PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES / BASE DEL LLAMADO

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1 2015 AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES / BASE DEL LLAMADO Jurisdicción o Entidad Contratante: PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. Denominación de la UOC: DIVISION CONTRATACIONES UOC Nº Domicilio: Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Oficina 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE , Interno Correo Electrónico para observaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares: pliegos@prefecturanaval.gov.ar Fax para observaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares: Correo Electrónico para impugnaciones al Dictamen de Evaluación: cevaluadora@prefecturanaval.gov.ar Fax para impugnaciones al Dictamen de Evaluación: Tipo de Procedimiento: LICITACION PUBLICA Nº: 042 Ejercicio: 2015 Clase / Causal del Procedimiento: DE ETAPA UNICA NACIONAL Modalidad: SIN MODALIDAD Nº de Expediente: CUDAP Ejercicio: 2015 Rubro: 45 MANTENIMIENTO REPARACION Y LIMPIEZA. Objeto: CONTRATAR EL SERVICIO DE PUESTA A PUNTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO, ANALISIS ESTEQUIOMETRICO DE LOS TRES (3) QUEMADORES MARCA METLER, DE LA INSTALACION TERMOMECANICA DEL SISTEMA DE CALEFACCION CENTRAL (CALDERAS Y ANEXOS), DEL EDIFICIO GUARDACOSTAS. Costo del Pliego: PESOS DIEZ ($ 10,00).- Plazo de Duración del Contrato: Acorde las Cláusulas Particulares Nº 14 Plazo de Entrega (Para el Item 1) y Nº 15 Duración del Servicio (Para el Item 2). Notificaciones: Acorde la Cláusula Particular Nº 22 Comunicación y Notificaciones. ACTO DE APERTURA: Lugar/Dirección Edificio Guardacostas Sito en la Av. Eduardo Madero 235 Dirección de Administración Financiera Departamento Adquisiciones División Contrataciones 7º Piso Of Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Nº DE RENG. CANT. 1 1 Día y Hora 20 DE MAYO DE 2015 A LAS 09:00 HORAS. ESPECIFICACIONES TECNICAS DESCRIPCION DEL SERVICIO Por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, la medición de espesores de las Tres (3) calderas, la prueba hidráulica obligatoria, la puesta a punto y en marcha, el análisis estequiométrico de los Tres (3) quemadores marca METLER y todo lo que lo compone, correspondiente a la instalación termo mecánica del sistema de calefacción central compuesto de Tres (3) calderas a gas, con una capacidad de kcl/hora cada una, marca TERMICAL, Serie C-3P- A, tipo humo tubular, instalado en la Sala de Máquinas, ubicada en el 2º Subsuelo del Edificio Guardacostas. NOTA: La Adjudicataria deberá regirse por los Reglamentos sobre Instalaciones Térmicas y Ventilaciones Mecánicas, referente al Documento Complementario del Código de Edificación del GCBA, lo mencionado en el Capitulo 7.III.7 Instalaciones Térmicas Productora de Aire Caliente Mediante Combustión. UNIDAD DE MEDIDA Servicio ITEM 1 MEDICION DE ESPESORES DE LAS TRES CALDERAS: Se realizará la prueba de espesores del siguiente modo: Se realiza un estudio, no destructivo, de las chapas de acero que integran las calderas para determinar los espesores de ellas. Se deberá utilizar un equipo de medición de espesores por ultrasonido, realizando las siguientes mediciones (se calcula un total de 25 a 30 mediciones): ///

2 ///--- a) En el envolvente, en la zona comprendida entre el nivel máximo y el mínimo (en especial en el entorno del pelo de agua donde se produce la mayor corrosión), en la franja comprendida entre el frente de la Caldera y 5 cm. posteriores a las conexiones del nivel de agua, conexión de carga y descarga y en los alrededores de la conexión de retorno. b) En los sectores de frente y fondo (por lo menos Cuatro (4) mediciones de cada lado). PRUEBA HIDRAULICA OBLIGATORIA: Se deberán revisar los sectores de frente y fondo, para descartar la posibilidad de futuras pérdidas. Ante esta posibilidad, se debe efectuar una prueba hidráulica que se realiza desmontando los elementos de seguridad, sellando sus salidas y efectuando la prueba hidráulica y de estanqueidad con una bomba a 1,5 veces la presión de trabajo con un mínimo de 2 Kg/cm2, durante TRES (3) horas. Se procederá al rearme del conjunto y confección del informe correspondiente. NOTA: De las mediciones de espesores de las calderas y de la prueba hidráulica, el Ingeniero Mecánico y/o Industrial (Responsable Técnico), deberá llevar un registro del estudio técnico, dicha información será entregada al Unidad Requirente de la División Servicios Generales, certificando las tareas aludidas. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA LA PUESTA A PUNTO Y EN MARCHA: Una vez realizadas las pruebas necesarias y obligatorias, deberá poner en marcha, para el control de funcionamiento de sus componentes (bombas y motores), recorrido general, verificando todo el circuito, en presencia del personal técnico de la Sala de Maquinas (Calderas), de ser necesario, se reemplazarán los componentes mecánicos y eléctricos de los motores y bombas. Realizar un recorrido y revisión completa del conducto de evacuación de gases (chimenea vertical), desde el 2do. Subsuelo, hasta la azotea, verificando su absoluta estanqueidad. Se deberá efectuar una prueba de fumígeno, acorde normas vigente del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) Ley Nº y sus reglamentaciones: a) Instalación termomecánica: Durante el tiempo que dure el servicio, en caso de ser necesario se deberán reparar todas las pérdidas que aparezcan en cualquier parte constitutiva de las Calderas o de las cañerías conexas de la Sala de Maquinas, en particular, se deberá revisar el sector trasero de la Caldera Nº 1, debido a que posee pérdidas de agua, debiendo realizar la apertura de las Calderas y revisar a fondo. Se deberá efectuar recorrido integral de las Cuatro (4) bombas de circulación de agua caliente y sus correspondientes motores eléctricos. El mismo incluirá desarme completo, limpieza, cambio de retenes, rodamientos y manchones de acoplamiento, balanceo de ejes y turbina, pintado y una vez armado todo el conjunto se efectuara la alineación del mismo sobre su base. Se deberán pintar las Cuatro (4) bases de las bombas, con pintura reglamentaria acorde normas de seguridad Industrial, como así también el colector de entrada a las calderas. Recorrido general de los Tres (3) motores forzadores de cada una de las calderas, desarme completo para su revisión interna, limpieza de los bobinados con solvente dieléctrico, secado y barnizado, prueba de aislación y cambio de rodamientos. De ser necesario se efectuara el rebobinado de los mismos previa autorización de la inspección técnica de esta Institución. Realizar la limpieza completa de las toberas e inyectores con elementos y/o herramientas correspondientes, verificándose el buen funcionamiento de las válvulas (piloto y principales) y la regulación de aire (primario y secundario). Rearmar y montar el conjunto con la calibración general de los quemadores con pruebas de análisis de gases y puesta en funcionamiento en presencia de la Inspección Técnica de esta Institución. Desarmar los frentes: trasero, delantero y hogar, realizando la limpieza de los mismos juntamente con los tubos de calentamiento, zorros de humos y placas, con vaquetas especiales de acero; procediendo al retiro de sedimentos y limpieza de superficies, parte húmeda e interna del equipo. Rearmar las calderas con cambio de juntas de cierre de hermetización en hogar, tapas frontales y traseras. Calibración de la totalidad de los elementos de seguridad. Deberá limpiar en general el exterior de los equipos. b) Análisis estequiométrico del sistema termomecánico: Para lograr una buena mezcla estequeométrica, se deberá realizar un completo análisis de gases de combustión mediante la calibración y regulación de la mezcla aire-gas de los quemadores marca Metler. Este es el punto de partida de toda regulación fina de un quemador, permitiendo ajustar el exceso de aire para lograr máxima eficiencia y mínima emisión de contaminantes, a la vez que se obtiene un máximo ahorro de combustible. Dicha tarea se realizará con el correspondiente instrumento analizador de gases confiable, marca tipo TESTO o de calidad similar o superior, de última generación. Del análisis realizado, el Ingeniero a cargo deberá llevar un registro y volcar dicha información, según lo indicado en el ANEXO 1 Tabla de Referencia Estequeométrica y extender el correspondiente certificado de las siguientes tareas: Eficiencia: se deberá indicar la eficiencia de la combustión, debiendo procurar un valor lo más alto posible, el resultado del análisis deberá señalar una eficiencia mayor al 88,4 %. Monóxido de carbono (CO): señala el exceso de aire en la combustión, el valor recomendado es de 5% a 30%, por lo que se deberá procurar el menor valor, el ideal de unidad de medida por combustión 10 a 50 partes por millón (ppm), siendo el máximo recomendado de ppm para la capacidad de los Tres (3) quemadores existentes marca Metler, instalados en sala de maquinas. Monóxido de Nitrógeno (NOx): Su valor se encuentra diseñado de fabrica, acorde el modelo instalado, no pudiendo ser corregido, debiendo ser el máximo autorizado de 70 ppm a 90 ppm, resultando ser de 55 ppm o menos, obteniendo un resultado optimo ///

3 /// AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES c) Planta Primaria y Secundaria de alimentación de gas alta presión a las calderas: Deberá realizar recorrido general de la planta primaria y secundaria de alimentación de gas alta presión a las calderas verificando circuito del sistema de las válvulas reguladoras de presión, debiendo ser reparadas por el Adjudicatario en caso de constatarse deficiencias en su funcionamiento. Efectuar un recorrido de las cañerías de gas alta presión, y la distribución de sus anexos, hacia los quemadores, verificando el estado del material y posibles vicios ocultos, en caso de ser necesario, se procederá al reemplazo de cañerías defectuosas y todo lo que lo compone. Se procederá al pintado de la totalidad de las cañerías y todo lo que lo compone, accesorios, anexos, etc., de alimentación a las calderas, desde la planta primaria y secundaria, y hasta las conexiones de los quemadores, con pintura reglamentaria acorde las normas de Seguridad Industrial. d) Ventiladores de Zona: Recorrido general de los Doce (12) ventiladores de zona verificando cableados y conexiones eléctricas internas, y todo lo que lo compone, en caso de ser necesario se procederá a la reparación de sus componentes mecánicos y electromecánicos. Limpieza profunda de los filtros y serpentinas, (frío/calor), mediante el empleo de maquinarias y productos químicos adecuados. Se procederá a la preparación de las mamposterías con rasqueteado, lijado, enduido, etc., y todo lo referente al mejoramiento de sus paredes, para su posterior pintado, de color a elección de la Unidad Requirente, en la Sala de Maquinas y en los Doce (12) locales que compone la sala de los Ventiladores Zonales, como así también el pintado con esmalte sintético del mismo color a la existente, de todas sus protecciones de correas, carcasa de motor, etc., que compone dicha sala. Deberá verificar la ausencia de vibraciones, estado de los fuelles, suspensores, trineos, rodamientos, ejes, correas, como así también todo otro componente que lo conforma, de ser necesario se reemplazarán a nuevo todo su conjunto. Controlar la adecuada alineación entre motor y turbina en los Doce (12) ventiladores al igual que la tensión de correas. e) Tableros: Controlar el buen funcionamiento de todos los tableros eléctricos que comandan la totalidad de los ventiladores centrífugos. Reemplazar: lámparas, fusibles, contactores, llaves de corte, iluminación interna y externa de las cabinas y locales de ventiladores de zonas. Control y calibración de los reguladores de alimentación de gas de los equipos, manómetros, válvulas de venteo y demás componentes del circuito, en presencia del personal técnico de esta Institución. Renovación del sistema de tuberías de desagüe en los locales de los Doce (12) ventiladores de Zona hasta la cámara principal de inspección. Se deberá realizar con cañería tipo Duratop de un diámetro no inferior a 3 con sus correspondientes accesorios y cajas de registro, debiendo contar como mínimo dos por cada tubería. ITEM 2 Por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del Sistema de Calefacción Central, con todos sus componentes y anexos, realizar mensualmente el análisis estequiométrico de gases por combustión, acorde lo indicado en el ANEXO 1, instalado en la Sala de Máquinas, ubicada en el 2º Subsuelo del Edificio Guardacostas, acorde a la Cláusula Particular Nº 10 Servicio de Mantenimiento Preventivo (MP) (para el Item 2) y en la Cláusula Particular Nº 11 Servicio de Mantenimiento Correctivo (MC) (para el Item 2). CONDICION DE CALIDAD:(Arts. 39 inciso b) y 45 inciso b) del Anexo del Decreto Nº 893/12) Los elementos a utilizar por el adjudicatario durante la ejecución de los trabajos deberán ser NUEVOS Y SIN USO. CLAUSULAS PARTICULARES 1) RETIRO, VISTA Y CONSULTAS AL PLIEGO: (Arts. 59 y 60 del Anexo del Decreto Nº 893/12). a) Se podrá tomar vista del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y/o ser adquirido en el Edificio Guardacostas, Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sito en Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE/FAX: , en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 12:00 horas y hasta las 12:00 horas del día anterior al fijado para el acto de apertura. b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares también podrá obtenerse del sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: ingresando al Acceso Directo Acceso para Organismos y Proveedores ///

4 ///--- c) Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, TE/FAX , o por correo electrónico en la dirección de correo Institucional pliegos@prefecturanaval.gov.ar, en ambos casos se aceptarán hasta CINCO (5) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS antes de la fecha de apertura de las ofertas. NOTAS: En oportunidad de retirar, comprar, consultar y/o descargar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, deberá suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas. El Oferente que presente oferta no podrá alegar desconocimiento de lo actuado hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad la toma de su conocimiento 2) COTIZACION: a) Moneda de Cotización: Moneda Nacional. (Art. 73 del Anexo del Decreto Nº 893/12). b) Formas de Cotización: b.1) Los trabajos, se deberán cotizar en forma unitaria y total. b.2) El Oferente deberá cotizar obligatoriamente la totalidad de los ítems componentes del renglón, bajo apercibimiento de tenerse desestimada la oferta en los términos del Art. 84 acápite j) segunda parte del Anexo del Decreto 893/12. b.3) La adjudicación del Renglón recaerá sobre aquella oferta que de la sumatoria de todos los ítems cotizados resulte la oferta de menor valor. b.4) Unicamente serán considerados los servicios, repuestos, insumos, etc., expresamente contemplados en el presente acto licitario. 3) COMPRE MIPYME (Ley 25300) - (Decreto Nº 1075/01 y Art. 70 inc. g) ap. 2 del Anexo del Decreto Nº 893/12): a) La condición de MIPYME deberá acreditarse mediante certificación sin salvedades rubricada por Contador Público matriculado con la correspondiente intervención del Consejo Profesional. De la mencionada certificación debe surgir claramente que la firma oferente cumple con los requisitos previstos por la legislación vigente en la materia. b) El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, no contempla la opción de la presentación de Ofertas Parciales, en virtud de tratarse de un (1) solo servicio comprendido en un renglón, por lo que resulta inconveniente su parcialización. 4) CLASES Y TIPO DE GARANTIAS: a) Clases de Garantías: (Art. 100 del Anexo del Decreto Nº 893/12). Para el cumplimiento de todas sus obligaciones, el Oferente/Adjudicatario, deberá presentar, de corresponder, las siguientes garantías: a.1) Garantía de mantenimiento de la oferta. (Art. 100 inciso a) del Anexo del Decreto Nº 893/12). a.2) Garantía de cumplimiento del contrato. (Arts. 98 y 100 inciso b) del Anexo del Decreto Nº 893/12). a.3) Contragarantía. (Por el equivalente a los montos que reciba el Cocontratante como adelanto, siempre que se haya establecido dicho adelanto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares). b) Formas de constitución (Art. 101 del Anexo del Decreto Nº 893/12). b.1) La elección de la forma de integrar la garantía queda a opción del Oferente o Cocontratante y podrán constituirse en las formas o mediante combinaciones de ellas, previstas en el citado Artículo. b.2) Cuando se constituyan las garantías con seguro de caución mediante pólizas, dichos documentos deberán ser emitidos por una Compañía Nacional aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N y en la Resolución SSN N /92. b.3) Para el caso de constituirse la garantía mediante depósito bancario, se deberá realizar en la cuenta denominada PNA-4106/380 RECAUD.F.TERCEROS Nº 2905/80 del Banco de la Nación Argentina. c) Moneda de la Garantía: (Art. 102 del Anexo del Decreto Nº 893/12): en MONEDA NACIONAL ///

5 2015 AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES ///--- d) Excepciones a la Obligación de Presentar Garantías: d.1) No será necesario presentar garantías en los supuestos previstos en el Art. 103 del Anexo del Decreto Nº 893/12. d.2) No obstante lo dispuesto, todos los Oferentes y Adjudicatarios contraen la obligación de hacer efectivos los importes de las garantías a requerimiento del organismo contratante, en caso de resolución de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL que así lo disponga, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de realizado el pago. (Art. 103 in fine del Anexo del Decreto Nº 893/12). 5) PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: (Art. 66 del Anexo del Decreto Nº 893/12) a) El Oferente deberá mantener su oferta por TREINTA (30) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir de la fecha de apertura de ofertas del presente acto licitario. b) Si no manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) DIAS CORRIDOS, al vencimiento del plazo, se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial y así sucesivamente. 6) OBLIGACION DEL OFERENTE: a) El Oferente deberá tramitar en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF), acorde a la Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas), concordante con el Art. 18 del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales. b) Beneficiario integrado al SIDIF: Deberá verificar la vigencia de los datos aportados para su integración al SIDIF, fundamentalmente en lo relativo a CUENTAS BANCARIAS, acorde a lo dispuesto en el Art. 8 de la Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). 7) REQUISITOS QUE DEBERA CUMPLIMENTAR EL OFERENTE: a) Deberá presentar un listado del Personal, conformado por un Representante Técnico Responsable con el título Ingeniero Mecánico y/o Industrial matriculado, con incumbencias en reparación y mantenimiento de calderas y sus accesorios, y el plantel de Técnicos que dispone en esas especialidades. a.1) La nómina del Personal contendrá: apellido y nombre de cada uno de los miembros del plantel. Deberá dar cumplimiento en tiempo y forma a todas las exigencias que demande la Prefectura Naval Argentina respecto a suministrar los datos de identificación del Personal de la Empresa. a.2) Por el Representante Técnico Responsable se presentará Certificación de Matrícula vigente al momento de la apertura de ofertas extendida por el Consejo Profesional respectivo o comprobante actualizado del pago de la Matrícula y de Metrogas.- a.2.1) El citado profesional deberá haber aprobado el postgrado de especialista en combustión dictado por el ENARGAS: Resolución Nº 2747/2002 Código Argentino de Gas Resolución modificatoria Cap. VII NAG-201 Resolución Nº 902/2009 para instalador de sistemas de combustión, cuya constancia deberá ser presentada junto con la oferta en original o fotocopia certificada por Escribano Público Nacional. b) Deberá presentar una nota en carácter de Declaración Jurada que contenga una nómina de antecedentes de trabajos efectuados dentro de los últimos DOS (2) años, de similares características a las que trata el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. c) Deberá presentar un listado de todas las maquinarias, herramientas e instrumental que dispondrán para desarrollar todas las tareas requeridas en el presente procedimiento de selección, dado que no está permitida la tercerización de los trabajos. d) Deberá consignar un número de teléfono/fax, donde serán efectivas las comunicaciones que se cursen los pedidos de Mantenimiento Correctivo ó Mantenimiento Preventivo durante el servicio. No se aceptarán sistemas de grabación de mensajes o cualquier otro que no asegure la recepción de los requerimientos en tiempo y forma. NOTA: El incumplimiento de los incisos citados precedentemente, será causal de desestimación de la oferta, previa intimación fehaciente al oferente, que realizará la Comisión Evaluadora a través de algunos de los medios establecidos en la Clausula Particular N 22 Comunicaciones y Notificaciones, acorde lo establecido en el Art. 85 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/ ///

6 ///--- 8) CONSTANCIA DE VISITA: a) Previo a la cotización, el Oferente deberá realizar una visita, con un Ingeniero Mecánico y/o Industrial matriculado (debiendo presentar la credencial habilitante respectiva, que acredite su condición), concurriendo a la División Servicios Generales, 1º Subsuelo, Of / 0.70, sita en Av. E. Madero Nº 235, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de tomar conocimiento de todos los trabajos a realizar, el estado en que se encuentran los equipos y todo dato que sea necesario para el desarrollo de los trabajos que se pretenden contratar. b) El Oferente deberá coordinar el día de visita con dicha División al TE /7500/7600, Internos 2059/2070. La visita se deberá realizar en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas y hasta UN (1) DIA HABIL ADMINISTRATIVO de anticipación al día fijado para la apertura de las ofertas. c) De la visita efectuada se les extenderá una Constancia de Visita, debidamente firmada por la autoridad pertinente de la Unidad Requirente, la que acompañada con copia de la credencial habilitante respectiva deberá adjuntar a su oferta. NOTA: El incumplimiento del inciso c) citado precedentemente, será causal de desestimación de la oferta, previa intimación fehaciente al oferente, que realizará la Comisión Evaluadora a través de algunos de los medios establecidos en la Clausula Particular N 22 Comunicaciones y Notificaciones, acorde lo establecido en el Art. 85 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12. 9) FORMALIDADES DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA: (Art. 70 del Anexo del Decreto Nº 893/12): a) Deberá ser presentada por duplicado, individualizada como Original y Duplicado, exclusivamente en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, Sección Pliegos y Aperturas, sita en la Av. E. Madero 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas. La oferta se admitirá hasta el día y horario fijado para el acto de apertura del acto licitario. A partir de la hora fijada como término para la recepción de la oferta no podrá recibirse, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado. b) Deberá estar redactada en idioma nacional y el original deberá estar firmado en todas sus hojas por el Oferente, Apoderado o Representante Legal. En cualquiera de los dos últimos casos (Apoderado/Representante), éste deberá figurar con alta aprobada en la página de internet (acorde Comunicación General Nº 20 del 5/1/15 de la Oficina Nacional de Contrataciones) o en su defecto, deberá incluir el instrumento que acredite dicha representación, EN COPIA debidamente certificada por ante Escribano Público Nacional y en caso de extraña jurisdicción con su correspondiente legalización. c) Los sobres, cajas o paquetes que las contengan deberán ser presentados perfectamente cerrados, y se consignará en su cubierta el tipo y número la identificación del procedimiento de selección, lugar, día y hora límite para la presentación de la oferta y el lugar día y hora de apertura, y la identificación del Oferente. d) El Oferente, de corresponder, deberá adjuntar la garantía de mantenimiento de la oferta, correspondiente al CINCO POR CIENTO (5 %) del monto total de la oferta. (Art. 100 inciso a) del Anexo del Decreto N 893/12). e) El Oferente deberá constituir domicilio especial y suministrar número de fax y dirección de correo electrónico de la Empresa, donde serán válidas las notificaciones cursadas por esos medios. (Arts. 56 y 70 inciso f) del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con los Arts. 3 y 4 del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales). f) El Oferente deberá cotizar en moneda nacional, acorde al Formulario de Cotización adjunto. g) Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una Declaración Jurada, mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, acorde el modelo del Anexo III. (Art. 70 inciso g) apartado 3) del Anexo del Decreto Nº 893/12). h) Toda oferta que incluya la provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados o a importar deberá ser acompañada por una Declaración Jurada, acorde el modelo del Anexo IV. (Art. 70 inciso g) apartado 4) del Anexo del Decreto Nº 893/12). i) El Oferente, deberá encontrarse inscripto (y sus datos actualizados) o preinscripto, en el Sistema de Información de Proveedores, en caso de corresponder, deberá adjuntar la documentación correspondiente al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), acorde lo establecido en el Título VIII, Capítulo I y Arts. 235, 237 y 238 del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con la Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión y Art. 10 incisos b) y c) del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales ///

7 /// AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES j) El Oferente, en virtud de la modificación introducida por la Ley Nº al artículo 28 del Decreto delegado Nº 1.023/01, NO deberá encontrarse inscripto en el REPSAL; ésta condición será verificada por la Institución en tres oportunidades: al momento de la apertura de ofertas, en la etapa de evaluación y al momento de la adjudicación (Comunicación General Nº 22/15 de la ONC). k) El Oferente deberá adjuntar la documentación requerida en la Cláusula Particular Nº 8 inciso c) Constancia de Visita. l) Los precios cotizados (unitarios y totales), deberán incluir los gastos de envase, embalaje, costos de flete y acarreo al lugar de entrega de la totalidad de los elementos necesarios para el cumplimiento del servicio. Esta Institución no reconocerá bajo ningún concepto costos adicionales a los ofertados originalmente. m) Los precios cotizados (unitarios y totales), deberán incluir indefectiblemente el impuesto correspondiente a la alícuota del IVA. En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se halla incluido en la misma. n) Cuando el monto de su oferta sea igual o superior a PESOS CINCUENTA MIL ($ ,00) el Oferente deberá poseer el Certificado Fiscal para Contratar vigente o constancia de su solicitud antes de la presentación de la oferta, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución General AFIP Nº 1814/05, modificada por la Resolución General AFIP Nº 2581/09 (Art. 12 Disposición Nº 58/14 de la Oficina Nacional de Contrataciones). o) No se aceptarán ofertas que condicionen la invariabilidad de sus precios o sujeten el pago a eventuales fluctuaciones de los mismos. NOTA: Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlineados, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta. (Art. 70 inciso d) del Anexo del Decreto Nº 893/12). 10) SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO (MP) (PARA EL ITEM 2): a) Es el destinado a la conservación del equipamiento con el fin de extender su vida útil al máximo, manteniéndolo en sus especificaciones originales, reduciendo la posibilidad de interrupciones en el servicio causadas por fallas que requieran intervenciones más profundas de carácter correctivo. Consiste en: a.1) Controlar el correcto funcionamiento de los ventiladores, como así también de todo lo relacionado con los correspondientes sistemas de calentamiento, controles automáticos, manuales y todo lo que lo conforma. a.2) Provisión y colocación de grasas y lubricantes para rodamientos de turbinas, motores, ejes, correas, empaquetaduras, la totalidad de fusibles cualquiera sea su característica y/o capacidad, protecciones térmicas, bobinas de contactores, elementos de señalización de tableros, termostatos, filtros, termómetros, manchones de acople. a.3) Realizar un análisis estequiométrico mensual de gases por combustión, debiendo ser volcados sus registros en la tabla de referencia indicado como Anexo I. a.4) Limpieza semanal del tablero general. a.5) Corrección de problemas que puedan derivar en fallas. a.6) Sustitución de piezas que hayan superado el tiempo de vida útil estipulado por el fabricante y pudieran generar inconvenientes en el normal funcionamiento del Sistema. a.7) Control del buen funcionamiento de los equipos. b) El Mantenimiento Preventivo se cumplirá como mínimo una vez por semana calendario, sin que para ello medie el pedido expreso de la Prefectura Naval Argentina, debiendo coordinar previamente la ejecución de las tareas con el personal técnico de la División Servicios Generales de la Secretaría General de la Prefectura Naval Argentina. c) El primer Servicio se realizará dentro de los CINCO (5) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir del día siguiente a la Recepción Definitiva del Item 1) de las presentes Especificaciones Técnicas. 11) SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO (MC) (PARA EL ITEM 2): a) El Mantenimiento Correctivo (MC) se efectuará a expreso requerimiento de la Prefectura Naval Argentina y comprenderá a todas aquellas tareas destinadas a la eliminación de fallas y restitución al servicio del equipamiento perteneciente al Sistema de Calefacción Central de cada uno de los Items del renglón, dichas tareas serán solicitadas expresamente por la División Servicios Generales dependiente de la Secretaría General de la Prefectura Naval Argentina. a.1) El mantenimiento correctivo deberá incluir las siguientes tareas: ///

8 ///--- Limpieza y lubricación. Verificación mecánica de todas las partes constitutivas con las correcciones que fueran necesarias. b) En cuanto al cumplimiento del MC, el personal del Adjudicatario a solicitud de la División Servicios Generales de la Prefectura Naval Argentina, deberá presentarse acorde al siguiente detalle: b.1) El Adjudicatario tendrá un Tiempo Máximo de Respuesta ante una solicitud de servicio que deberá ser inferior a las DOCE (12) HORAS CORRIDAS, a contar a partir del momento en que se solicitó el servicio, para llegar al Edificio Guardacostas donde se deba brindar la asistencia técnica. b.2) El plazo para la reposición del servicio será de un máximo de SETENTA Y DOS (72) horas corridas a contar del momento de la comunicación efectuada por esta Institución. b.3) El Adjudicatario deberá poseer un stock de los repuestos necesarios para desarrollar el MC, por lo cual no se avalará alegar incumplimientos en los plazos para la prestación de un MC por falta de repuestos. c) Cuando la Prefectura Naval Argentina considere necesario, los repuestos reemplazados deberán ser entregados en la División Servicios Generales de la Secretaría General juntamente con la facturación. d) En todos los casos de asistencia técnica, el Adjudicatario presentará en la División Servicios Generales un Informe Técnico (Anexo II) firmado por el responsable técnico de la Empresa donde explique los trabajos realizados, el material empleado, y el estado final de servicio y funcionamiento. Deberá estar recibido de conformidad y debidamente sellados por el Jefe de la Unidad Requirente de la Prefectura Naval Argentina o por la persona en quien éste delegue dicha responsabilidad. 12) GARANTIA TECNICA: a) Sobre el equipamiento del sistema asistido, a partir de cada MC y con la conformidad del Informe Técnico, será de aplicación un período de Garantía Técnica de funcionamiento por TREINTA (30) DIAS CORRIDOS y por los repuestos DOCE (12) MESES, a contar a partir de la Recepción Definitiva por parte de la Prefectura Naval Argentina sobre fallas de cualquier índole que se produjeran, no atribuibles a uso indebido o impericia. b) Para los casos en que surjan los problemas detallados precedentemente, por causas ajenas a la Prefectura Naval Argentina, que demandaren la inmediata sustitución de los elementos observados o defectuosos, el transporte será realizado por el Adjudicatario y estarán a su cargo los gastos de flete, seguros, carga, descarga y cualquier otro tipo de erogación que deba realizarse para la ejecución del mismo. c) Las fallas aparecidas deberán ser reparadas y los equipos puestos en funcionamiento en los plazos establecidos en la Cláusula Particular Nº 11 Servicio de Mantenimiento Correctivo (MC) (para el Item 2). 13) REQUISITOS QUE DEBERA CUMPLIMENTAR EL ADJUDICATARIO: a) Deberá presentar copia de la nómina del personal informado en su oferta, acorde lo requerido en la Cláusula Particular Nº 7 Requisito que Deberá cumplimentar el Oferente. El mismo podrá ser sustituido con la autorización de la Prefectura Naval Argentina. b) Acorde a lo establecido en el Art. 30 de la Ley (Ley de Contrato de Trabajo) con las modificaciones introducidas por la Ley (Ley de Reforma Laboral), el Adjudicatario deberá dar acabado cumplimiento de las normas emergentes de la relación laboral y de la seguridad social. Antes del inicio de los trabajos deberá presentar en la División Servicios Generales, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 1er Subsuelo, Of ó 0.70, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TEL: , Interno 2059/2070, para su control en dicho Organismo, por cada uno de los trabajadores empleados para efectuar el servicio: número del Código Unico de Identificación Laboral (CUIL), constancia mensual de los pagos efectuados en concepto de remuneraciones (Salarios, aguinaldos, vacaciones, asignaciones familiares y todo otro concepto que por la legislación laboral deba abonar a su personal bajo su dependencia), sin perjuicio de todo otro aporte que pudiere corresponder en materia sindical. Asimismo deberá entregar copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al Sistema de Seguridad Social y una cobertura por riesgo de trabajo ///

9 /// AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES De no contar con las constancias individuales de los empleados deberá acompañar un informe actualizado en los que resulten los trabajadores empleados en el acto licitario acorde previa identificación rubricada por Contador Público matriculado y la debida intervención por el Consejo Profesional respectivo, en el que se deje constancia que se ha cumplido con lo solicitado en el presente inciso, en cuanto a las obligaciones en su carácter de empleador (seguridad social, riesgo de trabajo, etc.), además de la constancia de pago pertinente. Tal extremo no implica que este organismo se someta voluntariamente al régimen regulado por el Art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley ) ni acepte su aplicación. c) El Adjudicatario deberá tomar a su cargo, toda y cualquier responsabilidad obligándose directamente a reparar los daños y perjuicios originados por culpa o dolo y/o negligencia, omisiones, delitos o cuasidelitos o situaciones que surjan como consecuencia de los actos de las personas bajo su dependencia de la que se valiera para la prestación del servicio que establece la presente licitación, acorde a los Arts. 1077, 1078, 1079, 1109 y 1113 del Código Civil. d) El Adjudicatario será responsable de la conducta de sus empleados durante la realización del servicio debiendo responder por las acciones u omisiones de los mismos. e) El personal de la Empresa Adjudicataria deberá estar provisto de indumentaria e identificación adecuada de la Empresa y de los elementos de seguridad establecidos por los Organismos que reglamentan la actividad. f) Queda establecido que la totalidad del personal que disponga la Empresa para realizar los trabajos enunciados en el presente acto licitario, estarán bajo su cargo, en consecuencia el pago de sueldos, viáticos, vacaciones, indemnizaciones, seguros, aportes jubilatorios, leyes sociales, etc., correrán por cuenta exclusiva de la misma, no teniendo la Prefectura Naval Argentina relación alguna con ellos, acorde lo previsto Ley de Empleo (24.013) y Ley de Contrato de Trabajo (20.744) y demás normas que resulten de aplicación. g) Queda bajo exclusiva responsabilidad del Adjudicatario, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la instalación de los Sistemas, como asimismo el cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes Laborales (20.744), Previsionales (17.250), Impuestos (23.349), Trabajo (24.013), Riesgos del Trabajo (24.557) y demás normas que resulten de aplicación. h) Previo al inicio de los trabajos, deberá presentar en la Unidad Requirente: h.1) Certificado Cláusula de No Repetición: Extendido por una Compañía ART, para el personal bajo relación de dependencia. h.2) Certificado de Cobertura de Accidentes Personales con Cláusula de No Repetición: Extendido por la Compañía de Seguros contratada eventualmente, para el caso de profesionales/técnicos independientes. En los mismos se dejará expresa constancia de la renuncia a iniciar acciones de repetición o de regreso contra la Prefectura Naval Argentina. i) La Prefectura Naval Argentina podrá solicitar al Adjudicatario por causas justificadas, que dentro de las VEINTICUATRO (24) HORAS de notificado, cambie el personal que el mismo asigne para el cumplimiento de las tareas a realizar. j) Teniendo en cuenta la responsabilidad que asume la Empresa en lo referente a posibles accidentes que su personal pudiera sufrir al cumplir con las tareas emergentes del presente requerimiento o daños que el personal a su cargo pueda provocar u ocasionar a terceros (responsabilidad civil), el Adjudicatario deberá presentar en la División Servicios Generales, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 1er Subsuelo, Of ó 0.70, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TEL: , Interno 2059/2070., antes de iniciar los trabajos, las correspondientes pólizas ACTUALIZADAS y de sus endosos certificadas ante Escribano Público Nacional y con vigencia por todo el período del contrato. Las citadas pólizas deberán estar autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación que cubra al personal como asimismo a terceros, con sus pagos mensuales actualizados para cada uno de los operarios consignados en la nómina de personal. k) Los seguros deberán cubrir: ///

10 ///--- k.1) Responsabilidad civil hacia terceros: en forma amplia, por daños corporales a personas, por daños a la propiedad, como protección contra toda clase de riesgo de daños o destrucción a la propiedad y lesiones o muerte resultante de la misma, o resultante de cualquier otro acto u omisión de la Empresa, o en relación con los trabajos o causados por sus empleados o dependientes, por la suma de PESOS UN MILLON ($ ,00) cualquiera fuesen las causas de estos daños. k.2) Accidentes de trabajo: en un todo de acuerdo a las Leyes y Disposiciones vigentes a la fecha y que cubra a todo el personal empleado, dependiente, etc., que se desempeñe en la reparación o en relación a la misma. k.3) Equipos e instalaciones de Prefectura Naval Argentina: El Adjudicatario deberá presentar en la División Servicios Generales, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 1er Subsuelo, Of ó 0.70, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TEL: , Interno 2059/2070, antes del inicio de las tareas y con vigencia por todo el periodo que demande el mismo y hasta la recepción definitiva del equipamiento, un seguro de tipo responsabilidad civil comprensiva de tareas a desarrollar o superior por un monto no inferior a PESOS UN MILLON ($ ,00) que contemplará accidentes durante el movimiento la realización de los trabajos de la instalación de los sistemas. También deberá incluir la incorrecta realización de los trabajos y errores de ingeniería. NOTA: El incumplimiento de los requisitos citados precedentemente, será causal de la rescisión del contrato, previa intimación fehaciente al proveedor, a través de alguno de los medios establecidos en la Cláusula Particular Nº 22 Comunicaciones y Notificaciones, a que realice las acciones que fueran necesarias conforme a lo solicitado, que realizará la Comisión de Recepción de la Unidad Requirente. 14) PLAZO DE ENTREGA: (PARA EL ITEM 1) El plazo de entrega será de OCHO (8) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la Orden de Compra por parte del Adjudicatario.- 15) DURACION DEL SERVICIO: (PARA EL ITEM 2) A partir del día siguiente a la fecha de la Recepción Definitiva del Item 1, por el término de CUATRO (4) MESES. 16) CONFORMIDAD DE RECEPCION PROVISORIA (INFORME TECNICO - IT): (Art. 114 del Anexo del Decreto Nº 893/12) a) Al concluir la prestación, el Personal Técnico del Adjudicatario producirá en el Destino un Informe Técnico (IT) cuyo modelo se encuentra como ANEXO I, original (para la Prefectura Naval Argentina), duplicado (para el Adjudicatario), en el que deberá explicar: a.1) Para el Item 1: Los trabajos realizados y estado final del sistema asistido agregándose toda información técnica que corresponda ser puesta en conocimiento de la Prefectura Naval Argentina. En consecuencia el Informe Técnico deberá ser conformado por el personal técnico de la División Servicios Generales y debidamente sellado. (Art. 114 inciso b) del Anexo del Decreto Nº 893/12). a.2) Para el Item 2: Los trabajos realizados, material utilizado y estado final del equipo asistido (el cual deberá dar satisfacción a la tarea del MP o MC que haya sido impuesta), agregándose toda información técnica que corresponda ser puesta en conocimiento de la Prefectura Naval Argentina. En consecuencia, los Informes Técnicos deberán ser conformados por el personal técnico de la División Servicios Generales y debidamente sellados. (Art. 114 inciso b) del Anexo del Decreto Nº 893/12). b) Los trabajos que resulten rechazados deberán ser subsanados dentro del plazo establecido en la Cláusula Particular Nº 11 inciso b.2) Servicio de Mantenimiento Correctivo (MC) (para el Item 2), a contar a partir del día y hora en que se notificó fehacientemente el rechazo, sin perjuicio de las penalidades establecidas en la Cláusula Particular Nº 26 Penalidades y Sanciones. (Art. 114 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12). c) Deberá presentar en el División Servicios Generales de la Secretaría General, Of. 0.59/0.70, constancias de haber efectuado los aportes patronales del personal contratado, para cumplir el servicio a su cargo, acorde a las Ley Nacional de Empleos y la Ley de Régimen del Contrato del Trabajo (Arts. 29, 29 bis y 30) y fotocopia legalizada de las respectivas Pólizas de Seguro emitidas por compañías debidamente autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con sus pagos mensuales actualizados para cada uno de los operarios consignados en la referida nómina de personal ///

11 2015 AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES ///--- 17) CONFORMIDAD DE RECEPCION DEFINITIVA: (Art. 115, Párrafo 1 del Anexo del Decreto N 893/12) a) Para el Item 1: El acta respectiva será confeccionada por la Comisión de Recepción de la Unidad Requirente, en presencia del Adjudicatario o de la persona designada en su representación, debiéndose presentar en este acto el original del IT, original y copia del Remito con las formalidades detalladas en la Cláusula Particular Nº 16 inciso a.1) Conformidad de Recepción Provisoria (Informe Técnico - IT), el original y DOS (2) copias de la Factura respectiva para ser conformada por la Unidad Requirente. b) Para el Item 2: El Acta respectiva será confeccionada por la Comisión de Recepción de la Unidad Requirente, en presencia del Adjudicatario o de la persona designada en su representación. El Adjudicatario deberá presentar en este acto el original del IT (con las formalidades detalladas en la Cláusula Particular Nº 16 inciso a.2) Conformidad de Recepción Provisoria (Informe Técnico - IT), original y copia del Remito y el original y copia de la Facturación mensual correspondiente. c) Para los Items Nros. 1 y 2: c.1) La División Servicios Generales dispondrá de un plazo de DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir del día siguiente de efectuada dicha entrega para realizar las verificaciones que se consideren necesarias a fin de constatar el cumplimiento de los parámetros exigidos y lo requerido en las Cláusulas Particulares Nº 12 Garantía Técnica y Nº 13 Requisitos que deberá cumplimentar el Adjudicatario. c.2) Una vez vencido dicho plazo y en caso de silencio, el Adjudicatario podrá intimar la recepción. Si dentro de los DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS posteriores al de la recepción de la intimación, la Unidad Requirente no se expidiera al respecto, del servicio se tendrá por recibido de conformidad. d) La conformidad definitiva, no liberará al Adjudicatario de las responsabilidades emergentes de vicios redhibitorios. 18) LUGAR DONDE SE REALIZARA EL SERVICIO: a) El servicio se realizará en la Secretaría General, sita en la Av. E. Madero Nº 235, Sala de Máquinas, (Calderas), 2º Subsuelo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 16:00 horas, TE: , Internos 2059/2070. b) La entrega deberá coordinarse con la Unidad indicada en la Cláusula Particular Nº 29 Unidad Requirente, con DOS (2) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS de anticipación a efectos de convocar a la COMISION DE RECEPCION respectiva. 19) FLETE, CARGA, DESCARGA E INSTALACION: Correrán por cuenta del Adjudicatario. 20) CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS: (Art. 83 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12 y el Art. 15 del Decreto Delegado Nº 1023/01). La evaluación y selección de las ofertas se efectuará a favor de la mejor oferta económica de entre las que hayan cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Normativas Vigentes, acorde lo previsto en la Cláusula Particular Nº 2 inciso b) Formas de Cotización. 21) DIFUSION DEL PROCEDIMIENTO EN EL SITIO DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES:(Art. 58 del Anexo del Decreto Nº 893/12). a) Las etapas del Procedimiento de Selección serán difundidas en el sitio de Internet Cuando exista la imposibilidad material de difundirlas en dicho sitio, por inconvenientes técnicos u otras causas, se aplicará el Procedimiento excepcional de difusión aprobado por Disposiciones Nros. 64 y 79/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC), que establece difusiones en medios sustitutos de publicidad. b) El procedimiento excepcional quedará habilitado cuando la ONC informe a través de una Comunicación General, la que será difundida en la página de Internet Por el mismo medio, la ONC informará sobre el cese de la aplicación del procedimiento de excepción. (Comunicación General Nº 14/14 de la ONC). 22) COMUNICACION Y NOTIFICACIONES: (Arts. 56 y 92 del Anexo del Decreto Nº 893/12 Comunicación General Nº 5 de la ONC). Todas las notificaciones/comunicaciones al Oferente/Adjudicatario que haya participado del procedimiento de selección se concretarán acorde lo establecido en el Art. 56 del Anexo del Decreto Nº 893/12, mediante la utilización de alguno de los siguientes medios: ///

12 ///--- a) Por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente. b) Por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo. c) Por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por el Art. 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. d) Por carta documento. e) Por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal. f) Por fax. g) Por correo electrónico. 23) RESPECTO AL IVA: Esta Institución reviste el carácter de consumidor final, debiendo el Adjudicatario ajustarse en la facturación a la Resoluciones Generales AFIP Nros. 100/98 y 1.415/ ) RESOLUCIONES AFIP: Por Resoluciones Generales Nros 18/97, 830/00 y 1784/04 este Organismo actúa como agente de retención del IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, IMPUESTO A LAS GANANCIAS y SUSS. Por tal motivo, el Adjudicatario al momento de presentar su facturación deberá acreditar su situación individual respecto a las mencionadas Normas. En caso de silencio se realizarán las retenciones previstas en las citadas Resoluciones. Esta modalidad es de aplicación a cada pago, inclusive en operaciones de tracto sucesivo con facturaciones parciales. 25) FACTURACION: (Art. 116 del Anexo del Decreto Nº 893/12). a) Para el Item 1: El Adjudicatario deberá presentar la facturación acorde las Resoluciones Generales AFIP Nros /10 y 2.939/10, en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, juntamente con el original de la Orden de Compra o fotocopia autenticada, el Remito y el Acta de Recepción Definitiva (que recabará en el lugar indicado en la Cláusula Particular Nº 29 Unidad Requirente ), todos por duplicado y debidamente conformados. b) Para el Item 2: El Adjudicatario deberá presentar en forma PARCIAL MENSUAL la facturación en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, juntamente con el original de la Orden de Compra o fotocopia autenticada, el Remito y el Acta de Recepción Definitiva (que recabará en el lugar indicado en la Cláusula Particular Nº 29 Unidad Requirente ), todos por duplicado y debidamente conformados. 26) FORMA DE PAGO: (Art. 117 del Anexo del Decreto Nº 893/12). a) Para el Item 1: Se realizará en PESOS por medio de Orden de Pago dentro de los TREINTA (30) DIAS CORRIDOS a contar a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la documentación requerida, acorde en la Cláusula Particular Nº 25 inciso a) Facturación, en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos. b) Para el Item 2: Se realizará en PESOS en forma PARCIAL MENSUAL por medio de Orden de Pago dentro de los TREINTA (30) DIAS CORRIDOS a contar a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la documentación requerida, acorde en la Cláusula Particular Nº 25 inciso b) Facturación, en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos. c) El término fijado para el pago de la Factura se interrumpirá si existieran observaciones sobre la documentación presentada u otros trámites a cumplir, imputables al Adjudicatario, hasta la subsanación del vicio. 27) PENALIDADES Y SANCIONES: (Art. 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, concordante con el Título III Ejecución y Extinción del Contrato, Capítulo V Penalidades y Capítulo VI Sanciones del Anexo del Decreto Nº 893/12). El Oferente/Adjudicatario o Cocontratante podrán ser pasibles de las penalidades y sanciones establecidas en dichas normas, en los supuestos de incumplimientos de sus obligaciones. 28) CUESTIONES JUDICIALES: Las cuestiones judiciales que se planteen con relación al presente contrato, se sustanciarán ante los jueces de los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ///

13 /// AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES 29) UNIDAD REQUIRENTE: División Servicios Generales, sita en la Av. E. Madero 235, 1er Subsuelo, Of ó 0.70, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TEL: , Interno 2059/ ) SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS: (LEY DECRETO Nº 312/10) Con el fin de cumplimentar lo establecido en el Art. 8º del mencionado Decreto y para ser acreedor de los beneficios de dicho régimen, el Oferente que se encuentre comprendido dentro del mismo, deberá adjuntar a su oferta la documentación que acredite fehacientemente tal circunstancia, en original o copia certificada por Escribano Público Nacional. 31) OPCIONES A FAVOR DE LA ADMINISTRACION: a) Aumentar o disminuir el contrato en un todo de acuerdo a lo previsto en el Art. 124, inciso a) del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con el Art. 12 inciso b) del Decreto Delegado Nº 1023/01. b) Prorrogar por un plazo igual o menor al contrato original, el servicio previsto en el ITEM 2 del único renglón, en un todo de acuerdo a lo previsto en el Art. 124 inciso b) del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con el Art. 12 inciso g) del Decreto Delegado Nº 1023/01. 32) NORMATIVA: Son aplicables al presente procedimiento de selección: a) Decreto Delegado Nº 1023/01 modificado por sus similares Nros. 666/03 y 204/04.- b) Decreto Nº 893/12 que aprueba el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, modificado por el Decreto Nº 1039/13.- c) Resoluciones Generales Nros. 18/97, 100/98, 830/00, 1415/03, 1784/04, 1814/05, 2581/09, 2852/10 y 2939/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos.- d) Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición Nº 58/14 de la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión el cual podrá ser obtenido de la página en el link normativas o de e) Serán aplicadas en sus partes pertinentes lo establecido por: Ley 340 Código Civil de la Nación Argentina; Ley Reforma al Código Civil y Leyes Civiles y demás modificatorias. Ley Sistema Unico de Seguridad Social.- Ley Ley de Sociedades Comerciales.- Ley Entidades de Seguro y su Control.- Ley Régimen del Contrato del Trabajo; Ley Reforma Laboral - y demás modificatorias.- Ley Sistema de Protección Integral de los Discapacitados.- Ley Ley de Impuesto al Valor Agregado.- Ley Ley Nacional de Empleo.- Ley Ley de Riesgos del Trabajo.- Ley Ley de Fomento para las MIPyMES.- Ley Compre Trabajo Argentino.- Decreto Nº 1600/02 Compre Trabajo Argentino - sus normas complementarias y modificatorias.- Decreto Nº 312/10 Sistema de Protección Integral de los Discapacitados.- Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, actual Ministerio Economía y Finanzas Públicas. Resolución Nº 50/13 Secretaría de la MIPyMES y Desarrollo Regional.- Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.- Disposiciones Nros. 64 y 79/14 de la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.- Comunicaciones Generales Nros. 1, 3, 7/13, 8, 14/14, 18, 20 y 22/15 de la Oficina Nacional de Contrataciones. Nota Nº 880/14 de la Oficina Nacional de Contrataciones.- CUIT DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA: DIVISION CONTRATACIONES RUBEN AMERICO ZAPPA PREFECTO PRINCIPAL JEFE DIVISION CONTRATACIONES

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15 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA 2015 AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES ANEXO I TABLA DE REFERENCIA PARA EL ANALISIS ESTEQUEOMETRICO DE GASES POR COMBUSTION CORRESPONDIENTE AL SISTEMA TERMOMECANICO SIMBOLO DENOMINACION UNIDAD VALOR VALOR TOMADO NORMA DIN oxígeno % Datos para eficiencia CO 2 dióxido de carbono % 10,5 CO monóxido de carbono ppm 10 NO x monóxido de nitrógeno ppm 70 LAMBDA exceso de aire /1 Datos de eficiencia LOSSES pérdidas % Datos de eficiencia EFF eficiencia % Datos de eficiencia DRAFT presión de tiraje hectopascal Datos de eficiencia DEWpoint Temperatura radiación ºC Datos de eficiencia T. gas Temperatura de salida ºC Datos de eficiencia T. room Temperatura de Sala ºC Datos de eficiencia INSTRUMENTAL UTILIZADO: OBSERVACION: El control de los análisis será registrado en forma mensual, debiendo ser entregado los resultados al área técnica de esta División Servicios Generales. FECHA DE CONTROL: FIRMA:.. ACLARACION: Indicar Profesión SELLO DEPENDENCIA FIRMA DEL OFICIAL RESPONSABLE

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17 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA 2015 AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES ANEXO II INFORME TECNICO TECNICO: EMPRESA: FECHA:.../.../... HOJA...DE... EQUIPO DETALLE OBSERVACIONES INSTRUMENTAL UTILIZADO: FIRMA DEL TECNICO INTERVINIENTE:... SELLO DEPENDENCIA FIRMA DEL OFICIAL RESPONSABLE

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19 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA 2015 AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES ANEXO III DECLARACION JURADA DE OFERTA NACIONAL (artículo 70, inciso g, apartado 3 del Reglamento Aprobado por el Decreto Nº 893/2012) RAZON SOCIAL, DENOMINACION o NOMBRE COMPLETO: CUIT: PROCEDIMIENTO DE SELECCION TIPO Nro. El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que la oferta realizada por la empresa cumple con los requisitos y condiciones para ser considerada como OFERTA NACIONAL. FIRMA: ACLARACION: TIPO Y NUMERO DOCUMENTO: CARACTER: LUGAR Y FECHA:

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