OFIC: COMPROMISO DE CAPITALIZACIÓN DE LA SOCIEDAD Y COLOCACIÓN DE ACCIONES SIN DERECHO DE PREFERENCIA.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "OFIC: COMPROMISO DE CAPITALIZACIÓN DE LA SOCIEDAD Y COLOCACIÓN DE ACCIONES SIN DERECHO DE PREFERENCIA."

Transcripción

1 OFICIO DEL 14 DE JULIO DE 2018 OFIC: COMPROMISO DE CAPITALIZACIÓN DE LA SOCIEDAD Y COLOCACIÓN DE ACCIONES SIN DERECHO DE PREFERENCIA. Aviso recibo de la consulta sobre la suscripción de un compromiso de capitalización de la sociedad y la colocación de acciones sin derecho de preferencia, que se sirvió formular mediante la comunicación radicada bajo el No del 7 de junio de 2018, la cual procede atender en su orden, conforme al artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir, en ejercicio de una competencia impersonal, general y abstracta, en los términos que se describen a continuación. Se refirió que algunos acreedores de una sociedad anónima están dispuestos a flexibilizar las condiciones para el pago de los créditos siempre y cuando cuenten con el compromiso escrito de los accionistas para que estos aporten a la sociedad los recursos que hagan falta de tiempo en tiempo para atender el pago de los créditos a cargo de la sociedad ( ) de tal manera que (a) le permita a ésta atender los pagos que hagan falta bajo los créditos respectivos y (b) los accionistas incrementen su vínculo con la sociedad, mediante mayores aportes de capital (que no ocurriría con la simple firma de un aval o fianza a favor de los acreedores financieros), pero se requiere que el compromiso de los accionistas con la sociedad sea vinculante. Seguidamente se preguntó: 1.- Puede la Asamblea General de Accionistas y/o la Junta Directiva aprobar un reglamento de suscripción de acciones en virtud del cual los accionistas aceptantes de la oferta se obliguen condicionalmente a suscribir el monto de acciones correspondiente a su participación en la deficiencia de recursos que se presente, si ocurre dicha deficiencia para atender la deuda? 2.- Puede la Asamblea General de Accionistas aprobar la emisión y colocación de acciones sin sujeción al derecho de preferencia y ordenar a la Junta Directiva que cuando se presente una deficiencia de recursos reglamente la suscripción dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que la sociedad conozca dicha deficiencia? En primer lugar, es de precisar que si bien en virtud de lo dispuesto por el artículo 13 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 13 de la Ley 1755 de 2015, a este Despacho le corresponde emitir conceptos con motivo de las consultas que le son formuladas sobre las materias de su competencia, estos son expresados de manera general puesto que sus respuestas no pueden estar dirigidas a resolver situaciones particulares y concretas, en tanto se trata de una labor eminentemente pedagógica que busca ilustrar a los particulares sobre los temas que le competen, lo que

2 explica, a su vez, que las mismas no tengan carácter vinculante ni comprometan su responsabilidad. Sobre el tema objeto de la consulta es de señalar que el Código de Comercio determina que por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social. La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados, y que en la escritura pública de constitución de la sociedad debe expresarse. La forma de administrar los negocios sociales, con indicación de las atribuciones y facultades de los administradores, y de las que se reserven los asociados, las asambleas y las juntas de socios, conforme a la regulación legal de cada tipo de sociedad ( ).. Los demás pactos que, siendo compatibles con la índole de cada tipo de sociedad, estipulen los asociados para regular las relaciones a que da origen el contrato, entre otras. Además prevé que el capital social será fijado de manera precisa, pero podrá aumentarse o disminuirse en virtud de la correspondiente reforma estatutaria, aprobada y formalizada conforme a la ley ; que ningún asociado podrá ser obligado a aumentar o reponer su aporte si dicha obligación no se estipula expresamente en el contrato ; que toda reforma del contrato de sociedad comercial deberá reducirse a escritura pública que se registrará como se dispone para la escritura de constitución de la sociedad, en la cámara de comercio correspondiente al domicilio social al tiempo de la reforma, y que la sociedad anónima se formará por la reunión de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. También establece que la suscripción de acciones es un contrato por el cual una persona se obliga a pagar un aporte a la sociedad de acuerdo con el reglamento respectivo y a someterse a sus estatutos ; que las acciones no suscritas en el acto de constitución y las que emita posteriormente la sociedad serán colocadas de acuerdo con el reglamento de suscripción. Con excepción de las acciones privilegiadas y de goce, a falta de norma estatutaria expresa, corresponderá a la junta directiva aprobar el reglamento de suscripción ; que los accionistas tendrán derecho a suscribir preferencialmente en toda nueva emisión de acciones, una cantidad proporcional a las que posean en la fecha en que se apruebe el reglamento ( ). Por estipulación estatutaria o por voluntad de la asamblea, podrá decidirse que las acciones se coloquen sin sujeción al derecho de preferencia, pero de esta facultad no se hará uso sin que ante la superintendencia se haya acreditado el cumplimiento del reglamento, y que corresponde a la asamblea general de accionistas. Disponer que determinada emisión de acciones ordinarias sea colocada sin sujeción al derecho de preferencia, para lo cual se requerirá el voto favorable de no menos del setenta por ciento de las acciones presentes en la reunión.

3 De otra parte, se advierte que tanto el Código de Comercio como el Código Civil contemplan el contrato de promesa, en virtud de los cuales la promesa de celebrar un negocio producirá obligación de hacer. La celebración del contrato prometido se someterá a las reglas y formalidades del caso, y la promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna, salvo que concurran circunstancias siguientes: 1) Que la promesa conste por escrito; 2) Que el contrato a que la promesa se refiere no sea de aquellos que las leyes declaran ineficaces por no concurrir los requisitos que establece el artículo 1511 del Código Civil; 3) Que la promesa contenga un plazo o condición que fije la época en que ha de celebrarse el contrato; 4) Que se determine de tal suerte el contrato, que para perfeccionarlo solo falte la tradición de la cosa o las formalidades legales. Los términos de un contrato prometido, solo se aplicarán a la material sobre que se ha contratado. De las anteriores disposiciones se infiere que, al amparo del principio de autonomía de la voluntad, es posible consagrar en los estatutos de la sociedad anónima todas aquellas estipulaciones que se estimen necesarias para regular las relaciones sociales, entre ellas, (i) el compromiso de los socios de aumentar o reponer sus aportes, (ii) la promesa de suscripción de acciones, (iii) la entrega de anticipos a la sociedad por cuenta de futuras capitalizaciones y (iv) la renuncia general o en casos específicos al derecho de preferencia, estableciendo además unas condiciones o marco general para que la junta directiva pueda ejecutarlas. Adicionalmente, se colige que si los estatutos sociales no incluyen la promesa de suscripción de acciones en caso de pérdidas o cuando se estime necesario para el cumplimiento del objeto social, la asamblea general de accionistas no puede imponer a los socios la celebración de un contrato contentivo de aquella, como sí puede hacerlo respecto de la colocación de acciones sin sujeción al derecho de preferencia, dado que una futura capitalización sin sujeción al derecho de preferencia puede ser válidamente aprobada con más del 70% de las acciones. Esto significa que el compromiso de futuras capitalizaciones debe estar previsto en los estatutos de la sociedad y, por ende, no es posible a la asamblea general de accionistas o a la junta directiva, aprobar un reglamento de emisión y colocación de acciones en el que de manera autónoma se imponga a los accionistas la obligación de suscribir otras acciones. Lo que sí puede acontecer en tal caso, es que la sociedad celebre con cada uno de los socios un contrato de promesa de suscripción de acciones en el que, con el cumplimiento de los requisitos legales, aquellos se comprometan a suscribir un determinado número de acciones, con el fin de proveer al ente societario de los recursos indispensables para atender sus obligaciones. Así mismo, es menester resaltar que el reglamento de colocación de acciones sin sujeción al derecho de preferencia que sea aprobado por la asamblea de accionistas, no puede bajo ninguna circunstancia convertirse en un instrumento para asentir la capitalización abusiva por parte de los socios mayoritarios o de terceros en detrimento de los socios minoritarios.

4 Sobre la promesa de futura capitalización de la sociedad sin sujeción al derecho de preferencia, en el Oficio del 22 de octubre de 2012, se refirió: Ahora, en cuanto a la posibilidad de que terceros ajenos a la sociedad puedan comprometerse a participar en futuras capitalizaciones de la misma, hay lugar a referirse a la imposibilidad de orden práctico que se presenta para materializarlo en el caso que prime el derecho de preferencia para la suscripción o adquisición de acciones o cuotas, respectivamente, así como a la falta del lleno de requisitos legales para que medie un contrato de promesa en estos eventos, así no opere el aludido derecho preferencial. Es así como, de conformidad con los artículos 385 y siguientes del Código de Comercio, las acciones ordinarias no suscritas en el acto de constitución y las que posteriormente emita la sociedad, serán colocadas de conformidad con el reglamento de suscripción que para tal fin apruebe la junta directiva o la asamblea general de accionistas, si así lo disponen los estatutos de la sociedad, el cual será elaborado y expedido con sujeción a las disposiciones legales y estatutarias pertinentes. Por su parte, el artículo 388 ídem, establece que los accionistas tendrán derecho a suscribir preferencialmente en toda nueva emisión de acciones una cantidad proporcional a las que posean en la fecha en que se apruebe el reglamento, de donde se colige que el derecho de preferencia consagrado a favor de los accionistas es de origen estrictamente legal, y por consiguiente a todos los accionistas por su calidad de tal les asiste la facultad de adquirir las acciones que la sociedad vaya a colocar, de acuerdo con la proporción que se determine al momento en que el órgano social competente apruebe el correspondiente reglamento. Por lo anterior, es obligación de la sociedad, por conducto de sus administradores, permitir a los accionistas cuando a ello hubiere lugar, el ejercicio del derecho que les confiere la ley, salvo que por estipulación estatutaria expresamente adoptada con el lleno de las formalidades pertinentes o por decisión de la asamblea general de accionistas aprobada con el voto favorable de no menos del setenta por ciento de las acciones representadas en la reunión, se disponga la emisión de acciones sin sujeción al derecho de preferencia, destacándose en uno y otro caso, que la renuncia al citado derecho es competencia del máximo órgano social, aunque igualmente puede surgir de la aceptación que en tal sentido hagan uno o varios de los accionistas al abstenerse voluntariamente de suscribir las acciones que le corresponden dentro del término de la oferta previsto en el reglamento. Ello quiere decir, que mientras no se haya renunciado estatutariamente al derecho de preferencia en el contrato social o declinado en forma expresa a este derecho mediante determinación válidamente adoptada por el máximo órgano social para una determinada capitalización, no es legalmente admisible impedirle el ejercicio de este derecho a ninguno de los asociados de la compañía, lo que en este evento impide que ésta pueda comprometerse con un tercero a adjudicarle parte de las

5 acciones o cuotas en los términos anotados en su consulta, so pena de vulnerar normas de carácter imperativo, por lo que a la luz del ordinal 1º del artículo 899 del Código de Comercio, dicha capitalización estaría viciada de nulidad absoluta. Ahora, aun así se estableciera estatutariamente la libertad en la negociación de acciones o cuotas sociales, esta oficina encuentra que no hay cabida a la promesa de capitalización por parte de terceros ajenos a la compañía, por cuanto los administradores, dado su deber de velar por los intereses de su administrada y de los mismos asociados, no pueden comprometer a la compañía a respetar un específico precio en una futura colocación de acciones o aumento de capital, imposibilitando así la determinación precisa de uno de los elementos esenciales del futuro negocio como es el precio, por ende, no se presenta una de las condiciones que deben presentarse en toda promesa de contrato para su validez. Sobre este tema, la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil, en sentencia de septiembre 12 de 2000, expediente 5397, expresó: (...) Independientemente de la forma de perfeccionar el contrato de promesa mercantil, este debe reunir las condiciones propias de la promesa en general, es decir, los requisitos para la existencia y validez de los contratos, el señalamiento de un plazo o condición que fije la época en que ha de celebrarse el contrato prometido y la determinación del contrato prometido, de tal modo que no quede faltando para su perfeccionamiento sino la tradición. (Resaltado fuera de texto) Podemos extraer de dicha jurisprudencia: 1. Que la promesa de negocio jurídico requiere cumplir con los requisitos de existencia y validez de los actos y contratos prometidos. 2. Que en la promesa de negocio jurídico es indispensable establecer el plazo o la condición que debe darse para que el negocio jurídico futuro se celebre. 3. Que el negocio jurídico debe determinarse de tal forma que no falte para su perfeccionamiento sino la tradición o las formalidades, según el tipo de negocio jurídico que se trate, condición que, como se explicó, no se cumple para el caso de la suscripción de acciones, en tanto que el precio de las mismas únicamente será fijado al momento de la elaboración del reglamento de suscripción. Ahora bien, distinto es que existiendo un acreencia a favor de un tercero, la sociedad pueda capitalizar la acreencia, con la anuencia previa de la asamblea en los términos en que esta entidad se ha manifestado para adelantar este procedimiento. En los anteriores términos su solicitud ha sido atendida, no sin antes observar que para mayor ilustración puede consultar en la página WEB la normatividad, los conceptos que la Entidad emite y la Circular Básica Jurídica, entre otros.

ASUNTO: REQUISITOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA DEL ORDEN DEPARTAMENTAL.

ASUNTO: REQUISITOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA DEL ORDEN DEPARTAMENTAL. OFICIO 220-188038 DEL 18 DE AGOSTO DE 2017 ASUNTO: REQUISITOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA DEL ORDEN DEPARTAMENTAL. Aviso recibo de la consulta que se sirvió formular mediante

Más detalles

ASUNTO: APORTES AL CAPITAL SOCIAL - RESPONSABILIDAD DE SOCIOS GESTORES PACTO VESTING.

ASUNTO: APORTES AL CAPITAL SOCIAL - RESPONSABILIDAD DE SOCIOS GESTORES PACTO VESTING. OFICIO 220-024296 DEL 20 DE FEBRERO DE 2017 ASUNTO: APORTES AL CAPITAL SOCIAL - RESPONSABILIDAD DE SOCIOS GESTORES PACTO VESTING. Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con los números 2017-01-

Más detalles

Propuesta de reforma de 2017 ARTÍCULO CUARTO. CLASE DE ACCIONES. (Igual) Se adiciona un nuevo texto que reemplaza al actual PARÁGRAFO PRIMERO, así:

Propuesta de reforma de 2017 ARTÍCULO CUARTO. CLASE DE ACCIONES. (Igual) Se adiciona un nuevo texto que reemplaza al actual PARÁGRAFO PRIMERO, así: REFORMA ESTATUTOS SOCIALES COLTEFINANCIERA S.A. 2017 Artículo anterior Estatutos Sociales COLTEFINANCIERA S.A. Propuesta de reforma de 2017 ARTÍCULO CUARTO. CLASE DE ACCIONES. Las acciones son nominativas,

Más detalles

O, para tal caso es necesario la decisión unánime de los accionistas?

O, para tal caso es necesario la decisión unánime de los accionistas? OFICIO 220-074017 DEL 29 DE ABRIL DE 2016 Ref: REGLAS SOBRE DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Esta Oficina recibió por el WEB MASTER el escrito radicado con el No. 2016-01- 105621 el 17 de marzo de 2016, mediante

Más detalles

ASUNTO: RETIRO Y EXCLUSIÓN DE SOCIOS EN LAS SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

ASUNTO: RETIRO Y EXCLUSIÓN DE SOCIOS EN LAS SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA OFICIO 220-060305 DEL 17 DE MARZO DE 2017 ASUNTO: RETIRO Y EXCLUSIÓN DE SOCIOS EN LAS SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Me refiero a su escrito radicado con el número 2017-01-044645, mediante el cual,

Más detalles

ASUNTO: DE LA DOCTRINA SOBRE REQUISITOS PARA LA READQUICISION DE ACCIONES.

ASUNTO: DE LA DOCTRINA SOBRE REQUISITOS PARA LA READQUICISION DE ACCIONES. OFICIO 220-080932 DEL 07 DE ABRIL DE 2017 ASUNTO: DE LA DOCTRINA SOBRE REQUISITOS PARA LA READQUICISION DE ACCIONES. Me refiero a su escrito radicado bajo número 2017-01-085521, mediante el cual solicita

Más detalles

REF.: RESTRICCIÓN A LA NEGOCIACIÓN DE ACCIONES EN LAS SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS ARTÍCULO 13 DE LA LEY 1258 DE 2008.

REF.: RESTRICCIÓN A LA NEGOCIACIÓN DE ACCIONES EN LAS SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS ARTÍCULO 13 DE LA LEY 1258 DE 2008. OFICIO 220-189436 DEL 24 DE AGOSTO DE 2017 REF.: RESTRICCIÓN A LA NEGOCIACIÓN DE ACCIONES EN LAS SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS ARTÍCULO 13 DE LA LEY 1258 DE 2008. Me remito a su comunicación radicada

Más detalles

REF: TRANSFERENCIA DE UN BIEN INMUEBLE DE PROPIEDAD DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DENTRO DEL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA.

REF: TRANSFERENCIA DE UN BIEN INMUEBLE DE PROPIEDAD DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DENTRO DEL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA. OFICIO 220-139676 DEL 17DE SEPTIEMBRE DE 2018 REF: TRANSFERENCIA DE UN BIEN INMUEBLE DE PROPIEDAD DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DENTRO DEL TRÁMITE DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA. Aviso recibo

Más detalles

ASUNTO: FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL SUPLENTE.

ASUNTO: FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL SUPLENTE. OFICIO 220-141057 DEL13 DE JULIO DE 2016 ASUNTO: FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL SUPLENTE. Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 2016-01- 349303, donde hace mención al

Más detalles

mayor parte de la vida económica del activo, incluso si la propiedad no se transfiere al final de la operación.

mayor parte de la vida económica del activo, incluso si la propiedad no se transfiere al final de la operación. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN- estableció qué debe entenderse por la mayor parte de la vida económica del activo, concerniente a los contratos de arrendamiento o leasing financiero.

Más detalles

REF.: ACTUACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL SUPLENTE EN UNA

REF.: ACTUACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL SUPLENTE EN UNA OFICIO 220-118207 DEL 13 DE JUNIO DE 2017 REF.: ACTUACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL SUPLENTE EN UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA Me remito a su comunicación radicada bajo el número 2017 01 226204 del

Más detalles

ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LA LIQUIDACION PRIVADA DE UNA SOCIEDAD ANONIMA

ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LA LIQUIDACION PRIVADA DE UNA SOCIEDAD ANONIMA OFICIO 220-083262 DE 13 DE MAYO DE 2016 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LA LIQUIDACION PRIVADA DE UNA SOCIEDAD ANONIMA Me refiero a su escrito radicado con el número

Más detalles

REF.: REGLAS SOBRE REGISTRO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS

REF.: REGLAS SOBRE REGISTRO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS OFICIO 220-151334 DEL 03 DE AGOSTO DE 2016 REF.: REGLAS SOBRE REGISTRO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS Me refiero a su escrito radicado en esta entidad con el número 2016-01-358768 mediante el cual en ejercicio

Más detalles

Superintendencia de Sociedades Concepto

Superintendencia de Sociedades Concepto Superintendencia de Sociedades Concepto 220-038130 06-02-2009 Asunto: Transformación de una sociedad anónima en causal de disolución por pérdidas a una sociedad por acciones simplificada (artículos 31

Más detalles

REF: ABANDONO DE LOS ACCIONISTAS DE LA REUNIÓN ORDINARIA Y SUS EFECTOS. SUSPENSION DE LAS DELIBERACIONES- REUNIONES DE SEGUNDA CONVOCATORIA

REF: ABANDONO DE LOS ACCIONISTAS DE LA REUNIÓN ORDINARIA Y SUS EFECTOS. SUSPENSION DE LAS DELIBERACIONES- REUNIONES DE SEGUNDA CONVOCATORIA OFICIO 220-096440 DEL 10 DE MAYO DE 2017 REF: ABANDONO DE LOS ACCIONISTAS DE LA REUNIÓN ORDINARIA Y SUS EFECTOS. SUSPENSION DE LAS DELIBERACIONES- REUNIONES DE SEGUNDA CONVOCATORIA Aviso recibo de su comunicación

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Oficio Del 06 de Mayo de Ref.: Radicación

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Oficio Del 06 de Mayo de Ref.: Radicación SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Oficio 220-043847 Del 06 de Mayo de 2013 Ref.: Radicación 2013-01- 071692 La pluralidad jurídica se predica de la sociedad fiduciaria, lo que descarta la causal de disolución

Más detalles

REF: LIQUIDACIÓN DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA CUANDO NINGUNO DE SUS ACCIONISTAS PAGÓ EL CAPITAL SOCIAL.

REF: LIQUIDACIÓN DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA CUANDO NINGUNO DE SUS ACCIONISTAS PAGÓ EL CAPITAL SOCIAL. OFICIO 220-036989 DEL 17 DE FEBRERO DE 2016 REF: LIQUIDACIÓN DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA CUANDO NINGUNO DE SUS ACCIONISTAS PAGÓ EL CAPITAL SOCIAL. Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad bajo el número

Más detalles

Con fundamento en lo descrito anteriormente, procede abordar la consulta realizada en el mismo orden:

Con fundamento en lo descrito anteriormente, procede abordar la consulta realizada en el mismo orden: OFICIO 220-006763 DEL 22 DE ENERO DE 2018 REF.: REPRESENTANTE DE DERECHOS DE SOCIOS EN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, DERECHO DE INSPECCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Más detalles

S.A.S. ALGUNOS MECANISMOS VIABLES FRENTE AL NO PAGO DEL CAPITAL SUSCRITO.

S.A.S. ALGUNOS MECANISMOS VIABLES FRENTE AL NO PAGO DEL CAPITAL SUSCRITO. OFICIO 220-031215 DEL 25 DE FEBRERO DE 2014 REF.: RADICACIÓN 2014-01- 010971 S.A.S. ALGUNOS MECANISMOS VIABLES FRENTE AL NO PAGO DEL CAPITAL SUSCRITO. Aviso recibo del escrito en referencia, a través del

Más detalles

Superintendencia de Sociedades Concepto

Superintendencia de Sociedades Concepto Superintendencia de Sociedades Concepto 220-099852 20-07-2009 Asunto: Emisión Las acciones de pago en las sociedades por acciones simplificadas S.A.S. Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con

Más detalles

ASUNTO: PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE UNA GARANTÍA MOBILIARIA

ASUNTO: PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE UNA GARANTÍA MOBILIARIA OFICIO 220-212141 DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2017. ASUNTO: PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE UNA GARANTÍA MOBILIARIA Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con el número 2017-01-441953, mediante el

Más detalles

CUESTIONARIO SEGUNDO EXAMEN TRIMESTRE III 2009 MATERIA: DERECHO EMPRESARIAL FECHA: NOVIEMBRE 2009

CUESTIONARIO SEGUNDO EXAMEN TRIMESTRE III 2009 MATERIA: DERECHO EMPRESARIAL FECHA: NOVIEMBRE 2009 1 1. SI LAS ACCIONES SE ENCUENTRAN PAGADAS EN UN 50% DEBE EMITIRSE: a. Titulo Definitivo ( ) b. Resguardo ( x ) 2. QUE SON LAS ACCIONES NO LIBERADAS? Son las acciones no canceladas en su totalidad. 3.

Más detalles

Del aumento de capital y la prima en colocación de acciones o cuotas

Del aumento de capital y la prima en colocación de acciones o cuotas Del aumento de capital y la prima en colocación de acciones o cuotas Las sociedades por acciones tienen tres (3) clases de capital: autorizado, suscrito y pagado, los cuales pueden modificarse durante

Más detalles

OFICIO DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

OFICIO DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017. OFICIO 220-201939 DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2017. Ref: Autonomía contractual en la configuración de la estructura orgánica en las SAS. Aviso recibo de su escrito radicado con el No. de la referencia, mediante

Más detalles

Propuesta Reformas Estatutarias

Propuesta Reformas Estatutarias Propuesta Reformas Estatutarias En la Asamblea de Accionistas que se celebrará el 25 de Febrero de 2013, se presentará el siguiente proyecto de reformas a los Estatutos Sociales de la Compañía para su

Más detalles

Se recibió su escrito remitido por el web master y radicado con el número , mediante el cual formula los siguientes interrogantes:

Se recibió su escrito remitido por el web master y radicado con el número , mediante el cual formula los siguientes interrogantes: OFICIO 220-170091 DEL 05 DE SEPTIEMBRE DE 2016 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Ref: SITUACIÓN DE CONTROL -GRUPO EMPRESARIAL Se recibió su escrito remitido por el web master y radicado con el número 201601-399691,

Más detalles

REF: EXTRAVÍO DEL LIBRO DE ACTAS E INSCRIPCIÓN DE ACTAS.

REF: EXTRAVÍO DEL LIBRO DE ACTAS E INSCRIPCIÓN DE ACTAS. OFICIO 220-096461 DEL 09 DE JULIO DE 2018 REF: EXTRAVÍO DEL LIBRO DE ACTAS E INSCRIPCIÓN DE ACTAS. Aviso recibo de la consulta sobre el extravío del libro de actas e inscripción de actas, que se sirvió

Más detalles

Ref: INGRESO DE UN NUEVO ACCIONISTA EN UNA SAS- DERECHO DE PREFERENCIA

Ref: INGRESO DE UN NUEVO ACCIONISTA EN UNA SAS- DERECHO DE PREFERENCIA OFICIO 220-182158 DEL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2016 Ref: INGRESO DE UN NUEVO ACCIONISTA EN UNA SAS- DERECHO DE PREFERENCIA Esta oficina recibió el escrito remitido por el Web Master y radicado con el No. 2016-01-416556

Más detalles

Propuesta de Actualización al Reglamento de Emisión y Colocación de Acciones con Dividendo Preferencial Expedido en 2011

Propuesta de Actualización al Reglamento de Emisión y Colocación de Acciones con Dividendo Preferencial Expedido en 2011 Propuesta de Actualización al Reglamento de Emisión y Colocación de Acciones con Dividendo Preferencial Expedido en 2011 Texto Actual Texto Definitivo Justificación Artículo Segundo numeral 25. Derechos

Más detalles

ASUNTO: CESIÓN DE LOS DERECHOS DE USUFRUCTO Y NUDA PROPIEDAD DE ACCIONES.

ASUNTO: CESIÓN DE LOS DERECHOS DE USUFRUCTO Y NUDA PROPIEDAD DE ACCIONES. OFICIO 220-034193 DEL 07 DE MARZO DE 2018 ASUNTO: CESIÓN DE LOS DERECHOS DE USUFRUCTO Y NUDA PROPIEDAD DE ACCIONES. Aviso recibo de la comunicación radicada bajo el No. 2018-01-024284 del 29 de enero de

Más detalles

Oficio Supersociedades 26 de Mayo de 2017.

Oficio Supersociedades 26 de Mayo de 2017. Oficio 220-109257 Supersociedades 26 de Mayo de 2017. radicada en la WEB MASTER de la Superintendencia de Sociedades, bajo el número 2017 01 173954 del pasado 11 de abril, mediante la cual solicita concepto

Más detalles

TÍTULO I. CONSTITUCIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

TÍTULO I. CONSTITUCIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL SINDICATO DE OBLIGACIONISTAS DE "RENTA 4 SERVICIOS DE INVERSIÓN, S.A. - EMISIÓN DE OBLIGACIONES CONVERTIBLES Y/O CANJEABLES 2011" TÍTULO I. CONSTITUCIÓN, OBJETO, DOMICILIO

Más detalles

Asamblea Extraordinaria de Accionistas Ordinarios

Asamblea Extraordinaria de Accionistas Ordinarios Asamblea Extraordinaria de Accionistas Ordinarios Junio 28 de 2018 Fecha Contenido 1. Introducción 2. Reforma de Estatutos 3. Emisión de Acciones 2 Contenido 1. Introducción 2. Reforma de Estatutos 3.

Más detalles

Elaboración de actas. Recuerda portar tu documento de identificación original y vigente cuando nos visites! Será necesario para cualquier trámite.

Elaboración de actas. Recuerda portar tu documento de identificación original y vigente cuando nos visites! Será necesario para cualquier trámite. Elaboración de actas Un acta es un documento donde consta lo sucedido, tratado y aprobado en una reunión del máximo órgano o del órgano de administración de una persona jurídica. El cumplimiento de los

Más detalles

1. Existe grupo empresarial a la luz de la legislación comercial vigente y la reglamentación legal referente a las NIIF?

1. Existe grupo empresarial a la luz de la legislación comercial vigente y la reglamentación legal referente a las NIIF? OFICIO 220-091161 DEL 02 DE MAYO DE 2017 ASUNTO: GRUPO EMPRESARIAL. Me refiero a su escrito radicado con el número 2017-01-129351, mediante la cual describe la situación que se presenta entre cinco empresas

Más detalles

ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES

ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES OFICIO 220-005654 DEL 27 DE ENERO DE 2014 ASUNTO: ALGUNOS ASPECTOS RELACIONADOS CON LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES Me refiero a su escrito, radicado en esta Entidad con el número 2013-01- 542222, remitido

Más detalles

El balance se hará conforme a las prescripciones legales y a las normas de contabilidad establecidas

El balance se hará conforme a las prescripciones legales y a las normas de contabilidad establecidas Oficio 220-000162 del 3 de enero de 2017. Ref.: Distribución de Utilidades. Me refiero a su escrito enviada a través de la página web de esta entidad y radicado con el número de la referencia, mediante

Más detalles

DERECHO SOCIETARIO 2.2. OTRAS FORMAS SOCIETARIAS

DERECHO SOCIETARIO 2.2. OTRAS FORMAS SOCIETARIAS 2.2. OTRAS FORMAS SOCIETARIAS En el Libro Tercero de la nueva Ley regula lo referente a las sociedades comerciales y civiles. Son sociedades de personas, donde predomina el elemento personal (intuitu personae)

Más detalles

LEY 222 DE 1995 (Diciembre 20)

LEY 222 DE 1995 (Diciembre 20) LEY 222 DE 1995 (Diciembre 20) CAPÍTULO VIII Empresa Unipersonal Véase Concepto 001 de 2002 -Junta Central de Contadores- ARTÍCULO 71. Concepto de empresa unipersonal. Mediante la empresa unipersonal una

Más detalles

Referencia: DEBERES DEL REPRESENTANTE LEGAL-PROHIBICIÓN ARTÍCULO 185 DEL CÓDIGO DE COMERCIO -NO PAGO DEL APORTE EN UNA SOCIEDAD LIMITADA

Referencia: DEBERES DEL REPRESENTANTE LEGAL-PROHIBICIÓN ARTÍCULO 185 DEL CÓDIGO DE COMERCIO -NO PAGO DEL APORTE EN UNA SOCIEDAD LIMITADA OFICIO 220-001188 DEL 13 DE ENERO DE 2015 Referencia: DEBERES DEL REPRESENTANTE LEGAL-PROHIBICIÓN ARTÍCULO 185 DEL CÓDIGO DE COMERCIO -NO PAGO DEL APORTE EN UNA SOCIEDAD LIMITADA Me refiero a su comunicación

Más detalles

CEMENTERIO MANCOMUNADO BAHÍA DE CÁDIZ S.A. REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA GENERAL TÍTULO PRELIMINAR. OBJETO, VIGENCIA Y ALCANCE DEL REGLAMENTO.

CEMENTERIO MANCOMUNADO BAHÍA DE CÁDIZ S.A. REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA GENERAL TÍTULO PRELIMINAR. OBJETO, VIGENCIA Y ALCANCE DEL REGLAMENTO. CEMENTERIO MANCOMUNADO BAHÍA DE CÁDIZ S.A. REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA GENERAL Artículo 1. TÍTULO PRELIMINAR. OBJETO, VIGENCIA Y ALCANCE DEL REGLAMENTO. Este Reglamento tendrá por objeto la regulación

Más detalles

Me refiero a su escrito radicado con el No el 19 de febrero de 2016, mediante el cual formula las siguientes inquietudes:

Me refiero a su escrito radicado con el No el 19 de febrero de 2016, mediante el cual formula las siguientes inquietudes: OFICIO 220-058366 DEL 05 DE ABRIL DE 2016 REF: ADJUDICACIÓN DE CUOTAS DEL SOCIO FALLECIDO Me refiero a su escrito radicado con el No. 2016-01- 069739 el 19 de febrero de 2016, mediante el cual formula

Más detalles

Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L.

Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. LAS SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Son constituidas con la finalidad de limitar la responsabilidad de los socios conforme a los aportes realizados. Las

Más detalles

REF.: DISOLUCIÓN DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA AL FALLECIMIENTO DE SU ÚNICO SOCIO.

REF.: DISOLUCIÓN DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA AL FALLECIMIENTO DE SU ÚNICO SOCIO. OFICIO 220-099167 DEL 15 DE MAYO DE 2017 REF.: DISOLUCIÓN DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA AL FALLECIMIENTO DE SU ÚNICO SOCIO. Me remito a su comunicación radicada bajo el número 2017 01 155853

Más detalles

TITULO VI REORGANIZACIÓN DE SOCIEDADES CAPITULO I TRANSFORMACIÓN

TITULO VI REORGANIZACIÓN DE SOCIEDADES CAPITULO I TRANSFORMACIÓN TITULO VI REORGANIZACIÓN DE SOCIEDADES CAPITULO I TRANSFORMACIÓN 1. Casos de transformación Las sociedades reguladas por esta ley pueden transformarse en cualquier otra clase de sociedad o persona jurídica

Más detalles

ASUNTO: SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA- EXCLUSIÓN DE ACCIONISTAS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL.

ASUNTO: SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA- EXCLUSIÓN DE ACCIONISTAS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL. OFICIO 220-203369 DEL 01 DE NOVIEMBRE DE 2016 ASUNTO: SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA- EXCLUSIÓN DE ACCIONISTAS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL. Me refiero

Más detalles

GRUPO DE INVERSIONES SURAMERICANA S.A.

GRUPO DE INVERSIONES SURAMERICANA S.A. GRUPO DE INVERSIONES SURAMERICANA S.A. ASUNTO: Propuesta de reforma de Estatutos Sociales FECHA: 18 de marzo de 2014 En cumplimiento de los deberes de divulgación de información relevante, Grupo de Inversiones

Más detalles

SERVICE POINT SOLUTIONS, S.A.

SERVICE POINT SOLUTIONS, S.A. SERVICE POINT SOLUTIONS, S.A. INFORME ELABORADO POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMPAÑÍA EN RELACIÓN CON LAS PROPUESTAS A QUE SE REFIEREN LOS PUNTOS SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO y NOVENO DEL ORDEN DEL

Más detalles

TEMA: Cambio de fecha de corte de estados financieros y distribución utilidades.

TEMA: Cambio de fecha de corte de estados financieros y distribución utilidades. OFICIO 220-000162 DEL 3 DE ENERO DE 2017 TEMA: Cambio de fecha de corte de estados financieros y distribución utilidades. [ ] Respuesta a la inquietud No 1: Las sociedades comerciales constituidas de acuerdo

Más detalles

ASUNTO: FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL- DERECHO DE INSPECCIÓN

ASUNTO: FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL- DERECHO DE INSPECCIÓN OFICIO 220-142203 DEL 15 DE JULIO DE 2016 ASUNTO: FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL- DERECHO DE INSPECCIÓN Me refiero a su comunicación enviada a esta Entidad y radicada con el número 2016-01-347253, mediante

Más detalles

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROMOTORA DE INFORMACIONES, S.A.

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROMOTORA DE INFORMACIONES, S.A. INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROMOTORA DE INFORMACIONES, S.A. SOBRE LA PROPUESTA DE ACUERDO DE DELEGACIÓN EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PARA AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL INCLUIDA

Más detalles

CREDIFAMILIA COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO S.A. REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS

CREDIFAMILIA COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO S.A. REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS CREDIFAMILIA COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO S.A. REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS Por el cual se adopta el Reglamento de LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS C O N S I D E R A N D O: 1. Que la

Más detalles

REFORMA PARCIAL DE ESTATUTOS SOCIALES

REFORMA PARCIAL DE ESTATUTOS SOCIALES REFORMA PARCIAL DE ESTATUTOS SOCIALES La Asamblea General de Accionistas de TUYA S.A., en sesión ordinaria del 7 de marzo de 2014, aprobó por unanimidad, reformar parcialmente los estatutos sociales de

Más detalles

GRIFOLS, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. Orden del día

GRIFOLS, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. Orden del día GRIFOLS, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS Por acuerdo del Consejo de Administración, se convoca a los accionistas de Grifols, S.A. (la Sociedad ) a la Junta General Extraordinaria de Accionistas,

Más detalles

OFICIO DEL 21DE JUNIO DE 2018

OFICIO DEL 21DE JUNIO DE 2018 OFICIO 220-089296 DEL 21DE JUNIO DE 2018 Ref: No es viable que la sociedad reciba en dación en pago sus propias acciones para efectuar el pago de obligaciones de los socios con la misma sociedad. Me refiero

Más detalles

Informe de modificación del Reglamento de la Junta

Informe de modificación del Reglamento de la Junta Informe de modificación del Reglamento de la Junta INFORME QUE PRESENTA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CELLNEX TELECOM, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA A QUE SE REFIERE EL PUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL

Más detalles

OFICIO DEL13 DE JULIO DE 2016

OFICIO DEL13 DE JULIO DE 2016 OFICIO 220-141013 DEL13 DE JULIO DE 2016 ASUNTO: SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA ACCIONES DE GOCE O INDUSTRIA (ARTÍCULO 10 Y 45 DE LA LEY 1258 DE 2008; ARTÍCULOS 137, 138 Y 139 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).

Más detalles

TÍTULO IV. DE LAS SOCIEDADES EN COMANDITA CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES

TÍTULO IV. DE LAS SOCIEDADES EN COMANDITA CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES TÍTULO IV. DE LAS SOCIEDADES EN COMANDITA CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES ARTÍCULO 323. . La sociedad en comandita se formará siempre entre

Más detalles

OFICIO DEL 17 DE AGOSTO DE 2016

OFICIO DEL 17 DE AGOSTO DE 2016 OFICIO 220-154264 DEL 17 DE AGOSTO DE 2016 ASUNTO: EMPRESA UNIPERSONAL DEBE CUMPLIR EN LO PERTINENTE, LAS OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES. VIGENCIA DEL OFICIO 220-104519 DE L2 DE NOVIEMBRE DE

Más detalles

BOLETÍN TRIBUTARIO NULIDAD DE LOS CONCEPTOS DIAN DE 2004 y DE 2005

BOLETÍN TRIBUTARIO NULIDAD DE LOS CONCEPTOS DIAN DE 2004 y DE 2005 BOLETÍN TRIBUTARIO - 115 NULIDAD DE LOS CONCEPTOS DIAN 091342 DE 2004 y 23795 DE 2005 1) Concepto 091342 de diciembre 30 de 2004 El Consejo de Estado declaró la nulidad de la expresión incluido el valor

Más detalles

ASUNTO: INVERSIÓN EXTRANJERA.- PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE INVERSIÓN EN DIVISAS.

ASUNTO: INVERSIÓN EXTRANJERA.- PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE INVERSIÓN EN DIVISAS. CONCEPTO 220-125665 DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2015 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES ASUNTO: INVERSIÓN EXTRANJERA.- PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE INVERSIÓN EN DIVISAS. Me refiero a su comunicación radicada con

Más detalles

La propuesta de acuerdo que se somete a votación de la Junta General de Accionistas es la siguiente:

La propuesta de acuerdo que se somete a votación de la Junta General de Accionistas es la siguiente: INFORME DE LOS ADMINISTRADORES JUSTIFICATIVO DE LA PROPUESTA A QUE SE REFIERE EL PUNTO NOVENO DEL ORDEN DEL DÍA QUE SE SOMETE A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE TECNOCOM TELECOMUNICACIONES

Más detalles

ASUNTO: POSIBLES IRREGULARIDADES EN LA ADMINISTRACIÓN DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA- PRESUNTA INCAPACIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL.

ASUNTO: POSIBLES IRREGULARIDADES EN LA ADMINISTRACIÓN DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA- PRESUNTA INCAPACIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL. OFICIO 220-241807 DEL 08 DE NOVIEMBRE DE 2017 ASUNTO: POSIBLES IRREGULARIDADES EN LA ADMINISTRACIÓN DE UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA- PRESUNTA INCAPACIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL. Aviso recibo

Más detalles

DE ACUERDOS RELATIVA AL PUNTO CUARTO

DE ACUERDOS RELATIVA AL PUNTO CUARTO INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACIÓN, S.A. ( DIA ) DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 286, 297.1.b) Y 506 DE LA LEY DE SOCIEDADES

Más detalles

1. Puede el gerente de la compañía, cuyo domicilio también es la ciudad de Barranquilla, convocar a juntas directivas en la ciudad de Bogotá?

1. Puede el gerente de la compañía, cuyo domicilio también es la ciudad de Barranquilla, convocar a juntas directivas en la ciudad de Bogotá? OFICIO 220-069892 DEL 25 DE MAYO DE 2015 ASUNTO: REUNION UNIVERSAL DE JUNTA DIRECTIVA Me refiero a su escrito radicado en esta entidad con el número 2015-01- 157123, mediante el cual, previa las consideraciones

Más detalles

Circular Fiscal junio: Junta General Ordinaria

Circular Fiscal junio: Junta General Ordinaria : Durante el mes de junio la mayoría de las sociedades mercantiles celebran la Junta General Ordinaria de Socios que han de aprobar las Cuentas Anuales, para su posterior depósito en el Registro Mercantil,

Más detalles

República de Colombia DIARIO OFICIAL. Fundado el 30 de abril de 1864 PODER PÚBLICO RAMA LEGISLATIVA. LEY 1258 DE 2008 (diciembre 5)

República de Colombia DIARIO OFICIAL. Fundado el 30 de abril de 1864 PODER PÚBLICO RAMA LEGISLATIVA. LEY 1258 DE 2008 (diciembre 5) NORMATIVIDAD Y CULTURA IMPRENTA NACIONAL D E C O L O M B I A www.imprenta.gov.co República de Colombia Fundado el 30 de abril de 1864 Libertad y Orden Año CXLIV No. 47.194 Edición de 32 páginas Bogotá,

Más detalles

Elaboración de actas

Elaboración de actas Elaboración de actas Un acta es un documento en el que se registra lo sucedido, tratado y acordado en una reunión del máximo órgano o del órgano de administración de una persona jurídica. Es una evidencia

Más detalles

GRIFOLS, S.A. INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN SOBRE LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES

GRIFOLS, S.A. INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN SOBRE LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES GRIFOLS, S.A. INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN SOBRE LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES El presente informe se formula en relación a la propuesta de modificación de los Estatutos Sociales que se

Más detalles

Ref: REGLAS EN MATERIA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS EN LA SAS

Ref: REGLAS EN MATERIA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS EN LA SAS OFICIO 220-072585 DEL 26 DE ABRIL DE 2016 Ref: REGLAS EN MATERIA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS EN LA SAS Esta Oficina recibió el escrito radicado con el No. 2016-01-101143 del 15 de marzo de 2016, mediante

Más detalles

DIARIO OFICIAL No Bogotá, D. C., jueves, 11 de agosto de Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

DIARIO OFICIAL No Bogotá, D. C., jueves, 11 de agosto de Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural DIARIO OFICIAL No. 48.158 Bogotá, D. C., jueves, 11 de agosto de 2011 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural DECRETO NÚMERO 2860 DE 2011 (agosto 11) por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos

Más detalles

ASUNTO: EJERCICIO DEL DERECHO DE INSPECCIÓN EN LA SOCIEDAD ANÓNIMA - ACUERDOS DE ACCIONISTAS (ARTÍCULO 70 DE LA LEY 222 DE 1995)

ASUNTO: EJERCICIO DEL DERECHO DE INSPECCIÓN EN LA SOCIEDAD ANÓNIMA - ACUERDOS DE ACCIONISTAS (ARTÍCULO 70 DE LA LEY 222 DE 1995) OFICIO 220-191547 DEL 04 DE OCTUBRE DE 2016 ASUNTO: EJERCICIO DEL DERECHO DE INSPECCIÓN EN LA SOCIEDAD ANÓNIMA - ACUERDOS DE ACCIONISTAS (ARTÍCULO 70 DE LA LEY 222 DE 1995) Me refiero a su comunicación

Más detalles

ASUNTO: GARANTÍAS REALES EN EL PROCESO DE REORGANIZACIÓN O DE LIQUIDACION JUDICIAL

ASUNTO: GARANTÍAS REALES EN EL PROCESO DE REORGANIZACIÓN O DE LIQUIDACION JUDICIAL OFICIO 220-092991 DEL 25 DE MAYO DE 2016 ASUNTO: GARANTÍAS REALES EN EL PROCESO DE REORGANIZACIÓN O DE LIQUIDACION JUDICIAL Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con el número 2016-01- 189997,

Más detalles

REGLAMENTO DEL SINDICATO DE TITULARES DE OBLIGACIONES

REGLAMENTO DEL SINDICATO DE TITULARES DE OBLIGACIONES REGLAMENTO DEL SINDICATO DE TITULARES DE OBLIGACIONES A continuación se recoge el reglamento del sindicato de Titulares de Obligaciones de la EMISIÓN DE OBLIGACIONES SIMPLES DE ACCIONA, S.A., ABRIL 2014.

Más detalles

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN En Santiago de Chile, a. de. de, entre BICE Inversiones Administradora General de Fondos S.A., representada por don..,

Más detalles

GRIÑÓ ECOLOGIC, S.A. Convocatoria de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas

GRIÑÓ ECOLOGIC, S.A. Convocatoria de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas GRIÑÓ ECOLOGIC, S.A. Convocatoria de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas Por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 27 de mayo de 2016, se convoca a los señores accionistas

Más detalles

En este sentido, me permito indicar: 1. Sobre las Ofertas Públicas de Adquisición (OPA)

En este sentido, me permito indicar: 1. Sobre las Ofertas Públicas de Adquisición (OPA) Resumen Clasificación Referencia del Documento Posibilidad de que un puesto de bolsa adquiera hasta el 100% de las participaciones de los fondos inmobiliarios que administra una Sociedad Administradora

Más detalles

Como se adquiere el estado de socio?

Como se adquiere el estado de socio? El Estado de Socio UNIDAD 4 1. El estado de socio. Concepto. Derechos y obligaciones derivados del estado de socio. El socio del socio. El socio oculto. El socio aparente. Transmisibilidad del estado de

Más detalles

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE NMÁS1 DINAMIA, S.A

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE NMÁS1 DINAMIA, S.A INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE NMÁS1 DINAMIA, S.A., EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE ACUERDO DE CAPITAL AUTORIZADO A QUE SE REFIERE EL PUNTO SEXTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL

Más detalles

Propuesta de acuerdos para la Junta General Ordinaria a celebrar el 24 o el 25 de junio de 2018, en primera o segunda convocatoria respectivamente

Propuesta de acuerdos para la Junta General Ordinaria a celebrar el 24 o el 25 de junio de 2018, en primera o segunda convocatoria respectivamente Propuesta de acuerdos para la Junta General Ordinaria a celebrar el 24 o el 25 de junio de 2018, en primera o segunda convocatoria respectivamente Primero.- Cuentas anuales y gestión social 1.1. Examen

Más detalles

ASOCIACIÓN CELÍACA DE MÁLAGA. (ACEMA). ESTATUTOS.

ASOCIACIÓN CELÍACA DE MÁLAGA. (ACEMA). ESTATUTOS. ASOCIACIÓN CELÍACA DE MÁLAGA. (ACEMA). ESTATUTOS. CAPITULO I Denominación, Fines, Domicilio, y Ámbito de actuación. Artículo 1.- Se constituye en Málaga la asociación denominada: Asociación Celíaca de

Más detalles

Reglamento De Ofrecimiento y Colocación de Acciones Conforme la Ley 1445 de 2011 Sociedad América De Cali S.A. (en reorganización).

Reglamento De Ofrecimiento y Colocación de Acciones Conforme la Ley 1445 de 2011 Sociedad América De Cali S.A. (en reorganización). 11 AMÉRICA DE CALI S.A. ANEXO No. 3 - Resolución N 02 de Diciembre 10 de 2015 Reglamento De Ofrecimiento y Colocación de Acciones Conforme la Ley 1445 de 2011 Sociedad América De Cali S.A. (en reorganización).

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE CORPORACIÓN MAPFRE, S.A.

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE CORPORACIÓN MAPFRE, S.A. REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE CORPORACIÓN MAPFRE, S.A. Febrero 2004 INDICE Capítulo I. INTRODUCCIÓN... 3 Artículo 1º. Contenido... 3 Artículo 2º. Junta General de Accionistas.... 3 Artículo

Más detalles

Índice general LA ASOCIACIÓN... 1

Índice general LA ASOCIACIÓN... 1 Índice general LA ASOCIACIÓN... 1 1. La asociación... 1 1.1. Derecho de asociación en la Constitución Política Colombiana... 1 1.1.1. Finalidad del derecho de asociación... 1 1.2. Formas asociativas en

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE LETRADOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CAPÍTULO I DE LA DENOMINACIÓN Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE LETRADOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CAPÍTULO I DE LA DENOMINACIÓN Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE LETRADOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CAPÍTULO I DE LA DENOMINACIÓN Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN ARTÍCULO 1º-. Los presentes Estatutos tienen por objeto la regulación del funcionamiento

Más detalles

RESUELVE: ESTATUTO DE CONTRATACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE HONDA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES NORMATIVIDAD APLICABLE

RESUELVE: ESTATUTO DE CONTRATACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE HONDA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES NORMATIVIDAD APLICABLE La Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Honda, en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo décimo octavo de los Estatutos. RESUELVE: ESTATUTO DE

Más detalles

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE L A GUAJIRA COMFAGUAJIRA INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE L A GUAJIRA COMFAGUAJIRA INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE L A GUAJIRA COMFAGUAJIRA INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS QUIÉN ES UN AFILIADO HABIL PARA PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA De acuerdo con el artículo

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS AÑO DEL CENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN BOSCH

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS AÑO DEL CENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN BOSCH República Dominicana SUPERINTENDENCIA DE BANCOS AÑO DEL CENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN BOSCH CIRCULAR SB: No. 010/09 A las : Entidades de Intermediación Financiera. Asunto : Disposiciones Generales para

Más detalles

ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS; FINANCIAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN; FISCALIZACIÓN; AUTONOMÍA SINDICAL

ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS; FINANCIAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN; FISCALIZACIÓN; AUTONOMÍA SINDICAL ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS; FINANCIAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN; FISCALIZACIÓN; AUTONOMÍA SINDICAL Dictamen 0273/003, de 20 de enero de 2015, Dirección del Trabajo. Sin perjuicio de las facultades que la ley

Más detalles

Ref: IMPUGNACIÓN DE DECISIONES DEL MÁXIMO ÓRGANO SOCIAL

Ref: IMPUGNACIÓN DE DECISIONES DEL MÁXIMO ÓRGANO SOCIAL OFICIO 220-054538 DEL 16 DE MARZO DE 2016 Ref: IMPUGNACIÓN DE DECISIONES DEL MÁXIMO ÓRGANO SOCIAL Me refiero a su escrito remitido por la Superintendencia Financiera de Colombia, radicado con el No. 2016-01-041962

Más detalles

ASUNTO: ALCANCE AL OFICIO DEL 1º DE DICIEMBRE DE ADJUDICACIÓN ADICIONAL DENTRO DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA DE UNA SOCIEDAD.

ASUNTO: ALCANCE AL OFICIO DEL 1º DE DICIEMBRE DE ADJUDICACIÓN ADICIONAL DENTRO DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA DE UNA SOCIEDAD. OFICIO 220-021133 DEL 13 DE FEBRERO DE 2018 ASUNTO: ALCANCE AL OFICIO 220-279977 DEL 1º DE DICIEMBRE DE 2017. ADJUDICACIÓN ADICIONAL DENTRO DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA DE UNA SOCIEDAD. Aviso

Más detalles

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL DEUDA CON SUBSIDIO HABITACIONAL

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL DEUDA CON SUBSIDIO HABITACIONAL CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL DEUDA CON SUBSIDIO HABITACIONAL En Santiago de Chile, a. de de 200.., entre Larraín Vial Activos S.A. Administradora General

Más detalles

fjkljikgyjzebdaj-rue Copias: 001 Pagina: 001

fjkljikgyjzebdaj-rue Copias: 001 Pagina: 001 fjkljikgyjzebdaj-rue 000000000 Copias: 001 Pagina: 001 DO UNICO NACIONAL DO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN El SECRETARIO DE LA CAMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA, con fundamento en las matrículas

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES CONCEPTO de octubre de 2004

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES CONCEPTO de octubre de 2004 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES CONCEPTO 220-54970 22 de octubre de 2004 Ref.: La Propiedad Horizontal es una persona jurídica de carácter civil, por tanto ajena a las atribuciones conferidas por la ley

Más detalles

Por tanto de acuerdo a su primera pregunta encontramos que hay 2 tipos de quórum:

Por tanto de acuerdo a su primera pregunta encontramos que hay 2 tipos de quórum: Bogotá, D.C., Señor MARIA ANDREA TRIBIN MONTEJO Carrera 9 No 100 07 Oficina 412 Correo: tribinasociados@gmail.com Teléfono: 8051411 Ciudad Referencia: Su comunicación radicada con el No. 151000311 Respetado

Más detalles

Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con el número de la referencia, mediante el cual, consulta:

Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con el número de la referencia, mediante el cual, consulta: Oficio 220-000289 del 3 de enero de 2017. Ref. Aspectos Relacionados con el Régimen de Insolvencia- Ley 1116 de 2006- Acuerdo de Reorganización Empresarial - Rad. 2016-01- 558797 del 23 de noviembre de

Más detalles

ASUNTO: REPORTE ANTE LAS CENTRALES DE RIESGO DE DEUDAS A CARGO DE UNA SOCIEDAD EN REORGANIZACIÓN

ASUNTO: REPORTE ANTE LAS CENTRALES DE RIESGO DE DEUDAS A CARGO DE UNA SOCIEDAD EN REORGANIZACIÓN OFICIO 220-132770 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2015 ASUNTO: REPORTE ANTE LAS CENTRALES DE RIESGO DE DEUDAS A CARGO DE UNA SOCIEDAD EN REORGANIZACIÓN Me refiero a su escrito radicado con el número 2015-01-384291,

Más detalles

OFICIO DEL 05 DE JULIO DE 2016

OFICIO DEL 05 DE JULIO DE 2016 OFICIO 220-135087 DEL 05 DE JULIO DE 2016 ASUNTO: ALCANCE Y EFECTOS DEL CONCEPTO CONTENIDO EN OFICIO NO 220-047982 DEL 29 DE FEBRERO DE 2016 DOMICILIO DEL REPRESENTANTE LEGAL, SEGÚN QUE SE TRATE DE UNA

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS QUIÉN ES UN AFILIADO HABIL PARA PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA

INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS QUIÉN ES UN AFILIADO HABIL PARA PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS QUIÉN ES UN AFILIADO HABIL PARA PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA De acuerdo con el artículo 12 de los Estatutos vigentes, Para efectos de las Asambleas

Más detalles