Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid
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- Ángeles Peralta Castellanos
- hace 8 años
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1 Pág. 53 II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo Resolución 25/2/2011, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Valladolid, por la que se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones de distribución de gas natural en el término municipal de Tordesillas y se reconoce su utilidad pública en concreto (Valladolid) 1. Hechos Por Orden 17de octubre de 1997, de la Consejería de Industria Comercio y Turismo, de la Junta de Castilla y León, se otorgó a la empresa Gas Natural Castilla y León, S.A. Concesión Administrativa para la distribución de gas natural por canalización en el término municipal de Tordesillas. Esta concesión administrativa devino en Autorización Administrativa Previa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre En escrito presentado el 9/4/2010, Gas Natural Castilla y León, S.A. solicitó aprobación de del proyecto de ejecución de instalaciones denominado Proyecto de ampliación de la red de distribución de gas natural en el T.M. de Tordesillas (Valladolid). Año 2010 así como su reconocimiento de utilidad pública en concreto, a los efectos de expropiación forzosa del los bienes y derechos necesarios para la construcción y el establecimiento de las servidumbres de paso y limitaciones de dominio que sean precisas La solicitud y la documentación técnica aportada, junto a la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa del pleno dominio, por limitaciones de dominio, o para la imposición de servidumbre de paso de las instalaciones, se ha sometido al preceptivo trámite de información pública insertando anuncios en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) del 2/7/2010, en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid (BOP) de 24/7/2010, diario El Norte de Castilla de 1/7/2010 y diario El Mundo de Valladolid de 1/7/2010. También se ha expuesto el anuncio en el tabón de anuncios del Ayuntamiento de Tordesillas desde el 11/6/2010 hasta el 5/7/ Se han solicitado informes, a los efectos de aprobación del proyecto de ejecución, a los Organismos afectados Servicio Territorial de Medio Ambiente, Demarcación de Carreteras del Estado en Castila y León Occidental, Iberdrola Distribución Eléctrica y Telefónica. Estos organismos han informado favorablemente al establecimiento de la red de distribución de gas natural, si bien han propuesto los condicionados técnicos procedentes Gas Natural Castilla y León ha manifestado discrepancia con el condicionado propuesto por la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental, y
2 Pág. 54 ha solicitado que la profundidad de la canalización en el tramo paralelo a la carretera A-62 fuera de la zona de servidumbre y terrenos expropiados por el Ministerio de Fomento, sea de 0,8 m, de acuerdo con el proyecto. Trasladada la discrepancia a la Demarcación de Carreteras, con un informe favorable de este Servicio Territorial en el sentido de que se considera oportuno que esta instalación se realice a la profundidad normalizada por la empresa distribuidora de gas, con el objeto de facilitar las operaciones periódicas de reseguimiento de la red, la Demarcación de carreteras ha manifestado su conformidad mediante escrito recibido el 17/2/ En el período de información pública no se han recibido alegaciones. 2. Fundamentos Jurídicos Este Servicio Territorial es el órgano competente para resolver de acuerdo con lo establecido en el Decreto 156/2003 por el que se atribuyen y desconcentran competencias en los Órganos Directivos Centrales y en la Consejería de Economía y Empleo y en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León, y en la Resolución de 20 de enero de 2004 de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial competente en materia de industria, energía y minas Es reglamentación aplicable a este caso: La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a Resolución. Visto el proyecto Proyecto de ampliación de la red de distribución de gas natural en el T.M. de Tordesillas (Valladolid). Año 2010 subscrito por el Ingeniero Técnico Industrial D. Raúl Olmedo Díez, con número de visado 10886/10E de fecha 06/04/2010 por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid. Considerando el derecho que el artículo 103, de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, en su punto 2, otorga a las empresas distribuidora de gas natural por canalización. Cumplidos los trámites reglamentariamente establecidos. Este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo RESUELVE: 3.1. Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones denominado Proyecto de ampliación de la red de distribución de gas natural en el T.M. de Tordesillas (Valladolid). Año 2010, cuyas características fundamentales son: Presión de trabajo: MPB
3 Pág. 55 Tubo: Polietileno PE-100 de diámetros nominales DN-200 Longitud aproximada: metros Regulación: No se contempla Presupuesto de ejecución: , Reconocer la utilidad pública en concreto, de esta instalación, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos que el solicitante considera de necesaria expropiación, para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso de la instalación autorizada. Este reconocimiento de utilidad pública en concreto, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, que se relacionan a continuación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre. Sobre estos bienes y derechos se establecen las servidumbres y limitaciones a la propiedad siguientes: La servidumbre de paso de canalizaciones de gas comprenderá: a) La ocupación del subsuelo por la canalización a la profundidad y con las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. b) El establecimiento de los elementos de protección, control, comunicación y dispositivos auxiliares necesarios para las instalaciones de transporte y distribución de gas. c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones de transporte y distribución de gas y sus instalaciones auxiliares necesarias.
4 Pág. 56 d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados. Limitaciones a la propiedad: En la franja definida por la zanja donde van alojadas las canalizaciones de gas, incrementada en las distancias mínimas de seguridad reglamentarias, a ambos lados de la misma, queda limitada la plantación de árboles y prohibida la construcción de edificios e instalaciones industriales. Esta aprobación queda sometida a las siguientes condiciones: 4. Condiciones En todo momento se deberá cumplir cuanto se establece en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, y en la Orden 17de octubre de 1997, de la Consejería de Industria Comercio y Turismo, de la Junta de Castilla y León, por la que se otorgó a la empresa Gas Natural Castilla y León, S.A. Concesión Administrativa para la distribución de gas natural por canalización en el término municipal de Tordesillas Para la ejecución de las instalaciones aprobadas, se dará cumplimiento a todos los condicionados impuestos en los permisos y licencias otorgados por otros Organismos o Administraciones, para poder efectuar los trabajos El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses a partir de la notificación de esta resolución Las instalaciones que se autorizan, habrán de realizarse de acuerdo con el Proyecto denominado Proyecto de ampliación de la red de distribución de gas natural en el T.M. de Tordesillas (Valladolid). Año 2010 subscrito por el Ingeniero Técnico Industrial D. Raúl Olmedo Díez, con número de visado 10886/10E de fecha 06/04/2010 por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid Para introducir modificaciones en las instalaciones que afectan a los datos básicos a los que se refiere el apartado 3 de esta Resolución, será necesario obtener la autorización de este Servicio Territorial Una vez realizadas las instalaciones y las pruebas reglamentarias, se deberá solicitar el acta de puesta en servicio debiendo aportar para ello el correspondiente certificado de dirección de obra firmado por el técnico industrial competente, visado por su colegio profesional, actas de pruebas y ensayos, y el informe del organismo de control que haya vigilado la ejecución de la obra según se indica en el punto 5.1 de la Instrucción ITC-MIG 5.3, en su caso Gas Natural Castilla y León, S.A, dará cuenta de la terminación de las instalaciones al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo para su reconocimiento y levantamiento del acta de puesta en marcha de las mismas, sin cuyo requisito no podrán estar en funcionamiento.
5 Pág La Administración se reserva el derecho de dejar sin efecto esta autorización en el momento en que se demuestre el incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados u otra causa excepcional que lo justifique La presente autorización se entiende otorgada sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros, necesarias para la realización de las obras de las instalaciones de gas. 5. Recursos. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación, Recurso de Alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de Energía y Minas, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Valladolid, 25 de febrero de El Jefe del Servicio Territorial (P.D. Resolución , BOCyL ), Marceliano Herrero Sinovas. D.L.: N.º: VA-200/2010
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