ACUERDO N 005 ACUERDA
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- Mariano Vázquez Pereyra
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1 ACUERDO N 005 POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA AL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO UNA COMISIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA EQUIDAD DE LA MUJER Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES. El Concejo Municipal de Girardota Antioquia, de conformidad con las facultades otorgadas en el artículo 313 de la Constitución Política y la ley 136 de 1994 y basados en la ley 1434 de ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO: Objeto. El presente acuerdo tiene por objeto fomentar la participación de la mujer en el ejercicio de la labor colegiada, corporada y de control político a través de la creación de la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del concejo municipal. ARTÍCULO SEGUNDO: Adición. Adiciónese al TITULO VI CAPITULO PRIMERO creando la Comisión para la Equidad de la Mujer. ARTÍCULO TERCERO: Nuevo articulado. El articulado nuevo encargado de regular la materia además de contar con el contenido del artículo 1 de este acuerdo tendrá además el siguiente articulado nuevo: ARTÍCULO 42 B: Objeto de la Comisión para la Equidad de la Mujer. Esta Comisión tiene por objeto fomentar y promover las acciones necesarias para la consolidación de una política municipal que repercuta en el mejoramiento de las circunstancias materiales e inmateriales de la mujer en la sociedad, propendiendo por la eliminación de cualquier situación de desigualdad y discriminación que se presente en el ejercicio de la ciudadanía por parte de las mujeres. ARTÍCULO 42 C: Composición. La Comisión para la Equidad de la Mujer estará integrada por las concejalas en ejercicio por derecho propio y dos (2) concejales designados en forma democrática por la plenaria del concejo. "CONCEJO MUNICIPAL, TEMPLO DE LA DEMOCRACIA.
2 CONCEJO PARÁGRAFO PRIMERO: Los miembros sujetos a designación de esta Comisión lo serán dentro de los 15 días siguientes al inicio de cada período constitucional. PARÁGRAFO TRANSITORIO: Los miembros de que habla el parágrafo anterior serán designados para el presente periodo constitucional una vez aprobado el presente acuerdo. ARTÍCULO 42 D: Funciones. La Comisión para la Equidad de la Mujer tendrá las siguientes funciones: 1. Elaborar propuestas de proyectos de acuerdo que garanticen la realización de los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres, con el acompañamiento de organizaciones y grupos de mujeres, centros de investigación y demás organizaciones que defienden los derechos de las mujeres. 2. Ejercer el control político a las diversas dependencias de la Administración central y descentralizada en relación con la formulación y desarrollo de planes, programas, proyectos y políticas públicas dirigidas al reconocimiento, promoción, realización, ampliación, protección y restitución de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres y el cumplimiento de los, convenios, alianzas con otros organismos nacionales e internacionales. 3. Promover la participación de las mujeres en los cargos de elección popular y en las instancias de dirección y decisión dentro al interior de la administración central y descentralizada, en los órganos de la estructura del Estado, partidos y movimientos políticos. 4. Ser interlocutora de las organizaciones y grupos de mujeres, ante la administración pública y demás órganos de la estructura del Estado, para canalizar sus demandas, conocer sus expectativas y tramitar las soluciones pertinentes a la realización de los derechos de las mujeres. 5. Hacer seguimiento a los procesos, decisiones, políticas, acciones, planes entre otros relacionados con la mujer en todas sus facetas y condiciones a fin de lograr su materialización y cumplimiento. 6. Hacer seguimiento sobre los resultados de los procesos de investigación y/o sanción existentes en los distintos entes de control, relacionados con las violaciones de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y a la integridad física y sexual de las mujeres.
3 CONCEJO iiielv'sii...:,. 7. Participar activamente en el fortalecimiento de las redes referentes a las Concejalas, para la promoción de la ciudadanía plena de las mujeres de nuestro municipio y región. 8. Promover y celebrar de ser posible audiencias públicas, foros, seminarios, simposios, encuentros, mesas de trabajo, conversatorios y demás estrategias de comunicación para desarrollar, informar y divulgar los temas relacionados con los derechos y beneficios de las mujeres, la legislación vigente, las políticas públicas existentes y los proyectos de acuerdo que cursen en el Concejo y en el área metropolitana, de ordenanza en la Asamblea Departamental y de ley ante el Congreso de la República. 9. Tramitar ante las diferentes comisiones del Concejo las observaciones, adiciones y modificaciones que por escrito hagan llegar a la Comisión para la Equidad de la Mujer, las y los ciudadanos con respecto a proyectos de acuerdo alusivos a los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres. 10. Promover iniciativas y acciones que contribuyan a la promoción y reconocimiento del trabajo y los aportes que hacen las mujeres a la economía, la cultura y la política en el país. 11. Promover en el sector privado acciones que favorezcan la equidad para las mujeres en el ámbito laboral y social. 12. Presentar informes anuales a la Plenaria del Concejo y a la sociedad civil, sobre el desarrollo de su misión institucional. 13. Solicitar el acompañamiento interinstitucional de organismos metropolitanos, regionales, departamentales y asociativos nacionales e internacionales, entidades públicas o privadas y asociaciones de mujeres para el desarrollo de su misión institucional, desarrollar proyectos de investigación, de promoción, defensa y divulgación de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres. 14. Dictar su propio reglamento para el desarrollo de su objeto institucional en caso de ser necesario. 15. Proponer y velar para que en el proceso de discusión y aprobación del Plan de Desarrollo y del Presupuesto municipal, se incluyan programas, proyectos y acciones que hagan efectiva la realización de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres.
4 -2C CONCEJO Wat" 16. Solicitar la realización de control político a las dependencias y entidades responsables de cumplir con las funciones, competencias y atribuciones relacionadas con la defensa, promoción y realización de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres. 17. Todas las demás funciones que determinen normas posteriores. ARTÍCULO 42 E: Sesiones. La Comisión para la Equidad de la Mujer se reunirá como mínimo una vez al mes o cuando lo considere necesario, por convocatoria del presidente a través del secretario por lo que deberá designarse en su interior a aquellos. Las decisiones de la Comisión serán adoptadas por mayoría simple. ARTÍCULO CUARTO: Transitoriedad. La presente reglamentación deberá ser tenida en cuenta como parte integrante del reglamento interno del Concejo y en caso de revisión y ajuste o modificación del mismo, será tenido en cuenta lo decidido en este acuerdo con el fin de que sea materia integrante de nuevo reglamento. ARTÍCULO QUINTO: Vigencia y derogatorias. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación previa sanción y deroga todas las disposiciones de carácter municipal que le sean contrarias. COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en el honorable Concejo Municipal de Girardota, a los 20 días mes de febrero de AL ANDRO OSADA IMÉNEZ Prsidente 4r. OSPINA ZAPATA iliretario General
5 2/ Constancia secretaria!: El presente acuerdo sufrió los debates reglamentarios en sesiones ordinarias del mes de febrero, en fechas diferentes y fue aprobado en cada una de ellas, todo de acuerdo a la ley. retario General A ZAPATA
6 ALCALDÍA Recibí el presente Acu rdo hr y 22 de febrero de 2013 Pasa al Desp I Señor Alcalde Secretario d= Se cios Administrativos ALCALDÍA MUNICIPAL Girardota, 22 de febrero de 2013 El Acuerdo No. 005 fue sancionado en esta fecha, PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE Envíese dos copias a la Sección Jurídica de la Gobernación de Antioquia, para su revisión legal. _ELy dtp tl Secretario de ServW Administrativos L IN 11/ Que el Acuerdo No. 05 tecede, fue publicado Hoy 22 de febr- e1 -, - 2 ii ir.... Ak la de concurso público \ li Secretario de os Administrativos "GESTIÓN Y PROGRESO PARA VOLVER A CREER" Centro Administrativo Simón Bolívar Carrera 15 No 6-35 PBX: Fax:
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