LICITACIÓN PÚBLICA Nº 06 / 2012

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1 EXPEDIENTE Nº 0609 D CPO. 01 ALC AN. 00 ALQUILER DE: CAMIONES CON CAJA VOLCADORA y UBICACIÓN: PREDIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS TRASLADO DE RECHAZO DE RESIDUOS FECHA Y HORA DE APERTURA DE SOBRES: 17 de Julio de :00 HORAS. LUGAR DE APERTURA: OFICINA DE COMPRAS ENOSUR PRESUPUESTO OFICIAL: $ ,00.- VALOR DE PLIEGO: $ 3.873,00.- EXPEDIENTE Nº 0609 / D / 2012 CPO. 01 ALC. 00 AN. 00 CONSULTA y VENTA DE PLIEGOS: OFICINA DE COMPRAS ENOSUR. Calle Rosales Nº Piso 1º - (B7611HCK) MAR DEL PLATA ROSALES Nº (B7611HCK) MAR DEL PLATA BUENOS AIRES - REPUBLICA ARGENTINA TE: (0223) (int. 7747) FAX: (int. 7746) E.Mail: licitaciones@enosur.gov.ar

2 EXPEDIENTE Nº D CPO. 01 ALC. 00- AN. 00 Rosales Nº (7600) MAR DEL PLATA Teléfono: (0223) (int. 7747) Fax: (0223) (int. 7746) licitaciones@enosur.gov.ar MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON OFICINA DE COMPRAS APERTURA DE SOBRES PROV. Nº NOMBRE Y DOMICILIO DEL PROVEEDOR FECHA HORA 17/07/ :00 Sírvase cotizar precio (unitario y total) por el suministro que se indica a continuación, de acuerdo a las especificaciones que se detallan en el Pliego de Condiciones Generales, que rige para las compras de este Ente Municipal. RENGLÓN CANTIDAD UNIDAD ESPECIFICACIONES UNITARIO PRECIO ALQUILER DE CAMIONES VOLCADORES CAPACIDAD DE CARGA 18 M3 cada uno, PARA TRASLADO DE RESIDUOS DE HORA RECHAZO DESDE PREDIO DE PLANTA DE SEPARACION AL $ $ PREDIO DE DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS (5 KM). SEGÚN PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.- TOTAL ALQUILER DE HORA POTENCIA 120/160 HP - PESO NETRO 16/20 $ $ TONELADAS.SEGÚN PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.- Rigen las condiciones que se detallan en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares.- PRESUPUESTO OFICIAL TOTAL: $ ,00.- SON PESOS: TOTAL: $ CONDICIONES DE PAGO MANTENIMIENTO DE OFERTA PLAZO ENTREGA SEGÚN PLIEGOS SEGÚN PLIEGOS SEGÚN PLIEGOS El ENOSUR Reviste el carácter de EXENTO frente al I.V.A..- Jefe de Compras X Firma y sello del proponente SEÑOR OFERENTE: En caso de no cotizar lo solicitado, le agradeceremos devolver este formulario justificando los motivos, a fin de reglamentar nuestra tramitación interna.- 1

3 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CLÁUSULAS PARTICULARES ARTICULO 1º.- OBJETO: Contratar el SERVICIO DE DOS CAMIONES VOLCADORES (equipo volcador con un mínimo de carga de 18 M 3 ) para trasladar los residuos no recuperables resultantes de la actividad de separación realizada por el grupo de recuperadores, desde el Playón de Contingencia hacia el Centro de Disposición Final de RSU a una distancia aproximada de 5 Km. de ida y UN CARGADOR FRONTAL SOBRE ORUGAS para tareas varias en PLAYON DE CONTINGENCIA, conforme las condiciones establecidas en el presente Pliego. La prestación será en dos turnos de hasta ocho (8) horas diarias de operación para cada uno de los camiones con caja volcadora y pala cargadora frontal, totalizando 16 horas diarias. Con un mínimo de seis (6) horas diarias de operación para cada uno los camiones con caja volcadora y pala cargadora frontal. ARTÍCULO 2º.- TIPO Y ESTADO DE LAS UNIDADES: Las unidades solicitadas deberán reunir los siguientes requisitos: 1. Camión con Equipo volcador modelo o superior Capacidad mínima 18 M 3, tres ejes y tracción en los dos ejes traseros Alquiler para cada uno de las unidades (2500 hs.).- 2. Cargador Frontal sobre oruga, modelo o superior Potencia motor 120/160HP, Peso neto mínimo 16/20 Tn.- 3. Estado: reunir las condiciones técnicas y estado óptimo admisible para presentarse en la actual Licitación, el que será informado por el Departamento Talleres y Tráfico, y/o taller a cargo de la Dirección de Conservación Urbana, según anexo adjunto.- 4. Todos los equipos deberán disponer de rueda de auxilio, la que deberá presentarse a la Inspección para verificar su estado.- ARTÍCULO 3º.- CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS: Los Pliegos podrán consultarse en la Oficina de Compras del ENOSUR en el horario de 8:15 hs. a 14:15 hs. Las consultas que se considere necesario efectuar deberán ser formuladas por escrito ante la Oficina de Compras del ENOSUR, hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha de apertura de la Licitación.- El ENOSUR, asimismo, podrá hacer aclaraciones de oficio y responder a las consultas que formulen por escrito los interesados, hasta un (1) día hábil anterior a la fecha de apertura de la Licitación. Las aclaraciones solicitadas y las respuestas se pondrán en conocimiento de todos los invitados a participar, pasando a formar parte del PBC.- El presente Pliego de Bases y Condiciones se entregará a los interesados, previo pago en la Tesorería del Ente de la Suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES ($3.873,00).- Los Pliegos podrán adquirirse y retirarse en la Oficina de Compras del ENOSUR, Rosales Nº , Mar del Plata, o solicitarse vía fax o el envío de Pliegos, previo efectuar un ínter depósito en la cuenta del ENOSUR Nº 52528/6 abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Departamental 4200, por el valor fijado para el Pliego, más la suma de PESOS CUATRO ($.4,00), equivalente a la comisión que cobra el Banco por efectuar la transacción.- La venta del Pliego se realizará hasta DOS (2) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de la Licitación.- ARTICULO 4º.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: La propuesta se presentará en sobre cerrado en la Oficina de Compras del Ente, el que no podrá contener ningún dato que identifique al proponente y en el cual se consignará el número de expediente, número y tipo de Licitación, fecha y hora de apertura, que se realizará el día 17 de Julio de 2012, a las 11:00 horas, en la sede del ENOSUR, Calle Rosales Nº de Mar del Plata; y contendrá:..// 3

4 // Pliego de Cotización debidamente firmado por el proponente Copia de la constancia de adquisición de Pliegos Cláusulas particulares debidamente firmadas por el proponente Declaración Jurada, en formulario entregado por el ENOSUR., en el cual el oferente manifieste: a) Conocer y aceptar todas y cada una de las Cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones que rigen la presente Licitación.- b) Aceptar la competencia de los Tribunales Competentes de la Provincia de Buenos Aires, con asiento en Mar del Plata, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, incluso el Federal.- c) Constituir, a todos los efectos domicilio legal en la ciudad de Mar del Plata.- d) Denunciar domicilio real Declaración Jurada, ANEXO "A" (Datos propiedad del vehículo) forma parte del presente, debidamente cumplimentada y certificada por escribano público o por funcionario del ENOSUR Certificado emitido por el Departamento de Talleres y Tráfico y/o talleres a cargo de la Dirección de Conservación Urbana, que exprese: que el vehículo ofrecido reúne requisitos de aptitud técnica, operativa, modelo y estado óptimo del bien conforme al servicio requerido.- La administración, control y cumplimiento del contrato estará a cargo de la Dirección General de Gestión Ambiental o dependencia que éste designe.- ARTICULO 5.- FORMA DE COTIZAR: Por precio unitario, por RENGLÓN. Si los totales no coinciden con la sumatoria de los precios unitarios, se tomarán éstos últimos como válidos.- El oferente deberá cotizar en la planilla de cotización entregado por ENOSUR por valor hora.- Respecto el renglón nº 1 se podrá cotizar parcialmente correspondiendo 2500 horas por camión ofrecido.- ARTICULO 6.- MANTENIMIENTO DE OFERTA: Mínimo veinte (20) días hábiles. Se considerará automáticamente prorrogado por igual período, salvo expresa manifestación en contrario por parte del oferente, la que deberá efectuarse junto con la oferta.- ARTÍCULO 7º.- OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES: Se realizarán de la siguiente manera: 7.1 AL ACTO DE APERTURA: Sólo se admitirán impugnaciones y observaciones al acto, al finalizar el mismo A LAS OFERTAS: A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas, la documentación quedará a la vista de los participantes a partir del primer día hábil posterior a la apertura y por el término de un (1) día. El plazo para la presentación de las impugnaciones será de un (1) día hábil siguiente al de toma de vista de la documentación.- De las impugnaciones se correrá traslado por (1) un día hábil; en ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose la adjudicación sobre la base de éstas, sin perjuicio de las facultades verificadoras del ENOSUR.- ARTÍCULO 8º.- ADMISIÓN DE OFERTAS: Sólo revestirán carácter de oferta válida las que se ajusten a las disposiciones de este Pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello si se comprobara posteriormente algún incumplimiento no advertido al momento de la licitación, será causal de rechazo de oferta.- Se podrá a efectos de su consideración y a absoluto criterio del ENOSUR, no tomar en cuenta errores, omisiones o imperfecciones de tipo formal y no esenciales de las que adoleciere alguna de las propuestas, salvo en la consignación del precio tanto en números como en letras, donde las enmiendas y/o raspaduras no podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de sobres.- ARTICULO 9º.- CAUSALES DE RECHAZO DE PROPUESTAS: Serán causales de rechazo de las ofertas en el acto de apertura la no presentación de lo que a continuación se detalla: 1) Formulario de Cotización.- 2) Recibo de Compra de Pliegos, se admitirá fotocopia.- 3) Declaraciones Juradas.- 4) Declaración Jurada Anexo A.-..// 4

5 5) Certificado emitido por el Departamento de Talleres y Tráfico y/o taller a cargo de la Dirección de Conservación Urbana.- ARTÍCULO 10.- ADJUDICACIÓN: El ENOSUR no estará obligado a adjudicar a oferta alguna, pudiendo rechazarlas todas si lo estimare conveniente, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes, conforme lo prescriben los artículos 154º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 188º del Reglamento de Contabilidad respectivamente.- La adjudicación se efectuará POR RENGLÓN y al oferente que presente la oferta más conveniente, a exclusivo criterio del ENOSUR, cuya decisión respecto a los oferentes y sus propuestas serán absolutamente privativas. El precio es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello.- ARTÍCULO 11º.- AMPLIACIÓN - REDUCCIÓN: El ENOSUR se reserva el derecho de AMPLIAR la adjudicación, hasta en un CIENTO POR CIENTO (100%) o REDUCIR la misma hasta un TREINTA POR CIENTO (30%), del monto otorgado.- Hasta el porcentaje referido, la decisión de la Administración será de aceptación obligatoria para la Adjudicataria, perfeccionándose la reducción o ampliación con la simple notificación a aquella del acto que lo disponga.- ARTÍCULO 12º.- GARANTÍAS: a) GARANTÍA DE CONTRATO: El adjudicatario deberá constituir un DEPOSITO DE GARANTÍA DE CONTRATO que será del cinco por ciento (5%) DEL MONTO ADJUDICADO; debiendo depositarse en la Tesorería del ENOSUR dentro de los cinco (5) días desde la notificación de la adjudicación en cualquiera de las formas establecidas en el presente pliego.- La Garantía de Adjudicación deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el Artículo 13º del presente Pliego.- b) DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS: La Garantía de Contrato será devuelta, a pedido de parte, una vez cumplimentado de conformidad la totalidad del servicio contratado. A tales efectos deberá presentar constancia suscripta por personal jerárquico de la dependencia encargada de recibir los mismos.- c) ENTIDAD ASEGURADORA: Toda Entidad Aseguradora que garantice o afiance obligaciones de terceros, oferentes y/o contratistas con el ENOSUR deberán estar inscriptas en el REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES ASEGURADORAS (Ordenanza Nº 7180/88 y Decreto Reglamentario Nº 1868/88).- ARTICULO 13º.- FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS: La garantía afianza el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de parte del oferente, en su calidad de tal, o de adjudicatario, si así resultare, la que podrá estar constituida en alguna de las formas siguientes: a) Dinero en efectivo, giro o cheque contra una institución bancaria, a la orden del Ente de OBRAS Y SERVICIOS URBANOS (ENOSUR).- b) Póliza de Seguro de Caución, la que deberá cumplir con las condiciones que se enumeran, de conformidad con lo establecido por Decreto Nacional Nº 411/69 y por el Decreto Municipal Nº 218/82. Las pólizas deberán ser acompañadas de la certificación, hecha por Escribano Público, de las firmas de quienes las suscriben, y de la personería y facultades que les asisten para obligar a la entidad aseguradora; en su caso, la firma del Escribano actuante, deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Provincial. Asimismo, se deberán tener en cuenta los siguientes recaudos: 1) Instituir al ENOSUR como "Asegurado".- 2) En caso de existir dos (2) o más instrumentos cubriendo cada uno de ellos en forma parcial la caución exigida por el asegurador participará a prorrata en concurrencia con los otros garantes, hasta el importe total de la garantía.-..// 5

6 //.. 3) Establecer que los actos, declaraciones, acciones u omisiones del oferente o adjudicatario del servicio, que actúe como tomador de la póliza, no afectarán en ningún caso los derechos del asegurado, frente al asegurador.- 4) Determinar que el asegurador responderá con los mismos alcances y en la misma medida en que, de acuerdo con la legislación vigente, el presente Pliego y el contrato respectivo, corresponde afectar total o parcialmente las garantías.- 5) Instituir que, una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito del ENOSUR que establezca la responsabilidad del oferente o adjudicatario por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a exigir del asegurador el pago pertinente, luego de haber resultado infructuosa la intimación extrajudicial de pago hecha a aquél, no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra sus bienes.- 6) Estipular que el siniestro quedará configurado reunidos los requisitos del punto anterior al cumplirse el plazo que el ENOSUR establezca en la intimación de pago hecha al oferente o adjudicatario, sin que se haya satisfecho tal requerimiento, y que el asegurador deberá abonar la suma correspondiente, dentro del término de quince (15) días de serle requerida.- 7) Fijar que la prescripción de la acción contra el asegurador, se producirá cuando prescriban las acciones del ENOSUR contra el oferente o adjudicatario, de acuerdo a las disposiciones legales y contractuales aplicables.- 8) Establecer expresamente que para cualquier cuestión emergente del contrato de seguro, las partes se someten a la competencia del los Tribunales Competentes de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles y constituir domicilio especial en la ciudad de Mar del Plata.- ARTÍCULO 14º.- CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN: El adjudicatario se obliga a prestar el servicio en cumplimiento de las siguientes cláusulas: 1) Deberá cumplir con todas las Disposiciones Nacionales, Provinciales o Municipales que se relacionen con circulación de vehículos y el transporte de pasajeros y cargas. En tal razón el adjudicatario deberá contar con el seguro pertinente por responsabilidad civil hacia terceros y terceros transportados, el que deberá acreditar su cumplimiento presentando la póliza y su correspondiente pago; si éste fuere en cuotas, deberá presentar los comprobantes de pago de cuota anterior al período a realizar la prestación.- 2) Deberá contar con la correspondiente Habilitación Municipal del Partido de General Pueyrredon, para el tipo de cargas que se licita y ante su vencimiento renovarla inmediatamente. El Ente no asignara tareas si no cuenta con la habilitación vigente.- 3) No podrán realizarse movimientos de materiales cargados, sin que se encuentren debidamente cubiertos, tal como lo marcan los correspondientes códigos de transito.- 4) Deberá arbitrar los medios necesarios para el fiel cumplimiento del servicio licitado no sea interrumpido, ya sea disponiendo de otro vehículo de su propiedad o contratándolo a su cargo. 5) El ENOSUR establece que la Dirección de Servicios Públicos afectará la unidad para la prestación del servicio, ajustándose a la necesidad y modalidad de la prestación dispuesta por la citada Dirección.- 6) El contratista está obligado a guardar debida consideración y respeto en el trato con el personal de este Ente o a terceros durante el horario de trabajo, estando subordinado a las indicaciones del Jefe de Sector para el que presta servicio.- 7) El conductor del vehículo contratado será responsable de la carga que transporte mientras se halle al servicio de este Ente.- 8) El adjudicatario no podrá, bajo ningún concepto, suspender el servicio, salvo casos de fuerza mayor o fortuita a exclusivo juicio del ENOSUR.- 9) Si se produjera un hecho que, en concepto del adjudicatario, pudiera afectar el cumplimiento del servicio, deberá comunicarlo a este Ente, acompañando la documentación indispensable que así lo invocare como justificativo de fuerza mayor. No obstante, el adjudicatario deberá tomar las providencias tendientes a superar la dificultad que exponga mediante el reemplazo de otro vehículo de similares características.- 10) Durante el período de contratación, el adjudicatario se hará cargo de todos los gastos (combustibles, lubricantes, etc.) que demande el funcionamiento del vehículo. El ENOSUR no se responsabilizará por ningún daño o desperfecto resultante de las tareas encomendadas.-..// 6

7 11) El contratista se compromete a cumplir todas las directivas y normas dictadas por el ENOSUR. y que hagan a la relación contractual.- 12) Asimismo, durante las tareas específicas acatará las órdenes del Jefe de Cuadrilla y/o Servicio respecto del lugar de ubicación del vehículo y conductor, siempre y cuando no transgredan el Código de Circulación y Estacionamiento.- 13) El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones impuestas por las Leyes Nacionales y/o Provinciales, o por convenios de trabajo oficialmente homologados y vigentes durante la contratación.- 14) Todo cambio transitorio de unidad deberá ser de similares características y modelo. Se comunicará con la anterioridad necesaria adjuntando la póliza de seguro de la unidad, la que debe incluir obligatoriamente el resguardo de personas transportadas por el período de reemplazo. Dicho cambio deberá contar inexcusablemente con la autorización previa de la Dirección Servicios Públicos.- 15) El adjudicatario se compromete a separar de su puesto inmediatamente de recibir comunicación del Ente, al personal que por cualquier causa fuese objeto de apercibimiento.- 16) Este Ente se reserva el derecho de inspeccionar cada unidad que el adjudicatario afecte al servicio antes o durante su prestación, a fin de determinar si las mismas se ajustan a las necesidades que deberán satisfacer y comprobar su estado de mantenimiento, debiendo ser reemplazados de inmediato los vehículos que, como consecuencia de dicha inspección, resulten desaprobados para permanecer en servicio.- 17) Los daños ocasionados al vehículo por accidentes o cualquier otra circunstancia, así como roturas derivadas de uso normal y los perjuicios o daños ocasionados a terceros o a las instalaciones de este Ente, serán por cuenta y riesgo exclusivo del adjudicatario. En consecuencia, este Ente no asumirá responsabilidad alguna al respecto.- 18) El ENOSUR se reserva cada vez que así lo requiera a través de la vigilancia del Ente, el control de cada unidad que ingrese a una planta municipal. El adjudicatario no podrá negarse bajo ningún concepto a las verificaciones de control que imponga este Ente, so pena de rescindir el contrato respectivo.- ARTICULO 15º.- RESPONSABILIDAD CIVIL DEL CONTRATISTA: El contratista será responsable civilmente por los daños y perjuicios que como consecuencia de los servicios a que se refiere éste Pliego se ocasiona a los bienes y/o personas del Municipio y/o terceros, cualquiera sea el medio con que se produzca el siniestro, quedando entendido por ello que no tendrá derecho a pedir compensación alguna, relevando al ENOSUR de todo compromiso al respecto. Asimismo el contratista será responsable ante el ENOSUR y/o terceros por comportamiento indebido en que incurran sus dependientes. A tales efectos deberá presentar ante el ENOSUR póliza de seguro de responsabilidad civil del vehículo por el período correspondiente a la contratación y deberá acreditar ante éste Ente (previo al retiro de los pagos derivados de esta contratación) recibo emitido por la entidad aseguradora por el cual se constate que el seguro se encuentra al día.- ARTÍCULO 16.- VERIFICACIÓN DE ESTADO: El adjudicatario se encuentra obligado a verificar el estado de los rodados mientras rige el contrato y en cualquier momento de la ejecución del mismo, a pedido de la Autoridad de Aplicación, debiendo concurrir al Departamento de Talleres del ENOSUR ubicado en la calle Rosales Nº o en la repartición que se determine en el día y horario que al efecto se fije. ARTÍCULO 17º.- RECLAMOS O DEMANDAS CONTRA ENOSUR.: En caso de que algún reclamo o demanda se dirigiera contra el ENOSUR y prosperar, el Contratista deberá restituir todos los gastos y costos a que diera lugar, pudiendo hacerse efectivo de sus bienes propios y/o de las certificaciones a cobrar.- ARTICULO 18º.- RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO: Si el adjudicatario tuviera personal en relación de dependencia para la realización del servicio contratado, deberá comunicarlo por escrito, adjuntando fotocopia del registro habilitarte de conducir, a la Oficina..// 7

8 //.. de Compras dentro de las 48 hs., caso contrario el ENOSUR podrá rescindir el contrato. El contratista será responsable por el desempeño de su personal, como así también de los daños que pudiere ocasionar al ENOSUR y de los posibles reclamos laborales a éste. El adjudicatario en este caso deberá cumplimentar todas las normas vigentes en materia laboral y previsional para su personal. El ENOSUR se reserva el derecho de exigir al adjudicatario la presentación de los recibos de remuneraciones del personal dependiente y los comprobantes de pago previsional y de haber dado cumplimiento con la Ley de Riesgos del Trabajo, cuando lo crea conveniente, no pudiendo el adjudicatario oponerse a ello.- El no-cumplimiento de lo dispuesto en los párrafos precedentes, dará lugar a la rescisión culposa del contrato.- ARTÍCULO 19º.- REMITOS.- Cada servicio será acompañado por el correspondiente remito en original y como mínimo una copia, en el cual deberá constar: Nombre: ENTE DE OBRAS Y SERVICIOS URBANOS (ENOSUR) Fecha: Nº de patente del camión. Apellido y Nombre del chofer del vehículo. Un ejemplar del remito será entregado al chofer para entregar a la Dirección de Servicios Públicos- ARTÍCULO 20.- CONFORME DE RECEPCIÓN PARA EL PAGO: El pago se efectuará conforme a servicios mensuales, debidamente certificadas por la Dirección de Servicios Públicos y dentro de los veinte (20) días hábiles de conformada la factura por la Oficina de Compras.- A los efectos mencionados en este artículo el proveedor presentará en la Oficina de Compras dentro de los cinco días hábiles posteriores a las entregas quincenales, la facturación, acompañada por resumen y copia de los remitos firmados por el chofer y de la Dirección de Servicios Públicos conjuntamente con la fotocopia del ultimo recibo de pago del seguro del vehiculo.- ARTICULO 21.- FORMA DEL PAGO: Los pagos se efectuarán en la Tesorería de ENOSUR., Calle Rosales Nº de Mar del Plata, a nombre del beneficiario, NO A LA ORDEN y cruzado. Para que el trámite de cobro lo pueda efectuar un tercero deberá acreditar un poder que así lo autorice y recibo oficial del proveedor.- ARTÍCULO 22.- I.V.A.: El ENOSUR reviste el carácter de EXENTO, por lo tanto el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que ES PRECIO FINAL.- ARTICULO 23º.- PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto Oficial se establece en la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ ,00).- ARTÍCULO 24º.- SANCIONES: El incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones a su cargo lo hará pasible de las sanciones que se establecen en el presente Pliego, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados a juicio del ENOSUR, debiendo el contratista denunciar la causa motivo de la suspensión parcial o total de la prestación, dentro de las dos (2) horas de producida esta o bien dentro de las dos (2) primeras horas del primer día hábil administrativo siguiente al hecho.- ARTÍCULO 25º.- GRADUACIÓN DE LAS MULTAS: Para la graduación de las multas se tendrá en cuenta la gravedad del hecho, la magnitud del incumplimiento, la incidencia en relación a otros puntos como ser seguridad, salubridad, etc., la reincidencia y todos cuantos otros elementos hagan al juzgamiento. A los fines de la reincidencia se considerarán los hechos objetivamente, con independencia del agente que incurra en infracción.- ARTÍCULO 26º.- ENCUADRE DE LOS HECHOS PUNIBLES: Si un solo hecho definido como trasgresor a las disposiciones de este Pliego se encuadra en distintas sanciones, únicamente se aplicará la sanción más grave. En la hipótesis de varios hechos violatorios a las disposiciones contractuales, se aplicarán tantas sanciones como hechos independientes ocurran.- ARTÍCULO 27º.- INFRACCIONES PERMANENTES: En el caso de infracciones de carácter permanente el contratista deberá subsanarla dentro del plazo que a tal fin se fije por orden de servicio. Vencido dicho plazo si subsistiera se considerará, a los fines punitivos, como un nuevo hecho.-..// 8

9 ARTÍCULO 28º.- TRANSGRESIONES TIPIFICADAS: Se aplicará una multa, que podrá graduarse entre: El dos por ciento (2%) y el diez por ciento (10%) del importe mensual de la facturación correspondiente, por las siguientes transgresiones: Incumplimiento del horario Por incumplimiento en la prestación del servicio conforme contrato celebrado Por desobediencia al personal municipal de contralor.- ARTÍCULO 29º.- REINCIDENCIA: En caso de reincidencia, las multas a aplicar duplicarán los porcentajes establecidos en los artículos 27 del presente Pliego, en relación a la sanción antecedente.- ARTÍCULO 30º.- OTRAS SANCIONES: Sin perjuicio de las multas a aplicar conforme lo estipulado en este Pliego, el ENOSUR podrá sancionar incumplimientos con: Llamado a atención.- Apercibimiento.- Suspensión de hasta tres (3) años del Registro de Proveedores.- Baja del Registro de Proveedores.- ARTÍCULO 31º.- AUTORIDAD DE CONTRALOR: La administración, control y cumplimiento del contrato estará a cargo de la Dirección General de Gestión Ambiental o dependencia que éste designe.- Ante los incumplimientos acaecidos y luego de realizar las intimaciones y descargos del debido proceso, la autoridad de aplicación dará intervención a la Oficina de Compras, remitiéndole toda la documentación referida al hecho para su tratamiento y consideración respecto a la procedencia de la imposición de multas y/o sanciones. A los fines del registro de la prestación, asistencias, intimaciones y cualquier otro acontecimiento dable de asentar, la contratista deberá proveer de un libro de ordenes servicios por triplicado a la autoridad de aplicación quien establecerá la modalidad y forma en que se harán los registros. ARTICULO 32º.- LEGISLACIÓN: Rigen para la presente contratación los Pliegos de Cotización, el de Bases y Condiciones, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza General N 267 de Procedimiento Administrativo, la Ley Orgánica de las Municipalidades, y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas por este Pliego de Bases y Condiciones.-..// 9

10 PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OBJETO: ALQUILER DE CAMIONES CON CAJA VOLCADORA Y CARGADOR FRONTAL SOBRE ORUGAS.- TAREAS A REALIZAR. Camiones con caja volcadora: La tarea consiste en cargar y trasladar el rechazo de residuos ya procesados hasta las Instalaciones del nuevo Centro Disposición de Residuos ubicado a una distancia aproximada de metros. La prestación será de 12 horas diarias de operación, en dos turnos de hasta 8 horas cada uno.- Cargador Frontal sobre orugas: Su tarea consiste básicamente en abastecer de los desechos de residuos depositados en la playa de descarga, a los camiones contratados. La prestación será de 8 horas diarias de operación.- MATERIAL, CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES, CANTIDADES, ETC.: RENGLÓN 1: CAMIÓN CON CAJA VOLCADORA CON OPERADOR Y PRESTACIÓN TÉCNICA DEL EQUIPO. COMPRENDIENDO LA TOTALIDAD DE GASTOS EN COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y OTROS GASTOS EVENTUALES PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA MAQUINA OFRECIDA, INCLUYENDO PERSONAL DE OPERACIÓN, CARGAS SOCIALES DEL MISMO, A. R. T. CAPACIDAD DE CARGA 18 M 3 tres ejes y tracción en los dos ejes traseros - Cantidad: DOS (2), DEBIENDO CUMPLIR 8 HORAS DIARIAS CADA UNA DE LAS UNIDADES CONTRATADAS.- RENGLÓN 3: CON OPERADOR Y PRESTACIÓN TÉCNICA DEL EQUIPO. COMPRENDIENDO LA TOTALIDAD DE GASTOS EN COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y OTROS GASTOS EVENTUALES PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA MAQUINA OFRECIDA, INCLUYENDO PERSONAL DE OPERACIÓN, CARGAS SOCIALES DEL MISMO, A. R. T., PESO NETO 16/20 TONELADAS., POTENCIA 120/160 HP. Cantidad: UNO (1).-..// 11

11 ANEXO REGISTRO DE COMPAÑÍAS ASEGURADORAS AL 01/06/2012 NOMBRE VENCIMIENTO AFIANZADORA LATINOAMERICANA CIA. DE SEGUROS SA 26/09/12 ALBA CÍA. DE SEGUROS S.A. 03/09/12 ALLIANZ ARGENTINA CÍA. DE SEGUROS S.A. 01/08/12 ANTÁRTIDA CÍA. ARGENTINA DE SEG. S.A. 20/09/12 ARGOS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. 16/10/12 ASEGURADORA DE CRÉDITOS Y GARANTÍAS S.A. 12/09/12 ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. 03/12/12 ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A. 23/11/12 BERKLEY INTERNATIONAL DE SEGUROS S.A. 01/08/12 CAJA DE SEGUROS S.A. 11/07/12 CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A. 29/11/12 COPAN COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. 29/06/12 COSENA SEGUROS S.A. 04/11/12 EL COMERCIO CÍA. DE SEG. A PRIMA FIJA S.A. 04/11/12 ESCUDO SEGUROS S.A. 10/10/12 FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. 20/09/12 FIANZAS Y CRÉDITO S.A. CÍA. DE SEGUROS 26/06/12 LA EQUITATIVA DEL PLATA S.A. DE SEGUROS 30/06/12 LA HOLANDO SUDAMERICANA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. 17/10/12 LA MERCANTIL ANDINA S.A. 19/05/12 LA MERIDIONAL CÍA. ARGENTINA DE SEGUROS S.A. 26/09/12 LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. 01/10/12 LA SEGUNDA COOP. LTDA. DE SEGUROS GRALES. 23/06/12 LIDERAR CÍA. GRAL. DE SEGUROS S.A. 06/08/12 MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A. 21/11/12 NACIÓN SEGUROS S.A. 21/11/12 ORBIS CÍA. ARGENTINA DE SEGUROS S.A. 03/09/12 PARANÁ S.A. DE SEGUROS 08/09/12 PROTECCIÓN MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE 06/08/12 PASAJEROS PROVINCIA SEGUROS S.A. 29/06/12 PRUDENCIA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. 30/06/12 RIO URUGUAY SEGUROS COOPERATIVA LTDA. 21/11/12 SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. 11/11/12 SAN CRISTOBAL S.M. DE SEGUROS GRALES. 01/10/12 SEG. BERNARDINO RIVADAVIA COOP. LTDA. 12/07/12 SMG COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. 03/08/12 WARRANTY INSURANCE COMPANY ARGENTINA DE SEGUROS S.A. 20/09/12 ZURICH ARGENTINA CÍA. DE SEGUROS S.A. 03/09/12 Su actualización podrá ser consultada en el SITIO WEB OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON: REGISTROS PÚBLICOS ENTIDADES ASEGURADORAS.neb...// 13 X..... X.....

12 ANEXO A DECLARACION JURADA El que suscribe..., en su carácter de oferente a la Licitación Publica - Nº 06/12., declara bajo juramento: A.- Que es propietario del vehículo Marca... Modelo..., año de fabricación..., color..., Número de Dominio:...- B.- Que acredita el dominio del mencionado vehículo mediante título de propiedad exhibiendo el mismo en este acto.- C.- Que dicho vehículo se halla asegurado por los riesgos de Responsabilidad Civil hacia terceros y terceros transportados en la Cía. de Seguros......, según consta en Póliza de Seguros con Recibo de Pago o Certificado de Cobertura expedido dentro de los cinco (5) días anteriores al acto de apertura, considerándose ésta como única documentación válida y no aceptando ninguna otra.- D.- Que cumple con las obligaciones fiscales de propietario de vehículo exhibiendo el último recibo del impuesto Patente Automotor.- E.- Que asume toda la responsabilidad por reclamos que pudiesen formular terceros manteniendo indemne al ENOSUR.- Mar del Plata,... de... de FIRMA DEL OFERENTE / ACLARACIÓN CERTIFICO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN EL PRESENTE SON EXTRAIDOS DE LOS ORIGINALES QUE TENGO A MI VISTA.- A

13 ANEXO B VERIFICACION VEHICULAR Por la presente se deja constancia que la firma, ha presentado el Vehículo:, Modelo:, Dominio Nº:, reuniendo condiciones técnicas y de estado óptimo admisible para presentarse en la Licitación Publica Nº 06 / 12.- Observaciones: DEPARTAMENTO DE TALLERES Y TRÁFICO: / /.- Firma del Verificador: Aclaración: Legajo Nº:... FIRMA DEL OFERENTE B

14 DECLARACION JURADA El que suscribe... de nacionalidad..., Documento: DNI/LC/LE Nº..., en calidad de... perteneciente a la Firma...declara: 1) Conocer y aceptar todas y cada una de las cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones que rige el presente llamado; 2) Aceptar someterse a la jurisdicción de los Tribunales Competentes de la Provincia de Buenos Aires con asiento en Mar del Plata, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que le corresponda o en lo sucesivo pudiera corresponderle e incluso el Federal; 3) Constituir DOMICILIO LEGAL en la calle... Nº... de la ciudad de MAR DEL PLATA, a los efectos de tomar conocimiento de cualquier tipo de notificación que emane del ENOSUR., donde se tendrán por válidas y recibidas; 4) Constituir DOMICILIO REAL en la calle... Nº... de la ciudad de..- Mar del Plata, Firma y Aclaración. C

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