PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LAS EMPRESAS DE VALLADOLID
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- Alba García Villalobos
- hace 5 años
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1 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LAS EMPRESAS DE VALLADOLID HUELGA GENERAL 29 DE SEPTIEMBRE Ante la convocatoria de huelga general llevada a cabo por las Organizaciones Sindicales CCOO y UGT, para el próximo día 29 de septiembre de 2010, CVE considera conveniente que los empresarios tengan presente las siguientes cuestiones: 1- CVE rechaza profundamente la convocatoria de huelga general por considerar que se está usando como excusa una reforma laboral insuficiente e incapaz de dar solución a la problemática del mercado laboral español no solo no es justificable sino que recuerda a cosas de otras épocas y anticuadas. 2- CVE considera necesario garantizar, entre otros, el derecho al trabajo, la seguridad de las personas e instalaciones empresariales, la protección de los bienes productos y servicios -, la tipificación de la actuación legal de los piquetes y la calificación previa de la huelga, así como la exigencia de responsabilidades sobre todo tipo de daños a los convocantes de la misma. Por todo ello la Confederación Vallisoletana de Empresarios RECOMIENDA: 1- APERTURA DE LOS CENTROS DE TRABAJO. Las empresas deben estar abiertas al iniciarse y durante la jornada del próximo día 29 de septiembre para hacer posible la entrada del personal que desee hacer uso de su derecho, también constitucional, al trabajo y no quiera secundar la convocatoria de huelga. Hay que recordar el contenido del artículo 6.4 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, regulador de la huelga, que dice textualmente: Se respetará la libertad de trabajo de aquellos trabajadores que no quieran
2 sumarse a la huelga Para informar en su centro de trabajo de éste aspecto, puede utilizar el cartel adjunto. Por tanto, la actitud de los empresarios no debe ser de pasividad ante una convocatoria de huelga. ACONSEJAMOS que no se sustituyan las horas de trabajo del día de la huelga por otras fórmulas (vacaciones, cambios de turno, etc.) que evitan problemas de gestión a corto plazo, pero no para situaciones similares en el futuro. Se llama la atención, especialmente, sobre el control del absentismo en los días previos a la huelga. RECOMENDAMOS: Denuncia todos los abusos que protagonicen los piquetes informativos. Haz fotos o vídeos y hazlos llegar al correo habilitado para tal fin. Infórmanos a través de la misma dirección de correo o en el teléfono gratuito habilitado del seguimiento de la huelga así como del número de trabajadores que no han podido llegar a sus puestos de trabajo debido a las actuaciones ilegales de los piquetes informativos. 2- CIERRE PATRONAL. La dirección de la empresa deberá adoptar en cada momento las medidas que considere más convenientes, incluso el cierre de los locales cuando pueda crearse una situación de peligro, entre otras, para las instalaciones o los bienes de la empresa.
3 Igualmente, será lícito el cierre patronal cuando, como consecuencia de la inasistencia o irregularidades en es trabajo que causa la huelga, se impida gravemente el proceso normal de producción. El empresario que proceda al cierre del centro de trabajo debe comunicarlo a la autoridad laboral en el plazo de doce horas, siendo competente el servicio correspondiente de la Comunidad Autónoma y, cuando afecte a varias, la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Los efectos jurídicos del cierre patronal para la empresa son los mismos que el de la huelga que se explican en el siguiente punto. 3- EFECTOS JURÍDICOS DE LA PARTICIPACIÓN EN LA HUELGA. Los efectos jurídicos que la legislación prevé para los participantes en una huelga son, en síntesis, los siguientes: Suspensión del contrato de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la huelga. Suspensión del período de prueba durante el tiempo que dure la huelga. No devengo del salario durante la huelga, detrayendo el importe íntegro de las horas no trabajadas. Por tanto, habrán de descontarse las partes proporcionales correspondientes a salario base y complementos salariales, así como a aquellas percepciones de devengo superior al mes (pagas extraordinarias). No se practicará descuento alguno sobre los complementos extrasalariales (quebranto de moneda, desgaste de útiles y herramientas, plus distancia, ) pero sí sobre otros conceptos específicos (propinas). Los descuentos no deberán afectar a las vacaciones, tanto en su duración como en su retribución. Mantenimiento en situación de alta especial en la Seguridad Social, con suspensión de la obligación de cotizar por parte del empresario y el trabajador (artículo 6.3 del Real Decreto Ley 17/1977, Orden Ministerial de 30 de abril de 1977 y Resolución de 5 de marzo de 1985 de la Secretaría General de la Seguridad Social).
4 Los efectos del cierre patronal son los mismo que los contemplados para la huelga, tanto en su aspecto salarial como de Seguridad Social. 4- COORDINACIÓN. CVE se pone a disposición de todas las empresas para recibir todas las incidencias que pudieran producirse y propulsar cuantas acciones sea preciso llevar a cabo. En este sentido ponemos a disposición de las empresas el teléfono gratuito, así como el un correo electrónico para recibir todas las incidencias bien sean verbales o bien acompañadas de material gráfico. CVE llevará a cabo un seguimiento coordinado de la huelga, especialmente en cuanto a participación e incidencias.
5 Recuerda: - Abre tu negocio. - Interpón denuncia de todos los desperfectos (personales o materiales) que se den lugar durante la jornada identificando al sujeto y/o sindicato. - A las 10.00h informa a CVE o a tu Asociación Sectorial sobre el seguimiento de la huelga en tu empresa. Para contactar con CVE utiliza el mail habilitado, o el teléfono gratuito. - Informa de forma inmediata a CVE de todos los desperfectos y/o altercados que se produzcan durante la jornada de huelga general (acompáñalo de material gráfico si esto fuera posible). o Nos puedes hacer llegar la incidencia así como el material gráfico a través de nuestro correo habilitado. Para cualquier duda utiliza nuestro teléfono gratuito - Utiliza nuestro portal para estar informado en todo momento sobre la evolución de la Huelga General. - Ante situaciones de riesgo avisa a las autoridades competentes de forma inmediata y tranquiliza a tus clientes y trabajadores. o Subdelegación del Gobierno: o Policía Nacional: 091 o Policía Municipal: 092 o Guardia Civil: 062
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