CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS

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1 CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS 28 de MARZO de 2014 Fundada el 23 de enero de 1891 ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL Nuestra Misión es promover la producción y comercialización agroindustrial NORMATIVA LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES INFORMES INFORMACIÓN DE ASESORES DE LA CÁMARA EVENTOS FERIAS, CONGRESOS Y EXPOSICIONES CAPACITACIÓN LICENCIATURAS, CURSOS Y SEMINARIOS COMERCIO INFORMACIÓN SOBRE REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS Y OPORTUNIDADES COMERCIALES Avda Gral Rondeau 1908 Tel.: Montevideo - Uruguay info@camaramercantil.com.uy LEY DE BANCARIZACIÓN E INCLUSIÓN FINANCIERA Informe elaborado por los Economistas Gustavo Michelin y Horacio Bafico, Asesores Económicos de la Cámara Mercantil de Productos del País. Marzo 2014 La Cámara de Representantes aprobó el Proyecto de Ley de Inclusión Financiera que pasará al Senado para ser tratado en marzo. Es un proyecto promocionado por el Ministerio de Economía y Finanzas con el apoyo de todo el Poder Ejecutivo y contiene políticas consideradas centrales dentro del plan de gobierno. La votación fue muy justa ya que fue aprobado solo por los legisladores del Frente Amplio. El proyecto se elaboró en un proceso de consulta con los actores involucrados pero tiene la particularidad que no conforma a ninguno de los actores involucrados y deja dudas incluso en algunos de los legisladores que lo aprobaron. Los principales aspectos del proyecto son: a) es una ley de orden público, b) está orientada a generar más servicios bancarios, c) regula los medios de pago electrónico, d) regula los pagos de sueldos, pasividades y beneficios sociales, e) regula todos los restantes pagos de la economía. Antes de analizar estos puntos se puede decir como conclusión general que es un proyecto muy ambicioso que pretende modificar conductas cambiando reglas de juego que afectan sensiblemente la situación de varios actores: cooperativas, Anda, redes de pagos y cobranzas, empresas de tickets para alimentación, administradores de propiedades, pequeños negocios. Va en el sentido que fijan los cambios tecnológicos en todo el mundo y que con seguridad se observarán en el país. Pero, en el intento por adelantarlos obliga a que se produzcan cambios de conducta y en negocios establecidos y en el funcionamiento de la economía y en forma rápida. En definitiva es un proyecto que fuerza la llegada del futuro en forma acelerada. Lo hace por imposición sin contemplar a los mercados y el equilibrio alcanzado hasta el momento. Es un salto en el vacío que tiene a su favor alguna gradualidad de implementación pero que va a exigir que en poco tiempo se genere una infraestructura de servicios bancarios muy grande, eficiente y con un nivel de costos adecuado. El punto débil está en la poca capacidad de respuesta y en los problemas de costos de los instrumentos bancarios como para llegar a toda la sociedad con los niveles mínimos exigidos. La principal oposición en la discusión parlamentaria se observó en las cooperativas y Anda a las que se les modifican las reglas de juego en cuanto al crédito con retenciones en los salarios. También se opuso el Banco República en cuanto a la dificultad de ofrecer cuentas en forma masiva en corto plazo y las limitaciones a la competencia en el mercado de dispensadores de dinero. A continuación se detallan los principales componentes del proyecto que tiene media sanción. a) Ley de orden público El proyecto fue definido originalmente por el ex-ministro de Economía y Finanzas, Fernando Lorenzo. El motivo de acuerdo a las versiones taquigráficas fue solucionar las fallas en el funcionamiento del sistema financiero, en particular el poco desarrollo del negocio bancario en Uruguay. Para hacerlo, el Puede acceder a mayor información a través de: 1

2 camino elegido fue el de la imposición: se crea una ley de orden público que no puede ser contradicha por los acuerdos entre partes. Para la magnitud de los cambios que se proponen en la Ley y el volumen e importancia de lo que se está modificando, el camino elegido es de los más arriesgados. La Ley impone nuevas reglas de juego y modifica las relaciones económicas cotidianas sustancialmente, apartando de los papeles que hoy tienen a muchos actores y llevando esas transacciones a los Bancos. b) Bancarización Hay un denominador común en todas las secciones del articulado que es la bancarización de todas las transacciones económicas. c) Medios de pago electrónicos El Proyecto de Ley define medio de pago electrónico y genera las definiciones básicas para el desarrollo de instrumentos como las tarjetas prepagas, las billeteras electrónicas y otros instrumentos análogos. Se crea también la figura del Emisor de dinero electrónico que complementa a los bancos en el papel de institución que puede emitir dinero electrónico. El BCU será el que controle a los emisores de dinero electrónico y el funcionamiento del dinero electrónico en la economía. El decreto reglamentario del MEF podrá incluir elementos que amplíen el marco legal sobre el que se desarrollará el dinero electrónico en Uruguay. d) Cambia las reglas de juego en materia de pagos de sueldos, pasividades y beneficios sociales Se establece que estos pagos se puedan hacer exclusivamente mediante depósitos en cuentas bancarias o en instrumentos de dinero electrónico. Se considera que es un derecho del individuo elegir dónde recibir el pago. El servicio del banco o el emisor de dinero electrónico tiene que tener unas características mínimas (bastante generosas y facilitadoras del uso del instrumento) a ser prestadas en forma gratuita. Se establecerá un cronograma que establecerá el ritmo con el que se volverá obligatorio pagar todos los sueldos por medios electrónicos. Contra esta obligación de prestar el servicio gratuitamente se generan condiciones más favorables para desarrollar el crédito bancario sobre los sueldos y las pasividades (producto que es altamente regulado por la Ley). También se promueve el débito automático como generador de comisiones para los bancos (también regulado al detalle en la Ley). Un tercer elemento que hace a los ingresos de los bancos es la percepción del arancel de los comercios que reciben pagos con el dinero electrónico. Todos estos beneficios, al tratarse de toda la población (universalización del servicio) que está obligada a recibirlos, tienen el impacto del gran volumen y por lo tanto los beneficios de las economías de escala. En esta materia es donde surgen los dos temas más debatidos y que se amplificarán en la próxima discusión Como un derivado del desarrollo del instrumento se instrumenta en la Ley una reducción del IVA. Se trata de una baja en la tasa del impuesto acotada al uso del instrumento de dinero electrónico. e) Los principales pagos de la economía solo podrán ser con medios electrónicos La Ley establece la restricción del uso de efectivo para todos los pagos por enajenación de bienes o servicios superiores a UI (aproximadamente $ ) cuando al menos una de las partes sea una empresa. Entrará en vigencia al año de vigencia de la Ley. Para las operaciones de elevado monto (más de UI) solo se permitirá el pago a través de medios de pago electrónico (transferencia bancaria) o cheques diferidos cruzados no a la orden. Como excepción y por un tiempo limitado se permitirá el cheque cruzado no a la orden como medio de pago habilitado para las transacciones de alto monto. El arrendamiento, subarrendamiento y crédito de uso de inmuebles que superen las 40 BPC en el año deberá cumplirse mediante acreditación en una cuenta de banco identificada. La enajenación y otros negocios sobre bienes inmuebles cuyo importe supere las UI deberán hacerse con medios de pago electrónico, cheques certificados cruzados no a la orden o letras de cambio cruzadas emitidas a nombre del comprador. La adquisición de vehículos motorizados cuyo importe supere las UI también deberá hacerse con medios de pago electrónico, cheques certificados cruzados no a la orden o letras de cambio cruzadas emitidas a nombre del comprador. Los proveedores del Estado recibirán los pagos mediante acreditación en cuenta en banco. Los pagos de tributos nacionales y la recaudación de los institutos de seguridad social superiores a UI (aproximadamente $ ) deberán hacerse mediante medios de pago electrónico, certificados de crédito emitidos por la DGI o cheques diferidos cruzados no a la orden. También se utilizarán estos medios para las devoluciones que corresponda efectuar. La adquisición de bienes y servicios realizados en el marco de regímenes tributarios especiales solo se podrá hacer mediante medios de pago electrónicos Todas estas obligaciones se establecen con las sanciones correspondientes que en términos generales hacen que se pierdan derechos de propiedad. 2

3 Montevideo, 20 de diciembre de 2013 C I R C U L A R N Ref: INSTITUCIONES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA - Procedimientos de debida diligencia para cuentas abiertas o transacciones relacionadas con personas físicas o jurídicas que manejen fondos de terceros - Modificación del art. 302 de la RNRCSF. Se pone en conocimiento que la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central adoptó, con fecha 10 de diciembre de 2013, la Resolución SSF Nº 652/2013, que se transcribe seguidamente: 1) SUSTITUIR en el Capítulo II Políticas y procedimientos de debida diligencia respecto a los clientes, del Título I - Prevención del uso de las instituciones de intermediación financiera, casas de cambio, empresas de servicios financieros y empresas de transferencia de fondos para el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero, el artículo 302 por el siguiente: ARTÍCULO 302 (CUENTAS ABIERTAS O TRANSACCIONES RELACIONADAS CON PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE MANEJEN FONDOS DE TERCEROS). Las instituciones deberán contar con procedimientos efectivos para detectar todas las cuentas abiertas o transacciones cursadas por personas físicas o jurídicas que en forma habitual manejen fondos de terceros, y realizar un adecuado monitoreo de sus operaciones. En aquellos casos en que las instituciones lo consideren necesario en función de la evaluación de riesgo realizada, deberán identificar al beneficiario final de las transacciones y obtener información sobre el origen de los fondos. Sin perjuicio de ello, deberán observar los preceptos enunciados a continuación en función del tipo de cliente de que se trate: a) Clientes no sujetos a regulación y supervisión financiera Se consideran incluidos en esta definición los clientes que manejen en forma habitual fondos de terceros provenientes o relacionados con el desarrollo de actividades profesionales, financieras, comerciales o de ahorro, tales como: Compraventa, construcción, promoción, inversión o administración de bienes inmuebles, Compraventa de establecimientos comerciales, Administración o custodia de dinero, cuentas bancarias, valores u otros activos, Inversiones en general, Creación, operación o administración de personas jurídicas u otros institutos jurídicos, Operaciones de comercio exterior. Quedan exceptuadas las transacciones o las cuentas que involucren fondos de terceros únicamente por concepto de honorarios profesionales o comisiones del titular, o por el cobro de gastos comunes y alquileres correspondientes a inmuebles administrados, o fondos que estén destinados al pago de tributos nacionales o municipales o aportes de seguridad social. La actividad de estos clientes será considerada como de mayor riesgo y serán de aplicación procedimientos de debida diligencia intensificados en los siguientes casos: i) Clientes que realicen transacciones por importes superiores a U$S (dólares estadounidenses seiscientos mil) en un año calendario. A estos efectos, se considerará el monto total ingresado a la cuenta y, en el caso de transacciones no asociadas a una cuenta, su volumen acumulado excluyendo aquellas relacionadas a otra operación, tal como una compraventa de moneda 3

4 seguida de una transferencia. Los procedimientos para monitorear la actividad del cliente deberán permitir que la institución realice también un monitoreo de las operaciones acumuladas del tercero cuyos fondos son manejados por el cliente e identificar posibles estratificaciones. Se deberá identificar al beneficiario final en cada operación o, en su defecto, definir procedimientos alternativos que posibiliten dicha identificación, tal como, la recepción de reportes periódicos, en los que el cliente declare los montos de las transacciones realizadas en un período determinado, por cada uno de los diferentes beneficiarios finales de las operaciones. La identificación del beneficiario final deberá realizarse -como mínimo -con el nombre y apellido completo, copia del documento de identidad y domicilio. ii) Clientes que realicen transacciones financieras por importes superiores a U$S (dólares estadounidenses cincuenta mil), aunque la operativa acumulada no alcance el umbral mencionado en el literal i). Las instituciones deberán identificar los beneficiarios finales en la forma indicada. Adicionalmente a lo establecido en los literales i) y ii), y dependiendo de los montos operados por cada beneficiario final identificado y el riesgo asociado a su operativa, la institución deberá definir requerimientos de información y documentación adicionales para determinar los antecedentes y la actividad económica desarrollada por el tercero cuyos fondos son manejados por el cliente, así como el origen de dichos fondos. b) Clientes sujetos a regulación y supervisión financiera Las instituciones aplicarán a estos clientes los procedimientos de debida diligencia referidos en el literal a) precedente, con excepción de los siguientes casos: i) cuando se trate de transacciones relacionadas con instituciones financieras corresponsales del exterior que operen en los términos del artículo 303; ii) cuando se trate de transacciones relacionadas con instituciones financieras nacionales o del exterior cuyas políticas y procedimientos de prevención y control del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo hayan sido evaluados favorablemente por la institución. No obstante lo anterior, los procedimientos deberán contemplar la posibilidad de solicitar información sobre el cliente y el origen de los fondos en el caso de operaciones que -por su monto, país de origen u otras condiciones- presenten alguna característica de alto riesgo a juicio de la institución. Cuando las instituciones reciban del exterior dinero en efectivo, metales preciosos u otros instrumentos monetarios que no provengan de instituciones de intermediación financiera que operen en los términos del artículo 303, deberán realizar -en todos los casos-un examen especial de dichas transacciones para determinar el beneficiario final de la operación y el origen legítimo de los fondos recibidos. En aquellos casos en que el cliente sujeto o no a regulación y supervisión financiera- se niegue a proporcionar la información sobre los beneficiarios de alguna transacción, o sobre el origen de los fondos manejados, la institución deberá examinarla detalladamente para determinar si constituye una transacción inusual o sospechosa que deba ser reportada a la Unidad de Información y Análisis Financiero. Asimismo, en caso que esta situación se reitere, deberá restringir o terminar la relación comercial con este cliente. 2) DISPOSICIÓN TRANSITORIA: Las instituciones dispondrán de un plazo de 180 (ciento ochenta) días para adecuarse a las presentes disposiciones. JUAN PEDRO CANTERA Superintendente Servicios Financieros 4

5 CAFE & NEGOCIOS NOTICIAS E INFORMACIONES LA IMPORTANCIA DE LOS DOCUMENTOS DE CONTROL DEL TRABAJO Los empleadores que no cumplan con dicha normativa pueden ser sancionados con amonestación o multa Dr. Esc. Juan Manuel Mora En nuestro país, las empresas propiedad de particulares (ya sean éstos personas físicas o jurídicas y sea cual fuera la naturaleza comercial, industrial, rural o de servicio de la actividad y su finalidad o no de lucro y aún no llevando a cabo actividad económica) si tuvieran personal dependiente están obligadas a llevar los Documentos de Control del Trabajo, de acuerdo con la normativa laboral vigente (básicamente dispuesta por el Decreto N 108/007 de 22 de marzo de 2007). La misma obligación recae sobre las personas públicas no estatales. Documentos indispensables Básicamente, los documentos que deben llevar las empresas son la Planilla de Control de Trabajo, el Libro de Registro Laboral, los recibos de salario, y el listado de licencia (las empresas rurales tienen la obligación de munirse de un Documento Único Rural denominado Planilla de Trabajo Rural). Potestad del inspector Los inspectores de trabajo, en el ejercicio de sus funciones de control de cumplimiento de la legislación laboral y acreditando debidamente su identidad, están autorizados a retirar de la empresa cualquier documentación de índole laboral (planillas, libros, tarjetas de horarios, recibos, etc.), tanto en soporte papel como informático, debiendo notificar al empleador la documentación que retiran. Consecuencias por incumplimiento Dependiendo del incumplimiento, las empresas que no llevan en forma o no poseen algunos de los Documentos de Control del Trabajo, son pasibles de ser sancionadas con una amonestación o con una multa. La amonestación es una sanción que implica que la empresa será anotada en el Registro de Empresas Infractoras de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social. Por su parte, la multa es una sanción de contenido pecuniario, cuya cuantía dependerá de la calificación de la infracción (en estos casos generalmente se tratarán de infracciones leves o graves) y del grado de la sanción (mínimo, medio y máximo) según la calificación que realice la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social. Sin perjuicio de ello, algunas infracciones a la normativa de los Documentos de Control del Trabajo ya tienen preestablecidas las sanciones que corresponden. Por ejemplo, el Decreto N 306/009 dispuso que la multa por no munirse de la Planilla de Control de Trabajo o renovarla fuera de plazo conlleva una multa de una UR, mientras que anotar a un trabajador fuera de plazo en la planilla conlleva una multa de una UR por cada trabajador con un máximo de doce UR. Prueba de gran valor Sin perjuicio que todo empleador debe llevar los Documentos del Control de Trabajo de acuerdo con la normativa vigente para evitar la imposición de sanciones, estos adquieren vital importancia como elementos de prueba cuando el empleador es demandado por un trabajador. Sin embargo, ello no siempre es tenido en cuenta por los empleadores. Nuestra experiencia práctica nos indica que muchas veces el empleador no puede utilizar los Documentos de Control del Trabajo como medios de prueba a su favor por no tenerlos al día o por llevarlos en forma irregular. Es importante recordar que para ganar un juicio no alcanza con tener la razón, es necesario poder probar que se la tiene; y que son las partes las que deben otorgarle al Juez las pruebas sobre la verdad de sus afirmaciones a efectos de «convencerlo» que su posición es la correcta. En un proceso laboral puede resultar fundamental para el empleador ofrecer como medio probatorio los Documentos de Control del Trabajo por ejemplo a los efectos de probar el pago de los rubros salariales, la fecha en que se gozó una licencia, los cambios de horarios realizados, etc. Las claves Obligación. Los empleadores están obligados a llevar la Planilla de Control de Trabajo, el Libro de Registro Laboral, los recibos de salarios y el listado de licencia. Retiro. Los inspectores de trabajo, en el ejercicio de sus funciones, pueden retirar de la empresa los Documentos de Control de Trabajo. Prueba. La imposibilidad de probar los hechos alegados disminuye las posibilidades de éxito del empleador ante un juicio laboral. 5

6 CADE NOTICIAS E INFORMACIONES MODIFICACIONES AL RÉGIMEN DE IRAE FICTO De modo de mitigar las diferencias existentes entre la tributación del IRPF y del IRAE ficto a determinado nivel de ingresos por servicios personales, el Poder Ejecutivo emitió un reciente Decreto que, entre otras cosas, modifica las escalas utilizadas para el cálculo del impuesto. * Juan Pablo González Repasando conceptos En ediciones anteriores analizamos el régimen de liquidación del impuesto a las rentas mediante estimación ficta, y su conveniencia o no frente a una liquidación real. Asimismo, estudiamos la disyuntiva a la que se enfrentan ciertos prestadores de servicios personales (por ejemplo los profesionales), entre optar por liquidar sus obligaciones fiscales a través del IRAE o del IRPF. En ese momento, expusimos que optar entre una liquidación real o ficta del IRAE, siempre que fuera posible, dependía de varios factores, como por ejemplo la complejidad de la liquidación, la posibilidad de hacer uso de ciertos beneficios fiscales, la cantidad de gastos que se tengan para deducir, etc. En líneas generales, empresas de menor porte, escasa actividad y gastos reducidos, encuentran en la liquidación ficta una buena alternativa, pero siempre será importante analizar cada caso en concreto para optar por la opción más conveniente. Lo mismo sucede con la opción entre IRPF o IRAE, es decir, cada caso deberá estudiarse en forma específica. De todos modos, es oportuno mencionar que cuando tratamos este tema, vimos que para ingresos más altos el IRAE ficto se transformaba en la alternativa más conveniente, dado que el IRPF se calcula en base a escalas progresivas, y cuánto más altos los ingresos más carga tributaria generaba éste último impuesto respecto al IRAE. Por último, vale recordar que si el contribuyente de IRPF optaba por liquidar IRAE, debía permanecer en la opción por tres ejercicios. «Encarecimiento» de la opción Con la finalidad de equiparar la tributación en las rentas obtenidas por la prestación de servicios personales fuera de la relación de dependencia, el Poder Ejecutivo estableció una serie de modificaciones a través del Decreto 38/014. Así, aquellos contribuyentes que obtengan rentas comprendidas en la Categoría II (Rentas del Trabajo) del IRPF y tributen IRAE por haber ejercido la opción, y quienes siendo contribuyentes de IRAE obtengan rentas puras de trabajo y estén comprendidos en los sujetos que pueden liquidar en forma ficta (por ejemplo las SRL), aplicarán obligatoriamente la siguiente escala: Ventas y demás rentas anuales de utilidad ficta % Mas de Hasta - $ % $ $ % $ $ % Vale aclarar que si bien el texto del decreto fija los límites en Unidades Indexadas (UI), por cuestiones prácticas nos pareció oportuno convertir la UI a cotización del , tomando como límite superior el equivalente a 4: de UI, ya que éste es el tope máximo admitido para realizar una liquidación ficta de IRAE. Con anterioridad a esta modificación, un prestador independiente de servicios personales que optaba por tributar IRAE, pagaba el 25% (tasa del impuesto) del 48% de sus ingresos. El régimen prevé ciertas deducciones (sueldos fictos), pero en líneas generales se podría decir que el profesional volcaba a DGI el 12% de sus ingresos por concepto de impuesto a la renta. Esta nueva reglamentación introduce la existencia de dos nuevas escalas, del 60% y 72%, a las que el contribuyente deberá atender a la hora de realizar el cálculo de sus obligaciones. Antes del Decreto, los contribuyentes mencionados aplicaban, sin distinción, la escala del 48%. Tener en cuenta que, a modo de ejemplo, si un profesional factura $ 6:, el 60% de todos esos ingresos será el monto imponible del impuesto. Sigue conviniendo el IRAE ficto para ingresos altos? En anteriores oportunidades vimos algunos ejemplos que demostraban que bajo ciertos supuestos y con ingresos de $ 4: anuales, el IRAE ficto era la mejor opción en comparación con el IRPF. Hoy en día, para ese nivel de ingresos la situación permanece incambiada porque se mantiene dentro de la escala de 48%. Sin embargo, a medida que aumentan los ingresos hay que considerar el impacto que puede tener pasar a una escala superior en el IRAE ficto. Otro elemento que nos parece oportuno incorporar al análisis, es que ante estas modificaciones es probable que muchas empresas comiencen a considerar la opción de liquidar por IRAE real por ser más conveniente. Lógicamente esto dependerá de varios elementos, entre ellos la rentabilidad de la empresa, pero veamos un ejemplo simplificado que ayude a clarificar el concepto (VER CUADRO PAG SI- GUIENTE) En el ejemplo supusimos $ de gastos, haciendo indiferente la opción entre Real o Ficto por cuestiones numéricas. Con el nuevo Decreto, a ese mismo nivel de ingresos, el Real pasa a ser más conveniente. Modificación en los plazos Dado que el decreto comenzó a regir con el año 2014 en curso, se podría generar 6

7 IRAE Real IRAE Ficto antes IRAE Ficto después del del Decreto No. 38/014 del Decreto No. 38/014 Ventas anuales: Ventas anuales: Ventas anuales: Gtos. admitidos: Porcentaje de escala: Porcentaje de escala: ( ) 48% 60% Renta neta fiscal: IRAE (25%) a pagar: IRAE (25%) a pagar IRAE (25%) a pagar hacerlo por IRAE en el régimen real. En este último caso se da una situación particular cuando los socios de dicha empresa le facturan servicios a la misma. Así, mientras la sociedad personal tributa IRAE y deduce dichos honorarios en un 100%, los socios por su cuenta pueden tributar IRPF o IRAE ficto si así lo desean (también por IRAE real, pero no se analiza por no generar inconvenientes al no existir deducciones fictas de gastos). un perjuicio para quienes ya habían pagado su primer anticipo de IRAE del año. Bajo este nuevo régimen, tal vez les hubiera sido más conveniente tributar IRPF (que, recordemos, tiene anticipos bimestrales). Fue así que la normativa previó que «quienes obtengan rentas puras de trabajo y hayan optado por tributar el IRAE, podrán dejar sin efecto dicha opción para los ejercicios iniciados entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2014, aunque no hayan transcurrido tres ejercicios, en los plazos y condiciones que establezca la Dirección General Impositiva». Se le dio potestades a DGI para resolver la situación, y fue así que este organismo emitió la Resolución DGI No. 710/014. Explicaremos la misma mediante un ejemplo práctico, así, supongamos que un profesional cerró su primer ejercicio bajo IRPF el , y en el corriente año decide optar por liquidar IRAE en forma ficta, por lo que en febrero realiza el anticipo correspondiente al mes cargo enero. Según la resolución, y siguiendo el ejemplo, el contribuyente tendría hasta el mes de marzo para comunicar su baja del régimen de IRAE y su vuelta al IRPF. Su voluntad quedará manifiesta cuando en dicho mes de marzo realice el pago del anticipo de IRPF correspondiente al primer bimestre del ejercicio. El pago de IRAE realizado no se pierde, sino que podrá ser imputado a las obligaciones tributarias surgidas luego de ejercida la opción. Modificación de gastos deducibles en IRAE Las sociedades personales que prestan servicios personales pueden liquidar sus impuestos por IRAE ficto o bien pueden Si el socio liquida sus obligaciones por IRPF, deduce gastos «fictos» en un 30% y si liquida por IRAE ficto deducirá 52%, 40% o 28% en su liquidación personal, dependiendo en la escala en la que se encuentre según el Decreto 38/2014 que estamos analizando. Para gastos admitidos adicionales a los honorarios pagados a los socios, la sociedad solo podrá deducir el excedente entre dichos gastos y el 30% de los honorarios (si el socio tributa IRPF), o el 52%, 40% o 28% según corresponda (si el socio tributa IRAE ficto). * Contador Público, integrante del Área Contable-Tributaria de CARLE & ANDRIOLI, firma miembro de Geneva Group International. NUEVO REGISTRO DE EMPRESAS INDUSTRIALES Todas las industrias deberán registrarse en la Dirección Nacional de Industrias. Así lo dispone el Decreto 59/014. Aparece publicado en el Diario Oficial del día de hoy, el Decreto 59/014 que establece la obligación, para todas las industrias instaladas en el país, de registrarse en el Directorio de Empresas Industriales. Dicho directorio estará en la órbita de la Dirección Nacional de Industrias, dependencia del MIEM. La información a proporcionar está detallada en el artículo 2 del Decreto que remitimos adjunto. Es responsabilidad de las empresas gestionar directamente ante la DNI el registro y aporte de la información requerida por el Decreto. La omisión por parte de las industrias de cumplir con el requisito de registro que establece el Decreto, podrá ser sancionada con multas de entre 20UR y 50UR (art. 8 del Decreto). Quedamos a sus órdenes por cualquier aclaración o consulta. 7

8 FACULTAD DE VETERINARIA PROGRAMA DE EDUCACIÓN CONTINUA Objetivos: Cartelera 64/14 Actualización sobre el Bienestar Animal a nivel de plantas de faena en diversas especies Docente Responsable: Dra. Stella Huertas Organizan: Centro colaborador de OIE en Bienestar Animal y Grupo Técnico de Bienestar Animal Presentar los conceptos de la ciencia que trata el bienestar animal con énfasis en los animales de producción. Discutir las interacciones entre humanos y animales, concientizar a los profesionales veterinarios y otros profesionales involucrados sobre las consecuencias, positivas y negativas que el manejo puede producir en el bienestar de los animales. Actualizar conocimientos sobre el comportamiento de los animales especialmente en especies de producción. Actualizar la reglamentación nacional e internacional con especial énfasis en la legislación europea. Destinatarios: Egresados Universitarios de Áreas agrarias, personas que se desempeñen en la industria frigorífica y estudiantes según cupo. Lugar: Teórico Anfiteatro de Anatomía, Facultad de Veterinaria. Practico lugar a confirmar. Fecha: 2 al 4 de abril de 2014 Horario: 9 a 18 horas. Matrícula: $ Inscripciones: Profesionales a través de Tesorería de la Facultad de Veterinaria lunes a viernes de 10:00 a 12:30 horas y martes y jueves de 13:30 a 15:30 horas. Estudiantes de veterinaria según cupo. Abonan el 50 % de la matrícula, anotarse en el Programa de Educación Continua. Información: pecfvet@adinet.com.uy, Teléfono PROGRAMA TENTATIVO: Parte teórica (2 y 3 de Abril): - Bienestar animal, enfoque a nivel mundial. - Visión global sobre Bienestar Animal de la Oficina Internacional de Salud Animal (OIE), y las recomendaciones para los países miembros. - Principios básicos del comportamiento animal. - Buenas prácticas de manejo a nivel de establecimientos productores. - Importancia de las instalaciones. - Prácticas de manejo en el embarque y el transporte. - Influencia de las buenas prácticas de manejo en la calidad de los alimentos - Pérdidas económicas a consecuencia de manejos inapropiados. - Manejo de animales a la llegada a planta frigorífica, corrales de espera, noqueo y sacrificio. - Reglamento EC 1099/2009: Especificaciones y aspectos a tener en cuenta. Responsabilidades, Nivel de competencia, exigencias del Reglamento. - Legislación Nacional. Parte práctica (4 de Abril): Instalaciones, manejo con banderas respetando los principios de comportamiento animal. 8

9 Este Jueves 27 de Marzo, en el marco del Ciclo de Charlas sobre Logística & Competitividad 2014, los invitamos a participar de la charla: La Gestión Logística como Herramienta para Reducir Costos y Mejorar la Competitividad Empresarial. La charla pretende hacernos reflexionar sobre la importancia de la gestión logística como herramienta fundamental para desarrollar y potenciar la competitividad de una compañía y nos invita a explorar nuevos caminos para optimizar la gestión logística, reducir costos sin bajar el nivel de servicio. Temas a Abordar Lic. Alejandro Iglesias ANDREANI (Argentina) CUPOS LIMITADOS! Valor Inscripción: $UY IVA Incluye Coffee Break de Networking Forma de Pago: Abitab, RedPagos, BBVANet, EBrou y Banco Santander Si eres miembro de una cámara empresarial y/o asociación comercial, tienes un 20% de descuento. Las preinscripciones se realizan en: index.php?option=com_contact&view=contact&id=1&itemid=113 Realizada la Pre Inscripción, los contactaremos. Lugar: Hotel Cottage Miraflores 1360 esq Rambla, Montevideo, Uruguay Horario: 18:30 a 21:00 Los esperamos a partir de las 18:15 hrs. Información: Comunicarse al , por correo electrónico a: contacto@eventologistico.com o ingresando a la web del Ciclo de Charlas sobre Logística & Competitividad: 9

10 Con tecnología, productores rurales de Uruguay se adaptan al cambio climático Es la hora de la siesta en las afueras de la ciudad de Canelones, a unos 50 km. de Montevideo. La intensidad del sol no cesa y las temperaturas hacen imposible trabajar después del mediodía por lo que lo que los campos de la zona se han convertido, al menos durante unas horas, en un páramo sin personas a la vista. Tampoco se ven muchos animales. El calor los ha obligado a resguardarse. Para el agricultor Orlando Marenco, este es su merecido descanso luego de una jornada laboral que empezó antes de que salga el sol. Aunque nada parece fuera de lo común en el predio donde cultiva ajíes, calabazas y boñatos, es él mismo quien se encarga de aclarar que ha sido necesario introducir mejoras tecnológicas para mitigar el impacto de la falta de lluvias en sus cultivos. Entre estas mejoras se encuentra un sistema de solarización, que en pocas palabras significa colocar un plástico que cubra en su totalidad a las parcelas de ciertos cultivos, para que puedan conservar el calor y la humedad. Los soles son más fuertes y si no se planta con sombra, el sol quema, explica Marenco mientras ofrece probar uno de sus manjares más preciados: los dulces tomates cherry. Está complicado el clima y no hay otra que adaptarse, agrega. La historia de Orlando es una más de las tantas que se pueden contar sobre cómo el campo uruguayo se está adaptando al cambio climático: un problema que ya no es parte del futuro, está aquí y es ahora. Un Uruguay casi 4 más caluroso En los últimos años, el país ha padecido un aumento de la temperatura y una mayor frecuencia de inundaciones y sequías extremas, más intensas y frecuentes que las de los registros históricos. Este escenario supone grandes pérdidas económicas, en especial en un país donde el sector agropecuario es uno de los principales motores económicos, representando un 70% de las exportaciones uruguayas. Para ponerlo en perspectiva, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca de Uruguay (MGAP), estima que el valor de las pérdidas económicas de la industria del ganado vacuno durante la sequía de osciló entre los US$750 millones y los US$1000 millones. Así, la variabilidad climática en un país que depende altamente de sus recursos naturales, tiene un impacto especialmente negativo sobre los productores familiares como Orlando, que representan el 63% del total de los productores rurales del país. El panorama no es mucho más alentador en el futuro. Según estimaciones del portal de conocimiento del cambio climático del Banco Mundial, para el año 2100 el país enfrentará un aumento promedio de la temperatura en unos 3,4 º C, un 57% más de precipitaciones y mayor frecuencia e intensidad de fenómenos climáticos extremos que ya se están manifestando en la actualidad: violentas lluvias, vientos, tormentas de granizo, pero también intensas sequías. «Uruguay está dando un paso ejemplar en materia de adaptación al cambio climático, no sólo en beneficio de sus habitantes, sino para otros países del mundo que podrán estar interesados en una herramienta como esta» Holger Kray economista agrícola principal del Banco Mundial 10

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12 Uruguay: Exportaciones del Rubro Ovino Período: marzo 2013 a febrero de marzo de 2014 Durante los últimos 12 meses, ingresaron a Uruguay un total de 399 millones de dólares por concepto de exportaciones de los productos que componen el Rubro Ovino (lanas y productos de lana, carne ovina, pieles ovinas, ovinos en pie y grasa de lana y lanolina). Esta cantidad, representó una suba del 10.6% respecto a igual período anterior, según las cifras de las exportaciones cumplidas proporcionadas al Secretaria Uruguayo de la Lana por la Dirección Nacional de Aduanas. El 67.9% de las ventas al exterior de los productos del Rubro Ovino, correspondió a lana y productos de lana, que totalizaron 270 millones de dólares, aumentando un 7.9%, con respecto al período marzo/12 - febrero/13. Al analizar el comportamiento de los otros ítems que componen el Rubro Ovino, se observa que las exportaciones de Carne Ovina, totalizaron millones de dólares, aumentando un 27.3%. Las de Pieles Ovinas, totalizaron 9.8 millones de dólares disminuyendo un 6.8%, mientras que los Ovinos en Pie aumentaron 61.6% al totalizar 4.1 millones de dólares, en tanto Grasa de Lana y Lanolina contribuyó con 12.1 millones un 26.4% menos que igual periodo anterior. (Ver Cuadro Nº 1). Considerando solamente las exportaciones del mes de febrero del año 2014 y comparándola con las cifras del mismo mes del año anterior, se observó una suba del 5% en lanas y productos de lana al totalizar la cantidad de US$ En carne ovina, las exportaciones crecieron 30.2% respecto a febrero 2013 al alcanzar US$ Por su parte, cueros ovinos aumentó sus exportaciones en un 44%, mientras que el subrubro de grasa de lana y lanolina disminuyó en un 23.5%. Cuadro Nº 1 - Exportaciones del Rubro Ovino - En dólares americanos Exportaciones de lana y productos de lana En términos de volumen físico, durante el periodo marzo 2013 a febrero 2014, Uruguay exportó un total de 52.9 millones de kilos de lana equivalente base sucia (considerando lana sucia, lavada y peinada), 21.3% más que en igual período anterior. El 55.2% se exportó peinada, el 27.4% sucia y el 17.4% restante lavada. Las ventas al exterior en volumen físico se incrementaron en los tres productos: 52.6% lana sucia, 31.8% lavada y 7.6% lanas peinadas, comparadas con igual período anterior. (Ver gráfico Nº 1) Gráfico Nº 1 - URUGUAY: Evolución de las exportaciones de lana En millones de kilos base sucia Fuente: Elaboración SUL en base a datos DNA. Principales Destinos Fueron 32 los destinos de las ventas al exterior de lana durante el periodo marzo 2013 a febrero Analizando en términos de valor las exportaciones de lana sucia, lavada y peinada, totalizaron 252 millones de dólares, lo que implica un incremento del 11.5% respecto al período marzo/12 a febrero/13. El principal destino en término de valor de las exportaciones de ese grupo de productos, continuó siendo China, con el 48.4% del total. Lo siguen Alemania (15% del total), Turquía (7%), Italia (6.3%), India (5.4%), Reino Unido (2.9%), Irán (2.5%), Bulgaria (2.2%) y Japón (2.1%). En lana sucia, China adquirió el 81.3% del total, seguido de Alemania con 9.7%. En este sub-rubro, se observa un aumento del ingreso de divisas comparado con el mismo período del año anterior del 43.6% (total del periodo 68.2 millones de dólares). En lana lavada, del total de ingresos China representó el 61.3%, seguido por India (21.4%), Italia (4.8%), Estados Unidos (2.6%) y Alemania (1.8%). En este sub-rubro, el destino más importante (China) aumentó sus compras en términos de va- 12

13 lor un 26%. Comparado con igual período anterior el ingreso por este concepto aumentó 18.9%, alcanzando los 39.2 millones de dólares. En lana peinada, China adquirió el 29.3% del total, registrando un incremento del 22.8% en igual período anterior, seguido en importancia por Alemania (21%) que aumentó sus compras un 4.4%, Turquía (12.1%) que disminuyó sus compras 12.9% e Italia (9.4%) que disminuyó sus importaciones en términos de valor un 12.4%. Entre el quinto y décimo lugar se ubicaron, Irán (4.4%), Bulgaria (3.7%), Japón (3.7%), Marruecos (2.3%) y Perú (1.6%), (Ver gráfico Nº 2) Ingreso de divisas por producto Al realizar un análisis de los diferentes subrubros que integran las exportaciones de lana y productos de lana, observamos que las ventas al exterior de casi todos los subrubros registraron un descenso en sus exportaciones en términos de valor comparados con igual período anterior. La excepción es para la lana sucia, lavada y peinada que incrementaron su valor exportado. (Ver Cuadro Nº 2). Si dividimos las exportaciones de Lanas y Productos de Lana en dos grupos según el grado de valor agregado, es decir, uno (de menor valor agregado) en el que incluimos lana sucia, lavada, peinada y desperdicios y otro grupo (de mayor valor agregado) compuesto por hilados, tejidos, prendas, mantas y alfombras, observamos que el primero, registró una suba en términos de valor del 11.3%, mientras que el segundo disminuyó un 36.8%. Cuadro N 2: Exportaciones de lana y productos de lana en US$. Gráfico Nº 2 - URUGUAY: Principales destinos de las exportaciones de lana En porcentaje sobre el total de U$S: marzo 2013 a febrero 2014 Exportaciones de carne ovina En término de volumen físico, durante el periodo marzo 2013 a febrero 2014 Uruguay exportó un total de de kilos de carne ovina un 36.2% más que en igual período anterior. 36 países constituyeron el destino de las ventas de carne ovina, siendo China quien adquirió el 40.6%, Brasil (39.4%), Francia (3.3%), Rusia (2.3%) y Alemania (2.4%). En términos de valor (de los US$ exportados de carne ovina) los principales destinos fueron: Brasil (42.7%), China (30.2%), Alemania (5.6%), Francia (4.5%), Reino Unido (2.8%), Países Bajos (2.8%) y Rusia (2.0%). China se incrementó un 207% respecto de igual periodo entre marzo 2012 a febrero Nota: En los diferentes cuadros publicados, los totales pueden no coincidir a causa de los redondeos. Fuente: Elaboración SUL en base de datos proporcionados por la Dirección Nacional de Aduanas. 13

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15 Plazo para adherir a un plan de gestión de envases de productos agropecuarios Se recuerda a las empresas fabricantes, formuladores o importadores de productos químicos o biológicos para uso propio o de terceros, de uso en la producción vegetal o animal o de caravanas y elementos que contengan principio activo impregnado en matriz plástica, que se encuentran alcanzados por lo establecido por el Decreto 152/013 de 30 de mayo de 2013 (Dec. 152/013), y que aún no hayan presentado el registro y la adhesión al plan de gestión de envases y caravanas y/o planes de gestión de existencias obsoletas, que el plazo vence el próximo 29 de mayo de No existirá prórroga a este plazo y el incumplimiento de la presentación dará lugar a las infracciones y multas contempladas en el Dec. 152/013. Se recuerda especialmente que transcurrido dicho plazo comenzarán a regir la prohibición de la fabricación, formulación, importación, distribución y comercialización de los productos alcanzados por la normativa según se establece en el Art. 7º. fin del plazo: 29/05/2014 Para obtener mayor información se podrá consultar nuestra web: residuos-de-produccion-animaly-vegetal.html CEREALES / OLEAGINOSOS / FORRAJES PRODUCTOS AGRÍCOLAS - COTIZACIONES EN URUGUAY PANORAMA DE LA SEMANA LOCAL, SEGUN LA COMISIÓN DE INFORMACIÓN DE PRECIOS Y COMENTARIOS DE CEREALES Y OLEAGINOSOS DE LA CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAIS PRODUCTOS (Precio por tonelada en U$S) TRIGO Fuente: Cámara Mercantil de Productos del País VIERNES 21/03/14 VIERNES 28/03/14 PAGO Zafra Industria, Granel, Puesto en Molino PH 78, FN280, p Exportación, Zafra 2013/ Granel, puesto en Nueva Palmira PH / /250 - PH Afrechillo de Trigo - A levantar /20 días Pellets de Afrechillo - A levantar /20 días MAIZ Puesto en Montevideo Zafra /220 15/30 días Exportación, puesto en Nueva Palmira (Compradores)- Zafra 2013 Nominal Nominal - Importado, partido, a retirar de depósito Montevideo Nominal Nominal - Importado, entero, puesto en Montevideo 225/ /230 15/30 días SORGO (sano, seco y limpio puesto en Montevideo) días AVENA Superior Nominal Nominal - Buena Nominal Nominal - Importada días ALPISTE (sano y seco hasto un 5% de cuerpos extraños) CEBADA - Puesta en Montevideo Forrajera Buena días Forrajera Regular Nominal Nominal - GIRASOL Industria - Puesto en en Montevideo Nominal Nominal - Exportación - Puesto en Nueva Palmira Nominal Nominal - Harina de girasol - Base 32/33 Nominal Nominal - SOJA Industria - Puesta en Montevideo Nominal Nominal - Exportación - Zafra Puesta en Nueva Palmira - Compradores 475/ /480 - Harina de soja, 46% Proteína, 1,5% Grasa, Profax 47/50 Nominal Nominal - CANOLA Industria - Puesta en Montevideo Nominal Nominal - Harina de Canola - 36% Proteína, 1,6% Grasa PRODUCTO POR 100 KILOS EN $ ALFALFA - A levantar Especial Nominal Nominal - Común Nominal Nominal - MEZCLA - A levantar Especial Nominal Nominal - Buena Nominal Nominal - 15

16 LANA UNIÓN DE CONSIGNATARIOS Y REMATADORES DE LANA DEL URUGUAY INTEGRANTE DE LA CÁMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAÍS PRECIOS DE LOTES DE LANA SUPERIOR A SUPRA, A LEVANTAR DE ESTANCIA (EN DÓLARES POR KILO) Semana del 21 al 27 de marzo de 2014 RAZA MICRONAJE SIN ACONDICIONAR GRIFA CELESTE GRIFA VERDE PROMEDIO PROMEDIO PROMEDIO Merino Súper fino Merino Súper fino Merino Australiano / Dohne Merino/Ideal/Cruzas Cruzas Merino/Ideal/Merilín Cruzas finas Corriedale Fino Corriedale Medio Corriedale Grueso Corriedale muy grueso/ Romney Marsh Romney Marsh Menos de 17,9 18,0 a 18,9 19,0 a 19,9 20,0 a 20,9 21,0 a 21,9 22,0 a 22,9 23,0 a 23,9 24,0 a 24,9 25,0 a 25,9 3,75 26,0 a 26,9 3,50 27,0 a 27,9 28,0 a 28,9 29,0 a 29,9 3,18 3,40 30,0 a 31,5 31,6 a 34,0 Más de 34,1 Barriga y Subproductos Finos Barriga y Subproductos General 0,72 0,80 Cordero Fino Cordero General 2,10 Fuente: Aloe 2000 Ltda. - Arrosa y Muñoz Lanas Ltda.- Bruno Arrosa y Cia. S.A.- Barriola y Cia. S.A.- Escritorio Dutra Ltda.- Escritorio Romualdo Rodríguez Ltda.- Gaudín Hnos S.R.L.- Megaagro Haciendas Ltda. - Francisco Dotti S.C. - Victorica Consignaciones S.R.L.- Zambrano y Cia. S.A. *Se autoriza la reproducción total de la presente publicación, solo en caso de citar la fuente: Unión de Consignatarios y Rematadores Laneros del Uruguay 16

17 Australia: El indicador cierra esta semana nuevamente a la baja, con valores que no se veían desde agosto de En dólares australianos el indicador disminuyó 19 centavos (1.9%) respecto al cierre del 20 de marzo, ubicándose en centavos por kilo base limpia. Sin embargo, en dólares americanos, el IME registró una baja de 4 centavos (0.4%) con respecto al cierre de la semana anterior al ubicarse en 929 centavos por kilo base limpia. Esto se debió a que el dólar australiano se ubicó en respecto del dólar americano (2.4%). Si se analiza el indicador respecto al resto de las monedas, el IME se mantuvo en Euros mientras que en Yenes disminuye 0.6%. En dólares americanos y respecto al cierre de la semana pasada, los vellones presentan disminuciones en la mayoría de las categorías, entre un rango de 2.2% (lanas de 23 micas) y 0.4% (lanas de 17 y 19 micras).por el contrario el sector de lanas más gruesas aumentaron su valor entre un rango de 1.2% y 2.1%. Estas son las lanas de 26, 28, 25 y 30 micras. La oferta semanal totalizó la cantidad de fardos, de los cuales la demanda adquirió el 83.7%. Cabe señalar, que solamente el 21.8% de dicha oferta eran lanas de excelente calidad. Para las próximas subastas se estiman fardos semanales, previo receso de semana Santa. China lideró nuevamente las compras de esta semana, seguido de Europa e India. Los principales compradores fueron, Chinatex, Techwool Trading y Lempriere. ASOCIACIÓN DE CONSIGNATARIOS DE GANADO H A C I E N D A S SEMANA DEL 16 AL 22 DE MARZO DE 2014 COTIZACIONES PROMEDIO PRECIOS EN U$S FLETE A CARGO DEL COMPRADOR ENPIE CARNE EN 2ª BALANZA INDICE FLACO/GORDO ACG: 1,2475 SEM. ANT. SEM. ACT. SEM. ANT. SEM. ACT. NOVILLOS GORDOS - Razas Carniceras VACAS GORDAS - Razas Carniceras VAQUILLONAS GORDAS INDUSTRIA - COTIZ. PROMEDIO, FLETE A CARGO VENDEDOR Toros y Novillos Vacas Manufactura Conserva OVINOS GORDOS Corderos Cordero Pesado Borregos Capones Ovejas COMENTARIO: VACUNOS: Con faena estabilizada. Continúa la dificultad en la colocación de vacas. LANARES: Continúa la firmeza en el mercado. Nota: Los precios en pie contado son U$S 0,02 menos que a plazo. Los precios en 2da.balanza contado son U$S 0,04 menos que a plazo. LANA - Mercado internacional GANADO Exportaciones australianas: Respecto de las exportaciones australianas, los primeros puestos continúan igual que la zafra anterior según lo siguiente: el 71% tiene como destino China (135.7 Millones de kilos), seguido de India con un 6% (12.3 Millones de kg), Italia 5% (10 millones de kg), República Checa 4.8% (9 millones de kg) y Corea con 3.2% (6 millones de kg). Nueva Zelanda: Con una subasta de la demanda se ubicó en 77%. Se registraron subas en los precios tanto en moneda local como en dólares americanos, en un marco oferta restringida. Los principales compradores provienen de Australasia, India, Europa Occidental, seguido de China (NZ Wool Services, Fuhrmann y Masurel). El próximo remate es el 3 de abril con fardos ofertados en la Isla Norte Sudáfrica: En la subasta del 27 de marzo se remataron fardos con una demanda del 95%. Los precios cotizaron con bajas tanto en moneda local como en dólares americanos. Algunas referencias: las lanas de 20 micras cotizaron a la baja para ubicarse en US$10.24, al igual que las lanas de 21 micras que se ubicaron en US$ por kilo base limpia. El mercado siguió la tendencia a la baja del mercado australiano con un dólar más debilitado, y con menores compras por parte de China. La próxima venta se realizará el 2 de abril con fardos. R E P O S I C I O N SEMANA DEL 16 AL 22 DE MARZO DE 2014 PRECIOS PROMEDIO PARA RAZAS CARNICERAS Y SUS CRUZAS A LEVANTAR DEL ESTABLECIMIENTO CON PAGOS HASTA 30 DÍAS DESTARE PROMEDIO DEL 5% AL 7% S/CONDICIONES CARGA ESTIPULADAS CATEGORÍA PESO EN KG SEM.ANT. SEM.ACT. Terneros * hasta 140 kg USD / Kg Terneros * 141 a 180 kg USD / Kg Terneros * más 180 kg USD / Kg Novillitos 201 a 240 kg USD / Kg Novillos 241 a 300 kg USD / Kg Novillos 01 a 360 kg USD / Kg Novillos más 360 kg USD / Kg Novillos HQB 481 USD / Kg Terneras hasta 140 kg USD / Kg Terneras 141 a 200 kg USD / Kg Vaquillonas 201 a 240 kg USD / Kg Vaquillonas más 240 kg USD / Kg Vaquillonas y Vacas Preñadas USD / Kg Vacas de Invernada USD / Kg Piezas de Cría USD / Kg Exterior: Fuente SUL * Los precios de punta de la categoría Terneros corresponde a los Terneros más livianos, destetados y castrados. COMENTARIO: Con mayor oferta. Mercado cauteloso. 17

18 GANADO / CUEROS / RACIONES INFORME DE LA ASOCIACIÓN DE CONSIGNATARIOS DE GANADO MERCADOS AL 24 DE MARZO DE DÓLAR: $ 22,90 1 PESO ARG.: $ 2,25 1 REAL: $ 9,64 MERCADO DE LINIERS - ARGENTINA Novillos (esp. a buenos) +390 k. - Novillos (esp. a buenos) k - Vacas buenas - Vaquillonas especiales. - MERCADO DE CHICAGO - U.S.A. Novillos gordos U$S 3.32 MERCADO DE SAN PABLO - BRASIL Novillos gordos U$S 1.81 MERCADO DE PARAGUAY Novillos gordos U$S 1.65 PRECIO EN DÓLARES POR KG. EN PIE CUEROS LANARES, VACUNOS Y CERDAS Cotizaciones Contado Piso Barraca Montevideo CUEROS VACUNOS SECOS: $ LOS 10 KILOS Vacunos, al barrer, sanos a Vacunos, al barrer, maldesechos a PIELES LANARES: $ LOS 10 KILOS 3/4 lana arriba lotes generales sanos a /4 lana arriba lotes generales maldesechos a $ POR UNIDAD 1/4 y 1/2 lana lotes generales sanos a /4 y 1/2 lana lotes generales maldesechos 5.00 a 6.00 Troncos y tronquitos lotes grales. sanos a Troncos y tronq. lotes grales. maldesechos 4.00 a 5.00 Pelados lotes generales sanos a Pelados lotes generales maldesechos 1.00 a 2.00 Borregos (según altura de la lana) sanos a Borregos (según altura de la lana) maldesechos 1.00 a 2.00 Corderitos de 1ra. y 2da. cada uno a Corderitos de 3ra. cada uno 1.80 a 2.00 Continúa el desinterés a nivel internacional CERDA POR 10 KG. De vaca, de potro (mezclas) Información proporcionada por la Comisión de Precios de Lanas y Cueros de la Cámara Mercantil de Productos del País. ASOCIACION URUGUAYA DE INDUSTRIAS DE NUTRICIÓN ANIMAL CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS DEL PAIS COTIZACIONES DE INSUMOS A LA FECHA Y COMPARATIVO CON DOS SEMANAS ANTERIORES 21/02/14 14/03/14 21/03/14 28/03/14 Harina de carne y hueso 50/45 12,00 12,00 12,00 Harina de carne y hueso 40/45 9,50 9,50 9,50 Harina de sangre 13,00 13,00 13,00 Harina de pescado 13,00 13,00 13,00 Sebo granel 21,00 21,00 21,00 Maíz Ver pizarra de la C.M.P.P. Sorgo Ver pizarra de la C.M.P.P. Trigo Ver pizarra de la C.M.P.P. POR TON. (EN U$S) Harina de girasol Ver pizarra de la C.M.P.P. Harina de soja Ver pizarra de la C.M.P.P. Afrechillo de trigo Ver pizarra de la C.M.P.P. Afrechillo de arroz Oleína (granel) 650+IVA 650+IVA 650+IVA ALIMENTOS BALANCEADOS PRECIOS PROMEDIOS PARA LOS DIFERENTES TIPOS, PARA CRIADEROS, POR KILO Y A RETIRAR DE PLANTAS. INICIADOR PARRILLERO. U$S TERMINADOR PARRILLERO. U$S B.B. U$S RECRIA. U$S PONEDORAS PISO. U$S PONEDORAS JAULA. U$S INICIADOR LECHONES. U$S LECHONES. U$S CERDAS EN GESTACIÓN. U$S CERDAS EN LACTACIÓN. U$S CERDOS ENGORDE. U$S CERDOS RECRIA U$S CONEJOS. U$S TERNEROS INICIACIÓN U$S TERNEROS RECRIA U$S TOROS. U$S LECHERAS. U$S LECHERAS DE ALTO RENDIMIENTO. U$S CARNEROS. U$S EQUINOS. U$S COMENTARIO SOBRE EL MERCADO DE RACIONES: Al igual que en la semana anterior, se comercializan estos alimentos acorde con los precios de la escala respectiva. PRECIOS DE FRUTAS Y HORTALIZAS Diariamente se pueden consultar los precios de los productos frutícolas y hortícolas a través del teléfono Es un servicio de la Unidad de Información Comercial del Mercado Modelo 18

19 NIDERA URUGUAYA S.A. Exportadores de cereales Oleaginosos y Subproductos Rbla. 25 de Agosto de 1825 Nº P.1º Teléfonos: Fax: BARRACA GONZALEZ LAMELA CEREALES - FORRAJES - RACIONES Av. San Martín Tel.: Telefax: LANASUR S.A. Industrializadora de Lanas Uruguayas S.A. Elaboración y Exportación de TOPS, NOILS Y SUBPRODUCTOS Camino Vecinal 5620, Montevideo Casilla de Correo 807 Tels.: (598) * Fax: (598) E.mail:lanasur@lanasur.com.uy LANAS TRINIDAD S.A. Exportación Lana Peinada Miami Montevideo Tels / Fax CwUruguay@wtp.com.uy LAVADERO DE LANAS BLENGIO S.A. Planta industrial: Ruta 1 Km. 48,800 - Paraje Buschental s/n Libertad, San José Tel/fax Administración: Gral. Fraga 2198 C.P.:11800 Montevideo lavbleng@adinet.com.uy THOMAS MORTON S.A. Exportaciones de Lanas Importación - Representaciones César Díaz 1208 Tel.: / Fax: E. Mail: tmorton@adinet.com.uy ZAMBRANO Y CÍA. Consignatarios de Lanas Negocios Rurales Cuareim 1877 Tels FAX: ENGRAW EXPORT E IMPORT Co.S.A. Exportación y Peinaduría de Lana Julio César 1085 Tels.: Fax: E mail: engraw@engraw.com.uy URIMPEX S.A. Fundada en 1947 MIEL DEL URUGUAY Exportación - Envasado Compra-Venta de: MIEL - CERA - PROPOLEOS POLEN - REINAS Gral. Pacheco 1123/25 - Tel.: Fax: Tel. gratuito: E.mail: urimpex@adinet.com.uy MOLINO RIO URUGUAY S.A. Gral. Aguilar 1215 Tels.: Fax: mru@molinoriouruguay.com montelan@montelan.com Teléfono: MANTAS DE LANA MOLINO NUEVA PALMIRA S.A. Carlos Cúneo y Felipe Fontana (Nueva Palmira ) Tel Gral. Rondeau 1908 Esc. 8, 9 y 10 (Montevideo) Tel M Y R I N S. A LOGÍSTICA EN GRANELES PRIMERA PLANTA DE SERVICIOS DE ACONDICIONAMIENTO DE GRANOS DE MONTEVIDEO PLANTA DE SECADO Y PRELIMPIEZA PARA 60 TONS/HORA ACONDICIONAMOS Y ALMACENAMOS LOTES DESDE 300 TN RECIBIMOS EN CAMIÓN Y POR AFE LLENADO DE CONTENEDORES CON GRANELES SERVICIO INTEGRAL HASTA BODEGA DEL BARCO Camino Durán 4200 esq. Cnel. Raíz Tel.: myrin@netgate.com.uy MOLINO FLORIDA S.A. Emilia Pardo Bazán 2351 (Montevideo) Tels.: Fax.: Avda. Artigas 1295 (Florida) Tels.: Fax.: PROPIEDAD INTELECTUAL. MARCAS Y PAATENTES Desde 1980 Montevideo - Uruguay 25 de Mayo 467 of 501 Tel.: (598) fax: (598) info@fernnandezsecco.com La Cámara Mercantil de Productos del País, no se responsabiliza por la interpretación o mala interpretación de lo expuesto en su sitio Web o en las consultas al mismo, ni de su uso indebido, ni de perjuicios reales directos o indirectos o supuestos, invocados por quienes fueran inducidos a tomar u omitir decisiones o acciones, al consultar el sitio o sus servicios. El material publicado en el sitio web de la Institución, tiene como único propósito, brindar información a cualquier visitante, sin que ello implique responsabilidad alguna respecto de la exactitud e integridad de los datos que están volcados en el mismo. La información de precios de los diferentes productos, son simples datos de referencia o de medición del mercado, siendo variables y oscilantes, según la oferta y demanda en plaza. Términos y condiciones de uso Quien acceda a este sitio, acepta que toda información que se encuentra en el mismo y los errores o las omisiones en que se incurra, no podrán ser utilizados como base de cualquier reclamo o demanda o causa de acción legal. De igual forma, la información o cualquier opinión que estén expresadas en este sitio, no constituyen de manera alguna, ni suponen, un asesoramiento, calificación o sugerencia de compra o de venta de producto alguno, ni debe servir como base para decisiones de inversión. Cada lector deberá consultar a su asesor legal, impositivo, agente de negocios o asesor que considere oportuno. La Cámara Mercantil de Productos del País, tampoco garantiza ni se adhiere a la información y opiniones vertidas en los destinos listados en su sitio web, siendo el contenido de los mismos responsabilidad de sus respectivos autores. Queda expresamente aclarado que la Cámara Mercantil de Productos del País no emite juicios de valor de ningún tipo en los informes que brinda, ni tampoco tiene responsabilidad alguna sobre las decisiones a las que el receptor de dichos informes arribe; ya que éstas son producto de sus facultades discrecionales. La información que brinda nuestra Institución, ha sido obtenida de medios públicos y/o privados, considerados confiables, aunque no se asegura su exactitud ni integridad. La Cámara Mercantil de Productos del País queda exenta de responsabilidad acerca de la precisión, exactitud y/u omisión en los datos exhibidos en sus servicios de información ya que éstos son generados por las fuentes citadas en cada caso. 19

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