REGLAMENTO INTERNO ÁREA DE CIENCIAS DE LA SALUD Licenciatura en Enfermería

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO INTERNO ÁREA DE CIENCIAS DE LA SALUD Licenciatura en Enfermería"

Transcripción

1 REGLAMENTO INTERNO ÁREA DE CIENCIAS DE LA SALUD Licenciatura en Enfermería

2 MISIÓN Ser una institución educativa, comprometida con el desarrollo de la sociedad y su entorno, al formar profesional e integralmente personas, a través de conocimientos, valores, sentido humanista y calidad académica para un contexto global. VISIÓN Ser líder regional en educación de calidad para incidir a través de sus egresados en los cambios trascendentales de la sociedad. FILOSOFÍA Promover la formación integral del hombre en la búsqueda permanente de la verdad en la ciencia, la sociedad y su vida para contribuir eficazmente a la transformación de su comunidad. PRINCIPIOS RECTORES Espíritu de Servicio Exigencia Responsabilidad Social VALORES Responsabilidad Solidaridad Honestidad Integridad Respeto Justicia MISIÓN DEL ÁREA DE CIENCIAS DE LA SALUD Promover la formación integral del hombre para el Somos un área académica con experiencia y prestigio, que cumple con los estándares de calidad establecidos por los organismos nacionales e internacionales, para formar y desarrollar profesionales de la salud humanistas, íntegros y competentes, que contribuyen en la prevención y resolución de los problemas de salud de la sociedad.

3 LICENCIATURA EN ENFERMERÍA FILOSOFÍA Promover la formación integral del hombre para el desarrollo de sus capacidades creativas, críticas y reflexivas, que lo conduzcan al auto desarrollo y lograr aprendizajes significativos para la resolución de problemas que afectan la salud del ser humano, bajo una concepción vanguardista de los cuidados de enfermería. MISIÓN Formar profesionistas de enfermería altamente competitivos, con sólidas bases científicas y humanísticas, actuando con pensamiento crítico e innovador en los diferentes niveles de atención, acorde con la ciencia y tecnología moderna que ayuden al ser humano a promover, alcanzar y mantener un nivel óptimo de calidad de vida. VISIÓN Ser una escuela competitiva y reconocida a nivel nacional e internacional, que proyecte alto sentido de responsabilidad en la formación de profesionales, capaces de satisfacer las demandas de salud de una sociedad cambiante, liderando la gestión del cuidado y el trabajo en equipo, bajo valores éticos y morales, además de contribuir en la superación personal y desarrollo profesional. VALORES Responsabilidad Solidaridad Honestidad Integridad Respeto Justicia

4 REGLAMENTO INTERNO DE LA LICENCIATURA EN ENFERMERÍA Para regular lo establecido en los Artículos 1º del Capítulo I, 6º Capítulo II, Título Primero; y 43º, Fracciones II, III, XV, XVI; Capítulo XI, Título Segundo, del Estatuto Orgánico vigente y lo establecido en los Reglamentos Institucionales. CAPÍTULO I Disposiciones generales. ARTÍCULO 1º.- El presente reglamento tiene como objetivo establecer las normas de funcionamiento y organización de maestros, alumnos y personal administrativo de la licenciatura en Enfermería.Este ordenamiento está sujeto a lo dispuesto por el Estatuto Orgánico de la Universidad del Noreste y en la Normatividad para Alumnos. ARTÍCULO 2º.- El cumplimiento del presente reglamento es de observancia obligatoria, para autoridades, personal académico y alumnos, su desconocimiento no exime de su cumplimiento. CAPÍTULO II De la comisión académica ARTÍCULO 3º.- La Comisión Académica, es la unidad básica de trabajo del área, constituida por profesores que comparten el interés y la responsabilidad de un área de conocimiento considerado en los programas académicos vigentes en el área, para planear, organizar, desarrollar y evaluar el proceso de enseñanzaaprendizaje, realizar investigación y actividades de difusión universitaria sobre los aspectos teóricos que estudian colegiadamente. ARTÍCULO 4º.- Esta comisión se regirá por lo dispuesto en el reglamento de la Comisión Académica que establece, la manera en que estará integrada, lasfunciones de cada uno de los miembros, la periodicidad de las reuniones, las actividades a desarrollar y la forma de integrar las propuestas. ARTÍCULO 5º.- La Comisión Académica del Área de Ciencias de la Salud, está constituida por el Director del Área, el Secretario Académico del Área, los Directores de Carrera y un representante de cada una de las líneas curriculares, y será propuesta por el Director del Área de acuerdo al Reglamento de la Comisión Académica indicado en la Reglamentación de Órganos Colegiados. ARTÍCULO 6º.- La comisión Académica de la Licenciatura en Enfermería está constituida por los profesores de tiempo completo, medio tiempo y dos profesores de horario libre, que serán quienes revisen, aprueben, supervisen y evalúen los programas académicos. ARTÍCULO 7º.- Los miembros de la Comisión Académica son designados por el Director de Carrera y aprobados por la comisión académica del área y su nombramiento tendrá una duración de 3 años.

5 CAPÍTULO III Del profesor ARTÍCULO 8º.- El profesor de la Licenciatura en Enfermería, norma sus actividades por lo dispuesto en el Estatuto Orgánico y en el Reglamento de Profesores de la universidad y demás disposiciones administrativas y laborales en vigor. ARTÍCULO 9º.- El profesor debe conducirse con respeto, mostrar un comportamiento ético hacía sus alumnos, a la comunidad universitaria de tal forma que no afecte la imagen de la Institución. ARTÍCULO 10º.- El profesor apoya las actividades académicas y formativas desarrolladas en la carrera y asiste a las reuniones de trabajo a los que fuera convocado. ARTÍCULO 11º.- El profesor debe permanecer actualizado y debe asistir semestralmente, cuando menos a un curso del programa de formación de profesores (PFP) que se ofrecen por la universidad. ARTÍCULO 12º.- El profesor debe asistir a sus clases a la hora señalada, cumpliendo con el tiempo establecido. ARTÍCULO 13º.- Es responsabilidad del profesor guiar el aprendizaje y la adquisición de las competencias de sus alumnos en la asignatura correspondiente. ARTÍCULO 14º.- Es responsabilidad del profesor comunicar y en su caso obtener la autorización del director de carrera por su ausencia de 2 o más días consecutivos independientemente de la causa que lo motive, de no ser así podrá ser causa de rescisión de contrato ARTÍCULO 15º.- El profesor de asignatura debe colaborar en la elaboración y aplicación de exámenes de tipo departamental que la comisión académica determine de acuerdo a las competencias a lograr en dicha asignatura. ARTÍCULO 16º.- Es responsabilidad del profesor comunicar a sus alumnos al inicio del curso: I. Encuadre a. Programa de la asignatura b. Horario de clase c. Estrategias didácticas y de aprendizaje d. Formas y criterios de evaluación e. Bibliografía ARTÍCULO 17º.- El profesor debe comunicar a sus alumnos de manera oportuna en un término no mayor de 48 horas los resultados de los exámenes parciales y finales. Esta

6 comunicación se hará en el lugar donde se imparte la asignatura. ARTÍCULO 18º.- Una vez comunicados los resultados de los exámenes el profesor debe registrarlos en el sistema escolar dentro de las siguientes 24 horas. ARTÍCULO 19º.- Es obligación de los profesores asistir a las reuniones de trabajo a las que fuera convocado incluyendo los períodos de suspensión de clases o ínter semestrales. CAPÍTULO IV De las actividades de difusión, extensión y vinculación ARTÍCULO 20º.- Se define por actividades de difusión, extensión y vinculación todas aquellas que realice el área o la institución, a través de eventos, exposiciones, cursos, congresos, talleres, actividades comunitarias, deportivas y todo aquello que conduzca a estos objetivos. ARTÍCULO 21º.- - El personal académico debe apoyar con su participación a las actividades académicas formativas y de promoción desarrolladas en el área, así como aquellos eventos que tengan por objetivo lo señalado en al artículo anterior. ARTÍCULO 22º.- Profesores y alumnos deben participar en la organización, promoción y asistencia de las actividades curriculares y extracurriculares programadas por el Área Académica, tales como: conferencias, concursos, talleres, congresos, cursos, ceremonias y cualquier otra actividad que tenga como objetivo la formación integral del alumno, la superación profesional de los profesores y la convivencia con la comunidad universitaria y la sociedad. CAPÍTULO V De los deberes del alumno en los ambientes de aprendizaje ARTÍCULO 23º.- El alumno debe observar las siguientes conductas en los diferentes ambientes de aprendizaje dentro del campus: Presentarse puntualmente a sus actividades académicas y permanecer el tiempo que dure dicha actividad, prestando en todo momento la atención debida. Adquirir el material bibliográfico o instrumental que se requiere en las asignaturas correspondientes. Responsabilizarse de los objetos de su propiedad incluyendo equipos electrónicos. Utilizar responsablemente sus equipos de comunicación y mantenerlos en silencio. Mantener el orden y actuar con respeto para con sus maestros y compañeros. Portar su credencial con resello vigente que lo acredite como alumno de la escuela ARTÍCULO 24º.- A partir del 1er. semestre deberán portar el uniforme reglamentario:

7 Camisa tipo chemisse blanca con el logo de enfermería, pantalón blanco, cinturón blanco, zapatos blancos cerrados de vestir o clínicos (no tenis, zapatillas o sandalias), y gafete de identificación. Para asistir al CEDAM debe portar uniforme clínico con el logo institucional y su gafete de identificación. ARTÍCULO 25º.- El alumno debe presentarse a las prácticas clínicas cumpliendo con los siguientes requisitos: I. Mujeres: Bien peinada, con pelo corto o recogido, sin mechones, ni moños o cintas de colores; Maquillaje discreto; Uñas cortas, limpias y sin esmalte; Sin alhajas y sin aretes; Uniforme reglamentario limpio, blusa blanca a la altura de la cadera, holgada, pantalón blanco, recto y holgado, no transparente. Suéter guinda en periodo de invierno; Cofia mediana y limpia; Pasadores blancos; Ropa interior color blanco discreta (no se acepta bikini o tanga); Zapatos clínicos blancos con agujetas bien boleados, no suecos de madera; Pantimedia blanca; II. III. IV. Hombres: Bien peinado, con pelo corto, sin mechones, sin barba y bigote; Uñas cortas y limpias; Sin alhajas; Uniforme reglamentario limpio, filipina blanca, cinturón blanco, pantalón blanco, no transparente. Suéter guinda en temporada de invierno; Zapatos clínicos blancos con agujetas del mismo color, bien boleados; Calcetines blancos. Sin dibujos o adornos. En ambos sexos acudir con el siguiente equipo de trabajo: Reloj con segundero; Ligadura; Pluma de tres colores; Calculadora; Libreta de anotaciones; Gafete de identificación vigente expedida por la universidad. En áreas quirúrgicas del hospital o clínica todos los alumnos además de lo anterior, deberán portar lo siguiente: Camisa o filipina guinda reglamentaria; Pantalón o pijama guinda reglamentaria; Turbante blanco o guinda; Botas desechables;

8 V. En las prácticas comunitarias: Pantalón de gabardina azul marino; Camisa tipo chemisse blanca con el logo de enfermería; Zapato negro. CAPÍTULO VI Disciplina y sanciones para alumnos ARTÍCULO 26º.- La universidad procura crear estímulos y recompensas que tiendan a elevar el espíritu de servicio y a premiar la constancia y la relevancia de las actividades académicas desempeñadas por los estudiantes. Para todo acto de indisciplina, esta será sancionada, incluyendo cualquier falta de respeto, agresión verbal, lenguaje procaz o violencia física entre compañeros, alumnos en general o a empleados y maestros. Está prohibido: I. Fumar en el campus y en todos los ambientes de aprendizaje externos, de acuerdo a la Ley General para el Control de Tabaco. II. Dañar mobiliario y equipo de la universidad. III. IV. Para las alumnas, usar blusas de tirantes o con escotes amplios, mallones, pantalones transparentes o rotos, minifalda, short y combinar el uniforme con otros atuendos, tenis o sandalias. Usar uñas largas y/o decoradas. Para los alumnos usar camiseta sin manga, pantalones ajustados, rotos,short, tenis. V. En los hombres, el uso de pelo largo, teñido de cualquier color, cortes de pelo llamativo, fuera de lo común y uso de barba. VI. VII. VIII. En las mujeres el pelo suelto, cortes de cabello y/o tintes de colores llamativos y fuera de lo común. El uso de piercing y tatuajes. En el caso de los hombres además utilizar aretes. El uso de lenguaje procaz y ofensivo, violencia verbal, física y/o emocional. IX. Expresiones afectivas excesivas y públicas. X. Uso, posesión y venta de cualquier tipo de drogas ilícitas. XI. La venta o promoción de artículos de cualquier tipo y por cualquier medio dentro del campus. CAPÍTULO VII Dentro de los hospitales ARTÍCULO 27º.- La práctica clínica es un proceso sistemático y organizado mediante el cual los estudiantes integran los conocimientos y competencias de enfermería y adquieren la

9 formación clínicaen centros de atención primaria y especializada. ARTÍCULO 28º.- La práctica clínica se realiza conforme a los reglamentos que existen dentro de los hospitales y la Norma Oficial Mexicana correspondiente sobre la utilización de Campos Clínicos. ARTÍCULO 29º.- Cualquier acto de indisciplina que cometa algún alumno dentro de las áreas hospitalarias, será resuelto a lo dispuesto por el reglamento sanitario en vigor y de acuerdo a las Leyes Estatales y Federales que en materia de salud sean vigentes. ARTÍCULO 30º.- En caso de violaciones que de manera directa o indirecta afecten el estado de salud de un paciente, serán turnadas a las autoridades del hospital, las que determinaran la acción correspondiente independientemente de lo que determinen las autoridades señaladas en el Capítulo V de este reglamento. ARTÍCULO 31º.- Presentarse puntualmente al área asignada y debidamente uniformado, reportándose con el jefe de piso o enfermera responsable. ARTÍCULO 32º.- Cuidar el equipo y mobiliario médico que esté bajo su responsabilidad y en caso de accidente avisar de inmediato al jefe del área o supervisora de estudiante. ARTÍCULO 33º.-. El alumno deberá respetar las normas de funcionamiento de las instituciones y servicios en los que realice las prácticas y hará un buen uso de las instalaciones. ARTÍCULO 34º.- En ningún caso realizará intervenciones sin supervisión directa de un profesional responsable, ni llevará a cabo acciones que menoscaben la dignidad de las personas que cuiden. ARTÍCULO 35º.- El alumno respetará el derecho del usuario a tomar decisiones fundamentadas sobre sus cuidados y solicitará su consentimiento antes de realizar cualquier procedimiento. ARTÍCULO 36º.- El alumno guardará una estricta confidencialidad sobre cualquier información referente a los usuarios que llegue a su conocimiento en el desarrollo de sus prácticas. ARTÍCULO 37º.- El alumno respetará escrupulosamente los derechos del paciente de acuerdo al Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica NOM-168SSA ARTÍCULO 38º.- Notificar de inmediato a su jefe inmediato o supervisora sobre cualquier problema interpersonal que se presentase en el área, durante el desempeño de sus labores. ARTÍCULO 39º.- Cuando la práctica clínica sea de turno completo tendrá derecho a la ingesta de sus alimentos durante un lapso de 30 minutos. ARTÍCULO 40º.- Avisar inmediatamente a la jefa de servicio y supervisora de práctica sobre

10 cualquier accidente que surja en el desempeño de sus prácticas clínicas con el fin de realizar los trámites correspondientes. ARTÍCULO 41º.- Avisar invariablemente a su jefe inmediato y supervisora de práctica sobre cualquier ausencia por motivos justificados. ARTÍCULO 42º.- El alumno debe asistir puntualmente a su práctica, permanecer en el hospital durante el tiempo que dure la misma. Debe atender exclusivamente actividades de la práctica clínica. ARTÍCULO 43º.- Para la acreditación de las prácticas de pregrado el alumno deberá tener una asistencia mínima del 90%.según calendario escolar. En caso contrario repetirá el curso. La tolerancia de llegada es de diez minutos y solo para ocasiones extraordinarias. El alumno que presente tres retardos se hace acreedor a una falta. ARTÍCULO 44º.- La evaluación de la práctica se realiza en el transcurso del semestre, en dos calificaciones parciales y una en calificación ordinaria. ARTÍCULO 45º.- Por la naturaleza de la actividad práctica, no aplica la evaluació por examen extraordinario ni curso de regularización. CAPÍTULO VIII De las sanciones ARTÍCULO 46º.- - Cuando el alumno incumpla o falte a lo establecido en el Estatuto Orgánico, los Reglamentos Institucionales y/o el Reglamento Interno de la Escuela de Medicina, o a las disposiciones que de estos emanan, se le impondrán: I. Amonestación verbal; II. Apercibimiento por escrito de no volver a realizar la conducta inadecuada; III. Suspensión temporal de 3 a 15 días según lo amerite la conducta realizada; IV. Expulsión definitiva según el grado de la falta. La sanción se aplicara de acuerdo a la falta o incumplimiento según corresponda. ARTÍCULO 47º.- - Las autoridades que tienen facultad para imponer las sanciones son: El Director de Carrera y el Director de Área Académica. A excepción de la expulsión definitiva que será aplicada por la Comisión de Honor y Justicia de la universidad. ARTÍCULO 48º.- Las autoridades que tengan facultad para imponer una sanción otorgaran al alumno el derecho de ser escuchado en su defensa. ARTÍCULO 49º.- Son causas graves de responsabilidad aplicables a todos los miembros de la comunidad estudiantil y como consecuencia traen la amonestación, apercibimiento o

11 suspensión temporal de derecho como alumno de la universidad. a. La hostilidad por razones personales, manifestado por actos concretos contra cualquier miembro o grupo de la comunidad universitaria. b. La utilización de todo ó parte del patrimonio de la universidad para fines distintos de aquellos que están destinados. c. El acoso y hostigamiento sexual. d. Deshonestidad Académica entendiéndose como esta: 1. Copiar las respuestas de otros en los exámenes por cualquier medio. 2. Pasar las respuestas de los exámenes a otros o permitir el copiado de los mismos por cualquier medio. 3. Compartir u obtener los trabajos escolares individuales con la intención de mejorar su evaluación. 4. Intentar mejorar su evaluación mediante el copiado de trabajos realizados por terceros, haciendo creer al profesor que son de su autoría. 5. La sustracción y/o comercialización de exámenes por cualquier medio. 6. Intentar o ejecutar por cualquier medio el cambio de calificaciones en el sistema escolar institucional. 7. Alterar o falsificar cualquier documento escolar para modificar su historial académico, incluyendo papelería, firmas y sellos. ARTICULO 50º.- Son causas de expulsión definitiva de la universidad, de acuerdo a la Comisión de Honor y Justicia: I. El alumno que cometa una falta grave a las autoridades universitarias, maestros, alumnos o empleados de la universidad. II. Al alumno que sea sorprendido en uso, posesión ó tráfico de sustancias que alteren la conducta o produzca drogadicción, (drogas, productos alcohólicos y otros) o que lleve a cabo actos que ofendan a la moral o a la integridad académica de la universidad. III. A los alumnos que cometan una falta grave a los reglamentos y estatutos que rigen en la universidad. IV. Al alumno que provoque disturbios, suspensión de clases ó altere el orden y funcionamiento de la universidad.

12 CAPÍTULO IX Practicas del servicio social ARTÍCULO 51º.- El servicio social es obligatorio para todos los alumnos y deberá prestarse de acuerdo a la reglamentación existente y a las leyes establecidas al respecto para la licenciatura en Enfermería en el país. ARTÍCULO 52º.- Las plazas serán otorgadas oficialmente por las Secretaría de Salud del Estado, de acuerdo a los promedios obtenidos por los alumnos durante la carrera. ARTÍCULO 53º.-.El cumplir con el servicio social es un requisito indispensable para poder obtener el título de Licenciatura en Enfermería, de acuerdo a la Normatividad para el alumno establecida en la universidad y en el Reglamento de Titulación de la Universidad del Noreste. CAPÍTULO X De la titulación ARTÍCULO 54º.- La titulación se rige por la norma existente en la universidad. ARTÍCULO 55º.- El examen profesional consta de dos partes: examen teórico que evalúa conocimientos generales contenidos en un temario y el examen práctico que evalúa destrezas y habilidades y se desarrolla en el CEDAM o área clínica. ARTÍCULO 56º.- Se requiere que el alumno tenga 450 puntos del TOEFL para realizar su trámite de titulación. ARTÍCULO 57º.- Cualquier situación no prevista en este reglamento, será resuelta por la Dirección del Área, en apego a los Reglamentos Institucionales y al Estatuto Orgánico de la universidad. ARTICULO TRANSITORIO: El presente reglamento entrará en vigor a partir del 1º de febrero 2014.

13 Campus: Prolongación Avenida Hidalgo No Col. Nuevo Aeropuerto CP Tampico, Tamaulipas, México. Teléfonos/Fax 01 (833) , , , Lada Nacional sin costo Autorización del Gobierno del Edo. Decreto 259 Diciembre 14, 1977.

REGLAMENTO DE BUFETE JURÍDICO GRATUITO DE LA ESCUELA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO

REGLAMENTO DE BUFETE JURÍDICO GRATUITO DE LA ESCUELA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO REGLAMENTO DE BUFETE JURÍDICO GRATUITO DE LA ESCUELA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO CAPÍTULO I ARTÍCULO 1º. Se crea un Bufete Jurídico Gratuito como Institución dependiente directamente

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EDICIÓN ESPECIAL Agosto de 2009. REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Í N D I C E CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.3 CAPÍTULO II DE LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS 4 CAPÍTULO

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ

LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Para efecto de los presentes lineamientos se entiende por personal administrativo

Más detalles

INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES

INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LAS ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO III DE LOS RESPONSABLES SECCIÓN I DE LOS RESPONSABLES

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERNO DE LA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO INTERNO DE LA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público, se emite con fundamento en lo dispuesto

Más detalles

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS. Reglamento para la Enseñanza del Idioma Inglés

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS. Reglamento para la Enseñanza del Idioma Inglés REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento para la Enseñanza del Idioma Inglés UNIVERSIDAD DEL NORESTE, A.C. REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS REGLAMENTACIÓN PARA LA ENSEÑANZA DEL IDIOMA

Más detalles

BACHILLERATO PLANTEL PUEBLA. REGLAMENTO

BACHILLERATO PLANTEL PUEBLA. REGLAMENTO BACHILLERATO PLANTEL PUEBLA. REGLAMENTO 1.- Los alumnos se comprometen a trabajar y esforzarse en el cumplimiento de sus labores académicas con las exigencias que requiere cada materia, como son: atender

Más detalles

Vicerrectoría Académica Dirección de Desarrollo Estudiantil. Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad de Occidente.

Vicerrectoría Académica Dirección de Desarrollo Estudiantil. Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad de Occidente. CAPITULO I De la Definición y Objetivo Artículo 1. El objetivo del presente Reglamento es regular la aplicación y desarrollo de las estrategias, acciones y actividades, relacionadas con la movilidad estudiantil

Más detalles

Universidad de las Américas, A.C. Reglamento de Actividades Deportivas

Universidad de las Américas, A.C. Reglamento de Actividades Deportivas Universidad de las Américas, A.C. Reglamento de Actividades Deportivas CAPÍTULO PRIMERO DEFINICIONES GENERALES Artículo 1. La Coordinación de Actividades Deportivas (AD) tiene como propósito la supervisión

Más detalles

REGLAMENTO DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Y DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Y DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Y DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto normar la presentación y la aprobación

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales 1 REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- La Escuela de Medicina es una de las entidades a través de la cual el IUNIR, realiza su función docente, de investigación

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES ÍNDICE INTRODUCCIÓN 1 NORMATIVIDAD DEL SERVICIO SOCIAL 1 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES DEL SERVICIO SOCIAL 1 CAPÍTULO II DE LAS CONDICIONES

Más detalles

REGLAMENTO PARA APLICACIÓN DE EXAMENES EN LÍNEA

REGLAMENTO PARA APLICACIÓN DE EXAMENES EN LÍNEA REGLAMENTO PARA APLICACIÓN DE EXAMENES EN LÍNEA Aprobado por Sesión de Consejo Técnico Según consta en el acta de fecha: 27 de Marzo de 2012. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN VIRTUAL Ante la necesidad de modernizar

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA FELIPE CUAMEA VELÁZQUEZ, Rector de la Universidad Autónoma de Baja California, con fundamento en los artículos 24, fracción I, de su Ley Orgánica, y 41, fracción I, y 72, fracción XXVIII, de su Estatuto

Más detalles

Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Escuela de Cultura Física y Deporte Licenciatura en Entrenamiento Deportivo REGLAMENTO.

Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Escuela de Cultura Física y Deporte Licenciatura en Entrenamiento Deportivo REGLAMENTO. Licenciatura en Entrenamiento Deportivo REGLAMENTO de Academias Julio del 2015 Elaborado por: Lic. Luis Abel Solano Santiago Director Encargado L.C.E. Luis Enrique Ramírez López Coordinador Académico 2

Más detalles

Universidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia

Universidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia Universidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia PROPUESTA DE NORMATIVA PARA PRÁCTICAS CLÍNICAS EN LA CARRERA DE FISIOTERAPIA Aprobado en Consejo Universitario N CUO-2011-56/31.1.11

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México CAPÍTULO PRIMERO LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación del

Más detalles

Índice. Objetivo. Objetivo... 1. Requisitos... 2. Procedimiento de Inscripción... 4. Derechos, Obligaciones y Sanciones... 10. Valores...

Índice. Objetivo. Objetivo... 1. Requisitos... 2. Procedimiento de Inscripción... 4. Derechos, Obligaciones y Sanciones... 10. Valores... Índice Objetivo............................. 1 Requisitos............................ 2 Procedimiento de Inscripción.............. 4 Derechos, Obligaciones y Sanciones...... 10 Valores..............................13

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO

INSTRUCTIVO PARA LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO INSTRUCTIVO PARA LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO 1. ASPECTOS LEGALES Considerando que EL REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL en la Sección IV DE LAS JUNTAS DE DOCENTES DE GRADO

Más detalles

ÍNDICE. Derechos y obligaciones de los estudiantes que realizan servicio social. Registro, prestación y término del servicio social

ÍNDICE. Derechos y obligaciones de los estudiantes que realizan servicio social. Registro, prestación y término del servicio social PAG. 1/30 ED. 1.1 ÍNDICE Preámbulo Título I. Título II Título III. Título IV. Disposiciones Generales Derechos y obligaciones de los estudiantes que realizan servicio social Registro, prestación y término

Más detalles

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL POR LOS ALUMNOS DE LOS PLANTELES DE LOS COLEGIOS DE ESTUDIOS

Más detalles

REGLAMENTO DE INGRESO Y PERMANENCIA DEL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

REGLAMENTO DE INGRESO Y PERMANENCIA DEL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. REGLAMENTO DE INGRESO Y PERMANENCIA DEL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. REGLAMENTO DE INGRESO Y PERMANENCIA DEL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS. ARTICULO 6º. Las becas aplican para todos los niveles académicos, a excepción de las licenciaturas de la modalidad ejecutiva.

REGLAMENTO DE BECAS. ARTICULO 6º. Las becas aplican para todos los niveles académicos, a excepción de las licenciaturas de la modalidad ejecutiva. REGLAMENTO DE BECAS 2015 REGLAMENTO DE BECAS Con fundamento en los artículos 1º y 6º fracción I del Capítulo I, Título Primero del Estatuto Orgánico; para regular lo establecido en el artículo 104º fracción

Más detalles

Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios Superiores de Huixquilucan.

Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios Superiores de Huixquilucan. REGLAMENTO DE CURSOS DE VERANO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios El ámbito de difusión y aplicación del presente documento

Más detalles

A los Miembros de la Comunidad del Grupo Educativo del Valle:

A los Miembros de la Comunidad del Grupo Educativo del Valle: CÓDIGO DE ÉTICA 1 A los Miembros de la Comunidad del Grupo Educativo del Valle: Con la participación de representantes de todas las instituciones miembro y de toda nuestra comunidad: estudiantes, educadores,

Más detalles

REGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO DEL INSTITUTO AMERICANO

REGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO DEL INSTITUTO AMERICANO REGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO DEL INSTITUTO AMERICANO DEL OBJETIVO GENERAL Art. 1. El Reglamento del Centro de Computo del Instituto Americano tiene como objetivo primordial normar el uso y el funcionamiento

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE IDIOMAS

REGLAMENTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE IDIOMAS REGLAMENTO GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE IDIOMAS Título Primero Definiciones y estructuras Artículo 1º. El Departamento de Idiomas es un centro de apoyo a la docencia, que tiene por objeto la enseñanza de

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE ENFERMERÍA

REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE ENFERMERÍA REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE ENFERMERÍA I.- PRESENTACIÓN El servicio social es una fase obligatoria de la currícula de la carrera de enfermería, a través del cual, el pasante aplica los conocimientos,

Más detalles

REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO

REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO DEL PROPÓSITO DEL REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD

Más detalles

CETYS UNIVERSIDAD REGLAMENTO PARA VIAJES NACIONALES E INTERNACIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE MEDIA SUPERIOR

CETYS UNIVERSIDAD REGLAMENTO PARA VIAJES NACIONALES E INTERNACIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE MEDIA SUPERIOR EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR CETYS UNIVERSIDAD REGLAMENTO PARA VIAJES NACIONALES E INTERNACIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE MEDIA SUPERIOR PROPÓSITO DEL REGLAMENTO Unificar la normatividad, políticas y procesos

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- La Universidad Autónoma de Querétaro, de conformidad con

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE SAN LUIS POTOSÍ Ciencia, Tecnología y Cultura al Servicio del Ser Humano REGLAMENTO DE TITULACIÓN TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente reglamento,

Más detalles

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA Manual de Organización de la Academia de Maestros de las Escuelas Secundarias Técnicas MAYO, 2000.

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO PARA LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA NORMAL DE EDUCACIÓN FÍSICA DE COAHUILA.

REGLAMENTO INTERNO PARA LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA NORMAL DE EDUCACIÓN FÍSICA DE COAHUILA. REGLAMENTO INTERNO PARA LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA NORMAL DE EDUCACIÓN FÍSICA DE COAHUILA. El presente Reglamento con base a los lineamientos del Plan de Estudios 2002 se expide el Reglamento Interno y

Más detalles

T Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN

T Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN T Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN Art.216º Art.217º Art.218º Art.219º Art.220º Art.221º Art.222º OBJETIVO La Universidad

Más detalles

Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL

Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Capítulo General REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA 1. Con el propósito de instrumentar el intercambio académico entre las universidades miembros de

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO ORGANIZACIÓN

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO ORGANIZACIÓN UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO Artículo 1.- Las academias son órganos colegiados de carácter consultivo, integradas

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES DEL NIVEL SUPERIOR Y MEDIO SUPERIOR CAPITULO I MARCO JURIDICO

REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES DEL NIVEL SUPERIOR Y MEDIO SUPERIOR CAPITULO I MARCO JURIDICO REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES DEL NIVEL SUPERIOR Y MEDIO SUPERIOR CAPITULO I MARCO JURIDICO ARTICULO 1.- El presente reglamento establece las bases y procedimientos

Más detalles

Reglamento para el Programa de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la CDI México, febrero 2008

Reglamento para el Programa de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la CDI México, febrero 2008 Reglamento para el Programa de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la CDI México, febrero 2008 Documento escrito en HOJA DE FIRMAS Autorizó: Visto Bueno: Lic. Luis H. Álvarez Álvarez Director

Más detalles

ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA (DOF 20 DE

ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA (DOF 20 DE ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA (DOF 20 DE SEPTIEMBRE DE 2013) ANTECEDENTES El 20 de septiembre

Más detalles

UNIVERSIDAD DE MANAGUA. El más alto nivel REGLAMENTO DE USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

UNIVERSIDAD DE MANAGUA. El más alto nivel REGLAMENTO DE USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS UNIVERSIDAD DE MANAGUA El más alto nivel REGLAMENTO DE USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Managua, Nicaragua, Enero 2014 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objetivo del reglamento El presente

Más detalles

LICENCIATURA DE INGENIERÍA EN SISTEMAS BIOMÉDICOS

LICENCIATURA DE INGENIERÍA EN SISTEMAS BIOMÉDICOS LICENCIATURA DE INGENIERÍA EN SISTEMAS BIOMÉDICOS OBJETIVO DE LA CARRERA. El objetivo de la licenciatura de ingeniería en Sistemas Biomédicos es formar ingenieros con conocimientos sólidos y habilidades

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DESARROLLO DE TALENTOS UNIVERSITARIOS

LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DESARROLLO DE TALENTOS UNIVERSITARIOS LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DESARROLLO DE TALENTOS UNIVERSITARIOS 1. La UANL, a través de la Secretaría Académica, establece el Programa Desarrollo de Talentos, cuyo objetivo principal es promover e impulsar

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DEL LABORATORIO DE IDIOMAS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO

REGLAMENTO GENERAL DEL LABORATORIO DE IDIOMAS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 10, FRACCIÓN XI DEL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSOS

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas

Más detalles

REGLAMENTO DE MOVILIDAD ACADÉMICA ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ

REGLAMENTO DE MOVILIDAD ACADÉMICA ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ REGLAMENTO DE MOVILIDAD ACADÉMICA ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ TÍTULO PRIMERO DE LA MOVILIDAD ACADÉMICA ESTUDIANTIL CAPÍTULO PRIMERO De la Definición y Objetivo ARTÍCULO 1.

Más detalles

REGLAMENTO ESTANCIAS Y ESTADÍAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL SUROESTE DE GUANAJUATO

REGLAMENTO ESTANCIAS Y ESTADÍAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL SUROESTE DE GUANAJUATO REGLAMENTO DE ESTANCIAS Y ESTADÍAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL SUROESTE DE GUANAJUATO Aprobado por el H. Consejo Directivo en sesión ordinaria del día 09 de marzo del 2000 1 REGLAMENTO DE ESTANCIAS

Más detalles

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DEL CARIBE CECAR Personería jurídica No. 7786 MEN - ICFES - Nit 892.201.263-1

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DEL CARIBE CECAR Personería jurídica No. 7786 MEN - ICFES - Nit 892.201.263-1 CONSEJO ACADEMICO ACUERDO No. 01B de 2008 ACTA No. 01-08 Por la cual se establece el Reglamento de los Laboratorios de Informática El Consejo Académico de la Corporación Universitaria del Caribe, en ejercicio

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PARA MONITORES ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS

REGLAMENTO GENERAL PARA MONITORES ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS REGLAMENTO GENERAL PARA MONITORES ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS 1 REGLAMENTO GENERAL PARA MONITORES ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS PREGRADO Reglamento general para monitores Capítulo I Naturaleza de las

Más detalles

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE MARZO DE 1994 (Texto original publicado DOF 10/03/1994) Al margen

Más detalles

REGLAMENTO DE DEPORTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUROESTE DE GUANAJUATO

REGLAMENTO DE DEPORTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUROESTE DE GUANAJUATO REGLAMENTO DE DEPORTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUROESTE DE GUANAJUATO Aprobado por el H. Consejo Directivo en sesión ordinaria del día 09 de marzo del 2000 REGLAMENTO DE DEPORTES DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS

Más detalles

ACUERDO QUE CREA EL BUFETE JURÍDICO GRATUITO DE LA FACULTAD DE DERECHO MEXICALI DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA CONSIDERANDO:

ACUERDO QUE CREA EL BUFETE JURÍDICO GRATUITO DE LA FACULTAD DE DERECHO MEXICALI DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA CONSIDERANDO: ACUERDO QUE CREA EL BUFETE JURÍDICO GRATUITO DE LA FACULTAD DE DERECHO MEXICALI DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA ALEJANDRO MUNGARAY LAGARDA, Rector de la Universidad Autónoma de Baja California,

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITECNICA DEL SUR DE ZACATECAS

UNIVERSIDAD POLITECNICA DEL SUR DE ZACATECAS 1 UNIVERSIDAD POLITECNICA DEL SUR DE ZACATECAS REGLAMENTO DEL SISTEMA INTEGRAL DE TUTORIAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto normar la programación,

Más detalles

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno num. 30 de

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO

REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE CAMPO Definición: Se entiende como prácticas de campo a todas aquellas actividades extra aulas que brindan la oportunidad

Más detalles

Reglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores

Reglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores Coordinación de Laboratorios!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO Exposición de motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO

REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO 1 REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO CAPÍTULO I FUNDAMENTACIÓN Y PRINCIPIOS ARTÍCULO 1.- El presente Ordenamiento tiene como fundamento

Más detalles

INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS Carrera de Nutrición y Dietética

INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS Carrera de Nutrición y Dietética INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS Agosto de 2010 2 Introducción El presente instructivo forma parte integral de los requisitos de práctica realizados en la, debiendo ser conocido por todos los alumnos, profesores,

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El presente documento tiene como propósito establecer las pautas para que las academias de profesores de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, de la Universidad Juárez del

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Art.1o. Art.2o. Art.3o. La aprobación del grado de especialidad, maestría y doctorado en la Universidad La Salle Victoria para

Más detalles

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES Introducción FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, en su artículo

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE REESTRUCTURA EL CONSEJO CONSULTIVO DE PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES Y SE ESTABLECE SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES.

ACUERDO POR EL QUE SE REESTRUCTURA EL CONSEJO CONSULTIVO DE PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES Y SE ESTABLECE SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES. ACUERDO POR EL QUE SE REESTRUCTURA EL CONSEJO CONSULTIVO DE PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES Y SE ESTABLECE SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03/05/2001)

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR

REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR SAN SALVADOR, ABRIL DE 2013 1 REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL SALVADOR. CAPITULO I OBJETO Art. 1.- El presente

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES ACERCA DEL BACHILLERATO A DISTANCIA El Bachillerato a Distancia del Estado de Zacatecas (B@ZAC), es un programa educativo que se imparte en este estado, y tiene como finalidad ofrecer a la población una

Más detalles

LINEAMIENTOS DE ACTIVIDADES PARAESCOLARES

LINEAMIENTOS DE ACTIVIDADES PARAESCOLARES (Manuales, Catálogos, Lineamientos, Reglamentos, Plan) Requerimiento: 7.2.1. INCISO C. No. Versión: 02 Página 1 de 5 LINEAMIENTOS DE ACTIVIDADES PARAESCOLARES Elaboró: Revisó: Autorizó: Puesto Abogado

Más detalles

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICAS CLÍNICAS CARRERA DE ENFERMERÍA

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICAS CLÍNICAS CARRERA DE ENFERMERÍA INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICAS CLÍNICAS CARRERA DE ENFERMERÍA (Actualización 2015) Página 1 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: El presente instructivo regula las disposiciones y normas por

Más detalles

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE

LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE 1 LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE, CON

Más detalles

Bases de Participación

Bases de Participación C O N V O C A T O R I A X Premio Santander a la Innovación Empresarial 2014-2015 El Grupo Financiero Santander, en colaboración con la Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional del Emprendedor,

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA

REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA Actualizado 2015 Página 1 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD SEK 1. El siguiente reglamento de Proceso de Titulación de la Carrera de Enfermería

Más detalles

UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional

UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional 01/06/2005 - Cada cinco años 1 de 7 Alcance Este Reglamento aplica para todos los cursos co-curriculares de nivel licenciatura de la Universidad de Monterrey. Responsabilidades Los Directores de Programa

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA OFICINA DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERNO DE LA OFICINA DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO INTERNO DE LA OFICINA DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art.1.- El presente reglamento es de orden público, observancia general y obligatoria para todos los trabajadores

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art.1.- El presente reglamento es de orden público, observancia general y obligatoria para todos los trabajadores

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPITULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1. El presente reglamento establece las bases generales para el uso de los laboratorios y talleres de la Universidad

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS

REGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS REGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS Aprobado en la sesión extraordinaria del H. Consejo Universitario de fecha 13 de junio de 2001 publicado en la Gaceta Universitaria No. 81 correspondiente a los meses

Más detalles

1.- NORMAS GENERALES. 1.1 Finalidad.-

1.- NORMAS GENERALES. 1.1 Finalidad.- PANAMA NORMATIVA DEL USO DE NORMATIVA UNIFORMES DEL E IMAGEN USO DE UNIFORMES E IMAGEN CORPORATIVA DE TEMPO CORPORATIVA DE TEMPO Según Según reglamento Interno TEMPO: TEMPO: capítulo vii capítulo de las

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS. Capítulo 1. De las Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS. Capítulo 1. De las Disposiciones Generales REGLAMENTO DE BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS Capítulo 1 De las Disposiciones Generales Artículo 1. De las Becas de la Universidad del Claustro de Sor Juana La Universidad del Claustro de Sor Juana cuenta

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

Ordeno. Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de actuación y destinatarios. Artículo 3. Estructura de los cursos. Artículo 4.

Ordeno. Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de actuación y destinatarios. Artículo 3. Estructura de los cursos. Artículo 4. Orden XX/2015, de XX de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los cursos de formación y actualización sobre el desarrollo de la función directiva así como la certificación

Más detalles

ACUERDO No. 18 de 2002, mediante el cual se expide el Reglamento del Programa Universitario de Inglés (PUI). A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA:

ACUERDO No. 18 de 2002, mediante el cual se expide el Reglamento del Programa Universitario de Inglés (PUI). A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA: 1 ACUERDO No. 18 de 2002, mediante el cual se expide el Reglamento del Programa Universitario de Inglés (PUI). A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA: El Rector de la Universidad de Colima, en uso de las facultades

Más detalles

REGLAMENTO DE INSTANCIAS DE VIGILANCIA ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES...1 CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS..1

REGLAMENTO DE INSTANCIAS DE VIGILANCIA ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES...1 CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS..1 REGLAMENTO DE INSTANCIAS DE VIGILANCIA ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES...1 CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS..1 CAPÍTULO III DE LAS INSTANCIAS DE VIGILANCIA...2 TRANSITORIOS.11 CAPÍTULO I

Más detalles

MAESTRÍA EN PSICOLOGÍA CLÍNICA Facultad de Psicología PRÁCTICA CLINICA HOSPITALARIA III

MAESTRÍA EN PSICOLOGÍA CLÍNICA Facultad de Psicología PRÁCTICA CLINICA HOSPITALARIA III MAESTRÍA EN PSICOLOGÍA CLÍNICA Facultad de Psicología PS10-4 PS11-1 PS12-1 PRÁCTICA CLINICA HOSPITALARIA I PRÁCTICA CLINICA HOSPITALARIA II PRÁCTICA CLINICA HOSPITALARIA III El profesional en Psicología

Más detalles

NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES. I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura

NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES. I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura Artículo 1o.- La Universidad Nacional Autónoma de México selecciona a

Más detalles

CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA FUNDACIÓN PARA LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA [ENTIDAD]

CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA FUNDACIÓN PARA LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA [ENTIDAD] CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA FUNDACIÓN PARA LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA Y [ENTIDAD] Barcelona, [día] de [mes] de [año] PARTES De una parte, el Sr. Carles Sigalés Conde, que interviene

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL ALUMNO

REGLAMENTO INTERNO DEL ALUMNO REGLAMENTO INTERNO DEL ALUMNO FUNDAMENTACION La disciplina en el colegio, comprende el conjunto de medios utilizados por los educadores para que, gradualmente, el joven adquiera conciencia de su responsabilidad

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO INTEGRAL (DCI) DE LA ESCUELA DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO INTEGRAL (DCI) DE LA ESCUELA DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO CAPÍTULO I DEFINICIÓN Y OBJETIVOS Art. 1.- El Programa de Desarrollo Comunitario Integral (DCI) corresponde al cuarto y quinto año de la Carrera de Medicina de la Universidad San Francisco de Quito USFQ.

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES. CAPITULO I. Disposiciones Generales

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES. CAPITULO I. Disposiciones Generales REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPITULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. Artículo 2. El presente Reglamento establece las bases y fija los lineamientos

Más detalles

PROPÓSITOS GENERALES. Los viajes de estudio por su duración y características se clasifican en:

PROPÓSITOS GENERALES. Los viajes de estudio por su duración y características se clasifican en: REGLAMENTO DE VIAJES DE ESTUDIO DE LA PREPARATORIA AGRÍCOLA, APROBADO POR EL H. CONSEJO DEPARTAMENTAL EN SU SESIÓN ORDINARIA DEL 25 DE SEPTIEMBRE DE 1998, ACUERDO N 7. PROPÓSITOS GENERALES Los propósitos

Más detalles

Maestría en Administración Pública Estudios con RVOE SEP, Decreto Presidencial publicado en el D.O.F. de 26 de Noviembre 1982.

Maestría en Administración Pública Estudios con RVOE SEP, Decreto Presidencial publicado en el D.O.F. de 26 de Noviembre 1982. Maestría en Administración Pública Estudios con RVOE SEP, Decreto Presidencial publicado en el D.O.F. de 26 de Noviembre 1982. Misión de la Universidad Anáhuac: La Universidad tiene como misión, en el

Más detalles

ACUERDO No. 03. (Noviembre 10 de 2009) Modificado Acuerdo No. 6 de 2010

ACUERDO No. 03. (Noviembre 10 de 2009) Modificado Acuerdo No. 6 de 2010 ACUERDO No. 03 (Noviembre 10 de 2009) Modificado Acuerdo No. 6 de 2010 Por el cual se adopta el nuevo Reglamento de Posgrados de la Corporación Universidad Libre. La H Consiliatura de la Universidad Libre

Más detalles

NORMATIVA DE PRÁCTICAS CURRICULARES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

NORMATIVA DE PRÁCTICAS CURRICULARES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA NORMATIVA DE PRÁCTICAS CURRICULARES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (Aprobado por la junta de Centro en sesión ordinaria celebrada el día 10 de julio de 2013)

Más detalles

Artículo 2. El Reglamento General de Alumnos deberá cumplirse en todas las etapas del viaje.

Artículo 2. El Reglamento General de Alumnos deberá cumplirse en todas las etapas del viaje. Este reglamento tiene por objetivo presentar las principales normas de comportamiento que ha de cumplir todo estudiante del Tecnológico de Monterrey, en viajes oficiales del Instituto. Artículo 1. Se consideran

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACION y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL IPN UNIDAD SALTILLO CENTRO DE INFORMACION

CENTRO DE INVESTIGACION y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL IPN UNIDAD SALTILLO CENTRO DE INFORMACION CENTRO DE INVESTIGACION y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL IPN UNIDAD SALTILLO CENTRO DE INFORMACION INDICE Objetivos Políticas Reglamento Capítulo I. Horario Capítulo II. Servicios Capítulo III. Obligaciones

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL CONSEJO DIRECTIVO DEL UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO

Más detalles

ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO

ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO Artículo 7. El alumno podrá renunciar expresamente a su inscripción o reinscripción, a más tardar

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ATITALAQUIA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ATITALAQUIA Subsecretaría de Educación Superior Dirección General de Educación Superior Tecnológica REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ATITALAQUIA Contenido CAPITULO I. DE LAS

Más detalles

REGLAMENTO DE ACCESO Y USO DE INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE TECNOLOGÍA Y COMERCIO

REGLAMENTO DE ACCESO Y USO DE INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE TECNOLOGÍA Y COMERCIO REGLAMENTO DE ACCESO Y USO DE INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE TECNOLOGÍA Y COMERCIO MANAGUA, NICARAGUA Junio 2014 CONTENIDO CAPITULO PRIMERO 2 DEFINICIONES GENERALES CAPITULO SEGUNDO 4 DEL ACCESO A

Más detalles

MARCO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN LAS ESCUELAS DEL DISTRITO FEDERAL. Protocolo de Intervención del Docente de Educación Preescolar

MARCO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN LAS ESCUELAS DEL DISTRITO FEDERAL. Protocolo de Intervención del Docente de Educación Preescolar MARCO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN LAS ESCUELAS DEL DISTRITO FEDERAL Protocolo de Intervención del Docente de Educación Preescolar El presente protocolo tiene la intención de orientar la intervención

Más detalles