Departamento de Gestión de Sociedades de Auditoría

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1 Departamento de Gestión de Sociedades de Auditoría Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS Nº CG Con arreglo al marco legal de su competencia, es atribución exclusiva de la Contraloría General de la República la designación de sociedades de auditoría que se requieran para la prestación de servicios de auditoría en las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. De acuerdo a ello, el PRESENTE CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS se regula por las disposiciones del Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº CG y modificatorias, en adelante Reglamento, para cuyo efecto se formula las presentes bases. Información General de la Entidad Razón Social BANCO DE LA NACIÓN R.U.C. : Nº Representante Legal : Juan Carlos Galfré García Gerente General (e) Domicilio Legal Dirección : Av. República de Panamá Nº 3664 San Isidro Teléfono : Correo Electrónico : walter.farfan@bn.com.pe Portal Electrónico : I. TÉRMINOS DE REFERENCIA a. Antecedentes de la entidad El Banco de la Nación es una empresa de derecho público, integrante del Sector Economía y Finanzas, que opera con autonomía económica, financiera y administrativa, tiene patrimonio propio y duración indeterminada. El Banco se rige por su Estatuto aprobado por Decreto Supremo N EF y sus modificatorias, Decreto Legislativo N 1031 que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado y supletoriamente por la Ley Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. El objeto del Banco es administrar por delegación las sub cuentas del Tesoro Público y proporcionar al Gobierno Central los servicios bancarios para la administración de los fondos públicos, de la misma forma cuando el Ministerio de Economía y Finanzas lo requiera y autorice en el marco de las operaciones del Sistema Nacional de Tesorería, el Banco actuará como agente financiero del Estado, atenderá la deuda pública externa y las operaciones de comercio exterior. Asimismo, recauda tributos y efectúa pagos, sin que esto sea exclusivo, Pág. 1 de 16

2 por encargo del Tesoro Público o cuando medien convenios con los órganos de la administración tributaria. Base Legal El Banco de la Nación se rige principalmente por la siguiente base legal: Decreto Supremo N EF, que aprueba el Estatuto del Banco de la Nación y normas modificatorias. Decreto Legislativo N 1031 que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado y normas modificatorias. Ley N Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013 y normas modificatorias. Decreto Legislativo N Ley de Contrataciones del Estado y normas modificatorias. Decreto Supremo N EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y normas modificatorias. Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General y normas modificatorias. Ley N Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y normas modificatorias. Ley N Ley del Fondo de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE y normas modificatorias y reglamentarias. Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, aprobado mediante Acuerdo de Directorio N /018- FONAFE y modificatorias. Ley N Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y normas modificatorias. Resolución de Contraloría N CG que aprueba el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control y normas modificatorias. Resolución SBS N de , que aprueba el Reglamento de Auditoría Externa. Misión Brindar soluciones financieras con calidad de atención, agregando valor, contribuyendo con la descentralización, ampliando nuestra cobertura de servicios y promoviendo la bancarización con inclusión social. Visión Ser el Banco reconocido por la excelencia en la calidad de sus servicios, la integridad de su gente y por su contribución al desarrollo nacional. ESTRUCTURA ORGÁNICA Aprobada en Sesión de Directorio N 1928 de 16 de noviembre de Pág. 2 de 16

3 b. Descripción de las actividades principales de la Entidad El Banco está facultado para realizar las funciones que a continuación se indican, ninguna de las cuales será ejercida en exclusividad respecto de las empresas y entidades del sistema financiero. 1. Brindar servicios bancarios para el Sistema Nacional de Tesorería, de acuerdo con las instrucciones que dicta la Dirección Nacional del Tesoro Público; dichos servicios serán ofrecidos en competencia con las demás empresas y entidades del sistema financiero. 2. Brindar servicios de recaudación, por encargo del acreedor tributario, debiendo existir aprobación del Banco y un convenio específico de recaudación. 3. Efectuar por delegación las operaciones propias de las subcuentas bancarias del Tesoro Público. 4. Recibir los recursos y fondos que administran los organismos del Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y Locales, así como las demás Entidades del Sector Público Nacional. Pág. 3 de 16

4 5. Actuar como agente financiero del Estado, en concordancia con lo establecido por el segundo párrafo del artículo 4 de su Estatuto. 6. Actuar por cuenta de otros Bancos o Financieras, en la canalización de recursos internos o externos a entidades receptoras de crédito. 7. Participar en las operaciones de comercio exterior del Estado, del modo que señala el segundo párrafo del artículo 4 de su Estatuto. En este caso el Banco actúa prestando el servicio bancario y el de cambio de monedas, sujetándose a las regulaciones que pudiera dictar el Banco Central. 8. Recibir en consignación y custodia todos los depósitos administrativos y judiciales. 9. Brindar servicios bancarios en calidad de corresponsal de entidades del sistema financiero, en las localidades donde las entidades del sistema financiero se lo soliciten. 10. Recibir depósitos a la vista de las personas naturales y/o jurídicas por concepto de los pagos que, en su condición de proveedores, pensionistas, así como trabajadores del Estado, perciben en el marco del Sistema Nacional de Tesorería. 11. Recibir depósitos de ahorros, así como en custodia, de personas naturales y/o jurídicas en los centros poblados del territorio de la República donde la banca privada no tenga oficinas, incluyendo la emisión de giros y/o telegiros bancarios y efectuar transferencias de fondos por encargo y/o a favor de dichas personas. 12. Otorgar créditos y otras facilidades financieras a los organismos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Locales y demás Entidades del Sector Público Nacional, a excepción del otorgamiento de préstamos a las Empresas del Estado de Derecho Privado; así como emitir, adquirir, conservar y vender bonos y otros títulos, conforme a Ley. Las emisiones de títulos se harán de acuerdo a un programa anual aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas que podrá ser revisado trimestralmente. 13. Efectuar con entidades del Sector Público, así como con instituciones bancarias y financieras del país o del exterior, las operaciones y servicios bancarios necesarios para cumplir con las funciones indicadas en este Estatuto, así como aquellas destinadas a la rentabilización y cobertura de riesgos de los recursos que administra. Estas operaciones se harán de acuerdo a un programa anual aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas que podrá ser revisado trimestralmente. 14. Otorgar una línea de crédito única a los trabajadores y pensionistas del Sector Público que, por motivo de sus ingresos, posean cuentas de ahorro en el Banco de la Nación. Dicha línea de crédito podrá ser asignada por el beneficiario para su uso mediante préstamos y/o como línea de una tarjeta de crédito. Estas operaciones se harán de acuerdo a un programa anual aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas que podrá ser revisado anualmente. 15. Efectuar todas las operaciones y servicios bancarios en los que se requiera del uso de los medios de pago previstos en el artículo 5 de la Ley N 28194, en aquellos distritos en los que el Banco constituya única oferta de servicios bancarios. El Banco está impedido de realizar cualquier otro tipo de operación bancaria o de intermediación distintas a las previstas por su Estatuto. Pág. 4 de 16

5 c. Alcance y período de la auditoría c.1 Tipo de Auditoría Auditoría Financiera y del Examen Especial a la Información Presupuestaria. c.2 Período de la Auditoría Ejercicios Económicos 2013 y 2014 c.3 Ámbito Geográfico El alcance del examen comprenderá la Sede Principal del Banco de la Nación, sito en Avenida República de Panamá Nº 3664, Distrito de San Isidro; asimismo, debe incluir como mínimo la visita a: tres (3) Sucursales (A, B y C) y tres (3) Agencias (A, B y C), según la nomenclatura del Banco de la Nación; dicho traslado está incluido en el costo de la Auditoría. d. Objetivo de la auditoría AUDITORÍA FINANCIERA Y EXAMEN ESPECIAL A LA INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA. El objetivo de la auditoría financiera y del examen a la información presupuestaria es emitir una opinión sobre la razonabilidad de la información financiera y presupuestaria preparada para la Cuenta General de la República; así como, del grado de cumplimiento de las metas y objetivos previstos en el presupuesto institucional. En cuanto a los objetivos, alcance y contenido de los informes, deberá observarse el cumplimiento de lo dispuesto por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; así como, las normas que se emitan durante los años 2013 y Asimismo, deberá contemplar lo establecido por la Contraloría General de la República en diversas disposiciones y normativas vigentes. Objetivos de la Auditoría Financiera Objetivo General d.1 Emitir opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros preparados por el Banco de la Nación al 31.DIC.2013 y 31.DIC.2014, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados y disposiciones legales vigentes. Objetivos Específicos d.1.1 Determinar si los estados financieros preparados por la entidad, presentan razonablemente su situación financiera, los resultados de sus operaciones y flujo de efectivo, de conformidad con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y disposiciones legales vigentes. Objetivos del Examen Especial de la Información Presupuestaria Objetivo General d.2 Emitir opinión sobre la razonabilidad de la información presupuestaria preparada por el Banco de la Nación al 31.DIC.2013 y 31.DIC.2014; así como el grado de cumplimiento de las metas y objetivos previstos en el presupuesto institucional. Objetivos Específicos d.2.1 Evaluar la aplicación del cumplimiento de la normativa vigente en las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto institucional teniendo en cuenta las medidas complementarias de austeridad o restricción del gasto público. Pág. 5 de 16

6 d.2.2 Establecer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el presupuesto institucional, concordantes con las disposiciones legales vigentes. INFORMES COMPLEMENTARIOS Informe sobre la Evaluación del Sistema de Control Interno d.3 Evaluar el diseño, alcance, la implementación, funcionamiento y efectividad del Sistema de Control Interno en las Áreas Administrativas y Operativas y en aquellas actividades vinculadas directamente con la misión y objetivos de la Institución, identificando y determinando el grado de solidez, eficiencia y eficacia de los controles claves que aseguren al Banco el cumplimiento de sus objetivos y metas, aplicando la técnica bajo el modelo COSO circunscritas a la cartera de colocaciones, captación de depósitos, obligaciones con terceros, recursos humanos y logísticos. El informe sobre el sistema de control interno forma parte del componente de control en la gestión integral de riesgos, centrándose en el objetivo de información, fundamentalmente de tipo contable y financiera externa; deberá considerar, por lo menos, lo siguiente: Evaluación del cumplimiento y eficacia del sistema de control interno, el que deberá consignar el detalle de las deficiencias encontradas, análisis de su origen y sugerencias para superarlas, acorde con los componentes del modelo COSO. Evaluación de los sistemas de información de la empresa que incluye, entre otros, el flujo de información en los niveles internos de la empresa para su adecuada gestión y la revisión selectiva de la validez de los datos contenidos en la información complementaria a los estados financieros (anexos y reportes) que presenta el Banco de la Nación a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; según las normas vigentes sobre la materia; Evaluación de los mecanismos de seguridad y existencia de planes de contingencia por parte del Banco de la Nación para enfrentar situaciones de riesgo que impliquen pérdidas de información o daño en los equipos computarizados utilizados; Evaluación de las políticas y procedimientos para la identificación de riesgos, de acuerdo a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; Grado de cumplimiento de las observaciones formuladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Contraloría General y por el Órgano de Control Institucional correspondiente a los dos últimos ejercicios; La evaluación del Sistema de Control Interno deberá contemplar la naturaleza y la frecuencia de los reclamos presentados al Banco, así como el tratamiento dado a los mismos, en cumplimiento a lo dispuesto por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP en la Circular G Servicio de Atención a los Usuarios y la Resolución SBS N de fecha que establece disposiciones para la adecuación de normas que regulan el funcionamiento de la Plataforma de Atención al Usuario de la SBS. Informe de Revisión de la Cartera Crediticia d.4 Sobre la base de una muestra, el informe deberá contener: Pág. 6 de 16

7 La clasificación de deudores por categorías, indicando aquellos en que tengan observaciones o discrepancias con la clasificación del Banco de la Nación, indicando explícitamente las razones de las discrepancias y los efectos de no efectuar las correcciones; El cumplimiento de la constitución de las provisiones requeridas por las disposiciones legales; La reestructuración, refinanciamiento o reprogramación de los créditos, clasificación y la suficiencia de sus provisiones conforme a las normas emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; Los criterios considerados para la determinación de la muestra de deudores de la cartera de créditos; y, Revisión de los anexos y reportes utilizados, cruzando la información con los estados financieros, que dicha información esté debidamente aprobada por el órgano competente y presentado a la Superintendencia de acuerdo a lo requerido por las normas relacionadas. Informe de Revisión del Cumplimiento de los Límites Globales e Individuales d.5 Revisar el cumplimiento de los límites globales e individuales respecto a: El cumplimiento de los límites operativos de las empresas tanto globales como individuales; La ponderación por riesgo de los activos y contingentes y requerimientos patrimoniales efectuada por la empresa, de acuerdo a las normas sobre la materia; El cálculo del patrimonio efectivo; Tratándose de los financiamientos a personas vinculadas, la muestra representativa debe contener como mínimo un alcance de los cinco mayores créditos a vinculados; y, Revisión de los anexos y reportes utilizados, cruzando la información con los estados financieros, que dicha información esté debidamente aprobada por el órgano competente y presentado a la Superintendencia de acuerdo a lo requerido por las normas relacionadas. Informe sobre Gestión de Liquidez d.6 Revisar la gestión de Tesorería en función al cumplimiento de las políticas y procedimientos establecidos por la empresa para la administración apropiada de su liquidez, establecida por Resolución SBS Nº del 20.JUN.2001 Normas para la Gestión de Tesorería. d.7 Efectuar un análisis de brechas, que consista en analizar el calce de los Activos y Pasivos en términos de diferencias de plazos (Brecha de Liquidez) y en términos de tipo de Tasa de Interés (Brecha de Tasas de Interés). Además, el informe debe contener la revisión de la existencia de las políticas y procedimientos para la gestión de los riesgos de liquidez, que se encuentren debidamente aprobados por el órgano competente e incluya los aspectos requeridos por la Superintendencia en sus normas relacionadas. Informe sobre las Operaciones sujetas a Riesgo de Mercado d.8 Evaluar y opinar sobre la razonabilidad del registro financiero de las operaciones sujetas a riesgo de mercado y determinar si dicho registro refleja adecuadamente los riesgos de mercado que el Banco de la Nación Pág. 7 de 16

8 enfrenta, en concordancia a lo estipulado en la Resolución SBS Nº Reglamento para la Supervisión de los Riesgos de Mercado del 22.MAY Además, el informe debe contener la revisión de la existencia de políticas y procedimientos para la gestión del riesgo de tasas de interés del trading book y banking book, que se encuentren debidamente aprobadas por el órgano competente e incluya los aspectos requeridos por la SBS en las normas relacionadas. Informe sobre la Gestión del Riesgo Operacional d.9 Revisión de la gestión del riesgo operacional, referida a si la empresa cuenta con políticas y procedimientos para la gestión del riesgo operacional, considerando el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional. Informe de la Revisión de la Cartera de Inversiones d.10 Revisión de la cartera de inversiones, que se realizará sobre la base de una muestra e incorporará por lo menos los aspectos siguientes: Verificación de la valorización de las inversiones de acuerdo a las normas establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; Cumplimiento de la constitución de las ganancias y pérdidas por valorización, así como las pérdidas por deterioro de valor, requerida por las normas vigentes; Revisión de la existencia de políticas y procedimientos respecto a la administración de riesgos de mercado en que incurre la empresa, que se encuentren debidamente aprobados por el órgano competente e incluya los aspectos requeridos por la Superintendencia en sus normas relacionadas; Revisión de los anexos y reportes utilizados, cruzando la información con los estados financieros, que dicha información esté debidamente aprobada por el órgano competente y presentado a la Superintendencia de acuerdo a lo requerido por las normas relacionadas. Informe sobre el Área Informática y Seguridad de Información d.11 Revisar la existencia y razonabilidad de la capacidad informática, que asegure la confiabilidad de los sistemas informáticos para el registro y control adecuado de las operaciones; así como el cumplimiento de obligaciones y responsabilidades internas y externas del Banco. d.12 Verificar y evaluar los mecanismos de seguridad que permitan mantener un sistema de gestión de seguridad de la información, considerando lo dispuesto en la Circular SBS G Gestión de la Seguridad de la Información. Informe sobre Evaluación y Clasificación de Activos y Créditos Contingentes ponderados por Riesgos d.13 Evaluar y opinar sobre la clasificación anual de los activos y créditos contingentes ponderados por riesgo, efectuada por el Banco de la Nación, así como la cuantía de la provisión requerida para cuentas calificadas, según los artículos 188 al 193 de la Ley N Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. Pág. 8 de 16

9 Informe sobre Gestión de Fideicomisos d.14 Evaluar y opinar sobre las operaciones de Fideicomiso del Banco, en sus diversas modalidades, de acuerdo a las normativas dictadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP y en función al cumplimiento de las políticas y procedimientos establecidos por el Banco de la Nación para su administración. Informe sobre la Evaluación del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo d.15 Evaluar y opinar sobre el sistema de prevención del lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, implementado por la empresa de acuerdo a la Resolución SBS Nº y la Ley Nº del (que crea la Unidad de Inteligencia Financiera, su Reglamento Decreto Supremo Nº JUS), sus modificatorias y normas complementarias; bajo la modalidad de un informe independiente que deberá contener como mínimo la evaluación de los siguientes aspectos: Controles internos implementados por la empresa para prevenir o detectar el lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo; Señales de alerta para la detección de operaciones inusuales; Identificación y conocimiento de los clientes; Conservación y almacenamiento de la información física y electrónica correspondiente a la documentación de los clientes y operaciones; Registros de operaciones inusuales, criterios para no considerarlas sospechosas, así como evaluación de los procedimientos de la empresa para llevar a cabo tal registro; Registro de operaciones sospechosas, evaluación de los procedimientos seguidos por la empresa para llevar a cabo el registro, así como para su comunicación a la UIF; Mecanismos de divulgación de las normativas internas y externas, así como los manuales de procedimientos; Clientes exceptuados del registro de operaciones y su justificación; Procedimientos para el aseguramiento de la idoneidad del personal de la empresa; Conocimiento y capacitación del personal del programa de prevención del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo; Procedimientos de seguridad en el almacenamiento de la información física y electrónica correspondiente al registro de operaciones; Plan y procedimientos de trabajo del Oficial de Cumplimiento; Plan, procedimientos y papeles de trabajo de Auditoría Interna; y, Sanciones internas por incumplimiento del Código de Conducta, del Manual de Prevención del Lavado de Activos o de las normas vigentes sobre prevención del lavado de activos y de financiamiento del terrorismo o de las normas vigentes sobre prevención del lavado de activos y de financiamiento del terrorismo. Informe sobre Procesos de Selección para Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, Obras y Consultorías d.16 Evaluar la adquisición de bienes, servicios y obras efectuados con o sin Pág. 9 de 16

10 proceso de selección (incluyendo los sujetos a exoneración), a fin de verificar su sustento legal y contractual, y si fueron efectuados en términos de transparencia, economía, oportunidad y calidad, y si los mismos son utilizados para los fines que fueron previstos y se encuentran en condiciones adecuadas que no signifiquen riesgo de deterioro o despilfarro. Informe sobre Evaluación del Sistema de Cumplimiento Normativo d.17 Evaluar el desempeño de la función de cumplimiento normativo, así como el acatamiento de la política y procedimientos de cumplimiento normativo del Banco de la Nación. Informe Tributario d.18 Opinión en el aspecto tributario por el ejercicio 2013 y 2014, referido principalmente al Impuesto a la Renta de Tercera Categoría; así como, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) y contingencias a que hubiera lugar. Informe sobre Cumplimiento del Plan Operativo y Estratégico d.19 Evaluar el cumplimiento del Plan Operativo 2013, 2014 y Estratégico del Banco, verificando el cumplimiento de los objetivos operativos y estratégicos; así como, el de las prioridades de acción de cada una de las áreas. PUNTOS DE ATENCIÓN Durante las fases de auditoría pueden detectarse aspectos o hechos que llamen la atención del auditor, los mismos que deberán ser evaluados para su posible inclusión como puntos de atención dentro del plan de auditoría. e. Tipo y Cantidad de Informes de auditoría Al término de la auditoria, la Sociedad Auditora presentará al titular del Banco de la Nación y a la Contraloría General, los siguientes informes debidamente suscritos, sellados y visados en cada folio, en versión impresa y en medio magnético o digital, dentro de los plazos señalados en el contrato: Once (11) ejemplares del Informe sobre la Evaluación del Sistema de Control Interno. Once (11) ejemplares del Informe Corto de Auditoría Financiera. Once (11) ejemplares del Informe Largo de Auditoría Financiera, (incluye ampliaciones al informe referido al Sistema de Control Interno). Once (11) ejemplares del Informe del Examen Especial a la Información Presupuestaria. Once (11) ejemplares del Informe de Revisión de la Cartera Crediticia. Once (11) ejemplares del Informe de Revisión del Cumplimiento de Límites Globales e Individuales. Once ejemplares del Informe sobre Gestión de Liquidez. Once (11) ejemplares del Informe sobre Operaciones sujetas a Riesgo de Mercado. Once (11) ejemplares del Informe sobre la Gestión del Riesgo Operacional. Once (11) ejemplares del Informe de la Revisión de la Cartera de Inversiones. Once (11) ejemplares del Informe sobre el Área Informática y Seguridad de Información. Once (11) ejemplares del Informe sobre la Evaluación y Clasificación de los Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgo. Pág. 10 de 16

11 Once (11) ejemplares del Informe sobre Gestión de Fideicomisos. Once (11) ejemplares del Informe sobre la Evaluación del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo. Once (11) ejemplares del Informe sobre los Procesos de Adquisición de Bienes, Servicios, Obras y Consultorías. Once (11) ejemplares del Informe sobre Evaluación del Sistema de Cumplimiento Normativo. Once (11) ejemplares del Informe Tributario. Once (11) ejemplares del Informe sobre Cumplimiento del Plan Operativo y Estratégico. Un (01) ejemplar del Informe de los Estados Financieros traducido al idioma inglés Así mismo, remitirá directamente a la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP; (01) un ejemplar de cada informe emitido. Además, deberán elevar en forma simultánea a la Contraloría General y al OCI de la Entidad, un (01) ejemplar de cada informe emitido, en versión impresa y en dispositivo de almacenamiento magnético o digital. f. Metodología de evaluación y calificación de las propuestas La evaluación y calificación de las propuestas se realizará de acuerdo a lo establecido en el Título II, Capítulo II, Sub capítulo III del Reglamento. g. Aspectos de Control a. El desarrollo de la Auditoría, así como, la evaluación del Informe resultante, se debe efectuar de acuerdo a la normativa vigente de control. La Contraloría General, de acuerdo al Art. 24º, de la Ley Nº Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, podrá disponer su reformulación, cuando su elaboración no se haya sujetado a la normativa de control. En caso de incumplimiento de la normativa de control respecto al desarrollo de la auditoría o de las indicaciones dadas para la reformulación de informes, la Contraloría General aplicará lo dispuesto en el artículo 10 literales a) y e) del Reglamento de Infracciones y Sanciones, aprobado por R.C. N CG y modificatorias. Normas mínimas a ser aplicadas en la auditoría: Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas NAGAs. Normas Internacionales de Auditoría NIAS. Manual Internacional de Pronunciamientos de Auditoría y Aseguramiento. Normas de Auditoría Gubernamental NAGU, aprobada con Resolución de Contraloría Nº CG de 22.SET.95 y sus modificatorias. Manual de Auditoría Gubernamental MAGU, aprobada con Resolución de Contraloría Nº CG de 18.DIC.98. Directiva N CG/B340, aprobada con Resolución de Contraloría N CG de 27.JUL Guías de Auditoría y Disposiciones de Control emitidas por la Contraloría General de la República. b. Si durante la ejecución de la auditoría se evidencian indicios razonables de la comisión de delito, así como excepcionalmente la existencia de perjuicio económico no sujeto a recupero administrativo, la comisión auditora, en cautela de los intereses del Estado y sin perjuicio de la continuidad de la respectiva acción de control, comunicará a la Contraloría General de la Pág. 11 de 16

12 República los hechos detectados, los que serán expuestos en un proyecto de informe en el cual se señale los fundamentos de hecho y de derecho que deben estar sustentados con la documentación sustentatoria correspondiente 1. c. La Contraloría General puede efectuar, en cualquier momento y en forma inopinada, visitas de trabajo a Banco y/o a las sociedades con los fines de supervisión de auditoría, de acuerdo al Artículo 70º del Reglamento 2. d. La Sociedad de Auditoría se compromete a cumplir con cualquier requerimiento de orden legal o por mandato de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP que se produzca durante el plazo de ejecución del contrato derivado del Presente Concurso Público. II. CARACTERÍSTICAS DEL TRABAJO a. Lugar y fecha de inicio y/o término de la auditoría Previa suscripción del Contrato de Locación de Servicios Profesionales, la auditoria se efectuará en las oficinas que para el efecto disponga el Banco de la Nación, y el inicio será el día de la firma del Acta de Instalación de la Comisión de Auditoría, a más tardar noventa (90) días antes del cierre del ejercicio correspondiente. Ejercicio Económico 2013 Ejercicio Económico 2014 b. Plazo de realización de la auditoría : El día de la firma del Acta de Instalación de la Comisión de Auditoría. : Mediante acuerdo de las partes El plazo de realización de la auditoría y las fechas de entrega de informacion, considerando las etapas del proceso de auditoría: a) Planificación, b) Ejecución y c) Informe de Auditoría, será: Ejercicio 2013 Ochenta (80) días hábiles efectivos, contados a partir de la fecha del inicio de la auditoría. Entrega del Informe de Evaluación del Sistema de Control Interno: 13 de diciembre de Entrega de los Informes Corto de Auditoría Financiera, Largo de Auditoría Financiera, Informe del Examen Especial a la Información Presupuestal, Informe de Revisión de la Cartera Crediticia, Informe de Revisión del Cumplimiento de Límites Globales e Individuales, Informe de Gestión de Liquidez, Informe sobre Operaciones sujetas a Riesgo de Mercado, Informe sobre la Gestión del Riesgo Operacional, Informe de Revisión de la Cartera de Inversiones, Informe sobre la Evaluación y Clasificación de los Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgos, Informe sobre Operaciones sujetas a Riesgo de Mercado, Informe sobre Evaluación y Clasificación de Activos y Créditos Contingentes Ponderado por Riesgos, Informe sobre el Área Informática y Seguridad de Información: 21 de febrero de Los Informes sobre Gestión de Fideicomisos, Evaluación del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo, Informe sobre los Procesos de Adquisiciones de Bienes, Servicios, Obras y Consultorías, Informe sobre Evaluación del Sistema de Cumplimiento Normativo, Informe Tributario e Informe sobre Cumplimiento del Plan Operativo y Estratégico: 07 de marzo de En el marco de lo dispuesto en el artículo 66º del presente Reglamento, queda modificada la Norma de Auditoría Gubernamental 4.50, en el extremo que regula la actuación de las Sociedades. 2 Artículo 70º, referida a Naturaleza y Alcance de la Supervisión. Pág. 12 de 16

13 Ejercicio económico 2014 Ochenta (80) días hábiles efectivos, contados a partir de la fecha del inicio de la auditoría. Entrega del Informe de Evaluación del Sistema de Control Interno: 12 de diciembre de Entrega de los Informes Corto de Auditoría Financiera, Largo de Auditoría Financiera, Informe del Examen Especial a la Información Presupuestal, Informe de Revisión de la Cartera Crediticia, Informe de Revisión del Cumplimiento de Límites Globales e Individuales, Informe de Gestión de Liquidez, Informe sobre Operaciones sujetas a Riesgo de Mercado, Informe sobre la Gestión del Riesgo Operacional, Informe de Revisión de la Cartera de Inversiones, Informe sobre la Evaluación y Clasificación de los Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgos, Informe sobre Operaciones sujetas a Riesgo de Mercado, Informe sobre Evaluación y Clasificación de Activos y Créditos Contingentes Ponderado por Riesgos, Informe sobre el Área Informática y Seguridad de Información: 20 de febrero de Los Informes sobre Gestión de Fideicomisos, Evaluación del Sistema de Prevención del Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo, Informe sobre los Procesos de Adquisiciones de Bienes, Servicios, Obras y Consultorías, Informe sobre Evaluación del Sistema de Cumplimiento Normativo, Informe Tributario e Informe sobre Cumplimiento del Plan Operativo y Estratégico: 06 de marzo de Si los referidos informes no fueran entregados en los plazos estipulados, la Sociedad de Auditoría se hará acreedora a lo contemplado en el artículo 55 del Reglamento de Sociedades de Auditoría. c. Fecha de Entrega de información La información financiera y presupuestal para la realización de las auditorías, estarán a disposición de la Sociedad de Auditoría designada y será entregada de acuerdo a lo establecido en el Reglamento. Los Estados Financieros, Notas, Anexos y la información presupuestal al 31.DIC.2013 y al 31.DIC.2014, se pondrán a disposición de la Sociedad Auditora que se designe, a más tardar el 23 de enero del año siguiente. La información adicional que se requiera para el cumplimiento de la labor encomendada, será entregada a la Sociedad de Auditoría designada, según sea requerida por la misma d. Conformación del Equipo de Auditoría La Sociedad de Auditoría presentará dos equipos de auditoría de acuerdo al siguiente detalle: a) Informes de Auditoría Financiera y de Evaluación Presupuestal El equipo de auditoría estará conformado por la participación de: Un (01) Supervisor Un (01) Jefe de Equipo Siete (07) Auditores Un (01) Asistente Especialistas Un (01) Abogado con experiencia en aspectos bancarios/financieros, evaluación de contratos. Un (01) Especialista en Tributación, con experiencia en tributación de entidades financieras. Pág. 13 de 16

14 Un (01) Ingeniero de Sistemas o profesional afín, con experiencia en auditorías de sistemas en el sector bancario y/o financiero. Un (01) Economista o Contador Público, con experiencia en la evaluación de la información presupuestaria. Un (01) Actuario, para verificación del cálculo de los fondos previsionales. El Supervisor y el Jefe de Equipo deben encontrarse previamente inscritos en el Registro de Sociedades de Auditoría, además uno de ellos deberá contar con experiencia en auditoría a empresas Bancarias o Financieras. El Supervisor y el Jefe de Equipo deberán contar con experiencia en los últimos cinco (05) años en auditorías a empresas bancarias y/o financieras. Desarrollarán sus labores en el horario normal de las actividades de la entidad. El trabajo de auditoría (planificación y ejecución) se realizará en las oficinas de la entidad y la SOA se sujetará al control de asistencia implementada por ésta, a efecto de cumplimiento de las horas comprometidas para el desarrollo de la auditoría. b) Informe Anual del Sistema de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. Dos (02) Integrantes, los cuales no podrán participar en el resto de informes. e. Capacitación del equipo de auditoría 3 La evaluación del supervisor y jefe de equipo propuesto tomará en cuenta la experiencia en auditoría, experiencia en el cargo, capacitación y post grados académicos obtenidos. En el caso de los demás integrantes del equipo de auditoría se evaluará el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases, el Reglamento, la Directiva de Registro y otras disposiciones específicas f. Requisitos adicionales de la Sociedad Contar con vinculación internacional con una antigüedad no menor de diez (10) años. Monto facturado acumulado por servicios de auditoría en los últimos cinco (5) años a la fecha de la última publicación de la convocatoria, por un monto no menor a cinco (5) veces la retribución económica establecida en las bases. Las sociedades postoras deberán haber realizado como mínimo cinco (5) servicios de auditoría financiera a empresas bancarias del sistema bancario peruano, en los últimos cinco (5) años. g. Presentación del Plan de Auditoría y Cronograma de Actividades La Sociedad deberá presentar el Plan de Auditoría y Cronograma de Actividades para la auditoría solicitada, en base a la experiencia en auditoria de similares características. Una vez sea designada la Sociedad de Auditoría se sujetará a lo establecido en el artículo 65º del Reglamento 4. 3 Artículo 13º, literal h), Artículo 25º Rubro II Características del Trabajo, Literal e), Artículo 39º Rubro II Nivel profesional, experiencia y formación del supervisor y jefe de equipo propuestos, Literal c) y d) del Reglamento. 4 Artículo 65º de la planificación, Con base al planeamiento realizado la Sociedad debe remitir a la Contraloría General el plan y programa de auditoría formulada así como el cronograma de ejecución, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados desde la fecha de inicio de la auditoría, en el caso de auditorías que se efectúen en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles la entrega del plan y programa será de los diez (10) días hábiles. Pág. 14 de 16

15 h. Enfoque y metodología a aplicar en el examen de auditoría. La metodología y el enfoque de auditoría que aplique la Sociedad de Auditoría, para realizar la Auditoría Financiera y el Examen a la Información Presupuestaria, deben combinar el entendimiento amplio de las condiciones económicas y regulatorias, de la entidad a auditar, con la experiencia funcional de los miembros del equipo propuesto La metodología de la firma auditora debe considerar entre otros aspectos, lo siguiente: Adecuado diseño para cumplir con las normas aplicables nacionales e internacionales (NAGA, NIAS, NAGU y otras leyes regulatorias de acuerdo con el tipo de entidad a auditarse). Enfatizar la importancia de los procedimientos sustantivos y la evaluación eficaz de riesgo y actividades de prueba de controles de acuerdo con el enfoque de la firma, esta podría fundamentarse en la evaluación del sistema de control interno, en los riesgos de auditoría que hayan afectado a los procesos y/o actividades más importantes de la entidad a auditarse. Utilizar un enfoque multidisciplinario con experiencia en la entidad o entidades afines y profesionales con el conocimiento, habilidades y experiencia para cumplir el encargo de la auditoría. Proveer una base para un enfoque consistente de auditoría. i. Modelo de Contrato 5 Se suscribirá el Contrato de Locación de Servicios Profesionales de Auditoría Externa, con la SOA designada de acuerdo con el formato publicado en el Portal de la Contraloría: de Auditoría<Información para la Contratación y Ejecución de servicios SOA y Entidades<Contrato de Locación de Servicios Profesionales de Auditoría Externa. Se suscribirá un solo contrato de locación de servicios profesionales de auditoría externa aun cuando la designación sea por más de un ejercicio económico. Las garantías corresponden a cada período examinado de acuerdo con lo previsto en el artículo 58º del Reglamento. j. Representante De acuerdo a lo previsto en el artículo 26 del Reglamento, se designa como representante ante la Contraloría General de República, al Señor Walter Farfán Acuña, Coordinador. III. ASPECTOS ECONOMICOS a. Costo de la Auditoría a.1 Retribución Económica El costo de la auditoría solicitada comprende: Concepto TOTAL Retribución Económica S/ , , , Impuesto General a las Ventas S/. 229, , , TOTAL S/ , , , Son: Tres millones ochenta y tres Mil cuarenta y cuatro con 83/100 Nuevos Soles. 5 De acuerdo con el artículo 55º del Reglamento, que establece que forman parte integrante del contrato, las bases del concurso y la propuesta ganadora, con excepción del programa de auditoría, y cronograma de actividades tentativo, se debe mantener la propuesta ganadora hasta la suscripción del contrato. Pág. 15 de 16

16 Suma que incluye todos los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) existentes o los que los sustituyan, así como todos los costos directos e indirectos derivados del servicio a prestar y la utilidad de la empresa. La sociedad de auditoría considerará en su propuesta la retribución económica, por cada año auditado, conforme al siguiente detalle: Ejercicio % como adelanto de la retribución económica al inicio de la auditoría, previa presentación de una carta fianza. 25% adicional de adelanto a la entrega del Informe de la Evaluación del Sistema de Control Interno 13.DIC.2013, previa presentación de una carta fianza. El saldo de la retribución económica se cancela a la entrega de la totalidad de los informes del ejercicio auditado. Ejercicio % como adelanto de la retribución económica al inicio de la auditoría, previa presentación de una carta fianza. 25% adicional de adelanto a la entrega del Informe de la Evaluación del Sistema de Control Interno 12.DIC.2014, previa presentación de una carta fianza. El saldo de la retribución económica se cancela a la entrega de la totalidad de los informes del ejercicio auditado. b. Garantías Aplicables al Contrato La Sociedad otorgará a favor del Banco de la Nación., las garantías establecidas en los Artículos 58º y 59º del Reglamento. c. Reembolso de Gastos de Publicación La Sociedad que obtenga la designación deberá abonar en la Tesorería de la Contraloría General o mediante depósito bancario dentro de los diez (10) días calendario de publicada la resolución, la parte proporcional del importe de los gastos de publicación (CONVOCATORIA) del presente Concurso, que será fijado de acuerdo al monto de la retribución económica de cada auditoría adjudicada de conformidad con lo establecido en el Art. 45º del Reglamento. La Sociedad de Auditoría en cuanto al contenido de su propuesta se sujetará a lo establecido en el artículo 35º del Reglamento. Pág. 16 de 16

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