ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 25 DE MARZO DE 2011 TOKIKO GOBERNU BATZARRAK 2011KO MARTXOAREN 25EAN EGINDAKO BILKURAREN AKTA

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1 ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 25 DE MARZO DE 2011 TOKIKO GOBERNU BATZARRAK 2011KO MARTXOAREN 25EAN EGINDAKO BILKURAREN AKTA PRESIDENTE /LEHENDAKARIA: Excmo. Sr. D. Patxi Lazcoz Baigorri jauna. CONCEJALES /ZINEGOTZIAK D. Juan Carlos Alonso Ramírez de la Peciña jauna (PSE-EE) Dª María Ángeles Gutiérrez Ondarza andrea (PSE-EE) D. Peio López de Munain López de Luzuriaga jauna (PSE-EE) Dª Mª Isabel Martínez Díaz de Zugazua andrea (PSE-EE) D. Joaquín Esteban Sánchez jauna (PSE-EE) D. José Manuel Bully Espinosa jauna (PSE-EE). CONCEJALA SECRETARIA / ZINEGOTZI IDAZKARIA: Dª Maite Berrocal Cebrian andrea. En la Casa Consistorial de la Ciudad de Vitoria-Gasteiz, siendo las 8:00 horas del día 25 de marzo de 2011, se reunió en sesión ordinaria la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL bajo la Presidencia del Excmo. Sr. Alcalde- Presidente, Don Patxi Lazcoz Baigorri, con asistencia de los Concejales miembros que más arriba se indican, encontrándose asimismo presente la Concejala Secretaria de la misma, Dª Maite Berrocal Cebrian, que da fe del acto. Vitoria-Gasteizko udaletxean, 2011ko martxoaren 25ean, 8:00 zirela, TOKIKO GOBERNU BATZARRA bildu da ohiko bilkuran, Patxi Lazcoz Baigorri alkate lehendakaria batzarburu zela, eta goian aipatzen diren zinegotzi batzordekideak bertan izanik. Bertan zen, orobat, zinegotzi idazkaria, Maite Berrocal Cebrian andrea, zeinek ematen baitu bilkuran jazotakoaren fede.

2 No asiste la Sra. Cañadas Mora (PSE-EE), que justifica su ausencia. Ez da bertan izan Cañadas Mora andrea (PSE-EE), zeinek agertu ezina azaldu baitu. Abierta la sesión por la Presidencia, se trataron los siguientes asuntos: Batzordeburuak bilkurari hasiera eman diolarik, honako gai hauek aztertu dira: Nº 1 ASUNTO: LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. Leída el Acta de la sesión anterior, celebrada el día 18 de marzo de 2011, queda aprobada por unanimidad de los asistentes. A continuación, se trataron los asuntos y adoptaron los acuerdos siguientes, aprobándose y haciendo suyos, con el resultado que se expresa en ellos, los siguientes dictámenes y propuestas, cuyo texto íntegro o parte dispositiva a continuación se transcriben:...//...

3 AREA DE ASUNTOS SOCIALES

4 Nº 2 ASUNTO: Prórroga del Convenio de colaboración con la Asociación de Vecinos de Abetxuko para el desarrollo del Proyecto Casa de Iniciativas de Abetxuko consistente en la realización de talleres de inserción socio-laboral. En sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local con fecha 22 de julio de 2005 se aprobó la firma de un Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la Asociación de Vecinos Uribe- Nogales de Abetxuko, inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas con el número 148, para el desarrollo del Proyecto Casa de Iniciativas de Abetxuko consistente en la realización de talleres de inserción socio-laboral en los locales del antiguo centro escolar Luis Eusebio de Abetxuko de propiedad municipal hasta el 31 de diciembre de Estando prevista en el Convenio la posibilidad de prórroga por periodos anuales, se ha venido prorrogando el mismo con carácter anual hasta el 31 de diciembre de Durante el año 2010 se han realizado tres talleres, acompañados de orientación sobre recursos y la coordinación con las/os trabajadoras/es sociales. Las actividades concretas de inserción socio-laboral que se han desarrollado en el marco de este Convenio, dirigidas preferentemente a los/as vecinos/as del barrio de Abetxuko en situación o riesgo de exclusión social, han sido las siguientes: 1. El desarrollo de un taller de formación ocupacional de trabajo en madera, en el que han participado de forma continua un total de 31 personas. 2. El desarrollo de un taller de formación ocupacional de trabajo en jardinería, en el que han participado de forma continua un total de 26 personas. 3. El desarrollo de un taller de informática, en el que han participado 16 personas. Considerando de interés el mantenimiento de las actividades desarrolladas para favorecer la inserción socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social y estimando adecuada la labor desarrollada por la Asociación, por los Servicios técnicos del Departamento de Intervención Social se ha emitido informe-propuesta de prórroga del Convenio durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, con una aportación económica municipal de ,00. Existe consignación presupuestaria suficiente para hacer frente a dicho gasto en la partida del presupuesto municipal para 2011.

5 Visto el artículo 127,1 g) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local y el artículo 5,1º de la Ordenanza Municipal de Subvenciones de fecha 17 de junio de 2005, el Concejal- Delegado del Area de Asuntos Sociales, a la Junta de Gobierno Local, eleva la siguiente: PROPUESTA DE ACUERDO: 1º.- Aprobar la prórroga del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la Asociación de Vecinos Uribe-Nogales de Abetxuko para el desarrollo del Proyecto Casa de Iniciativas de Abetxuko, consistente en la realización de talleres de inserción socio-laboral en los locales del antiguo centro escolar Luis Eusebio de Abetxuko durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, con una aportación económica municipal de ,00, con cargo a la partida del presupuesto municipal para º.- Comunicar a los interesados el presente Acuerdo. No obstante Uds. decidirán como mejor estimen En Vitoria-Gasteiz, a 28 de febrero de EL CONCEJAL-DELEGADO DEL AREA DE ASUNTOS SOCIALES QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

6 AREA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

7 Nº 3 ASUNTO: RESOLUCIÓN DE NO CONCESIÓN DE AYUDA A LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS ORGANIZADAS POR AMPAS, CURSO 2010/2011 En Sesión Ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local con fecha 30 de julio de 2010, se aprobaron la convocatoria y las bases de la convocatoria para la concesión de ayudas a la realización de actividades extraescolares durante el curso 2010/2011 promovidas por las asociaciones de madres y padres de centros docentes no universitarios del Municipio de Vitoria- Gasteiz, con un presupuesto de ,00 euros. De conformidad con las bases que regulan la convocatoria, han sido excluidas las actividades siguientes: Las de carácter deportivo, tales como, gimnasia rítmica, roller, autodefensa, taekwondo, aerobic, multideporte, multiactividad, karate, patinaje sobre hielo. Las consideradas de apoyo o refuerzo como informática, inglés, euskera, francés. Los viajes, ya sean de fin de curso como de cualquier naturaleza, como los culturales, las excursiones al Planetario de Pamplona, museo Zumalakarregui, salidas a granjas, salidas a museos (Guggenheim, Artium, Bibat), o las rutas por monasterios (La Rioja, Suso, Yuso) o cuevas. Si bien los viajes están exluidos de la subvención, no así la actividad que genere este gasto (entradas a museos por ejemplo). Por lo tanto, las AMPAS que realicen viajes culturales programados con una actividad concreta podrán obtener financiación en relación a este extremo. Como consecuencia de lo anterior, hay tres AMPAS cuyas solicitudes no se han admitido: a) CEPS Jesús Obero, AMPA Padre Arrupe, ya que las actividades para las que solicita subvención (edición de libro, después de espacios de conversación y especie de libro de ensayo sobre palabras, términos, situaciones, inquietudes etc, no se consideran actividades extraescolares propiamente dichas. b) IES Koldo Mitxelena, AMPA Bastobi, ya que la actividad para la que solicita subvención, jornadas audiovisuales de montaña, tiene el carácter de actividad deportiva, y por lo tanto queda excluida de la convocatoria. c) CPIPS Nazareth, AMPA Nazareth, ya que las actividades para las que solicita subvención son estrictamente viajes (a Dax, a Sant Lary, a Paris, fin de curso), excluidos de la convocatoria y fiesta del colegio, por no ser actividad extraescolar propiamente dicha.

8 Visto el Decreto de Alcaldía de 18 de junio de 2007 sobre delegación de competencias, la Concejala del Departamento de Educación, eleva a la Junta de Gobierno Local la siguiente: PROPUESTA DE ACUERDO: 1. Desestimar la solicitud de ayudas para la realización de ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS, CURSO 2010/2011 a la AMPA Padre Arrupe, AMPA Bastobi, AMPA Nazareth, ya que las actividades que presentan están excluidas en las propias bases reguladoras de la convocatoria. 2. Notificar dicho acuerdo a todos los interesados. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente al de su notificación y contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación presunta del recurso. En Vitoria-Gasteiz, a 18 de marzo de 2011 LA CONCEJALA DELEGADA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

9 Nº 4 ASUNTO: ESTIMACIÓN DEL RECURSO DE REPOSICIÓN PRESENTADO POR DISTISTOS INTERESADOS CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN DE COMEDOR PARA EL ALUMNADO DE CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO DE VITORIA-GASTEIZ, CURSO 2010/2011. ASUNTO RESERVADO.

10 Nº 5 ASUNTO: APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN ALAVESA DE MONTAÑA Y EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE ACERCAMIENTO A LA MONTAÑA 2011 Tradicionalmente el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha venido colaborando con la Federación Alavesa de Montaña y el tejido asociativo alavés dirigido a los deportes de montaña en la promoción de este deporte a través de actividades abiertas a toda la población, actividades que supongan una opción más de tiempo libre y hábito de salud para los ciudadanos y ciudadanas de Vitoria-Gasteiz, promocionando al mismo tiempo el aprovechamiento adecuado del medio natural. El Departamento municipal de Deporte propone la renovación de la colaboración con la Federación Alavesa de Montaña para la organización y desarrollo de la campaña de acercamiento a la montaña denominada TODOS AL MONTE (XXIII EDICION). En el vigente presupuesto del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz está prevista nominativamente una subvención a favor de la Federación Alavesa de Montaña dentro del crédito consignado en el Capítulo 4 por importe de 7.203,90. El artículo 13 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones dispone que los convenios sean el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos del Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz y que los convenios establezcan las condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo previsto en dicha Ordenanza y resto de normas de general aplicación. Por todo lo expuesto Existiendo consignación económica adecuada y suficiente en la partida 2011/ Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno local de 20 de junio de 2007 sobre Delegación de Competencias, la Concejala Delegada del Área de Educación, Cultura y Deportes, eleva a la Junta de Gobierno la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO: APROBAR LA FORMALIZACIÓN DEL CONVENIO de colaboración con la Federación Alavesa de Montaña para la Organización y Desarrollo de la Campaña Todos Al Monte (XXIII Edición), con una subvención de 7.203,90 para el que existe consignación económica en la partida 2011/1210/4521/481.10; facultando al Alcalde para su firma. SEGUNDO: Autorización y disposición de 7.203,90 con cargo a la partida 2011/1210/4521/

11 TERCERO: Notificar el presente acuerdo a la Federación Alavesa de Montaña, determinando fecha y hora para su formalización No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen En Vitoria-Gasteiz, a 15 de Marzo de 2011 LA CONCEJALA DELEGADA DEL AREA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

12 Nº 6 Número de Expediente: 2009/CONASO0117 ASUNTO: MODIFICACION DE CONTRATO DEL CONTRATO DE EJECUCION DE LOS PROGRAMAS DE DEPORTE UTILITARIO,INICIACION DEPORTIVA Y MATENIMIENTO FISICO A TRAVES DEL DEPORTE y En sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local en la fecha de 10 de abril de 2009, se aprobó el expediente de contratación de EJECUCION DE LOS PROGRAMAS DE DEPORTE UTILITARIO,INICIACION DEPORTIVA Y MATENIMIENTO FISICO A TRAVES DEL DEPORTE. El presupuesto aprobado al efecto fue de ,77 euros IVA incluido ( ,95 sin Iva).El plazo de ejecución es de 1 OCTUBRE 2009 A 30 DE SEPTIEMBRE 2011, (temporadas 2009 a 20011) y esta integrado por un total de 14 lotes ( G1,G2,G3,G4,G5,G6, G7 y P1,P2,P3,P4,P5,P6 y P7). El procedimiento de adjudicación aprobado fue ABIERTO. Por Acuerdo de la Junta de Gobierno local de 4 de Septiembre de 2009 se adjudicó definitivamente y el 9 de Septiembre de 2009 se formalizo el contrato de EJECUCION DE LOS PROGRAMAS DE DEPORTE UTILITARIO,INICIACION DEPORTIVA Y MATENIMIENTO FISICO A TRAVES DEL DEPORTE a las siguientes empresas y por los siguientes Lotes : Lotes G1, G2, G5, G6,P1, P2, P5 y P6 a AITEKOMANAGEMENT, S.L. con C.I.F. B , por una cuantia total de ,99 euros IVA incluido ( ,41 euros IVA no incluido) por un plazo de ejecución 1 de octubre de 2009 al 30 de septiembre de 2011(temporadas 2009 a 20011). Lotes G3, G4, G7, P3, P4 y P7 a DISPORT EKI S.L. con C.I.F. B , por una cuantia total de ,74 euros IVA incluido ( ,43 euros IVA no incluido) con un plazo de ejecución de 1 de octubre de 2009 al 30 de septiembre de 2011(temporadas 2009 a 20011). Asi las cosas, los lotes P5 y P6 fueron adjudicados a la empresa AITEKOMANAGEMENT, S.L. con C.I.F. B , por una cuantia de ,48 euros y ,34 euros respectivamente para el periodo y y en lo que afecta a horas a prestar durante 2011, por cuantia de ,46 euros sin Iva y ,20 euros sin Iva respectivamente. Mediante informe de Tecnica del Servicio de Programacion del Departamento de Deportes, de 28 de febrero de 2011, se motiva la necesidad en: La mayor demanda de determinados cursos en algunas zonas de la ciudad sobre todo en el sector correspondiente a la población infantil, ha derivado en una mayor oferta de cursos de natación bebés, matronatación y natación infantil lo que ha generado un mayor número de horas para el año 2011 respecto a las que se previeron cuando se contrató el programa. Así las cosas se hace

13 necesario iniciar los tramites para la modificación de los lotes P5 y P6 motivado en razón de interés público y para atender causas imprevistas del contrato...lote P5 por 7.662,03 (IVA incluido), y... lote P6 por cuantía 4.171,59 (IVA incluido) con cargo a la partida , al objeto de impartir 488:00 horas más de las previstas en la temporada 2010/11. Cosideraciones juridicas:.- Conforme a clausula 28 del pliego administrativo del mencionado contrato: MODIFICACIONES DEL CONTRATO y en el mismo sentido, el articulo 202 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razones de interés público en los elementos que lo integran, siempre que sean debidas a necesidades imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 194, 202 y 217 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre..- Conforme a articulo 194 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta..-conforme a articulo 195 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Procedimiento de ejercicio.1. En los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato deberá darse audiencia al contratista.4. Los acuerdos que adopte el órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos..- Conforme a articulo 102 del RD 1098/2001.Procedimiento para las modificaciones. Cuando sea necesario introducir alguna modificación en el contrato, se redactará la oportuna propuesta integrada por los documentos que justifiquen, describan y valoren aquélla. La aprobación por el órgano de contratación requerirá la previa audiencia del contratista y la fiscalización del gasto correspondiente..- Conforme a articulo 87 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Constitución, reposición y reajuste de garantías, punto 3. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación..-conforme a articulo 97 de Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Ley 30/2007, Resolución de incidencias surgidas en la ejecución de los contratos. Con carácter general, salvo lo establecido en la legislación de contratos de las Administraciones públicas para casos específicos, cuantas incidencias surjan entre la Administración y el

14 contratista en la ejecución de un contrato por diferencias en la interpretación de lo convenido o por la necesidad de modificar las condiciones contractuales, se tramitarán mediante expediente contradictorio, que comprenderá preceptivamente las actuaciones siguientes: 1. Propuesta de la Administración o petición del contratista. 2. Audiencia del contratista e informe del servicio competente a evacuar en ambos casos en un plazo de cinco días hábiles. 3. Informe, en su caso, de la Asesoría Jurídica y de la Intervención, a evacuar en el mismo plazo anterior. 4. Resolución motivada del órgano que haya celebrado el contrato y subsiguiente notificación al contratista. Existiendo crédito suficiente para la financiación de esta modificación con cargo a la partida Habiéndose dado Audiencia por periodo de 5 días a la empresa, mediante notificación de 15 de Marzo de 2011 y no habiéndose alegado cosa alguna a las condiciones de modificación de contrato, consistentes...en impartir 488:00 horas más de servicio que las inicialmente calculadas, a ejecutar en la temporada 2010/11,por cuantia de ,62 IVA incluido... Por todo ello Vista la Disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la Concejala-Delegada del Área de Educación, Cultura y Deportes a la Junta de Gobierno Local formula la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCION : PRIMERO: Aprobar la modificacion del contrato de EJECUCION DE LOS PROGRAMAS DE DEPORTE UTILITARIO,INICIACION DEPORTIVA Y MATENIMIENTO FISICO A TRAVES DEL DEPORTE ( adjudicada a la empresa, a la empresa AITEKOMANAGEMENT, S.L. con C.I.F. B ) en cuantia de ,62 euros iva incluido, correspondientes a :lote P5 ( 7.662,03 IVA incluido correspondientes a 313 horas ), y lote P6 (4.171,59 IVA incluido correspondientes a 175 horas), al objeto de impartir 488:00 horas más de las previstas en la temporada 2010/11, motivado en razón de interés público y para atender a causas imprevistas ( mayor demanda de determinados cursos en algunas zonas de la ciudad sobre todo en el sector correspondiente a la población infantil), en las condiciones del informe informe de Tecnica del Servicio de Programacion del Departamento dedeportes, de 28 de febrero de SEGUNDO: El adjudicatario, en plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución deberá depositar la cantidad correspondiente al 5% del precio de la modificación IVA excluido, en euros en concepto de reajuste de garantía definitiva mediante la presentación de carta de pago expedida por Tesorería y personarse en el Departamento de Deportes, sito en Amadeo Gcia Salazar nº 3, a efectos de

15 presentar el justificante de la garantía y del abono de los gastos del Anuncio de Licitación en los Boletines Oficiales correspondientes. TERCERO: La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación presunta del recurso. No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen. En Vitoria-Gasteiz, a 22 de Marzo de 2011 LA CONCEJALA-DELEGADA DEL ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

16 Nº 7 Número de Expediente: 2009/CONASO0497 ASUNTO: MODIFICACION DE CONTRATO DE SOCORRISMO ACUATICO PISCINA C.C IBAIONDO TEMPORADAS Y 2010 A 2011 Antecedentes: En sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local en la fecha de 23 de octubre de 2009, se aprobó el expediente de contratación de SOCORRISMO ACUATICO PISCINA C.C IBAIONDO TEMPORADAS Y 2010 A El presupuesto aprobado al efecto fue de ,31 euros IVA incluido. El plazo de ejecución es de 1 FEBRERO DE 2010 A 30 SEPTIEMBRE 2011.El procedimiento de adjudicación aprobado fue ABIERTO. Por la Junta de Gobierno Local se adjudicó definitivamentecon fecha de y se formalizo contrato con fecha de el contrato de SOCORRISMO ACUATICO PISCINA C.C IBAIONDO TEMPORADAS Y 2010 A 2011 a la empresa AITEKOMANAGEMENT, S.L. con C.I.F. B , en la cantidad de ,75 euros Iva incluido con un plazo de ejecución de 1 de Febrero de 2010 a 30 de Septiembre de 2011, en las condiciones del Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada en la Proposición. Mediante informe de Tecnica del Servicio de Programacion del Departamento de Deportes, de 28 de febrero de 2011, se motiva la necesidad en:... nuevas necesidades y por razones de interés general (aumento exponencial de las personas usuarias en determinados momentos como son los fines de semana y festivos, hecho que no había sucedido hasta este momento) se hace necesario plantear un sistema de refuerzo del servicio de socorrismo. Para ello se propone una bolsa de horas de refuerzo de 20:00 horas al mes como máximo, de manera que la empresa se compromete a disponer de personal socorrista para realizar los refuerzos que se concreten previamente con el personal responsable de la instalación. Este nuevo sistema supone un incremento de 100:00 horas hasta la finalización del contrato, que será el 30 de septiembre de 2011(abril, mayo, junio, julio y septiembre de 2011) respecto de la estimación inicial que se hizo en su momento. Lo que sumado a las 224:00 horas más de servicio que son necesarias, hacen un total de 324:00 horas más de servicio de las que inicialmente se calcularon...para la ejecución del servicio de socorrismo acuático para la piscina del centro cívico Ibaiondo durante las temporadas y , por cuantía de 7.001,64 IVA incluido... Cosideraciones juridicas:.- Conforme a clausula 28 del pliego administrativo del mencionado contrato: MODIFICACIONES DEL CONTRATO y en el mismo sentido, el articulo 202 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir

17 modificaciones por razones de interés público en los elementos que lo integran, siempre que sean debidas a necesidades imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 194, 202 y 217 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre..- Conforme a articulo 194 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta..-conforme a articulo 195 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Procedimiento de ejercicio.1. En los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato deberá darse audiencia al contratista.4. Los acuerdos que adopte el órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos..- Conforme a articulo 102 del RD 1098/2001.Procedimiento para las modificaciones. Cuando sea necesario introducir alguna modificación en el contrato, se redactará la oportuna propuesta integrada por los documentos que justifiquen, describan y valoren aquélla. La aprobación por el órgano de contratación requerirá la previa audiencia del contratista y la fiscalización del gasto correspondiente..- Conforme a articulo 87 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Constitución, reposición y reajuste de garantías, punto 3. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación..-conforme a articulo 97 de Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Ley 30/2007, Resolución de incidencias surgidas en la ejecución de los contratos. Con carácter general, salvo lo establecido en la legislación de contratos de las Administraciones públicas para casos específicos, cuantas incidencias surjan entre la Administración y el contratista en la ejecución de un contrato por diferencias en la interpretación de lo convenido o por la necesidad de modificar las condiciones contractuales, se tramitarán mediante expediente contradictorio, que comprenderá preceptivamente las actuaciones siguientes: 1. Propuesta de la Administración o petición del contratista. 2. Audiencia del contratista e informe del servicio competente a evacuar en ambos casos en un plazo de cinco días hábiles. 3. Informe, en su caso, de la Asesoría Jurídica y de la Intervención, a evacuar en el mismo plazo anterior.

18 4. Resolución motivada del órgano que haya celebrado el contrato y subsiguiente notificación al contratista. Existiendo crédito suficiente para la financiación de esta modificación con cargo a la partida Habiéndose dado Audiencia por periodo de 5 días a la empresa, mediante notificación de 15 de Marzo de 2011 y no habiendose alegado cosa alguna a las condiciones de modificacion de contrato,consistentes...en impartir 324:00 horas más de servicio que las inicialmente calculadas, a ejecutar en la temporada 2010/11, por cuantia de 7.001,64 IVA incluido... Por todo ello Vista la Disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la Concejala-Delegada del Área de Educación, Cultura y Deportes a la Junta de Gobierno Local formula la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCION: PRIMERO: Aprobar la modificacion del contrato de SOCORRISMO ACUATICO PISCINA C.C IBAIONDO TEMPORADAS Y 2010 A 2011 ( adjudicada a la empresa, a la empresa AITEKOMANAGEMENT, S.L.) en cuantia de 7.001,64 IVA incluido al objeto de impartir 324:00 horas más de servicio de las que inicialmente se calcularon, a ejecutar en la temporada 2010/11, con motivo de motivado en razón de interés público y para atender a causas imprevistas y en las condiciones del informe informe de Tecnica del Servicio de Programacion del Departamento de Deportes, de 28 de febrero de SEGUNDO: El adjudicatario, en plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución deberá depositar la cantidad correspondiente al 5% del precio de la modificación IVA excluido, en euros en concepto de reajuste de garantía definitiva mediante la presentación de carta de pago expedida por Tesorería y personarse en el Departamento de Deportes, sito en Amadeo Gcia Salazar nº 3, a efectos de presentar el justificante de la garantía y del abono de los gastos del Anuncio de Licitación en los Boletines Oficiales correspondientes. TERCERO: La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de SEIS

19 MESES a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación presunta del recurso. No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen. En Vitoria-Gasteiz, a 22 de Marzo de 2011 LA CONCEJALA-DELEGADA DEL ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

20 Nº 8 Número de Expediente: 2009/CONASP0260 ASUNTO: MODIFICACION DEL CONTRATO DE PROGRAMA DE YOGA Y TAICHI EN INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO 2009/10 Y 2010/11 Antecedentes: Por con fecha de 19 de Junio de 2009, se aprobó expediente de contratación de PROGRAMA DE YOGA Y TAICHI EN INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO 2009/10 Y 2010/11. El presupuesto aprobado al efecto fue de ,73 euros IVA incluido ( ,60 sin Iva),el plazo de ejecución de 1 OCTUBRE DE 2009 A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2011 y el procedimiento de adjudicación el ABIERTO Se adjudico definitivamente, con fecha de , formalizandose el contrato con fecha de el PROGRAMA DE YOGA Y TAICHI EN INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO 2009/10 Y 2010/11, a la empresa ARPEKO con C.I.F. G , en la cantidad de de ,73 euros IVA incluido, ,60 euros sin IVA,, en las condiciones del Pliego de Condiciones Técnicas y Administrativas del expediente y de la Memoria presentada en la Proposición. Mediante informe de Tecnica del Servicio de Programacion del Departamento d edeportes, de 28 de febrero de 2011, se motiva la necesidad en: En marzo de 2010 se abre ( la apertura del ) el centro cívico Ibaiondo, lo que genera el aumento de espacios deportivos en los que se imparte el programa de yoga y tai-chi y por lo tanto, aumenta el número de horas que estaba previsto impartir para esta modalidad deportiva, para la campaña 2010/2011.Así las cosas se hace necesario iniciar los tramites para la modificación del contrato motivado en razón de interés público y para atender a causas imprevistas (apertura centro cívico Ibaiondo) para la ejecución del programa de yoga y tai-chi, desarrollado en las instalaciones deportivas municipales 2009/2010 y 2010/2011 por cuantía de TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS, 3.468,48 (IVA incluido), con cargo a la partida al objeto de impartir 128:00 horas más de las previstas en la temporada 2010/11. Cosideraciones juridicas:.- Conforme a clausula 28 del pliego administrativo del mencionado contrato: MODIFICACIONES DEL CONTRATO y en el mismo sentido, el articulo 202 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razones de interés público en los elementos que lo integran, siempre que sean debidas a necesidades imprevistas,

21 justificándolo debidamente en el expediente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 194, 202 y 217 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.- Conforme a articulo 194 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta..-conforme a articulo 195 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Procedimiento de ejercicio.1. En los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato deberá darse audiencia al contratista.4. Los acuerdos que adopte el órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. - Conforme a articulo 102 del RD 1098/2001.Procedimiento para las modificaciones. Cuando sea necesario introducir alguna modificación en el contrato, se redactará la oportuna propuesta integrada por los documentos que justifiquen, describan y valoren aquélla. La aprobación por el órgano de contratación requerirá la previa audiencia del contratista y la fiscalización del gasto correspondiente..- Conforme a articulo 87 de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Constitución, reposición y reajuste de garantías, punto 3. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación..-conforme a articulo 97 de Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Ley 30/2007, Resolución de incidencias surgidas en la ejecución de los contratos. Con carácter general, salvo lo establecido en la legislación de contratos de las Administraciones públicas para casos específicos, cuantas incidencias surjan entre la Administración y el contratista en la ejecución de un contrato por diferencias en la interpretación de lo convenido o por la necesidad de modificar las condiciones contractuales, se tramitarán mediante expediente contradictorio, que comprenderá preceptivamente las actuaciones siguientes: 1. Propuesta de la Administración o petición del contratista. 2. Audiencia del contratista e informe del servicio competente a evacuar en ambos casos en un plazo de cinco días hábiles.

22 3. Informe, en su caso, de la Asesoría Jurídica y de la Intervención, a evacuar en el mismo plazo anterior. 4. Resolución motivada del órgano que haya celebrado el contrato y subsiguiente notificación al contratista. Existiendo crédito suficiente para la financiación de esta modificación con cargo a la partida Habiéndose dado Audiencia por periodo de 5 días a la empresa, mediante escrito de mediante notificación de 14 de Marzo de 2011 y no habiéndose alegado cosa alguna contra las condiciones de modificación de contrato, consistentes...en impartir 128:00 horas más de servicio que las inicialmente calculadas, a ejecutar en la temporada 2010/11, por cuantia de 3.468,48 IVA incluido... Por todo ello Vista la Disposición adicional segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la Concejala-Delegada del Área de Educación, Cultura y Deportes a la Junta de Gobierno Local formula la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCION : PRIMERO: Aprobar la modificacion del contrato de PROGRAMA DE YOGA Y TAICHI EN INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO 2009/10 Y 2010/11. ( adjudicada a la empresa, a la empresa ARPEKO con C.I.F. G ) en cuantia de 3.468,48 IVA incluido, al objeto de impartir 128:00 horas más de las previstas en la temporada 2010/11, con motivo de motivado en razón de interés público y para atender a causas imprevistas (apertura centro cívico Ibaiondo), en las condiciones del informe informe de Tecnica del Servicio de Programacion del Departamento d edeportes, de 28 de febrero de 2011 SEGUNDO: El adjudicatario, en plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución deberá depositar la cantidad correspondiente al 5% del precio de la modificación IVA excluido, en euros en concepto de reajuste de garantía definitiva mediante la presentación de carta de pago expedida por Tesorería y personarse en el Departamento de Deportes, sito en Amadeo Gcia Salazar nº 3, a efectos de presentar el justificante de la garantía y del abono de los gastos del Anuncio de Licitación en los Boletines Oficiales correspondientes. TERCERO: La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al

23 de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación presunta del recurso. No obstante, ustedes decidirán como mejor estimen. En Vitoria-Gasteiz, a 22 de Marzo de 2011 LA CONCEJALA-DELEGADA DEL ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

24 Nº 9 ASUNTO: APROBACIÓN DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN DE FIESTAS A LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE ARMENTIA (ASOCIACIÓN SUISAKO KULTUR TALDEA) Con fecha 15 de marzo de 2011 se reunió el Órgano de Valoración encargado de estudiar y comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado décimo de las bases reguladoras por el programa de fiestas presentado por la Entidad Local de Armentia a través de la Asociación Suisako Kultur Taldea y considera que los cumple, por lo que propone que se le conceda subvención para la organización de los festejos. CONSIDERANDO que con fecha 28 de enero de 2011, fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para fiestas en barrios y entidades locales menores de población del Término Municipal de Vitoria-Gasteiz, las cuales ha cumplido la entidades solicitante, además de cumplir lo establecido en el artículo de la Ley Reguladora de Haciendas Locales que regula el pago de subvenciones a terceros y que según consta en documento que forma parte del expediente, la solicitante de la subvención se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con respecto al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. CONSIDERANDO que la Asociación Suisako Kultur Taldea está inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz con el número 70. CONSIDERANDO que en virtud del artículo 5º.1 de la Ordenanza Municipal de subvenciones de fecha 17 de junio de 2005, la competencia para la concesión de ayudas y subvenciones corresponde a la Junta de gobierno Local. RESULTANDO que existe suficiente consignación en el presupuesto de gastos vigente, partida , esta Concejalía Delegada del Área de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de los Decretos de Alcaldía de fechas 18 y 20 de junio de 2007 y el Acuerdo de la Junta de gobierno Local de 20 de junio de 2007, sobre Delegación de competencias, eleva a la consideración de la Junta de gobierno Local la siguiente, PROPUESTA DE ACUERDO 1º.- APROBAR la concesión de la subvención solicitada para la celebración de las Fiestas a la Entidad local menor de Armentia (Asociación Suisako Kultur Taldea) y que asciende a 383,94 y ABONAR el 80% de la cantidad mencionada con cargo a la partida del presupuesto de gastos vigente. El 20% restante se abonará a la finalización de los actos, de acuerdo al cumplimiento del programa presentado y una vez justificado el empleo de la subvención recibida en los términos establecidos en el apartado duodécimo de las bases reguladoras específicas.

25 La obtención de la mencionada subvención no es incompatible con cualquier otra procedente de otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente Resolución, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso. En Vitoria-Gasteiz, a 17 de marzo de LA CONCEJALA DELEGADA DEL AREA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

26 Nº 10 ASUNTO: APROBACIÓN DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN DE FIESTAS A AA.VV. URIBENOGALES Con fecha 21 de marzo de 2011 se ha reunido el Órgano de Valoración encargado de estudiar y valorar el programa de fiestas presentado por la Asociación de Vecinos Uribenogales del barrrio de Abetxuko conforme a los criterios de valoración establecidos en las Bases reguladoras de las subvenciones. Como consecuencia de ello, ha superado la puntuación mínima de 20 puntos que se establece para poder obtener subvención. CONSIDERANDO que con fecha 28 de enero de 2011, fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para fiestas en barrios y entidades locales menores de población del Término Municipal de Vitoria-Gasteiz, las cuales ha cumplido la entidades solicitante, además de cumplir lo establecido en el artículo de la Ley Reguladora de Haciendas Locales que regula el pago de subvenciones a terceros y que según consta en documento que forma parte del expediente, la solicitante de la subvención se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con respecto al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. CONSIDERANDO que la Asociación de Vecinos Uribenogales está inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz con el número 148. CONSIDERANDO que en virtud del artículo 5º.1 de la Ordenanza Municipal de subvenciones de fecha 17 de junio de 2005, la competencia para la concesión de ayudas y subvenciones corresponde a la Junta de gobierno Local. RESULTANDO que existe suficiente consignación en el presupuesto de gastos vigente, partida , esta Concejalía Delegada del Area de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de los Decretos de Alcaldía de fechas 18 y 20 de junio de 2007 y el Acuerdo de la Junta de gobierno Local de 20 de junio de 2007, sobre Delegación de competencias, eleva a la consideración de la Junta de gobierno Local la siguiente, PROPUESTA DE ACUERDO 1º.- APROBAR la concesión de la subvención solicitada para la celebración de las Fiestas del barrio de Abetxuko a la Asociación de Vecinos Uribenogales y que asciende a 9.888,52 y ABONAR el 80% de la cantidad mencionada con cargo a la partida del presupuesto de gastos vigente. El 20% restante se abonará a la finalización de los actos, de acuerdo al cumplimiento del programa presentado y una vez justificado el empleo de la subvención recibida en los términos establecidos en el apartado decimocuarto de las bases reguladoras específicas. En esta cantidad, quedan incluidos los importes correspondientes a las contrataciones de los seguros: responsabilidad civil y/o accidentes.

27 La obtención de la mencionada subvención no es incompatible con cualquier otra procedente de otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente Resolución, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso. En Vitoria-Gasteiz, a 21 de marzo de LA CONCEJALA DELEGADA DEL AREA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE QUEDA APROBADO POR UNANIMIDAD

28 Nº 11 Número de Expediente: 2011/CONASP0096 ASUNTO: APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA DEL CENTRO CULTURAL MONTEHERMOSO KULTURUNEA. Por los Servicios Técnicos del Departamento de Cultura, se ha elaborado el proyecto de GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA DEL CENTRO CULTURAL MONTEHERMOSO KULTURUNEA, en el que se justifica la necesidad de la misma para: Es necesario contratar una empresa que explote la cafetería ubicada en el Centro Cultural Montehermoso. El canon mínimo anual establecido asciende a euros. La duración prevista del contrato será de CINCO AÑOS, más una posible prórroga de cinco años. En el pliego de cláusulas administrativas particulares se establecen los siguientes criterios de valoración de ofertas: FÓRMULA) CRITERIOS DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA (MEDIANTE 1.- CANON: MÁXIMO 30 PUNTOS Sólo obtendrán puntuación las ofertas superiores al tipo mínimo de licitación ( ) Se dará la puntuación máxima al proyecto que presente el canon más elevado de todos los presentados siempre que el mínimo sea respetado, disminuyendo la puntuación de forma directamente proporcional en las restantes ofertas. 2.- INVERSIÓN: HASTA UN MÁXIMO DE 30 PUNTOS Se valorará la inversión presentada en mobiliario y equipamiento industrial. Una vez realizada la inversión propuesta se deberá justificar, con los documentos acreditativos correspondientes, el gasto realizado. proponga. DE VALOR PUNTOS Se dará un punto por cada euros de inversión que se CRITERIOS DE VALORACIÓN QUE DEPENDEN DE UN JUICIO 3.- MEMORIA DE LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR: MÁXIMO Descripción global del planteamiento y modo de desarrollo del servicio (tipo de servicios que se van a ofrecer, detalle de la carta de productos y oferta gastronómica, temporada de apertura, plantilla de personal y organización del mismo). Hasta 20 puntos.

29 3.2.- Elementos de la explotación (equipamiento) y otros adecuados al planteamiento del servicio que se oferta. Hasta 10 puntos. 4.- MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DEL LOCAL Y ENTORNO AUTORIZADO PARA SU UTILIZACIÓN: MÁXIMO 10 PUNTOS Descripción de la política de higiene y seguridad, indicando los controles de calidad, bípode análisis y periodicidad. En caso de empate de puntuaciones, se aplicará lo dispuesto en el punto PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN de la Carátula del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Este expediente de contratación se adjudicará a través del procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación ya que, dada la naturaleza de las prestaciones objeto de este contrato, resulta de interés para esta Administración adjudicarlo a la proposición más ventajosa sin atender exclusivamente al precio. En el pliego de cláusulas administrativas particulares se establecen las siguientes penalidades: Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución de inserción socio-laboral, se impondrán las penalidades establecidas en la cláusula de este pliego. Otros supuestos de incumplimientos y penalidades: A los efectos contractuales se considerará sancionable toda acción u omisión del adjudicatario/a que suponga un quebranto de las exigencias específicas de este pliego. Todo incumplimiento cometido por la/el adjudicataria/o se clasificará atendiendo a su trascendencia en leve, grave, o muy grave, de acuerdo con las siguientes definiciones: Incumplimiento leve: - No exhibición o exhibición defectuosa de la lista de precios. - Incumplimiento del horario mínimo en media hora. - Todas aquellas acciones u omisiones que no afecten a las condiciones básicas de una prestación correcta del servicio, es decir, sin merma en la calidad del servicio ni molestia o peligro para los usuarios, ni daño en las instalaciones. Incumplimiento grave: - Incumplimiento del horario mínimo en más de media hora. - Comisión de tres o más incumplimientos leves. - Percepción reiterada, debidamente probada, de cantidades abusivas o ilegales a los usuarios.

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