PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA (HERRAMIENTA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL). No. De Expediente ATL.SUB/

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1 CONVOCATORIA A LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. IA N PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA (HERRAMIENTA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL). No. De Expediente ATL.SUB/ Atlixco, Puebla, a 05 de Noviembre de Página 1

2 ÍNDICE GLOSARIO. 3 I. DATOS GENERALES E IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACION A CUANDO MENOS TRES PERSONAS. 5 I.I. CONSULTA Y FORMA DE OBTENCIÓN DE LA CONVOCATORIA. 5 I.II. LUGAR DONDE SE PRESTAR. 6 I.III. VIGENCIA DEL CONTRATO. 6 I.IV. IMPUESTOS Y DERECHOS. 6 I.V. NO NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES. 6 I.VI. SITUACIONES NO PREVISTAS EN LA CONVOCATORIA. 6 I.VII. TRANSPARENCIA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN. 6 II. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACION A CUANDO MENOS TRES PERSONAS. 7 II.I. VERIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL SUMINISTRO DE BINES OBJETO DE LA INVITACION. 7 II.II. CONDICIONES DE PAGO. 7 II.III. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS. 8 II.IV. II.V. VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. MODELO DE CONTRATO 8 8 II.VI. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 8 II.VII. MODIFICACIONES AL CONTRATO. 9 II.VIII. SANCIONES. 10 II.VIII.I PENAS CONVENCIONALES. 10 II.VIII.II. DEDUCCIONES. 11 II.IX. SUSPENSIÓN DEL SUMINISTO DE BIENES. 12 II.X. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. 12 III. FORMAS Y TÉRMINOS DE LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO. 13 III.I. CALENDARIO Y LUGAR PARA LA CELEBRACIÓN DE LOS ACTOS. 14 III.II. PROPOSICIONES CONJUNTAS. 14 III.III. DESARROLLO DE LOS ACTOS DE LA INVITACION. 16 III.IV. SOLICITUDES PARA ACLARACIÓN DE DUDAS. 16 III.V. JUNTA PARA LA ACLARACIÓN DEL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA. 16 III.VI. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. 17 III.VII. ACTO DE EMISIÓN DE FALLO. 18 III.VIII. MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE A LA CONVOCATORIA. 18 III.IX. DECLARACIÓN DE INVITACIÓN DESIERTA. 18 III.X. SUSPENSIÓN DE LA INVITACIÓN. 18 III.XI. CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN. 19 III.XII. FIRMA DEL CONTRATO. 19 III.XIII. CONTROVERSIAS. 20 III.XIV. PATENTES Y MARCAS. 20 III.XV. INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. 20 IV. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN. 20 IV.I. INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES. 20 IV.II. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES. 21 V. CRITERIOS ESPECÍFICOS QUE SE APLICARÁN PARA EVALUAR LAS PROPOSICIONES. 22 VI. DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES EN SUS PROPOSICIONES. 24 VI.I. VI.I.I PROPOSICIÓN TÉCNICA. DOCUMENTOS SOLICITADOS EN EL ANEXO TÉCNICO VI.II. PROPOSICIÓN ECONÓMICA. 29 VII. INCONFORMIDADES. 30 VIII. ANEXOS. 30 Página 2

3 GLOSARIO. Para efectos de esta convocatoria, se entenderá por: ÁREA CONTRATANTE: ÁREA TÉCNICA: CADENAS PRODUCTIVAS: CÓDIGO: COMPRANET: CONTRATO: CONVOCATORIA: CONVOCANTE: IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE: INTERNET: I.V.A.: IMSS: LEY: INVITACIÓN: LICITANTE ADJUDICADO: LICITANTE: MIPYMES: OIC: PARTIDAS: PERSONA: PROPOSICIONES: PROVEEDOR: La facultada para realizar procedimientos de contratación a efecto de adquirir o arrendar bienes o contratar la prestación de servicios que se requiera. Dirección de Recursos Materiales. A los productos y servicios a través del sistema en Internet desarrollado y administrado por Nacional Financiera, S. N. C., Institución de Banca de Desarrollo para, entre otros aspectos, registrar las cuentas por pagar de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, consultar información, intercambiar datos, enviar mensajes de datos y realizar operaciones financieras. El Código Fiscal de la Federación. El Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios con dirección electrónica en Internet: Es el acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, y a través del cual se formaliza la prestación del servicio motivo de esta Invitación, El documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico con respecto del suministro de bienes objeto de la contratación y las personas interesadas en proveerlos, así como los términos a que se ajustará el procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes. El Honorable Ayuntamiento de Atlixco. La credencial para votar (IFE), cédula profesional, pasaporte o cartilla del servicio militar nacional. La red mundial de comunicaciones electrónicas. El Impuesto al Valor Agregado. El Instituto Mexicano del Seguro Social. La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente. La Invitación a Cuando menos Tres Personas. El licitante participante que resulte ganador en cada partida, de acuerdo al fallo. La persona física o moral que participa en este procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas. La Micro, Pequeña y Mediana Empresa. El Órgano Interno de la Función Pública La agrupación y desglose de los servicios por contratar contenidos en el presente procedimiento. La persona física o moral. La proposición técnica y económica que presenten los licitantes. La persona con quien la Convocante celebre el Contrato derivado de esta Invitación. Página 3

4 REGLAMENTO: SAT: SE: SFP: SHCP: SIAFF: SOBRE CERRADO: SUPERVISOR DEL SERVICIO: El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente. El Servicio de Administración Tributaria. La Secretaría de Economía. La Secretaría de la Función Pública. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El Sistema Integral de Administración Financiera Federal. Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido sólo puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones en términos de la Ley. Servidor Público de la Convocante designado para supervisar la prestación del servicio. Página 4

5 I. DATOS GENERALES E IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en la Ley, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes en la materia, establece las condiciones para llevar a cabo el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas, para la contratación del servicio del suministro de bienes denominado SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA (HERRAMIENTA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL). Con fundamento en lo que establece el artículo 26 bis fracción II de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, este procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas será electrónica. La participación de forma electrónica se efectuará en lo conducente conforme al ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de El número de la convocatoria de Invitación es el: No. IA N proporcionado por CompraNet. Las proposiciones técnicas y económicas que envíen los licitantes participantes, deberán ser en idioma español, así como los anexos técnicos que en su caso se adjunten. Fecha de publicación de la Convocatoria Fecha límite para el envío de proposiciones a través de CompraNet. CompraNet: 05 de Noviembre de 2014 Dirección electrónica: 10 de Noviembre de 2014 Los licitantes, para su participación y presentación de proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos, características y especificaciones previstos en esta Convocatoria y su Anexo No. 1 (Anexo Técnico); y los que se deriven de la junta de aclaraciones al contenido de las mismas, ya que forman parte integral del presente. I.I. CONSULTA Y FORMA DE OBTENCIÓN DE LA CONVOCATORIA. La Convocatoria estará disponible en CompraNet para todas las personas interesadas para su consulta y obtención gratuita. Asimismo, la Convocatoria se encuentra a disposición de los interesados, sólo para consulta en el Área Técnica de la Convocante, con domicilio en calle Plaza de Armas No.1, Colonia Centro, C.P , Atlixco, Puebla; Teléfono: 01 (244) de lunes a viernes, hasta el 10 de Noviembre de 2014, en horario de las 8:00 Hrs. a las 9:00 Hrs. Las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no gubernamentales así como cualquier otra persona, podrán asistir a los actos públicos de la Invitación, en calidad de observadores bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. La presente invitación a cuando menos tres personas es Electrónica por lo que los licitantes, deberán participar presentando sus proposiciones y documentación complementaria a través de los medios remotos de comunicación electrónica, conforme a lo estipulado en el ACUERDO. Página 5

6 I.II. LUGAR DONDE SE REALIZARA EL SUMINISTRO DEL BIEN. El licitante adjudicado deberá realizar el servicio conforme a las características mencionadas en el Anexo No. 1 (Anexo Técnico). I.III. VIGENCIA DEL CONTRATO. La vigencia del Contrato será a partir del 13 de Noviembre de 2014 y hasta el 15 de Diciembre de 2014, conforme a las características y especificaciones mencionadas en el Anexo No. 1 (Anexo Técnico). I.IV. IMPUESTOS Y DERECHOS. Los impuestos y derechos que procedan con motivo del servicio objeto de la Invitación, serán pagados por el proveedor adjudicado. El Honorable Ayuntamiento de Atlixco, sólo cubrirá el I.V.A., de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia. I.V. NO NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES. Bajo ninguna circunstancia podrán ser negociadas las condiciones estipuladas en la Convocatoria o las proposiciones presentadas por los licitantes. Se establece que al o los licitante(s) que se le(s) adjudique(n) el(los) Contrato(s) respectivo(s), no podrá(n) transmitir bajo ningún título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el mismo y que se deriven de la Invitación, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa de la Convocante. I.VI. SITUACIONES NO PREVISTAS EN LA CONVOCATORIA. Cualquier situación que no haya sido prevista en la Convocatoria, será consultada a la SFP, SHCP y la SE, en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, para la interpretación o aplicación de la Convocatoria o del Contrato que se celebre, en lo no previsto en tales documentos se estará a lo dispuesto en la Ley y su Reglamento; Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles y demás disposiciones legales vigentes en la materia. II. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS La Invitación tiene por objeto el suministro de bienes denominado SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA (HERRAMIENTA DE SEGUIMIENTO Y CONTROL) a través de un contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 36 Bis de la Ley y 84 del Reglamento, así como con los requisitos, características y especificaciones descritas en el Anexo No. 1 (Anexo Técnico). Los requisitos, características y especificaciones requeridas, se indican en el Anexo No. 1(Anexo Técnico) de esta Convocatoria, mismas que los licitantes deberán considerar estrictamente para la elaboración y envío de sus proposiciones técnica y económica. El presente procedimiento licitatorio consta de UNA partida, la cual será adjudicada al licitante que cumpla con las características, requerimientos, especificaciones y condiciones que se establecen en el Anexo No. 1 (Anexo Técnico). En esta Invitación no se consideran Ofertas Subsecuentes de Descuento. Página 6

7 El licitante adjudicado, deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, refacciones, técnicas, procedimientos y equipos suficientes y adecuados para la prestación el servicio objeto de la presente Invitación, a fin de garantizar que el mismo sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a prestar el servicio a entera satisfacción de la Convocante. II.I. VERIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS BIENES OBJETO DE LA INVITACIÓN. La Convocante, considerará recibido y aceptado los bienes objeto de la Invitación, una vez que el licitante a quien se adjudique el Contrato, realice el mismo, conforme a las condiciones y especificaciones señaladas en el Anexo No. 1 (Anexo Técnico) y demás requisitos solicitados en la Convocatoria, lo cual quedará asentado en el acta de entrega-recepción correspondiente. II.II. CONDICIONES DE PAGO. La Convocante no otorgará anticipos, Una vez suministrados los bienes motivo de esta Invitación por parte del proveedor éste podrá presentar la factura correspondiente a dicho servicio en la Dirección de Contabilidad, en un horario de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 hrs. El supervisor del servicio será el único facultado para recibirlas, validarlas a plena satisfacción, teniendo dicho servidor público 5 (cinco) días hábiles máximo para efectuar la revisión de la factura presentada, validar la prestación del servicio dentro de los términos establecidos en el Contrato respectivo y proceder al pago o en su defecto solicitar al proveedor las correcciones correspondientes. El plazo máximo que mediará entre la fecha en que el proveedor acredite el suministro de bienes será de 20 (veinte) días naturales dentro de los cuales queda comprendido el plazo al que hace referencia el artículo 51 de la Ley de acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior. Los pagos se efectuarán en la Tesorería Municipal previa conciliación con el proveedor. Para que la obligación de pago se haga exigible, el proveedor deberá entregar su factura directamente en dicha área y con el supervisor del servicio la cual deberá contemplar todos los datos y requisitos fiscales aplicables, así como los descuentos que voluntariamente se hayan ofrecido y desglosado el I.V.A. La Convocante pagará el precio de los bienes devengados que será fijo durante la vigencia del Contrato, en pesos mexicanos (Moneda Nacional) a través de transferencia electrónica ó cheque nominativo, siempre que reúna los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia. En caso contrario, la Convocante pospondrá al proveedor los pagos a su favor, hasta que se subsanen dichas omisiones. En caso de que el proveedor no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se correrá el mismo número de días que dure el retraso. Para el caso de que se presenten pagos en exceso o se determine la rescisión administrativa del Contrato, se estará a lo dispuesto por los artículos 51 párrafos tercero y cuarto y 54 de la Ley. II.III. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS. El proveedor quedará obligado ante la Convocante a responder de los defectos, vicios ocultos y calidad de los bienes, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en la legislación aplicable conforme a lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 53 de la Ley. Página 7

8 II.IV. VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. No se realizarán visitas a las instalaciones de los licitantes. II.V. MODELO DE CONTRATO. El modelo de Contrato que se formalizará entre la Convocante y el licitante que resulte adjudicado para el suministro de bienes objeto de la presente Invitación se encuentra en el Anexo No. 2 (Modelo de Contrato) de la Convocatoria. II.VI. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Las obligaciones que deriven del Contrato serán divisibles, atendiendo al suministro de bienes no realizado. El licitante que resulte adjudicado deberá garantizar el cumplimiento del Contrato, mediante fianza expedida a favor de la Tesorería Municipal de Atlixco, emitida por una Institución Afianzadora debidamente autorizada en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en Moneda Nacional, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total máximo del Contrato, sin considerar el I.V.A., que deberá entregarse a las Áreas Contratantes en un plazo que no exceda de 10 (diez) días natur ales posteriores a la firma del Contrato entregándola en el domicilio de la Convocante. La fianza, su vigencia y su liberación se sujetarán a lo dispuesto por el artículo 48 de la Ley y artículo 103 de su Reglamento, así como a lo estipulado por la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y su Reglamento; la Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación. La fianza deberá permanecer en vigor hasta que la Convocante, a través dela Tesorería Municipal, la libere a solicitud escrita del interesado, una vez verificado el total cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Contrato, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo del proveedor, la liquidación debida. La fianza deberá contener las siguientes declaraciones expresas, como mínimo: 1. Expedirse a favor de la Tesorería Municipal. 2. La indicación del importe total garantizado con número y letra. 3. La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el Contrato que se derive del procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. IA N La información correspondiente al número de Contrato, su fecha de firma así como la especificación de las obligaciones garantizadas. Especificando con claridad, todas y cada una de las obligaciones asumidas en el mismo y en su caso citar los fundamentos de Ley y cláusulas del Contrato respectivo en los que se prevén dichos conceptos y la fianza donde se encuentran garantizados. 5. El señalamiento de la denominación o nombre del proveedor. 6. La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el Contrato y actos administrativos garantizados. 7. La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de la indemnización por mora que en su caso se genere en los términos previstos en el artículo 95 Bis del mismo ordenamiento. En relación con los numerales 6 y 7, se deberá incluir la siguiente redacción en la póliza de fianza: Esta garantía estará vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantiza y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del Contrato, así como durante la sustanciación de todos los Página 8

9 recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. En caso de hacerse efectiva la presente garantía, la institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de la indemnización por mora que prevé el artículo 95 Bis del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la dependencia u órgano desconcentrado, según corresponda Lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 39 fracción II, inciso i), numeral 5 y 81 fracción II y 103 del Reglamento de la Ley. II.VII. MODIFICACIONES AL CONTRATO. La Convocante podrá modificar el Contrato vigente que se derive de la Invitación en los términos previstos por el artículo 52 de la Ley, así como 91 y 92 de su Reglamento. En el supuesto de que las partes convengan la modificación del Contrato vigente, el o los licitante(s) que resulte(n) adjudicado(s) deberá(n) contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación convenida, dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes al de la firma del convenio que modifique el Contrato principal, debiendo incluir el siguiente párrafo: La afianzadora acepta expresamente a tener garantizado el crédito, acto o Contrato a que esta póliza se refiere, aun en el caso de que se otorgue prorroga o espera al deudor principal o fiado por parte del acreedor para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 119 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. II.VIII. SANCIONES. II.VIII.I. PENAS CONVENCIONALES. En caso de atraso en el cumplimiento de la fecha pactada para el suministro de bienes, de acuerdo a lo establecido en el Anexo No. 1 (Anexo Técnico), el proveedor queda obligado a pagar por concepto de pena convencional el 0.5% (punto cinco por ciento) por cada día natural de demora sobre el valor de la prestación del servicio no realizado en la fecha pactada, de acuerdo a lo siguiente: PENA CONVENCIONAL = (EL VALOR DE BIENES NO SUMINISTRADOS EN LA FECHA PACTADA ANTES DE I.V.A.) (DÍAS DE RETRASO) (0.5%), sin incluir el I.V.A. de conformidad a lo establecido en el Anexo No. 1 (Anexo Técnico) de la Convocatoria, el cual será parte integrante del Contrato que se celebre entre el licitante adjudicado y la Convocante. La notificación y cálculo de las penas convencionales, la realizará el Área Técnica y quedarán asentadas en el acta de entrega-recepción correspondiente. El pago de la pena deberá efectuarse en la Tesorería Municipal Por lo anterior, el pago del suministro de bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales por atraso, en el entendido de que si el Contrato es rescindido administrativamente en términos de lo previsto en la Ley y su Reglamento, no Página 9

10 procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Esta pena convencional no descarta que la Convocante en cualquier momento posterior al incumplimiento, determine procedente la rescisión administrativa del contrato respectivo, considerando la gravedad del incumplimiento, los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de la misma. En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato respectivo, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. La penalización tendrá por objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a la Convocante por el no suministro de bienes señalado en el Contrato correspondiente. La suma de las penas convencionales no podrá exceder el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato que corresponda. II.VIII.II. DEDUCCIONES. El Área técnica, calculará y aplicará las deducciones al pago del suministro de bienes en caso de cumplimiento deficiente en que pudiera incurrir el proveedor durante el suministro de bienes, respecto a la partida o conceptos que integran el Contrato así como las obligaciones contenidas en el mismo, conforme a lo establecido en el Anexo No. 1 (Anexo Técnico) de ésta Convocatoria, y quedará asentada en el acta de entrega-recepción correspondiente. En el caso de que el suministro de bienes sea parcial o deficiente, dicha suministro de bienes no será considerado como aceptado hasta que se subsanen las deficiencias detectadas y adicionalmente se aplicará la deducción que será del 3% (tres por ciento) del monto total de la factura del servicio realizado parcial o deficientemente conforme a lo siguiente: DEDUCCIÓN ECONÓMICA = (PRECIO TOTAL DEL SUMINISTRO DE BIENES REALIZADO DE MANERA DEFICIENTE O PARCIAL ANTES DE I.V.A.) (3% TRES POR CIENTO) sin incluir el I.V.A. La cual en su conjunto no podrá exceder el 10% del monto total del Contrato. Dicha deducción será aplicada y descontada del pago de la factura correspondiente. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes la realizará el Área Técnica y quedará asentada en el acta de entrega-recepción correspondiente. II.IX. SUSPENSIÓN DEL SUMINISTRO DE BIENES. Cuando en el suministro de bienes se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad podrá suspender la realización del mismo, en cuyo caso únicamente se pagará aquel que hubiese sido efectivamente realizado. La Convocante pagará los gastos no recuperables, en pesos mexicanos dentro de un plazo que no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales a solicitud fundada y documentada del proveedor atendiendo a lo señalado en artículo 98 y 99 del Reglamento. El plazo de suspensión, será fijado por la Convocante. Página 10

11 II.X. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. La Convocante podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el Contrato cuando el proveedor incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales, por lo que de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento, lo siguiente: A. Si transcurrido el tiempo señalado para la realización del servicio, éste no se realiza. B. Si el proveedor no realiza el suministro d bienes objeto de la Invitación, en cantidad, calidad, eficiencia, características y especificaciones solicitadas por la Convocante, en la Convocatoria, su Anexo No. 1 (Anexo Técnico) y en el Contrato respectivo. C. Cuando el proveedor ceda total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones a que se refiera el Contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa de la Convocante. D. Cuando el proveedor suspenda injustificadamente el suministro de bienes o no otorgue la debida atención conforme a las instrucciones de la Convocante. E. Cuando el proveedor no cumpla en tiempo y forma el suministro de bienes solicitado conforme a los plazos pactados. F. Cuando la autoridad competente declare el estado de quiebra, la suspensión de pagos o alguna situación distinta, que sea análoga o equivalente y que afecte el patrimonio del proveedor. G. En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el Contrato respectivo o de las disposiciones de la Ley. H. Cuando exista conocimiento y se corrobore por autoridad competente que el proveedor incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa, que redunde en perjuicio de los intereses de la Convocante, en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en el suministro de bienes objeto de la Invitación. La Convocante, para la ejecución de la rescisión administrativa del contrato, comunicará por escrito al proveedor el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes. Transcurrido dicho término, la Convocante en un plazo de 15 (quince) días, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho el proveedor, determinarán de manera fundada y motivada dar o no por rescindido administrativamente el Contrato y comunicará al proveedor dicha determinación dentro del citado plazo. Cuando se rescinda administrativamente el Contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deban efectuar la Convocante por concepto del suministro de bienes realizado hasta el momento de la rescisión administrativa. Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el Contrato, se realiza el suministro de bienes, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la Convocante de que continúe vigente la necesidad del mismo, aplicando en su caso, las sanciones correspondientes. La Convocante podrá determinar no dar por rescindido administrativamente el Contrato, cuando durante el procedimiento adviertan que la rescisión administrativa del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación Página 11

12 a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, la convocante elaborará un dictamen en el cual justifiquen que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión administrativa del contrato resultarían más inconvenientes. Al no dar por rescindido administrativamente el Contrato, la Convocante establecerá con el proveedor otro plazo, que les permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley. Cuando se presente cualquiera de los casos antes mencionados, la Convocante quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del Contrato, aplicando las sanciones y/o rescindirlo administrativamente, siendo esta situación una facultad potestativa. III. FORMAS Y TÉRMINOS DE LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO. La Invitación a Cuando Menos Tres Personas se efectuarán en los plazos que prevé la Ley para la presentación y apertura de proposiciones de acuerdo a lo establecido en los artículos 43 fracción IV de la Ley. III.I. CALENDARIO Y LUGAR PARA LA CELEBRACIÓN DE LOS ACTOS. Los licitantes podrán asistir sin ningún impedimento a los diferentes actos derivados de la presente Invitación. ACTO FECHA Y HORA LUGAR Recepción de preguntas sobre el contenido de la Convocatoria por medio electrónico. Junta de Aclaraciones al contenido de la Convocatoria. Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas. 06 de Noviembre de 2014 a las 10:00 hrs. 07 de Noviembre de 2014 a las 08:00 hrs. 10 de Noviembre de 2014 a las 08:00 hrs. El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis, Fracción II, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales, CompraNet. El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis, Fracción II, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales, CompraNet. Acto de Fallo. 11 de Noviembre de 2014 a las 17:00 hrs. Firma del Contrato. 13 de Noviembre de 2014 En las instalaciones de la Convocante. III.II. PROPOSICIONES CONJUNTAS. Las personas que no se encuentren en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley, podrán agruparse para presentar una proposición conjunta y sólo podrán presentar una proposición en la Invitación. Los interesados podrán agruparse para enviar una proposición, cumpliendo los siguientes aspectos: a) Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. b) Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: Página 12

13 Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas. Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación. c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas. d) Descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones. e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, en forma solidaria, para efectos del procedimiento de contratación y del Contrato, en caso de que se les adjudique el mismo y; f) En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. Dicho convenio se presentará junto con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el Contrato, el mismo formará parte integrante de la proposición como uno de sus anexos. Los licitantes deberán entregar sus proposiciones de forma presencial, debiendo remitir el convenio que se señala en el numeral III.II inciso b. En el supuesto de que se adjudique el Contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, tanto el convenio que celebren, como las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el Contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el Contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formularon la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del Contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la Convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes. Los licitantes que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán presentar en forma individual los escritos señalados en el numeral III.II, incisos a), b), c), d), e) y f). III.III. DESARROLLO DE LOS ACTOS DE LA INVITACIÓN. Los actos de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas serán desarrollados de manera electrónica en las fechas y horas indicadas en el numeral III.I de esta Convocatoria a través del sistema CompraNet. De acuerdo con el artículo 37 Bis de la Ley las actas que se realicen con motivo de la(s) junta(s) de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas y en la que se dé a conocer el fallo del procedimiento de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, serán difundidos en CompraNet para efectos de su notificación, sustituyendo éste el procedimiento de notificación personal. Al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales del H. Ayuntamiento de Atlixco, Puebla, ubicado en la planta alta de Plaza de Armas No. 1, Colonia Centro, C.P , Atlixco, Puebla, en lugar visible y por un término de cinco días hábiles Página 13

14 posteriores a la celebración de cada evento, en un horario comprendido desde las 08:00 hrs. y hasta las 15:00 hrs. Será total responsabilidad de los licitantes enterarse del contenido de las actas y por los medios señalados en la presente Convocatoria. III.IV. SOLICITUDES PARA ACLARACIÓN DE DUDAS. Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la Convocatoria y su Anexo No. 1 (Anexo Técnico), deberán enviar un escrito en el que expresen su interés en participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado, y en su caso del representante; a través de CompraNet en el apartado mensajes Unidad Compradora / Licitantes, en archivo PDF (escaneado) y elaborado en papel preferentemente membretado del licitante y firmada por él mismo o el representante legal acreditado. Para tal efecto, se integra a la presente Convocatoria el Formato del escrito de Interés en Participar en la Licitación como Anexo No. 4. Las personas que manifiesten su interés en participar en la licitación pública, serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración en relación con esta Convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas. Dichas solicitudes deberán enviarse a la Convocante acompañadas del escrito arriba señalado, a través de CompraNet a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones. Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en esta Convocatoria a Invitación a Cuando Menos Tres Personas, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la Convocante. La convocante tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración de los licitantes, la hora que registre este sistema al momento de su envío, por tratarse de solicitudes que se hacen llegar a la Convocante a través de CompraNet. Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo de 24 horas previas al acto de la junta de aclaraciones, no serán contestadas por la Convocante por resultar extemporáneas. III.V. JUNTA PARA LA ACLARACIÓN DEL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA. Con fundamento en los artículos 33, 33 Bis de la Ley y 45 y 46 del Reglamento, en este evento la Convocante dará contestación a las solicitudes de aclaración a los licitantes que hayan enviado el escrito de interés de participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas y solicitud de aclaraciones dentro del plazo y medios señalados en el numeral III.IV. De la presente Convocatoria, resolviendo la Convocante en forma clara y precisa las dudas o cuestionamientos que sobre la presente Convocatoria y Anexo No. 1 (Anexo Técnico) hayan formulado los mismos. Las respuestas serán enviadas a los licitantes que participan a través de CompraNet. Se podrá suspender el acto, en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o del tiempo que se emplearía en darles contestación, en cuyo caso se informará en el mismo acto a los licitantes la hora y/o fecha en que se continuará con la junta. Asimismo, al concluir la junta de aclaraciones y en caso de ser necesario, se podrá señalar la fecha y hora para la celebración de una segunda o ulteriores juntas. Una vez que la Convocante termine de dar respuesta a las solicitudes de aclaraciones, se levantará acta en la que se harán constar los cuestionamientos formulados por los interesados y las respuestas dadas; será Página 14

15 firmada por los servidores públicos asistentes y se pondrá a disposición de los licitantes en CompraNet el mismo día de su realización. Las modificaciones y aclaraciones que se hicieren durante este acto formarán parte integrante de la presente Convocatoria y deberán ser consideradas por los licitantes en la elaboración de sus proposiciones. III.VI. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Con fundamento en los artículos 35 de la Ley y 48 del Reglamento, en punto de la hora señalada en el calendario de actos de esta Invitación a Cuando Menos Tres Personas en el numeral III.I para la realización de este evento, se cerrará el recinto donde se llevará a cabo y bajo ninguna circunstancia se permitirá el acceso a ningún servidor público. Las proposiciones técnicas y económicas que presenten los licitantes participantes, deberán ser en idioma español, así como los anexos técnicos que en su caso se adjunten. Una vez iniciado el acto, se procederá a revisar en el sistema CompraNet si existen proposiciones presentadas. Se recibirán y se iniciará con la apertura de las proposiciones presentadas. Únicamente se hará constar la documentación que presentó cada uno de los licitantes, mediante el formato Anexo No. 5 (Formato de Documentación Requerida), de acuerdo a lo solicitado en la presente Convocatoria, sin que ello implique la evaluación o análisis técnico, legal o administrativo de su contenido, mismo que será realizado posteriormente al acto de presentación y apertura de proposiciones por el Área Técnica, Requirente y Administradora del Contrato y el Área Contratante, que servirá de fundamento para la emisión del fallo. Concluida la apertura, se dará lectura al precio unitario de las partidas que integran la proposición. El análisis detallado de las proposiciones se efectuará posteriormente por la Convocante, al realizar la evaluación de las mismas. En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, no sea posible abrir los sobres de las proposiciones enviadas a través del sistema CompraNet por causas ajenas a la voluntad de la Convocante, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, informando a través del sistema CompraNet la fecha y hora en que se reanudará el acto; salvo cuando las proposiciones contengan virus informáticos en cuyo caso, los licitantes aceptan que sus proposiciones se tendrán como no presentadas. Los documentos que integran las proposiciones técnica y económica presentadas, serán rubricados por el servidor público designado para tal efecto. En el acto de presentación y apertura de proposiciones, la Convocante podrá anticipar o diferir la fecha del fallo dentro de los plazos establecidos en la fracción III del artículo 35 de la Ley, lo cual quedará asentado en el acta correspondiente a este acto. También podrá hacerlo durante la evaluación de las proposiciones, dentro de los plazos indicados, notificando a los licitantes la nueva fecha a través de CompraNet. Finalmente, se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas, se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación y se asentarán las manifestaciones que, en su caso, emitan los licitantes en relación con el mismo, así como los hechos relevantes que se hubieren presentado; será firmada por los asistentes entregando copia de la misma. El acta se pondrá a partir de esa fecha a disposición de los licitantes en la plataforma de CompraNet, para efectos de notificación. Página 15

16 III.VII. ACTO DE EMISIÓN DEL FALLO. De acuerdo con el artículo 37 de la Ley, la Convocante dará a conocer el fallo de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas en la fecha y hora señaladas en el numeral III.I de esta Convocatoria, difundiéndose a través de CompraNet. Se les enviará a los licitantes por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, lo que sustituye el procedimiento de notificación personal. Será total responsabilidad de los licitantes enterarse del contenido de las actas y obtener copia de las mismas por los medios señalados en la Convocatoria. Con la notificación del fallo por el que se adjudique el Contrato, las obligaciones derivadas de estos serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo. Contra el fallo no procederá recurso alguno, sin embargo podrá promoverse inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley. III.VIII. MODIFICACIONES QUE PODRÁN EFECTUARSE A LA CONVOCATORIA. La Convocante podrá modificar aspectos establecidos en la Convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones. Dichas modificaciones se difundirán en CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución del suministro de bienes convocado originalmente, adición de otro de distinto rubro o en variación significativa de sus especificaciones o características. Cualquier modificación a la Convocatoria, incluyendo las que resulten de la(s) junta(s) de aclaración(es), formará parte integral de la Convocatoria y deberán ser consideradas por los licitantes en la elaboración de sus proposiciones. Las modificaciones realizadas serán integradas para su aviso a través del sistema CompraNet y se harán las precisiones respectivas en el acta de la Junta de Aclaraciones correspondiente. III.IX. DECLARACIÓN DE INVITACION DESIERTA. La Convocante podrá declarar desierta la Invitación o partida incluida en ésta, cuando: a. No se presenten proposiciones en el acto de presentación y apertura. b. La totalidad de las presentadas no cubran los requisitos solicitados en la Convocatoria a la Invitación. c. El precio de los bienes rebase la disponibilidad presupuestaria. III.X. SUSPENSIÓN DE LA INVITACION. Procederá la suspensión de los actos del procedimiento de contratación y los que de éste se deriven, en los términos previstos por el artículo 70 de la Ley. Página 16

17 III.XI. CANCELACIÓN DE LA INVITACION. La Convocante podrá cancelar la Invitación o concepto(s) incluido(s) en ésta, en los siguientes casos: a. En caso fortuito o por causas de fuerza mayor. b. Cuando existan circunstancias justificadas, que extingan la necesidad de contratar el suministro de bienes objeto de la Invitación. c. O cuando de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Convocante. En caso de cancelación de la Invitación o concepto(s) incluido(s) en ésta, la Convocante hará del conocimiento de los licitantes, del acontecimiento que motiva la decisión y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo los licitantes podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley. III.XII. FIRMA DEL CONTRATO. El Contrato se firmará de acuerdo a la fecha indicada en el numeral III.I., y cuyo modelo se incluye en el Anexo No. 2 (Modelo de Contrato) de la Convocatoria, el cual contendrá los requisitos solicitados en la Invitación y las especificaciones del Anexo No. 1 (Anexo Técnico), así como a las aclaraciones y modificaciones determinadas en la junta de aclaraciones y las proposiciones técnica y económica y los datos legales de la persona física o moral adjudicada. Dicho Contrato se firmará en las oficinas de la Convocante. En caso de discrepancia, en el contenido del Contrato en relación con el de la Convocatoria, prevalecerá lo estipulado en el cuerpo general de esta última, así como el resultado de las juntas de aclaraciones. Si por causas imputables al licitante adjudicado, el Contrato no se suscribiese en el plazo señalado en el numeral III.I., de la Convocatoria, la Convocante sin necesidad de un nuevo procedimiento, procederán inmediatamente en términos de lo dispuesto en el artículo 46 Segundo Párrafo de la Ley, adjudicando el Contrato respectivo a favor de la segunda mejor oferta, de acuerdo a la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de proceder en términos de lo establecido en el Artículo 60 de la misma Ley. Previo a la firma del Contrato, el licitante adjudicado deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el Contrato correspondiente. Cuando la proposición ganadora de la Invitación haya sido presentada en forma conjunta por varias personas, en el Contrato correspondiente se estipulará la forma en la que las personas que integran la proposición conjunta hayan acordado en el convenio respectivo, las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada uno, así como si quedarán obligados en forma solidaria respecto del cumplimiento del mismo. Para el cumplimiento de las obligaciones contractuales que se deriven de este procedimiento de Invitación, el licitante que resulte adjudicado deberá ponerse en contacto con la Convocante, a fin de coordinar y establecer las acciones encaminadas al óptimo cumplimiento del Contrato. III.XIII. CONTROVERSIAS. Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de la Ley, de la Convocatoria o del Contrato que se deriven de la Invitación, serán resueltas por los Tribunales en el Distrito Judicial de Atlixco, Página 17

18 por lo que las partes renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro. III.XIV. PATENTES Y MARCAS. El proveedor asume la responsabilidad total en caso de que el suministro de bienes objeto de la Invitación, se infrinjan patentes, marcas, franquicias o violen derechos de autor registrados por terceros, quedando la Convocante liberada de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal, administrativa o de cualquier otra índole. III.XV. INCUMPLIMIENTO AL CONTRATO. Se hará efectiva la garantía relativa al cumplimiento del Contrato, cuando el proveedor incumpla cualquiera de sus obligaciones contractuales por causas a él imputables, teniendo la Convocante facultad potestativa para rescindir administrativamente el mismo en los términos previstos por el artículo 54 de la Ley. La aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. IV. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN. En la Invitación no podrán participar las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la SFP, en los términos de la Ley. Los licitantes que participen en la Invitación deberán cumplir con los siguientes requisitos: A. Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana. B. Acreditar su personalidad jurídica, de conformidad con lo establecido en el Anexo No. 3 (Formato para la Acreditación de Personalidad Jurídica y Nacionalidad Mexicana del Licitante) de esta Convocatoria. C. Ser personas que posean plena capacidad jurídica y no encontrarse impedidos tanto penal, civil, mercantil, fiscal o administrativamente para ejercer plenamente sus derechos y cumplir sus obligaciones. D. Enviar a través del sistema CompraNet, la proposición técnica y económica. E. En caso de personas morales, que su objeto social corresponda al objeto de la contratación. F. Estar previamente registrados en CompraNet. Será indispensable que los licitantes cumplan con todos los requisitos solicitados en esta Convocatoria para poder llevar a cabo la evaluación de las proposiciones ya que el incumplimiento de alguno de estos afectaría la solvencia y propiciaría el desechamiento de las proposiciones. IV.I. INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES. Las proposiciones que envíen los licitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: A. Se presentarán en hoja membretada y en idioma español. B. Deberán abarcar el 100% de la partida en que participen Página 18

19 C. Deberán ser claras, legibles y no establecer condición alguna, ni emplear abreviaturas. D. Los escritos bajo protesta de decir verdad que la integren tales como: Cartas compromiso, declaración de integridad, escrito de acreditación de personalidad jurídica y nacionalidad mexicana del licitante y demás que se soliciten en la Convocatoria y Anexo No. 1 (Anexo Técnico) deberán contener la firma autógrafa del licitante o de quien cuente con facultades para obligarlo en su nombre y que corresponda a la contenida en la identificación oficial que se incluya. E. Para el caso del licitante que resulte adjudicado, las proposiciones se mantendrán vigentes durante el periodo del suministro de bienes objeto de la Invitación, o bien hasta que el Contrato respectivo se extinga. F. La proposición económica deberá estar en precios fijos y firmes, en pesos mexicanos (moneda nacional) y desglosando el Impuesto al Valor Agregado, cotizando en el Sistema de Compras Gubernamentales CompraNet. G. Las Proposiciones Técnica, Económica y los documentos que a la misma se acompañen, serán rubricados en todas sus hojas y deberán llevar firma autógrafa de su representante legal, en la última hoja de cada documento que contenga sus proposiciones y que tendrá que corresponder con la contenida en la identificación oficial que se presente. H. Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que envíe el licitante. I. En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad o bien en el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, no serán causal de desechamiento. J. Cuando se trate de más de una imagen o bien de más de un archivo, deberán presentarse identificando cada uno de ellos con números consecutivos ordenados de forma secuencial en archivos comprimidos a través de Winzip. K. Los licitantes deberán firmar su propuesta técnica y económica como lo establece el sistema CompraNet, y también con firma autógrafa, empleando los medios de identificación electrónica que establece la SFP, del licitante y demás que se soliciten en la Convocatoria y Anexo No. 1 (Anexo Técnico) deberán contener la firma autógrafa del licitante o de quien cuente con facultades para obligarlo en su nombre y que corresponda a la contenida en la identificación oficial que se incluya. IV.II. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES. Se desecharán las proposiciones que incurran en una o varias de las siguientes situaciones: a) La presentada no cubra por lo menos el 100% de lo especificado en el Anexo Técnico, para la(s) partida(s) en que participe el licitante. b) Que no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en la Convocatoria o los que se deriven del acto de aclaraciones al contenido de la misma, que afecten directamente la solvencia de las proposiciones. Página 19

20 c) Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otro(s) elevar el costo de los bienes solicitados en la presente Convocatoria o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. d) Cuando incurra en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, el Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal en la materia. e) Cuando la presentación de la proposición técnica y económica sea realizada por el licitante en el supuesto a que se refiere la fracción VII del artículo 50 de Ley. f) Cuando la descripción del Objeto Social manifestado en el Anexo No. 4 del acta constitutiva del licitante no corresponda con el Objeto de la Contratación del presente procedimiento. g) Cuando las proposiciones carezcan de la firma electrónica de acuerdo a lo solicitado por el sistema CompraNet. Las proposiciones desechadas durante la Invitación a Cuando Menos Tres Personas podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten por escrito, una vez transcurridos sesenta (60) días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones se conservarán hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; concluido dicho término los licitantes contarán con un plazo de hasta treinta (30) días naturales para solicitar la devolución de sus proposiciones desechadas; transcurrido dicho plazo, sin que se hubiere realizado solicitud alguna, la Convocante podrá destruirlas. Las proposiciones solventes, serán las únicas que no podrán devolverse o destruirse y pasarán a formar parte de los expedientes de la Convocante y por lo tanto quedarán sujetas a las disposiciones correspondientes a la guarda, custodia y disposición final de los expedientes y demás aplicables, así como a las previstas en el artículo 56 de la Ley. V. CRITERIOS ESPECÍFICOS QUE SE APLICARÁN PARA EVALUAR LAS PROPOSICIONES. La evaluación de las proposiciones que envíen los licitantes, será efectuada por la Convocante, para lo cual se tomará en consideración lo siguiente: En la Invitación el criterio que se aplicará para la evaluación de las proposiciones será el binario, mediante el cual se adjudicará el Contrato a él Licitante que cumpla con los requisitos establecidos por la Convocante en su Convocatoria y Anexo No. 1 (Anexo Técnico) y oferte el precio más bajo de acuerdo con lo establecido en la fracción II del Artículo 36 Bis de la Ley. La Convocante al evaluar las proposiciones presentadas por los licitantes realizará el análisis conforme a lo siguiente: A. Se verificará que las proposiciones cumplan con la información, documentos y requisitos solicitados en la Convocatoria y su Anexo No. 1 (Anexo Técnico) y los que se deriven de la junta de aclaraciones al contenido de las mismas. B. Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerarán: el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia proposición técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, siempre y cuando en las proposiciones se proporcione de manera clara y completa, especificando todos y cada uno de los conceptos requeridos en Página 20

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