INFORME DE POLÍTICAS DE VIVIENDA A

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1 INFORME DE POLÍTICAS DE VIVIENDA A NIVEL ESTATAL INFORME DE POLÍTICAS DE VIVIENDA A Noviembre

2 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN LA POLÍTICA DE VIVIENDA EN LA CAE Principales líneas de actuación de la política de vivienda en la CAE hasta Novedades en la política de vivienda y la normativa de la CAE Programa de Intermediación en el mercado del Alquiler (ASAP) Programa REVIVE El Programa de venta de suelo a los adjudicatarios de VPP Registro de solicitantes de vivienda: procedimientos de selección y adjudicación (Orden de 15 de octubre de 2012) Otras novedades normativas LA POLITICA DE VIVIENDA EN ESPAÑA La política de Vivienda en España hasta 2012: el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Modificaciones introducidas en el Plan de Vivienda y Rehabilitación hasta Modificaciones en la política estatal de vivienda a partir de Las nuevas orientaciones en la Política de vivienda estatal Principios y objetivos de la nueva política de vivienda estatal Instrumentos y programas de la política de vivienda estatal: el Plan Estratégico del Ministerio de Fomento POLÍTICA DE VIVIENDA EN LAS COMUNIDADES AUTONOMAS Introducción Política de vivienda en la Comunidad de Madrid Introducción Los Planes de Vivienda autonómicos en la Comunidad de Madrid Principales novedades normativas en la Comunidad de Madrid La Política de vivienda en Cataluña Introducción Ley 18/2007 del Derecho de Vivienda El Pacto Nacional para la vivienda El Plan para el derecho a la vivienda de Cataluña La Política de vivienda en la Comunidad Valenciana Introducción Plan Autonómico de Vivienda de la Comunidad Valenciana Principales modificaciones introducidas en la normativa autonómica en la Comunidad Valenciana

3 ANEXOS ANEXO I Esquema de ayudas vigentes en la CAE ANEXO II Esquema de ayudas vigentes en el Estado ANEXO III Esquema de ayudas vigentes en la Comunidad de Madrid ANEXO IV Esquema de ayudas vigentes en Cataluña ANEXO V Esquema de ayudas vigentes en la Comunidad Valenciana ÍNDICE DE CUADROS Cuadro 2.1 Objetivos cuantitativos globales para el conjunto del período del Plan Director Cuadro 2.2 Novedades en la política de vivienda en la CAE Cuadro 2.3 Programa ASAP: Criterios de preferencia entre los arrendatarios Cuadro 2.4 Programa ASAP: Requisitos de las viviendas Cuadro 2.5 Programa REVIVE. Actuaciones subvencionables Cuadro 2.6 Criterios de baremación en los procedimientos de selección y adjudicación en alquiler Cuadro 2.7 Modificación de los límites de acceso a la vivienda protegida en la CAE Cuadro 2.8 Tipos de interés aplicables a los préstamos cualificados según fecha de aprobación y tipo de actuación protegible Cuadro 3.1 Ejes básicos y programas del Plan de Vivienda y Rehabilitación Cuadro 3.2 Definición de las actuaciones de rehabilitación a partir del Real Decreto-Ley 8/ Cuadro 3.3 Programas de regulación, transparencia y seguridad incluidos en el Plan Estratégico del Ministerio de Fomento Cuadro 3.4 Programas de gestión e inversión en el Plan Estratégico del Ministerio de Fomento Cuadro 4.1 Planes en vigor de las diferentes Comunidades Autónomas Cuadro 4.2. Tipo de ayudas reguladas a través de la Orden 4036/2011 de la Comunidad de Madrid Cuadro 4.3. Tasas en materia de vivienda introducidas por la Ley 4/ Cuadro 4.4. Objetivos cuantitativos del Pacto Nacional Cuadro 4.5 Propuesta de reformulación del Pacto Nacional para la Vivienda en Cataluña Cuadro 4.6 Líneas estratégicas y acciones del Plan Autonómico de Vivienda de la Comunidad Valenciana, Cuadro 4.7 Objetivos cuantitativos Comunidad Valenciana

4 1. INTRODUCCIÓN En el presente informe se presenta una panorámica actualizada de las políticas de vivienda en la CAE y en el Estado. Asimismo, se describe la situación actual de las políticas de vivienda en tres Comunidades Autónomas: Cataluña, Comunidad Valenciana y Comunidad de Madrid. Mediante este documento se trata de ofrecer una visión comparada de las diversas orientaciones de la política de vivienda que los gobiernos autonómicos y estatal están mostrando ante la compleja realidad socioeconómica y presupuestaria que han debido de afrontar en los últimos años. Las elevadas tasas de desempleo, así como las notables dificultades para acceder al crédito para buena parte de los demandantes de vivienda protegida, están dificultando la aplicación de las políticas de vivienda en España. De forma paralela, en los dos últimos años, el sector público ha afrontado importantes medidas de ajuste presupuestario, de especial intensidad en el caso de algunas administraciones autonómicas y del propio gobierno de España. Estas medidas están afectando directamente a la cobertura e impacto de las políticas de vivienda estatales de forma que se están reduciendo e incluso suprimiendo importantes ayudas que eran parte sustancial de estas políticas. El informe describe en el capítulo 2 las principales novedades de la política de vivienda en la CAE en los últimos años. Esta política se enmarca desde 2010 en el Pacto Social por la Vivienda, así como en el Plan de Vivienda y Regeneración Urbana A pesar del difícil contexto económico referido, en los últimos dos años se han implementado en la CAE importantes líneas de actuación para el fomento del alquiler y de la rehabilitación. En el capítulo tercero se aborda la política de vivienda estatal que desde 2009 hasta 2012 se ha articulado en torno al Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación. La trascendencia de este Plan ha sido notable a nivel estatal y también a nivel autonómico hasta finales de 2011, dado que la mayor parte de las CCAA, salvo País Vasco y Navarra, han aplicado las principales medidas del mismo en el seno de sus respectivos territorios. Con la llegada del nuevo gobierno español a finales de 2011 se ha implementado un proceso de consolidación fiscal que ha reducido importantes partidas de gasto en materia de vivienda. 4

5 De forma paralela a este proceso de ajuste presupuestario, desde Octubre de 2012 se comienzan a vislumbrar los ejes de la nueva política de vivienda, de la que se ofrecen algunas pinceladas a partir de los avances programáticos difundidos hasta el momento por el Ministerio de fomento. Por último, en el capítulo cuarto se analiza la política de vivienda en Cataluña, la Comunidad Valenciana y la Comunidad de Madrid. En el mismo se presenta de forma sintética los planes autonómicos que rigen la política de vivienda en cada Comunidad, recogiendo las novedades introducidas en los dos últimos años, de modo que se aprecia el diverso grado de incidencia de las restricciones presupuestarias en cada una de las CCAA. 5

6 2. LA POLÍTICA DE VIVIENDA EN LA CAE 2.1. Principales líneas de actuación de la política de vivienda en la CAE hasta 2012 La política de vivienda en la CAE se articula sobre el Pacto Social por la Vivienda suscrito en 2010, así como entorno al Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana A continuación se sintetizan las principales líneas de actuación que vertebran estos importantes referentes de lo que ha sido la política de vivienda en los últimos tres años. a.- El Pacto Social por la Vivienda El Pacto Social por la Vivienda nace por el impulso del Gobierno Vasco en 2010 con el fin de establecer un marco para la política de vivienda con el horizonte en Este Pacto fue suscrito por 78 colectivos vinculados al sector de la vivienda con una amplia representación de entidades y organismos (entidades económicas y financieras, asociaciones de vecinos, de personas mayores, de consumidores, de familias numerosas, etc.) Los objetivos del pacto se establecieron en los siguientes términos: - Satisfacer las necesidades habitacionales de familias. - Configurar un parque público de alquiler suficiente, con el objetivo de que en 2025 el 50% de las edificaciones públicas promovidas lo sean en régimen de alquiler. - Regenerar espacios urbanos y mejorar las condiciones del parque edificado mediante la realización de actuaciones de rehabilitación. Para ello, se articularon cuatro grandes retos que, a su vez, se desarrollaban en quince líneas de actuación y 87 acciones: - Reto 1. Incrementar la disposición de suelo en el mercado residencial. - Reto 2. Aumentar el parque de vivienda protegida, acrecentando la proporción de vivienda de alquiler. - Reto 3. Incrementar la rehabilitación de edificios y definir programas estratégicos para renovar y regenerar espacios urbanos. - Reto 4. Mejorar la corresponsabilidad institucional y potenciar la colaboración público privada. 6

7 b.- El Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana Al amparo del Pacto Social por la Vivienda, en 2010 el Gobierno Vasco aprueba el Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana para el período comprendido entre 2010 y Esta Plan incorpora los compromisos adquiridos en el marco del Pacto por el conjunto de firmantes del mismo. La misión del Plan Director responde a dos grandes prioridades de la política de vivienda en la CAE: la creación de un parque de alquiler permanente que dé respuesta a una creciente demanda social y el impulso de la rehabilitación, así como la regeneración urbana desde un enfoque integrado. En la siguiente tabla se presentan los cinco ejes estratégicos en los que se articula el Plan, detallando las 17 líneas de actuación que lo integran. PLAN DIRECTOR DE VIVIENDA Y REGENERACIÓN URBANA DEL GOBIERNO VASCO EJE 1. Favorecer el acceso a la vivienda, orientando los recursos preferentemente al alquiler 1.1. Impulsar la promoción de vivienda nueva de protección pública, preferentemente en alquiler 1.2. Promover la oferta de vivienda de particulares en alquiler 1.3. Proponer a las administraciones competentes reformas fiscales orientadas a mejorar el tratamiento del alquiler EJE 2. Reformular una nueva política de rehabilitación y regeneración urbana 2.1. Definir las actuaciones de intervención prioritaria a partir de la realización de un inventario de barrios anteriores a Diseñar y poner en marcha el sistema de ayudas vinculadas a programas estratégicos y desarrollar una estrategia específica de información y comunicación. Desarrollar la Inspección Técnica de Edificios 2.3. Estructurar la red de intervención en materia de rehabilitación y regeneración urbana extendiéndola a todo el territorio de la CAE 2.4. Superar la lógica de la mera concesión de subvenciones en materia de rehabilitación y regeneración urbana orientando los esfuerzos del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes a la puesta en valor del parque edificado anterior a Estudiar e impulsar las medidas fiscales que favorezcan la rehabilitación y regeneración urbana EJE 3. Promover una política activa de gestión de suelo 3.1. Mejorar la transparencia e información en materia de suelo entre todos los Agentes 3.2. Desarrollar mecanismos para favorecer la obtención de suelos y agilización de los trámites para la edificación de vivienda de protección pública EJE 4. Optimizar los recursos e instrumentos al servicio de la política de vivienda 4.1. Reestructurar el entramado societario del sector de la vivienda reordenándolo y colocando el parque público de alquiler bajo control del Departamento 4.2. Potenciar el Servicio Vasco de la Vivienda, de modo que sea el referente de la gestión de la demanda y de la adjudicación de la vivienda de protección pública 4.3. Maximizar la eficacia en la gestión de la política de vivienda EJE 5. Avanzar hacia una nueva gobernanza de la política de vivienda 5.1. Mejorar la información compartida entre agentes intervinientes y acelerar los procesos hacia la Administración electrónica 5.2. Articular un nuevo modelo de relación y coordinación con la Administración Local, impulsando su papel en la Política de Vivienda 5.3. Modernizar los instrumentos de atención a la ciudadanía y favorecer modelos de participación ciudadana 5.4. Profundizar en la Evaluación de las políticas públicas de vivienda y suelo Fuente: Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. 7

8 A partir de este esquema de actuaciones, se establecieron una serie de objetivos cuantitativos para el conjunto del período que evidencian el notable nivel de impacto previsto por la implementación del Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana en el conjunto de la CAE. En total, se prevé la realización de un total de actuaciones, siendo especialmente reseñable el impulso que se pretende dar al ámbito de la rehabilitación, de forma que los objetivos asociados a las actuaciones en esta materia experimentan un incremento notable en relación al período de programación precedente ( ). Cuadro 2.1. Objetivos cuantitativos globales para el conjunto del período del Plan Director ACTUACIONES DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA NUEVA Nº actuaciones Por tipo de vivienda ADA Vivienda social en alquiler Viviendas protegidas y concertadas en alquiler 900 Total alquiler Viviendas protegidas y concertadas en venta Viviendas protegidas en alquiler con opción de compra Viviendas tasadas autonómicas en venta 400 Viviendas tasadas municipales en venta Total venta Por promotor Departamento Visesa Ayuntamientos y Sociedades Municipales Privados TOTAL OBJETIVO NUEVA PROMOCIÓN OTRAS ACTUACIONES DE VIVIENDA Movilización vivienda vacía Nuevo programa intermediación alquiler Renta básica de emancipación para alquiler jóvenes Locales calificados como vivienda protegida 850 Compra vivienda usada libre en ámbitos rurales y ARIs Nuevas viviendas creadas en procesos de R&R ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN Rehabilitación integrada Rehabilitación aislada Total operaciones de rehabilitación ACTUACIONES DE SUELO Total actuaciones de suelo TOTAL OPERACIONES PLAN DIRECTOR Fuente: Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. 8

9 c.- El Plan Estratégico de Rehabilitación y Regeneración Urbana (PERHU) En línea con el importante impulso que se plantea otorgar a las políticas de rehabilitación y regeneración urbana, el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes elaboró en 2010 el Plan Estratégico de Rehabilitación y Regeneración Urbana (PERHRU) con el fin de poder desarrollar las líneas de actuación vinculadas a este ámbito establecidas en el Pacto Social por la Vivienda y en el Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana Para ello, el PERHU se orientaba a responder a cinco prioridades: 1. Orientar la política de Rehabilitación y Regeneración Urbana hacia un enfoque integrado en el que se establezcan prioridades de intervención. 2. Dotar de recursos a la política de Rehabilitación y Regeneración Urbana. 3. Mejorar la información sobre las ayudas e instrumentos existentes. 4. Reforzar la gestión a través de las SUR. 5. Promover la cooperación y actuación transversal de las Administraciones. Este plan se proponía avanzar en las actuaciones en materia de rehabilitación hacia el tratamiento integral de las edificaciones, superando las meras actuaciones en elementos privativos de las viviendas. Se trata así, de lograr una mayor vida útil de los edificios, tratando de adecuar el parque de viviendas existente a las actuales exigencias de confort y calidad, así como reducir el consumo energético generado. Para ello el PERHU establecía cinco ejes estratégicos y 19 líneas de actuación, como son: Eje 1. Profundizar en el diagnóstico y propiciar una intervención basada en el mismo. Eje 2. Reformular y liderar una nueva política de rehabilitación y regeneración urbana. Eje 3. Reforzar la capacidad de gestión proactiva en materia de rehabilitación y regeneración urbana extendiéndola a la totalidad del territorio de la CAE. Eje 4. Cooperar con otros agentes implicados. Eje 5. Revisar las herramientas legales y normativas actuales. 9

10 d.- Las nuevas orientaciones de la política de vivienda en la CAE: el proyecto de Ley de Vivienda en la CAE En 2012 el Consejo de Gobierno aprobó el Proyecto de Ley de Vivienda que, finalmente, no ha podido ser promulgado al concluir la legislatura. A pesar de ello, se considera relevante presentar brevemente sus principales ejes de actuación dada la trascendencia de los temas que se proponía abordar esta ley. El contenido sustancial de este proyecto se orientaba a promover en la CAE las condiciones necesarias y a establecer las normas pertinentes para hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y convertir el principio en auténtico derecho exigible ante los tribunales para aquellas personas con mayores dificultades de acceso. Adicionalmente, el proyecto de Ley de vivienda pretendía: Definir el alcance del concepto de función social de la vivienda. Regular el régimen jurídico de la Vivienda de Protección Pública. Reformular y reordenar los sistemas de prestaciones públicas existentes de ayuda a la vivienda, integrando todas las prestaciones específicas de vivienda. Regular la intervención en rehabilitación y regeneración urbana, que es una de las líneas prioritarias de la política vasca de vivienda. Para la satisfacción de este derecho subjetivo se preveían diversos medios y actuaciones, como la puesta a disposición, preferentemente en régimen de alquiler, de una vivienda protegida, de un alojamiento protegido, o incluso de una vivienda libre de alquiler a través de programas de intermediación u otros. Con carácter subsidiario a las anteriores líneas de actuación podría ser realizable mediante el establecimiento de un sistema de prestaciones económicas. Es importante reseñar que el proyecto de Ley de Vivienda partía del concepto de que la vivienda y el patrimonio edificado cumplen una función social. De este modo, la norma establece que la vivienda deshabitada supone un incumplimiento de su función social, siempre y cuando la razón de encontrarse vacía sea injustificada. En estos casos, la Administración podía imponer un canon y el alquiler forzoso a la vivienda deshabitada. En el caso de las viviendas protegidas el proyecto de ley preveía que este incumplimiento se diera si la vivienda se destinaba a otros usos o cuando la capacidad económica o patrimonial sobrevenida de sus ocupantes fuera manifiestamente desproporcionada. 10

11 El proyecto de Ley de vivienda planteaba otras líneas de actuación de notable relevancia, entre las que resultan especialmente significativas las siguientes: La personalización de precios y rentas en las viviendas protegidas. La introducción de criterios preferentes para la adjudicación, procediendo a realizar dicha adjudicación en atención al número de miembros de la unidad familiar o de convivencia, así como a su antigüedad como demandante de vivienda. La introducción de un cambio gradual a través de la regulación en materia de rehabilitación que facilitara avanzar hacia un modelo urbano más cohesionado socialmente y más sostenible. La autorización de la división de viviendas o su unión en unidades más amplias para la mayor adecuación funcional del patrimonio edificado, cuando las resultantes cumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad. La habilitación a los Ayuntamientos para la aprobación de una ordenanza municipal, sin necesidad de modificación de planeamiento general, que permita el cambio de uso terciario a uso residencial en la planta baja de edificios residenciales. En todo caso, a pesar de que este proyecto de Ley no ha podido ser finalmente aprobado, a lo largo de los últimos años se han puesto en marcha diversos programas y promulgado normas de especial relevancia, tal y como se describe a continuación. 11

12 2.2. Novedades en la política de vivienda y la normativa de la CAE A lo largo de los últimos dos años se han producido importantes novedades en la política de vivienda en la CAE que han venido a desarrollar y profundizar en las principales líneas de actuación que se planteaban en el Pacto Social por la Vivienda y en el propio Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana Las nuevas medidas implementadas en la CAE se han orientado al impulso del alquiler, así como al fomento de los procesos de rehabilitación del actual parque de viviendas. En el siguiente cuadro se presentan las medidas más relevantes, siendo descritas de forma más detallada a continuación. Cuadro 2.2. Novedades en la política de vivienda en la CAE a) El Programa de Intermediación en el Mercado del Alquiler en la CAE.(apartado 2.2.1) b) El Programa REVIVE (apartado 2.2.2) y Bultzatu 2025 c) El Proceso de venta de suelo a los adjudicatarios de VPP en su tercera fase. (apartado 2.2.3) d) La nueva regulación del Registro de Solicitantes de Vivienda (apartado 2.2.4) e) Otros cambios normativos (apartado 2.2.5) - Modificación de los límites de los ingresos ponderados exigibles para el acceso a la VPO. - Modificación de las medidas financieras para rehabilitación de vivienda en la CAE - Decreto de colaboración financiera entre las entidades de crédito y la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de vivienda y suelo. f) Servicio de Ayuda al Sobreendeudamiento Familiar g) Servicio Bizilagun (antiguas Cámaras de Comercio) h) Apuesta decidida por la participación ciudadana en el diseño de las políticas públicas de Vivienda que ha dado como fruto el reconocimiento internacional más importante a este tipo de iniciativas que es el premio UNPSA 2012 de Naciones Unidas Fuente: Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. 12

13 El Programa de Intermediación en el mercado del Alquiler (ASAP) El Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes ha puesto en marcha en 2012 el Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre mediante el Decreto 43/2012, de 27 de marzo de Se debe subrayar la importancia de este Programa, más aún cuando su impulso se ha producido en un momento en el que desde otros ámbitos se están efectuando importantes recortes en las ayudas al alquiler, siendo, especialmente reseñable por su trascendencia, la supresión de la Renta Básica de Emancipación en el ámbito estatal 1. Para poder poner en marcha el Programa ASAP, el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes ha configurado una red de intermediadores homologados que actuarán como Agentes Colaboradores. El rol de estos agentes es clave a la hora extender el Programa de intermediación en el mercado de alquiler de la CAE. a.- Objetivos del Programa Dos de las prioridades básicas de la política de vivienda impulsada por el Gobierno Vasco en este período han respondido al doble objetivo de impulsar el mercado del alquiler en la CAE, así como de movilizar la vivienda vacía existente. El objetivo básico del Programa se centra en facilitar que las viviendas libres se incorporen al mercado del alquiler a un precio asequible para los arrendatarios. Para ello, se plantea movilizar alrededor de 3000 viviendas entre 2012 y Por esta vía se trata de facilitar que los demandantes de vivienda que en la actualidad disponen de especiales dificultades para el acceso a la vivienda en la CAPV, puedan acceder al mercado de alquiler libre mediante rentas más reducidas. Para ello, el Gobierno Vasco garantiza a los propietarios el cobro de las rentas, la defensa jurídica y la reparación de desperfectos mediante la contratación de las pólizas de seguro necesarias para cubrir estas contingencias. A cambio de estas garantías, el Gobierno Vasco fija los precios máximos de los alquileres y garantiza, de este modo, precios más bajos y competitivos que los existentes en el mercado libre. 1 Esta ayuda de carácter estatal era gestionada en la CAE por el Gobierno Vasco y se destinaba a los jóvenes de 22 a 30 años con unos ingresos anuales inferiores a euros a los que se subvencionada con 210 euros mensuales para el pago de su alquiler. Adicionalmente, se subvencionaba con 120 euros para gastos de tramitación del aval y un préstamo de 600 euros sin intereses para el pago de la fianza. 13

14 b.- Requisitos de acceso de los arrendatarios y de las viviendas. El Programa se ha diseñado de forma que puedan participar en el mismo aquellas personas que tengan unos ingresos anuales ponderados entre y euros. Así, se prevé la incorporación directa como demandantes del Programa de las personas inscritas en el Registro de Solicitantes de Vivienda que soliciten vivienda en alquiler y que cumplan las siguientes condiciones, de forma adicional a la referida sobre el nivel de ingresos: a) Carecer de vivienda en propiedad, derecho de superficie o usufructo durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de celebración del contrato de arrendamiento, b) Tener empadronado/a, como mínimo, a uno de los miembros de la unidad convivencial, en la Comunidad Autónoma del País Vasco. c) Disponer de un nivel de ingresos tal que la renta de las viviendas no supere el 30% de los ingresos anuales ponderados. A la hora de acceder a una vivienda ofertada en el marco del Programa se han fijado una serie criterios con el fin de seleccionar a un arrendatario que son sintetizados en la siguiente tabla. Cuadro 2.3. Programa ASAP: Criterios de preferencia entre los arrendatarios 1º) El grado de correlación entre los ingresos anuales ponderados de la unidad convivencial y renta requerida para la vivienda. 2º) El municipio en el que se demanda la vivienda. 3º) El máximo ajuste entre las características de la vivienda y el número de miembros de la unidad convivencial. 4º) La antigüedad de la inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda. Fuente: Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. Conforme a los requisitos anteriores, el Departamento de Vivienda elabora una relación de solicitantes de vivienda, ordenada con arreglo a los criterios de preferencia que es remitida a los Agentes Colaboradores en función del ámbito territorial de actuación de cada uno de ellos. De forma coherente con el objetivo de facilitar el acceso al mercado de alquiler a precios más reducidos, los límites máximos a cobrar por los arrendadores de las viviendas que participan en el programa varían en función de los diversos municipios, oscilando estos límites entre 400 y 650 euros al mes. Adicionalmente a este límite en el nivel de la renta, el Programa establece otra serie de requisitos que deben cumplir las viviendas, como son los que se detallan en la siguiente tabla. 14

15 Cuadro 2.4. Programa ASAP: Requisitos de las viviendas a) No estar sometidas a régimen alguno de protección pública. b) Disponer de la licencia de primera ocupación. c) Reunir las condiciones generales de adecuación estructural y constructiva y de habitabilidad d) Presentar un aspecto pulcro y aseado. e) Estar equipadas con muebles en cocina y baños. f) No estar arrendadas, ocupadas, ni sometidas a cualquier limitación que impida arrendarlas. h) Estar ubicadas en los términos municipales o comarcas en las que, a criterio del Departamento, exista demanda suficiente de alquiler. Fuente: Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. Para la gestión del proceso de arrendamiento, los propietarios deben retribuir al Agente Colaborador de acuerdo a unas condiciones que establece la normativa, atribuyéndole en exclusiva la gestión de la vivienda. c.- Los Agentes Colaboradores: criterios de homologación y principales funciones Los criterios para la homologación de estos Agentes Colaboradores se vinculan, fundamentalmente, a que éstos tengan la condición previa de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria o, en su caso, sean una persona, física o jurídica que cumpla unas condiciones específicas. Estos agentes colaboradores deben acreditar una experiencia mínima de 5 años en el ejercicio de dicha actividad, disponiendo de un establecimiento abierto al público, que garantice su accesibilidad y un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de euros anuales. Las funciones que deben desempeñar son las siguientes: a) Informar sobre el programa tanto a los propietarios como a los arrendatarios y colaborar en las acciones informativas del Gobierno Vasco, facilitando su tramitación cuando así se requiera. b) Actuar como intermediarios en la firma de los contratos entre propietarios y arrendatarios. c) Favorecer una adecuada relación arrendaticia, así como mediar para buscar acuerdos en los conflictos que surjan durante la vida del contrato, utilizando preferentemente los servicios públicos gratuitos ofrecidos por las Delegaciones Territoriales de Vivienda del Gobierno Vasco. 15

16 Programa REVIVE Mediante Orden de 18 de julio de 2012 el Gobierno Vasco se ha habilitado un programa de ayudas en materia de Rehabilitación de Viviendas y Edificios (Programa REVIVE), para la elaboración de Proyectos de Intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas de los mismos, con una dotación de 9,3 millones de euros. a.- Antecedentes El Programa REVIVE está destinado a dar respuesta a las necesidades que presentan una parte importante de los edificios y viviendas de la CAE en materia de rehabilitación. Se trata de lograr mejorar las condiciones de habitabilidad de un número significativo de hogares de la CAE y disminuir, de esta manera, los riesgos de generación de ámbitos de exclusión urbana. Esta situación se asocia no sólo a la falta de accesibilidad de ciertos sectores de la población a los recursos, sino también a las condiciones en las que se encuentran las edificaciones en cuanto a su habitabilidad, accesibilidad y grado de eficiencia energética. Este Programa REVIVE se inscribe en el marco de los compromisos adquiridos en materia de rehabilitación de edificios en el Pacto Social por la Vivienda, así como en una estrategia a más largo plazo que se concreta en el Plan de Edificación Sostenible, Bultzatu 2025 cuyas principales líneas de actuación se presentan seguidamente. 16

17 PLAN DE EDIFICACIÓN SOSTENIBLE BULTZATU 2025 Bultzatu 2025 se configura como una hoja de ruta para la Edificación Sostenible, que fijará las líneas de actuación en el marco de la estrategia integral del Gobierno Vasco para la Edificación Sostenible en la CAE. Liderada por Departamento de Vivienda con la colaboración de Innobasque, esta iniciativa tiene como objetivo alinear las políticas de vivienda, innovación, empleo, energía y medio ambiente con las políticas europeas actuales y futuras, fijando para ello unos compromisos de resultados y una planificación de actuaciones para alcanzarlos, tanto en nueva construcción como en rehabilitación. Se trata de ofrecer un instrumento de apoyo a la planificación estratégica y a la implementación de actuaciones en un horizonte de actuación a largo plazo para avanzar hacia un parque de viviendas capaz de ofrecer mejores prestaciones a sus usuarios, más respetuoso con el medio ambiente y motor de actividad económica a través de una demanda de productos y servicios avanzados que contribuyan a la trasformación del sector de la construcción en Euskadi. En los próximos 13 años se pretende movilizar más de millones de euros al año, crear o consolidar más de empleos al año y ahorrar 49 millones de euros al año en la factura energética, lo que produciría un retorno fiscal de 160 millones de euros al año. La iniciativa se ha estructurado en cinco líneas de trabajo: Desarrollo normativo: desarrollar el marco normativo necesario para la transposición de las directivas europeas y de diseñar las herramientas de gestión Activación de la demanda: definir y desarrollar los mecanismos de sensibilización social para instaurar una cultura del mantenimiento de los edificios y activar la voluntad de los propietarios para acometer la inversión necesaria. Movilización de recursos y financiación: definir y desarrollar el marco de financiación públicoprivado para la gestión de las inversiones necesarias. Desarrollo de la oferta: dinamizar el desarrollo de la oferta de productos y servicios en el ámbito de la edificación sostenible. Formación: definir y desarrollar los instrumentos necesarios para la capacitación de los profesionales y la generación de empleo de alto valor añadido. b.- Alcance y contenido del Programa REVIVE Estas ayudas se dirigen a Comunidades de Propietarios y a promotores públicos de viviendas siempre y cuando éstos sean los propietarios de las viviendas. Las actuaciones objeto de subvención están destinadas a intervenir en edificios o conjuntos de edificios, que cumplan con los siguientes requisitos: tengan por uso principal el de vivienda, se encuentren agrupados hasta configurar bloques o manzanas completas, su fecha de construcción sea anterior a 1980 y dispongan de adecuación urbanística y estructural. 17

18 Los proyectos de intervención en el patrimonio edificado están encaminados a la mejora de las condiciones de accesibilidad, habitabilidad y eficiencia energética de los edificios existentes, con criterios de sostenibilidad. Las diversas actuaciones subvencionales se sintetizan a continuación. Cuadro 2.5. Programa REVIVE. Actuaciones subvencionables a) Actuación sobre la envolvente de los edificios (para obtener una reducción de la demanda térmica del mismo) y sobre las instalaciones de producción térmica (para reducir su consumo energético) con el objeto de alcanzar tras la reforma, al menos, una certificación energética C según el procedimiento definido en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, sobre Certificación en Eficiencia Energética en edificios de nueva planta tratando de incorporar en lo posible la producción energética mediante fuentes renovables. b) Mejora o incorporación de un sistema de ventilación que garantice la calidad del aire interior mediante una correcta renovación del mismo, de acuerdo a los parámetros mínimos exigidos por el CTE (Código Técnico de la Edificación) para los edificios de nueva planta. c) Mejora de las condiciones de accesibilidad de las edificaciones de manera que se garantice la accesibilidad desde la vía pública hasta cada una de las viviendas, sin necesidad de salvar desniveles con peldaños. d) Actuaciones que supongan una ampliación del perímetro edificado orientadas a conseguir la adecuación de las condiciones de habitabilidad. e) Monitorización de los sistemas para verificar el funcionamiento y efectividad de las medidas adoptadas, con un sistema que permita la tele-lectura, recopilación y explotación de datos de consumos y condiciones ambientales, realizado a distancia por el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes Fuente: Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. c.- Procedimiento de concesión y cuantía de las subvenciones El Programa establece que las subvenciones se concederán mediante concurso, hasta el agotamiento del crédito presupuestario. Las actuaciones objeto de la ayuda deberán estar concluidas antes del 31 de diciembre de A efectos de la concesión de las ayudas, se ha de establecer una orden de prelación con el fin de adjudicar las mismas a los proyectos presentados conforme al siguiente orden: 1º Mayor porcentaje de acuerdo entre los copropietarios del ámbito y las cuotas de participación que representen 2º Mayor número de unidades de vivienda beneficiadas 3º Mayor número de viviendas en arrendamiento protegido 4º Solicitudes que cuenten con menores ingresos medios 18

19 Por lo que concierne a la cuantía de las subvenciones, el Programa establece que para la redacción de proyectos se concederá un máximo del 90% del coste neto de los honorarios de redacción de los documentos. En el caso de la ejecución de las obras se concederá un máximo del 50% del presupuesto de contrata de las actuaciones subvencionadas Proceso de venta de suelo a los adjudicatarios de VPP. a.- Antecedentes: convocatorias previas Tal y como se ha indicado anteriormente, uno de los principales objetivos del Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana consiste en incrementar la dimensión del parque permanente de vivienda de protección pública en régimen de alquiler. Para ello, el Departamento de vivienda, Obras Públicas y Transportes se planteó poner en marcha esta iniciativa con el fin de lograr recursos para llevar a cabo el notable esfuerzo financiero que este objetivo requiere. Este mecanismo puesto en marcha en 2010 consiste en la venta de suelo a las personas adjudicatarias de viviendas de protección oficial en derecho de superficie quienes de este modo, acceden a la plena propiedad de los inmuebles. Para poder ejercer el derecho a la compra del suelo, los propietarios deben cumplir un requisito de ingresos máximos, no debiendo superar el límite establecido de euros para el caso de las viviendas de protección oficial de régimen especial y de euros para las viviendas de régimen general. Hasta 2012 ya habían sido puestas en marcha dos convocatorias previas que han abarcado la mayor parte del parque edificado en derecho de superficie (cerca del 90% del total). El resultado de estas dos primeras convocatorias ha sido significativo, de forma que han optado por comprar el suelo los titulares de elementos, que han adquirido así la plena propiedad de los mismos, lo que ha supuesto unos ingresos para el Gobierno Vasco de algo más de 32 millones de.iva incluido. 2 La suma de los porcentajes señalados tendrá como límite máximo el importe correspondiente de multiplicar euros por el número total de viviendas incluidas en el ámbito de aplicación del proyecto de intervención. 19

20 b.- Alcance de la tercera fase Con fecha 3 de septiembre de 2012 se inicia el plazo de presentación de solicitudes de la tercera fase regulada por la Orden de 26 de julio de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se establecen los requisitos para la adquisición del suelo propiedad de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi sobre el que se encuentran edificados en derecho de superficie determinados inmuebles. Esta tercera fase afecta a las viviendas de protección oficial edificadas en derecho de superficie, así como a los locales comerciales y anejos no vinculados ubicados en las comunidades de propietarios formadas por dichas viviendas y aquellos otros edificados en derecho de superficie y amparados por la extensión de la protección oficial concedida a las promociones de viviendas construidas en la misma Área de Intervención Urbanística. De forma adicional, la convocatoria se dirige a: a. Viviendas edificadas en derecho de superficie que han perdido la protección oficial por el transcurso del plazo de calificación temporal, así como a los locales comerciales y anejos no vinculados ubicados en las comunidades de propietarios formadas por dichas viviendas. b. Viviendas que fueron transmitidas en régimen de propiedad plena, pero con carácter temporal durante 75 años así como a los locales comerciales anejos no vinculados en las comunidades de propietarios formadas por dichas viviendas. En total, esta tercera fase está dirigida a viviendas, locales comerciales y anejos no vinculados (a nuevos elementos así como a procedentes de las fases 1 y 2 que en su día no adquirieron el suelo). c.- Requisitos de acceso Se establece que para poder adquirir el suelo o la propiedad indefinida, los ingresos ponderados de las personas titulares de viviendas de protección oficial no podrán superar los , en el ejercicio fiscal El requisito de ingresos ponderados máximos se aplica exclusivamente a los propietarios de viviendas protegidas y sus anejos vinculados que deseen adquirir la propiedad del suelo sobre el que éstas se ubican o su propiedad indefinida. Por otra parte, las personas que sean beneficiarias de un préstamo con garantía hipotecaria concedido por el Gobierno Vasco para la adquisición de su vivienda de protección oficial, habrán de estar al corriente del pago del mismo. 20

21 Además, cuando se trate de viviendas con calificación temporal o viviendas que hayan perdido la protección oficial por el transcurso del plazo de calificación, sus titulares deberán solicitar simultáneamente la calificación permanente. d.- Condiciones de la compra de suelo El precio a abonar por la compra del suelo o para acceder a la propiedad indefinida de los inmuebles, se calcula en base a los siguientes criterios: 1- Cálculo del valor total del edificio. Se calcula el valor total del edificio mediante la suma de los valores correspondientes a todos los elementos que lo integran. Así, las viviendas y anejos vinculados se valoran a los precios máximos oficiales actualizados correspondientes y vigentes a la fecha de publicación de la Orden que regula este proceso, mientras que los locales y anejos no vinculados se valoran a precios de mercado: Aquellos que estén integrados en promociones de viviendas a partir de la información de la estadística sobre Oferta Inmobiliaria publicada por el Observatorio Vasco de la Vivienda). Aquellos no integrados en promociones de viviendas mediante tasación pericial practicada por el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes o sociedades de tasación o empresas legalmente habilitadas. 2. Cálculo del valor total del suelo sobre el que se asiente el edificio. Al valor total del edificio se le aplica el porcentaje del 10% en concepto de repercusión del suelo en el valor del edificio. 3 Asignación del precio final en función de las cuotas de la propiedad horizontal. Para la valoración final del suelo se considerará éste dividido en tantas porciones como viviendas con anejos vinculados, locales comerciales y anejos no vinculados existan en el edificio. El precio de cada una de las porciones se obtendrá de multiplicar el valor total del suelo en el que se asiente el edificio por la cuota de participación en la propiedad horizontal de cada una de las viviendas con anejos vinculados, locales comerciales o anejos no vinculados que lo componen. 4 Aplicación de IVA. Finalmente, al precio final de cada vivienda, local comercial o anejo se le aplicará el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente. 21

22 Con el fin de facilitar el acceso a la adquisición de la propiedad sobre el suelo, se ofrece la posibilidad de obtener una financiación a largo plazo y bajo interés que podrá cubrir el 100% de la operación y de los gastos de tramitación Registro de solicitantes de vivienda: procedimientos de selección y adjudicación (Orden de 15 de octubre de 2012) Recientemente el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes ha promulgado la Orden de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de solicitantes de vivienda y de los procedimientos para la adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico. Esta Orden tiene una gran importancia al abordar tres ámbitos de la política de vivienda en la CAPV de notable calado como son: a. La regulación del Registro de Solicitantes de vivienda protegida: tanto en su faceta como herramienta para la gestión y adjudicación de vivienda protegida, garantizando la igualdad y concurrencia en el acceso; así como instrumento eficaz de análisis de la demanda de vivienda protegida. b. La regulación de los procedimientos de adjudicación y selección. c. La habilitación de mecanismos que permiten dar cobertura a los afectados por la problemática de los desahucios. En el ámbito de la regulación del Registro de Solicitantes de Vivienda se establecen importantes novedades, como son: - La posibilidad de demandar alquiler o compra, pero no, como sucedía hasta el momento, ambos regímenes de forma simultánea. - Se podrá demandar vivienda en el municipio de empadronamiento, en el del centro de trabajo y en otro en cuyos procesos de adjudicación se desearía participar. - La inscripción deberá ser expresamente renovada cada dos años a petición del solicitante. - Esta solicitud deberá incorporar una declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos para acceder al régimen solicitado. 22

23 En lo que concierne a los procedimientos de selección, adjudicación de viviendas y alojamientos protegidos, se incorporan novedades relevantes como son: - La necesaria voluntariedad por parte del demandante en la incorporación a estos procedimientos. - La posibilidad de participar en los procedimientos que se desarrollen tanto en los municipios designados como en sus áreas funcionales. - En lo que concierne de forma específica al régimen de arrendamiento, las viviendas se asignarán sin sorteo, a través de una lista baremada según diversos criterios de preferencia. Cuadro 2.6. Criterios de baremación en los procedimientos de selección y adjudicación en alquiler 1. Antigüedad: se otorgarán 5 puntos por cada año hasta un máximo de 40 para las solicitudes con antigüedad de 8 años o más 2. Número de miembros de la unidad convivencial: 5 puntos por cada miembro hasta un máximo de 30 para las solicitudes de 6 miembros o más 3. Ingresos: máximo de 20 puntos para ingresos entre y ; 15 puntos entre y ; 10 puntos entre y ; 5 puntos entre y Empadronamiento: máximo de 10 puntos a los expedientes en los que al menos uno de sus titulares esté empadronado en el municipio donde se ubique la promoción y 5 puntos en el caso de que lo esté en el área funcional 5. Especial necesidad de vivienda: 10 puntos a los expedientes en los que alguno de sus titulares forme parte de uno de los colectivos con especial necesidad de vivienda (personas con discapacidad psíquica, familias monoparentales, víctimas de violencia de género, divorciados o separados legalmente, personas que hayan perdido la propiedad de su vivienda habitual por incapacidad de pago sobrevenida, mayores de 70 años y menores de 30 años). En el caso de los discapacitados psíquicos, se otorgarán 10 puntos a los expedientes en los que cualquiera de los miembros pueda acreditar dicha condición. A quienes formen parte de más de un colectivo se les otorgarán 10 puntos por cada uno de ellos, con un máximo de 30. Los empates se dirimirán a favor de la solicitud con mayor antigüedad. Fuente: Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. Por lo que respecta a la cobertura específica de la problemática de los desahucios, los afectados por los mismos tendrán preferencia en el procedimiento general de adjudicación en régimen de arrendamiento, de forma que podrá adjudicarse directamente una vivienda a las familias en grave riesgo de exclusión. 23

24 2.2.5 Otras novedades normativas A continuación se hace referencia a otra serie de novedades normativas y programáticas impulsadas por el Gobierno Vasco en los últimos dos años. 1. Orden de 14 de Septiembre de 2011 por la que se modifican los límites de los ingresos ponderados exigibles para el acceso a la VPO. El objetivo de esta orden es adecuar a la realidad del actual contexto socio-económico los límites de ingresos ponderados establecidos por el Decreto 39/2008 para el acceso a la vivienda protegida en la CAE. En la siguiente tabla se recoge los límites anteriores y los límites actuales regulados por esta orden. Cuadro 2.7. Modificación de los límites de acceso a la vivienda protegida en la CAE Límites anteriores Límites vigentes Alquiler de viviendas de protección a euros a euros oficial de régimen especial Compra de viviendas de protección a euros a euros oficial de régimen especial Alquiler de viviendas de protección a euros a euros oficial de régimen general y de alojamientos dotacionales Compra de viviendas de protección a euros a euros oficial de régimen general Compra y alquiler de viviendas tasadas a euros euros autonómicas Fuente: Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. 2. Orden de 23 de Noviembre de 2011 que modifica las medidas financieras para rehabilitación de vivienda en la CAE. Con la entrada en vigor de esta orden se mejoran las condiciones previstas en la Orden de 29 de diciembre de 2006 para la concesión de préstamos y subvenciones a favor de las personas titulares de las actuaciones protegidas de rehabilitación que puedan beneficiarse de las mismas. Se incorpora una medida extraordinaria que introduce la variable de la mejora de la eficiencia energética en las ayudas otorgadas a Comunidades de Propietarios para la rehabilitación y mejora de sus inmuebles. Esta medida establece la necesidad de mejorar la eficiencia energética del parque de viviendas edificado en la CAE, para lo que se aplica un sistema de ponderación de las ayudas a recibir por estas Comunidades en relación a las mejoras de eficiencia alcanzadas. 24

25 Se establecen dos niveles específicos para la estimación de esta mejora: un nivel mínimo de pérdidas energéticas, así como un segundo nivel que supone la reducción de al menos el 50% respecto a la anterior situación. Asimismo se articula un procedimiento de evaluación a aplicar para justificar la obtención de las ayudas asociadas a las mejoras energéticas. 3. Decreto 268/2011 de 20 de Diciembre de 2011, de colaboración financiera entre las entidades de crédito y la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de vivienda y suelo. El presente Decreto procede a establecer el marco de colaboración financiera aplicable para el ejercicio 2011 a las operaciones en materia de vivienda y suelo. Entre los cambios más relevantes introducidos, cabe señalar la actualización de los diferenciales de tipo de interés asociados a los préstamos cualificados que puedan conceder las entidades de crédito en el marco del convenio de colaboración financiera suscrito con la Administración de la CAE. En la tabla que se presenta a continuación, se recogen los nuevos diferenciales asociados al Euribor según la fecha de aprobación de los préstamos, así como según el tipo de actuación protegible. Adicionalmente, este Decreto mantiene el procedimiento de recompra de aquellas viviendas de protección oficial que constituyan la garantía de préstamos hipotecarios concedidos con cargo al Convenio financiero 2011 cuando se presenten situaciones de morosidad que impliquen pérdida de la vivienda para las personas propietarias. La vivienda, cuya adquisición sea acordada por el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, será adquirida por la Sociedad Pública Alokabide, S.A. La garantía de recompra se extiende a las distintas tipologías de viviendas de protección pública, incluyendo las de régimen general, las de régimen especial o sociales, así como las de precio tasado, siempre que el régimen de uso y tenencia sea la propiedad plena o en derecho de superficie. 25

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