los capítulos y numerales que la conforman, señalando el número de página en que se encuentra. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, e mail, fax ni por cualquier otro medio diferente al previsto en la presente invitación. Todos los documentos de la oferta original en los cuales se requiere la firma de la persona que los expide, deben venir suscritos en original y/o firma digital, allegando para el efecto la certificación de la entidad certificadora correspondiente de la firma digital. 8

9 Los sobres y sus copias deberán estar cerrados y rotulados de la siguiente manera: - Número del Proceso: - UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN UNP - Original (ó Primera, ó Segunda Copia) - Fecha: - Nombre del Proponente: - Dirección Comercial: - Teléfono: - Fax: - Correo Electrónico: - Representante Legal o Apoderado: - Dirección Comercial: - Teléfono: - Fax: - Correo Electrónico: La propuesta deberá ir acompañada de toda la documentación solicitada, anexos y demás información necesaria, que permita verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos. El proponente deberá diligenciar todos los anexos, de tal manera que permita la verificación de cada requerimiento. 8. REQUISITOS HABILITANTES DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES De acuerdo a lo señalado en los Artículos y del Decreto 1082 de 2015, se procede a indicar y justificar los requisitos habilitantes a nivel jurídico, financiero y técnico, así como documentos mediante los cuales se entenderán cumplidos: 8.1. VERIFICACIÓN JURÍDICA Los siguientes requisitos jurídicos, serán objeto de verificación para habilitar la propuesta presentada: FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO El oferente deberá presentar junto con su oferta fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o apoderado, según corresponda CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL, SEGÚN EL CASO Para efectos de la verificación de la capacidad jurídica, la persona jurídica oferente deberá presentar con su oferta el Certificado de Existencia y Representación Legal, el cual deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección en el que acredite que su objeto social la permite proveer los productos objeto de ésta contratación. 9

10 Si el oferente no presenta con su propuesta el documento solicitado en el presente numeral con las condiciones aquí fijadas, se requerirá al proponente a fin de que lo aporte dentro del plazo que le señale para el efecto. Cuando el proponente no cumpla al momento de presentación de su propuesta con las condiciones de capacidad jurídica aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al FORMATO 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA contenido en la invitación y será firmada por el representante legal del proponente o su apoderado. Si la propuesta es presentada en unión temporal o consorcio, será suscrita por su representante legal debidamente facultado en los términos de ley. Si la carta de presentación de la propuesta está incompleta o su contenido no está conforme a lo exigido en la invitación, se solicitará aclaración al proponente, para que dentro del plazo que señale para el efecto la aporte o subsane lo pertinente, salvo que el documento no esté suscrito por el proponente, caso en el cual se genera el rechazo de la oferta, por no encontrarse acreditada la voluntad inequívoca de presentar propuesta PODER Cuando el oferente actúe a través de apoderado deberá acreditar mediante documento debidamente otorgado, con anterioridad a la presentación de la oferta, que su apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta. Si el oferente no anexa el respectivo poder o anexándolo no se ajusta a los términos legales para el efecto, se solicitará aclaración para que dentro del plazo que señale para el efecto lo aporte o subsane lo pertinente REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS NATURALES En caso de ser persona natural, deberá presentar fotocopia de su documento de identificación, junto con el certificado de inscripción emitido por la Cámara de Comercio. Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero con domicilio en Colombia, deberán estar acompañadas de los permisos de trabajo, expedidos de conformidad con las normas de control migratorio vigentes REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS JURÍDICAS La persona jurídica que desee presentar propuesta en el presente proceso, bien sea de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, con o sin domicilio en Colombia deberá cumplir con los siguientes numerales según corresponda Autorización para presentar propuesta y suscribir el contrato Si el representante legal del oferente o de algunos de los integrantes de un consorcio o unión temporal requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, anexarán los documentos que acrediten dicha autorización, la cual deberá ser previa a la presentación de la oferta. En caso que el valor de la propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento donde 10

11 previamente a la presentación de la propuesta se le faculte contratar, por el valor total del presupuesto oficial, sin perjuicio que el proponente se le adjudique un grupo de conformidad a las reglas de este proceso. En el evento en que no se aporte con la oferta la autorización prevista anteriormente, se solicitará al proponente allegue el documento dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso dicha autorización deberá haber sido expedida con anterioridad a la presentación de la oferta. Si por circunstancias del proceso de selección al proponente se le adjudicará más de un grupo, deberá previamente a suscribir el contrato adjuntar autorización hasta por el monto que se vaya a contratar con el proponente, si es necesario Persona jurídica de naturaleza privada Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas privadas de origen nacional, las sociedades constituidas de acuerdo con la legislación nacional y que tengan su domicilio principal en Colombia. Con el fin de verificar los requisitos jurídicos habilitantes en este proceso, el oferente deberá presentar con su oferta el CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL en donde se acredite la siguiente información: La existencia y representación legal, duración y nombre de su representante legal o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades. En el evento que el contenido de los certificados de existencia y representación legal se haga la remisión a los estatutos de la persona jurídica para establecer alguna limitación a las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos. La fecha de constitución de la persona jurídica proponente, la cual no podrá ser inferior a un (1) año, contado a partir de la fecha del cierre del proceso contractual. El término de duración de la persona jurídica, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más. Acreditar la suficiencia de la capacidad legal del representante legal para presentar la propuesta y suscribir el contrato, de conformidad con lo establecido en la invitación. En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al proponente allegue el documento dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el proponente no acredite que al momento de presentación de su propuesta cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil Personas jurídicas de naturaleza pública Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas nacionales de naturaleza pública aquellas sociedades constituidas por disposición legal o reglamentaria, de acuerdo con la legislación nacional y que tengan su domicilio principal en Colombia. Para presentar propuesta en el presente proceso deberá presentar con su oferta el CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL o los documentos en donde se acredite la siguiente información: 11

12 Acreditar su existencia y representación legal, salvo que dicha existencia y representación se derive de la Constitución o la ley. Para el efecto, mencionarán las normas, documentos o actos administrativos de creación. En todo caso, se citará o aportará el documento mediante el cual se le autorizó la presentación de la oferta y la posterior suscripción del contrato, impartida por el órgano competente, sin perjuicio de lo cual, será responsabilidad de la persona jurídica correspondiente, asegurarse de cumplir todos los requisitos presupuestales y administrativos necesarios para obligarse y ejecutar adecuada y oportunamente las obligaciones que contrae mediante la presentación de la propuesta. En el evento que las normas, documentos o actos administrativos de creación hagan remisión a los estatutos de la persona jurídica para establecer alguna limitación a las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos. Acreditar que el ente público oferente tiene capacidad legal para celebrar y ejecutar el contrato. Para efectos de lo anterior, el objeto de dicho ente, señalado en la ley o sus reglamentos, deberá tener relación directa con las obligaciones derivadas del contrato a celebrar como resultado del presente proceso de selección, de conformidad con lo indicado en el literal c) del numeral 4º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 92 de la Ley 1474 de Acreditar la capacidad legal del representante legal para presentar la propuesta y suscribir el contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere. Por lo tanto, aportará los documentos relativos al acto de nombramiento y posesión del representante legal. La fecha de constitución o creación de la persona jurídica proponente, la cual no podrá ser inferior a un (1) año, contado a partir de la fecha del cierre del proceso contractual. En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al proponente allegue el documento dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el proponente no acredite que al momento de presentación de su propuesta que cumple con las condiciones de capacidad jurídica aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil Personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero Para los efectos previstos en este numeral, se consideran personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero las sociedades no constituidas de acuerdo con la legislación nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales. De conformidad con el Artículo del Decreto 1082 de 2015, el cual establece Inscripción, renovación, actualización y cancelación del RUP. Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia. Interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley, las propuestas de personas jurídicas de origen extranjero domiciliadas o con sucursal en Colombia deberán cumplir las mismas condiciones referidas en el numeral , y en caso de ser de carácter público deberán acreditar lo referido en el numeral Para el caso de las personas jurídicas extrajeras sin domicilio en Colombia, las mismas deberán acreditar ante la entidad lo establecido en el artículo del Decreto 1082 de 2015, a saber: 12

13 Las sucursales de sociedad extranjera deben presentar para registro la información contable y financiera de su casa matriz. Los estados financieros de las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país en el que son emitidos. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. Para la representación legal de la persona jurídica extranjera en Colombia, esta podrá otorgar poder a una persona natural o jurídica domiciliada en Colombia, caso en el cual deberá estar facultado para representar legalmente a la persona jurídica extranjera, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la invitación, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. En cuanto a las facultades del representante legal designado por la persona jurídica extranjera deberán indicarse en la documentación aportada. En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al proponente allegue el documento dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el proponente no acredite que al momento de presentación de su propuesta que cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil. Las disposiciones, de esta invitación en cuanto a proponentes extranjeros se refiere, regirán sin perjuicio de lo pactado en tratados o convenios internacionales REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PROPUESTAS CONJUNTAS PROPONENTES PLURALES Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio, unión temporal. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual cumplirán los siguientes requisitos: Acreditar la existencia, representación legal, capacidad legal y jurídica de las personas jurídicas que vayan a conformar el consorcio o la unión temporal, y la capacidad de sus representantes, así como para la presentación de la propuesta, celebración y ejecución del contrato. Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual se declarará expresamente en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros del consorcio o la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido. Acreditar que la duración del consorcio o de la unión temporal no sea inferior al plazo de ejecución del contrato a celebrar y un (1) año más. Acreditar que la duración de cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal no sea inferior al plazo de ejecución del contrato a celebrar y un (1) año más. 13

14 La designación de un representante que estará facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o de la unión temporal. Igualmente designarán un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva. Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal y duración de los consorcios o uniones temporales, se acreditarán mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión temporal en el que se consignen los acuerdos y la información requerida. Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, cuando sean personas jurídicas, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos de la invitación. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del consorcio o unión temporal en el documento de constitución, para efectos del pago y en relación con la facturación deben manifestar: Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso en el cual debe informar el número del NIT de quien factura. Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, caso en el cual deben informar el número de NIT de cada uno de ellos y la participación de cada uno en el valor del contrato. Si la va a realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, caso en el cual se compromete a indicar el número al momento de la suscripción del contrato. El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el consorcio o unión temporal, deberá ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con la participación en las actividades gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado. En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las disposiciones legales. La no presentación de los anteriores documentos, o su presentación sin el lleno de los requisitos o términos exigidos, será objeto de requerimiento al proponente, para que los aporte o subsane la(s) falla(s) dentro del plazo que se señale. No obstante, la existencia del consorcio o de la unión temporal debe ser anterior al cierre del proceso. En todo caso, cuando el proponente, o los miembros del consorcio o unión temporal, no cumplan al momento de presentación de su propuesta con las condiciones de capacidad jurídica aquí exigidas, la oferta se considerará no hábil CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES En cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que modificó el inciso segundo y el parágrafo 1º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, y en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el oferente probará el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y las de carácter parafiscal (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF), así: 14

15 Las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal, según corresponda. Si el oferente no presenta con su propuesta la constancia de cumplimiento de aportes a la seguridad social integral y parafiscales, según corresponda, o si presentándola ésta no se ajusta a la totalidad de lo exigido en la ley o en el presente proceso de selección, se requerirá al proponente a fin de que la aporte o subsane lo pertinente dentro del plazo que le señale para el efecto VERIFICACIÓN DE LA CONDICIÓN DE RESPONSABLE FISCAL En cumplimiento a lo previsto en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000 la Unidad Nacional de Protección hará directamente la consulta y verificación sobre la inclusión o no del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, según el caso, en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1238 de 2008 y con el fin de verificar los antecedentes disciplinarios la Unidad Nacional de Protección realizará la consulta de los antecedentes disciplinarios del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, según el caso, como quiera que las sanciones disciplinarias desprenden eventualmente inhabilidades en materia contractual. Será causal de rechazo de la propuesta, el hecho que el proponente, persona natural o el representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, se encuentre sancionado disciplinariamente con inhabilidad para celebrar contratos con el Estado VERIFICACIÓN ANTECEDENTES JUDICIALES De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), la Unidad Nacional de Protección realizará la consulta de los antecedentes judiciales a través del mecanismo en línea que el Gobierno Nacional defina para el efecto. En caso que el proponente representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, el proponente será rechazado COMPROMISOS DE TRANSPARENCIA Y CONFIDENCIALIDAD La propuesta estará acompañada del Compromiso de Transparencia suscrito por el representante legal o apoderado, constituido en debida forma para el efecto, para lo cual se deberá diligenciar los FORMATOS COMPROMISO DE TRANSPARENCIA y COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD, señalados en la invitación. Si el proponente no incluye los Compromisos mencionados, o si incluyéndolos no están suscritos por el representante legal o apoderado, constituido en debida forma para el efecto, o si los compromisos está incompletos o su contenido no está conforme a lo exigido en los modelos correspondientes de la invitación, se le requerirá para que los allegue o subsane lo pertinente dentro del plazo señalado para el efecto. 15

16 8.2. VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA El oferente nacional indicará su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece, para lo cual aportará con la oferta copia del Registro Único Tributario RUT. Las personas jurídicas y/o naturales integrantes de un consorcio o unión temporal acreditarán individualmente este requisito, cuando intervengan como responsables del impuesto sobre las ventas, por realizar directamente la prestación de servicios gravados con dicho impuesto. Lo anterior conforme el artículo 368 del Estatuto Tributario, en concordancia con el artículo 66 de la ley 488 de 1998 que adicionó el artículo 437 del mismo Estatuto, y al Decreto 2645 del 27 de julio de 2011, modificado parcialmente por el Decreto 2820 de CERTIFICACIÓN BANCARIA El oferente deberá aportar certificación original expedida por la entidad financiera en donde posea cuenta corriente o de ahorros, con fecha de expedición no mayor a treinta días anteriores al plazo máximo de presentación de la oferta, a través de la cual la Unidad Nacional de Protección UNP efectuará el pago del contrato que llegare a suscribirse, en caso de resultar adjudicatario INFORMACIÓN PARA EL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA (SIIF) Con el fin de ingresar los datos al Sistema Integral de Información Financiera SIIF, el proponente adjudicatario del presente proceso de contratación diligenciará el documento Formulario SIIF, con la información allí requerida VERIFICACIÓN TÉCNICA Los siguientes requisitos técnicos exigidos, serán objeto de verificación para habilitar la propuesta presentada. Para ello, se confirmará que los oferentes hayan entregado toda la información técnica y que ella cumpla con los requisitos señalados en la invitación, y se determinará el cumplimiento o no, de las siguientes exigencias: EXPERIENCIA ACREDITADA Teniendo en cuenta la cuantía del presente proceso de contratación, el proponente deberá presentar certificaciones de contratos ejecutados en Colombia, en las que se haga constar el desarrollo de contratos relacionados con el objeto requerido en la presente contratación. El proponente acreditará su experiencia bajo las siguientes condiciones: Aportar certificaciones (una por cada contrato) de contratos que hayan sido ejecutados, es decir que a la fecha de cierre del proceso su ejecución haya finalizado. La sumatoria de la cuantía de los contratos ejecutados deberá ser igual o mayor al cien por ciento (100%) del presupuesto oficial estimado expresado en SMMLV. En caso de no aportar las certificaciones no se tendrá en cuenta la información relacionada. Las certificaciones que acrediten la experiencia del oferente deberán ser expedidas por la entidad contratante y/o autoridad respectiva y deberá contener como mínimo la siguiente información: 16

17 Nombre, razón social o denominación social del contratante y proponente, NIT, direcciones y teléfonos. Objeto del contrato. Fecha de inicio y fecha de terminación del contrato. Indicación del cumplimiento a satisfacción por parte de la empresa o entidad contratante, que podrá ser confrontada por parte de LA UNP. No se tendrán en cuenta las certificaciones en las cuales se indique que el cumplimiento es regular, malo, deficiente o similar. Cuando las certificaciones expresen su valor en dólares, se tendrá en cuenta la TRM a la fecha en que se celebró el contrato certificado. Cuando las certificaciones expresen su valor en euros, se tendrá en cuenta la TRM a la fecha en que se celebró el contrato certificado. Cuando las certificaciones expresen su valor en otra moneda, se convertirá a dólares y luego a pesos colombianos, se tendrá en cuenta la TRM a la fecha en que se celebró el contrato certificado. Cada certificación de experiencia se analizará por separado, en caso de tratarse de contratos adicionales, el valor adicional se convertirá en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), a la fecha de firma del contrato adicional y se sumará al valor del contrato principal. Para verificar el valor de los contratos certificados, la UNP realizará la conversión a salarios mínimos legales mensuales vigentes SMLMV del presupuesto oficial y del valor del contrato que se indique, para lo cual se hará la conversión al valor del SMLMV del año de celebración del respectivo contrato. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales para efectos de verificar el cumplimiento de experiencia basta con que la sumatoria de los contratos que acrediten la experiencia de los integrantes, sea igual o superior al cien por ciento (100%) de la experiencia exigida. Cuando los miembros del consorcio o de la unión temporal acrediten experiencia igualmente en contratos ejecutados bajo estas modalidades, sólo se tendrá en cuenta como experiencia de aquellos, la referida al porcentaje de participación que hubieren tenido en el grupo o asociación que ejecutó el contrato. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica de la que hacen parte, cuando éstos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica. En el caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá trasladar a cada uno de los socios escindidos, y se contabilizará de la siguiente manera: Para el socio escindido que acredite su experiencia en una nueva persona jurídica, ésta deberá contar con menos de tres (3) años de constituida y se le contabilizara en proporción a la participación en el capital de esta nueva persona jurídica a partir de la participación que haya tenido en el capital de la sociedad escindida. 17

18 Para el socio escindido que acredite su experiencia como persona natural por sí mismo o en una unión temporal o consorcio se le tendrá en cuenta la experiencia en proporción a la participación en el capital que haya tenido en la sociedad escindida, lo cual deberá acreditar mediante el documento correspondiente. El proponente acreditará la experiencia requerida para este proceso de selección a través de cualquier formato que estime conveniente siempre y cuando contengan la totalidad de datos solicitados por la entidad y con el lleno de los requisitos antes exigidos. Si el oferente no presenta certificaciones de experiencia con su propuesta, o si incluyéndolas éstas no contienen la totalidad de la información solicitada, se le requerirá al proponente a fin de que subsane lo correspondiente dentro del plazo que le señale para el efecto. 9. ACEPTACIÓN EXPRESA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS EXCLUYENTES Las especificaciones técnicas mínimas y excluyentes dentro de este proceso son las que se encuentran enunciadas a continuación y son de carácter obligatorio, y corresponden a: El servicio a contratar debe permitir a los funcionarios y contratistas de la Unidad Nacional de Protección enviar información con validez jurídica y probatoria por medio de correo electrónico Sistemas Operativos soportados: Windows 7 o superior El servicio a contratar debe permitir a los funcionarios de la Unidad Nacional de Protección que se les asigne, el servicio de firmas digitales certificadas con el fin de poder atender requerimientos por vía electrónica para así agilizar los trámites que se demandan dentro de la entidad Capacitar a los funcionarios de la Unidad Nacional de Protección a los cuales se les asignen los servicios de Firmas Digitales Certificadas, para manejar los programas y software que se deriven de la prestación del servicio Brindar soporte técnico a la Unidad Nacional de Protección durante la vigencia del contrato Brindar al supervisor del contrato un sistema de control virtual para medir el volumen de correos electrónicos certificados, enviados y entregados durante un periodo determinado Los certificados de función pública a utilizar en el SIIF Nación deben estar almacenados en Token Criptográficos con soporte interfaz PKCS11 y que cumplan mínimo con el estándar FIPS 140-1,140-2 Nivel 3 de aseguramiento criptográfico. a) El medio de almacenamiento debe cumplir el estándar FIPS reconocido directamente por el fabricante, así: o -FIPS TABERNA 140-1: Requisitos de Seguridad para los Módulos de Criptografía SRCM (Security Requirements for Cryptographic Modules, Mayo 2001) Nivel 3 de aseguramiento criptográfico, o la respectiva norma colombiana que la homologue. o -FIPS PUB 140-2: Security Requirements for Cryptographic Modules, (Mayo 2002) Nivel 3. O la respectiva norma colombiana que la homologue. 18

19 b) El medio de almacenamiento debe cumplir el estándar FIPS reconocido directamente por el fabricante, lo cual se acreditará mediante la presentación de la certificación expedida por el respectivo fabricante Garantizar que los certificados digitales a utilizar en el aplicativo SIIF Nación, son certificados de Función Pública con estándar X.509.V3, según las siguientes características: a) Nombre b) Correo electrónico c) Ciudad d) Entidad e) Cédula de Ciudadanía f) NIT de la entidad usuaria g) Área = SIIF NACIÓN Es importante anotar que todo certificado digital que se usa con el sistema SIIF Nación debe presentar en el campo OU la siguiente información: SIIF NACIÓN (OU=SIIF NACIÓN) Título o cargo del usuario. El certificado digital debe utilizar algoritmo de firma: SHA1RSA. Nota: Para verificar los numerales y , el proponente debe anexar la certificación del Ministerio de Hacienda, donde se avale la compatibilidad de los certificados emitidos para el intercambio de información con el aplicativo SIIF Los certificados digitales deben ser 100% compatibles con el aplicativo SIIF (Sistema Integrado de Información Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público Las firmas digitales y los correos electrónicos certificados deben cumplir con los siguientes atributos de seguridad: Autenticidad: Garantizar la identidad del emisor de un mensaje y/o el origen del mismo, y tener la plena seguridad que quien remite el mensaje es realmente quien dice ser. Integridad: Garantizar que el mensaje de datos o información electrónica no haya sido alterado ni modificado. No repudio: El emisor no podrá negar el conocimiento de un mensaje de datos y de los compromisos adquiridos a partir de éste. Confidencialidad: Garantizar que un mensaje de datos no pueda ser conocido sino por un emisor y los receptores deseados. El contenido no podrá ser conocido por ningún tercero no autorizado Estar autorizado por la Superintendencia de Industria y Comercio, como entidad certificadora abierta, para expedir certificados digitales de función pública Garantizar, sin costo para la Unidad Nacional de Protección, la logística necesaria para la habilitación de los servicios a contratar Entregar el certificado digital directamente al suscriptor, previa verificación de su identidad, de forma personal e intransferible. En casos excepcionales, es posible efectuar la entrega del certificado digital a un tercero que actúe como apoderado del suscriptor. 19

20 La UNP tendrá un plazo hasta el 31 de diciembre de 2015, para la solicitud del cupo total de los certificados digitales requeridos Proveer a los usuarios las herramientas o drivers para los sistemas operativos utilizados por la Unidad Nacional de Protección y el soporte para su instalación Proveer el servicio remoto de revocación para usuarios a través de una línea de atención de revocaciones disponible las 24 horas Proveer el servicio de consulta CRL (Lista de Certificados Revocados) con una disponibilidad 7X24X365 vía Web Permitir el ingreso al sistema de manera simultánea y sin restricciones. ÍTEM CANTIDAD APROXIMADA DESCRIPCIÓN DEL ELEMENTO FIRMA DIGITAL 10 FIRMA DIGITAL EN FORMATO P # 12 CORREO ELECTRÓNICO CERTIFICADO CERTIFICADOS DIGITALES, DISPOSITIVOS CRIPTOGRÁFICOS (TOKEN) EN SEGÚN NECESIDAD REQUIERA ENTIDAD SEGÚN NECESIDAD REQUIERA ENTIDAD LA QUE LA LA QUE LA Para el efecto, el contratista se compromete a desarrollar las siguientes actividades: CORREO ELECTRÓNICO CERTIFICADO CUYO ACUSE CUENTE CON VALIDEZ JURÍDICA Y PROBATORIA TOKEN CRIPTOGRÁFICOS CON SOPORTE INTERFAZ PKCS11 Y QUE CUMPLAN MÍNIMO CON EL ESTÁNDAR FIPS 140-1,140-2 NIVEL 3 DE ASEGURAMIENTO CRIPTOGRÁFICO. Suministrar los productos y servicios de soporte técnico de conformidad con la propuesta presentada. Brindar capacitación mínimo de 4 horas por personal certificado por el fabricante en administración y resolución de problemas. Entregar los instructivos y demás documentos que permitan el correcto uso de los equipos tecnológicos. Capacitar a dos funcionarios de la UNP en la administración y resolución de problemas. Brindar soporte técnico por 12 meses a partir de la fecha de entrega de los productos. Guardar absoluta reserva sobre la información que llegue a su conocimiento con ocasión de la ejecución del contrato. 20

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