Bicentenario de la Independencia Nacional:

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Bicentenario de la Independencia Nacional:"

Transcripción

1 ASUNCIÓN, 26 de agosto de 2009 VISTO: La Ley Nº 904/63 Que establece las funciones del Ministerio de Industria y Comercio, modificado y ampliado por la Ley N 2.961/06. La Ley N 1.334/98 De Defensa del Consumidor y del Usuario, ampliado por la Ley N 2.340/2003. Las notas presentadas por la Industria Paraguaya de Cobre (INPACO S.A.) de fechas 08 de junio de 2004 y 05 de noviembre de 2007, solicitando al Ministerio de Industria y Comercio la reglamentación para la fabricación, importación y comercialización de los cables; y CONSIDERANDO: Que, es necesario velar por la seguridad de las instalaciones eléctricas de baja tensión. Que, es necesario garantizar a personas, bienes y animales domésticos la seguridad en la utilización de los cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive en condiciones previsibles o normales de uso. Que, es función del Estado establecer los requisitos mínimos de seguridad para los cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive y crear un mecanismo que garantice su cumplimiento. Que, los sistemas de evaluación de la conformidad acreditados e internacionalmente adoptados constituyen mecanismos aptos para tal fin. Que, el análisis y elaboración de la presente propuesta se realizó en la Sección Nacional del SGT 3 Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad/Seguridad de Productos Eléctricos-MERCOSUR, con la participación de los importadores y fabricantes de cables y de representantes del Organismo Nacional de Acreditación (ONA), del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) y del Ministerio de Industria y Comercio (MIC). Que por Memorándum DGC/DCL/MEMO N 128 del 23 de marzo de 2009, la Subsecretaría de Estado de Comercio, ha solicitado el parecer de la Dirección General de Asuntos Legales, y ésta se expidió conforme al Dictamen N 74 del 13 de abril de 2009, manifestando que no posee defecto que impidan su prosecución../

2 POR TANTO, EL MINISTRO DE INDUSTRIA R E S U E L V E: Art. 1º.- Establecer la certificación obligatoria por marca de conformidad (Sistema ISO N 5) de cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive; fabricados, importados y comercializados en el país, en base a las siguientes normas: a) PNA-NM 247-1:2000. Cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive Parte 1 Requisitos generales (IEC , MOD). b) PNA-NM 247-2:2000. Cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive Parte 2 Métodos de ensayos (IEC , MOD). c) PNA-NM 247-3:2002. Cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive Parte 3 Cables unipolares (sin envoltura) para instalaciones fijas (IEC , MOD). d) PNA-NM 247-5:2002. Cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive Parte 5 Cables flexibles (cordones) (IEC , MOD). Art. 2º. Art. 3º. - Establecer que los cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive; mencionados en el Artículo anterior, deben contar con la identificación de la certificación, indicando la conformidad con la PNA NM-247, aprobada por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). La certificación será concedida por el Organismo Nacional de Certificación acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación (ONA) A los efectos de la presente Resolución se entenderá como Organismo Nacional de Certificación al Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) en virtud del Decreto N /96../

3 La certificación de la cual se trata en este Artículo, debe ser efectuada de acuerdo con el Reglamento de Evaluación de la Conformidad para cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive; dispuesto en el Anexo de la presente Resolución. Art. 4º.- Art. 5 Art. 6º.- Art. 7º.- Art. 8º.- A los efectos de esta Resolución, serán válidos los certificados emitidos por el INTN y los informes de ensayos de los laboratorios que hayan iniciado su proceso de acreditación y que cumplan el programa establecido por el Organismo Nacional de Acreditación (ONA). El proceso de acreditación para el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) y los laboratorios de ensayos tendrá un plazo máximo de 360 (trescientos sesenta) días contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Los fabricantes e importadores de cables aislados con policloruro de vinilo (PVC) para tensiones nominales hasta 450/750 V, inclusive, tendrán un plazo para adecuarse a lo dispuesto en la presente Resolución de un máximo de 180 (ciento ochenta) días contados a partir de la fecha de su publicación. El Ministerio de Industria y Comercio creará el REGISTRO DE FABRICANTES E IMPORTADORES DE CABLES AISLADOS CON POLICRORURO DE VINILO (PVC) PARA TENSIONES NOMINALES El Organismo Nacional de Acreditación (ONA) deberá mantener actualizado al Ministerio de Industria y Comercio el listado de laboratorios de ensayos acreditados y/o que hayan iniciado el proceso para su acreditación. El Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), deberá remitir el listado actualizado al Ministerio de Industria y Comercio de los productos certificados según lo establecido en la presente Resolución. Las fiscalizaciones en el marco del cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta Resolución estarán a cargo de la Subsecretaría de Estado de Comercio../

4 Art. 9º.- La inobservancia de las disposiciones establecidas en la presente Resolución ocasionará la aplicación a sus infractores de las sanciones previstas en este Artículo, sin perjuicio de las acciones penales que pudieran corresponder por la realización de tales hechos, previo sumario administrativo de acuerdo al Código Penal y a las disposiciones legales vigentes La multa se determina por unidades de referencia, y cada unidad de referencia equivale a un jornal mínimo diario establecido para actividades diversas no especificadas en la Capital, al momento en que la multa es aplicada La multa será establecida en el sumario administrativo pertinente entre un mínimo de 200 (doscientos) y hasta un máximo de (un mil) unidades de referencia, si se comprobasen los siguientes hechos: Comercialización sin la marca INTN tanto en el producto como en el embalaje. 500 unidades de referencia Falta de las informaciones básicas exigidas por las normas técnicas aprobadas por la presente Resolución tanto en el producto como en el embalaje. 600 unidades de referencia No poseer la licencia emitida por el INTN para el uso de la Marca INTN. 800 unidades de referencia Colocar la Marca INTN en productos que no cumplan con los requisitos establecidos por la Normas Técnicas unidades de referencia La multa será aplicada al fabricante en caso de que el producto sea nacional y al importador en caso de que el producto sea importado Además de la multa que se le aplica al infractor, los productos no podrán ser comercializados hasta que se solucione la no conformidad existente y sean aprobadas por el INTN../

5 En caso de reincidencia de cualquiera de los casos citados, será aplicada la multa máxima establecida en este Artículo. Art. 10º.- Art. 11º.- La presente Resolución entrará a regir a partir de la fecha de su promulgación. Comunicar a quienes corresponda y cumplida, archivar. FDO.: FRANCISCO JOSÉ RIVAS ALMADA Ministro

6 A N E X O Reglamento de Evaluación de la Conformidad para Cables Aislados con Policloruro de Vinilo (PVC) para tensiones nominales de 450/750 V, para instalaciones fijas. 1. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS NP-ISO 9001:2000. Sistemas de Gestión de la Calidad - Requisitos DNC-RG-001: Marca INTN de conformidad con normas técnicas Reglamento de contratación y uso. NP-ISO/IEC 17025:2006 Requisitos Generales para la Competencia de los Laboratorios de Ensayo y Calibración. NP-COPANT-GUIA-ISO/IEC 65:2000 Requisitos Generales para los organismos que operan sistemas de certificación de productos. ISO/IEC 17021:2007 Acreditación de Organismo de Certificación de Sistema de Gestión y Ambiental. 2. LICENCIA PARA EL USO DE LA MARCA INTN Para obtener la licencia para uso de la marca INTN, el solicitante debe cumplir con lo establecido en el DNC-RG-001 y los requisitos establecidos en este documento. 3. IDENTIFICACIÓN DE LA CONFORMIDAD La identificación de la conformidad será realizada mediante la marcación en el producto de la Marca INTN, definida en el ítem 6 del Anexo de la presente Resolución. La marca debe ser colocada en los productos para tensiones hasta 450/750 V, inclusive, y en la etiqueta, de manera legible, indeleble y permanente mediante la impresión de la marca. La marca INTN en el producto es opcional para secciones menores a 1,5 mm 2, pero es obligatorio en las etiquetas. 4. ENSAYOS 4.1 ENSAYOS: Los ensayos están definidos en las normas PNA-NM 247-1:2000, PNA-NM 247-2:2000, PNA-NM 247-3:2002 y PNA-NM 247-5:200. Cualquier error, enmienda o actualización de las normas mencionadas en esta Resolución, solo podrá ser utilizada con la autorización del Ministerio de Industria y Comercio.

7 ENSAYOS INICIALES Los ensayos iníciales son los ensayos de tipo previstos en las Tablas 2 y 4 de la PNA-NM-247-3, y en las tablas 4, 6,8 y 10 de la norma PNA-NM Las cantidades de muestras necesarias para la realización de los ensayos es descripta en el PNA-NM Las secciones para los cables fabricados de acuerdo a PNA-NM serán la menor y la mayor sección para cada clase de cableado fabricado. Las secciones para los cables fabricados de acuerdo a PNA-NM serán: Para los cordones planos sin envoltura la sección será 2x2,5 mm 2 Para los cordones para guirnaldas luminosas de interior la sección debe se 0,5 mm 2. Para cordón con envoltura liviana de PVC la sección será 3x0,75 mm 2 Para cordón con envoltura común de PVC la sección será 3x2,5 mm 2 Nota: En caso de que el fabricante no produzca esas secciones, se debe elegir la sección más próxima posible La toma de muestras para los ensayos debe ser realizada por el INTN. Nota: En el caso de prototipos, el fabricante puede tomar y remitir las muestras necesarias al INTN, mediante un acuerdo entre estos, y bajo la responsabilidad del INTN. La Aprobación del prototipo en los ensayos iniciales de los productos no exime al INTN de validar los productos después del inicio del funcionamiento de la línea de producción Los ensayos iniciales de los productos no deberán presentar noconformidades. 4.3 ENSAYOS DE SEGUIMIENTO Los ensayos de seguimiento deben ser realizados después de la concesión de la licencia para uso de la Marca INTN, en una sección de cada clase de cableado fabricado. A cada muestreo, la sección debe ser alternada.

8 Cada seis meses debe ser verificado el funcionamiento correcto del spark tester, referente a la obligatoriedad de su utilización dentro de las condiciones especificadas por la PNA-NM y también a su calibración en el rango de tensión eléctrica aplicada por el fabricante. También deben ser realizados los siguientes ensayos de tipo en cada una de las muestras en el laboratorio acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación (ONA): Verificación del marcado; Verificación de conformidad con los requisitos constructivos; Mediciones dimensionales del conductor, de la aislación y la envoltura (si existiere); Tensión eléctrica; Resistencia del conductor; Resistencia de aislación a 20º C; Índice de oxígeno, para los productos fabricados de acuerdo a PNA- NM 247-3; Separación de las venas, para los cordones planos sin envoltura Además de los ensayos mencionados en el ítem anterior, también deben ser realizados los ensayos que se mencionan más abajo, de acuerdo con la periodicidad establecida, teniendo como referencia la concesión de la licencia para uso de la Marca INTN: Para los productos fabricados de acuerdo a PNA-NM º Semestre: Resistividad Eléctrica, Deformación en caliente, Perdida de masa. 2º Semestre: Mecánicos de la aislación, Doblado de la aislación, Alargamiento del Cobre. 3º Semestre: Choque Térmico, Resistencia de aislación a 70º C 4º Semestre: Absorción de Agua, Mecánicos de la aislación. Para los productos fabricados de acuerdo a PNA-NM º Semestre: Resistividad Eléctrica, Deformación en caliente,

9 Flexión º Semestre: Mecánicos de la aislación y la envoltura (si existiere), Doblado de la aislación y envoltura, Resistencia al impacto. 3º Semestre: Choque Térmico, No propagación de la llama, Tensión eléctrica en conductores aislados. 4º Semestre: Resistencia de aislación a 70ºC, Mecánicos de la aislación y la envoltura, si existiere Dentro de los noventa (90) días anteriores al vencimiento de cada Licencia, debe ser iniciada una nueva secuencia de ensayos descriptos en el ítem La conducción de los ensayos de seguimiento así como la toma de muestras, debe ser realizada por el INTN, siendo retiradas del comercio y del depósito de la fábrica, alternadamente Constatada alguna no conformidad en alguno de los ensayos de seguimiento, este debe ser repetido en dos nuevas muestras (contraprueba y testigo), para el atributo no conforme, no siendo admitida la constatación de cualquier no conformidad. Nota 1: En caso de que el INTN juzgue pertinente, y en acuerdo con el fabricante, la no conformidad podrá ser confirmada sin la realización de los ensayos de contra-prueba y testigo. Nota 2: En el caso específico del ensayo de Índice de Oxigeno, los valores obtenidos en las muestras deben resultar aproximadamente igual al índice de Oxígeno obtenido en los ensayos iniciales del ítem En caso de divergencia, debe ser realizado el ensayo de resistencia a la propagación de incendios Cuando se confirme la no conformidad, el INTN suspenderá inmediatamente el uso de la licencia para el uso de la marca INTN, solicitando al fabricante el tratamiento pertinente, con la definición de las acciones correctivas y de los plazos de implementación.

10 - 5 - Nota: En caso de que la no conformidad encontrada no ponga en riesgo la seguridad del usuario, bajo el análisis y responsabilidad del INTN, la licencia en el uso de la marca INTN podrá no ser suspendida desde que se le asegure al INTN a través de acciones correctivas, la corrección de la no conformidad en los productos existentes en el mercado y la implementación de estas acciones en la línea de producción. 5. EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD DE FABRICACIÓN 5.1 La evaluación, inicial y periódica, del sistema de control de calidad de fabricación, debe ser realizada por el INTN. 5.2 La evaluación, inicial y periódica, del sistema de control de calidad de fabricación debe verificar el cumplimiento de los requisitos indicados mas abajo, cuando sea aplicable al alcance del Sistema de Gestión de Calidad del Fabricante Control de los registros de la calidad - (*) cumplir el ítem de la Norma NP ISO 9001: Control de la producción - (*) cumplir el ítem y NP ISO 9001: Identificación y trazabilidad del producto - (*) cumplir el ítem de la Norma NP ISO 9001: Preservación del producto - (*) cumplir el ítem de la Norma NP ISO 9001: Control de los dispositivos de seguimiento y medición - (*) cumplir el ítem 7.6 de la Norma NP ISO 9001: Seguimiento y medición del producto - (*) cumplir el ítem de la Norma NP ISO 9001: Control del producto no conforme - (*) cumplir el ítem 8.3 de la Norma NP ISO 9001: Acciones correctivas - (*) cumplir el ítem de la Norma NP ISO 9001: Acciones preventivas - (*) cumplir el ítem de la Norma NP ISO 9001:2000

11 En la evaluación, inicial y periódica, del sistema de control de calidad de fabricación debe ser verificado el funcionamiento correcto del spark tester referente a su eficacia y a su calibración en el rango de tensión eléctrica aplicado por el fabricante, dentro de las condiciones especificadas por la PNA NM y PNA-NM En la evaluación, inicial y periódica, del sistema de control de calidad de fabricación debe ser verificada la realización, por el fabricante, de los ensayos de rutina previstos en la PNA-NM y PNA-NM y sus resultados. 5.5 En caso de que el fabricante posea un sistema de calidad certificado por un Organismo de Certificación de Sistemas, el INTN analizara la documentación pertinente a la certificación del sistema de calidad, asegurando que los requisitos descriptos en 5.2, 5.3 y 5.4 fueron evaluados con un enfoque en el producto a ser certificado. En caso contrario, el INTN debe verificar el cumplimiento de los requisitos descripto en los ítems 5.2, 5.3 y La evaluación periódica del sistema de control de calidad de fabricación debe ser realizada, como mínimo, una vez cada 6 (seis) meses después de la concesión de la licencia para el uso de la Marca INTN.

12 MARCA INTN Diseño de la marca INTN Aquí debe figurar el Nro. de la norma correspondiente al Producto.

Que, los sistemas de evaluación de la conformidad internacionalmente adoptados constituyen herramientas idóneas para tal fin;

Que, los sistemas de evaluación de la conformidad internacionalmente adoptados constituyen herramientas idóneas para tal fin; VISTO: La Ley Nº 904/63 Que establece las funciones del Ministerio de Industria y Comercio, modificado y ampliado por la Ley N 2.961/06. La Ley N 1.334/98 De Defensa del Consumidor y del Usuario, ampliado

Más detalles

REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA FICHAS Y TOMACORRIENTES

REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA FICHAS Y TOMACORRIENTES MERCOSUR/XLV SGT Nº 3/P. RES. Nº /11 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA FICHAS Y TOMACORRIENTES VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones N 38/98, 56/02, 22/05 y 35/08

Más detalles

LSC-PRO-009. Revisión

LSC-PRO-009. Revisión 2018-10-11 Página 2 de 16 1. OBJETO El objeto del presente procedimiento es precisar las actividades para la realización del proceso de certificación basado en el sistema de certificación Tipo 5 de ISO/CASCO

Más detalles

LISTADO DE ENSAYOS QUE USTED PUEDE REALIZAR 1- ALCANCE DE ENSAYOS DE SEGURIDAD ELÉCTRICA PARA EQUIPAMIENTO DE BAJA TENSION

LISTADO DE ENSAYOS QUE USTED PUEDE REALIZAR 1- ALCANCE DE ENSAYOS DE SEGURIDAD ELÉCTRICA PARA EQUIPAMIENTO DE BAJA TENSION LISTADO DE ENSAYOS QUE USTED PUEDE REALIZAR 1- ALCANCE DE ENSAYOS DE SEGURIDAD ELÉCTRICA PARA EQUIPAMIENTO DE BAJA TENSION 1.1- Interruptores 1.2- Fichas y Tomacorrientes 1.3- Adaptadores 1.4- Prolongadores

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 352 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 302 (01-ago-2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 302 (01-ago-2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 319 Registro Oficial No. 302 (01-ago-2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 382 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 378 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. 14291 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN

INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN RESOLUCIÓN No. LA SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIAS, PRODUCTIVIDAD E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las

Más detalles

PROYECTO PROTOCOLO BASE DE ANALISIS Y/O ENSAYOS DE PRODUCTOS ELÉCTRICOS

PROYECTO PROTOCOLO BASE DE ANALISIS Y/O ENSAYOS DE PRODUCTOS ELÉCTRICOS PROYECTO PROTOCOLO BASE DE ANALISIS Y/O ENSAYOS DE PRODUCTOS ELÉCTRICOS PE Nº3/11 : 25 de Abril del 2016 PRODUCTO : Tuberías no metálicas para instalaciones eléctricas subterráneas de hasta 250 mm de diámetro

Más detalles

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. 14324 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 405 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

ET124 Cables monopolares de cobre PVC 105 ºc y siliconado 200 ºc para luminarias

ET124 Cables monopolares de cobre PVC 105 ºc y siliconado 200 ºc para luminarias ET124 Cables monopolares de cobre PVC 105 ºc y siliconado 200 ºc para luminarias ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Elaborado por: Revisado por: Revisión #: Entrada en vigencia: ET 124 05/11/1999 Esta información

Más detalles

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa DEFENSA DEL CONSUMIDOR Resolución 220/2003 Institúyese un régimen de certificación obligatoria de requisitos esenciales de seguridad

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 404 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: 2014-020 No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

PROYECTO DE PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO

PROYECTO DE PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO DEPARTAMENTO TÉCNICO DE PRODUCTOS PROYECTO DE PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO PROTOCOLO : PE Nº3/05:2017 FECHA : 29 de Junio de 2017 PRODUCTO : Tuberías y accesorios

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 406 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 380 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

MODIFICATORIA 1 ( )

MODIFICATORIA 1 ( ) MODIFICATORIA 1 (2015-01-19) RTE INEN 084 VIDRIOS DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES En la página 2, numeral 2.2, incluir la siguiente observación: CLASIFICACIÓN DESCRIPCIÓN 70.07 Vidrio de seguridad

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. 14297 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

'SESQlJICENTENARIO DE LA EPOPEYA NACIONAL: " PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

'SESQlJICENTENARIO DE LA EPOPEYA NACIONAL:  PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO 'SESQlJICENTENARIO DE LA EPOPEYA NACIONAL: 1864-1870" DECRETO N. j/ J;j. - Asunción, f de J"' ~ de 2017 VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Industria y Comercio, en la cual solicita la

Más detalles

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA GERENCIA DE ABASTECIMIENTOS

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA GERENCIA DE ABASTECIMIENTOS ESPECIFICACIÓN TÉCNICA GERENCIA DE ABASTECIMIENTOS CONDUCTORES ELÉCTRICOS AISLADOS EN PVC PARA BAJA TENSIÓN Y CONDUCTORES DESNUDOS DE COBRE PARA PUESTA A TIERRA Nombre y cargo: Elaborado por: Revisado

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 407 (31 de diciembre de 2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 407 (31 de diciembre de 2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 487 Registro Oficial No. 407 (31 de diciembre de 2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República

Más detalles

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas tienen

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA TRANSFORMADORES DE POTENCIAL DE MEDIA TENSIÓN

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA TRANSFORMADORES DE POTENCIAL DE MEDIA TENSIÓN ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA TRANSFORMADORES DE POTENCIAL CONTROL DE CAMBIOS Entrada en Fecha Elaboró y Aprobó Descripción vigencia Revisó DD MM AA DD MM AA 9 9 216 IDAD CET N&E CET N&E ELABORACIÓN 18 1

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 459 (lunes 16 de marzo de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 459 (lunes 16 de marzo de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 15 084 Registro Oficial No. 459 (lunes 16 de marzo de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República

Más detalles

RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 16 108 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

Registro Oficial Nº 104

Registro Oficial Nº 104 rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley Ibídem, en donde establece: En relación con el INEN, corresponde al Ministerio de Industrias

Más detalles

PROYECTO DE PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO. PRODUCTO : Adaptadores para enchufes

PROYECTO DE PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO. PRODUCTO : Adaptadores para enchufes DEPARTAMENTO TÉCNICO DE PRODUCTOS PROYECTO DE PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO PROTOCOLO : PE Nº 3/10:2018 FECHA : 31 de Julio de 2018 PRODUCTO : Adaptadores para enchufes

Más detalles

PROYECTO PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO. CATEGORIA : Materiales para baja tensión

PROYECTO PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO. CATEGORIA : Materiales para baja tensión DEPARTAMENTO TÉCNICO DE PRODUCTOS PROYECTO PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO PROTOCOLO : PE Nº3/03:2018 FECHA : 24 de abril de 2018 CATEGORIA : Materiales para baja tensión

Más detalles

RESOLUCIÓN No Registro Oficial Nro. 545 (jueves 16 de julio de 2015) MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD

RESOLUCIÓN No Registro Oficial Nro. 545 (jueves 16 de julio de 2015) MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD RESOLUCIÓN No. 15 227 Registro Oficial Nro. 545 (jueves 16 de julio de 2015) MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGÍA INDUSTRIAL MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGÍA INDUSTRIAL PROYECTO REGLAMENTO TÉCNICO DGNTI-COPANIT 101:2017 EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ETIQUETADO EN ACONDICIONADORES DE AIRE

Más detalles

ET123 Alambre monopolar de cobre para alumbrado público

ET123 Alambre monopolar de cobre para alumbrado público ET123 Alambre monopolar de cobre para alumbrado público ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Elaborado por: Revisado por: DISEÑO DE LA RED DISEÑO DE LA RED Revisión #: Entrada en vigencia: ET 123 03/02/2016 -Esta información

Más detalles

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA TRANSFORMADORES DE CORRIENTE DE MEDIA TENSIÓN

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA TRANSFORMADORES DE CORRIENTE DE MEDIA TENSIÓN ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA TRANSFORMADORES DE CORRIENTE CONTROL DE CAMBIOS Entrada en Fecha Elaboró y Aprobó Descripción vigencia Revisó DD MM AA DD MM AA 9 9 216 IDAD CET N&E JEFE IDAD CET N&E ELABORACIÓN

Más detalles

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA TRANSFORMADORES DE CORRIENTE DE MEDIA TENSIÓN

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA TRANSFORMADORES DE CORRIENTE DE MEDIA TENSIÓN ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA TRANSFORMADORES DE CORRIENTE CONTROL DE CAMBIOS Entrada en Fecha Elaboró y Aprobó Descripción vigencia Revisó DD MM AA DD MM AA 9 9 216 IDAD CET N&E JEFE IDAD CET N&E ELABORACIÓN

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 522 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01: /2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

VISTO el Expediente Nº S01: /2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y Secretaría de Coordinación Técnica DEFENSA DEL CONSUMIDOR Resolución 91/2004 Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional el Reglamento Técnico Mercosur sobre Seguridad de Bicicletas de uso infantil,

Más detalles

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. 14296 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 407 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

ANEXO II PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD DE LOS PRODUCTOS

ANEXO II PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD DE LOS PRODUCTOS ANEXO II PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD DE LOS PRODUCTOS 1. PROCEDIMIENTO GENERAL. 1.1. El cumplimiento de las exigencias establecidas en la presente resolución se hará efectivo

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 15 027 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 342 (26-sept-2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 342 (26-sept-2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 386 Registro Oficial No. 342 (26-sept-2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 405 (29 de diciembre de 2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 405 (29 de diciembre de 2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 510 Registro Oficial No. 405 (29 de diciembre de 2014) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República

Más detalles

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. 14294 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 439 (18 de febrero de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 439 (18 de febrero de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No.15 026 Registro Oficial No. 439 (18 de febrero de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República

Más detalles

NORMA DE DISTRIBUCIÓN NO-DIS-MA CABLES FLEXIBLES DE BAJA TENSIÓN (0,6/1 kv) (TIPO UNIPOLAR, CONDUCTOR DE COBRE)

NORMA DE DISTRIBUCIÓN NO-DIS-MA CABLES FLEXIBLES DE BAJA TENSIÓN (0,6/1 kv) (TIPO UNIPOLAR, CONDUCTOR DE COBRE) NORMA DE DISTRIBUCIÓN NO-DIS-MA-0508 CABLES FLEXIBLES DE BAJA TENSIÓN (0,6/1 kv) (TIPO UNIPOLAR, CONDUCTOR DE COBRE) FECHA DE APROBACIÓN: 27/11/2012 ÍNDICE 0.- REVISIONES... 2 1.- OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN...

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

RESOLUCIÓN No SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 327 SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas tienen derecho a disponer

Más detalles

26 Martes 31 de enero de 2017 Registro Oficial Nº 934

26 Martes 31 de enero de 2017 Registro Oficial Nº 934 26 Martes 31 de enero de 2017 Registro Oficial Nº 934 CAN el 2015-01-13, a través del Punto de Contacto y a la fecha se han cumplido los plazos preestablecidos para este efecto; Que mediante Informe Técnico

Más detalles

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. 14 302 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE TRANSFORMADORES DE CORRIENTE TIPO VENTANA PARA BAJA TENSIÓN

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE TRANSFORMADORES DE CORRIENTE TIPO VENTANA PARA BAJA TENSIÓN ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE TRANSFORMADORES DE CORRIENTE TIPO VENTANA PARA BAJA TENSIÓN CONTROL DE CAMBIOS Entrada en Fecha Elaboró y Aprobó Descripción vigencia Revisó DD MM AA DD MM AA 22 9 216 IDAD CET

Más detalles

PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO

PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO PROTOCOLO : PE Nº5/xx:2017 FECHA : 03 de Abril de 2017 CATEGORIA : Iluminación PRODUCTO : Luminaria de emergencia NORMA DE REFERENCIA

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA CONECTOR DE COMPRESIÓN TIPO H

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA CONECTOR DE COMPRESIÓN TIPO H ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA CONECTOR DE COMPRESIÓN TIPO H ENERGÍA CONECTORES ET-TD-ME-0 IDAD NORMALIZACIÓN Y LABORATORIOS de 0 CONTROL DE CAMBIOS Fecha Elaboró y Entrada en vigencia Aprobó Descripción

Más detalles

Que resulta conducente otorgar facultades de interpretación e implementación de la presente medida a

Que resulta conducente otorgar facultades de interpretación e implementación de la presente medida a Resolución SC 599-E/2017 VISTO el Expediente EX-2017-03293409- -APN-CME#MP, la Ley N 22.802, el Decreto N 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, la Decisión Administrativa N 193 de fecha

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y Disposición 170 - E/2016 VISTO el Expediente N S01:0240853/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Que la Resolución N 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,

Más detalles

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. 14304 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

INFORME DE EVALUACIÓN

INFORME DE EVALUACIÓN Nº DE INFORME: INF/CP/2015/XXX SOLICITANTE: XXXXXXXXXXXXXX IMPORTADOR: XXXXXXXXXXXXXXXX DOMICILIO SOCIAL IMPORTADOR: XXXXXXXXXXXXXXXX EXPORTADOR: XXXXXXXXXXXXXXXX FABRICANTE: XXXXXXXXXXXXXXXX PRODUCTO

Más detalles

ANEXO II PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD DE LOS PRODUCTOS

ANEXO II PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD DE LOS PRODUCTOS ANEXO II PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD 1. PROCEDIMIENTO GENERAL. DE LOS PRODUCTOS 1.1. El cumplimiento de las exigencias establecidas en la presente resolución se hará efectivo

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGÍA INDUSTRIAL MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Proyecto de Reglamento DGNTI-COPANIT 90-2018 Reglamento de Evaluación de la Conformidad para la Comercialización

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA CONECTOR COMPRESION AISLADO PARA BAJA TENSIÓN

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA CONECTOR COMPRESION AISLADO PARA BAJA TENSIÓN ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA CONECTOR COMPRESION AISLADO PARA BAJA TENSIÓN ENERGIA CONECTORES ET-TD-ME-03 de 0 CONTROL DE CAMBIOS Fecha Elaboró y Entrada en vigencia Aprobó Descripción DD MM AA Revisó DD

Más detalles

RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las

Más detalles

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 421 (21 de enero de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No Registro Oficial No. 421 (21 de enero de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 15 002 Registro Oficial No. 421 (21 de enero de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del

Más detalles

RESOLUCIÓN No Registro Oficial Nro. 524 (miércoles 17 de junio de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No Registro Oficial Nro. 524 (miércoles 17 de junio de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 15 172 Registro Oficial Nro. 524 (miércoles 17 de junio de 2015) SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la

Más detalles

RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las

Más detalles

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 14 464 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

RESOLUCIÓN No (Registro Oficial Nº de junio de 2010) EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No (Registro Oficial Nº de junio de 2010) EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. 058-2010 (Registro Oficial Nº 225 30 de junio de 2010) EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la

Más detalles

El Procedimiento de la

El Procedimiento de la El Procedimiento de la vigilancia del mercado 20 de noviembre de 2014 David Carabantes Bernal Jefe de Sección de Seguridad Industrial Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial 1 Contenidos La Seguridad

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles

PROYECTO DE PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO

PROYECTO DE PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 PROYECTO DE PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE

Más detalles

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, Las personas

Más detalles