PLÁTICA MAGISTRAL. Expositor: Lorena De la Barrera Coordinator for Global Integrity Project in Mexico United Nations Office on Drugs and Crime, UNODC

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6 Principales Aspectos LFPIORPI Antecedentes de EnPdades Financieras La LFPIORPI y su Reglamentación AcPvidades Vulnerables Expedientes de IdenPficación de los Clientes Avisos e Informes Restricción de EfecPvo Representante de Cumplimiento Manual de PolíPcas y Procedimientos Expositor: Lic. Fernando Herrera Pliego, CAMS Socio Director de AML Advisory and Consulting Services, S.C.

7 Regulación de PLD/FT para EnPdades Financieras Fuente: SHCP/UIF

8 Obligaciones de PLD/FT para EnPdades Financieras Manual + Sistema + Capacitación (CCC / Oficial de Cumplimiento) Atención a Inspecciones y Requerimientos CNBV / CNSF / CONSAR Conocimiento del Cliente (Know Your Client (KYC)) Perfil Transaccional Listas PPE /GAFI /CNSU/ Personas Bloqueadas Reporte de Operaciones Relevantes Alto Riesgo? + Auditoría Anual PLD Monitoreo Transaccional y Reportes Internos Alertas Transaccionales Dictaminación Se reporta? Conservación de la Información (10 Años) Procedimientos para Clientes de Alto Riesgo Reporte de Operaciones Inusuales / Preocupantes

9 EstadísPcas de Reportes de EnPdades Financieras

10 EstadísPcas de Reportes de EnPdades Financieras

11 EstadísPcas de Reportes de EnPdades Financieras

12 EstadísPca de Denuncias UIF

13 La LFPIORPI (Ley AnP- Lavado) La Ley Federal para la Prevención e IdenPficación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) fue publicada el 17 de octubre de 2012 en el DOF y entró en vigor el 17 de julio de El Reglamento y las Reglas de Carácter General de dicha Ley fueron publicados el 16 y 23 de agosto de 2013 y entraron el vigor el 1 de seppembre de Las Reglas fueron reformadas el 24 y 31 de julio de La Ley regula en materia de Prevención de Lavado de Dinero a diversas acpvidades y profesiones no financieras, las cuales el Gobierno Mexicano considera vulnerables respecto a ser uplizadas como vehículo para la configuración de dicho delito.

14 Obligaciones de PLD/FT para AcPvidades Vulnerables Alta y Registro en el Portal de PLD del SAT. Nombramiento y Confirmación del Representante de Cumplimiento. Integración de Expedientes de IdenPficación de los Clientes, a parpr de determinados montos. Envío de Avisos al SAT, a parpr de determinados montos. En caso de no exispr actos u operaciones susceppbles de aviso, se debe enviar Informe en Ceros. Restricción de Operaciones en EfecPvo, a parpr de ciertos montos y únicamente para determinados actos u operaciones. Verificación de Listas de Personas Bloqueadas y aplicación de mecanismos prevenpvos en casos posipvos.

15 Obligaciones de PLD/FT para AcPvidades Vulnerables Manual + Sistema de Control + Representante de Cumplimiento Atención a Visitas de Verificación y Requerimientos de las Autoridades Expediente de ID / Conocimiento del Cliente Excede Efectivo? Lista de Personas Bloqueadas Rechazar Operación Monitoreo La restricción de efectivo solamente aplica a ciertos actos u operaciones. Alertas para Avisos (Incluye acumulado 6m) Excede Límite? Aviso (Reporte) SAT / UIF Conservación de la Información (5 Años)

16 ComparaPvo de Obligaciones de PLD/FT Entidades Financieras Concepto Actividades Vulnerables Sí Entidad Financiera No Leyes Diversas Normatividad Aplicable LFPIORPI CNBV / CNSF / CONSAR Supervisor PLD / FT SAT Sí Cuota Anual de Supervisión No Sí (Algunas Entidades) Dictamen Técnico Trianual No Sí Manual de PLD / FT Sí Sí Perfil Transaccional No Sí Clasificación por Grado de Riesgo Sí SÍ Verificación Listas PPE No Sí Verificación Lista de Personas Bloqueadas Sí Sí Reportes Sí (Avisos) Sí Comité de Comunicación y Control No Sí Oficial de Cumplimiento Sí (Representante de Cumplimiento) Sí Capacitación Anual de PLD / FT No Sí Sistemas Automatizados de PLD / FT No Sí Auditoría Anual de PLD / FT No

17 Cuáles son las AcPvidades Vulnerables? Actividades Vulnerables Identificación (Art. 17) Aviso SHCP (Art. 17) Las vinculadas a la práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos. La emisión o comercialización, habitual o profesional, de tarjetas de servicios o de crédito, que no sean emitidas o comercializadas por Entidades Financieras. La emisión o comercialización, habitual o profesional, de tarjetas prepagadas y de todas aquellas que constituyan instrumentos de almacenamiento de valor monetario, que no sean emitidas o comercializadas por Entidades Financieras. La emisión y comercialización habitual o profesional de cheques de viajero, distinta a la realizada por las Entidades Financieras. 325 SMGV $21,869 m.n. 805 SMGV / Mes $54,168 m.n. 645 SMGV $43,402 m.n. Todas 645 SMGV $43,402 m.n. 1,285 SMGV / Mes $86,468 m.n. 645 SMGV $43,402 m.n. 645 SMGV $43,402 m.n.

18 Actividades Vulnerables Las vinculadas a la práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos. La emisión o comercialización, habitual o profesional, de tarjetas de servicios o de crédito, que no sean emitidas o comercializadas por Entidades Financieras. La emisión o comercialización, habitual o profesional, de tarjetas prepagadas y de todas aquellas que constituyan instrumentos de almacenamiento de valor monetario, que no sean emitidas o comercializadas por Entidades Financieras. La emisión y comercialización habitual o profesional de cheques de viajero, distinta a la realizada por las Entidades Financieras. Identificación (Art. 17) 325 SMGV $21,869 m.n. 805 SMGV / Mes $54,168 m.n. 645 SMGV $43,402 m.n. Todas Aviso SHCP (Art. 17) 645 SMGV $43,402 m.n. 1,285 SMGV / Mes $86,468 m.n. 645 SMGV $43,402 m.n. 645 SMGV $43,402 m.n.

19 Actividades Vulnerables El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía, por parte de sujetos distintos a las Entidades Financieras. La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes por cuenta o a favor de clientes de quienes presten dichos servicios. La comercialización o intermediación habitual o profesional de Metales Preciosos, Piedras Preciosas, joyas o relojes, en las que se involucren operaciones de compra o venta de dichos bienes (excepcíón Banxico). Identificación (Art. 17) Todas Todas 805 SMGV $54,168 m.n. Aviso SHCP (Art. 17) 1,605 SMGV $108,000 m.n. 8,025 SMGV $540,002 m.n. 1,605 SMGV $108,000 m.n. (Solo efectivo)

20 Actividades Vulnerables La subasta o comercialización habitual o profesional de obras de arte, en las que se involucren operaciones de compra o venta de dichos bienes realizadas. La comercialización o distribución habitual profesional de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres. La prestación habitual o profesional de servicios de blindaje de vehículos terrestres, nuevos o usados, y de bienes inmuebles. La prestación habitual o profesional de servicios de traslado o custodia de dinero o valores (excepción Banxico y determinadas instituciones). La recepción de donativos, por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro. La constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles. Identificación (Art. 17) 2,410 SMGV $162,169 m.n. 3,210 SMGV $216,001 m.n. 2,410 SMGV $162,169 m.n. Todas 1,605 SMGV $108,000 m.n. 1,605 SMGV / Mes $108,000 m.n. Aviso SHCP (Art. 17) 4,815 SMGV $324,001 m.n. 6,420 SMGV $432,002 m.n. 4,815 SMGV $324,001 m.n. 3,210 SMGV $216,001 m.n 3,210 SMGV $216,001 m.n. 3,210 SMGV / Mes $216,001 m.n.

21 Actividades Vulnerables Será objeto de identificación la prestación de servicios profesionales, de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente respectivo, en aquellos casos en los que se prepare para un cliente o se lleven a cabo en nombre y representación del cliente cualquiera de las siguientes operaciones: a) La compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos. b) La administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes. c) El manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores. d) La organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles. e) La constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles.

22 Actividades Vulnerables Identificación (Art. 17) Aviso SHCP (Art. 17) La prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal, mediante autorización otorgada por la SHCP, para promover por cuenta ajena, el despacho de mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la Ley Aduanera, de las siguientes mercancías: Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, nuevos y usados. Todas Todas Máquinas para juegos de apuesta y sorteos, nuevas y usadas. Equipos y materiales para la elaboración de tarjetas de pago. Joyas, relojes, piedras preciosas y metales preciosos. Obras de arte. Materiales de resistencia balística para la prestación de servicios de blindaje de vehículos. Todas Todas 485 SMGV $32,636 m.n. 4,815 SMGV $324,001 m.n. (Valor Individual) Todas Todas Todas 485 SMGV $32,636 m.n. 4,815 SMGV $324,001 m.n. (Valor Individual) Todas

23 Actividades Vulnerables Identificación (Art. 17) Aviso SHCP (Art. 17) La prestación de servicios de fe pública, tratándose de los Notarios Públicos: La transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles, salvo garantías que se constituyan en favor de entidades del sistema financiero u organismos públicos de vivienda. El otorgamiento de poderes para actos de administración o dominio otorgados con carácter irrevocable. La constitución de personas morales, su modificación patrimonial derivada de aumento o disminución de capital social, fusión o escisión, así como la compraventa de acciones y partes sociales de tales personas. Todas Todas Todas 16,000 SMGV $1,076,640 m.n. Todas 8,025 SMGV $540,002 m.n. ConPnúa

24 conpnuación Actividades Vulnerables Identificación (Art. 17) Aviso SHCP (Art. 17) La prestación de servicios de fe pública, tratándose de los Notarios Públicos: La constitución o modificación de fideicomisos traslativos de dominio o de garantía sobre inmuebles, salvo los que se constituyan para garantizar algún crédito a favor de entidades del sistema financiero u organismos públicos de vivienda. El otorgamiento de contratos de mutuo o crédito, con o sin garantía, en los que el acreedor no forme parte del sistema financiero o no sea un organismo público de vivienda. Todas Todas 8,025 SMGV $540,002 m.n. Todas

25 Actividades Vulnerables Identificación (Art. 17) Aviso SHCP (Art. 17) La prestación de servicios de fe pública, tratándose de los Corredores Públicos: La realización de avalúos sobre bienes. La constitución de personas morales mercantiles, su modificación patrimonial derivada de aumento o disminución de capital social, fusión o escisión, así como la compraventa de acciones y partes sociales de personas morales mercantiles. La constitución, modificación o cesión de derechos de fideicomiso, en los que de acuerdo con la legislación aplicable puedan actuar. El otorgamiento de contratos de mutuo mercantil o créditos mercantiles en los que de acuerdo con la legislación aplicable puedan actuar y en los que el acreedor no forme parte del sistema financiero. 8,025 SMGV $540,002 m.n. Todas Todas Todas 8,025 SMGV $540,002 m.n. Todas Todas Todas

26 Expedientes de IdenPficación de los Clientes El Conocimiento del Cliente es el pilar fundamental de cualquier programa de cumplimiento en materia de PLD/FT. Dentro del Manual de PolíPcas y Procedimientos, se deberá elaborar y observar una polípca de idenpficación de los clientes y usuarios, la cual comprenderá, cuando menos, los lineamientos establecidos en las Reglas, los criterios, medidas y procedimientos internos que se requieran para su debido cumplimiento y los relapvos a la verificación y actualización de los datos proporcionados por los clientes y usuarios. Se deberá integrar y conservar un expediente único de idenpficación de cada uno se los clientes o usuarios, cuando se iguale o exceda el umbral de idenpficación previsto en la LFPIORPI. Se pueden integrar expedientes simplificados a clientes o usuarios de Bajo Riesgo.

27 Expedientes de IdenPficación de los Clientes El expediente podrá ser uplizado en todos los actos u operaciones que lleven a cabo con el mismo cliente o usuario. Los datos y documentos del expediente pueden conservarse ksicamente, sin necesidad de conservarlos de manera electrónica, siempre y cuando sean concentrados dentro de un mismo archivo ksico único. El expediente se integrará de manera previa o durante la realización de un acto u operación o, en su caso, con anterioridad o al momento del establecimiento de una Relación de Negocios. En este úlpmo caso, adicionalmente, dicho expediente deberá actualizarse, al menos, con recurrencia anual. Fecha de Cumplimiento: A parpr del 1 de seppembre de 2013.

28 Ejemplo PrácPco: Personas Físicas Mexicanas Obligatorios: Datos Nombre completo sin abreviaturas. Fecha de nacimiento. País de nacimiento. País de nacionalidad. AcPvidad / Ocupación / Giro del Negocio. Domicilio en su Lugar de Residencia. Teléfono(s), incluyendo clave lada. Tipo de ID. Número de ID Emisor de ID. Opcionales: E- mail, RFC y CURP. Obligatorios: Documentos ID oficial vigente o con vencimiento previo no mayor a 2 años, con firma y fotograka. Declaración firmada por el cliente, en la cual conste si Pene conocimiento de la existencia de un Dueño Beneficiario. Opcionales: Comprobante de domicilio con anpgüedad no mayor a 3 meses, cuando la ID no lo contenga o difiera del manifestado. Cédula de IdenPficación Fiscal y CURP.

29 IdenPficaciones y Comprobantes Válidos IdenPficaciones Oficiales Credencial para votar. Cualquier idenpficación emipda por autoridades mexicanas federales, estatales o municipales (tomar como referencia las aceptadas por EnPdades Financieras). Otras idenpficaciones que, en su caso, apruebe la UIF. Comprobantes de Domicilio Energía eléctrica. Telefonía. Gas natural. Agua. Impuesto Predial. Estados de cuenta bancarios. Contrato de arrendamiento registrado ante autoridad fiscal. Comprobante de inscripción en el RFC. Otros comprobantes que, en su caso, apruebe la UIF.

30 Dueño Beneficiario / Beneficiario Controlador A la persona o grupo de personas que: Por medio de otra o de cualquier acto, obpene el beneficio derivado de éstos y es quien, en úlpma instancia, ejerce los derechos de uso, goce, disfrute, aprovechamiento o disposición de un bien o servicio, o Ejerce el control de aquella persona moral que, en su carácter de cliente o usuario, lleve a cabo actos u operaciones con quien realice una acpvidad vulnerable, así como las personas por cuenta de quienes celebra alguno de ellos. Este Ppo de figuras, en caso de detectar su existencia, se idenpficarán de manera idénpca que al cliente Ptular, con los mismos datos y documentos según su personalidad jurídica.

31 Dueño Beneficiario / Beneficiario Controlador Se enpende que una persona o grupo de personas controla a una persona moral cuando, a través de la Ptularidad de valores, por contrato o cualquier otro acto, puede: Imponer, directa o indirectamente, decisiones en las asambleas generales de accionistas, socios u órganos equivalentes, o nombrar o desptuir a la mayoría de los consejeros, administradores o sus equivalentes. Mantener la Ptularidad de los derechos que permitan, directa o indirectamente, ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital social. Dirigir, directa o indirectamente, la administración, la estrategia o las principales polípcas de la misma.

32 Formato Know Your Client (KYC) / Personas Físicas

33 Formato Know Your Client (KYC) / Personas Físicas

34 Expedientes por Personalidad Jurídica Personas Físicas Mexicanas o Extranjeras Residentes Temporales o Permanentes. Personas Físicas Extranjeras Visitantes. Personas Morales Mexicanas. Personas Morales de Derecho Público. Determinadas Sociedades, Dependencias y EnPdades. Personas Morales Extranjeras. Embajadas, Consulados u Organismos Internacionales con Sede o Residencia en México. Fideicomisos

35 Presentación de Avisos e Informes Los Avisos, ya sea por actos u operaciones en una sola exhibición o por acumulación de 6 meses por 7po de acto u operación, se presentarán a través del portal h0ps://sppld.sat.gob.mx/sppld y con base en el Layout publicado por la UIF, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel en que se lleve a cabo al acto u operación o se alcance el monto acumulado. El aviso podrá enviarse en días posteriores al 17 del mes que corresponda, conforme a la calendarización publicada en el Portal. Si no hay operaciones u actos que reportar en un mes determinado, se deberá enviar un Informe en Ceros por el medio y dentro del plazo arriba previstos. No perder de vista los Avisos de 24 Horas.

36 Presentación de Avisos e Informes Los Avisos aplican para actos u operaciones realizados del 1 de sep7embre de 2013 en adelante. Los Informes en Ceros, en su caso, aplican a parpr de la misma fecha arriba prevista. Los Avisos e Informes pueden ser generados de 4 maneras: PlanPlla Excel. PlanPlla Java. Directamente en el Portal. Generación de archivo xml desde un sistema propio. El 1 de seppembre de 2014 entraron en vigor nuevas planpllas. Fecha de Cumplimiento: A par7r del 31 de octubre de 2013.

37 Restricción de EfecPvo Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos (Oro, Plata y PlaPno), en los supuestos siguientes: Actividades Vulnerables Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles. Transmisiones de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres. Transmisiones de propiedad de relojes, joyería, Metales Preciosos y Piedras Preciosas, ya sea por pieza o por lote, y de obras de arte. Restricción (Art. 32) 8,025 SMGV $540,002 m.n. 3,210 SMGV $ 216,001 m.n. 3,210 SMGV $ 216,001 m.n. ConPnúa

38 conpnuación Restricción de EfecPvo Actividades Vulnerables Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como la entrega o pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos. Prestación de servicios de blindaje para vehículos o bien, para bienes inmuebles. Transmisión de dominio o constitución de derechos de cualquier naturaleza sobre los títulos representativos de partes sociales o acciones de personas morales. Constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles y vehículos. Restricción (Art. 32) 3,210 SMGV $ 216,001 m.n. 3,210 SMGV $ 216,001 m.n. 3,210 SMGV $ 216,001 m.n. 3,210 SMGV / Mes $ 216,001 m.n. Fecha de Cumplimiento: A par7r del 31 de octubre de 2013.

39 Representante de Cumplimiento Las personas morales deberán nombrar a un Representante encargado del cumplimiento de las obligaciones aplicables (similar pero no idénpco al Oficial de Cumplimento de las EnPdades Financieras). En tanto no haya un representante o la designación no esté actualizada, el cumplimiento de las obligaciones corresponderá a los integrantes del órgano de administración o al administrador único. Las personas ksicas tendrán que cumplir, en todos los casos, personal y directamente con las obligaciones que establecen la Ley y su Reglamentación La designación formal ante el SAT deberá realizarse, vía electrónica, a través del portal h0ps://sppld.sat.gob.mx/sppld.

40 Representante de Cumplimiento Posteriormente, la designación se completará mediante el ingreso del Representante de Cumplimiento al Portal ya mencionado, uplizando su propia clave del RFC y cerpficado vigente de la FIEL, a fin de aceptar o rechazar el nombramiento correspondiente. En el supuesto de que el Representante de Cumplimiento no se encuentre inscrito en el RFC, podrá realizar su inscripción sin obligaciones fiscales para estar en posibilidad de tramitar su FIEL. La aceptación o rechazo de la designación, será informada por el SAT a la persona moral que realizó el nombramiento. El rechazo de la designación no libera a la persona moral del cumplimiento de las obligaciones aplicables.. Fecha de Cumplimiento: A par7r del 1 de octubre de 2013.

41 Obligaciones del Representante de Cumplimiento En la normapvidad aplicable a EnPdades Financieras, se establecen funciones específicas y detalladas para el Oficial de Cumplimiento, e incluso restricciones para determinados funcionarios. Aunque la LFPIORPI y su Reglamentación no contemplan de manera precisa las funciones del Representante de Cumplimiento, podemos inferir que sus obligaciones son las siguientes: Capacitarse con recurrencia anual y mantenerse actualizado. En este senpdo, es muy importante ingresar conpnuamente al Portal de PLD del SAT y estar al pendiente de cualquier novedad, parpcularmente en lo referente a Reformas, PlanPllas y Criterios. Asimismo, mantener capacitado al personal de la empresa y dejar constancia de ello. Asegurarse que los expedientes de idenpficación se encuentren debidamente integrados y actualizados.

42 Obligaciones del Representante de Cumplimiento Asegurarse que la Lista de Personas Bloqueadas y otras proporcionadas por la autoridad, son verificadas. En caso de localizar casos posipvos, actuar acordemente. Asegurarse que los Avisos o Informes en Ceros, según sea el caso, sean presentados en Pempo y forma, incluyendo los que puedan resultar de 24 Horas. En caso de aplicar la restricción de efecpvo, monitorear su estricta observancia. Desarrollar y mantener actualizado el Manual de PolíPcas y Procedimientos. Atender los avisos, nopficaciones, requerimientos y visitas de verificación del SAT. Ahora bien, cuál es el perfil ideal? en qué se parece y difiere de un Oficial de Cumplimiento? cúáles son los riesgos?

43 Documento (Manual) de PolíPcas y Procedimientos Debe incluir los lineamientos para idenpficar a los clientes y usuarios, incluyendo los criterios y parámetros para clasificarlos por grado de riesgo. Más allá de las polípcas generales, el documento debe contener los procedimientos para dar cumplimiento a dichas polípcas. Se debió elaborar dentro de los 90 días naturales siguientes al alta en el Portal del SAT. OJO: Con la Reforma del 24 de julio de 2014, el SAT solicitó la actualización del Manual de PLD, dentro de los 90 días naturales siguientes al 25 de julio del mismo año. Límite: 23 de octubre de 2014.

44 Qué debe incluir mi Manual? PolíPcas, lineamientos, criterios y procedimientos para integrar los expedientes de idenpficación de los clientes y usuarios. Criterios para clasificar clientes o usuarios de Bajo Riesgo. Cuando los actos u operaciones se desarrollen a través de medios electrónicos, óppcos o de cualquier otra tecnología, documentar mecanismos y procedimientos para prevenir su uso indebido. Cuando se forme parte de un Grupo Empresarial y se pretenda intercambiar información, documentar mecanismos que garanpcen la seguridad y confidencialidad de la información. Mecanismos para la acumulación semestral de actos u operaciones previamente idenpficadas y susceppbles de Aviso. Todas aquellas excepciones y criterios propios que resulten aplicables. Siempre redacta en un lenguaje claro, conciso y directo; recuerda que la audiencia principal de tu Manual es el personal de tu propia empresa.

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47 Antecedentes del combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo y Tipologías del Lavado. LUIS F. ORTIZ OCA LAW FIRM

48 Lavado v. Corrupción Suiza / USA / Inglaterra / Italia / Canadá / Tailandia / Holanda / Indonesia / México / China *FIM2009 Suiza (7) / USA (19) / Inglaterra (14) / Italia(69) / Canadá (9) / Tailandia(102) / Holanda(8) / Indonesia(114) / México(106) / China(80) *FIM2009

49 Ley del Secreto Bancario 1970 Ley para Control de Lavado de Dinero (Federal 1986): Es delito - transacciones superiores a 10milUSD. TAMBIÉN: insptuciones financieras que no reporten 10milUSD + Mantener registros y documentación. Ley contra Abuso de Drogas (1988). Ley Prevención del Crimen Ley Patriota Antecedentes en USA.

50 USA..cont. Red para la Persecución de Delitos Financieros (FinCEN como parte del TRACfin.) Traitement du renseignement et ac/on contre les circuits financiers clandes/ns. Acuerdo Cooperación Mutua entre MEX y USA Intercambio Info respecto de Transacciones en Moneda realizada a través de InsPtuciones Financierras para CombaPr AcPvidades Ilícitas. DOF 10Ene

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52 2.- Europa. España Italia 1978 y 1990 Francia 1996 UK 1986 Drug Traffiking Offences Act. Bélgica 1993 Luxemburgo 1989 (facilitado o intenado facilitar). Suiza Comisión Bancaria como encargado. 10Jun90.- Consejo de Europa Adopta GAFI.

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55 ONU - Undoc The Law Enforcement, Organized Crime y el AnP- Money- Laundering Unit de UNODC son responsables del Global Programme against Money- Laundering, Proceeds of Crime and the Financing of Terrorism, se establecido en 1997 en en respuesta al mandato para la UNODC a través de la Convención An7droga, Psicotrópicos y Sustancias Ilícitas en

56 ONU - GAFI ResoluPon 1617 (2005) of the UN Security Council: Strongly urges all Member States to implement the comprehensive, internaponal standards embodied in the Financial AcPon Task Force s (FATF) Forty RecommendaPons on Money Laundering and the FATF Nine Special RecommendaPons on Terrorist Financing;

57 4.- GAFI GRUPO ACCIÓN FINANCIERA 1989 (FATF) GAFI Recomendaciones. GAFI II Francia Consolidación Intercambio de Info. GAFI III 1ª ronda evaluación mutua (FRA, SUE, UK, AUS). GAFI IV 1993 Australia

58 Ampliación de Recomendaciones Casinos Agentes inmobiliarios Notarios Abogados Contadores públicos Art. 17 LFPIORPI Comerciantes de piedras preciosas y metales preciosos Proveedores de servicios societarios y fideicomisos

59 CAJAS Señales Alerta Indicios / ocultar qué? FUENTES: CUENTAS Centros de Pago Cambiarios Irregularidad NEXOS FLUJOS INUSUALES Estándar Económico del Agente Paraisos PERSONAS ACTIVIDAD VULNERABL E

60 GAFISUD GAFISUD es una organización intergubernamental de base regional que agrupa a 12 países de América del Sur, Centroamérica y América de Norte para combapr el lavado de dinero y la financiación del terrorismo.

61 Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay. México (2006), Costa Rica y Panamá (2010). GAFISUD Personalidad Jca. Estatus Diplomático Sus órganos de funcionamiento: Pleno de Representantes, Consejo de Autoridades, Secretaría Ejecutiva y Grupos de Trabajo. Uruguay puso a disposición su centro de Capacitación en materia de lavado de dinero de Montevideo.

62 TIPOLOGIAS

63 Tipologías Gafisud. Lavado a través de Casinos Perú. Lavado a través de AcPvidades Agrícolas y compra de terrenos Brasil. Lavado de fondos provenientes de narcotráfico a través de arrendamientos México Oro Arte Servicios Legales (Bra, Peru, Colombia).

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65 USO FIRMAS DE ABOGADOS Y CONTADORES

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67 México a) Delito de lavado como delito fiscal 13 mayo 96. b) Incorporación del Delito de Lavado de Dinero al Código Penal 400- Bis. c) La nueva Ley AnPlavado : moda o un inicio?

68 Delito Fiscal 115 Bis CFF (1º enero 1990) (AD3 dic 1993) 3-9 años prisión 400- Bis CPF. 5 a 15 años.

69 ETAPAS LAVADO Dinero en el sistema legalmente. Es complejo dispnguir pues podría ser la venta de un auto, reloj, joyas INTEGRACIÓN 3.- REINGRESO DINERO SUCIO 1.- INGRESA AL SISTEMA FINANCIERO Introducción al sistema mediante casinos, bancos, préstamos casas cambio, facturas. COLOCACIÓN 2.- SUFRE O INTERCALACIÓN / ESTRATIFICACIÓN Secuencia de operaciones complejas y dikciles de rastrear. Simulaciones con flujos..

70 1.- Co. $ Factura 29 CFF Prestador Servicios ( asesor Fiscal ) Ejemplo: / 70

71 1.- Co. $ Factura 29 CFF Prestador Servicios ( asesor Fiscal ) Ejemplo: 2.- Co. Prestador Servicios ( asesor Fiscal ) EfecPvo o un 3º. Menos su Comisión / 71

72 1.- Co. $ Factura 29 CFF Prestador Servicios ( asesor Fiscal ) Ejemplo: 2.- Co. Prestador Servicios ( asesor Fiscal ) EfecPvo o un 3º. Menos su Comisión / 72

73 A FAVOR Moda o inicio? EN CONTRA Es urgente hacer frente al lavado por: Excedente de efecpvo. Distorsiona realidad económica del país. Regresa el senpdo de equidad. Genera Inteligencia. Cooperación Internacional. Fortalece Tributación. Alto costo administrapvo. Texto complejo. Derecho Dinámico. Unidad requiere manos. Da la idea de falta de planeación. Conclusión: ES UN INICIO no tan básico. El esfuerzo de todos podría valer la pena.

74 Eslabones débiles dentro de la cadena de la lucha contra el lavado = Paraísos Fiscales o Bancarios - Nando Lefort

75 Nando Lefort: proviene a) del narcotráfico, b) traslado de dinero por maniobras de defraudación fiscal, y c) corrupción de funcionarios públicos

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78 El delito de Lavado de Dinero, -Operaciones con Recursos De Procedencia Ilícita-. Delitos Conexos y Precedentes LIC. JORGE A. LARA RIVERA

79 Tipo penal recientemente reformado TIPO PENAL ANTERIOR Artículo 400 Bis. Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes propósitos: ocultar o pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita. NUEVO TIPO PENAL Artículo 400 Bis. Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que, por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.

80 Consideraciones Fuero federal o fuero común? Delito tanto del fuero federal como del fuero común. A nivel federal se predica con el delito de Delincuencia Organizada. Puede llegar a tener repercuciones de Ppo fiscal (defraudación fiscal). Conlleva riesgos de orden procesal penal Al ser delito grave en el actual sistema penal no admite fianza y el amparo no admite suspensión provisional. En el nuevo sistema de juspcia penal al predicarse con Delincuencia Organizada implica prisión prevenpva oficiosa.

81 Actos de invespgación en materia de prevención y combate a delitos patrimoniales y financieros - Inves7gación para la prevención a cargo de PF Intervención de comunicaciones - Inves7gación de delitos (UIF- PGR- PF) - Medidas de seguridad - Intervención de comunicaciones (Incluye disposipvos) - Operaciones encubiertas - TesPgos protegidos y otras figuras - Cateos - Aseguramientos - Providencias precautorias (inmovilización de cuentas) - Solicitud de decomiso

82 Consecuencias no penales - Ex7nción de dominio Decomiso sin condena, tanto del orden federal como del fuero común - Listas negras - Listas de personas bloqueadas - Reportes de 24 horas previstos en LFPIORPI. - Riesgos reputacionales - Riesgos legales Nulidad de contratos Responsabilidad civil objepva

83 Ante un entorno de riesgo detectado, incluso con estándar de ley, de lavado de dinero, es importante medir el riesgo legal a efecto de controlarlo, mipgarlo e incluso conjurar las consecuencias de indagatorias o actos de autoridad. En ese senpdo, el cumplimiento de la normapvidad de prevención de lavado es una medida altamente recomendable a efecto de controlar y mipgar dichos riesgos.

84 Los casos de lavado EN TODOS LOS SECTORES SE HAN MULTIPLICADO Y LAS INVESTIGACIONES SE INTENSIFICARÁN.

85 FUENTE: GAFI

86 FUENTE: GAFI

87 De acuerdo al segundo informe de Gobierno: FUENTE: GAFI La UIF/SHCP ha invespgado 14 de millones de operaciones financiera con los siguientes resultados: Dinero asegurado mdp/ 8.1mdd/ 3,464 euros La PGR ha realizado 289 averiguaciones entre seppembre de 2013 y julio 2014 Dinero asegurado 1.9 mdp/ 5.8 mdd/ 50 mil pesos colombianos La Policía Federal ha capturado 38 personas que operaban estructuras financieras 1.5 mdp/ 5 mdd

88 FUENTE: GAFI

89 RECOMENDACIONES El enfoque basado en riesgo y las acciones de conocimiento e idenpficación del cliente previstas en la Ley AnPlavado como mecanismos generadores de valor agregado y seguridad. Herramientas para la debida diligencia World- Check

90

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