A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR MASMOVIL IBERCOM, S.A.

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1 A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR MASMOVIL IBERCOM, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Masmovil Ibercom, S.A., comunica el siguiente hecho relevante: En relación con nuestra comunicación de Hecho Relevante con número de registro (CNMV), referida al vigente contrato de liquidez firmado con Santander Investment Bolsa, Sociedad de Valores, S.A.U., adjuntamos detalle de las operaciones correspondientes desde la última fecha de comunicación hasta final de 2017 (23 de octubre de diciembre 2017), de acuerdo con lo dispuesto en la Norma Cuarta apartado 2, letra b) de la Circular 1/2017, de 26 de abril, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre los Contratos de Liquidez. Saldo inicial ,9 Títulos Importe ( ) Importe medio ( ) Compras ,8 76,1 Ventas ,6 76,4 (*)Saldo final ,7 (*) En la cuenta de efectivo se efectúa el cargo de la comisión de custodia por 1.200,0 durante el periodo reportado Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos. Madrid, 9 de enero de 2018 EL DIRECTOR DEL ÁREA DE MERCADO A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR CELLNEX TELECOM, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Cellnex Telecom, S.A., comunica el siguiente hecho relevante: Como continuación de la comunicación de hecho relevante número (CNMV) publicada en el día de hoy (08 de enero de 2018) en relación con la emisión por Cellnex de bonos senior, no garantizados y convertibles y/o canjeables por acciones ordinarias de la Sociedad (los "Bonos" y las "Acciones", respectivamente), con exclusión del derecho de suscripción preferente de los accionistas (la "Emisión"), una vez finalizado el proceso de prospección acelerada de la demanda realizado anteriormente en el día de hoy por un sindicato de bookrunners integrado por Morgan Stanley & Co. International plc BNP Paribas y Goldman Sachs International como Joint Global Coordinators, Joint Bookrunners y Joint Lead Managers (los "Coordinadores Globales") y Citigroup Global Markets Limited y Société Générale Corporate & Investment Banking como Joint Bookrunners y Joint Lead Managers (junto con los Coordinadores Globales, los "Managers"), Cellnex ha acordado fijar los siguientes términos y condiciones de los Bonos: (a) (b) (c) El importe nominal de la Emisión ha quedado fijado en 600 millones de euros. Los Bonos se emitirán a la par y vencerán el 16 de enero de Llegado ese momento, los Bonos que no se hubieren convertido o canjeado, amortizado o recomprado y cancelado con anterioridad se amortizarán completamente por su importe nominal. Los Bonos devengarán un interés fijo anual del 1,50%, pagadero anualmente por períodos vencidos el 16 de enero de cada año, siendo la primera fecha de pago de intereses el 16 de enero de Después de impuestos, este tipo de interés fijo representa para la Sociedad un 1

2 coste del c.0,8%. (d) (e) El precio de conversión inicial de los Bonos es de 38,0829 euros, lo que representa una prima del 70% sobre la media ponderada por volumen del precio de cotización de dichas acciones en las Bolsas de Valores españolas desde la apertura de mercado en el día de hoy hasta el momento de la fijación de las condiciones definitivas de la Emisión. El precio de conversión inicial está sujeto a los ajustes habituales. Las acciones inicialmente subyacentes a los Bonos representan en torno a un 6,8% del capital social de Cellnex antes de la Emisión. Cellnex y los Managers han suscrito en el día de hoy un contrato de suscripción (el "Subscription Agreement") de los Bonos sujeto a ley inglesa. Está previsto que la suscripción y desembolso de los Bonos tenga lugar el 16 de enero de 2018 (la "Fecha de Emisión"), siempre y cuando se cumplan las condiciones previstas para ello en el Subscription Agreement. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos. Madrid, 9 de enero de 2018 EL DIRECTOR DEL ÁREA DE MERCADO A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR INYPSA INFORMES Y PROYECTOS, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Inypsa Informes y Proyectos, S.A., comunica el siguiente hecho relevante: y específicamente de lo establecido en la norma cuarta.2.b) de la Circular 1/2017, de 26 abril, de esa Comisión, damos comunicación por la presente de las operaciones sobre acciones propias efectuadas al amparo del Contrato de Liquidez que está comunicado, en el trimestre que ha finalizado el 31 de Diciembre de Número de acciones propias compradas: títulos. Número de acciones propias vendidas: títulos. Identificación de las que se hayan contratado a través de una operación de bloques o bilaterales negociadas: Ninguna. Efectivo empleado: euros. Efectivo obtenido: euros. Precio medio de compra: 0,17 euros. Precio medio de venta: 0,17 euros. Saldo de la cuenta de valores a la firma del Contrato de Liquidez y a la fecha final del periodo del que se informa: / Saldo de la cuenta de efectivo a la firma del Contrato de Liquidez y a la fecha final del periodo del que se informa: / Saldo de la cuenta de efectivo a la fecha final del periodo anterior y a la fecha final del periodo del que se informa: / Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos. Madrid, 9 de enero de 2018 EL DIRECTOR DEL ÁREA DE MERCADO 2

3 A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR IBERDROLA, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Iberdrola, S.A., comunica el siguiente hecho relevante: Complemento al documento informativo relativo a los términos y condiciones de la segunda edición del sistema de retribución Iberdrola Dividendo Flexible correspondiente al ejercicio 2017 En virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el artículo 228 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, y como continuación a nuestras comunicaciones de hecho relevante remitidas a esa Comisión Nacional los días 7 de noviembre y 19 de diciembre de 2017 (con números de registro oficial y , respectivamente), ponemos en su conocimiento que en el día de hoy se ha procedido a determinar los extremos que se resumen seguidamente en relación con la segunda edición del sistema de retribución Iberdrola Dividendo Flexible correspondiente al ejercicio En particular, se han concretado los siguientes extremos relativos a la ejecución del segundo aumento de capital liberado aprobado por la Junta General de Accionistas de Iberdrola, S.A. ( Iberdrola ) celebrada el 31 de marzo de 2017 bajo el punto número trece de su orden del día (el Aumento de Capital ) y a la distribución de una cantidad cuenta del dividendo correspondiente al ejercicio 2017 (el Dividendo a Cuenta ): (i) (ii) (iii) (iv) (v) (vi) (vii) El valor de mercado de referencia máximo del Aumento de Capital es de 904 millones de euros. Este importe garantiza que el precio del compromiso de compra asumido por Iberdrola sea, como mínimo, de 0,140 euros brutos por derecho. El número máximo de acciones nuevas a emitir en virtud del Aumento de Capital es de El número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción nueva es de 46. El importe nominal máximo del Aumento de Capital asciende a ,50 euros. El precio de adquisición de cada derecho de asignación gratuita en virtud del compromiso de compra asumido por Iberdrola es de 0,140 euros. El importe del Dividendo a Cuenta bruto por acción es de 0,140 euros. El importe agregado máximo del Dividendo a Cuenta bruto es de euros. Esta última cifra resulta de multiplicar el número total de acciones de Iberdrola en circulación a la fecha de esta comunicación 1 (sin deducir las acciones en autocartera de Iberdrola) por el importe bruto por acción referido anteriormente (i.e., 0,140 euros). Asimismo, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 26.1.e) del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos, ponemos a su disposición el complemento al documento informativo objeto de la comunicación de hecho relevante remitida el pasado 7 de noviembre de 2017, relativo a la segunda edición del sistema de retribución Iberdrola Dividendo Flexible correspondiente al ejercicio 2017, que se adjunta como anexo y que ha sido aprobado en el día de hoy. Se hace constar que el resumen incluido anteriormente forma parte del complemento al referido documento informativo y, por tanto, debe ser leído conjuntamente con el referido complemento. 1 Se asume que el número de acciones de la Sociedad en circulación a 12 de enero de 2018 (record date) será el mismo. 3

4 ANEXO Complemento al documento informativo relativo a los términos y condiciones de la segunda edición del sistema de retribución Iberdrola Dividendo Flexible correspondiente al ejercicio 2017 COMPLEMENTO AL DOCUMENTO INFORMATIVO RELATIVO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA SEGUNDA EDICIÓN DEL SISTEMA DE RETRIBUCIÓN IBERDROLA DIVIDENDO FLEXIBLE CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO OBJETO 1.1 Antecedentes La Junta General de Accionistas de Iberdrola, S.A. (en adelante, Iberdrola o la Sociedad ) celebrada el 31 de marzo de 2017 aprobó, bajo el punto número trece del orden del día y bajo el apartado denominado Términos comunes a los acuerdos de aumento de capital que se proponen bajo los puntos números doce y trece del orden del día (el Acuerdo de la Junta ), un aumento de capital social totalmente liberado con cargo a las reservas previstas en el artículo de la Ley de Sociedades de Capital, mediante la emisión de acciones ordinarias para su asignación gratuita a los accionistas de la Sociedad (el Aumento de Capital ). El Consejo de Administración de la Sociedad acordó el día 6 de noviembre de 2017 llevar a efecto el Aumento de Capital y fijar el valor de mercado de referencia del Aumento de Capital en un importe comprendido entre 898 millones de euros, como mínimo, y 947 millones de euros, como máximo, que en todo caso se encuentra comprendido dentro del límite máximo establecido en el Acuerdo de la Junta, y facultar al presidente y consejero delegado de la Sociedad para determinar la cuantía concreta de dicho valor de mercado de referencia dentro de ese rango. Asimismo, el día 6 de noviembre de 2017, el Consejo de Administración de la Sociedad acordó distribuir una cantidad a cuenta del dividendo del ejercicio 2017 (el Dividendo a Cuenta ), cuyo importe bruto por acción deberá coincidir con el Precio de Compra (tal y como este término se define a continuación) y que en ningún caso podrá superar los 0,144 euros. Tras verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 277 de la Ley de Sociedades de Capital, el mencionado acuerdo fue ratificado por el Consejo de Administración en su sesión del 19 de diciembre de 2017, de lo cual se informó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores mediante comunicación de hecho relevante remitida en esa misma fecha (con número de registro oficial ). En este contexto, la Sociedad emitió un documento informativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.1.e) del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos (el Real Decreto 1310/2005 ), en el que se detallaba la información que a dicha fecha se encontraba disponible en relación con la segunda edición del sistema Iberdrola Dividendo Flexible del ejercicio 2017 y con las Opciones de Retribución Flexible, y que fue puesto a disposición del público mediante la correspondiente comunicación de hecho relevante de 7 de noviembre de 2017 (con número de registro oficial ) (el Documento Informativo ). 1.2 Objeto Este documento complementa al Documento Informativo y tiene por objeto poner a disposición del público la información relativa al Aumento de Capital y a la distribución del Dividendo a Cuenta que no estaba disponible en la fecha de publicación del Documento Informativo y, en particular, el valor de mercado de referencia máximo del Aumento de Capital, el número de derechos necesarios para recibir una acción nueva de Iberdrola, el número máximo de acciones nuevas a emitir en virtud del Aumento de Capital, el importe nominal máximo del Aumento de Capital, el precio fijo de compra de los derechos de asignación gratuita en relación con el compromiso de compra de derechos asumido por Iberdrola y el importe del Dividendo a Cuenta bruto por acción. Este documento, junto con el Documento Informativo, constituye el documento al que se refiere el artículo 26.1.e) del Real Decreto 1310/2005, y cuya publicación hace innecesaria la elaboración y publicación de un folleto informativo en relación con el Aumento de Capital. Ambos documentos están disponibles en la página web corporativa de Iberdrola ( y en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores ( 4

5 Los términos cuya inicial sea una letra mayúscula y que no estén definidos expresamente en este documento tendrán el significado previsto en el Documento Informativo. 2. INFORMACIÓN DISPONIBLE EN RELACIÓN CON EL AUMENTO DE CAPITAL Y EL DIVIDENDO A CUENTA 2.1 Valor de mercado de referencia máximo del Aumento de Capital, número máximo de acciones nuevas a emitir, número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción nueva e importe nominal máximo del Aumento de Capital El Consejo de Administración de Iberdrola acordó el pasado 6 de noviembre de 2017 llevar a cabo el Aumento de Capital, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de la Junta, y distribuir el Dividendo a Cuenta. Por su parte, en la fecha de este documento, y en ejercicio de las facultades que le fueron delegadas en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en la referida sesión, el presidente y consejero delegado de la Sociedad ha fijado el valor de mercado de referencia máximo del Aumento de Capital en 904 millones de euros importe que garantiza que el precio del compromiso de compra asumido por Iberdrola sea, como mínimo, de 0,140 euros brutos por derecho y ha determinado, mediante la realización de las operaciones aritméticas previstas en las fórmulas aprobadas, tanto por la Junta General de Accionistas como por el Consejo de Administración, los siguientes términos y condiciones del Aumento de Capital: (i) El número máximo de acciones nuevas a emitir en virtud del Aumento de Capital es No obstante, tal y como se estableció en el Documento Informativo, el número de acciones que efectivamente se emitan dependerá del número de accionistas que opten por no transmitir sus derechos de asignación gratuita a Iberdrola en virtud del compromiso irrevocable de compra que la Sociedad ha asumido o por recibir el Dividendo a Cuenta. Iberdrola renunciará a las acciones nuevas que correspondan a los derechos de asignación gratuita que haya adquirido en aplicación del referido compromiso de compra 2. Por otro lado, los accionistas que opten por recibir el Dividendo a Cuenta en relación con todas o parte de las acciones de la Sociedad de las que sean titulares renunciarán, total o parcialmente (según sea el caso), y de forma expresa a los derechos de asignación gratuita que les correspondan. Así pues, únicamente se emitirán las acciones nuevas que correspondan a los derechos de asignación gratuita: (a) que no sean adquiridos por Iberdrola en ejecución del citado compromiso irrevocable, y (b) que no resulten de las acciones de Iberdrola respecto de las cuales su titular haya optado por recibir el Dividendo a Cuenta. En cualquier caso, el número definitivo de acciones que se emitirán en el contexto del Aumento de Capital será oportunamente puesto en conocimiento del público mediante una comunicación de hecho relevante relativa al cierre de dicho aumento, cuya publicación está prevista a partir del próximo 29 de enero de (ii) El número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción nueva es de 46. Los accionistas de la Sociedad que: (a) hayan adquirido sus respectivas acciones de Iberdrola no más tarde de las 23:59 horas de Madrid del día de publicación del anuncio del Aumento de Capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (previsto para el 10 de enero de 2018); y (b) y cuyas operaciones bursátiles se hayan liquidado hasta el día 12 de enero de 2018 (record date) en los registros contables de Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (IBERCLEAR), recibirán un derecho de asignación gratuita por cada acción de Iberdrola de la que sean titulares. Por tanto, cada uno de los referidos accionistas tendrá derecho a recibir una acción nueva por cada 46 acciones antiguas que le correspondan a fecha 12 de enero de 2018 (record date). 2 Asimismo, si una vez deducidas las acciones correspondientes a: (i) los derechos de asignación gratuita adquiridos por Iberdrola en virtud del compromiso de compra (a los que Iberdrola renunciará de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de la Junta) y (ii) los derechos de asignación gratuita que resulten de las acciones respecto de las cuales sus titulares hayan optado por recibir el Dividendo a Cuenta, el número de acciones de Iberdrola en circulación resultara en un número fraccionado, Iberdrola renunciará también al número de derechos de asignación gratuita de su titularidad que sean necesarios para que el número de acciones nuevas que finalmente se deban emitir con ocasión del Aumento de Capital sea un número entero y no una fracción. 5

6 (iii) En consecuencia, el importe nominal máximo del Aumento de Capital asciende a ,50 euros. No obstante, como ya se ha indicado, el importe en que efectivamente se aumentará el capital social de la Sociedad será el resultante de multiplicar el número definitivo de acciones emitidas por su valor nominal (0,75 euros). Con la finalidad de asegurar que el número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción nueva y el número de acciones nuevas que se emitan en el contexto del Aumento de Capital sean números enteros, Iberdrola ha renunciado a 28 derechos de asignación gratuita correspondientes a 28 acciones de las que es titular. En la aplicación de las fórmulas aprobadas tanto por la Junta General de Accionistas como por el Consejo de Administración para la determinación de los extremos anteriores, el presidente y consejero delegado ha tenido en cuenta que: (i) (ii) el NTAcc o el número de acciones de Iberdrola en circulación en la fecha de este documento es de ; y el PreCot, entendido como la media aritmética de los precios medios ponderados de cotización de la acción de la Sociedad en las Bolsas de Bilbao, Madrid, Barcelona y Valencia en las cinco sesiones bursátiles correspondientes a los días 2, 3, 4, 5 y 8 de enero de 2018, según consta en la certificación emitida por la Sociedad Rectora de la Bolsa de Bilbao el 8 de enero de 2018, redondeado a la milésima de euro más cercana, es de 6,576 euros. 2.2 Precio y objeto del compromiso de compra El precio de compra de cada derecho de asignación gratuita en virtud del compromiso de compra de Iberdrola (el Precio de Compra ), calculado conforme a lo establecido en el Acuerdo de la Junta y en el acuerdo del Consejo de Administración de 6 de noviembre de 2017, es de 0,140 euros. En consecuencia, los accionistas que deseen recibir su remuneración en efectivo, podrán vender sus derechos de asignación gratuita a Iberdrola a un precio bruto fijo de 0,140 euros, siempre que estén legitimados para ello conforme a lo que se expone a continuación. Por otra parte, y en atención a las consideraciones de mercado vigentes en ese momento, el Consejo de Administración de Iberdrola acordó el 6 de noviembre de 2017 que el compromiso de compra asumido por la Sociedad se extendiera únicamente a los derechos de asignación gratuita recibidos por quienes aparezcan legitimados en los registros contables de Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (IBERCLEAR) a fecha 12 de enero de 2018 (record date), con exclusión de aquellos derechos que hayan sido objeto de adquisición en el mercado. 2.3 Importe del Dividendo a Cuenta bruto por acción El importe del Dividendo a Cuenta bruto por acción también ascenderá a 0,140 euros dado que, conforme a lo acordado por el Consejo de Administración el 6 de noviembre de 2017, dicho importe ha de coincidir con el Precio de Compra. Como consecuencia de lo anterior, el importe agregado máximo del Dividendo a Cuenta ascenderá a euros brutos, cifra que resulta de multiplicar el Dividendo a Cuenta bruto por acción por el número de acciones de la Sociedad en circulación a la fecha de este documento ( , sin deducir las acciones en autocartera de la Sociedad). Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos. Madrid, 9 de enero de 2018 EL DIRECTOR DEL ÁREA DE MERCADO 3 Se asume que el número de acciones de la Sociedad en circulación a 12 de enero de 2018 (record date) será el mismo. 6

7 A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR AMADEUS IT GROUP, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Amadeus It Group, S.A., comunica el siguiente hecho relevante: Información periódica de operaciones bajo el Programa de Recompra de acciones Con referencia al hecho relevante de fecha 14 de diciembre de 2017 (número de registro CNMV) referido al Programa de Recompra de acciones propias y en virtud de los dispuesto en el artículo 2.3 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, comunicamos que durante el período transcurrido entre el 2 de enero de 2018 y el 8 de enero de 2018, la Sociedad ha llevado a cabo las siguientes operaciones sobre sus propias acciones al amparo del Programa de Recompra: Fecha Valor Operación Número de acciones Precio 02/01/18 AMS/AC A Compra , /01/18 AMS/AC A Compra , /01/18 AMS/AC A Compra , /01/18 AMS/AC A Compra , /01/18 AMS/AC A Compra ,2765 Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos. Madrid, 9 de enero de 2018 EL DIRECTOR DEL ÁREA DE MERCADO A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. (PROSEGUR) En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. (PROSEGUR), comunica el siguiente hecho relevante: PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. ( PROSEGUR ) comunica que, de conformidad con lo acordado en el Consejo de Administración de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., celebrado el día 19 de diciembre de 2017, se aprobó el reparto entre los señores accionistas de un dividendo a cuenta ordinario a razón de 0,11648 euros brutos por acción en circulación, lo que supone un dividendo total máximo de ,68 miles de euros. El primer pago del dividendo, correspondiente al 25%, es de 0,02912 euros brutos por acción con derechos económicos, equivalentes a 0, euros netos por acción, será, abonado a los señores accionistas el próximo día 18 de enero de Los pagos se realizarán a través de las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (IBERCLEAR). Sobre las cantidades brutas que sean pagadas se realizarán las retenciones exigidas por la normativa aplicable en cada momento. Para cualquier otra información o aclaración adicional les rogamos se pongan en contacto con la Oficina del Accionista en C/ Pajaritos 24, 28007, Madrid y/o en el correo electrónico: accionistas@prosegur.com Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos. Madrid, 9 de enero de 2018 EL DIRECTOR DEL ÁREA DE MERCADO 7

8 A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR ACS, ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores y por la Circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A., comunica el siguiente hecho relevante: ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A. ha acordado con fecha de hoy llevar a cabo la segunda ejecución del aumento de capital con cargo a reservas aprobado por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el pasado 4 de mayo de La operación tiene por finalidad instrumentar una fórmula flexible de remuneración a los accionistas ( dividendo opcional ), de modo que los mismos puedan optar por seguir percibiendo una retribución en efectivo o por recibir nuevas acciones de la Sociedad. Asimismo, la Sociedad ha acordado llevar a efecto la segunda ejecución de la reducción del capital social por amortización de acciones propias aprobada en la misma Junta General por un importe máximo igual al importe en el que efectivamente quede aumentado el capital social como resultado de la segunda ejecución del aumento de capital a la que se refiere el párrafo anterior. Se acompaña Documento Informativo a los efectos previstos en los artículos 26.1.e) y 41.1.d) del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, en cuyo apartado 3.1 figura el calendario previsto de la operación. DOCUMENTO INFORMATIVO AMPLIACIÓN DE CAPITAL CON CARGO A RESERVAS ACS, ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A. 9 enero de 2018 El presente Documento Informativo ha sido elaborado conforme a lo establecido en los artículos 26.1 d) y 41.1d) del Real Decreto 1310/ Objeto La Junta General Ordinaria de accionistas de ACS, Actividades de Construcción y Servicios, S.A. ( ACS o la Sociedad ) celebrada el 4 de mayo de 2017 acordó aumentar el capital social de ACS con cargo a reservas voluntarias por un importe determinable en los términos previstos en el propio acuerdo (el Aumento de Capital ), así como reducir de forma simultánea el capital social de la Sociedad por un importe máximo igual al importe del capital social que efectivamente se emita como consecuencia del Aumento de Capital (el Aumento de Capital y esta reducción, el Acuerdo ), delegando la ejecución del Acuerdo en el Consejo de Administración (con expresas facultades de sustitución) al amparo del artículo a) de la Ley de Sociedades de Capital, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la Ley de Sociedades de Capital ). De conformidad con los términos del Acuerdo, el valor de mercado de referencia máximo del Aumento de Capital es de 382 millones de euros y el mismo puede ejercitarse dentro del año siguiente a la fecha del Acuerdo en una o, a lo sumo, en dos ocasiones, sin que el valor de mercado de referencia pueda exceder de 240 millones de euros en la primera ejecución, y de 142 millones de euros en la segunda ejecución, en caso de llevarse a cabo. El Consejo de Administración de la Sociedad, en su reunión celebrada el 19 de diciembre de 2017, acordó, haciendo uso de las facultades de delegación contenidas en el Acuerdo, proceder a la segunda ejecución del Aumento de Capital y, a tal efecto, delegar con carácter indistinto en la Comisión Ejecutiva, en el Presidente del Consejo de Administración y en el Consejero-Secretario para que realicen cuantos actos entiendan convenientes o necesarios para la ejecución de cuanto en el Acuerdo se contiene y para que firmen cuantos documentos sean precisos o se estimen oportunos a los indicados fines. En su virtud, y en uso de esta delegación, con fecha 9 de enero de 2018, se ha acordado llevar a efecto la segunda ejecución del Aumento de Capital (la Segunda Ejecución ), fijando el valor de referencia máximo de tal Segunda Ejecución (Importe de la Opción Ejecutada) en 142 millones de euros. En el caso meramente teórico de que ningún accionista optara por vender a la Sociedad sus derechos de acuerdo con el Compromiso de Compra (apartado 2.2 siguiente) y de que el PreCot (precio de referencia para determinar 8

9 el número de acciones a emitir, ver también apartado 2.2 siguiente) coincidiera con el precio de cierre de la acción de la Sociedad a la fecha de este documento, esta Segunda Ejecución determinaría un aumento del capital de aproximadamente un 1,33%. No obstante, como consecuencia de la simultánea reducción de capital por amortización de acciones a que se hace referencia en el apartado 2.1 siguiente, en todo caso tras la ampliación y reducción el importe actual del capital social permanecerá inalterado. Conforme a lo previsto en los artículos 26.1.e) y 41.1.d) del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, no es necesaria la elaboración y publicación de un folleto en relación con la emisión y admisión a cotización de las acciones que se emitan como consecuencia de la Segunda Ejecución en cuanto que la existencia del presente documento informativo implica la disponibilidad de un documento con información sobre el número y la naturaleza de las acciones y los motivos y detalles de la oferta. El presente documento informativo tiene por objeto facilitar aquella información de entre la indicada anteriormente que está disponible en esta fecha. Una vez se haya ejecutado la Segunda Ejecución y esté disponible la información restante, se comunicará públicamente como complemento al presente documento informativo. Está previsto que la comunicación pública de la Segunda Ejecución del Aumento de Capital y de los elementos de la misma pendientes de concreción por medio del complemento al presente documento informativo tenga lugar el día 17 de enero de Finalidad y funcionamiento del Aumento de Capital 2.1 Finalidad La finalidad de la operación objeto del presente Documento Informativo es ofrecer a los accionistas de la Sociedad, en sustitución de lo que sería un dividendo a cuenta en efectivo, acciones liberadas con la posibilidad de monetizar de inmediato los derechos de asignación gratuita correspondientes a las mismas mediante su venta a la Sociedad a un precio prefijado. La operación está en línea con las similares que viene realizando la propia ACS desde el año 2012 y con la práctica en los últimos años de otras importantes sociedades cotizadas. Se trata de retribuir al accionista con arreglo a un esquema flexible, de "dividendo opcional", que permite a los accionistas recibir y mantener las acciones o recibir dinero en condiciones equivalentes, incluso desde el punto de vista fiscal, a las de un dividendo propiamente dicho. Asimismo, con ocasión de la Segunda Ejecución y al amparo del mismo Acuerdo, se ha acordado ejecutar parcialmente la reducción de capital por amortización de autocartera por un importe nominal máximo igual al importe nominal efectivo de la Segunda Ejecución de forma simultánea a la misma. Con esta reducción, los accionistas que decidan transmitir sus derechos de asignación gratuita como consecuencia de la Segunda Ejecución no verán reducido su porcentaje de participación en el capital social de la Sociedad. 2.2 Funcionamiento Los accionistas de la Sociedad recibirán un derecho de asignación gratuita por cada acción de ACS de la que sean titulares. Estos derechos serán negociables y, por tanto, podrán ser transmitidos en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia durante un plazo de 15 días naturales, finalizado el cual los derechos se convertirán automáticamente en acciones de nueva emisión de ACS, que serán atribuidas a quienes en ese momento sean titulares de derechos de asignación gratuita. Por tanto, con ocasión de la Segunda Ejecución, los accionistas de ACS podrán optar, a su libre elección, entre: (a) (b) No transmitir sus derechos de asignación gratuita. En tal caso, al final de cada periodo de negociación, el accionista recibirá el número de acciones nuevas que le correspondan totalmente liberadas. La asignación de acciones no está sujeta a retención. Transmitir la totalidad o parte de sus derechos de asignación gratuita a ACS en virtud del compromiso de compra asumido por parte de ACS a un precio fijo garantizado para la Segunda Ejecución (el Compromiso de Compra ). De esta forma, el accionista optaría por monetizar sus derechos percibiendo la Opción Ejecutada en efectivo en lugar de recibir acciones. Sólo podrán transmitirse a la Sociedad en virtud del Compromiso de Compra los derechos de asignación gratuita recibidos por los accionistas que hayan adquirido sus acciones hasta el día 19 de enero de 2018 (día de publicación del anuncio de la Segunda Ejecución en el Boletín Oficial del Registro Mercantil) y cuyas operaciones se hayan liquidado hasta el día 23 de enero de 2018 en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de 9

10 Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear), ambos inclusive. ACS no comprará los derechos que hayan sido adquiridos en el mercado secundario, que quedan al margen del Compromiso de Compra. El régimen fiscal aplicable al importe obtenido como consecuencia del ejercicio de esta opción es idéntico que al de los dividendos en efectivo y, por tanto, el importe a pagar a los accionistas estará sujeto a la correspondiente retención conforme a las reglas establecidas en la normativa en vigor. (c) Transmitir la totalidad o parte de sus derechos de asignación gratuita en el mercado. En este caso, el accionista también optaría por monetizar sus derechos, si bien no recibiría un precio fijo garantizado, ya que la contraprestación por los derechos dependería de las condiciones del mercado en general y del precio de cotización de los derechos de asignación gratuita en particular. El importe de la venta de los derechos en mercado tendrá la consideración de ganancia patrimonial y estará sujeto a la correspondiente retención conforme a las reglas establecidas en la normativa en vigor para los transmitentes sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Asimismo, los accionistas podrán combinar las opciones anteriores (es decir, optar por una o varias de ellas en relación con la totalidad o parte de los derechos y acciones que les correspondan en la Segunda Ejecución del Aumento de Capital) según libremente decidan. Los accionistas que no comuniquen su decisión recibirán el número de acciones nuevas que les correspondan. Como se ha indicado, los accionistas recibirán un derecho de asignación gratuita por cada acción de ACS de la que sean titulares. El número de derechos necesarios para recibir una acción nueva y el precio garantizado al que ACS se comprometerá a comprar los derechos a quien opte por recibir efectivo en virtud del Compromiso de Compra dependerán del precio de cotización de la acción de ACS en los días previos a la Segunda Ejecución del Aumento de Capital y del número de acciones en circulación en ese momento (El número de acciones de ACS actualmente en circulación es de ). Se prevé comunicar públicamente el indicado número de derechos y el precio definitivo del Compromiso de Compra el 17 de enero de 2018, mediante complemento a este documento informativo, calculándose dichos datos en aplicación de las fórmulas previstas en el Acuerdo aprobado por la Junta (disponible en la página web de ACS ( y en la de la CNMV ( que se recogen a continuación. En todo caso, el número de acciones a emitir será tal que el valor de mercado de esas acciones calculado al precio de cotización de la acción de ACS en los días previos a la Segunda Ejecución del Aumento de Capital sea de 142 millones de euros (Este importe podrá ser ligeramente inferior como consecuencia de los redondeos previstos en el Acuerdo). Dicho importe ha sido fijado conforme a lo previsto en el Acuerdo de la Junta General Ordinaria de accionistas. De este modo, el valor aproximado de cada derecho de asignación gratuita es de 0,449 euros (Este valor aproximado es simplemente orientativo y no tiene por qué coincidir con el definitivo. Se ha calculado tomando como referencia el precio de cierre de la acción de la Sociedad a la fecha de este documento informativo. Este será también el precio aproximado del Compromiso de Compra de ACS. Concretamente, el número de derechos necesarios para recibir una acción nueva y el precio del Compromiso de Compra de derechos se calculará como sigue: Núm. derechos = NTAcc/( /PreCot), (redondeado al número entero superior). donde, Num. derechos será el número de derechos necesarios para recibir una acción nueva de ACS en la Segunda Ejecución. NTAcc será el número de acciones en circulación en la fecha de la Segunda Ejecución del Aumento de Capital (a la fecha del presente documento acciones). A estos efectos, la fecha de la Segunda Ejecución será aquella en la que la Comisión Ejecutiva, el Presidente del Consejo de Administración o el Consejero-Secretario, en virtud de la delegación de facultades efectuada por el Consejo de Administración en su reunión de 19 de diciembre de 2017, realice las operaciones aritméticas que resulten de la aplicación de las fórmulas aquí referidas para calcular el número provisional de acciones a emitir, el número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción, el PreCot y el importe nominal máximo a que ascenderá el Aumento de Capital como resultado de la Segunda Ejecución, lo cual está previsto que se realice el próximo 17 de enero de

11 PreCot será la media aritmética (simple) de los precios medios ponderados de la acción de ACS en las Bolsas españolas en las 5 sesiones bursátiles que se celebrarán los días 10, 11, 12, 15 y 16 de enero de 2018, redondeado a la milésima de euro más cercana y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior. En caso de ser necesario, ACS renunciará al número de derechos de asignación gratuita que proceda para garantizar que el número de acciones a emitir en la Segunda Ejecución y el número de derechos necesarios para recibir una acción sea un número entero y no una fracción. Precio fijo del Compromiso de Compra = PreCot / Núm. derechos redondeado a la milésima de euro más cercana y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior. Donde PreCot y Num.derechos tienen el significado indicado anteriormente. 3 Detalles de la Oferta 3.1 Calendario de la Segunda Ejecución El calendario previsto de la Segunda Ejecución es el siguiente: 17 de enero de 2018: Publicación, por medio de complemento al presente documento informativo, del número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción y precio definitivo del Compromiso de Compra. 19 de enero de 2018: Publicación del anuncio de la Segunda Ejecución en el BORME. Último día en el que las acciones de ACS se negocian con derecho a participar en la Segunda Ejecución (last trading date). 22 de enero de 2018: Comienzo del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita y del plazo para solicitar la retribución en efectivo (venta de derechos a ACS) en virtud del Compromiso de Compra. Fecha a partir de la cual las acciones de ACS se negocian sin derecho a participar en la Segunda Ejecución (ex date). 23 de enero de 2018: Fecha de determinación por Iberclear de las posiciones para la asignación de derechos de asignación gratuita (record date). 30 de enero de 2018: Fin del plazo para solicitar retribución en efectivo (venta de derechos a ACS) en virtud del Compromiso de Compra. 5 de febrero de 2018: Fin del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita. Adquisición por ACS de los derechos de asignación gratuita a los accionistas que hayan optado por recibir efectivo en virtud del Compromiso de Compra. 6 de febrero de 2018: Renuncia de ACS a todos los derechos de asignación gratuita de los que sea titular al final del periodo de negociación de los mismos. Cierre de la Segunda Ejecución. 7 de febrero de 2018: Pago de efectivo a los accionistas que hayan solicitado retribución en efectivo en virtud del Compromiso de Compra de febrero de 2018: Trámites para la inscripción de la Segunda Ejecución y la admisión a cotización de las nuevas acciones en las Bolsas españolas (Sujeto a los plazos de inscripción del Registro Mercantil.) 19 de febrero de 2018: Fecha prevista para el inicio de la contratación de las nuevas acciones en las Bolsas españolas (Sujeto a la obtención de las autorizaciones oportunas). Se hace constar que este calendario está adaptado a las disposiciones del Real Decreto 878/2015, de 2 octubre, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta, sobre el régimen jurídico de los depositarios centrales de valores y de las entidades de contrapartida central y sobre requisitos de transparencia de los emisores de valores admitidos a negociación en un mercado secundario oficial publicado en el BOE el 3 de octubre de Dicho Real Decreto implica, entre otros extremos, la reforma del sistema de compensación, liquidación y registro de valores. 11

12 3.2 Asignación de derechos y procedimiento para optar por efectivo o acciones nuevas Los derechos de asignación gratuita se asignarán a los accionistas de ACS que hayan adquirido sus acciones hasta el día 19 de enero de 2018 (día de publicación del anuncio de la Segunda Ejecución en el Boletín Oficial del Registro Mercantil) y cuyas operaciones se hayan liquidado hasta el día 23 de enero de 2018 en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear), ambos inclusive. El periodo de negociación de derechos en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) comenzará el día hábil bursátil siguiente al día de publicación del anuncio de la Segunda Ejecución en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (es decir, el 19 de enero de 2018) y tendrá una duración de quince días naturales (del 22 de enero al 5 de febrero de 2018, ambos inclusive). Durante el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, los accionistas podrán optar por efectivo o acciones nuevas en los términos anteriormente indicados, así como adquirir en el mercado derechos de asignación gratuita suficientes y en la proporción necesaria para suscribir acciones nuevas. No obstante, los accionistas que deseen aceptar el Compromiso de Compra de derechos de ACS y recibir efectivo al precio fijo garantizado deberán comunicar su decisión no más tarde del 30 de enero de El Compromiso de Compra se extiende únicamente a los derechos recibidos gratuitamente por los accionistas, no a los derechos comprados en el mercado. Para decidir entre las opciones que ACS ofrece con ocasión de la Segunda Ejecución del Aumento de Capital, sus accionistas deberán dirigirse a las entidades en las que tengan depositadas sus acciones y los derechos de asignación gratuita correspondientes en virtud del Compromiso de Compra a éstas dentro de los plazos indicados en el párrafo anterior. La ausencia de comunicación expresa implicará que el accionista recibirá el número de acciones nuevas en la proporción que le corresponda totalmente liberadas (Es posible que, una vez terminado el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, el número de derechos que posea un titular determinado sea un número tal que, teniendo en cuenta las fórmulas de cálculo a las que se hace referencia en este documento, no dé derecho a recibir un número entero de acciones. En ese caso, la entidad en la que el titular de los derechos de asignación gratuita los tenga depositados podrá vender el número de derechos que resulte en una fracción de acción nueva, de forma tal que el titular perciba el producto de la venta en efectivo y no pierda el valor intrínseco a dichos derechos. No obstante lo anterior, esta posibilidad está sujeta a los términos y condiciones del contrato de depósito y administración de valores que se haya suscrito con la entidad depositaria de que se trate o a las instrucciones que el titular de los derechos le haya impartido.) 3.3 Gastos y comisiones Esta Segunda Ejecución se efectuará libre de gastos y de comisiones en cuanto a la asignación de las nuevas acciones emitidas. ACS asumirá los gastos de emisión, suscripción, puesta en circulación, admisión a cotización y demás relacionados con la Segunda Ejecución del Aumento de Capital. Sin perjuicio de lo anterior, los accionistas de la Sociedad deben tener en cuenta que las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (Iberclear) en las que tengan depositadas sus acciones podrán establecer, de acuerdo con la legislación vigente, las comisiones y los gastos repercutibles en concepto de administración que libremente determinen derivados del mantenimiento de los valores en los registros contables. Asimismo, las referidas entidades participantes podrán establecer, de acuerdo con la legislación vigente, las comisiones y gastos repercutibles en concepto de tramitación de órdenes de compra y venta de derechos de asignación gratuita que libremente determinen. 4 Número y naturaleza de las acciones a emitir 4.1 Número de acciones a emitir El número de acciones a emitir como consecuencia de la Segunda Ejecución del Aumento de Capital ( NAN ) será el que resulte de la fórmula aprobada en el Acuerdo, por la Junta General Ordinaria de Accionistas de ACS que se indica a continuación, redondeado al número entero inmediatamente inferior: NAN = NTAcc/Num. derechos donde NTAcc y Num. derechos tienen el significado indicado anteriormente. 12

13 Está previsto comunicar públicamente el número de acciones a emitir en la Segunda Ejecución el día 17 de enero de 2018, mediante complemento a este documento informativo. No obstante lo anterior, el número de acciones que efectivamente se emitan en la Segunda Ejecución dependerá del número de accionistas que soliciten recibir su retribución en efectivo al precio fijo del Compromiso de Compra (ACS tiene previsto renunciar a todos los derechos de asignación gratuita adquiridos como consecuencia del Compromiso de Compra). 4.2 Valor nominal, tipo de emisión y representación de las acciones Las acciones nuevas que se emitan con ocasión de la Segunda Ejecución del Aumento de Capital serán acciones ordinarias de 0,5 euros por acción de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, representadas por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable se atribuirá a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear) y a sus entidades participantes. 4.3 Reserva con cargo a la que se emiten las acciones y balance que sirve de base a la operación La Segunda Ejecución del Aumento de Capital es liberada y, como tal, no comporta desembolso alguno para los accionistas de ACS. Como se ha indicado, el desembolso se realizará íntegramente con cargo a las reservas de libre disposición de la cuenta de reservas voluntarias, cuyo importe a día 31 de diciembre de 2016 ascendía a ,62 euros. El balance que sirve de base a la Segunda Ejecución de Aumento es el correspondiente a 31 de diciembre de 2016, que fue auditado por Deloitte, S.L. y aprobado por la Junta General Ordinaria de accionistas de 4 de mayo de 2017 bajo el punto primero de su orden del día. 4.4 Acciones en depósito Finalizado el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas por causas no imputables a la Sociedad se mantendrán en depósito a disposición de quienes acrediten la legítima titularidad de los correspondientes derechos de asignación gratuita. Trascurridos tres años desde la fecha de finalización del referido periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, las acciones que aún se hallaren pendientes de asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe líquido de la mencionada venta será depositado en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. 4.5 Derechos de las nuevas acciones Las acciones nuevas atribuirán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las acciones ordinarias de ACS actualmente en circulación a partir de la fecha en que la Segunda Ejecución del Aumento se declare suscrito y desembolsado. 4.6 Admisión a cotización ACS solicitará la admisión a negociación de las acciones nuevas que se emitan como consecuencia de la Segunda Ejecución en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y realizará los trámites y actuaciones que sean necesarios para la admisión a negociación de las nuevas acciones emitidas. 5 Régimen fiscal Se incluye a continuación una breve descripción del régimen fiscal aplicable en España de acuerdo con la legislación española en vigor a las distintas opciones con las que cuentan los accionistas. Tal descripción no constituye asesoramiento fiscal ni comprende las consideraciones de orden tributario que puedan ser relevantes para un accionista en función de sus circunstancias particulares. No se detallan, especialmente, las consecuencias que se pueden producir en sus países de residencia para aquellos accionistas que no sean residentes en España a efectos fiscales. Por ello, se recomienda que los accionistas consulten con sus asesores fiscales sobre el impacto fiscal específico del dividendo opcional, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada accionista o titular de derechos de asignación gratuita, y que presten atención a las modificaciones que pudieran producirse, tanto en la legislación vigente a la fecha de este documento informativo como en sus criterios de interpretación. 13

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