Aeropuertos Españoles Manual Básico de Formación y Sensibilización en Seguridad Aeroportuaria

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1 Aeropuertos Españoles Manual Básico de Formación y Sensibilización en Seguridad Aeroportuaria

2 Fecha edición: febrero 2011

3 ÍNDICE Bienvenido al aeropuerto 4 Introducción 7 Capítulo 1: El aeropuerto Zonas del aeropuerto 1.2 Por un aeropuerto más seguro Capítulo 2: Acreditaciones personales y autorizaciones de vehículos Acreditaciones personales 2.2 Autorizaciones de Vehículos 2.3 Incumplimiento de las normas de utilización Capítulo 3: Controles de seguridad Artículos prohibidos 3.2 Herramientas 3.3 Trabajos autorizados Capítulo 4: Todos somos responsables de la seguridad Seguridad en nuestro entorno 4.2 Confidencialidad de los procedimientos de seguridad Cómo y cuándo debo actuar? 4.3 Programa de seguridad y plan de emergencias Capítulo 5: Preguntas más frecuentes 43

4 BIENVENIDO AL AEROPUERTO

5 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA BIENVENIDO AL AEROPUERTO Este manual pretende darte la bienvenida al aeropuerto y que te enseñe a moverte con seguridad por sus dependencias además de ser una guía básica que te asesore en lo que puedes o no hacer en sus instalaciones, que adquieras conciencia de la complejidad y vulnerabilidad del sector del transporte aéreo y de tu responsabilidad como integrante de éste. Esperamos que el cumplimiento y acatamiento de las normas básicas de seguridad, sirva para que colabores con nosotros en preservar y proteger la integridad de todos los que formamos parte del aeropuerto: pasajeros, tripulaciones, trabajadores y público en general, así como de las aeronaves, construcciones, instalaciones y equipos que permiten nuestra actividad. Colabora con nosotros ayudándonos a vivir, viajar y trabajar seguros. Este manual no sustituye a la formación en Seguridad Aeroportuaria que cada empresa debe dar a sus trabajadores, pero todo el equipo que forma la seguridad de Aena te ayudará en cuanto necesites y espera que este manual te sea útil y te sirva de guía. La elaboración de este manual tiene como principales objetivos: Concienciar a los trabajadores del aeropuerto en materia de seguridad aeroportuaria. Dar a conocer de forma general a los trabajadores las medidas de seguridad que se llevan a cabo en los aeropuertos, y que tienen la obligación de cumplir. Por la seguridad de todos los usuarios del aeropuerto y por la tuya propia. 7

6 Introducción

7 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA INTRODUCCIÓN Según la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), la SEGURIDAD AEROPORTUARIA frente a actos ilícitos es la combinación de medidas y recursos humanos y materiales destinados a proteger a la aviación civil contra los actos de interferencia ilícita. Con estas medidas se pretende garantizar la seguridad y protección de las personas (pasajeros, trabajadores y público en general), de las aeronaves y de las instalaciones. A) La existencia de una normativa y procedimientos, cuyo cumplimiento es obligatorio: En el ámbito internacional, para unificar criterios entre los distintos Estados, Y en el ámbito nacional, para permitir una regulación de la materia, de forma concreta, dentro de cada país. La normativa de referencia sobre la cual se ha elaborado el presente Manual es la siguiente: Normativa Europea de Referencia La legislación europea en materia de seguridad para la aviación civil establece normas comunes de obligado cumplimiento en todos los Estados pertenecientes a la Unión Europea. Para mas información relativa a legislación y medidas de seguridad para la aviación civil, le recomendamos visitar: la página web de la UE: la página web de Aena: apartado de seguridad Normativa Nacional de Referencia Programa Nacional de Seguridad para la aviación civil. Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. 11

8 B) La existencia de personal cualificado encargado de velar por la seguridad en un aeropuerto. En la actualidad, en los aeropuertos españoles realizan esta función: Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía, dependientes del Ministerio del Interior y responsables de la seguridad frente a actos de interferencia ilícita en los aeropuertos españoles Fuerzas y Cuerpos de Seguridad Autonómicas y/o Locales. Personal de Vigilancia Privada, contratada por Aena, cuya función es dar apoyo y complemento a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil y Policía Nacional) Personal de seguridad del propio aeropuerto: Responsable de Seguridad y personal de la Oficina Local de Seguridad, que se ocupan de todo lo relacionado con la gestión de la seguridad del aeropuerto y colaboran con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y resto de entidades responsables de la implantación y cumplimiento de las normas del Programa Nacional de Seguridad. 12

9 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA C) La existencia de recursos técnicos, que hagan posible el trabajo de los responsables de seguridad: Seguridad perimetral: mediante vallados, puertas de acceso controlado, sistemas de alarma de detección perimetral, circuito cerrado de televisión. Sistemas de control de acceso, con alarmas de intrusión, circuito cerrado de televisión, interfonía. Equipos de inspección de personas (arcos detectores de metales, detectores manuales de metales y detectores de metales en calzado), máquinas de escaneado de equipajes, paquetes o bolsos, detectores de explosivos, etc. Procedimientos de identificación y acreditación de personas para permitirles el acceso a las distintas zonas del aeropuerto. Procedimientos de autorización de vehículos. El objetivo de la seguridad aeroportuaria es proteger a la aviación civil frente a los actos de interferencia ilícita. Los actos de interferencia ilícita dirigidos contra la Aviación Civil, DAÑAN TAMBIÉN Las medidas de seguridad establecidas para proteger la Aviación Civil, PROTEGEN TAMBIÉN A LOS TRABAJADORES DEL AEROPUERTO 13

10 Capítulo 1: EL AEROPUERTO 1.1 ZONAS DEL AEROPUERTO 1.2 POR UN AEROPUERTO MÁS SEGURO

11 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA CAPÍTULO 1: EL AEROPUERTO El aeropuerto es una infraestructura del transporte aéreo donde comienza y termina el vuelo y donde se produce el intercambio con otros modos de transporte. Contiene un conjunto de edificios, instalaciones y equipos que permiten el aterrizaje, despegue y movimiento en tierra de aeronaves, atendiendo a su estacionamiento, servicio y mantenimiento y también el embarque y desembarque de pasajeros, equipajes y carga. Aunque la principal misión del aeropuerto es permitir las operaciones de las aeronaves cuya función es transportar a través del espacio aéreo pasajeros, equipajes y carga, también los aeropuertos satisfacen otras necesidades de naturaleza comercial, industrial, de servicios, negocios, turismo. Por ello es muy importante tener presente que el aeropuerto debe estar al servicio de las personas. El gran número de personas que realizan su actividad laboral en los aeropuertos y el número de usuarios de los mismos, además del alto coste de las instalaciones y aeronaves hace que la SEGURIDAD sea uno de los pilares básicos del transporte aéreo. 17

12 1.1 ZONAS DEL AEROPUERTO Desde el punto de vista de la seguridad, las partes del aeropuerto se engloban, en función de su accesibilidad en 3 zonas. Son las siguientes: ZONA PÚBLICA Es la zona a la que tienen libre acceso los pasajeros, acompañantes, trabajadores y el público en general. Son zonas públicas: Las salas de facturación y venta de billetes hasta los filtros de seguridad que solo pueden pasar los pasajeros y trabajadores autorizados. Los espacios de espera de llegada de pasajeros, que son las zonas de encuentro de los pasajeros y acompañantes que los recogen. Las zonas comerciales y de restauración situadas en las zonas públicas anteriores antes de los controles de seguridad. Los aparcamientos y algunas oficinas. Los viales de acceso y salida del aeropuerto. Las estaciones de METRO y de Ferrocarril ubicadas en el aeropuerto. 18

13 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA ZONA DE ACCESO CONTROLADO Es la zona en la que el personal está sometido a un control de acceso de modo que accede únicamente personal autorizado mediante la correspondiente acreditación o autorización especial, pero no se efectúan inspecciones sobre el personal ni sobre sus objetos. El Programa Nacional de Seguridad define el CONTROL DE ACCESO como el punto dotado de recursos humanos y técnicos, destinado a conseguir que en cada zona del aeropuerto sólo se encuentren las personas y vehículos autorizados. Para ello se utilizan lectoras, tornos, personal de seguridad, etc. Son zonas de acceso controlado: La mayoría de las oficinas, tanto del personal del aeropuerto como de las compañías aéreas y otras empresas. Salas de recogida de equipajes. 19

14 ZONA RESTRINGIDA DE SEGURIDAD Aquella cuyo acceso está sujeto, además de a un control de acceso, a un control de seguridad para garantizar la seguridad de la aviación civil. El Programa Nacional de Seguridad define el CONTROL DE SE- GURIDAD como el punto dotado de recursos humanos y técnicos, como son los arcos detectores de metales y máquinas de escaneado, destinado a evitar que se introduzcan artículos prohibidos que pudieran utilizarse para cometer actos de interferencia ilícita. Generalmente se definen como zonas restringidas de seguridad, entre otras: Las zonas de salidas de pasajeros, o zonas de embarque, situadas entre los controles de seguridad de acceso desde las zonas públicas y las aeronaves, así como todos los locales (salas de espera reservadas, sala de autoridades, restaurantes, tiendas,...) que se encuentran en ellas. Plataforma de estacionamiento de aeronaves, Servicios de Extinción de Incendios, Centrales eléctricas. Área de maniobras de las aeronaves (pistas, calles de salida y rodaje, y terreno circundante). Los espacios de almacenamientos de equipos auxiliares para el transporte del o al avión de pasajeros y carga. Las zonas de clasificación y distribución de equipajes facturados (patio de carrillos). 20

15 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA El acceso autorizado a la zona restringida de seguridad se limitará a aquellas personas/ vehículos que exhiban alguna de las siguientes autorizaciones: Una tarjeta de embarque válida. Una acreditación/autorización del aeropuerto válida. Una tarjeta de identificación como miembro de la tripulación válida. Un carné de personal con competencia de inspección aeronáutica de aviación civil en vigor, con la correspondiente orden de actuación. Es muy importante respetar los accesos y atender a las normas de los responsables de seguridad. Los puestos de control están establecidos para garantizar la seguridad. 1.2 POR UN AEROPUERTO MÁS SEGURO CÓMO PODEMOS COLABORAR PARA HACER MÁS SEGURO EL AEROPUERTO? Conociendo y cumpliendo la normativa de seguridad. En este manual encontrarás unas reseñas básicas. Observando nuestro entorno con atención: tus ojos deben ser nuestros ojos. Informando de las situaciones anómalas. Informa de inmediato a tus superiores o a los responsables de seguridad. La rapidez en la respuesta puede ser vital. 21

16 Capítulo 2: Acreditaciones Personales y Autorizaciones de Vehículos 2.1 ACREDITACIONES PERSONALES 2.2 AUTORIZACIONES DE VEHÍCULOS 2.3 INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE UTILIZACIÓN

17 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA CAPÍTULO 2: ACREDITACIONES PERSONALES Y AUTORIZACIONES DE VEHÍCULOS Todas las personas y vehículos a los que se les haya emitido una acreditación o autorización aeroportuaria deberán llevarla perfectamente visible durante todo el tiempo que se encuentren en la zona autorizada. 2.1 ACREDITACIONES PERSONALES Acreditación: cualquiera de los soportes, tarjeta, cartulina, pegatina autoadhesiva, etc. que se puede utilizar para acreditar a una persona que está autorizada a acceder a ciertas zonas del aeropuerto. Es concedida y emitida por la Autoridad aeroportuaria. Las acreditaciones de personas se deben conceder estrictamente para las zonas del aeropuerto donde sea necesario acceder. Nunca se otorgarán por la categoría profesional. Según estas zonas, las tarjetas de acreditación son de colores diferentes ROJO: Autoriza la permanencia en las zonas públicas y en las oficinas del aeropuerto que no se encuentren en zona restringida de seguridad. AEROPUERTO AZUL: Zonas públicas y oficinas. Autoriza la permanencia y el acceso por los pasos establecidos a las zonas del aeropuerto definidas como zonas de acceso controlado. AEROPUERTO BLANCO: Zonas publicas y zonas de acceso controlado (oficinas, sala de recogida de equipajes). Además permite la permanencia y el acceso por los pasos establecidos a la zona restringida de seguridad situada en el interior del edificio terminal. AEROPUERTO 25

18 AMARILLO: Zonas públicas y zonas de acceso controlado (ej. salas de recogida de equipaje) Además permite la permanencia y el acceso por los pasos establecidos, a la zona restringida de seguridad situada en la zona aeronáutica, excepto al patio de carrillos y al área de maniobra AEROPUERTO VERDE: Todo el aeropuerto excepto el área de maniobras y el patio de carrillos. AEROPUERTO PROVISIONAL: Permite el acceso por un periodo inferior a 6 meses. Lleva impresa la letra P en el color correspondiente a la zona a la que permite el acceso. AEROPUERTO Las acreditaciones de color verde, amarillo o azul (cuando esta última autorice el acceso a la zona aeronáutica), para permitir la permanencia y el acceso al área de maniobras, deberán llevar impresa la letra P (pistas) en color negro. P AEROPUERTO Las acreditaciones de color verde o amarillo, para permitir el acceso y permanencia al patio de carrillos, deberán llevar impresa una banda en color rojo. AEROPUERTO Las acreditaciones personales tienen unas normas de utilización que todo trabajador beneficiario de una, tiene la obligación de conocer y cumplir. Su incumplimiento puede conllevar graves sanciones. Estas normas de utilización son las siguientes: 26

19 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA A. OBLIGACIONES El beneficiario de una acreditación personal está obligado a: Custodiarla adecuadamente para evitar su extravío. Si esto ocurriera, lo deberá comunicar inmediatamente a la Oficina de Seguridad del aeropuerto bien directamente o a través del responsable de seguridad que realizó la solicitud. Llevarla siempre en lugar visible. Asegurarse de que las puertas a través de las que accede con la acreditación quedan de nuevo cerradas, evitando que otras personas puedan entrar. Acceder a la zona autorizada por su acreditación utilizando únicamente los puntos establecidos por la Autoridad aeroportuaria, sometiéndose, cuando sea necesario, al correspondiente control de seguridad. Devolver la acreditación una vez caducada a la Oficina de Seguridad del aeropuerto, bien personalmente o a través del responsable de la empresa que realizó la solicitud. Cumplir las órdenes, normas y directrices de la Autoridad aeroportuaria o en quien se delegue. 27

20 En el caso de que un trabajador se encuentre una acreditación perdida devolverla, personalmente o bien mediante el responsable de la empresa del trabajador, lo antes posible a la Oficina de Seguridad del aeropuerto. La acreditación personal debe mostrarse, incluso junto con el DNI/NIE/pasaporte, siempre que así lo requieran las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o el personal de Seguridad del aeropuerto, que en caso de detectar que la acreditación está caducada, que no corresponde a la persona que la lleva o presente alguna irregularidad (falsificada, manipulada), podrán retenerla de forma preventiva y entregarla en la Oficina de Seguridad. La acreditación personal por sí misma, no autoriza la conducción de vehículos en plataforma, para lo que es obligatorio además disponer del Permiso de Circulación en Plataforma (PCP) en vigor, de cuya gestión se ocupa la División de Operaciones del aeropuerto. B. PROHIBICIONES Está prohibido: Hacer una fotografía o grabación de video, o cualquier otra muestra de imagen, estática o dinámica,dentro del recinto aeroportuario, salvo autorización expresa de la Autoridad aeroportuaria, en las siguientes zonas: controles de acceso, controles de seguridad y en zonas críticas tales como patio de carrillos, vías de servicio, plataforma y cualquier otra zona designada como sensible por la autoridad aeroportuaria. Está prohibido facilitar el acceso a personas distintas a las que autoriza la acreditación, independientemente de que estén o no autorizadas, excepto en los siguientes casos: para acompañar a una persona cuya acreditación carezca de los medios técnicos para acceder a las zonas donde esté autorizado a ir, para facilitar el acceso a un pasajero provisto de tarjeta de embarque aceptada por una compañía, para facilitar el acceso a tripulaciones, según procedimiento aprobado en el aeropuerto o para facilitar el acceso al personal con competencia de inspección aeronáutica de aviación civil, cuando lleven su carné de inspector en vigor y la correspondiente orden de actuación. Utilizar la acreditación una vez caducada. Utilizar la acreditación para acceder a zonas de acceso controlado o restringidas cuando no se está de servicio. Prestar la acreditación a otra persona. Acceder o permanecer en zonas distintas a las autorizadas por la acreditación. Acceder a la zona de acceso controlado o restringida empleando medios o accesos diferentes a los establecidos (como forzar puertas de emergencia, activar pulsadores de emergencia sin causa justificada,...) Acceder a la zona restringida de seguridad evitando un control de seguridad. Acceder a la zona restringida de seguridad con artículos prohibidos no autorizados. Alterar o falsificar la acreditación. Utilizar una acreditación que no sea la propia. Utilizar la acreditación para fines distintos a los que ha sido emitida, en particular como autorización para circular en Plataforma. 28 Valerse de cualquier acción para acceder a zona de acceso controlado o restringida sin estar debidamente acreditado. Si ves a alguien sin tarjeta visible, o en lugar no autorizado por su color, colabora con nosotros y avisa al personal de seguridad o a tu responsable.

21 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA 2.2 AUTORIZACIONES DE VEHÍCULOS Llamamos autorización a cualquier soporte (tarjeta, cartulina, pegatina autoadhesiva, etc.) que autorice a un vehículo a acceder a la zona aeronáutica del aeropuerto. A las autorizaciones de vehículos le afectan también normas de utilización equivalentes a las que hemos visto para las acreditaciones. Pueden ser de los siguientes tipos: Letra A sobre fondo VERDE (Aena y Organismos oficiales): autoriza a zona aeronáutica excepto área de maniobras (salvo que esté autorizado con la letra P). Las A sobre fondo AZUL (Aena y organismos oficiales): prohíbe el acceso al área de maniobra y a la plataforma, incluídas las vías de servicio de ésta. Letra R sobre fondo AMA- RILLO: autoriza a plataforma, vías y zona de servicio. Si lleva impresa la letra P también autoriza al acceso al área de maniobras. Letra P del color correspondiente a la zona autorizada sobre fondo BLANCO: autorización provisional según color Letra S sobre fondo ROJO: autoriza únicamente a vías y zonas de servicio. 29

22 2.3 INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE UTILIZACIÓN El incumplimiento de las normas básicas de seguridad y el uso indebido de las acreditaciones personales y/o de las autorizaciones de acceso de vehículos, conllevará la retirada de la misma, sin perjuicio de la sanción administrativa que proceda de acuerdo con la legislación vigente, específicamente la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea. En la citada ley 21/2003 de Seguridad Aérea, en el título V, artículo 48, sobre infracciones en relación con el funcionamiento y uso de los aeropuertos se lee:...2. Constituyen infracciones administrativas graves en relación con el funcionamiento y uso de los aeropuertos de interés general las siguientes: 2ª El incumplimiento de las normas de identificación personal de quienes desempeñen funciones en la zona de servicio Establece las infracciones administrativas muy graves en relación con el funcionamiento y uso de los aeropuertos de interés general. 2ª El acceso no autorizado a la zona de operaciones y a las zonas restringidas de los aeropuertos... Según establece la Ley 21/2003, se puede sancionar económicamente al infractor con sanciones cuyas cuantías pueden oscilar entre los 60 y los euros según las consecuencias de la infracción cometida. CUMPLE LAS NORMAS Y HAZ UN USO CORRECTO DE TU ACREDITACIÓN Y DE TU AUTORIZACIÓN. NO TE LA JUEGUES. 30

23 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA Además, la Autoridad aeroportuaria puede retirar la acreditación personal o autorización de acceso de vehículos por incumplimiento de las normas de utilización o por mal uso de las mismas, en los siguientes términos: a) De uno a siete días: por dejar un acceso abierto, usar la acreditación de otra persona o utilizar la propia acreditación para dejar pasar a un tercero, por presentarse en el aeropuerto más de tres veces en un mes sin la acreditación, por no llevarla visible o utilizarla caducada hace menos de 15 días. También por utilizar la acreditación no encontrándose de servicio. b) De siete a treinta días: por dejar abierto un acceso a Zona Restringida, facilitar el acceso a una persona no autorizada, negarse a mostrar la acreditación, acceder a la Zona Restringida evitando el control de seguridad o negarse a pasar las medidas de seguridad, acceder a la zona restringida de seguridad con artículos prohibidos no autorizados, utilizar la acreditación de otra persona, por utilizar la acreditación cuando lleva caducada más de 15 días, por acceder a la Zona Restringida forzando puertas de emergencia o activando pulsadores, por utilizar la acreditación en zonas distintas para las que se encuentra autorizado, por realizar una fotografía o grabación de video, o cualquier otra muestra de imagen, estática o dinámica, en una zona no autorizada sin contar con la correspondiente autorización. Se retirará la acreditación de siete a treinta días la segunda vez que un empleado proceda según el apartado a). c) De treinta días hasta su retirada definitiva: por incumplir reiteradamente las normas de utilización, por manipular o falsificar la autorización, por realizar más de una fotografía, grabación de video u otras muestras de imagen, estáticas o dinámicas en una zona no autorizada sin autorización, por incumplimiento de las órdenes, normas y directrices de la autoridad aeroportuaria o en quien se delegue. Hay trabajadores que por razones de su empleo tienen más de una acreditación personal. Si un trabajador en estas circunstancias cometiera un incumplimiento de las Normas de Utilización o hiciera un uso indebido de cualquiera de ellas, del que se derivara la retirada de alguna, le serán retiradas todas las que tenga. La autorización de acceso de vehículos podrá ser retirada por periodos de: a) Uno a siete días: por no llevar visible la autorización, o llevarla caducada menos de 15 días o por facilitar el acceso a otros vehículos aunque estén autorizados. b) Siete a treinta días: por uso de autorizaciones caducadas mas de 15 días, acceder a zonas no autorizadas o facilitar el acceso a otro vehículo no autorizado. c) De treinta días hasta su retirada definitiva: por incumplir reiteradamente las normas de utilización, por manipular o falsificar la autorización, por incumplimiento de las órdenes, normas y directrices de la Autoridad aeroportuaria o en quien se delegue. LA DIRECCIÓN DEL AEROPUERTO CONCEDE LAS ACREDITACIONES Y AUTORIZACIONES Y PUEDE RESTRINGIR SU USO Y DERECHOS EN CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES. 31

24 Capítulo 3: Controles de Seguridad 3.1 ARTÍCULOS PROHIBIDOS 3.2 HERRAMIENTAS 3.3 TRABAJOS AUTORIZADOS

25 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA CAPÍTULO 3: CONTROLES DE SEGURIDAD Como ya se ha mencionado en los capítulos anteriores, los trabajadores del aeropuerto que tengan que acceder a zona controlada deben pasar siempre un control de acceso. Este control consiste en pasar la acreditación por un lector que franquea el paso a esta zona a través de un torno o una puerta. Estos controles de acceso también pueden estar vigilados por personal de seguridad o auxiliares de servicio que solicitarán la acreditación del trabajador. Los trabajadores del aeropuerto cuyas oficinas o puesto de trabajo se encuentren en zona restringida, además del control de accesos deben pasar un control de seguridad y permitir ser inspeccionados y que se inspeccionen sus pertenencias. El Programa Nacional de Seguridad establece que: Se controlará a todo el personal, incluidas las tripulaciones, así como los objetos que lleven consigo, antes de autorizar su acceso a las zonas restringidas para asegurar que no se introducen artículos prohibidos en dicha zona. Por lo tanto la legislación vigente prohíbe la entrada en las zonas restringidas de seguridad de ciertos objetos, llamados artículos prohibidos, que conocerás en el capítulo siguiente. Para evitar que éstos artículos sean introducidos, se realizan los controles de seguridad a todas las personas (ya sean pasajeros, personal del aeropuerto o tripulaciones) y sus pertenencias antes de acceder a estas áreas sensibles. 35

26 Los controles de seguridad se llevan a cabo empleando equipos de inspección tales como: - Arcos detectores de metales - Detectores manuales de metales - Equipos de escaneado de equipajes, paquetes o bolsos - Detectores de metales en calzado Además, la normativa exige la realización de inspecciones manuales de forma aleatoria y continua. Los vigilantes de seguridad privada están autorizados por el Ministerio del Interior, en su calidad de colaboradores de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a realizar inspecciones manuales a las personas que accedan a la zona restringida, de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos. Existen cámaras que vigilan y graban todo lo que ocurre en nuestras terminales mediante un circuito cerrado de televisión y un equipo de vigilancia continua. 36

27 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA El objetivo de este capítulo es concienciarte de que aunque el aeropuerto sea nuestro lugar habitual de trabajo, no estamos exentos de seguir las normas de seguridad y de ser sometidos a controles e inspecciones periódicas o aleatorias, aunque pasemos todos los días por los mismos controles y conozcamos perfectamente a sus responsables. Los vehículos que pasan a la zona restringida también deben ser inspeccionados, tanto el vehículo, mercancías como cada uno de sus ocupantes. COLABORA CON EL PERSONAL DE SEGURIDAD EN TODO MOMENTO, ESTÁN CUMPLIENDO CON SU DEBER 37

28 3.1 ARTÍCULOS PROHIBIDOS Los atentados terroristas de Nueva York, Madrid y Londres han dado un vuelco a la seguridad en todos los medios de transporte. Muchos objetos de apariencia inofensiva o que tradicionalmente se han transportado sin problemas, hoy en día constituyen una amenaza potencial y debemos acostumbrarnos a no llevarlos encima cuando transitemos por el aeropuerto. La normativa vigente prohíbe la entrada de ciertos objetos, llamados artículos prohibidos en las zonas restringidas de seguridad. La Unión europea publicó una lista de los objetos que se consideran prohibidos y que no deben introducirse en las zonas restringidas de seguridad ni llevar a bordo de un avión. Los pasajeros que vayan a acceder a un avión ya conocen o deben conocer que no pueden acceder con aquellos objetos que supongan una amenaza potencial incluidas tijeras o limas de uñas de determinadas proporciones. Los trabajadores de un aeropuerto deben concienciarse de que aunque ellos no vayan a tomar un avión, su actividad les exige el paso continuo a la zona restringida y por lo tanto no pueden introducir artículos prohibidos y deben someterse a los mismos controles que los pasajeros aunque les suponga molestias. 38

29 MANUAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA A. LISTADO DE ARTÍCULOS PROHIBIDOS La lista de artículos prohibidos es muy grande y podemos clasificarla en: a) Armas de fuego: Todo tipo de armas de fuego (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, etc.) Reproducciones de armas de fuego y armas de fuego de imitación Piezas procedentes de armas de fuego (excepto visores y miras telescópicas b) Otro tipo de armas: Pistolas y rifles de aire comprimido y escopetas de perdigones Pistolas para lanzar cohetes de señales Pistolas Starter Pistolas de juguete de cualquier tipo Pistolas de bolas Pistolas de proyectil fijo y pistolas de uso industrial Ballestas Hondas y tirachinas Arpones y fusiles de pesca Pistolas de matarife Aparatos para aturdir o provocar descargas, como aguijones para ganado o pistolas láser Encendedores con forma de armas de fuego c) Objetos punzantes o con filo: Hachas y hachuelas Flechas y dardos Crampones Arpones y jabalinas Piquetas y picos para hielo Patines de hielo Navajas automáticas o de resorte de cualquier longitud Cuchillos, lo cual incluye cuchillos rituales, con hojas de una longitud superior a 6 cm, de metal o cualquier otro material resistente que permita su uso como arma Hendidoras Machetes Cuchillas y navajas de afeitar abiertas (excepto navajas de afeitar de seguridad o desechables, cuyas cuchillas estén encapsuladas). Tijeras cuyas hojas superen los 6 cm de longitud Sables, espadas y bastones-espada Bisturíes Bastones de esquí y excursionismo Estrellas arrojadizas 39

30 d) Instrumentos contundentes: Bates de béisbol y softball Palos y bastones, rígidos o flexibles (porras, cachiporras, bastones, etc.) Bates de críquet Palos de golf Palos de hockey Palos de lacrosse Remos de kayak y canoa Monopatines Tacos de billar Cañas de pesca Equipos para artes marciales (nudilleras de metal, palos, porras, mayales, nunchacus, kubatones, kubasaunts, etc.) e) Sustancias explosivas e inflamables: Municiones Fulminantes Detonadores y espoletas Explosivos y dispositivos explosivos Reproducciones o imitaciones de explosivos y dispositivos de explosivos Minas y otras cargas explosivas de uso militar Granadas de todo tipo Gas y bombonas de gas (butano, propano, acetileno, oxígeno, etc.) en gran volumen Fuegos de artificio, bengalas de todo tipo y otros artículos de pirotecnia (lo cual incluye petardos y fulminantes de juguetes) Fósforos (excepto los de seguridad) Cartuchos generadores de humo Combustibles líquidos inflamables (gasolina, gasoil, combustible para encendedores, alcohol, etanol, etc.) Nebulizadores de pintura Aguarrás y disolventes de pintura Bebidas alcohólicas cuya graduación alcohólica volumétrica supere el 70 % (140 % proof) f) Sustancias químicas y tóxicas: 40 Ácidos y álcalis (por ejemplo, baterías húmedas que puedan sufrir derrame) Substancias corrosivas o blanqueadoras (mercurio, cloro, etc.) Nebulizadores neutralizadores o incapacitantes (macis, rociadores de sustancias picantes, gases lacrimógenos, etc.) Material radiactivo (por ejemplo, isótopos para uso médico o comercial) Venenos

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