NORMATIVA ACADÉMICA Nivel Máster ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "NORMATIVA ACADÉMICA Nivel Máster ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR"

Transcripción

1 ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR NORMATIVA ACADÉMICA ÚLTIMA VERSIÓN ACTUALIZADA A NOVIEMBRE DE

2 INDICE I. INTRODUCCIÓN...3 II. CONCEPTOS...4 III. ESTRUCTURA DE LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS...5 IV. ACCESO Y ADMISIÓN EN EL MÁSTER UNIVERSITARIO...7 V. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS VI. MATRÍCULA VII. BAJA COMO ESTUDIANTES VIII. EVALUACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS IX. PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS DE MOVILIDAD X. ÁMBITO Y COMPETENCIAS ANEXO I PROCESO RECONOCIMIENTO CRÉDITOS POR LA EXPERIENCIA LABORAL.. 28 SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR LA EXPERIENCIA LABORAL Y PROFESIONAL

3 I. INTRODUCCIÓN La actividad académico-docente de los estudios universitarios de Máster de esta Escuela Politécnica Superior (EPS) se desarrolla al amparo del RD 1393/1997, de 29 de octubre, modificado posteriormente por el RD 861/2010, en base a los planes de estudio que el Ministerio de Educación ha homologado a MONDRAGON UNIBERTSITATEA. En el curso esta Escuela Politécnica inició el proceso de implantación de los estudios de Grado adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior. Con la puesta en marcha en el de las enseñanzas de Máster siguientes se da fin a dicho proceso. Título Máster Máster en Diseño Estratégico de Productos y Servicios Asociados Máster en Innovación empresarial y Dirección de Proyectos Máster en Ingeniería Industrial (especialidad Mecánica Estructural y especialidad Materiales y Procesos) Máster en Sistemas Embebidos Máster en Energía y Electrónica de Potencia Itinerarios definidos a) De especialización académica. b) De iniciación en tareas de investigación (dirigido a los alumnos y alumnas que tras finalizar el másterdeseen proseguir enseñanzas de doctorado). a) De especialización académica. a) De especialización académica. b) De iniciación en tareas de investigación (dirigido a los alumnos y alumnas que tras finalizar el másterdeseen proseguir enseñanzas de doctorado). a) De especialización académica. b) De iniciación en tareas de investigación (dirigido a los alumnos y alumnas que tras finalizar el másterdeseen proseguir enseñanzas de doctorado). a) De especialización académica. b) De iniciación en tareas de investigación (dirigido a los alumnos y alumnas que tras finalizar el másterdeseen proseguir enseñanzas de doctorado). El presente documento, a lo largo de sus distintos apartados, recoge las normas que regulan las enseñanzas de Máster. 3

4 II. CONCEPTOS NUEVA ESTRUCTURA DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES De acuerdo con lo establecido en el art. 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos: GRADO, MÁSTER y DOCTORADO. GRADO: Es el ciclo más básico en que se estructuran los estudios universitarios y tiene como finalidad la obtención, por parte del estudiante y de la estudiante, de una formación general y orientada a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional. MÁSTER: Las enseñanzas de máster tienen como finalidad la adquisición, por parte del estudiante y de la estudiante, de una formación avanzada, orientada o a la especialización o a la investigación. DOCTORADO: Las enseñanzas de doctorado tienen como finalidad la formación avanzada del estudiante y de la estudiante en las técnicas de investigación, e incluye la elaboración y presentación de la correspondiente tesis doctoral, consistente en un trabajo original de investigación. CRÉDITO ECTS: El crédito ECTS es la unidad adoptada para medir el volumen o carga de trabajo total que los y las estudiantes deben realizar para superar los objetivos programados en un plan de estudios. Un ECTS representa entre 25 y 30 horas de trabajo del alumno o la alumna. En los planes de estudio de esta EPS al ECTS se le han asignado 25 horas. SUPLEMENTO EUROPEO AL TÍTULO: Es un documento oficial que se definió y diseñó para incrementar la transparencia de las diversas titulaciones de Educación Superior. Merced a este Suplemento se facilitará el reconocimiento de las titulaciones y la movilidad de los y las estudiantes y su integración en el mercado laboral europeo. En él se debe recoger, de modo personalizado, la siguiente información referida al alumno o a la alumna de que se trate en cada caso: los estudios cursados, los resultados académicos obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas, y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior. ASIGNATURAS OBLIGATORIAS: Se trata de asignaturas incluidas por EPS como comunes y de obligado cumplimiento para los alumnos y las alumnas que cursen las mismas enseñanzas. ASIGNATURAS OPTATIVAS: Se trata de asignaturas incluidas por EPS para elegirlas entre dos o más, con el fin de permitir a los alumnos y a las alumnas configurar su itinerario formativo. PRÁCTICAS EN EMPRESA: Las prácticas en empresa se hallan asociadas al desarrollo del Trabajo Fin de Máster. Y las cursarán los alumnos y las alumnas que hayan optado por el itinerario académico. TRABAJO FIN DE MÁSTER: Las enseñanzas objeto de esta normativa concluyen con un Trabajo Fin de Máster, con enfoques y objetivos distintos según la orientación elegida por el alumno o la alumna al finalizar los estudios: incorporarse al mundo laboral, o proseguir estudios de Doctorado (en este segundo caso el Trabajo fin de Máster es un trabajo de investigación propiamente dicho). 4

5 III. ESTRUCTURA DE LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS ESTRUCTURA DEL MASTER UNIVERSITARIO EN DISEÑO ESTRATÉGICO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS ASOCIADOS A continuación se recogen de modo resumido las características fundamentales del plan de estudios del título de Máster Universitario en diseño estratégico de productos y servicios asociados: Estudios de Máster Universitario en: Diseño estratégico de productos y servicios asociados Nº ECTS TIPO ASIGNATURAS Obligatorias 50 Optativas 40 Trabajo Fin de Máster 30 TOTAL 120 DURACIÓN ESTUDIOS ATRIBUCIONES PROFESIONALES RAMA DE CONOCIMIENTO A LA QUE PERTENECE EL TÍTULO 2 AÑOS NO Ingeniería y Arquitectura ESTRUCTURA DEL MASTER UNIVERSITARIO EN INNOVACIÓN EMPRESARIAL Y DIRECCIÓN DE PROYECTOS A continuación se recogen de modo resumido las características fundamentales del plan de estudios del título de Máster Universitario en innovación empresarial y dirección de proyectos: Estudios de Máster Universitario en: innovación empresarial y dirección de proyectos Nº ECTS TIPO ASIGNATURAS Obligatorias 45 Optativas - Prácticas Externas 7 Trabajo Fin de Máster 8 TOTAL 60 DURACIÓN ESTUDIOS ATRIBUCIONES PROFESIONALES RAMA DE CONOCIMIENTO A LA QUE PERTENECE EL TÍTULO 1 AÑO NO Ingeniería y Arquitectura 5

6 ESTRUCTURA DEL MASTER UNIVERSITARIO EN INGENIERÍA INDUSTRIAL (ESPECIALIDAD MECÁNICA ESTRUCTURAL Y ESPECIALIDAD MATERIALES Y PROCESOS) A continuación se recogen de modo resumido las características fundamentales del plan de estudios del título de Máster Universitario en Ingeniería Industrial (especialidad Mecánica Estructural y especialidad Materiales y Procesos): Estudios de Máster Universitario en: Ingeniería Industrial (especialidad Mecánica Estructural y especialidad Materiales y Procesos) Nº ECTS TIPO ASIGNATURAS Obligatorias 52,5 Optativas 37,5 Trabajo Fin de Máster 30 TOTAL 120 DURACIÓN ESTUDIOS ATRIBUCIONES PROFESIONALES RAMA DE CONOCIMIENTO A LA QUE PERTENECE EL TÍTULO 2 AÑOS SI Ingeniería y Arquitectura ESTRUCTURA DEL MASTER UNIVERSITARIO EN SISTEMAS EMBEBIDOS A continuación se recogen de modo resumido las características fundamentales del plan de estudios del título de Máster Universitario en sistemas embebidos: Estudios de Máster Universitario en: Sistemas Embebidos TIPO ASIGNATURAS Nº ECTS Obligatorias 60 Optativas 30 Trabajo Fin de Máster 30 TOTAL 120 DURACIÓN ESTUDIOS ATRIBUCIONES PROFESIONALES RAMA DE CONOCIMIENTO A LA QUE PERTENECE EL TÍTULO 2 AÑOS NO Ingeniería y Arquitectura ESTRUCTURA DEL MASTER UNIVERSITARIO EN ENERGÍA Y ELECTRÓNICA DE POTENCIA A continuación se recogen de modo resumido las características fundamentales del plan de estudios del título de Máster Universitario en energía y electrónica de potencia: Estudios de Máster Universitario en: Energía y Electrónica de Potencia Nº ECTS TIPO ASIGNATURAS Obligatorias 70 Optativas 20 Trabajo Fin de Máster 30 TOTAL 120 DURACIÓN ESTUDIOS ATRIBUCIONES PROFESIONALES RAMA DE CONOCIMIENTO A LA QUE PERTENECE EL TÍTULO 2 AÑOS NO Ingeniería y Arquitectura 6

7 IV. ACCESO Y ADMISIÓN EN EL MÁSTER UNIVERSITARIO CONDICIONES DE ACCESO DEL MASTER UNIVERSITARIO EN DISEÑO ESTRATÉGICO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS ASOCIADOS a) Podrán acceder a este máster sin formación complementaria alguna- los alumnos y las alumnas que hayan cursado previamente los siguientes estudios y estén en posesión de alguno de los títulos universitarios españoles siguientes: Ingeniero/as Técnico/as en Diseño Industrial y Graduado/as en Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Producto (o similar del ámbito del Diseño Industrial). b) Podrán acceder a este máster los alumnos y las alumnas en posesión de los siguientes títulos que se detallan a continuación, siempre que cursen de no haberlo hecho antes- 8 ECTS de las materias Procesos Industriales, Materiales, y Procesos de Diseño : Arquitecto/a c) Podrán acceder a este máster los alumnos y las alumnas en posesión de los siguientes títulos que se detallan a continuación, siempre que cursen de no haberlo hecho antes- 10 ECTS entre las materias Estética y Diseño Industrial y Expresión Artística, y Procesos de Diseño. Ingeniero/a Técnico/a Industriales en Mecánica Ingeniero/a Industrial Ingeniero/a de Materiales d) Podrán acceder a este máster los alumnos y las alumnas en posesión de los siguientes títulos que se detallan a continuación, siempre que cursen de no haberlo hecho antes- 14 ECTS entre las materias Estética y Diseño Industrial, Expresión Artística, Materiales, Procesos Industriales y Procesos de Diseño. Arquitecto/a Técnico/a Ingeniero/a en Organización Industrial e) Podrán acceder los estudiantes y las estudiantes en posesión de un título superior extranjero, expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster. En este caso, se admitirá el acceso directo al máster o el acceso con formación complementaria previa, en función de la equiparabilidad del título extranjero con los referidos en los apartados a), b), c) y d) anteriores. f) Podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. En este caso, se admitirá el acceso directo al Máster o el acceso con formación complementaria previa, en función de la equiparabilidad del título extranjero con los referidos en los apartados a), b), c) y d) anteriores. ADMISIÓN EN LOS ESTUDIOS La admisión de los estudiantes y las estudiantes se hará en función de los siguientes dos criterios: el currículo académico de los alumnos y las alumnas (formación previa acreditada) y su expediente académico. No se establecen criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales. 7

8 CONDICIONES DE ACCESO DEL MÁSTER EN INNOVACIÓN EMPRESARIAL Y DIRECCIÓN DE PROYECTOS a) Podrán acceder directamente a los estudios de Máster Universitario en Innovación Empresarial y Dirección de Proyectos, sin formación complementaria previa, los alumnos en posesión de un título oficial español (u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster) de la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura. b) Podrán acceder a los estudios de Máster Universitario en Innovación Empresarial y Dirección de Proyectos, los alumnos en posesión de un título oficial español (u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster) de la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias, y Ciencias de la Salud, siempre que cursen?de no haberlo hecho antes- 4 ECTS de la materia Empresa. c) Podrán acceder a los estudios de Máster Universitario en Innovación Empresarial y Dirección de Proyectos, los alumnos en posesión de un título oficial español (u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster) de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades, siempre que cursen?de no haberlo hecho antes- 8 ECTS de las materias Empresa y Estadística. d) Así mismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. En este caso, se admitirá el acceso directo al Máster o el acceso con formación complementaria previa, en función de la adscripción del título a una rama de conocimiento y de los requisitos de materias previas cursadas expuestos en los casos b) y c) anteriores. ADMISIÓN EN LOS ESTUDIOS La admisión de los estudiantes y las estudiantes se hará en función de los siguientes dos criterios: el currículo académico de los alumnos y las alumnas (formación previa acreditada) y su expediente académico. No se establecen criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales. 8

9 CONDICIONES DE ACCESO DEL MASTER UNIVERSITARIO EN INGENIERÍA INDUSTRIAL (ESPECIALIDAD MECÁNICA ESTRUCTURAL Y ESPECIALIDAD MATERIALES Y PROCESOS) a) Podrán acceder a este máster sin formación complementaria alguna- los alumnos que hayan cursado previamente los siguientes estudios y estén en posesión de alguno de los títulos universitarios españoles (Grado e Ingeniería Técnica) que acrediten para el desempeño de la profesión del Ingeniero Técnico Industrial. Podrán acceder a este máster los alumnos en posesión de los siguientes títulos que se detallan a continuación, siempre que cursen de no haberlo hecho antes las siguientes materias: Termodinámica (4,5 ECTS); Química (6ECTS); Electricidad y electrónica, y Representación Gráfica (6ECTS); y 30 ECTS elegidos de entre uno de los dos grupos siguientes: TÍTULOS: Ingeniero Técnico en Diseño Industrial y su equivalente de Grado; Grado en Ingeniería en Organización Industrial. GRUPOS A ELEGIR: GRUPO A: Ciencia de materiales Procesos de fabricación Elasticidad y resistencia de materiales Cálculo y diseño de estructuras y construcciones industriales Teoría de máquinas y mecanismos GRUPO B: Teoría de circuitos, Control de máquinas eléctricas Dispositivos de potencia Cálculo y diseño de máquinas eléctricas Cálculo y diseño de instalaciones eléctricas b) Podrán acceder los estudiantes en posesión de un título superior extranjero, expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster. En este caso, se admitirá el acceso directo al Máster o el acceso con formación complementaria previa, en función de la equiparabilidad del título extranjero con los referidos en los apartados a) y b) anteriores. c) Podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. En este caso, se admitirá el acceso directo al Máster o el acceso con formación complementaria previa, en función de la equiparabilidad del título extranjero con los referidos en los apartados a) y b) anteriores. ADMISIÓN EN LOS ESTUDIOS La admisión de los estudiantes se hará en función de los siguientes dos criterios: el currículo académico de los alumnos (formación previa acreditada) y su expediente académico. No se establecen criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales. 9

10 CONDICIONES DE ACCESO DEL MASTER UNIVERSITARIO EN SISTEMAS EMBEBIDOS a) Podrán acceder a este máster sin formación complementaria alguna- los alumnos que hayan cursado previamente los siguientes estudios y estén en posesión de alguno de los títulos universitarios españoles siguientes: Ingeniero Técnico Industrial, especialidad Electrónica Industrial Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones (todas las especialidades) y sus equivalentes de Grado Ingeniero en Electrónica Ingeniero en Informática Ingeniero de Telecomunicación y sus equivalentes de Máster b) Podrán acceder a este máster los alumnos en posesión de un título adscrito a la rama de Ingeniería y Arquitectura siempre que cursen de no haberlo hecho antes- 10 ECTS entre las materias Sistemas digitales y Arquitectura de computadores ; y 10 ECTS entre las materias Programación avanzada y Redes de comunicaciones. c) Podrán acceder también los licenciados y licenciadas de Ciencias Físicas (especialidad Electrónica ), siempre que cursen de no haberlo hecho antes- 10 ECTS entre las materias Sistemas digitales y Arquitectura de computadores ; y 10 ECTS entre las materias Programación avanzada y Redes de comunicaciones. d) Podrán acceder los estudiantes en posesión de un título superior extranjero, expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster. En este caso, se admitirá el acceso directo al Máster o el acceso con formación complementaria previa, en función de la equiparabilidad del título extranjero con los referidos en los apartados a) y b) anteriores. e) Podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. En este caso, se admitirá el acceso directo al Máster o el acceso con formación complementaria previa, en función de la equiparabilidad del título extranjero con los referidos en los apartados a) y b) anteriores. ADMISIÓN EN LOS ESTUDIOS La admisión de los estudiantes se hará en función de los siguientes dos criterios: el currículo académico de los alumnos (formación previa acreditada) y su expediente académico. No se establecen criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales. 10

11 CONDICIONES DE ACCESO DEL MASTER UNIVERSITARIO EN ENERGÍA Y ELECTRÓNICA DE POTENCIA a) Podrán acceder a este máster sin formación complementaria alguna- los alumnos que hayan cursado previamente los siguientes estudios y estén en posesión de alguno de los títulos universitarios españoles siguientes: Ingeniero/as Técnico/as Industriales, especialidad de Electricidad Ingeniero/as Técnico/as Industriales, especialidad de Electrónica Industrial Ingeniero/as de Electrónica Ingeniero/as en Automática y Electrónica Industrial Los alumnos en posesión de títulos de Grado y Másteres equivalentes a los enumerados b) Podrán acceder a este máster los alumnos en posesión de los siguientes títulos que se detallan a continuación, siempre que cursen de no haberlo hecho antes las siguientes materias: Teoría de circuitos (6ECTS); Electrotecnia (6ECTS); Regulación automática (6ECTS); Microprocesadores (6ECTS) y Convertidores estáticos (6ECTS) Ingeniero Técnico de Minas Ingeniero de Minas Ingeniero Técnico de Telecomunicación Ingeniero de Telecomunicación Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas Ingeniero en Informática Ingeniero Técnico Naval Ingeniero Naval y Oceánico Licenciado en Náutica y Transporte Marítimo Licenciado en Física Ingeniero industrial Los alumnos en posesión de títulos de Grado y Másteres equivalentes a los enumerados c) Podrán acceder los estudiantes en posesión de un título superior extranjero, expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de Máster. En este caso, se admitirá el acceso directo al Máster o el acceso con formación complementaria previa, en función de la equiparabilidad del título extranjero con los referidos en los apartados a) y b) anteriores. d) Podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. En este caso, se admitirá el acceso directo al Máster o el acceso con formación complementaria previa, en función de la equiparabilidad del título extranjero con los referidos en los apartados a) y b) anteriores. ADMISIÓN EN LOS ESTUDIOS La admisión de los estudiantes se hará en función de los siguientes dos criterios: el currículo académico de los alumnos (formación previa acreditada) y su expediente académico. No se establecen criterios de acceso ni condiciones o pruebas de acceso especiales. 11

12 V. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Serán reconocibles aquellas asignaturas cuyo contenido y carga lectiva sean equivalentes a las materias del máster oficial correspondiente, siempre que se trate de estudios realizados dentro del marco del Posgrado de universidades españolas o extranjeras, y el interesado/a cumpla con los requisitos de acceso especificados en el art. 16 del R.D. 1393/2007 de 29 de octubre, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Posgrado. Si el alumno o alumna argumenta y acredita que en la formación previa dentro del marco del Grado ha adquirido la competencia exigida en el máster, podrá ser eximido de realizar alguna(s) de la(s) actividad(es) prevista(s) en el programa de la asignatura; pero en todo caso deberá realizar y supera los puntos de control (exámenes y/o trabajos con peso en la nota final) de la asignatura para superarla. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LOS SIGUIENTES MASTERES UNIVERSITARIOS: DISEÑO ESTRATÉGICO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS ASOCIADOS INNOVACIÓN EMPRESARIAL Y DIRECCIÓN DE PROYECTOS A continuación se recogen los criterios para el reconocimiento y transferencia de créditos, que pueden conllevar una reducción del número de créditos que deban cursar los alumnos y las alumnas para completar el Máster de que se trate en cada caso. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Primero.- Reconocimiento de créditos Primero.1.) Se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación de los créditos que, habiendo sido obtenidos por el alumno o la alumna en unas enseñanzas oficiales, en Mondragon Unibertsitatea o en otra Universidad, se computen en las enseñanzas del Máster Universitario que cursen los interesados, a los efectos de la obtención de un título oficial. Primero. 2) Esta Escuela Politécnica Superior podrá reconocer créditos por enseñanzas cursadas en otras Universidades o en otros títulos en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante o la estudiante y los previstos en el plan de estudios, o bien si son de carácter transversal, siempre que la carga lectiva en créditos ECTS sea similar. Primero. 3) Esta Escuela Politécnica Superior podrá reconocer créditos a los profesionales que acrediten haber adquirido competencia(s) del título en su desempeño profesional. Primero. 4) Los créditos reconocidos según lo recogido en los apartados anteriores, serán calificados con calificaciones numéricas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 del R.D. 1125/2003, de 5 de septiembre. Las calificaciones de las materias correspondientes a los créditos reconocidos en los apartados primero 2, primero 3 y primero 4, será la media ponderada del producto entre la calificación obtenida por el alumno o la alumna en cada una de las materias por el número de créditos asignada a cada una de ellas. 12

13 Segundo.- Transferencia de créditos Se entiende por transferencia de créditos, la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en Mondragón Unibertsitatea o en otra Universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial. Tercero.- Expediente Académico En el expediente académico de los estudiantes y de las estudiantes se recogerán todos los créditos obtenidos por los estudiantes y las estudiantes en enseñanzas oficiales, de Mondragón Unibertsitatea o de otra Universidad, para la obtención del título, sean transferidos, reconocidos o superados, indicando lo que corresponda en cada caso. Cuando se trate de créditos reconocidos, se hará constar la siguiente información referida a las enseñanzas de procedencia: la(s) universidad(es), las enseñanzas oficiales y la rama a la que estas se adscriben; las materias y/o asignaturas obtenidas y el nº de créditos, y la calificación obtenida. Cuarto.- Suplemento Europeo al título El Suplemento Europeo al Título expedido a los alumnos y a las alumnas reflejará todos los créditos obtenidos por los estudiantes y las estudiantes en enseñanzas oficiales, de Mondragón Unibertsitatea o de otra Universidad, para la obtención del título correspondiente, sean transferidos, reconocidos o superados, con las mismas especificaciones que se han determinado para el Expediente Académico. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LOS SIGUIENTES MASTERES UNIVERSITARIOS: INGENIERÍA INDUSTRIAL (ESPECIALIDAD MECÁNICA ESTRUCTURAL Y ESPECIALIDAD MATERIALES Y PROCESOS) SISTEMAS EMBEBIDOS ENERGÍA Y ELECTRÓNICA DE POTENCIA A continuación se recogen los criterios para el reconocimiento y transferencia de créditos, que pueden conllevar una reducción del número de créditos que deban cursar los alumnos y las alumnas para completar el Máster de que se trate en cada caso. RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Primero.1.) Se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación de los créditos que, habiendo sido obtenidos por el alumno en unas enseñanzas oficiales, en Mondragón Unibertsitatea o en otra Universidad, se computen en las enseñanzas del Máster Universitario que cursen los interesados, a los efectos de la obtención de un título oficial. Esta Escuela Politécnica Superior podrá reconocer créditos por enseñanzas cursadas en otras Universidades o en otros títulos en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios, o bien si son de carácter transversal, siempre que la carga lectiva en créditos ECTS sea similar, a excepción de los créditos correspondientes al trabajo fin de máster. 13

14 Los créditos reconocidos según lo recogido en el apartado primero.1) serán calificados con calificaciones numéricas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del R.D. 1125/2003, de 5 de septiembre. Primero. 2) Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. En este caso el reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente. Primero. 3) La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención del título de Máster Universitario que cursen los interesados, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: a) El alumno deberá acreditar documentalmente la experiencia laboral, presentando: El extracto de la vida laboral actualizado. Certificación del director o responsable superior que dé fe de la experiencia profesional y/o laboral del solicitante en la que se harán constar mínimamente: la duración de la experiencia profesional, el ámbito laboral en el que se ha aplicado el solicitante y las características del desempeño laboral. Declaración realizada por el propio solicitante en la que exponga: la actividad profesional desarrollada, las competencias profesionales adquiridas mediantes dicha actividad, los conocimientos adquiridos, y la(s) asignatura(s) para las que solicita el reconocimiento. b) La unidad mínima de reconocimiento será la asignatura y las competencias a ellas asociadas, no pudiendo reconocerse unidades de ECTS que no constituyan una asignatura. Y los créditos correspondientes al trabajo fin de máster no podrán ser objeto de reconocimiento. c) El tiempo de experiencia profesional requerido para el reconocimiento de créditos se ha establecido en función del nº de créditos asignados a las distintas asignaturas (a excepción de las prácticas en empresa) y el modo de dedicación a la actividad profesional desarrollada, plena o parcial, según se recoge a continuación: UNIDADES DE RECONOCIMIENTO Dedicación plena (equivalente al 100% de la actividad profesional desarrollada) Dedicación parcial (equivalente al 50% de la actividad profesional desarrollada) Unidad mínima de reconocimiento: Asignaturas de 3 ECTS ( y las 12 meses 24 meses competencias asociadas) Asignaturas de 3,5 ECTS ( y las competencias asociadas) 14 meses 28 meses Asignaturas de 4 ECTS ( y las competencias asociadas) 16 meses 32 meses Asignaturas de 4,5 ECTS ( y las competencias asociadas) 18 meses 36 meses Asignaturas de 5 ECTS ( y las competencias asociadas) 20 meses 40 meses Asignaturas de 5,5 ECTS ( y las competencias asociadas) 22 meses 44 meses Unidad máxima de reconocimiento: Asignaturas de 6 ECTS ( y las competencias asociadas) 24 meses 48 meses 14

15 d) Podrán reconocerse créditos correspondientes a las prácticas en empresa, siempre que se acredite la adquisición de competencias del Máster, aunque dichas competencias no hayan podido ser asignadas a asignaturas concretas o la experiencia profesional no se haya considerado suficiente para reconocer todos los ECTS de la asignatura de que se trate en cada caso. Para este reconocimiento de se requerirá la experiencia profesional, tal como se detalla a continuación: UNIDADES DE RECONOCIMIENTO Unidad mínima: 3 ECTS Por cada 0,5 ECTS adicionales Unidad máxima: 18 ECTS Dedicación plena (equivalente al 100% de la actividad profesional desarrollada) 12 meses 2 meses 72 meses e) La solicitud escrita se completará con una entrevista con el interesado en la que el(los) profesor(es) de la(s) asignatura(s) contrastarán la adquisición, por parte del alumno, de los conocimientos y competencias del Máster para los que solicita el reconocimiento. f) Los créditos reconocidos por la experiencia laboral y profesional no incorporarán ninguna calificación, por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente. El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, a 18 ECTS. Para solicitar el reconocimiento de créditos por la experiencia laboral, ver el Anexo I al final de la presente normativa. Segundo.- Transferencia de créditos Se entiende por transferencia de créditos, la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en Mondragón Unibertsitatea o en otra Universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial. Tercero.- Expediente Académico En el expediente académico del alumno se recogerán todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales, de Mondragón Unibertsitatea o de otra Universidad, para la obtención del título, sean transferidos, reconocidos o superados, indicando lo que corresponda en cada caso. Cuando se trate de créditos reconocidos, se hará constar la siguiente información referida a las enseñanzas de procedencia: la(s) universidad(es), las enseñanzas oficiales y la rama a la que estas se adscriben; las materias y/o asignaturas obtenidas y el nº de créditos, y la calificación obtenida. Esta última información se omitirá en el caso de los créditos reconocidos por la experiencia laboral o profesional. Cuarto.- Suplemento Europeo al título El Suplemento Europeo al Título expedido a los alumnos reflejará todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales, de Mondragón Unibertsitatea o de otra Universidad, para la obtención del título correspondiente, sean transferidos, reconocidos o superados, con las mismas especificaciones que se han determinado para el Expediente Académico. 15

16 VI. MATRÍCULA Los requisitos de matrícula son distintos en función de que los alumnos y las alumnas se hallen cursando las enseñanzas con dedicación a tiempo completo o se hallen cursándolas con dedicación parcial. Estudiantes con dedicación completa. Son estudiantes con dedicación completa aquellos que no acreditan simultanear los estudios con la actividad laboral (no en calidad de becario o becaria) ni acreditan la existencia de circunstancia eximente alguna (discapacidad, enfermedad prolongada, ser deportista de alto nivel o alto rendimiento...), que les impida el normal rendimiento en los estudios y por lo tanto dedicarse exclusivamente al título. Estudiantes con dedicación parcial Son aquellos que, mediante la acreditación correspondiente (trabajadores en activo, alumnos con discapacidad, o enfermedad prolongada que les impide el normal rendimiento en los estudios), son autorizados para cursar las enseñanzas con una dedicación inferior (normalmente sensiblemente inferior) a la de dedicación completa. Condiciones de matrícula En general se ha previsto un plan de estudios en el que los estudiantes y las estudiantes vayan progresando en los semestres y cursos al ritmo esperado. No obstante, atendiendo a los dos modos de dedicación expuestos, se establecen las siguientes condiciones de matrícula: 1. Los estudiantes y las estudiantes que cursen los estudios con dedicación completa no podrán matricularse de asignaturas de 2º sin haber cursado previamente las de 1º. 2. El alumno o alumna podrá acceder a 2º con asignaturas pendientes de 1º, pero en ese caso debe matricularse en paralelo de las asignaturas pendientes de 1º y de las de 2º, salvo en los casos contemplados en el punto Los alumnos y las alumnas con dedicación parcial podrán combinar en su matrícula asignaturas de 1º y de 2º, siempre que no existan requisitos de conocimientos y competencias que debieran haberlas adquirido con antelación a cursar la(s) asignatura(s) de 2º. 4. El nº máximo de ECTS de matrícula no podrá ser superior al equivalente a un curso completo (60 ECTS) más dos asignaturas pendientes del curso inferior, o más de dos, siempre que el nº de ECTS que estas sumen sea menor o igual a 10 ECTS. ABONO DE LAS TASAS DE MATRÍCULA El alumno o la alumna, en cada caso, satisfará las tasas de matrícula en función del número de créditos en que se halle matriculado, abonándolas en un pago único, o distribuidas en 9 ó en 3 pagos a lo largo del curso. El precio del ECTS lo aprueba el Consejo Rector de Mondragon Goi Eskola Politeknikoa al comienzo de cada curso académico y este precio se publica en la web. 16

17 Con carácter general, la matrícula por segunda vez en una asignatura supondrá un incremento del 10% sobre el precio del crédito; y del 20% en caso de que se trate de matrícula por tercera vez o sucesivas, a excepción del TFM y las prácticas asociadas, que se regirán por la normativa específica recogida en los párrafos siguientes. MATRÍCULA DEL TFM Y DE LAS PRÁCTICAS ASOCIADAS Cuando la matrícula por primera vez (veces mat. 1) en el TFM y en las prácticas asociadas se haya realizado conjuntamente con el resto de asignaturas de 2º y con la(s) asignatura(s) pendiente(s) de 1º en su caso, y al alumno o la alumna no se le autorice el inicio del TFM en ese curso se procederá tal como se indica en la tabla siguiente: Matrícula en el TFM por primera vez: CURSO X 1. Matrícula: Asignaturas + TFM y prácticas asociadas. 2. Abono: Asignaturas matriculadas (según nº de veces de matrícula) y del TFM y las prácticas asociadas CURSO X+1 1. Matrícula: Matrícula en asignaturas + TFM y prácticas asociadas (si hubiera pendientes). 2. Abono: Asignaturas matriculadas (según nº de veces de matrícula). Resultado evaluación para decidir inicio del TFM: no se autoriza inicio del TFM Resultado evaluación para decidir inicio del TFM: se autoriza inicio del TFM MATRÍCULA DEL TFM Y DE LAS PRÁCTICAS ASOCIADAS EN VECES SUCESIVAS (SI NO SE AUTORIZA LA PRESENTACIÓN DEL TFM EN EL MISMO CURSO EN QUE SE DESARROLLA) Una vez iniciado el TFM, puede suceder que no se autorice la presentación por cualquiera de las siguientes circunstancias. Tipo TFM Circunstancia En el próximo curso debe matricularse de No completa las prácticas ni termina el TFM. Según corresponda: 20 ECTS de prácticas + 30 ECTS de TFM ó TFM de 30 ECTS Importe que debe abonar El importe de los ECTS que corresponde en cada caso + 10% de incremento Plazo para presentarlo en el curso siguiente Plazo: convocatoria de Febrero o Julio 20 ECTS de prácticas + 30 ECTS de TFM ó TFM de 30 ECTS Completa las prácticas pero no termina el TFM. ó 7 ECTS de prácticas + 8 ECTS de TFM Según corresponda: 30 ECTS de TFM 10% del importe del TFM (30 ECTS ú 8 ECTS) Plazo: 2ª, 3ª o 4ª semana de julio, Febrero o Diciembre. 7 ECTS de prácticas + 8 ECTS de TFM Completa las prácticas y el TFM, pero no reúne los requisitos exigidos para presentarlo. No termina el TFM. ú 8 ECTS de TFM Debe depositar el proyecto en el plazo ordinario y no debe matricularse para el próximo curso. 30 ECTS de TFM ú 8 ECTS de TFM 10% del importe del TFM (30 ECTS ú 8 ECTS) 10% del importe del TFM (30 ECTS ú 8 ECTS) Plazo: 2ª, 3ª o 4ª semana de julio. Opcionalmente, puede adelantarlo a Febrero ó a Diciembre Plazo: 2ª, 3ª o 4ª semana de julio Opcionalmente, puede adelantarlo a Diciembre. 17

18 ANULACIÓN DE MATRÍCULA Concepto El alumno o la alumna que formalice la matrícula en EPS podrá solicitar su anulación previa presentación de la solicitud pertinente formulada mediante instancia dirigida a la Secretaria de la EPS, siempre que esta se presente antes del 30 de Noviembre del nuevo año académico. La anulación de la matrícula se hará de oficio cuando no se cumpla alguno de los requisitos exigidos para su formalización o se haya incurrido en falsedad de datos o de la documentación que se debía aportar. Efectos Cuando un alumno o una alumna solicite voluntariamente la anulación de matrícula o si esta se anula de oficio, el alumno o la alumna deja de figurar a todos los efectos como matriculado en esta Escuela, por lo que, no podrá expedírsele documento acreditativo alguno que justifique su vinculación con este Centro. El importe de la matrícula abonado por el alumno o la alumna hasta el momento de la anulación no se devuelve en ningún caso, si bien se interrumpe el cobro de los importes pendientes. 18

19 VII. BAJA COMO ESTUDIANTES SOLICITUD DE BAJA VOLUNTARIA En los casos en que el alumno o la alumna voluntariamente desee causar baja en el Centro, deberá comunicarlo en la Secretaría Académica. Efectos Secretaría Académica anulará las convocatorias pendientes de consumir por el alumno o la alumna en el curso y comunicará al Departamento de Administración para que a partir del mes siguiente se le interrumpa el cobro de los importes de matrícula pendientes de abonar. Los importes abonados hasta ese momento no se devuelven en ningún caso. 19

20 VIII. EVALUACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS MECANISMOS DE EVALUACIÓN Coherencia entre las actividades formativas y el sistema de evaluación La evaluación será acorde con las metodologías utilizadas, debiendo existir congruencia y proporcionalidad entre las actividades formativas y los instrumentos de evaluación. Así, si las prácticas suponen un % determinado del horario lectivo, deben suponer ese mismo % de la nota final. Del mismo modo, si el Proyecto semestral supone un % determinado del esfuerzo de los alumnos y las alumnas, debe suponer un % equivalente (y siempre deben suponer un % mínimo) de la nota final. Evaluación presencial de la adquisición de competencias y resultados de aprendizaje En todas las asignaturas se preverá un mecanismo de evaluación presencial, sea oral o escrito, teórico o práctico. Cualquiera que sea el formato elegido para la evaluación, deberá integrar la evaluación propiamente dicha y la recuperación en los casos en los que las competencias no hayan sido adquiridas. Los puntos de control que se planifiquen para la evaluación de las competenticas o como mecanismo de recuperación de las competencias no superadas no se repetirán. Esto es, si el estudiante o la estudiante enferma o por una circunstancia determinada no puede acudir a hacer el punto de control, no se le repetirá. En el proceso de evaluación continua de ese/a alumno/a no existirá nota correspondiente a esa recuperación. Y corresponderá al lan-talde del semestre analizar su caso en la evaluación final del semestre o curso, según corresponda. No obstante lo recogido en el párrafo anterior, el Equipo de Coordinación General de MGEP podrá acordar la repetición o aplazamiento de cualquier punto de control si concurren circunstancias de fuerza mayor ajenas a su voluntad que impidan a un elevado porcentaje del alumnado desplazarse al Centro. EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES Evaluación El objetivo de la evaluación es determinar el nivel de adquisición de las competencias por parte de los alumnos y las alumnas. Con este fin, se han establecido dos evaluaciones a lo largo del curso: una evaluación parcial en febrero y una evaluación global final en julio, salvo en los casos de acceso al TFM en Febrero o de autorización para presentar el TFM en Febrero, que se verán más adelante en este mismo capítulo. Los mecanismos de recuperación de las competencias que no se hayan adquirido se hallan incluidos en el curso. El objeto de la evaluación parcial es indicar a los alumnos y a las alumnas el nivel de adquisición de las competencias del primer semestre del curso. Las calificaciones de las competencias y de las asignaturas obtenidas en estas evaluaciones parciales serán, a todos los efectos, provisionales hasta la evaluación final del curso. 20

21 El objeto de la evaluación final es hacer una valoración global del rendimiento de los alumnos y las alumnas a lo largo del curso y determinar, qué competencias y asignaturas supera y suspende cada uno de ellos. Los resultados de las evaluaciones se comunicarán a los alumnos y a las alumnas a través de la Secretaría Virtual. Acceso a 2º Quienes hayan superado todo el curso de 1º, podrán acceder a 2º y cursarlo íntegramente si les corresponde hacer el TFM de 50 ECTS (20 ECTS Prácticas + 30 ECTS TFM). Quienes hayan superado todo 1º y deben hacer un TFM de 30 ó 15 ECTS deberán cursar el primer semestre y podrán iniciar el TFM si obtienen los resultados académicos indicados a continuación en el epígrafe Condiciones para iniciar el TFM. Acceso a 2º con asignaturas suspendidas de 1º Quienes tengan asignaturas pendientes de 1º, podrán matricularse de dichas pendientes, además de las de 2º curso, siempre que el nº de ECTS matriculados no supere el límite establecido en el apartado MATRÍCULA. Caso de no poder matricularse de todo 2º, el TFM no podrá matricularse antes del resto de las asignaturas. Esta condición no será aplicable a los alumnos con dedicación parcial. Adelanto de convocatoria de Julio a Febrero Se contemplan las siguientes situaciones de adelanto de convocatoria: A. Posibilidad de adelanto de convocatoria de asignaturas pendientes de 1º Los alumnos matriculados en 2º con asignaturas pendientes de 1º podrán adelantar al primer semestre la convocatoria de las asignaturas pendientes que repite del 1er. curso y que sean del segundo semestre (en ningún caso de aquellas en las que se matricula por primera vez), siempre que el nº de ECTS de asignaturas de las que se examine en el 1er. semestre sea como máximo 42 ECTS. B. Adelanto de convocatorias para iniciar el TFM En los casos en el que los alumnos y las alumnas se hallen matriculados en 42 ECTS ó un nº inferior y superándolos pudieran acceder al TFM, podrán adelantar a febrero la convocatoria del segundo semestre de las asignaturas que repiten (nunca de aquellas en las que se matricula por primera vez), con el fin de adelantar su acceso al TFM. C. Adelanto de convocatorias para presentar el TFM Igualmente podrán adelantar a febrero la convocatoria del segundo semestre de la asignatura que repiten (nunca de aquella en la que se matricula por primera vez), los alumnos que se hallen realizando el TFM. 21

22 El adelanto de convocatoria se autorizará previa solicitud en Secretaría Académica, siempre que se cumplan las condiciones indicadas en los casos A., B. y C. especificados en los párrafos anteriores. Dicho adelanto dará derecho a la evaluación y la recuperación de la asignatura en Febrero. Quienes soliciten adelantar la convocatoria de una asignatura, pierden automáticamente el derecho a la convocatoria de julio, aun cuando finalmente no hagan uso del adelanto. Procedimiento Los alumnos y las alumnas que deseen solicitar el adelanto de convocatoria de una asignatura deberán hacerlo enviando un escrito a la siguiente dirección de correo electrónico jgantxegi@mondragon.edu antes del 5 de diciembre del año en curso. En dicha solicitud deberá identificarse claramente: el alumno o alumna de que se trate, el título que cursa y la(s) asignatura(s) para la(s) que solicita el adelanto. Condiciones para iniciar el TFM de 50 ECTS Para iniciar el TFM será preciso haber superado todas las asignaturas de 1º ó tener como máximo una asignatura pendiente de 1º. Condiciones para iniciar el TFM de 30 ó de 15 ECTS Para iniciar el TFM será preciso haber superado todo el resto de las asignaturas del máster o tener como máximo una asignatura pendiente. Tal como se ha indicado en el apartado VI. MATRÍCULA, cuando, por no reunir los requisitos académicos previos, el inicio del TFM deba posponerse a la siguiente convocatoria, la nueva matrícula correspondiente al TFM y a las prácticas asociadas estará exenta de pago por haberla abonado en el curso anterior. Convocatoria excepcional para la asignatura pendiente que se compagina con el desarrollo del TFM Los alumnos y las alumnas que hayan sido autorizados a iniciar el TFM con una asignatura pendiente dispondrán de una convocatoria adicional excepcional para superarla, bien mediante el desarrollo del TFM, porque las competencias asociadas al TFM resultan ser las mismas que las de la asignatura pendiente. bien con la prueba de evaluación adicional que determine el profesor o la profesora de la asignatura. El tutor o tutora del TFM y el profesor o profesora de la asignatura decidirán conjuntamente cuál será el mecanismo de recuperación requerido en cada caso y se lo comunicarán al alumno o alumna a través de la plataforma MUDLE. 22

23 Condiciones para simultanear el desarrollo del TFM de 50 ETCS con la superación de una única asignatura Si tras la evaluación de febrero al alumno o la alumna le quedaran más de 1 asignatura por superar, a lo largo del segundo semestre sólo podrá cursar y presentarse a la evaluación (en julio) de 1 de ellas. El resto de la(s) asignatura(s) pendiente(s) la(s) deberá cursarla(s) y superarla(s) en el próximo curso. Entre tanto puede desarrollar el TFM, redactar la memoria del mismo y depositarlo, pero no podrá presentarlo y defenderlo. Condiciones para presentar el TFM Los alumnos que se hallen desarrollando el TFM de 30 ó de 15 ECTS y cursen en paralelo asignaturas pendientes, para poder presentar y defender aquel, deberán haber superado las competencias y la asignatura pendiente del título. El equipo de profesores reunido en la evaluación global final verificará qué alumnos y alumnas reúnen los requisitos para presentar el TFM y quienes podrán depositarlo. Esta evaluación global se hará en febrero si se ha adelantado la convocatoria de la asignatura pendiente y con ello puede reunir los requisitos para presentar el TFM; y en julio, si no se ha adelantado. Los alumnos y las alumnas que no hayan podido presentar el TFM pero sí lo han depositado, dispondrán de un plazo de 3 cursos académicos para superar el resto de competencias y asignaturas del título. Esto es, se establece un plazo de depósito de 3 cursos académicos. En cualquier caso, la verificación de que el alumno o la alumna ha superado los requisitos académicos para iniciar el TFM o para presentarlo (cuando ya lo haya hecho) se hará mediante la plantilla detallada a continuación. 23

24 Presentación y defensa del TFM Si como resultado de la evaluación se decide que puede presentar el TFM, en dicha presentación y defensa deberá obtener en todo caso una puntuación >=5 para superar el Máster. La normativa para la presentación y defensa del TFM se halla recogida en los documentos Guía Académico- Académica del TFM y Sistema de Evaluación del TFM. 24

25 IX. PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS DE MOVILIDAD TRÁMITES QUE DEBEN REALIZARE PARA LA GESTIÓN DE LA MOVILIDAD La planificación y gestión de la movilidad de los estudiantes y las estudiantes corresponde al Coordinador o a la Coordinadora de Relaciones Internacionales del título. Brevemente, y de modo atemporal, se detallan las acciones planificadas para la gestión de la movilidad de estudiantes propios: Previsión número de plazas ERAMUS estudios: con la administración Pública (gestión de ayudas), y con las Universidades (gestión de plazas disponibles y Suscripción de los convenios y Learning Agreement). Previsión nº de plazas ERASMUS prácticas: con la administración Pública (gestión de ayudas), y con las empresas (gestión de plazas disponibles). Difusión entre el alumnado, de la oferta de internacionalización de años anteriores, y solicitud de cumplimentación de encuesta de intereses y preferencias. Tratamiento de la información resultante y asignación de plazas en función de las preferencias. Formalización trámites administrativos previos (Escuela Politécnica Superior, alumno o alumna y Universidad de destino). Estancia en el extranjero: Ajuste Learning Agreement (en el caso de Erasmus estudios). Reconocimiento y acumulación de créditos ECTS, una vez finalizado el período de formación en la Institución extranjera y a la vista de los resultados obtenidos en la Universidad de destino. SISTEMA DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS (PROGRAMAS DE MOVILIDAD INTERUNIVERSITARIOS) El Sistema de reconocimiento y acumulación de créditos de los estudiantes y las estudiantes que realicen estancias en el extranjero al amparo de programas de movilidad interuniversitaria se basa en los siguientes presupuestos: El alumno o la alumna y el coordinador o la coordinadora de título, o el de relaciones internacionales del título, acuerdan qué materias/asignaturas cursará el alumno a lo largo de su estancia y qué materias se le reconocerán cuando se reincorpore a los estudios en esta Escuela. La propuesta se recoge en el Learning Agreement. El alumno o la alumna puede proponer cambiar el Learning Agreement original, pero debe argumentar los motivos de dicha modificación. Si el coordinador o coordinadora de título, o el de relaciones internacionales del título, considera suficientemente motivada la propuesta, admite la modificación. Cuando el alumno o la alumna finaliza la estancia en el extranjero se le reconocen los créditos dejados de cursar en esta Escuela con una carga lectiva total en créditos similar a la que acredita haber obtenido en la Institución extranjera (según el Learning Agreement). Los créditos reconocidos según lo recogido en los apartados anteriores, serán calificados con calificaciones numéricas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 del R.D. 1125/2003, de 5 de septiembre. Las calificaciones de las materias correspondientes a los créditos reconocidos por estancias de movilidad será la media ponderada del producto entre la calificación obtenida por los alumnos y las alumnas en cada una de las materias por el número de créditos asignado a cada una de ellas. 25

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Mayo 2015 SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de

Más detalles

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Mayo 2015 SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de

Más detalles

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos en las Enseñanzas de Grado y Máster conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales de la Universidad de Murcia El Real

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO Y MÁSTER

REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO Y MÁSTER REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado por Consejo de Gobierno de 27.05.2011 y Modificado por Consejo de Gobierno de 26.10.2012) Exposición

Más detalles

Fecha/Hora: 24/06/2013 19:05:56. Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ==

Fecha/Hora: 24/06/2013 19:05:56. Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ== Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos en las Enseñanzas de Grado y Máster conducentes a la obtención de los correspondientes títulos oficiales de la Universidad de Murcia (Aprobado

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:

Más detalles

NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA

NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA (Normativa adaptada a las Normas de Organización y Funcionamiento UCAV: Acuerdo de JCyL 64/2009, de 11 de junio, BOCyL 17/06/2009) FECHAS

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LAS TITULACIONES DE GRADO UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Ámbito de aplicación La presente Normativa Específica

Más detalles

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I (Acuerdo de Consejo de Gobierno núm. 8 de 23 de febrero de

Más detalles

1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres

1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento

Más detalles

(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)

(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015) NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN MIGRACIONES INTERNACIONALES Y DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO, DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE MIGRACIONES

Más detalles

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007.

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007. REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007. Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que

Más detalles

Adaptaciones / Convalidaciones

Adaptaciones / Convalidaciones Adaptaciones / Convalidaciones Al ser un centro adscrito a la U.R.J.C. seguimos la normativa de dicha Universidad. REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES DE

Más detalles

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA

NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA 1 NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS: Exposición de Motivos. El Real Decreto 1393/2007,

Más detalles

Normativa académica de Grado

Normativa académica de Grado Escuela Politécnica Superior de Mondragon Unibertsitatea Normativa académica de Grado CURSOS DE ADAPTACIÓN Curso 2014 2015 14/11/2014 Indice INDICE I. INTRODUCCIÓN...3 II. CONCEPTOS...4 III. ITINERARIO

Más detalles

AÑO VIII 10 de noviembre de 2011 BOUC nº 14 I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE

AÑO VIII 10 de noviembre de 2011 BOUC nº 14 I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.1. CONSEJO DE GOBIERNO I.1.2. Vicerrectorado de Estudios de Grado Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 18 de octubre

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS A LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS (R.D. 1393/2007, de 29 de octubre)

INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS A LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS (R.D. 1393/2007, de 29 de octubre) INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS A LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS (R.D. 1393/2007, de 29 de octubre) INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS

Más detalles

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Mayo 2015 SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de

Más detalles

Las Enseñanzas Artísticas Superiores en el Espacio Europeo de Educación Superior 1

Las Enseñanzas Artísticas Superiores en el Espacio Europeo de Educación Superior 1 Las Enseñanzas Artísticas Superiores en el Espacio Europeo de Educación Superior 1 2. PRINCIPALES ELEMENTOS EN LA ADAPTACION AL EEES En la primera entrega de esta serie de artículos sobre el desarrollo

Más detalles

NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER

NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establecía la ordenación de las enseñanzas

Más detalles

CRITERIOS DE ADMISIÓN Y SELECCIÓN DE ESTUDIANTES

CRITERIOS DE ADMISIÓN Y SELECCIÓN DE ESTUDIANTES Máster Universitario en Investigación en Ingeniería Eléctrica, Electrónica y Control Industrial (M-IEECI) CRITERIOS DE ADMISIÓN Y SELECCIÓN DE ESTUDIANTES Documento: Criterios de admisión y selección de

Más detalles

DECLARACIÓN DE VALENCIA

DECLARACIÓN DE VALENCIA DECLARACIÓN DE VALENCIA SOBRE EL RECONOCIMIENTOY TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ENTRE LAS TITULACIONES DE DIPLOMADO Y GRADO EN ENFERMERÍA 5 de febrero de 2009 El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, por

Más detalles

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. Esta guía trata de resumir la nueva normativa (Orden 2694/2009 de

Más detalles

Dobles Titulaciones Internacionales. Vicerrectorado de Relaciones Internacionales Universidad Miguel Hernández de Elche

Dobles Titulaciones Internacionales. Vicerrectorado de Relaciones Internacionales Universidad Miguel Hernández de Elche Dobles Titulaciones Internacionales Vicerrectorado de Relaciones Internacionales Universidad Miguel Hernández de Elche Qué es una doble titulación? Acuerdo entre universidades para que estudiantes de ambas

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de los Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Miguel Hernández. Con el objeto de adecuar la Normativa

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS Reglamento de Practicas Académicas Externas de la Escuela Técnica superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. (Aprobada por Junta de Escuela de 16 de Abril de 2014) Se consideran prácticas académicas

Más detalles

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER)

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) V.01.02/12/10 Página 2 de 17 Para facilitar la labor que desarrollan los evaluadores, nombrados por AGAE, en el proceso

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA

REGLAMENTO SOBRE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA REGLAMENTO SOBRE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA (Aprobada por el Consejo de Gobierno de fecha 29 de enero de 2013 a propuesta de Comisión de Postgrado el 18 de enero

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA PARA LOS TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA PARA LOS TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA PARA LOS TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE

Más detalles

1º CURSO 1º SEMESTRE 1º CURSO 2º SEMESTRE 2º CURSO 1º SEMESTRE

1º CURSO 1º SEMESTRE 1º CURSO 2º SEMESTRE 2º CURSO 1º SEMESTRE Tabla 10.2. Tabla de equivalencia entre asignaturas de Especialidad en Electrónica al. 1º CURSO 1º SEMESTRE FB Matemáticas I 6 Matemáticas I 6 5434 FB Física I 6 Física Mecánica 6 5102 Fundamentos Químicos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 29 Martes 3 de febrero de 2015 Sec. I. Pág. 8088 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 943 Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto

Más detalles

MODELO DE PROGRAMA DE DOCTORADO UPM

MODELO DE PROGRAMA DE DOCTORADO UPM MODELO DE PROGRAMA DE DOCTORADO UPM Preámbulo El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, obliga a la reforma de la oferta

Más detalles

REGLAMENTO DE POSTGRADO OFICIAL DE LA UPM

REGLAMENTO DE POSTGRADO OFICIAL DE LA UPM REGLAMENTO DE POSTGRADO OFICIAL DE LA UPM El objeto del presente Reglamento es desarrollar el R.D. 56/ 2005, de 21 de enero, sobre estudios universitarios oficiales de postgrado, con el fin de precisar

Más detalles

Normativa para el Reconocimiento y Transferencia de Créditos en Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Politécnica de Valencia

Normativa para el Reconocimiento y Transferencia de Créditos en Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Politécnica de Valencia Normativa para el Reconocimiento y Transferencia de Créditos en Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Politécnica de Valencia 1. INTRODUCCIÓN El Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, ha

Más detalles

DIRECTRICES DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL CURSO 2013-2014

DIRECTRICES DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL CURSO 2013-2014 DIRECTRICES DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL CURSO 2013-2014 1. Objetivo El objetivo de estas documento es desarrollar las Directrices sobre el Trabajo de Fin de Grado (en adelante

Más detalles

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.2 Consejo de Gobierno 1.2.5. Vicerrectorado de Estudios de Grado Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de julio

Más detalles

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso 2015-16)

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso 2015-16) NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS (MBA) (Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso 2015-16) (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la

Más detalles

Grado en Enfermería. 4.1.1. Vías y requisitos de acceso al título y perfil de ingreso recomendado

Grado en Enfermería. 4.1.1. Vías y requisitos de acceso al título y perfil de ingreso recomendado 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES 4.1. Sistemas de información previa a la matriculación y procedimientos accesibles de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación

Más detalles

1. ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO DEL CURSO 2015-2016

1. ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO DEL CURSO 2015-2016 ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE DOCTORADO CURSO 2015-2016 1. ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO DEL CURSO 2015-2016 La relación de programas de Doctorado de la Universidad Complutense

Más detalles

NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA

NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de julio de 2015) Si lo desea, seleccione con el cursor el apartado

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE COMPETENCIAS TRANSVERSALES Y PROFESIONALES DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE COMPETENCIAS TRANSVERSALES Y PROFESIONALES DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento de Competencias Transversales y Profesionales de los Títulos de Grado de la Universidad Miguel Hernández de Elche. De acuerdo a las modificaciones

Más detalles

NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Preámbulo La Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) tiene entre sus

Más detalles

Escuela Politécnica Superior de Mondragon Unibertsitatea. Normativa Académica. Estudios de Grado CURSO 2013-14

Escuela Politécnica Superior de Mondragon Unibertsitatea. Normativa Académica. Estudios de Grado CURSO 2013-14 Escuela Politécnica Superior de Mondragon Unibertsitatea Normativa Académica Estudios de Grado CURSO 2013-14 ARRASATE, DICIEMBRE DE 2012 Indice INDICE I. INTRODUCCIÓN... 3 II. CONCEPTOS... 4 III. CARACTERÍSTICAS

Más detalles

4.5 Curso de Adaptación. VerificaMemoriaGrado011208V2. UVa. 1. Justificación General:

4.5 Curso de Adaptación. VerificaMemoriaGrado011208V2. UVa. 1. Justificación General: 4.5 Curso de Adaptación 1. Justificación General: El Curso de Complementos Formativos (CCF) del Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos (Facultad de Ciencias del Trabajo de Palencia, Facultad

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012)

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado

Más detalles

Requisitos de acceso.

Requisitos de acceso. SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL y UNIVERSIDADES DIRECCION GENERAL DE EVAlUACiÓN Y dispuesto en la Orden ECI/994/2008, de 2 de abril, por la que se establecen las normas que han

Más detalles

Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental. Preámbulo

Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental. Preámbulo Directrices Específicas Trabajo Fin de Grado Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental Preámbulo El plan de estudios del Grado en Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental de la de la de Elche establece

Más detalles

NORMATIVA DE MATRÍCULA Y PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA ESERP, centro adscrito a la UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

NORMATIVA DE MATRÍCULA Y PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA ESERP, centro adscrito a la UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS NORMATIVA DE MATRÍCULA Y PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA ESERP, centro adscrito a la UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS La entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que

Más detalles

ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES PREÁMBULO

ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES PREÁMBULO REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA DE EXTINCIÓN DE TÍTULOS OFICIALES ESTABLECIDOS AL AMPARO DEL REAL DECRETO 1393/2007, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2014 MÁSTER UNIVERSITARIO EN DIRECCIÓN DE PROTOCOLO, PRODUCCIÓN, ORGANIZACIÓN Y DISEÑO DE EVENTOS Facultad de Ciencias

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Acuerdo de 27 de mayo de 2014, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por la que se establece el procedimiento de admisión, los criterios de valoración y el orden de prelación en la adjudicación

Más detalles

En ningún caso se reconocerán los créditos correspondientes al trabajo final de máster.

En ningún caso se reconocerán los créditos correspondientes al trabajo final de máster. Normas para el reconocimiento y para la transferencia de créditos en las enseñanzas oficiales de máster universitario de la Universidad de Barcelona (Aprobadas por el Consejo de Gobierno de 7 de febrero

Más detalles

TÍTULO 1. ESTANCIA DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS.

TÍTULO 1. ESTANCIA DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS. REGLAMENTO DE ESTANCIAS INTERNACIONALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Europea de Madrid en su interés por proporcionar una formación integral, adaptada a las necesidades presentes y futuras de nuestra

Más detalles

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos Mayo 2015 SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 126 de 2-vi-2014 1/6 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Universidad de Oviedo Acuerdo de 23 de mayo de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se establece

Más detalles

Tabla 10.2. Tabla de equivalencia entre asignaturas de Ingeniería Técnica en Informática de Gestión al Grado en Ingeniería Informática. Créd LRU.

Tabla 10.2. Tabla de equivalencia entre asignaturas de Ingeniería Técnica en Informática de Gestión al Grado en Ingeniería Informática. Créd LRU. El proceso de adaptación de los estudiantes de la actual Ingeniería Técnica en Informática de Gestión al título de grado en Ingeniería Informática se realizará a requerimiento de los propios estudiantes

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS

REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS (Texto íntegro resultante de las modificaciones aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2003).

Más detalles

apartado 5.1 del Plan de Estudios de la UCM verificado por el Consejo de Universidades

apartado 5.1 del Plan de Estudios de la UCM verificado por el Consejo de Universidades INFORMACIÓN SOBRE LOS MÓDULOS, MATERIAS Y ASIGNATURAS DEL GRADO EN PEDAGOGÍA Explicación general de la planificación del Plan de estudios A continuación se adjunta el apartado 5.1 del Plan de Estudios

Más detalles

Verificado por el Consejo de Universidades Pendiente de autorización por la Comunidad Autónoma

Verificado por el Consejo de Universidades Pendiente de autorización por la Comunidad Autónoma PROGRAMA DE DOCTORADO EN TECNOLOGIAS INDUSTRIALES Y MATERIALES POR LA UNIVERSITAT JAUME I Verificado por el Consejo de Universidades Pendiente de autorización por la Comunidad Autónoma COORDINACIÓN DEL

Más detalles

NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN

NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN (Consejo de Gobierno de 17 de Diciembre de 2004, modificada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007) El Real Decreto

Más detalles

ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9

ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9 ANEXO III.- PROPUESTA GRUPO DE UNIVERSIDADES G9 ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Y DEL GRUPO G-9 DE UNIVERSIDADES, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS

Más detalles

Aprobada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2014

Aprobada en sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2014 NORMATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y EL ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES

Más detalles

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno num. 30 de

Más detalles

UNIVERSIDAD DE JAÉN Curso académico 2008/2009. MÁSTER OFICIAL

UNIVERSIDAD DE JAÉN Curso académico 2008/2009. MÁSTER OFICIAL UNIVERDAD DE JAÉN Qué es un Máster? Los estudios de máster tienen como objetivo la formación avanzada, especializada o multidisplinar, dirigida a una especialización académica o profesional o bien la iniciación

Más detalles

NOTA INFORMATIVA PREVIA

NOTA INFORMATIVA PREVIA Homologación de títulos extranjeros de educación superior por la Universitat de València (al amparo del Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo) NOTA INFORMATIVA PREVIA El artículo 6. 2 d) del Real Decreto

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria

Más detalles

FACULTAD DE COMERCIO Y TURISMO UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID PRÁCTICAS EN EMPRESAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO

FACULTAD DE COMERCIO Y TURISMO UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID PRÁCTICAS EN EMPRESAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO PRÁCTICAS EN EMPRESAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO Las prácticas en empresas configuran una parte importante de los nuevos planes de Grado. Tanto en el Grado en Comercio como en el Grado en Turismo, la asignatura

Más detalles

Proyecto de Fin de Master Master en Ingeniería Electrónica

Proyecto de Fin de Master Master en Ingeniería Electrónica Proyecto de Fin de Master Master en Ingeniería Electrónica 1.- INTRODUCCIÓN El objetivo general del Proyecto Fin de Master es la realización de un trabajo basado en los conocimientos adquiridos por los

Más detalles

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE (INEF) C/ Martín Fierro, 7 28040 Madrid

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE (INEF) C/ Martín Fierro, 7 28040 Madrid NORMAS E INSTRUCCIÓNES ESPECÍFICAS PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA MATRÍCULA GRADO EN CIENCIAS DEL DEPORTE CURSO 2015/16 1 GRADO EN CIENCIAS DEL DEPORTE El objetivo general del Grado en Ciencias del Deporte

Más detalles

MÁSTER UNIVERSITARIO EN

MÁSTER UNIVERSITARIO EN MÁSTER UNIVERSITARIO EN Título oficial: Máster Universitario en Ingeniería informática por la Universidad Pública de Navarra Rama de conocimiento: Ingeniería y Arquitectura Centro responsable: Escuela

Más detalles

9.4. NORMAS ESPECÍFICAS DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN FUNCIÓN DE LOS ESTUDIOS PREVIOS SUPERADOS

9.4. NORMAS ESPECÍFICAS DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN FUNCIÓN DE LOS ESTUDIOS PREVIOS SUPERADOS 9.4. NORMAS ESPECÍFICAS DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN FUNCIÓN DE LOS ESTUDIOS PREVIOS SUPERADOS 9.4.1. Estudios cursados en enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de Educación

Más detalles

NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PREÁMBULO. SECCIÓN 1ª. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 1. Objeto. El presente reglamento tiene como

Más detalles

PROCESOS PARA LA COMUNICACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS DE GRADO Y MÁSTER

PROCESOS PARA LA COMUNICACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS DE GRADO Y MÁSTER PROCESOS PARA LA COMUNICACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS DE GRADO Y MÁSTER Procesos aprobados por la Comisión de Evaluación de la Calidad el 11 de abril

Más detalles

COMUNICADO A ESTUDIANTES DE GRADO Y DOBLE GRADO SOBRE PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES CURSO ACADÉMICO 2015-2016. Índice:

COMUNICADO A ESTUDIANTES DE GRADO Y DOBLE GRADO SOBRE PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES CURSO ACADÉMICO 2015-2016. Índice: COMUNICADO A ESTUDIANTES DE GRADO Y DOBLE GRADO SOBRE PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES CURSO ACADÉMICO 2015-2016 Índice: 1.- Denominación... 1 2.- Objetivo de las prácticas... 1 3.- Opciones... 1 4.- Requisitos

Más detalles

ANEXO I. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.

ANEXO I. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Más detalles

PREÁMBULO CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES

PREÁMBULO CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Acuerdo de 11 de septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se aprueba el Reglamento de los trabajos de fin de grado y de fin de máster en la Universidad de Zaragoza. PREÁMBULO

Más detalles

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso 2015-16)

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso 2015-16) NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN CUIDADOS PALIATIVOS (Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso 2015-16) (Aprobadas por la Junta de Gobierno con fecha 27 de septiembre

Más detalles

Máster Universitario en Ingeniería Industrial por la Universidad de Salamanca.

Máster Universitario en Ingeniería Industrial por la Universidad de Salamanca. Máster Universitario en Ingeniería Industrial por la Universidad de Salamanca. El Máster Universitario en Ingeniería Industrial de la ETSII es un Máster Universitario de carácter presencial que se plantea

Más detalles

Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales

Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales ACCESO A LOS ESTUDIOS Número de plazas ofrecidas: 25 Criterios de selección Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales De acuerdo con el RD 39/1997, de 17 de enero y con el RD 1393/2007, de

Más detalles

Grado en Criminología y Seguridad

Grado en Criminología y Seguridad Grado en Criminología y Seguridad Datos del título Denominación del Título: Graduado o Graduada en Criminología y Seguridad por la Universidad de Cádiz Rama de Conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN SANITARIA

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN SANITARIA Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2014 MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN SANITARIA Facultad de Ciencias de la Salud y de la Educación UDIMA INFORMACIÓN PUBLICA

Más detalles

La Universidad en Internet

La Universidad en Internet NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010

REGLAMENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010 REGLAMENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010 El Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación

Más detalles

NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN DERECHO DE LA EMPRESA

NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN DERECHO DE LA EMPRESA NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN DERECHO DE LA EMPRESA (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de julio de 2015) Si lo desea, seleccione con el cursor el apartado

Más detalles

ACUERDO. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra

ACUERDO. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y EL ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO PARA DETERMINADAS

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO 2660 RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2014, de la Vicerrectora de Estudios de Grado e Innovación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea,

Más detalles

GUÍA SOBRE RECONOCIMIENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS EN LA ETSII DE LA UPCT PARA TITULACIONES DE GRADO Y MÁSTER CON ATRIBUCIONES PROFESIONALES

GUÍA SOBRE RECONOCIMIENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS EN LA ETSII DE LA UPCT PARA TITULACIONES DE GRADO Y MÁSTER CON ATRIBUCIONES PROFESIONALES Versión 3 GUÍA SOBRE RECONOCIMIENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS EN LA ETSII DE LA UPCT PARA TITULACIONES DE GRADO Y MÁSTER CON ATRIBUCIONES PROFESIONALES En cumplimiento del Real Decreto 1707/2011,

Más detalles

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS

Más detalles

MÁSTER UNIVERSITARIO EN INGENIERIA INDUSTRIAL

MÁSTER UNIVERSITARIO EN INGENIERIA INDUSTRIAL Impartido por la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de la UNED PREGUNTAS DE INFORMACIÓN GENERAL Curso 2014 2015 1. Qué titulación se obtiene cuando se superan todos los créditos del Máster

Más detalles

TÍTULO VI: TRABAJO FIN DE GRADO

TÍTULO VI: TRABAJO FIN DE GRADO TÍTULO VI: TRABAJO FIN DE GRADO 1 TRABAJO FIN DE GRADO 1.1 Objeto y ámbito de aplicación 1. Esta normativa contiene las directrices relativas a la definición, realización, defensa, calificación y tramitación

Más detalles

RESUELVO. Primero. Elección de área de conocimiento y profesores responsables del Prácticum

RESUELVO. Primero. Elección de área de conocimiento y profesores responsables del Prácticum RESOLUCIÓN DEL DECANO DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA DE 13 DE JULIO DE 2015, SOBRE NORMAS PARA EL DESARROLLO DE LA ASIGNATURA PRÁCTICUM DE LA LICENCIATURA EN DERECHO

Más detalles

INFORME FINAL EVALUACIÓN PARA RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN

INFORME FINAL EVALUACIÓN PARA RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN EXPEDIENTE Nº: 4311841 FECHA: 20/01/2015 INFORME FINAL EVALUACIÓN PARA RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN Denominación del Título Universidad (es) Centro (s) donde se imparte Menciones/Especialidades que se

Más detalles

INSTRUCCIONES. Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes. Primera Ámbito de aplicación

INSTRUCCIONES. Por todo ello esta Dirección General ha resuelto dictar las presentes. Primera Ámbito de aplicación Ref: 49/133432.9/14 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LOS ALUMNOS EN PROGRAMAS AUTORIZADOS

Más detalles

Universidad CEU-Cardenal Herrera

Universidad CEU-Cardenal Herrera MEMORIA DE VERIFICACIÓN PROGRAMA DE DOCTORADO EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS Y DE LA ADMINISTRACIÓN FACULTAD DE DERECHO EMPRESA Y CIENCIAS POLÍTICAS Universidad CEU-Cardenal Herrera Requisitos de acceso

Más detalles

LA NUEVA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS

LA NUEVA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS LA NUEVA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS R.D. 1393/2007, de 29 de Octubre (BOE nº 260 de martes 30 de octubre de 2007) IES de TAFIRA DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN EL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN

Más detalles

INFORMACIÓN ADICIONAL

INFORMACIÓN ADICIONAL INFORMACIÓN ADICIONAL Requisitos académicos para estudios de nivel no universitario. 7.1. Para obtener beca o ayuda en los estudios de Enseñanzas Medias es preciso para el curso 2011-2012 haber promocionado

Más detalles

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE BARCELONA PARA ESTUDIANTES QUE CURSAN GRADOS Y MÁSTERES UNIVERSITARIOS

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE BARCELONA PARA ESTUDIANTES QUE CURSAN GRADOS Y MÁSTERES UNIVERSITARIOS Aprobada por: Comisión Académica de Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2012 Consejo de Gobierno de 8 de mayo de 2012 Consejo Social de 26 de julio de 2012 Informada por: Claustro de la Universitat de

Más detalles

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado

Más detalles