REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE ROJALES. CAPÍTULO I Objeto y Ámbito de aplicación.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE ROJALES. CAPÍTULO I Objeto y Ámbito de aplicación."

Transcripción

1 REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE Art. 1º.- CAPÍTULO I Objeto y Ámbito aplicación. El presente reglamento tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento la Escuela Infantil Municipal l Ayuntamiento Rojales y promover la participación en ella todas las personas implicadas. Art. 2º.- Constituye el ámbito aplicación la presente norma la Escuela Infantil Municipal perteneciente a este Ayuntamiento que atien a la población 1 a 3 años primer ciclo Educación Infantil. Art. 3º.- Las escuelas infantiles municipales cumplen una finalidad eminentemente social y educativa, proporcionando a sus usuarios una atención integral sin distinción raza, sexo, condición social o económica, a través un programa global que garantice el pleno sarrollo físico, intelectual, afectivo, social y moral los niños/as. Estos centros cooperarán estrechamente con los padres, tutores o representantes legales con el fin facilitar la conciliación la vida familiar y laboral y contribuir a la mejor integración entre el centro y las familias. Art. 4º.- CAPÍTULO II Procedimiento Ingreso. 1. Podrán solicitar plaza en la escuela infantil municipal los menores con edas comprendidas entre 1 y 3 años edad, teniendo en cuenta las condiciones físicas o materiales l centro o edificio don se halla instalada la Escuela Infantil Municipal.

2 2. En el momento su ingreso, se les abrirá un expediente personal en el que constarán, con carácter confincial, los datos afiliación sanitarios, dirección y teléfono para avisos en casos urgencia, así como cuantas circunstancias aconsejen una atención diferenciada. 3. Previo a su admisión los padres berán firmar un documento en que manifiesten que son conocedores l presente Reglamento Régimen Interno y que se comprometen a su efectivo cumplimiento. Art. 5º Tendrán preferencia para ocupar plazas en la Escuela Infantil Municipal los menores cuyas familias estén empadronadas en Rojales. Existirán dos periodos inscripción: el primero, los niños/as familias empadronadas, teniendo prioridad aquellas unidas familiares en que trabajen ambos cónyuges y el segundo, posterior, en el supuesto que quen plazas vacantes para el resto familias que cumplan los requisitos. Se creará una lista espera, con aquellos menores que no hayan obtenido plaza. 2.- El procedimiento reserva plaza e ingreso, así como criterios y en su caso, la zonificación, se aprobará por resolución la Alcaldía, previa audiencia la Concejalia Educación y, en su caso, l Equipo Técnico l Centro. 3.- En relación con el apartado primero este artículo, todos los empadronamientos con antigüedad menor a 12 meses ininterrumpidos serán objeto un análisis especial mediante informe, en el que se valoren las circunstancias familiares para así evitar las posibles irregularidas. 4.- Para la valoración las solicitus nuevo ingreso se constituirá una Comisión Baremación que estará compuesta por: Art. 6º.- - Concejal Educación. - Director/a la Escuela Infantil Municipal. - Un miembro l Equipo Social Base l Departamento Servicios Sociales l Ayuntamiento. En todo caso los niños/as tutelados por la Generalitat Valenciana serán admitidos con carácter preferente. De igual forma se procerá, en analogía con la normativa autonómica sobre la materia, con los niños/as con necesidas educativas especiales que cuenten con el

3 oportuno dictamen l Gabinete Psicopedagógico Municipal. A tal efecto y en la medida lo posible se terminará un número plazas con esta finalidad que no figurarán en la oferta plazas vacantes. Art.7º.- CAPÍTULO III Objetivos l centro. 1.- Son objetivos específicos estos centros: - Promover y fomentar el sarrollo integral los niños/as y el aprendizaje las habilidas cognitivas y creativas l niño/a. - Facilitar la conciliación entre vida familiar y laboral. - Facilitar el sarrollo valores individuales y sociales básicos: cooperación, solidaridad, respeto, etc. - Lograr un equilibrio efectivo satisfactorio. - Respetar la singularidad y diversidad cada niño/a. - Posibilitar la integración progresiva los niños/as en la cultura l medio. - Crear un ambiente que favorezca el sarrollo individual y grupal en las actitus y en las actividas diarias. - Facilitar la adquisición progresiva hábitos orn limpieza y conservación los materiales, haciendo uso acuado estos. - Facilitar la integración los niños con necesidas educativas especiales. 2.- Estos objetivos berán ser sarrollados en el Proyecto educativo que elabore la Dirección l centro, con carácter anual. Art. 8º.- CAPÍTULO IV Calendario y horario apertura l centro. 1.- El Centro l Ayuntamiento permanecerá abierto durante los meses septiembre a julio, ambos inclusive y prestará su servicio 9 a 13h y 15 a 18h, lunes a viernes ambos inclusive; y ello, sin perjuicio que por Decreto la Alcaldía este Ayuntamiento se acuer la modificación o ampliación l Calendario o/y Horario Apertura para cada curso escolar, acuerdo con las disponibilidas recursos humanos y presupuestarios, vinculados al funcionamiento l Centro.

4 2.- En los periodos no lectivos Semana Santa y Navidad el Centro permanecerá abierto en horario normal, excepto los días expresamente fijados por la Concejalía Educación. 3.- La Concejalía Educación podrá establecer una jornada carácter intensivo durante la mañana en los meses comprendidos entre 15 junio y 15 septiembre, señalando el horario las actividas l centro en este periodo. 4.- La ausencia un alumno/a l centro por causas justificadas y por un periodo tiempo un mes consecutivo, no conllevará el scuento la cuota l Precio Público a abonar. 5.- El calendario anual y horario apertura y cierre berán figurar en el tablón anuncios l Centro. 6.- Para los primeros días clase la Dirección podrá establecer un calendario incorporación progresiva l alumnado. Art. 9º.- La baja un alumno durante el curso sin razón que lo justifique, prolongándose esta situación más un mes, dará lugar a la pérdida automática la plaza l niño/a y podrá disponerse ella para su adjudicación a los que quedaron en la lista espera. Art. 10º.- Si la baja se produce como consecuencia enfermedad, accinte y otras causas ajenas a la voluntad la familia l niño/a, le será reservada la plaza durante el tiempo que permanezca en dicha situación, que será justificada en todo caso, con informe l médico que lo asista o la propia familia, en el que se exprese la naturaleza la indisposición y el tiempo probable que permanecerá en dicho estado. Si la situación se prolongara más un mes, la Dirección podrá acordar la disposición la plaza para adjudicársela a otros niños/as que puedan hallarse en lista espera, previa audiencia los padres l niño/a enfermo y, en su caso, l médico que lo asista. Art. 11º.- CAPÍTULO V Horario permanencia los niños/as.

5 1.- El horario entrada-salida los niños/as en el centro se be caracterizar por la flexibilidad que requieran las necesidas la familia, siempre que no lleven consigo la alteración las actividas los más niños/as y l normal funcionamiento l centro. No obstante, una vez acordado por el centro los horarios entrada y salida los niños/as, las familias procurarán respetarlos. En caso retrasos injustificados y reiterados, la dirección la Escuela Infantil Municipal está facultada a la adopción las medidas oportunas, poniéndolo en conocimiento la Concejalía Educación en los casos que así lo requieran. 2.- Al final la jornada los niños/as serán entregados a sus padres, tutores o representantes legales. En los casos en los que éstos autoricen a la dirección l centro para entregar el niño/a a otra persona, ésta berá ser bidamente intificada. 3.- La organización l horario tendrá la natural flexibilidad que exijan las características psicopedagógicas y sociales los niños/as. Se tendrá en cuenta las posibilidas mantenimiento la atención a los niños/as en las diferentes situaciones y actividas que se organicen. La programación estas actividas se concretará en el Proyecto educativo y curricular l Centro, que será elaborado por el equipo técnico la Escuela Infantil en colaboración con la Dirección l mismo, Proyecto que se berá remitir con anterioridad al 1 octubre cada año, a la Concejalía Educación, para su examen y posterior aprobación. Art. 12º.- CAPÍTULO VI Normas Salud, Higiene y Nutrición. 1.- Los niños/as berán acudir a la Escuela Infantil Municipal en condiciones correctas salud e higiene. 2.- Ante la aparición enfermedas infecto-contagiosas los padres, tutores o representantes legales están obligados a comunicar el hecho a la dirección l centro para que se adopten las medidas prevención necesarias. 3.- En caso observarse síntomas un proceso infecto-contagioso en los niños/as en el propio centro, se informará a la dirección l mismo, y se avisará a sus padres, tutores o representantes legales, con el fin evitar la propagación la enfermedad entre los más niños/as. El reingreso en el centro sólo será posible una vez transcurrido el periodo contagio y tras el informe médico que acredite tal circunstancia.

6 4.-En caso enfermedad o accinte sobrevenido en el centro, spués las primeras atenciones, in situ, y a la mayor brevedad posible, se pondrá dicha circunstancia en conocimiento los padres, tutores o representantes legales l niño/a y, en su caso, se procurará que el niño/a reciba la atención médica acuada. 5.- Cuando se produzca la falta asistencia al centro por un periodo superior a 3 días, bido a enfermedad y otras circunstancias, los padres, tutores o representantes legales l niño/a, berán comunicar este hecho a la dirección l centro. 6.- En los casos en los que se ban administrar medicinas a los niños/as, berá ir acompañada la receta médica, actualizada a la fecha l tratamiento, forma, dosis y periodicidad en la administración. No se les administrará ninguna medicación que no venga acompañada asimismo la autorización por escrito los padres /madres, tutores o representantes legales indicando las horas administración las dosis correspondientes. Los padres berán hacer entrega los medicamentos directamente al tutor su hijo en el centro, no permitiendo nunca la manipulación por el menor ni su traslado por éste en bolsa. 7.- Es recomendable que los niños/as sayunen en casa. Art. 13º.- CAPÍTULO VII Promoción la Integración. 1.- El Centro promoverá, ntro sus posibilidas, la integración los niños con necesidas educativas especiales, siempre y cuando cuente con los recursos materiales y humanos necesarios. 2.- En estos casos se requerirá el informe previo los equipos valoración y orientación pendientes l Gabinete Psicopedagógico Municipal sobre grado discapacidad y su necesidad integración. Art. 14º.- CAPÍTULO VIII Fomento la igualdad los niños y niñas. 1.- El Centro programará actividas para promover la igualdad entre niños/as y evitar los comportamientos y actividas discriminatorias por razón sexo. Dichas actividas se reflejarán en los proyectos educativos y curriculares.

7 2.- El Centro pondrá especial cuidado en revisar aquellos materiales e ilustraciones que se utilicen como instrumentos trabajo. Así mismo vigilarán que en el uso la lengua se adopten expresiones y formas no discriminatorias. 3.- El Centro prestará especial atención al fomento la interculturalidad como instrumento superación sigualdas, injusticias, prejuicios y racismo. CAPÍTULO IX Relaciones con los padres, tutores o representantes legales. Art. 15º La relación con los padres, tutores o representantes legales, que berán ser en todo caso fomentada por la dirección l centro tiene como principales objetivos: - El intercambio criterios educativos. - Transmisión mutua información sobre actitus y comportamientos los niños/as. - Compartir pareceres sobre incintes, preocupaciones, ilusiones, actividas, etc. 2.- Tras la consulta con el equipo técnico l centro, la dirección pondrá en conocimiento los padres, tutores o representantes legales cada niño/a una información amplia sobre su evolución integral. 3.- Las visitas los padres, tutores o representantes legales los niños/as se realizarán conformidad con el horario establecido por la dirección para tal fin, tras ser oído el equipo técnico, siempre y cuando no dificulte la buena marcha l centro. Art. 16º.- Con el fin garantizar la necesaria cooperación con los padres, tutores o representantes legales los niños/as, se realizarán reuniones generales y grupo, según la naturaleza los tema a tratar, que tendrá lugar en las penncias municipales asignadas, spués la convocatoria por escrito la misma. La periodicidad esta será la siguiente: - Dos reuniones generales, coincidiendo con el inicio y con el fin l curso. - Una reunión grupo a realizar cada trimestre fijado por la dirección l Centro

8 En todo caso, la Dirección l Centro informará por escrito al principio l curso los horarios atención e información a los padres, tutores o representantes legales niños/as. Art. 17º Sin perjuicio las atribuciones la inspección educativa, la escuela infantil municipal tendrá un libro reclamaciones a disposición los usuarios. La dirección l centro pondrá en conocimiento la Concejalía Educación el contenido las reclamaciones forma periódica, excepto en los casos que se requiera una comunicación inmediata. 2.- Para el correcto funcionamiento l Centro, el mismo se proveerá los medios materiales y más infraestructuras carácter administrativo, las que disponga el Ayuntamiento y stine a tal fin. El Centro, en todos sus aspectos orgánicos, materiales, funcionales y más, mantendrá penncia directa la Concejalía Educación. Contará el mismo, con un servicio Archivo documentos que se regirá por lo dispuesto en el artículo 37 la Ley 30/1992, 26 noviembre, Régimen Jurídico las Administraciones Públicas y l Procedimiento Administrativo Común. CAPÍTULO X Estructura Orgánica. Art. 18º.- La Escuela Infantil Municipal, objeto regulación este reglamento, dispondrá la estructura organizativa establecida por la Administración educativa y, en aplicación la misma, sin perjuicio las modificaciones que se produzcan en la legislación aplicable, por lo dispuesto en el presente Reglamento al respecto y en las Ornes dictadas para regular su funcionamiento por Decreto la Alcaldía l Ayuntamiento Rojales, previa audiencia la organización l Centro y, en todo caso, la Concejalía competente en materia Educación. Art. 19º.- El director/a es el representante Ayuntamiento Rojales en el centro. Depen orgánica y funcionalmente la Concejalía Educación, o en su caso, la persona que asigne expresamente al efecto la Alcaldía. Art. 20º.-

9 1.- El equipo técnico, se constituye como un grupo trabajo a través l que el personal cualificado participa l proyecto integral l centro, contando con la colaboración la asociación padres y madres alumnos, si en su caso, ésta fuera constituida. Son competencias propias l equipo técnico las que termine la Generalitat Valenciana en su normativa aplicación. Este estará integrado por el Director l centro y el personal docente. 2.- El régimen funcionamiento l equipo técnico se establecerá conformidad con la normativa la Administración Educativa vigente en materia Escuelas Infantiles Primer Ciclo. Art. 21º El personal cualificado, profesorado y educadores/-as será el que, estando en posesión la titulación o habilitación correspondiente, terminada por la normativa aplicable a la materia, realice las funciones establecidas por el Ayuntamiento Rojales, acuerdo con su categoría. 2.- Este personal estará integrado por profesionales que cumplan con lo marcado por la legislación aplicación para escuelas infantiles. Art. 22º.- Amás l personal que integra el Equipo técnico podrá completar la organización personal l Centro, otros profesionales como: asistentes educadores/as, conserjes, limpiadoras, etc. El Ayuntamiento Rojales terminará para el centro la plantilla y la modalidad prestación los distintos servicios. En todo caso y la forma que corresponda, estos profesionales realizarán las funciones que encomien la Concejalia Educación, previa audiencia la Dirección l Centro. CAPÍTULO XI Asociación padres / madres y seguridad l menor. Art. 23º.- La asociación padres y madres alumnos es el órgano participación en la vida l centro. Su constitución y funcionamiento se formará por parte la dirección. Art. 24º Sin perjuicio lo que establezca sus propios estatutos, la asociación promoverá y dará cumplimiento a los fines que establezca al efecto la Generalitat Valenciana.

10 2.- Para el sempeño sus fines, la dirección l centro prestará a la asociación padres y madres cuanta información relativa al funcionamiento l centro le sea requerida por los órganos representación la misma. Art. 25º.- Para garantizar la acuada participación l los padres alumnos será aplicación general las siguientes normas: 1.- Al comienzo l curso, la dirección l centro informará a los órganos representación la asociación los programas y actividas a sarrollar, la normativa establecida en relación con el centro y cuantos aspectos puedan resultar su interés. 2.- En caso discrepancias referentes a aspectos l funcionamiento l centro, la asociación podrá dar traslado las mismas a la Concejalía Educación. 3.- Los padres, tutores y representantes legales tendrán recho a solicitar cuanta información precisen sobre la atención recibida por los niños/as. Art. 26º.- La Asociación padres y madres podrá celebrar sus reuniones en los locales l centro cuando tengan por objeto el ejercicio sus funciones y cumplimiento sus fines propios y no perturbe el sarrollo normal las actividas l mismo. A tales efectos, bastará la simple comunicación a la dirección l centro la convocatoria la reunión con al menos, 48 horas antelación. CAPÍTULO XII Otros aspectos. Art. 27º.- Para la aplicación y eficacia l Régimen ayudas, subvenciones o modificaciones en las cuotas a abonar por la asistencia y estancia los menores en la Escuela Infantil, se estará en lo dispuesto en la Ornanza fiscal reguladora l Precio Público por prestación l servicio Escuela Infantil Municipal Rojales.

11

Ajuntament de Cabanes

Ajuntament de Cabanes REGLAMENTO REGULADOR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL DE CABANES CAPITULO I. OBJETO Y AMBITO DE APLICACION. ARTICULO 1 El presente Reglamento tiene por objeto establecer la organización

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con:

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con: LA ESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA UNED II. INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN. CENTRO ADSCRITOS Y SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA. En desarrollo del Capítulo I del Título II de

Más detalles

Concejalía Delegada de Hacienda

Concejalía Delegada de Hacienda ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES (BOCM nº 242 10.10.2012) ÍNDICE Artículo 1. Fundamento................................................

Más detalles

141015- CONT-EXT ORDEN EEDD A DISTANCIA.doc

141015- CONT-EXT ORDEN EEDD A DISTANCIA.doc Proyecto de Orden,de de, por la que se regula el régimen de enseñanza a distancia de las enseñanzas deportivas de régimen especial, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Más detalles

1. El curso académico se iniciará el día 1 de septiembre de 2015 y finalizará el día 30 de junio de 2016.

1. El curso académico se iniciará el día 1 de septiembre de 2015 y finalizará el día 30 de junio de 2016. Resolución de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Sevilla por la que se dictan las normas que han de regir el calendario escolar para el curso 2015/2016 en todos los centros docentes,

Más detalles

d) La finalización del régimen ordinario de clase será el 23 de junio de 2016.

d) La finalización del régimen ordinario de clase será el 23 de junio de 2016. RESOLUCIÓN DE 29 DE MAYO DE 2015 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS QUE HAN DE REGIR EL CALENDARIO ESCOLAR PARA

Más detalles

Régimen de enseñanza a distancia de las enseñanzas deportivas de régimen especial

Régimen de enseñanza a distancia de las enseñanzas deportivas de régimen especial Régimen de enseñanza a distancia de las enseñanzas deportivas de régimen especial 24/03/2015 - Legislación Orden ECD/499/2015, de 16 de marzo, por la que se regula el régimen de enseñanza a distancia de

Más detalles

EN LA COMUNIDAD DE MADRID

EN LA COMUNIDAD DE MADRID ORDEN 2176/2007, de 6 de noviembre, RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID (Orden del Gobierno de Madrid) PREGUNTAS MÁS FRECUENTES EN LA APLICACIÓN DE LA ORDEN DEL RECONOCIMIENTO

Más detalles

La Orden 947/2006, de 24 de febrero, de la Consejería de Educación, regula el funcionamiento de las Casas de Niños con extensión de servicios.

La Orden 947/2006, de 24 de febrero, de la Consejería de Educación, regula el funcionamiento de las Casas de Niños con extensión de servicios. CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES POR LA QUE SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS CASAS DE NIÑOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL CURSO 2007/2008 El Decreto 117/2004, de 29 de julio,

Más detalles

PRIMER_BORRADOR_DEC_PAC_160329 1 de 9

PRIMER_BORRADOR_DEC_PAC_160329 1 de 9 PROYECTO DE DECRETO /2016, DE DE, POR EL QUE SE REGULAN LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE AULA MATINAL, COMEDOR ESCOLAR Y ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, ASÍ COMO LA AMPLIACIÓN DEL HORARIO DE LOS CENTROS DOCENTES

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 14578 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 12 de junio de 2012 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de cualificación profesional

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 12078 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DECRETO 111/2010, de 7 de mayo, por el que se regulan las asociaciones de madres y padres del alumnado y se crea el registro de estas entidades en

Más detalles

REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL

REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD SANITARIA DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A

Más detalles

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada NUEVOS MODELOS DE PARTES DE ALTA/BAJA DE INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2015 A partir del próximo 1 de diciembre de 2015 será cuando todos los médicos de los Servicios Públicos de

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 6695 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 27 de febrero de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Infantil. (2009050103) El artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 119 Martes 19 de mayo de 2015 Sec. III. Pág. 42733 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 5519 Resolución de 13 de mayo de 2015, del Instituto Nacional de Administración

Más detalles

Artículo 25 de la Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (BOCYL nº 98 de 24 de Mayo de 2013)

Artículo 25 de la Ley 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (BOCYL nº 98 de 24 de Mayo de 2013) PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE ADAPTACIONES EN LAS PRUEBAS DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE CASTILLA Y LEÓN PARA ESTUDIANTES DE BACHILLERATO

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO PREÁMBULO El Real decreto 1393/2007, del 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone

Más detalles

Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes.

Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. ARTÍCULO 13: CALENDARIO LABORAL: Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. Serán fiestas las señaladas en el Calendario laboral

Más detalles

ORGANIZACIÓN de TRABAJADORES de ENSEÑANZA CONCERTADA de ASTURIAS. 1.- Quienes son los Delegados de Prevención... 2

ORGANIZACIÓN de TRABAJADORES de ENSEÑANZA CONCERTADA de ASTURIAS. 1.- Quienes son los Delegados de Prevención... 2 SUMARIO 1.- Quienes son los Delegados de Prevención... 2 2.- Número de Delegados de Prevención... 3 3.- Competencias de los Delegados de Prevención... 3 4.- Facultades de los Delegados de Prevención...

Más detalles

ÍNDICE: CLÁUSULA 1ª: OBJETO DEL CONTRATO CLÁUSULA 2ª: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO CLÁUSULA 3ª: DESTINATARIOS A LOS QUE VA DIRIGIDO EL SERVICIO

ÍNDICE: CLÁUSULA 1ª: OBJETO DEL CONTRATO CLÁUSULA 2ª: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO CLÁUSULA 3ª: DESTINATARIOS A LOS QUE VA DIRIGIDO EL SERVICIO Dirección General de Servicios Sociales PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DELCONTRATO DESERVICIOS,DENOMINADO SERVICIOS DE INTÉRPRETES DE LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA PARA ATENCIÓN DE PERSONAS SORDAS, CON

Más detalles

AJUNTAMENT DE PICASSENT

AJUNTAMENT DE PICASSENT reglamentos/upc.doc REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DEL AYUNTAMIENTO DE PICASSENT PREÁMBULO El uso, abuso y dependencia de las drogas, en sus dimensiones actuales, es

Más detalles

RESUMEN DE LA LEGISLACIÓN DE LOS CICLOS DE G. MEDIO Y SUPERIOR

RESUMEN DE LA LEGISLACIÓN DE LOS CICLOS DE G. MEDIO Y SUPERIOR RESUMEN DE LA LEGISLACIÓN DE LOS CICLOS DE G. MEDIO Y SUPERIOR LA ORDEN 2694/2009 DE 9 DE JUNIO, REGULA LA FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO. (Modificada por la Orden 11783/2012 de 11 de diciembre

Más detalles

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Propuesta Concejalía Delegada de Bienestar Social Expte. Área de Bienestar Social Asunto: BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS SOCIALES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL

Más detalles

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES Introducción FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, en su artículo

Más detalles

NORMAS DE PERMANENCIA PARA LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA ÍNDICE

NORMAS DE PERMANENCIA PARA LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA ÍNDICE NORMAS DE PERMANENCIA PARA LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Preámbulo Artículo 1. Ámbito de aplicación ÍNDICE Artículo 2. Modalidades de dedicación

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 6764 III. Otras Resoluciones Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad 1442 Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).- Resolución de 25 de marzo de 2015, del Director, por la que se

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria

Más detalles

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DEL PLAN DE EMPLEO LOCAL (BOLSA DE TRABAJO) EN EL MUNICIPIO DE OLÍAS DEL REY, DURANTE EL AÑO 2.

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DEL PLAN DE EMPLEO LOCAL (BOLSA DE TRABAJO) EN EL MUNICIPIO DE OLÍAS DEL REY, DURANTE EL AÑO 2. BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DEL PLAN DE EMPLEO LOCAL (BOLSA DE TRABAJO) EN EL MUNICIPIO DE OLÍAS DEL REY, DURANTE EL AÑO 2.013. Base 1.- Definición.- El Plan Local para el Empleo (Bolsa de Trabajo)

Más detalles

PREÁMBULO CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES

PREÁMBULO CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Acuerdo de 11 de septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento de los trabajos de fin de grado y de fin de máster en la Universidad de Zaragoza. PREÁMBULO

Más detalles

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE VI. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 1. Los centros, en función de los niveles, etapas y modalidades de enseñanza que se impartan en ellos, así como del número de unidades o grupos de alumnos, podrán tener

Más detalles

ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES CURSO 2015-2016

ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES CURSO 2015-2016 Colectivos 1.1 y 1.2: del 23 de junio al 3 de julio inclusive Resto colectivos: desde 27 de mayo al 8 de junio, ambos inclusive Solicitudes Formas de presentación ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES

Más detalles

EXPOSICION DE MOTIVOS

EXPOSICION DE MOTIVOS TEXTO ÍNTEGRO DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE PINTURA DEL AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN, PUBLICADO EN EL B.O.C.M. nº 182 de 3 de agosto de 2011. EXPOSICION DE MOTIVOS El Ayuntamiento

Más detalles

B) Disposiciones y Actos

B) Disposiciones y Actos B) Disposiciones y Actos Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid 1910 Acuerdo de 11 de octubre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se adapta la regulación sobre la prestación

Más detalles

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE BARCELONA PARA ESTUDIANTES QUE CURSAN GRADOS Y MÁSTERES UNIVERSITARIOS

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE BARCELONA PARA ESTUDIANTES QUE CURSAN GRADOS Y MÁSTERES UNIVERSITARIOS Aprobada por: Comisión Académica de Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2012 Consejo de Gobierno de 8 de mayo de 2012 Consejo Social de 26 de julio de 2012 Informada por: Claustro de la Universitat de

Más detalles

PREÁMBULO. Quinto. La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria, dedica su artículo 56 a las escuelas unitarias.

PREÁMBULO. Quinto. La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria, dedica su artículo 56 a las escuelas unitarias. Folio 1/7 PREÁMBULO Primero. En el mes de junio de 2014, D. José Miguel Pérez García, como Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad, y D. Sebastián Esteban Álvarez Hernández, en representación

Más detalles

MARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN ANDALUCÍA

MARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN ANDALUCÍA MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE

Más detalles

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA (Madrid) Plaza Mayor, 1 28470 CERCEDILLA (Madrid) Telfs. 91-852.57.40 Fax. 91-852.22.00

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA (Madrid) Plaza Mayor, 1 28470 CERCEDILLA (Madrid) Telfs. 91-852.57.40 Fax. 91-852.22.00 CONTRATOS GESTION SERVICIOS 2016/2 789 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL CONTRATO PLURIANUAL DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE LA ESCUELA INFANTIL RINCON FLORIDO situada en la Ctra.

Más detalles

Calendario Académico curso 2015 2016

Calendario Académico curso 2015 2016 curso 2015 2016 Aprobado por Comisión Académica de fecha 21 de enero de 2015 Aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 29 de enero de 2015 Índice 1 INTRODUCCIÓN... 5 2 PREINSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN... 5 2.1

Más detalles

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO Exposición de motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por

Más detalles

DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EL ALUMNADO o Derechos del alumnado Artículo 6.- Derecho a una formación integral. El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 48 Martes 25 de febrero de 2014 Sec. III. Pág. 18009 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 2014 Resolución de 19 de febrero de 2014, del Instituto Nacional de

Más detalles

Por su parte, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, regula los Consejos escolares en el artículo 147.

Por su parte, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, regula los Consejos escolares en el artículo 147. 11804 ORDEN de 2 de abril de 2014 por la que se regula la composición, renovación y constitución de los Consejos Escolares en los centros públicos que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil

Más detalles

Los niños y niñas en situación de acogimiento familiar serán tenidos en cuenta a todos los efectos como miembros de la unidad familiar.

Los niños y niñas en situación de acogimiento familiar serán tenidos en cuenta a todos los efectos como miembros de la unidad familiar. ANEXO A LA NORMA FISCAL Nº 8 REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA Y ESTANCIA EN LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL DE 0 A 3 AÑOS Curso 2014/2015 (regulado por la Orden

Más detalles

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 45 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 10 ORDEN 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejeria de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

CENTRO MUNICIPAL DE PRIMER CICLO DE EDUCACION INFANTIL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE NIÑOS/AS PARA EL CURSO 2015-2016

CENTRO MUNICIPAL DE PRIMER CICLO DE EDUCACION INFANTIL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE NIÑOS/AS PARA EL CURSO 2015-2016 CENTRO MUNICIPAL DE PRIMER CICLO DE EDUCACION INFANTIL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE NIÑOS/AS PARA EL CURSO 2015-2016 ANEXO. INFORMACIÓN GENERAL PARA PADRES, MADRES O TUTORES LEGALES 1.- SOLICITANTES DE

Más detalles

Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9

Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9 Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden EDU/.../2011, de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID

ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO COLEGIAL DE SOCIEDADES PROFESIONALES APROBADAS POR ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO DE 4 DE MARZO DE 2008 * Modificadas por Acuerdo

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de

Más detalles

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación DECRETO **/2014, DE ** DE *******, POR EL QUE SE REGULA EL FONDO DE MEJORAS Y SE ESTABLECE EL SISTEMA DE APROBACIÓN DE LOS PLANES DE MEJORA DE LOS MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA DE CASTILLA LA MANCHA. Históricamente

Más detalles

COMUNICADO A ESTUDIANTES DE GRADO Y DOBLE GRADO SOBRE PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES CURSO ACADÉMICO 2015-2016. Índice:

COMUNICADO A ESTUDIANTES DE GRADO Y DOBLE GRADO SOBRE PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES CURSO ACADÉMICO 2015-2016. Índice: COMUNICADO A ESTUDIANTES DE GRADO Y DOBLE GRADO SOBRE PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES CURSO ACADÉMICO 2015-2016 Índice: 1.- Denominación... 1 2.- Objetivo de las prácticas... 1 3.- Opciones... 1 4.- Requisitos

Más detalles

Comunidad Autónoma de Castilla y León. Consejería de Educación (C.A. Castilla y León)

Comunidad Autónoma de Castilla y León. Consejería de Educación (C.A. Castilla y León) EDL 2008/110609 Comunidad Autónoma de Castilla y León Consejería de Educación (C.A. Castilla y León) EL DERECHO Orden EDU/1258/2008, de 9 de julio, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de bachillerato

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 22533 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 13 de septiembre de 2013 por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas

Más detalles

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. Esta guía trata de resumir la nueva normativa (Orden 2694/2009 de

Más detalles

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS «BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

Más detalles

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS AÑO XXXIV Núm. 121 23 de junio de 2015 20538 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Orden de 20/05/2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 54 MARTES 5 DE MARZO DE 2013 Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 2 ORDEN 502/2013, de 25 de febrero, por la que se regula el

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESION DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOS. (Ordenanza publicada en el BOC nº 198 de 17/10/2011)

ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESION DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOS. (Ordenanza publicada en el BOC nº 198 de 17/10/2011) ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESION DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCION DE HIJOS. (Ordenanza publicada en el BOC nº 198 de 17/10/2011) EXPOSICION DE MOTIVOS La familia está amparada por

Más detalles

Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.

Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. MARCO LEGAL: Orden De 10-8-07 (Art. 7 y Anexo II) LEA (Art. 50

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) Número 155 Miércoles, 14 de Agosto de 2013 Pág. 18072 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) 7270 Aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Local de Deportes. Anuncio Al no haberse

Más detalles

PROGRAMA MUNICIPAL DE COMIDA A DOMICILIO

PROGRAMA MUNICIPAL DE COMIDA A DOMICILIO PROGRAMA MUNICIPAL DE COMIDA A DOMICILIO I.- INTRODUCCIÓN. La Concejalía de Familia e Igualdad de Oportunidades, a través del Equipo de Dependencia y los Centros de Acción Social del Área de Bienestar

Más detalles

Adaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares

Adaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares Adaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares REAL DECRETO 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre,

Más detalles

Gizarte Zerbitzuak Servicios Sociales ongintza@astigarraga.net SERVICIO DE ASISTENCIA EN LAS VIVINDAS TUTELADAS ASTIGARRAGA

Gizarte Zerbitzuak Servicios Sociales ongintza@astigarraga.net SERVICIO DE ASISTENCIA EN LAS VIVINDAS TUTELADAS ASTIGARRAGA SERVICIO DE ASISTENCIA EN LAS VIVINDAS TUTELADAS ASTIGARRAGA PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS 1.- Objeto: La adjudicación, que mediante concurso se acuerde, tendrá por objeto la contratación del servicio

Más detalles

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

BOLETÍN Nº 26-9 de febrero de 2015

BOLETÍN Nº 26-9 de febrero de 2015 BOLETÍN Nº 26-9 de febrero de 2015 ORDEN FORAL 8/2015, de 4 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las bases que van a regular el procedimiento de admisión del alumnado en centros

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO

REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO 1 REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO CAPÍTULO I FUNDAMENTACIÓN Y PRINCIPIOS ARTÍCULO 1.- El presente Ordenamiento tiene como fundamento

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- El Club Deportivo Universidad Pública de Navarra es un club filial sin personalidad

Más detalles

Técnico Superior en Ganadería y Asistencia Veterinaria Página 1 de 10 MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Técnico Superior en Ganadería y Asistencia Veterinaria Página 1 de 10 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Técnico Superior en Ganadería y Asistencia Veterinaria Página 1 de 10 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden EDU/.../2011, de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 19314 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros públicos

Más detalles

Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales

Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales ACCESO A LOS ESTUDIOS Número de plazas ofrecidas: 25 Criterios de selección Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales De acuerdo con el RD 39/1997, de 17 de enero y con el RD 1393/2007, de

Más detalles

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA.

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es

Más detalles

ORDENANZA Nº. 39 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL.

ORDENANZA Nº. 39 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL. ORDENANZA Nº. 39 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL. FUNDAMENTO Y NATURALEZA.- ARTICULO 1º.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2

Más detalles

Reglamento del Procedimiento de Control Interno CAPITULO I

Reglamento del Procedimiento de Control Interno CAPITULO I LEGISLACION APLICABLE: Texto Refundido de Ley General Presupuestaria, aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988 de 23 de septiembre. Ley 47/2003 de 26 de noviembre General Presupuestaria. Decreto

Más detalles

INDICE. 1.1. El objeto del contrato es la gestión integral del Centro de Educación Infantil ubicado en el Congreso de los Diputados.

INDICE. 1.1. El objeto del contrato es la gestión integral del Centro de Educación Infantil ubicado en el Congreso de los Diputados. PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DEL CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Prescripciones Técnicas INDICE I.

Más detalles

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Trabajos y Asuntos Sociales

INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Órgano emisor: Ministerio de Trabajos y Asuntos Sociales REAL DECRETO 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.

Más detalles

Comercio Secretariado

Comercio Secretariado Ciclos Formativos a los que afecta esta guía: Comercio Secretariado UN CURSO ACADÉMICO + UN TRIMESTRE (FCT) Curso 2014/2015 Página1 1. Organización de la Formación Profesional 3 2. Asistencia a clase.

Más detalles

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios

Más detalles

Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes INSTRUCCIONES

Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes INSTRUCCIONES INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA EN CENTROS PRIVADOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Mediante la Orden 3272/2011, de 25

Más detalles

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal:

Novedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal: El pasado 21 de julio se publicó el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal (baja) en los primeros

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 4672 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente y de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por

Más detalles

2º. Ordenar la publicación de la Convocatoria adjunta y su anexo en las páginas web www.educacion.navarra.es/portal/ y www.navarra.es.

2º. Ordenar la publicación de la Convocatoria adjunta y su anexo en las páginas web www.educacion.navarra.es/portal/ y www.navarra.es. RESOLUCIÓN 222/2014, de 21 de mayo, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan 250 plazas en cursos de inglés de los niveles B2 y C1 de las enseñanzas

Más detalles

Técnico Superior en Marketing y Publicidad Página 1 de 10 MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Técnico Superior en Marketing y Publicidad Página 1 de 10 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Técnico Superior en Marketing y Publicidad Página 1 de 10 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden EDU/.../ 2011., de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente

Más detalles

MANUAL DE JORNADA. Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X).

MANUAL DE JORNADA. Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X). MANUAL DE JORNADA Marco normativo: Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Capítulo X). Decreto 175/1992, DE 29 DE Septiembre, Sobre Condiciones

Más detalles

Por ello, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en uso de las competencias normativas establecidas, aprueba el presente.

Por ello, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en uso de las competencias normativas establecidas, aprueba el presente. REGLAMENTO REGULADOR DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA REINCORPORACIÓN A LOS MISMOS ESTUDIOS Y DE TRASLADO DE EXPEDIENTE PARA CONTINUAR ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES, SEGÚN EL REAL DECRETO 1393/2007 DE

Más detalles

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS.

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Recogida en el DECRETO 2/2015 DE 3 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES PARA FAVORECER LA INSERCIÓN LABORAL, LA ESTABILIDAD

Más detalles

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

DISPONGO. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. ORDEN 502/2013, DE 25 DE FEBRERO DE 2013, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN,, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA SOLICITAR EL CAMBIO DE JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS PÚBLICOS QUE IMPARTEN

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto

Más detalles

Mónica Arbeláez. Doctora en Derecho. Investigadora del Instituto de Derecho Público

Mónica Arbeláez. Doctora en Derecho. Investigadora del Instituto de Derecho Público DERECHO A LA EDUCACIÓN Comentario Introductorio En consonancia con el artículo 28 de la Convenció sobre los Derechos del Niño, el artículo 27.1 de la Constitución española reconoce el derecho de todos

Más detalles

CASO PRÁCTICO: PUBLICACIÓN DE IMÁGENES DE MENORES EN LA PÁGINA WEB, BLOG O REVISTA DE UN CENTRO EDUCATIVO

CASO PRÁCTICO: PUBLICACIÓN DE IMÁGENES DE MENORES EN LA PÁGINA WEB, BLOG O REVISTA DE UN CENTRO EDUCATIVO CASO PRÁCTICO: PUBLICACIÓN DE IMÁGENES DE MENORES EN LA PÁGINA WEB, BLOG O REVISTA DE UN DIEGO A. HELLÍN PEÑALVER Y ROSALÍA PÉREZ OLIVARES. Inspectores de educación. Consejería de Educación y Universidades.

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA CAPITULO I NORMAS GENERALES

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA CAPITULO I NORMAS GENERALES NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Y GESTIÓN DE LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA Artículo 1.- Objeto CAPITULO I NORMAS GENERALES Las presentes normas tienen por

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 34943 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Universidades y Empleo 13003 Orden de 4 de septiembre de 2013, de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo,

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Un elemento fundamental en la acción preventiva en la empresa es la obligación que tiene el empresario de estructurar dicha acción a través de la actuación de

Más detalles

RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES

RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES Folio 1/8 RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES Y SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNADO DE CICLOS DE

Más detalles

DISPONGO. Capítulo I Autorización

DISPONGO. Capítulo I Autorización ORDEN,, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE POR LA QUE SE AUTORIZA A TRES COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA A IMPARTIR EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y SE DAN INSTRUCCIONES PARA

Más detalles