Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm"

Transcripción

1 4680 AGENCIA DE APOYO A LA EMPRESA CATALANA RESOLUCIÓN EMO/93/2012, de 9 de enero, por la que se aprueban y se hacen públicas las bases generales que deben regir las ayudas convocadas por la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana, ACC1Ó. Esta Resolución tiene como objetivo recoger dentro de una misma disposición la diversa normativa de tipo general que es de aplicación a las diferentes bases reguladoras de líneas de ayuda publicadas por la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana, en adelante ACC1Ó. Por ello, visto el informe de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas, RESUELvO: Artículo único Aprobar las bases reguladoras del procedimiento y de la gestión de las ayudas que convoca la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana, ACC1Ó, que figuran en el anexo de esta resolución. DISPOSICIÓN ADICIONAL Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que, potestativamente, se quiera interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 77 de la Ley 26/2010, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Barcelona, 9 de enero de 2012 JOSEP MORAGAS FREIxA Consejero delegado ANExO Bases reguladoras 1 El objeto de las ayudas que se rigen por estas bases es promover programas de apoyo a la competitividad de la empresa catalana que fomenten, entre otros, la innovación y la internacionalización empresariales. 2 Régimen jurídico Son aplicables a las bases reguladoras de las ayudas de ACC1Ó el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de ), y todas sus modificaciones; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de ), el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de ), y el resto de normativa aplicable. 3 Bases y convocatorias 3.1 ACC1Ó, con carácter previo al acuerdo de concesión, aprobará las bases reguladoras de la subvención, salvo que el objeto de ésta justificara la imposibilidad de la concurrencia.

2 En función de las disponibilidades presupuestarias, y por resolución del consejero delegado de ACC1Ó, se publicarán en el DOGC las convocatorias para la presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas previstas en las correspondientes bases, que contendrá las determinaciones establecidas por la normativa de aplicación. 3.3 En el supuesto de que, una vez resueltas las convocatorias de las subvenciones previstas en las correspondientes bases, no se hubiera agotado el importe máximo destinado para el ejercicio correspondiente, o en el caso de que ACC1Ó obtuviera fondos adicionales destinados a las acciones reguladas en las correspondientes bases, se podrá, con el remanente que quede o con el importe de estos fondos adicionales, abrir una nueva convocatoria para la concesión de las ayudas reguladas en estas bases, mediante resolución del consejero delegado de ACC1Ó. 4 Forma y lugar de presentación de solicitudes 4.1 Las solicitudes deben ir dirigidas al consejero delegado de ACC1Ó y deben formalizarse en el impreso normalizado que se podrá obtener en la página web de ACC1Ó ( Al impreso deberá adjuntarse, en su caso, en función de la línea de ayuda concreta, la memoria técnica del proyecto en un documento PDF, según el modelo disponible en la página web de ACC1Ó ( Junto con el impreso, y en función de la convocatoria de línea de ayuda concreta, se podrá solicitar documentación adicional. Una vez cumplimentado el impreso, por un lado, los datos del impreso de solicitud y del documento PDF con la memoria técnica se enviarán telemáticamente a ACC1Ó y, por otro, el impreso de solicitud en papel y firmado, sin el documento con la memoria, se presentará, en los plazos que anualmente establezcan las convocatorias correspondientes y junto con la documentación que se prevea para cada una de las líneas de ayuda, a ACC1Ó, paseo de Gràcia, 129, Barcelona, en cualquiera de sus delegaciones o mediante cualquiera de los procedimientos que prevé el artículo 25 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La información incluida en el documento PDF de la memoria técnica y adjuntada al impreso en el momento de su formalización, será la utilizada para realizar la valoración de la solicitud presentada. 4.2 La firma de la solicitud implica la autorización a la Administración de la Generalidad de Cataluña para la función de comprobación de oficio de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña, y de las obligaciones con la Seguridad Social por parte del solicitante. 5 Enmiendas y mejora de las solicitudes Examinadas la solicitud y la documentación presentada, si estas no cumplen los requisitos establecidos en las bases reguladoras, se requerirá a la entidad solicitante para que, en un plazo de 10 días hábiles, enmiende el defecto o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de su solicitud, previa resolución, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Este requerimiento se hará, previo consentimiento del solicitante, mediante el envío de un correo electrónico a la dirección que el solicitante haya dado, a estos efectos, en el impreso de solicitud de la ayuda, y su notificación se entenderá practicada, a todos los efectos legales, en el momento en que se produzca el acceso del solicitante a su contenido. Cuando, habiendo constancia de la puesta a disposición de la notificación en la dirección electrónica, transcurran diez días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que se ha rechazado la notificación, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material de acceder a éste.

3 Requisitos de los beneficiarios Con carácter general, independientemente de la convocatoria de línea de ayudas de que se trate, los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos: a) En el caso de empresas con 50 o más trabajadores, cumplir con la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación al menos a un 2% de trabajadores con disminución sobre el número total de trabajadores de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de ), el Real decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales (BOE núm. 45, de ), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de ). b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACC1Ó ni con sus empresas participadas. c) Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística. d) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. e) No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto. f) Si procede, en función del reglamento europeo al que se acojan las ayudas, no se considerarán beneficiarias aquellas empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente después de una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. g) No se considerarán beneficiarias aquellas empresas que tengan la consideración de empresas en crisis; a estos efectos, se entenderá que una PYME está en crisis si cumple los parámetros definidos en el artículo 1, apartado 7, del Reglamento (CE) núm. 800/2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DOUE L 214, de ) y que una gran empresa está en crisis si cumple con la definición incluida en las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DOUE C 244, de ). h) Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña hecha por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse mediante la firma de las declaraciones que incluirá el impreso de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta al órgano competente de la administración a hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos de estas declaraciones. 7 Obligaciones de los beneficiarios Los beneficiarios de las subvenciones de ACC1Ó quedan sometidos a las obligaciones siguientes: a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención y acreditarlo ante ACC1Ó. b) Someterse a las actuaciones de comprobación que correspondan a ACC1Ó y a las de control de la actividad económica y financiera que correspondan a la Intervención General de la Generalidad de Cataluña, a la Sindicatura de Cuentas o

4 4683 a otros órganos competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando toda la información que les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. c) Comunicar a ACC1Ó la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad y/o gastos subvencionables, procedentes de cualquiera de las administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, y las modificaciones de las condiciones por las que se otorgó la subvención. Esta comunicación se hará tan pronto se conozca y, en todo caso, antes de la justificación de la actuación. d) Proponer a ACC1Ó cualquier cambio que, dentro de la misma finalidad, se pueda producir en el destino de la subvención que, en su caso, deberá ser expresamente autorizado por el órgano concedente. e) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y otros documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como aquellos estados contables y registros específicos que sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. f) Conservar durante 10 años los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, en cumplimiento de la normativa comunitaria. g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en la base 9 del anexo de esta Resolución. h) No subrogar la gestión de ningún aspecto de la actividad subvencionada, salvo que alguna línea de ayuda lo permita específicamente en sus bases reguladoras. i) La empresa o entidad beneficiaria de la ayuda deberá comunicar a ACC1Ó, en su caso, y previamente a hacerlo, su intención de mover, trasladar o liquidar los activos fijos que hayan sido subvencionados a cualquier otra parte del territorio, durante un plazo de tres años desde el momento del pago. Este requisito será reflejado en la resolución de concesión. j) Adoptar las medidas de publicidad que se establecen en la base 15 de este anexo de la Resolución. k) Si procede, cualquier otra obligación prevista en la convocatoria de línea de ayudas. 8 Procedimiento de concesión, órganos de evaluación y valoración de las solicitudes El procedimiento de concesión de las ayudas de ACC10, los órganos de evaluación y la valoración de las solicitudes se deben concretar en la convocatoria correspondiente. Los principios generales aplicados son los establecidos en la legislación aplicable en materia de subvenciones. 9 Valoración y tramitación de las solicitudes Los órganos competentes para la evaluación y los criterios de valoración de las solicitudes presentadas se concretarán en las bases reguladoras de cada convocatoria de línea de ayuda, así como su tramitación. 10 Resolución de las ayudas y los recursos 10.1 El/la consejero/a delegado/da de ACC1Ó, o bien quien por delegación corresponda, es el órgano que emitirá la resolución, con el trámite de audiencia previo, del que se podrá prescindir cuando no figuren en el procedimiento ni se tengan en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas más que las presentadas por los interesados La resolución, con indicación del solicitante, de la cuantía de la ayuda concedida y de las condiciones y los plazos para la realización de la actuación objeto de ayuda, se notificará a los beneficiarios, con su consentimiento previo, mediante el envío de un correo electrónico a la dirección que el solicitante haya facilitado, a estos efectos, en el impreso de solicitud de la ayuda, y esta notificación se entenderá practicada, a todos los efectos legales, en el momento en que se produzca el acceso

5 4684 del solicitante a su contenido. Cuando, habiendo constancia de la puesta a disposición de la notificación en la dirección electrónica, transcurran diez días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que se ha rechazado la notificación, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material de acceder a éste. Este mismo procedimiento se utilizará para la notificación al interesado de posibles modificaciones de la resolución inicial. Esas notificaciones también se podrán efectuar mediante correo certificado con acuse de recibo El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Una vez transcurrido este plazo, si no se ha producido la notificación mencionada, se entenderá que la solicitud es desestimada, por silencio administrativo, de acuerdo con lo que establece el artículo 54 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña Contra la resolución que dicte el/la consejero/a delegado/da de ACC1Ó, o bien quien por delegación corresponda, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que, potestativamente, se quiera interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su notificación. Con la firmeza de la resolución de concesión de la subvención se entiende que el beneficiario declara, tácitamente, encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña y con la Seguridad Social. 11 Justificación 11.1 Los beneficiarios de las ayudas deben justificar la aplicación de los fondos de acuerdo con lo que establecen los artículos 30 y 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de acuerdo con lo que establece el Título II del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones Los beneficiarios de las ayudas están obligados a realizar la justificación en el plazo y en la forma que establezca cada convocatoria concreta de ayudas. 12 Pago 12.1 De acuerdo con el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, es un requisito necesario para percibir subvenciones el cumplimiento por parte de los beneficiarios de sus obligaciones con la Generalidad de Cataluña, el Estado y la Seguridad Social. Asimismo, se considera un requisito para percibir la ayuda el hecho de no tener deudas con ACC1Ó ni con sus empresas participadas Si procede, el pago de las subvenciones se tramitará una vez se haya comprobado la justificación de la realización del proyecto subvencionado por parte de ACC1Ó y se haya elaborado un acta favorable de comprobación, de acuerdo con lo que establecen estas bases y la convocatoria en relación con su justificación Las convocatorias pueden prever la posibilidad de otorgar anticipos de pago de la ayuda concedida y, en su caso, el régimen de garantías, de acuerdo con la normativa vigente. 13 Seguimiento y control 13.1 ACC1Ó efectuará el seguimiento de cada proyecto subvencionado ACC1Ó podrá realizar las actuaciones de seguimiento y control necesarias para garantizar que los beneficiarios dan un destino correcto a las ayudas y para determinar el cumplimiento de las condiciones y los requisitos que dieron lugar a la concesión, así como de las obligaciones establecidas. Los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a facilitar toda la información que les sea requerida por la Intervención General de la Generalidad de Cataluña, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes Los beneficiarios estarán sometidos a los controles financieros que correspondan, de acuerdo con lo que establecen los artículos 45 y 46 de la Ley 38/2003, de

6 noviembre, general de subvenciones, sobre tramitación, justificación y control de subvenciones. 14 Causas de revocación y procedimiento 14.1 Son causas de revocación y se procederá a la revocación total o parcial de la subvención y, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas indebidamente, con el interés de demora que corresponda, desde el momento del pago de la subvención y hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro, de acuerdo con los artículos 99 y 100 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 34 del Reglamento general de subvenciones, las siguientes: a) La obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas u ocultando las que lo habrían impedido. b) El incumplimiento total o parcial de la actuación que fundamenta la concesión de la subvención. c) El incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos que establece el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. d) El incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en la base 15 de este anexo. e) El incumplimiento de las obligaciones que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística. f) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero que prevén los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el destino dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para el mismo fin, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. g) El incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los/las beneficiarios/as, así como de los compromisos asumidos por estos/estas con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten a la manera en que se deben lograr los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención o se refieran a estos. h) El incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los/las beneficiarios/as, así como de los compromisos asumidos por estos/estas con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el destino dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y la regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para el mismo fin, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. i) La adopción, en virtud de lo que establecen los artículos 87 a 89 del Tratado de la Unión Europea, de una decisión de la que se derive una necesidad de reintegro. j) Por el exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada cuando el importe de las subvenciones sea de una cuantía tal que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad que debe llevar a cabo el/la beneficiario/a. k) En el resto de casos previstos por la normativa aplicable Si, como consecuencia de cualquiera de las actuaciones de comprobación y control, se constata que se ha producido alguna de las causas de revocación mencionadas anteriormente, se iniciará la tramitación del correspondiente procedimiento de revocación y, en su caso, del reintegro de las cantidades recibidas indebidamente, de acuerdo con lo que establecen los artículos 98 y 100 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas

7 4686 públicas de Cataluña, que debe concluir en el plazo de 6 meses desde la fecha en la que se haya notificado la resolución de inicio del expediente. Se notificará al interesado la resolución mencionada, a fin de que formule las alegaciones que considere necesarias para su defensa, así como para que pueda presentar medios de prueba. A la vista de las actuaciones realizadas, y con la audiencia previa a las personas interesadas, el órgano colegiado de valoración estipulado en las correspondientes bases reguladoras de las ayudas emitirá una propuesta de resolución que elevará, junto con el resto del expediente, al consejero delegado de ACC1Ó, o bien a quien por delegación corresponda, quien emitirá la resolución correspondiente, que se notificará a la entidad interesada mediante el mismo procedimiento que se ha indicado en la base 7.2 de este anexo 1 para la resolución inicial de la solicitud De acuerdo con el artículo 104 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, la resolución del consejero delegado de ACC1Ó, o bien quien por delegación corresponda, agota la vía administrativa y se podrá impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que, potestativamente, se quiera interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su notificación. 15 Publicidad de las ayudas 15.1 La concesión de la ayuda conlleva la obligación del beneficiario de hacer constar en cualquier comunicación y difusión externa que la actuación subvencionada se ha realizado Con el apoyo de ACC1Ó y se hará constar el logotipo de ACC1Ó en todos los elementos informativos y publicitarios relacionados con la actividad subvencionada, según lo que se detalla en la dirección ( cat/identitat-corporativa) De acuerdo con el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, cuando las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de importe igual o superior a euros, se dará publicidad de las concesiones de estas subvenciones mediante su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y, además, podrán ser consultadas en los listados que se pondrán a disposición de los interesados en la sede de ACC1Ó y en sus delegaciones, indicando la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se ha imputado, el beneficiario, la cantidad concedida y la/s finalidad/es de la subvención En el supuesto de que la cuantía de las subvenciones concedidas sea inferior a euros, la publicidad se articulará mediante el acceso a los listados que se pondrán a disposición de los interesados en los lugares indicados en la base anterior. 16 Invalidez de la concesión Las causas de nulidad y anulabilidad son las establecidas en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de ), y se procederá de acuerdo con lo establecido en este artículo. 17 Infracciones y sanciones A estas subvenciones les será aplicable el régimen de infracciones y sanciones establecido por los capítulos I y II del título Iv de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de ), así como lo establecido en los artículos 101 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en todo lo que no se oponga a éste. ( ) *

Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I las ayudas económicas cuyos importes, asimismo, se indican.

Primero. Conceder a las entidades que se relacionan en el Anexo I las ayudas económicas cuyos importes, asimismo, se indican. página 158 3. Otras disposiciones Consejería de Educación Resolución de 16 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se conceden subvenciones para el fomento

Más detalles

DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA

DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5399 12.6.2009 47683 DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA CENTRO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL RESOLUCIÓN IUE/1595/2009, de 18 de

Más detalles

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5424 20.7.2009 57799 CENTRO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL RESOLUCIÓN IUE/2023/2009, de 10 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras

Más detalles

1/9 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya

1/9 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya 1/9 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO ORDEN EMO/194/2013, de 2 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y se abre la convocatoria

Más detalles

DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO

DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO 45008 Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5940 11.8.2011 DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO ORDEN EMO/197/2011, de 1 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y se abre la convocatoria

Más detalles

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE TRABAJO, ASUNTOS SOCIALES Y FAMILIAS

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE TRABAJO, ASUNTOS SOCIALES Y FAMILIAS 1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE TRABAJO, ASUNTOS SOCIALES Y FAMILIAS RESOLUCIÓN TSF/1285/2016, de 19 de mayo, de convocatoria para el año 2016 de la presentación

Más detalles

Vista la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2017.

Vista la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2017. 1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y CONOCIMIENTO AGENCIA PARA LA COMPETITIVIDAD DE LA EMPRESA RESOLUCIÓN EMC/1625/2017, de 29 de junio, por la que se

Más detalles

Dada la existencia de presupuesto y el interés de ACCIÓ para abrir una segunda convocatoria de estas ayudas.

Dada la existencia de presupuesto y el interés de ACCIÓ para abrir una segunda convocatoria de estas ayudas. 1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO AGENCIA PARA LA COMPETITIVIDAD DE LA EMPRESA RESOLUCIÓN EMO/2351/2014, de 15 de octubre, por la que se hace

Más detalles

Por todo ello, visto el informe de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Por todo ello, visto el informe de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas, 1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO AGENCIA PARA LA COMPETITIVIDAD DE LA EMPRESA RESOLUCIÓN EMO/1473/2014, de 12 de junio, por la que se establecen

Más detalles

Aprobar les bases reguladoras que deberán regir esta convocatoria, que figuran en el anexo de esta disposición.

Aprobar les bases reguladoras que deberán regir esta convocatoria, que figuran en el anexo de esta disposición. 1/9 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO ORDEN EMO/223/2013, de 16 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se abre la convocatoria

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO 31466 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2017, de la Consejera, sobre concesión de ayudas contempladas en el primer procedimiento de selección convocado por Orden de 3 de abril

Más detalles

El Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico de

El Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico de 51328 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5021 3.12.2007 CENTRO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL RESOLUCIÓN IUE/3596/2007, de 21 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras

Más detalles

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5580 4.3.2010 16811 ORDEN TRE/116/2010, de 17 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la promoción de

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO. ANUALIDAD PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA (euros) 2017 (ESTATAL) 2017 (AUTONÓMICA)

ANTECEDENTES DE HECHO. ANUALIDAD PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA (euros) 2017 (ESTATAL) 2017 (AUTONÓMICA) RESOLUCIÓN DEFINITIVA de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda en Sevilla, relativa a la convocatoria mediante Orden de 30 de junio de 2016 (BOJA número 127 de 5 de julio) de

Más detalles

Impreso 1 SOLICITUD DE SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO DE CARDONA 1. DATOS DE LA SUBVENCIÓN. Código de la convocatoria

Impreso 1 SOLICITUD DE SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO DE CARDONA 1. DATOS DE LA SUBVENCIÓN. Código de la convocatoria Impreso 1 SELLO REGISTRO GENERAL SOLICITUD DE SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO DE CARDONA 1. DATOS DE LA SUBVENCIÓN Código de la convocatoria 1495-2018 Concejalía / Servicio PROMOCIÓN ECONÓMICA, OCUPACIÓN, COMERCIO

Más detalles

Estas bases tienen por objeto la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a:

Estas bases tienen por objeto la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a: RBC/AM/aa Exp. 2016006584 - C.12.017.006 Àrea d Igualtat, Drets Socials, Treball, Joventut, i Seguretat Serveis Socials, Habitatge i Seguretat BASES ESPECÍFICAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES EN

Más detalles

De acuerdo con el Convenio de colaboración entre el Departamento de Empresa y Empleo y el Instituto Catalán de Finanzas de 6 de julio de 2015;

De acuerdo con el Convenio de colaboración entre el Departamento de Empresa y Empleo y el Instituto Catalán de Finanzas de 6 de julio de 2015; Orden EMO/217/2015, de 8 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria para el año 2015 de la línea de ayudas en forma de garantía para la financiación de proyectos

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PROYECTO DE BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO, EL EMPRENDIMIENTO Y EL DESARROLLO EMPRESARIAL ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Beneficiarios

Más detalles

Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya nº 7457 de 19/09/2017

Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya nº 7457 de 19/09/2017 Resolución EMC/2184/2017, de 14 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria de la línea de ayudas en forma de garantía para la financiación de circulante y la inversión de actuaciones para

Más detalles

25082 Boletín Oficial de Canarias núm. 221, lunes 5 de noviembre de 2007

25082 Boletín Oficial de Canarias núm. 221, lunes 5 de noviembre de 2007 25082 Boletín Oficial de Canarias núm. 221, lunes 5 de noviembre de 2007 lo hubieran impedido. En este caso procederá el reintegro de la totalidad de la cantidad percibida. b) Incumplimiento total o parcial

Más detalles

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm 37494 SERVICIO DE OCUPACIÓN DE CATALUÑA RESOLUCIÓN TRE/1487/2010, de 6 de mayo, por la que se abre la convocatoria para el año 2010 para la presentación de solicitudes de subvenciones para la prórroga

Más detalles

IV. Administración Local

IV. Administración Local IV. Administración Local Pág. 53 AYUNTAMIENTOS Vilvestre Anuncio de aprobación defi nitiva. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado

Más detalles

PROGRAMA DE CREACIÓN DE EMPRESAS. SERVICIO DE ASESORAMIENTO GRATUITO PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN

PROGRAMA DE CREACIÓN DE EMPRESAS. SERVICIO DE ASESORAMIENTO GRATUITO PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN PROGRAMA DE CREACIÓN DE EMPRESAS. SERVICIO DE ASESORAMIENTO GRATUITO PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN 1. Objeto. Apoyar la creación de nuevas empresas domiciliadas en el término municipal de Málaga mediante

Más detalles

BASES REGULADORAS A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN CREVILLENT

BASES REGULADORAS A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN CREVILLENT BASES REGULADORAS A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN CREVILLENT 1.- Objeto y Ámbito El objeto de la presente convocatoria es apoyar la modernización y la innovación de los comercios y las pymes de Crevillent,

Más detalles

DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL Y CIUDADANÍA

DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL Y CIUDADANÍA Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5602 7.4.2010 26637 DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL Y CIUDADANÍA RESOLUCIÓN ASC/947/2010, de 26 de marzo, por la que se abre convocatoria para la concesión

Más detalles

ARTÍCULO 1. Objeto de las Subvenciones

ARTÍCULO 1. Objeto de las Subvenciones ORDENANZA ESPECÍFICA POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA FINANCIAR LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR PARA EL ALUMNADO QUE CURSE EDUCACIÓN PRIMARIA OBLIGATORIA

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 122 Miércoles, 28 de junio de 2017 Pág. 25420 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EMPLEO ORDEN EMP/513/2017, de 20 de junio,

Más detalles

Considerando el Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias;

Considerando el Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias; Resolución TSF/2488/2017, de 11 de octubre, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones para el desarrollo del programa Consolida t, de apoyo a la consolidación, el fortalecimiento

Más detalles

Vista la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del Sistema de Empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña;

Vista la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del Sistema de Empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña; 1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE TRABAJO, ASUNTOS SOCIALES Y FAMILIAS SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CATALUÑA RESOLUCIÓN TSF/2697/2018, de 8 de noviembre, por

Más detalles

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm 36536 ORDEN ECF/270/2010, de 9 de abril, por la que se abre la convocatoria para el año 2010 y se aprueban las bases reguladoras para subvencionar la ejecución de obras de instalación de energía eléctrica

Más detalles

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO 1/10 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO ORDEN EMO/367/2014, de 16 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se hace pública

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN ALMERÍA, POR LA QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN CÁDIZ, POR LA QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA

Más detalles

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm 62518 agencia de apoyo a La EMPRESa CaTaLaNa RESOLUCIÓN EMO/2781/2012, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de ayudas a las redes de inversores privados de ACC1Ó

Más detalles

Ayudas e incentivos para empresas

Ayudas e incentivos para empresas Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 59532 Actualizado a: 04/09/2017 Se abre la convocatoria para el año 2017 para el fomento de la incorporación de personas en situación de desempleo mayores

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 6575 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL ORDEN de 11 de marzo de 2010 por la que se convocan subvenciones para la formalización de avales bancarios, a través de la Sociedad

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN MÁLAGA, POR LA QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA

Más detalles

Dado este interés, visto el informe de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Dado este interés, visto el informe de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas, Resolución EMO/1235/2015, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del Programa de Internacionalización Agrupada, y se abre la convocatoria para el año

Más detalles

FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 01/08/ :10:13 RESUELVE:

FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 01/08/ :10:13 RESUELVE: El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 356188-13576500.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE

Más detalles

El documento consta de un total de 5 folios. Folio 2 de 5 - Código Seguro de Verificación: Verificable en sede electrónica según Orden

El documento consta de un total de 5 folios. Folio 2 de 5 - Código Seguro de Verificación: Verificable en sede electrónica según Orden El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 384655-36983499.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 17 DE NOVIEMBRE

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE FUERTE DEL REY (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE FUERTE DEL REY (JAÉN) Número 181 Miércoles, 19 de Septiembre de 2018 Pág. 13058 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE FUERTE DEL REY (JAÉN) 2018/3994 Convocatoria de Subvenciones para escolarización primer ciclo Educación Infantil.

Más detalles

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO 1/13 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO ORDEN EMO/51/2015, de 19 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE BOLBAITE Plaza de la Iglesia nº 3. Teléfono Fax BOLBAITE (Valencia)

AYUNTAMIENTO DE BOLBAITE Plaza de la Iglesia nº 3. Teléfono Fax BOLBAITE (Valencia) Bases Reguladoras de la Concesión de la Subvención Ayuda Bebé Siendo uno de los objetivos de este Ayuntamiento favorecer la proximidad a los ciudadanos de Bolbaite y propiciar la medida políticas y administrativas

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA SGT/ACG RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA BENEFICIARIO: ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA DIRECCIÓN: C/ Bravo Murillo, 38. 28015 MADRID CANTIDAD:

Más detalles

Ajuntament de l Escala vila marinera

Ajuntament de l Escala vila marinera Bases particulares por el otorgamiento de la ayuda económica equivalente al 100% de la cuota íntegra del IBI, a las viviendas inscritas en el parque inmobiliario por alquiler social. 1.º- Objeto, condiciones

Más detalles

y de la correspondiente convocatoria, publicada en el BOCCE 5.654, de fecha 21 de febrero de 2017, como también de las posteriores modificaciones de d

y de la correspondiente convocatoria, publicada en el BOCCE 5.654, de fecha 21 de febrero de 2017, como también de las posteriores modificaciones de d Anexo l SR. D. José Diestro Gómez Director General PROCESA Sociedad de Desarrollo de Ceuta Ciudad Autónoma de Ceuta SOLICITUD Nº DE EXPEDIENTE: DATOS DEL SOLICITANTE: D/Dª.........., con D.N.I. nº....,

Más detalles

JUNTA DE EXTREMADURA

JUNTA DE EXTREMADURA JUNTA DE EXTREMADURA PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBVENCIÓN PARA EL PLAN 2017 PÓLIZAS CON ENTRADA EN VIGOR ENTRE EL 01-01-2017 Y 31-12-2017 (AMBOS INCLUSIVE) ÍNDICE PÁG. 1. ANTECEDENTES...3 2. EXCLUSIONES...3

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS MUNICIPALES A LOS EMPRENDEDORES.

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS MUNICIPALES A LOS EMPRENDEDORES. BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS MUNICIPALES A LOS EMPRENDEDORES. 1. Objeto y ámbito El objeto de la presente convocatoria es apoyar la creación de actividad empresarial en el municipio de Canet d En Berenguer

Más detalles

NÚMERO 149 Viernes, 1 de agosto de 2008

NÚMERO 149 Viernes, 1 de agosto de 2008 21028 ORDEN de 28 de julio de 2008 por la que se convoca la concesión de subvenciones para la producción de energía térmica utilizando como combustible biomasa para uso doméstico. (2008050280) El 20 de

Más detalles

Nº DECRETO: 2017/3231

Nº DECRETO: 2017/3231 _: 2017/3231 - VARIOS - Decreto SUBVENCIÓN 2017 Nº : 2017/3231 Página 1 de 5 2.- Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de EL PUERTO DE SANTA MARIA. RESOLUCION Este Documento Electrónico tiene Referencia:

Más detalles

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm 53511 ORDEN EMO/333/2012, de 22 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, la cooperación y la promoción de las empresas cooperativas y sociedades laborales,

Más detalles

Vista la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña;

Vista la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña; RESOLUCIÓN TSF/***/2017, por la que se abre la convocatoria para el año 2017 para el fomento de la incorporación de personas en situación de desempleo mayores de 45 años al mercado de trabajo (ref. Código

Más detalles

Incentivo para el Emprendimiento de jóvenes, mujeres mayores de 45 años y víctimas de violencia de género.

Incentivo para el Emprendimiento de jóvenes, mujeres mayores de 45 años y víctimas de violencia de género. Incentivo para el Emprendimiento de jóvenes, mujeres mayores de 45 años y víctimas de violencia de género. 2016 INCENTIVO PARA EL EMPRENDIMIENTO de jóvenes, mujeres mayores de 45 años y víctimas de violencia

Más detalles

RESUELVE: FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 06/05/ :10:49

RESUELVE: FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 06/05/ :10:49 El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 568316-82294716.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 6 DE MAYO

Más detalles

BASES REGULADORAS PARA LOS PREMIOS DE LA RÚA DE CARNAVAL 2018

BASES REGULADORAS PARA LOS PREMIOS DE LA RÚA DE CARNAVAL 2018 BASES REGULADORAS PARA LOS PREMIOS DE LA RÚA DE CARNAVAL 2018 Artículo1. Objeto El objeto de estas bases específicas es la regulación de la convocatoria pública municipal para los premios del concurso

Más detalles

RESUELVE: FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 27/07/ :35:56

RESUELVE: FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 27/07/ :35:56 El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 463384-88501734.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 27 DE JULIO

Más detalles

BASES. 1. OBJETO 2. MODALIDADES. Se establecen como MODALIDADES de participación:

BASES. 1. OBJETO 2. MODALIDADES. Se establecen como MODALIDADES de participación: BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL A ASOCIACIONES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. En aplicación de los

Más detalles

1.- Objeto y ámbito de la convocatoria

1.- Objeto y ámbito de la convocatoria BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES EN EDIFICIOS DE USO RESIDENCIAL COLECTIVO DE QUART DE POBLET EJERCICIO 2018 1.- Objeto y ámbito de la convocatoria El objeto

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Resolución de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas por la que se resuelven las solicitudes de subvención para la realización de

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN HUELVA, POR LA QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA

Más detalles

AJUNTAMENT D ASCÓ (Ribera d Ebre)

AJUNTAMENT D ASCÓ (Ribera d Ebre) BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA EL PAGO DEL ALQUILER A PERSONAS JOVENES DE ASCÓ PRIMERA. FINALIDAD La situación actual del mercado inmobiliario y la crisis económica hace que muchas personas y familias

Más detalles

SUBVENCIONES PROCEDENTES DEL SOC: PROGRAMA FORMA T. El Programa Forma t incluye las 3 líneas de actuación subvencionables siguientes:

SUBVENCIONES PROCEDENTES DEL SOC: PROGRAMA FORMA T. El Programa Forma t incluye las 3 líneas de actuación subvencionables siguientes: SUBVENCIONES PROCEDENTES DEL SOC: PROGRAMA FORMA T (Esta información puede localizarse de forma más extensa en la web del Servicio de Empleo de Cataluña (SOC): www.oficinadetreball.cat) Bases reguladoras

Más detalles

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.3. OTRAS DISPOSICIONES Subvenciones, ayudas y becas

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.3. OTRAS DISPOSICIONES Subvenciones, ayudas y becas Página 1 de 7 Número 120 - Fecha: I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.3. OTRAS DISPOSICIONES 1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas ORDEN FORAL 197/2006, de 6 de septiembre, de la Consejera de Bienestar Social,

Más detalles

Diario Oficial Castilla-La Mancha nº 99 de 22/05/2015

Diario Oficial Castilla-La Mancha nº 99 de 22/05/2015 Orden de 6 de mayo de 2015, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se aprueba la convocatoria, para el ejercicio 2015, de las ayudas establecidas en el Decreto 39/2013, de 11 de julio, por el

Más detalles

RESOLUCIÓN DE 30 DE JULIO DE

RESOLUCIÓN DE 30 DE JULIO DE El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 464317-83923000.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 30 DE JULIO

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN CÓRDOBA, POR LA QUE SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA

Más detalles

CONVOCATORIA SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA DOTACIÓN BIBLIOGRÁFICA DE BIBLIOTECAS MUNICIPALES

CONVOCATORIA SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA DOTACIÓN BIBLIOGRÁFICA DE BIBLIOTECAS MUNICIPALES CONVOCATORIA SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA DOTACIÓN BIBLIOGRÁFICA DE BIBLIOTECAS MUNICIPALES 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Se convocan para el ejercicio 2016 subvenciones

Más detalles

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA EL APOYO DE INTERVENCIONES ARQUEOLÓGICAS

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA EL APOYO DE INTERVENCIONES ARQUEOLÓGICAS CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA EL APOYO DE INTERVENCIONES ARQUEOLÓGICAS 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones

Más detalles

PROGRAMA DEL BONO DE AUTÓNOMO Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2017 (D.O.G ) DEL

PROGRAMA DEL BONO DE AUTÓNOMO Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2017 (D.O.G ) DEL PROGRAMA DEL BONO DE AUTÓNOMO Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2017 (D.O.G 31-7-2017) DEL Para poder solicitar las ayudas previstas en este programa será necesario cumplir las siguientes condiciones:

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES PARA SUFRAGAR GASTOS GENERALES

AYUNTAMIENTO DE SANTANDER BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES PARA SUFRAGAR GASTOS GENERALES AYUNTAMIENTO DE SANTANDER BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES PARA SUFRAGAR GASTOS GENERALES En aplicación de lo previsto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General

Más detalles

26342 Boletín Oficial de Canarias núm. 233, viernes 27 de noviembre de 2009

26342 Boletín Oficial de Canarias núm. 233, viernes 27 de noviembre de 2009 26342 Boletín Oficial de Canarias núm. 233, viernes 27 de noviembre de 2009 El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones,

Más detalles

NÚMERO 189 Jueves, 30 de septiembre de 2010

NÚMERO 189 Jueves, 30 de septiembre de 2010 23337 RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2010, de la Consejera, por la que se resuelve la concesión de ayudas para fomentar la conectividad mediante banda ancha en movilidad en la Comunidad Autónoma de

Más detalles

20256 Boletín Oficial de Canarias núm. 182, miércoles 16 de septiembre de Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

20256 Boletín Oficial de Canarias núm. 182, miércoles 16 de septiembre de Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes 20256 Boletín Oficial de Canarias núm. 182, miércoles 16 de septiembre de 2009 Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes 1408 Dirección General de Promoción Educativa.- Resolución de 31

Más detalles

BSF/327/2012, de 24 de febrero, por la que se aprueban las bases que deben regir la

BSF/327/2012, de 24 de febrero, por la que se aprueban las bases que deben regir la 10969 INSTITUTO CATALÁN DE LAS MUJERES RESOLUCIÓN BSF/327/2012, de 24 de febrero, por la que se aprueban las bases que deben regir la concesión de subvenciones a entidades para la realización de proyectos

Más detalles

DEPARTAMENTO DE FOMENTO DE EMPLEO, COMERCIO Y TURISMO Y DE ADMINISTRACIÓN FORAL

DEPARTAMENTO DE FOMENTO DE EMPLEO, COMERCIO Y TURISMO Y DE ADMINISTRACIÓN FORAL I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA Diputación Foral de Álava DEPARTAMENTO DE FOMENTO DE EMPLEO, COMERCIO Y TURISMO Y DE ADMINISTRACIÓN FORAL Orden Foral

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO 827 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO ORDEN de 22 de diciembre de 2017 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la compensación de las entidades promotoras en la etapa de prácticas

Más detalles

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL 123/ BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL TRANSPORTE EN TAXI DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. AÑO 2018. La Junta de Gobierno Local teniendo en cuenta: 1. Los criterios

Más detalles

Deducción por pensiones de viudedad y por pensiones no contributivas de jubilación (DF 110/2017, de 13 de diciembre) - 1 -

Deducción por pensiones de viudedad y por pensiones no contributivas de jubilación (DF 110/2017, de 13 de diciembre) - 1 - Deducción por pensiones de viudedad y por pensiones no contributivas de jubilación (DF 110/2017, de 13 de diciembre) - 1 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS: PROCEDIMIENTO PARA EL ABONO ANTICIPADO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 39 Martes 13 de febrero de 2018 Sec. III. Pág. 17865 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 1954 Resolución de 8 de febrero de 2018, por la que se

Más detalles

JUNTA DE EXTREMADURA

JUNTA DE EXTREMADURA JUNTA DE EXTREMADURA PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBVENCIÓN PARA EL PLAN 2016 LÍNEAS CON FECHA DE INICIO DE SUSCRIPCIÓN A PARTIR DEL 01-09-2016 PÓLIZAS CON ENTRADA EN VIGOR ENTRE EL 01-09-2016 Y 31-12-2016

Más detalles

Ayudas e incentivos para empresas

Ayudas e incentivos para empresas Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 56772 Anual: X Actualizado a: 21/04/2017 Convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de infraestructura

Más detalles

Se da cuenta a la Junta de Gobierno Local, de la Propuesta de Resolución, en relación al punto epigrafiado, la cual se transcribe a continuación:

Se da cuenta a la Junta de Gobierno Local, de la Propuesta de Resolución, en relación al punto epigrafiado, la cual se transcribe a continuación: DILIGENCIA: Publicado en el Tablón de Edictos Municipal, el 19/09/2014. En Salteras a 19 de Septiembre de 2014. EL SECRETARIO GENERAL A Y U N T A M I E N T O D E S A L T E R A S 41909 (Sevilla) D. FRANCISCO

Más detalles

ORDENANZA DE FOMENTO DEL EMPLEO Y DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA (Córdoba).

ORDENANZA DE FOMENTO DEL EMPLEO Y DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA (Córdoba). ORDENANZA DE FOMENTO DEL EMPLEO Y DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL (Córdoba). SECCIÓN PRIMERA: DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- Objeto de la Ordenanza. La presente Ordenanza, tiene por objeto, la regulación

Más detalles

Visto el informe jurídico conjunto emitido por el Vicesecretario y la Adjunta a Intervención.

Visto el informe jurídico conjunto emitido por el Vicesecretario y la Adjunta a Intervención. Considerando que el Ayuntamiento de Xirivella, en base a las competencias que le son reconocidas como Ente Local en el art. 25.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley Reguladora de las Bases de Régimen

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 133 Martes 1 de junio de 2010 Sec. III. Pág. 47632 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 8771 Corrección de errores de la Orden TIN/3506/2009, de 22 de diciembre, por la que

Más detalles

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO 1/12 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO ORDEN EMO/173/2013, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de una línea de ayudas

Más detalles

%&1"35".&/50 %& &%6$"$* / ORDEN

%&135.&/50 %& &%6$$* / ORDEN 48226 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Núm. 5013 21.11.2007 ORDEN EDU/413/2007, de 12 de noviembre, de convocatoria pública para la concesión de ayudas a jóvenes que realizan planes de transición

Más detalles

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO AGENCIA DE APOYO A LA EMPRESA CATALANA

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO AGENCIA DE APOYO A LA EMPRESA CATALANA 1/10 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO AGENCIA DE APOYO A LA EMPRESA CATALANA RESOLUCIÓN EMO/2627/2013, de 2 de diciembre, por la que se aprueban

Más detalles

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO 21715 SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, de concesión de subvención a las solicitudes de ayudas presentadas por los municipios

Más detalles

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO. especial en el ámbito de los centros especiales de empleo.

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO. especial en el ámbito de los centros especiales de empleo. DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO ORDEN EIE/1645/2016, de 7 de noviembre, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1426/2016, de 3 de octubre, por la

Más detalles

FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 16/12/ :00:35

FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 16/12/ :00:35 El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 640602-53082129.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 16 DE DICIEMBRE

Más detalles

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm

Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6006 16.11.2011 58645 ORDEN EMO/308/2011, de 31 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se abre la convocatoria para el año 2011 para

Más detalles

FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 16/12/ :00:22 RESUELVE:

FIRMADO por : MARINA PILAR VILLEGAS GRACIA. A fecha : 16/12/ :00:22 RESUELVE: El documento consta de un total de 5 folios. Folio 1 de 5 - Código Seguro de Verificación: 640599-60258742.Verificable en sede electrónica según Orden Ministerial del 24/2/2011 RESOLUCIÓN DE 16 DE DICIEMBRE

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias 3-VII-2009 BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 153 1/5 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Industria y Empleo Resolución de 25 de junio de 2009, de la Consejería

Más detalles

Estas becas estarán financiadas con cargo a los recursos propios del M. I. Ayuntamiento de La Victoria de Acentejo.

Estas becas estarán financiadas con cargo a los recursos propios del M. I. Ayuntamiento de La Victoria de Acentejo. M.I. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE LA VICTORIA DE ACENTEJO TENERIFE BASES REGULADORAS POR LA QUE SE RIGE LA CONCESIÓN DE BECAS CON DESTINO A ESTUDIANTES DESEMPLEADOS Y EMPADRONADOS EN LA VICTORIA DE ACENTEJO

Más detalles

Artículo 1. Bases reguladoras Aprobar las bases reguladoras que deben regir esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta disposición.

Artículo 1. Bases reguladoras Aprobar las bases reguladoras que deben regir esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta disposición. Resolución EMO/2827/2014, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del Programa de Misiones Internacionales, y se abre la convocatoria para el año

Más detalles