BACHILLERATO ACTUACIONES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS RESPECTO A LOS DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN CURSO

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1 BACHILLERATO ACTUACIONES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS RESPECTO A LOS DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN CURSO Alumnado de 1º Cursa 1º por primera vez Alumnado de 1º Repite curso. Alumnado de 2º Cursa el curso completo y/o asignaturas pendientes de 1º o 2º Abrir según modelo Si existe, debe estar cerrado con los datos del curso con la diligencia establecida en el art. 5 de Decreto 67/2008, e inutilizadas las páginas sobre resultados de la evaluación no utilizadas Si existe, debe estar cerrado con los datos del curso con la diligencia establecida en el art. 5 de Decreto 67/2008, e inutilizadas las páginas sobre resultados de la evaluación no utilizadas Abrir según modelo junio de 2009, al que se unirá el anterior modelo establecido en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación de 12/11/92, cumplimentado hasta el curso Seguir cumplimentando el modelo establecido en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación de 12/11/92, cumplimentado hasta el curso

2 Alumnado que obtiene el Título de Bachillerato Alumnado que se incorpora procedente de otro centro español antes de acabar el curso escolar Alumnado que se incorpora procedente de otro centro español una vez terminado el curso escolar Se entrega al alumno, conjuntamente con el historial académico. Si existe, se recibirá cerrado del centro de procedencia, junto al Historial Académico Si existe, se recibirá cerrado del centro de procedencia, junto al Historial Académico Archivar en el centro 1 Alumnado de 1º: Abrir según modelo establecido por las Instrucciones del 10 de Alumnado de 2º: Abrir según modelo establecido en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación de 12/11/92. Se cumplimenta y se imprime por el centro en el que el alumno ha cursado sus estudios. Si es un centro público lo firmará el Secretario y lo visará el Director, si es un centro privado, firma y visado se realizará en el centro público al que esté adscrito. Se entrega al alumno, conjuntamente con el libro de escolaridad, si existe; dejando constancia de su entrega en el expediente académico. Solicitar al centro de procedencia su envío (cumplimentados los apartados correspondientes), junto al Libro de Escolaridad, si existe y al Informe personal por traslado. Solicitar al centro de procedencia su envío (cumplimentados los apartados correspondientes), junto al Libro de Escolaridad, si existe. Libro de Escolaridad, si existe; e Historial Académico cumplimentado y firmado, una vez que ha sido visada por el Servicio de Inspección la propuesta de Títulos.

3 Alumnado que se incorpora a 2º procedente de otro sistema educativo Alumnado que traslada a otro centro español antes de acabar el curso escolar Si existe, se enviará cerrado al centro de destino, junto al Historial Académico Abrir según modelo establecido en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación de 12/11/92. Archivar en el centro 1 Se cumplimenta y se imprime por el centro en el que el alumno ha cursado sus estudios. Si es un centro público lo firmará el Secretario y lo visará el Director, si es un centro privado, firma y visado se realizará en el centro público al que esté adscrito. Se envía, conjuntamente con el libro de escolaridad, si existe, y al Informe personal por traslado al centro de destino, una vez que es solicitado por el mismo. Comunicación para el traslado (Anexo II de la Orden 1931/2009)

4 Alumnado que traslada a otro centro español una vez terminado el curso escolar Si existe, se enviará cerrado al centro de destino, junto al Historial Académico Archivar en el centro 1 Se cumplimenta y se imprime por el centro en el que el alumno ha cursado sus estudios. Si es un centro público lo firmará el Secretario y lo visará el Director, si es un centro privado, firma y visado se realizará en el centro público al que esté adscrito. Se envía, conjuntamente con el libro de escolaridad, si existe, al centro de destino, una vez que es solicitado por el mismo. Alumnado que traslada a un centro de otro sistema educativo Archivar en el centro 1 Archivar en el centro 1 Archivar en el centro 1 Alumnado que abandona los estudios de Bachillerato, sin obtener el título Comunicación para el traslado (Anexo II de la Orden 1931/2009) Certificación académica completa. Archivar en el centro 1 Archivar en el centro 1 Archivar en el centro La cumplimentación, custodia y archivo de los expedientes académicos corresponde a los centros docentes en los que los alumnos hayan realizado sus estudios de Bachillerato, siendo responsable el Secretario del centro público o quien asuma sus funciones en un centro privado de su custodia.

5 ACTAS DE LAS SESIONES DE EVALUACIÓN ACTAS COMPLEMENTARIAS DE ALUMNOS CON MATERIAS PENDIENTES DE 1º. ACTAS DE EVALUACIÓN En las que se harán constar los acuerdos alcanzados y las decisiones adoptadas en cada sesión de evaluación. Incluirán actas parciales con las calificaciones obtenidas por los alumnos en las distintas materias que curse. ORDINARIA Junio EXTRAORDINARIA Septiembre Se consignarán las calificaciones de los alumnos en las materias pendientes de primer curso. Los alumnos que se presenten a las pruebas extraordinarias de Septiembre tendrán que hacerlo en el mismo centro en el que se realizó la evaluación ordinaria de Junio. Modelo según Anexo II de las Instrucciones de 10 de Junio de 2009 de la D. G. de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales. Los centros privados remitirán un ejemplar de las actas al centro docente público al que estén adscritos, en el plazo de diez días siguientes a la celebración de las sesiones de evaluación correspondientes. El profesor tutor tendrá la responsabilidad de levantar las actas y de cumplimentar y custodiar la documentación derivada de las sesiones de evaluación. Serán firmadas por los Jefes de Departamento o por quienes desarrollen esas funciones en los centros privados, tanto en lo correspondiente a junio como en lo correspondiente a septiembre. Constará el Visto bueno del director. 2 En las actas correspondientes al régimen de educación a distancia, la firma del tutor será sustituida por la del jefe de estudios responsable. ACTAS DE EVALUACIÓN (FINAL DE CURSO) ORDINARIA Junio EXTRAORDINARIA Septiembre Acta única para las dos convocatorias (ordinaria y extraordinaria). Actas de 1º de Bachillerato: Incluirán la relación nominal de los alumnos que componen el grupo, la denominación exacta las materias del curso, y las calificaciones obtenidas por lo alumnos, expresadas en los términos establecidos en el artículo 4 de la Orden 1931/2009. Modelo según Anexo II de las Instrucciones de 10 de Junio de 2009 de la D. G. de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales. Actas de 2º de Bachillerato: Incluirán la relación nominal de los alumnos que componen el grupo, En las de segundo curso figurarán las claves indicativas las materias no superadas del curso anterior, las claves indicativas de las materias del curso, y las calificaciones obtenidas por los alumnos, expresadas en los términos establecidos en el artículo 3 de la Orden del Ministerio de Educación del 30 de Octubre de 1992 y recogerán la propuesta de expedición del título de Bachiller. El acta de calificación se ajustará en su diseño básico al modelo que figura en el anexo II de la Orden del Ministerio de Educación de 12 de Noviembre de Serán firmadas por todo el profesorado del grupo, tanto en lo correspondiente a junio como en lo correspondiente a septiembre. Constará el Visto bueno del director. 2 En las actas correspondientes al régimen de educación a distancia, la firma del tutor será sustituida por la del jefe de estudios responsable. Los alumnos que se presenten a las pruebas extraordinarias de Septiembre tendrán que hacerlo en el mismo centro en el que se realizó la evaluación ordinaria de Junio. Los centros privados remitirán un ejemplar de las actas al centro docente público al que estén adscritos, en el plazo de diez días siguientes a la celebración de las sesiones de evaluación correspondientes. 2 De la emisión de las certificaciones académicas será responsable el Secretario en los centros públicos y el Secretario del centro público al que esté adscrito el centro privado y serán visadas por el Director del centro público correspondiente.

6 SESIONES DE EVALUACIÓN EVALUACIÓN FINAL BOLETINES E INFORMES DE EVALUACIÓN Documento elaborado por el centro y cumplimentado por el tutor en el que se informa por escrito de las calificaciones obtenidas en cada materia. Además, incluirá a modo de informe síntesis las informaciones proporcionadas por los profesores de las distintas materias alumnos sobre el aprovechamiento académico de estos, la marcha de su proceso educativo y el progreso de los alumnos en relación con la adquisición de los objetivos del Bachillerato. ORDINARIA Junio EXTRAORDINARIA Septiembre Documento elaborado por el centro en el que se informa por escrito de, al menos, los siguientes extremos: Las calificaciones obtenidas en las distintas materias cursadas por el alumno y las medidas de atención a la diversidad propuestas por el equipo docente, en su caso, para que el alumno alcance los objetivos programados. San Sebastián de los Reyes, 29 de Junio de 2009

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