Marco institucional para una gestión minera ambiental y socialmente responsable en Colombia

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1 Marco institucional para una gestión minera ambiental y socialmente responsable en Colombia Hacia una minería económicamente rentable, ambientalmente sostenible y socialmente justa Gestión Ambiental Estratégica Pedro Quijano Samper María del Pilar Pardo Para Fundación AVINA Bogotá, Noviembre de 2010

2 Contenido Introducción 4 Mapa de competencias y funciones de los principales actores institucionales 6 Tipología de actores institucionales y sociales que inciden o participan en la gestión de la política minera en Colombia 10 Actores releventes que desarrollan las políticas minera y ambiental en Colombia Sector minero energético Ministerio de Minas y Energía 12 Ingeominas 15 Unidad de Planeación Minero Energética- UPME-. 19 Distritos Mineros Sector de ambiente, vivienda y desarrollo territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 25 Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible 33 Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt. 35 Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-. 38 Agenda Ambiental para el Sector de Minería Entidades territoriales y tierras de comunidades negras Departamentos 43 Municipios, Distritos y Áreas Metropolitanas 45 Territorios Indígenas 49 Tierras de comunidades negras 51 ANEXOS Anexo 1: Marco Normativo 54 ANEXO 2: Distritos Mineros existentes en la actualidad 66 2

3 Directorio de Contactos Distritos Mineros 102 Bibliografía y fuentes de información 104 FIGURAS Y MAPAS Figura 1: Universo de actores en un escenario de alta complejidad 5 Figura 2: Escenario de diálogo de actores a partir de su incidencia e interés 7 Figura 3: Escalera de la participación 9 Figura 4: Actores institucionales y sociales que inciden o participan en el sector de la minería en Colombia 10 Mapa: Distritos Mineros en Colombia 66 3

4 Introducción 1 El marco institucional para una gestión minera ambiental y socialmente responsable en Colombia, busca constituirse en una herramienta de trabajo para configurar escenarios de diálogo y acción que permitan aproximar y armonizar las políticas ambientales con las políticas sectoriales que actualmente impulsan el desarrollo minero en el país. El presente análisis descriptivo muestra los principales actores del ámbito institucional que cumplen funciones constitucionales y legales, directas o indirectas, en torno al desarrollo minero y a la protección del medio ambiente. La premisa de fondo detrás del presente análisis, es que las políticas que orientan tanto la gestión de los recursos naturales renovables como no renovables, deben hacer parte de una sola política de Estado encaminada a garantizar el desarrollo humano sostenible en Colombia. La realidad es que las políticas sectoriales tanto ambientales como mineras no sólo se presentan fracturadas y dispersas, sino que en muchos casos aparecen como contradictorias, en la medida en que por su naturaleza misma, defienden intereses opuestos: las primeras buscan garantizar la conservación de los recursos naturales renovables, las segundas, a hacer un uso eficiente y económicamente rentable de los recursos naturales no renovables. Lo anterior hace necesario revisar el conjunto de actores teniendo en cuenta las dependencias formalmente constituidas por los dos sectores, haciendo énfasis en las instancias que han encontrado para dirimir sus diferencias y para caminar juntos en procura de la resolución de los conflictos y las controversias que la práctica de la minería supone frente a la conservación del medio ambiente. El diálogo entre actores en un escenario de alta complejidad como el minero-ambiental supone necesariamente un trámite de intereses diversos y unas relaciones de poder que no siempre se hacen explícitas. Partiendo de esa realidad, el objetivo de la búsqueda de escenarios de diálogo y acción debe permitir orientar las relaciones de poder desde la esfera de los conflictos de intereses y la confrontación, hacia el ámbito de la cooperación, la complementación y la búsqueda de propósitos comunes. En 1 El presente análisis de actores parte de la metodología propuesta y desarrollada por Pedro Quijano Samper en 2008 y 2009 para el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la Pontificia Universidad Javeriana en el marco de la revisión y actualización de la Política Nacional de Biodiversdiad. Dicha metodología ha sido adaptada para el análisis del marco institucional para una gestión minera ambiental y socialmente responsable. Ver: Quijano P. (2009) Mapa de actores y escenarios para la revisión y actualización de la Política Nacional de Biodiversidad. Pontificia Universidad Javeriana, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 4

5 este sentido el diálogo busca lograr acuerdos sobre los temas a tratar; definir las reglas claras y compartidas sobre el papel y la responsabilidad de los actores en la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones que se definan como necesarias para enfrentar las problemáticas ambientales y sociales que están detrás de la explotación minera. Así mismo, se busca establecer mecanismos que hagan viables dichas acciones en función del cumplimiento de los objetivos y propósitos que se han trazado ambos sectores, mediante políticas públicas de Estado construidas conjuntamente. Estas políticas, como ya se ha dicho, deben ser parte de un proyecto que trascienda los intereses particulares de los sectores involucrados, para enmarcarse en un proyecto nacional de mayor envergadura orientado a lograr los objetivos de desarrollo sostenible que el país se ha fijado desde el punto de vista social, económico y ambiental. El análisis parte de diferenciar y ubicar los dos sectores en un amplio universo de actores. En el caso de la relación entre minería y medio ambiente, es fundamental situar a los actores institucionales públicos (autoridades mineras y ambientales) en un escenario de alta complejidad que involucra necesariamente a las empresas mineras (mercado) y diferentes organizaciones de la sociedad civil que participan de manera directa o indirecta en la gestión minera o ambiental, y en algunos casos específicos en la gestión minero-ambiental. La siguiente figura ilustra el universo de actores que inciden o pueden incidir en los procesos de construcción de políticas públicas encaminadas a lograr una minería social y ambientalmente responsable. Figura 1: Universo de actores en un escenario de alta complejidad. PQS

6 Mapa de competencias y funciones de los principales actores institucionales El presente mapa ha sido elaborado a partir del análisis de las principales normas que definen los objetos, objetivos o misiones de las entidades públicas o privadas que cumplen funciones específicas o relacionadas con la actividad minera en Colombia y con la protección del medio ambiente. La identificación de actores se hace a partir de la caracterización de los sectores en los que se organiza el Estado colombiano y del reconocimiento del papel que desempeñan diferentes actores económicos, sociales y comunitarios en la gestión minera y ambiental. Las funciones de los primeros se describen tomando como base las normas orgánicas que regulan cada sector y algunos mandatos generales de la Constitución Política de Colombia y de sentencias de la Corte Constitucional cuando esto es pertinente. Entre las normas más importantes consultadas están: el Código Minero o Ley 685 de 2001, modificado por la Ley 1382 de 2010; la Ley 99 de 1993, conocida como la Ley del Medio Ambiente; y la Ley 388 de 1997 de Ordenamiento Territorial. Otras normas reglamentarias específicas para cada rama o sector administrativo se señalan en cada caso. Este análisis reconoce el carácter participativo y democrático que define el Estado Social de Derecho en la Constitución Política de 1991 y de los desarrollos posteriores que definen los mecanismos de participación de la ciudadanía en los diferentes ámbitos de la gestión pública, desde el diseño de las políticas públicas hasta el control social y la veeduría ciudadana de dicha gestión. Por esa razón se han consultado y acogido reglas, propuestas y procedimientos relacionados con este tema. La definición de los actores relevantes dentro del proceso de búsqueda de escenarios de díalogo y de acción conjunta se ha hecho teniendo en cuenta dos criterios básicos: incidencia e interés. Las preguntas que están detrás del análisis descriptivo pueden resumirse de la siguiente manera: Qué actores institucionales, públicos y privados, inciden o pueden incidir en la construcción de una agenda pública que garantice el desarrollo de una minería nacional, económicamente productiva, ambientalmente sostenible y socialmente justa? Qué actores están interesados en participar en este proceso de construcción colectiva? Estos criterios pueden presentar varias situaciones que hacen pertinente o deseable la convocatoria de estos actores a los procesos de diálogo. La siguiente figura ilustra las cuatro opciones más comunes. 6

7 Figura 2: Escenarios de diálogo entre actores a partir de su Incidencia e interés. Elaboración propia a partir de la metodología Zopp desarrollada por la GTZ (Agencia de Cooperación Alemana) El análisis de incidencia-interés permite situar los actores en cuatro categorías así: A) alta incidencia-mucho interés; B) alta incidencia-poco interés, C) baja incidencia-mucho interés, D) baja incidencia-poco interés. Podría haber otros actores que los denominaremos como E, pero estos no se ubican en el plano de incidencia/interés. En el primer grupo se pueden situar los actores que tienen una alta incidencia en el negocio de la minería y un interés manifiesto en hacer de ella un proceso social y ambientalmente responsable. Inciden en el negocio tanto las empresas mineras legales como las autoridades de los dos sectores que orientan, regulan, vigilan y ejecutan las políticas mineras y de protección del medio ambiente. La participación de estos actores en escenarios de diálogo, no sólo resulta deseable sino necesaria, pues son quienes tienen el mandato legal de cumplir y hacer cumplir las políticas públicas en materia minero-ambiental, ya sea porque participan del negocio de la minería o porque son las entidades rectoras de dichas políticas. En el segundo grupo se encuentran actores de las mismas características del primero, desde el punto de vista de la incidencia, pero que no han mostrado o no tienen interés en participar de un proceso de diálogo que conduzca, por ejemplo, a la construcción de políticas conjuntas que definan los parámetros para una minería social y ambientalmente responsable. Es importante que tanto las empresas que tienen una alta incidencia en el negocio minero, como las autoridades públicas que no muestran mucho interés, sean convocadas a los procesos de diálogo. Sin embargo, estos actores, pueden ser fuente de conflicto, razón por la cual se debe lograr que su participación sea fruto de un trabajo previo, en el que se despierte el interés de participar y se definan reglas de juego claras, sobre el sentido y el alcance de los procesos de diálogo. En el tercer grupo se ubican actores altamente interesados en promover debates públicos productivos, que conduzcan al logro de objetivos comunes que están más allá de los intereses particulares de los sectores directamente involucrados en el negocio de la minería, o 7

8 en la regulación minero-ambiental. En este grupo están varios tipos de organizaciones sociales entre las que se encuentran: organizaciones no gubernamentales, grupos de presión, movimientos sociales organizados, agencias multilaterales y de cooperación internacional, medios de comunicación y generadores de opinión, y en general, todos aquellos actores que podrían estar interesados en promover un debate público a favor de una minería social y ambientalmente responsable. Si bien estos actores no tienen una incidencia directa en en negocio de la minería, sí tienen la capacidad de movilizar dicho debate, de hacer veedurías y de contribuir de manera significativa con el enfoque social y ambiental que podrían tener las políticas públicas mineras en el país. En este grupo se encuentran también las comunidades indígenas y sus organizaciones y las comunidades afro y sus organizaciones. Si bien son grupos que deberían tener una incidencia directa sobre la problemática minero-ambiental en sus territorios, esto no siempre ocurre en realidad. Son las compañías mineras, o incluso los pequeños y medianos productores mineros, los que están llevando a cabo explotaciones mineras en territorios indígenas y de comunidades negras, no siempre con su consentimiento. Sin duda hay territorios en donde son las comunidades indígenas y negras participan de la explotación minera, pero habría que ver en cada caso si se cumple la normatividad minera sobre el alcance de dicha participación y si se cumple también la normatividad ambiental. Por último, en el cuarto grupo están otros actores que tienen baja incidencia en el negocio de la minería y poco interés 2 de participar en un diálogo sobre el particular, pero que se ven afectados de manera directa o indirecta por la minería y por la destrucción del medio ambiente. De estos actores no se habla en términos de participación directa, pero sí es importante señalar que es en este grupo que está el grueso de la ciudadanía, lo que quiere decir que parte de la movilización que se haga a favor de una minería social y ambientalmente responsable, estará enfocada a lograr mayor comprensión pública de la problemática minero-ambiental y por consiguiente, mayor participación social de diferentes grupos de ciudadanos en las instancias donde se toman las decisiones sobre la actividad minera y su impacto social y ambiental. Para efectos del presente análisis se entiende Incidencia como la acción directa que ejerce un conjunto de actores sobre los recursos naturales no renovables y su impacto en los recursos naturales renovables. En este caso la minería. Dichos actores participan en el negocio de la minería mediante la explotación de los minerales o mediante la orientación, regulación, vigilancia y ejecución de políticas públicas mineras y ambientales. La incidencia define diferentes espacios y niveles de participación de los actores en un proceso, que van desde el acceso a información pertinente, hasta la toma de decisiones o la realización de acciones conjuntas (Ver escalera de la participación). 2 El bajo interés de la ciudadanía puede tener muchas razones, pero en este contexto se asocia a tres elementos importantes: poco conocimiento de la problemática, la existencia en Colombia de una democracia representativa formal que no ha permitido que aflore la democracia participativa de la que haba la Constitución Política de 1991, y la violencia ejercida contra algunos movimientos sociales o grupos de presión cuando deciden hacer uso de los mecanismos legales de participación. Por lo anterior, el bajo interés es relativo y sólo pretende situar al grueso de la ciudadanía dentro del análisis de actores como un referente importante en una movilización pública que favorezca una minería social y ambientalmente responsable. 8

9 Por interés se entiende la disposición de un actor a participar en un proceso social, es decir, de ser parte de y de tomar parte en un proceso de construcción colectiva. El análisis de incidencia/interés que se propone en la configuración del presente mapa de actores reconoce tres escenarios fundamentales en donde se adelantan acciones y se toman decisiones que tiene una relación directa o indirecta con la gestión y la política minera en Colombia. Estos ámbitos son: El Estado (sector público), el mercado (sector productivo y empresarial) y las organizaciones de la sociedad civil (sector social, académico, solidario y comunitario). Los tres pueden aportar elementos para la construcción de un escenario político, económico y social viable para la minería como locomotora del desarrollo. Hay varias formas de valorar la participación de un actor en un proceso. Una de ellas es ubicar el actor en alguno de los siguientes niveles de la participación: Gestión compartida Decisión compartida Información Consulta Concertación Figura 3. Escalera de la participación. Adaptación propia a partir de F. Geilfus 3 Estos niveles suponen una complejidad creciente, siendo el nivel más básico el de la información y el más complejo el de la gestión compartida. Como podrá observarse en este análisis de incidencia/interés, la gestión minera ambiental y socialmente responsable, debe trabajar con actores en todos los niveles de la participación, lo que supone varios escenarios de diálogo que pueden ir escalando en el tiempo hasta lograr escenarios de gestión compartida con agendas público-privadas construidas de manera conjunta por quienes tienen la tarea de hacer de la minería un negocio que salvaguarda los intereses de la sociedad en su conjunto y en última instancia un bien público. 3 Geilfus, F. (1997). 80 herramientas para el desarrollo participativo. Laderas C. A, San Salvador, HCA/ Holanda. Consultado en: Alguacil-Gómez, J. Los desafíos del nuevo poder local: la participación como estrategia relacional en el nuevo poder local. texto basado en el artículo: "La democracia participativa como estrategia para la gestión relacional", publicado en la revista Intervención Psicosocial, Volumen 13 nº. 3, año 2004, Colegio de Psicólogos de Madrid. Ver en: Última visita 30 noviembre de

10 Tipología de actores institucionales y sociales que inciden o participan en la gestión de la política minera en Colombia La siguiente tabla muestra algunos de los principales actores que participan o pueden participar en la gestión minero ambiental en Colombia. La descripción por tipos de actores se realiza teniendo como eje su incidencia, directa o indirecta, en el diseño, la formulación y la ejecución de las políticas mineras en Colombia. Tabla 4: Actores institucionales y sociales que inciden o participan en el sector de la minería en Colombia De acuerdo con la tabla anterior, se pueden identificar siete grandes grupos de actores, cuatro de los cuales inciden o pueden incidir de manera directa en el gestión de la política minera y tres de manera indirecta. En el primer grupo, además de la autoridad minera, en este caso el Ministerio de Minas y Energía, Ingeominas, la UPME y los departamentos delegados, se encuentran los Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; Transporte y Comercio, Industria y Turismo. Estos diseñan políticas sectoriales que tienen una fuerte incidencia en la política minera, y además requieren materias primas provenientes de la minería, o se ven afectados por la explotación minera. 10

11 Lo mismo se puede decir de los territorios tradicionales de las comunidades indígenas y negras, en la medida en que en varios resguardos indígenas como en territorios colectivos de comunidades negras se practica la minería con o sin la participación y el permiso de dichas comunidades. En ocasiones de manera ilegal, pero también de manera legal. Finalmente en este grupo de incidencia directa, está la industria minera a pequeña, mediana y gran escala. Sea cual sea el tamaño de la minería que se realice, son en efecto los mineros quienes materializan la política minera. En el segundo grupo, es decir los que llamamos de incidencia indirecta, están las organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales; la cooperación internacional, los gremios u organismos de representación empresarial, los medios de comunicación y algunos de los sectores que se ven afectados por la explotación minera. Por último están los organismos de control (Ministerio Público) y las superintendencias de sociedades que regulan y controlan algunas de las actividades mineras en el país. Este universo de actores de una u otra forma debe hacer parte de diversos procesos de diálogo para encontrar salidas colectivas a la explotación minera, no sólo con el objeto de salvaguardar el patrimonio ambiental colombiano, sino de asegurar la sostenibilidad del desarrollo humano. Tal como se ha dicho, para efectos del análisis descriptivo del presente mapeo de actores se hará referencia únicamente a las entidades públicas y a los entes territoriales que tienen la responsabilidad directa de conducir las políticas mineras y ambientales en Colombia, haciendo énfasis en las competencias y funciones que estas entidades cumplen en procura de lograr su misión y sus objetivos estratégicos, así como en la agenda intersectorial firmada por los dos ministerios del ramo el día 5 de agosto de 2010 en la medida en que se configura como un escenario ideal para coordinar, integrar y armonizar las políticas ambientales frente a la explotación minera en el país. 11

12 Actores releventes que desarrollan las políticas minera y ambiental en Colombia 1. Sector Minero-Energético NATURALEZA JURÍDICA MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA 4 El Ministerio de Minas y Energía es una entidad pública de carácter nacional del nivel superior ejecutivo central, creada mediante Decreto 968 de 1940, cuya responsabilidad es la de administrar los recursos naturales no renovables del país, asegurando su mejor y mayor utilización, así como la orientación en el uso y regulación de los mismos. AUTORIDAD MINERA De acuerdo con el artículo 317 de la Ley 685 de 2001 cuando se habla de autoridad minera se entenderá que se hace referencia al Ministerio de Minas y Energía o en su defecto a la autoridad nacional, que de conformidad con la organización de la administración pública y la distribución de funciones entre los entes que la integran, tenga a su cargo la administración de los recursos mineros, la promoción de los aspectos atinentes a la industria minera, la administración del recaudo y distribución de las contraprestaciones económicas señaladas en este Código, con el fin de desarrollar las funciones de titulación, registro, asistencia técnica, fomento, fiscalización y vigilancia de las obligaciones emanadas de los títulos y solicitudes de áreas mineras. 5 NORMAS ORGÁNICAS Ley 99 de 1993 (diciembre 22) Crea el Ministerio del Medio Ambiente, reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y suprime una función en el Ministerio de Minas y Energía. Decreto 10 de 1995 Reestructura parcialmente el Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con la ley 143 de Decreto 27 de Reestructura parcialmente el Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con la ley 142 de Decreto 1674 de Suprime y fusiona dependencias del Ministerio de Minas y Energía, modifica parcialmente los decretos 2119 de 1992, 10 y 27 de 1995 y determina su estructura interna. Decreto 1141 de Reestructura el Ministerio de Minas y Energía. Decreto 2152 de Modifica parcialmente el decreto 1141 de 1999 que establece la estructura del Ministerio de Minas y Energía. Decreto 567 de Modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Minas y Energía establecida por el decreto 1141 de Decreto 70 de Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Minas y Energía. LEY 685 DE AGOSTO 15 DE 2001 Por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones. (Modificado por la Ley 1382 de 2010) Ley 790 de Artículo 7º Determina número, denominación y orden de precedencia de los Ministerios. 4 Objetivos y Funciones del Ministerio de Minas y Energía, revisadas de acuerdo a la normatividad vigente que regula el sector y del Manual de Estructura del Estado Colombiano MEC. (Actualizado al 30 de junio de 2008, por Rama y Sectores Administrativos). 5 Ley 685 de 2001 o Código de Minas, reformada por la Ley 1382 de

13 Decreto 1760 de MISIÓN Y OBJETIVOS MISIÓN Formular y adoptar políticas dirigidas al aprovechamiento sostenible de los recursos mineros y energéticos para contribuir al desarrollo económico y social del país. En el cumplimiento de su misión institucional, el Ministerio debe garantizar la protección de los recursos naturales y del medio ambiente, velando por su conservación y restauración, en concordancia con los principios del desarrollo sostenible y de las políticas ambientales emanadas de la autoridad ambiental competente. OBJETO El Ministerio de Minas y Energía tiene como objetivos la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo de Minas y Energía. FUNCIONES 1. Adoptar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales e hidrocarburos así como la política sobre generación, transmisión, interconexión, distribución y establecimiento de normas técnicas en materia de energía eléctrica, sobre el uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas, y en general, sobre todas las actividades técnicas, económicas, jurídicas, industriales y comerciales relacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovables y de la totalidad de las fuentes energéticas del país en concordancia con los planes generales de desarrollo. 2. Propender que las actividades que desarrollen las empresas del sector minero-energético garanticen el desarrollo sostenible de los recursos naturales. 3. Adoptar los planes generales de desarrollo del sector minero-energético del país en concordancia con los planes generales de desarrollo y con la política macroeconómica del Gobierno Nacional. En ejercicio de esta función se deberán identificar las necesidades del sector minero energético y los planes generales deberán estar orientados a satisfacer esta demanda. Para el efecto el Ministerio podrá adelantar, directamente o en coordinación con otros organismos públicos o privados, investigaciones que se relacionen con las actividades propias del sector. 4. Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias relacionadas con la exploración, explotación, transporte, refinación, distribución, procesamiento, beneficio, comercialización y exportación de recursos naturales no renovables y las normas técnicas relativas a los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, en los términos previstos en las normas legales vigentes. 5. Divulgar las políticas, planes y programas del sector, para lo cual podrá, directamente o a través de sus entidades descentralizadas, realizar campañas informáticas y publicitarias y en general emplear todos los medios de comunicación que sean necesarios para la consecución de este fin. 10. Señalar los requisitos técnicos que deben cumplir las obras, equipos y procedimientos que utilicen las empresas de Servicios Públicos del sector minero energético, cuando la comisión respectiva haya resuelto por vía general que ese señalamiento es realmente necesario para garantizar la calidad del servicio, y que no implica restricción a la debida competencia. 21. Velar por que se cumplan las disposiciones legales y los tratados, acuerdos y convenios internacionales relacionados con el sector minero-energético y sobre seguridad nuclear, protección física, protección radiológica y salvaguardias. 13

14 TRÁMITES E INFORMACIÓN COBERTURA DELEGACIÓN DE FUNCIONES El Ministerio de Minas y Energía delega sus funciones de Administración del recurso minero en Ingeominas y en las siguientes gobernaciones: Gobernaciones de Antioquia y Bolívar: Tienen a cargo las funciones de administración de todos los minerales que se encuentren en su territorio. Gobernaciones de Caldas, Cesar, Norte de Santander y Boyacá: Tienen a cargo las funciones de administración de todos los minerales que se encuentren en su territorio, exceptuando el carbón y las esmeraldas. Ingeominas ejerce las funciones delegadas en el resto del territorio nacional y además se encarga de la administración del carbón y las esmeraldas, excepto en Antioquia y Bolívar. Información que proporciona en el campo de la exploración y la explotación minera: Normatividad del Sector Minero Energético Estadísticas mineras Criterios para aval de proyectos mineros Clasificación oficial de minerales Guías Minero Ambientales 6 Consejo Asesor de Política Minera Avances en los principales indicadores del sector minero energético colombiano. En minería el Ministerio no atiende trámites. Estos son atendidos por Ingeominas y las gobernaciones delegadas. Sin embargo, la Dirección de Minas atiende: Solicitudes de amparo administrativo por perturbación de autoridad; solicitudes de declaratoria de áreas de reserva especial; solicitudes de expropiación de inmuebles a favor de la minería; solicitudes de delimitación de zonas mineras indígenas, de comunidades negras y mixtas. Nacional 6 Las Guías Minero Ambientales para la Exploración, la Explotación y el Beneficio y la Transformación se constituyen en documentos de obligatorio cumplimiento para adelantar trabajos y obras en los proyectos mineros, de conformidad con el artículo 278, Ley 685 de Según el artículo 199 de la misma Ley, le corresponde a las autoridades minera y ambiental en forma concertada, la expedición de guías técnicas para adelantar la gestión ambiental en los proyectos mineros. Esta obligación se materializa mediante la Resolución No de agosto 20 de 2002 por la cual se adoptan las tres Guías mencionadas. En el caso de la fase de exploración y por acuerdo establecido entre el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Ministerio de Minas y Energía, y en consonancia con el artículo 81 de la Ley 685 de 2001, el acatamiento de las directrices técnicas que trae la Guía, suprime la necesidad de solicitar la licencia ambiental. 14

15 INSTITUTO COLOMBIANO DE GEOLOGÍA Y MINERÍA INGEOMINAS NATURALEZA JURÍDICA El Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, es un establecimiento público del Orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Minas y Energía, que tiene su origen en 1916 cuando se crea y organiza la Comisión Científica Nacional, a la que se le encomienda realizar la cartografía geológica, la exploración de los recursos minerales y el estudio del subsuelo. Este organismo es reemplazado en 1940 por el Servicio Geológico Nacional, al cual se le anexa en 1953 la Planta Metalúrgica de Medellín y los Laboratorios de Fomento Minero de Pasto e Ibagué, con el nombre de Instituto Geológico Nacional. A partir de 1968, con la reforma administrativa del país, la entidad asume las funciones correspondientes al Inventario Minero Nacional y al Laboratorio Químico Nacional, creado en 1928 y se constituye en el Instituto Nacional de Investigaciones Geológico Mineras, Ingeominas. Si bien el instituto sufre varias reestructuraciones posteriores, actualmente se rige por los decretos 252 de enero de 2004 y 3577 de octubre del mismo año, en donde asume las funciones como Instituto Colombiano de Geología y Minería Ingeominas. NORMAS ORGÁNICAS MISIÓN Y OBJETIVOS Decretos 252 de 2004 de enero de 2004 y 3577 de octubre del mismo año, en donde el Instituto asume las funciones como Instituto Colombiano de Geología y Minería Ingeominas. MISIÓN Contribuir al desarrollo económico y social del país a través de la exploración y el conocimiento del suelo y subsuelo del territorio nacional, de la evaluación y monitoreo de las amenazas geológicas, de la promoción y eficiente administración de los recursos minerales, y del control del uso de materiales radioactivos, atendiendo oportunamente las necesidades y requerimientos de nuestros usuarios. OBJETIVO De acuerdo con artículo 4 del Decreto 252 de 2004: El Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, tiene como objeto realizar la exploración básica para el conocimiento del potencial de recursos y restricciones inherentes a las condiciones geológicas del subsuelo del territorio colombiano; promover la exploración y explotación de los recursos mineros de la Nación y participar, por delegación, en actividades relacionadas con la administración de dichos recursos. Parágrafo. Para el cumplimiento del objeto señalado en el presente artículo, el Instituto Colombiano de Geología y Minería Ingeominas, deberá generar e integrar conocimientos y levantar, compilar, validar, almacenar y suministrar, en forma automatizada y en estándares adecuados, información sobre geología y minería. Adicionalmente, el Instituto deberá compilar y mantener la información que exista en el país sobre los temas de su competencia, para lo cual las entidades públicas tendrán la obligación de remitir al Instituto la correspondiente información, sin perjuicio de los objetivos estratégicos y comerciales de cada una. 7 7 Decreto 252 de 2004, Artículo 4 15

16 OBJETIVOS ESTRATÉGICOS (Plan Estratégico ) Ampliación del conocimiento geológico del territorio nacional. Desarrollar proyectos de investigación y cartografía geológica con el fin de actualizar y mejorar el conocimiento geológico existente, garantizando un apropiado manejo ambiental. Identificación del potencial de recursos del subsuelo. Identificación y monitoreo de riesgos geológicos. Fortalecimiento del trabajo multidisciplinario e interinstitucional a través de las actividades que desarrollamos con el MAVDT para involucrar las amenazas de origen geológico en el Ordenamiento Territorial. Contratación y titulación minera, y fiscalización de títulos mineros. Promoción nacional e internacional del potencial minero del país. Aumentar la productividad del sector minero. Asesoría y control en seguridad nuclear y protección radiológica. Fortalecer la capacidad institucional de INGEOMINAS para cumplir su misión. FUNCIONES El mismo decreto (252 DE 2004) señala en su artículo 5. Que son funciones del Instituto las siguientes: 1. Proponer a las instancias pertinentes las políticas generales que en materia de Geología y Minería deba adoptar el Gobierno Nacional; 2. Adelantar programas de reconocimiento, prospección, exploración y monitoreo del territorio con fines multipropósitos, mediante un enfoque multidisciplinario, integral y sistémico, para contribuir al desarrollo económico y social del país; 3. Desarrollar proyectos para investigar y modelar el subsuelo, e interpretar fenómenos o comportamientos físico-químicos en determinadas regiones o áreas específicas del territorio; 4. Generar y difundir conocimientos, información y modelos geológicos integrales de la corteza del territorio colombiano; 5. Realizar el inventario de las zonas del subsuelo más favorables para la acumulación de hidrocarburos, carbones, recursos minerales e hidrogeológicos, así como caracterizar y evaluar el potencial de dichos recursos; 6. Generar conocimientos e información sobre la identificación y el monitoreo de zonas sujetas a amenazas geológicas y realizar la evaluación de las restricciones del territorio asociadas a las condiciones geológicas; 7. Responder por el archivo nacional de datos e información básica del subsuelo, incluyendo aquella necesaria para la toma de decisiones en el sistema nacional ambiental y en el sistema de prevención y atención de desastres; 8. Participar en el desarrollo del Sistema Nacional de Información Geológico Minera mediante sistemas automatizados y georreferenciados, buscando su integración con otros sistemas de información del territorio; 9. Generar y difundir conocimientos e información para promover y apoyar la exploración y explotación de los recursos minerales y la toma de decisiones en relación con proyectos de desarrollo minero en el marco del ordenamiento territorial; 10. (Numeral modificado por el artículo 1 de del Decreto 3577 de 2004).Desarrollar los estudios, expedir los conceptos y prestar los servicios técnicos y científicos a que haya lugar, relacionados con el adecuado uso, manejo y gestión de los recursos minerales y material radiactivo, así como la evaluación de los riesgos asociados. 11. Ejercer las funciones de autoridad minera que le sean delegadas; 12. Desarrollar actividades de ciencia y tecnología relacionadas con el objeto del Instituto; 13. Prestar servicios de evaluación de proyectos, de asesoría y de asistencia científica y tecnológica al Gobierno Nacional, a los entes públicos y al sector privado, en los temas de su competencia. 14. (Numeral adicionado en el artículo 2 de del Decreto 3577 de 2004) Promover y 16

17 coordinar las actividades de salvamento minero de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de la responsabilidad que tienen los particulares en relación con el mismo. 15. (Numeral adicionado en el artículo 2 de del Decreto 3577 de 2004) Las demás que le señalen las disposiciones legales vigentes. 8 Además de las funciones de otras dependencias, el decreto 252 de 2004 en su artículo 21 señala que serán funciones de la Dirección del Servicio Minero. Las siguientes: 1. Contribuir a la generación de políticas encaminadas a mejorar la gestión, eficiencia y desarrollo técnico, dentro del marco de sustentabilidad económica, social y ambiental de la actividad minera. 2. Generar información sobre la exploración y explotación de los recursos mineros de la Nación que sirva de soporte para la toma de decisiones en relación con proyectos de inversión. 3. Promover la incorporación de la minería dentro de los planes de ordenamiento territorial. 4. Ejercer las funciones de autoridad minera que le hayan sido delegadas al Instituto. 5. Desarrollar actividades de carácter técnico, legal, financiero y minero ambiental, inherentes a la gestión de los recursos mineros concedidos y potenciales. 6. Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las disposiciones legales vigentes. TRÁMITES E INFORMACIÓN DIRECCIÓN DEL SERVICIO MINERO La Dirección del Servicio Minero cumplirá las siguientes funciones: 1. Contribuir a la generación de políticas encaminadas a mejorar la gestión, eficiencia y desarrollo técnico, dentro del marco de sustentabilidad económica, social y ambiental de la actividad minera. 2. Generar información sobre la exploración y explotación de los recursos mineros de la Nación que sirva de soporte para la toma de decisiones en relación con proyectos de inversión. 3. Promover la incorporación de la minería dentro de los planes de ordenamiento territorial. 4. Ejercer las funciones de autoridad minera que le hayan sido delegadas al Instituto. 5. Desarrollar actividades de carácter técnico, legal, financiero y minero ambiental, inherentes a la gestión de los recursos mineros concedidos y potenciales. 6. Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las disposiciones legales vigentes. Ingeominas proporciona información minera sobre: Cartografía geológica a nivel nacional Evolución geológica de Colombia Registros históricos de: Terremotos, deslizamientos, sismos y eventos volcánicos, entre otros. Inventario de amenazas geológicas y ambientales. Inventario de recursos del subsuelo. Modelo básico del subsuelo. Información relacionada con la administración del recurso minero. Proyectos mineros. Producción minera y proyecciones. Registro y Catastro Minero Nacional. Reporte de regalías. Legalización de explotación minera. Clasificación oficial de rocas y minerales. 8 Decretos 252 de 2004 y 3577 de

18 Autorización temporal de explotación mineral. Contratos de concesión. Da el visto bueno para la exportación de esmeraldas. Oportunidad de inversión de negocios mineros en Colombia. Base de datos SERMIN de Ingeominas. Además atiende los siguientes trámites mineros: Propuesta de Contrato de Concesión. Autorización Temporal. Certificado de Registro Minero Nacional. Certificado de Libertad de Área. Certificado de Reporte Gráfico. Cesión de Derechos. Cesión de Áreas. Autorización de Prórrogas. Autorización de Suspensión o Disminución de la Explotación. Autorización para subcontratar. COBERTURA NACIONAL Y GRUPOS DE TRABAJO REGIONAL Ingeominas tiene una cobertura nacional. Para el cumplimiento de sus funciones, el Instituto cuenta con una oficina central y con los siguientes grupos de trabajo regional en: Medellín, Cali, Ibagué, Bucaramanga, Valledupar Cúcuta, y Nobsa (Boyacá). Los grupos adelantan funciones de administración del recurso minero en su jurisdicción. En el resto del país estas funciones son adelantadas por la oficina central con sede en Bogotá. 18

19 UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA UPME NATURALEZA JURÍDICA NORMAS ORGÁNICAS MISIÓN Y OBJETIVOS FUNCIONES La Unidad de Planeación Minero Energética UPME es una Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, regida por la Ley 143 de 1994 y por el Decreto número 255 de enero 28 de Ley 143 de Establece el régimen para la generación, interconexión, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional y organiza la Unidad de Planeación Minero Energética como Unidad Administrativa Especial con patrimonio propio, autonomía presupuestal, personería jurídica y con regímenes especiales en materia de contratación, de administración de personal, de salarios y prestaciones, adscrita al ministerio de energía. Determina requisitos para el director de la unidad. Decreto 28 de Reglamenta parcialmente la ley 143 de 1994 en lo concerniente a la organización y funcionamiento de la Unidad de Planeación Minero Energética Decreto 1683 de Fusiona la Unidad Administrativa Especial de Información Minero Energética del Ministerio de Minas y Energía a la Unidad Administrativa Especial de Planeación minero energética. Decreto 2740 de Asigna algunas funciones del Instituto de Ciencias Nucleares y energías alternativas INCA a la unidad de planeación minero energética. Decreto 2741 de Establece la estructura interna de la Unidad de Planeación Minero energética. Decreto 255 de Modifica la estructura de la Unidad de Planificación Minero- Energética UPME. Realizar la planeación del desarrollo sostenible de los sectores de Minas y Energía de Colombia, para la formulación de las políticas de Estado y la toma de decisiones en beneficio del País, mediante el procesamiento y el análisis de información. OBJETO La Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, tendrá por objetivo planear en forma integral, indicativa, permanente y coordinada con las entidades del sector minero energético, tanto entidades públicas como privadas, el desarrollo y aprovechamiento de los recursos energéticos y mineros, producir y divulgar la información minero energética requerida. Establecer los requerimientos minero-energéticos de la población y los agentes económicos del país, con base en proyecciones de demanda que tomen en cuenta la evolución más probable de las variables demográficas y económicas y de precios de los recursos minero-energéticos destinados al desarrollo del mercado nacional, con proyección a la integración regional y mundial, dentro de una economía globalizada. Establecer la manera de satisfacer dichos requerimientos teniendo en cuenta los recursos minero-energéticos existentes, convencionales y no convencionales, según criterios económicos, sociales, tecnológicos y ambientales. Elaborar y actualizar el Plan Nacional Minero, el Plan Energético Nacional, el Plan de Expansión del sector eléctrico, y los demás planes subsectoriales, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo. Desarrollar análisis económicos de las principales variables sectoriales y evaluar el comportamiento e incidencia del sector minero energético en la economía del país. Evaluar la conveniencia económica y social del desarrollo de fuentes y usos energéticos no convencionales. Evaluar la rentabilidad económica y social de las exportaciones de los recursos mineros y energéticos. Prestar servicios técnicos de planeación y asesoría y cobrar por ellos. Para estos efectos, la Unidad determinará, mediante reglamentación, las condiciones que 19

20 TRÁMITES E INFORMACIÓN deben reunirse para su prestación y las tarifas aplicables a los mismos. En todo caso, tales servicios se prestarán sin perjuicio del cumplimiento de las demás funciones. Realizar diagnósticos que permitan la formulación de planes y programas del sector minero-energético. Establecer y operar los mecanismos y procedimientos que permitan evaluar la oferta y demanda de minerales energéticos, hidrocarburos, energía y determinar las prioridades para satisfacer tales requerimientos, de conformidad con la conveniencia nacional. Asesorar en materia de planeación sectorial al Ministerio de Minas y Energía realizando estudios económicos cuando se requiera y apoyar con información de mercados de interés sectorial a los agentes. Fomentar, diseñar y establecer de manera prioritaria los planes, programas y proyectos relacionados con el ahorro, conservación y uso eficiente de la energía en todos los campos de la actividad económica y adelantar las labores de difusión necesarias. Elaborar los planes de expansión del Sistema Interconectado Nacional y consultar al cuerpo consultivo permanente. Organizar, operar y mantener la base única de información estadística oficial del sector minero-energético, procurar la normalización de la información obtenida, elaborar y divulgar el balance minero-energético, la información estadística, los indicadores del sector, así como los informes y estudios de interés para el mismo. Establecer los indicadores de evaluación del sector minero-energético, con el fin de elaborar informes que cuantifiquen su gestión. Elaborar las memorias institucionales del sector minero-energético. Conceptuar sobre la viabilidad técnica y financiera de los proyectos presentados por el IPSE o quien haga sus veces, para ser financiados por el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas, FAZNI, y fondos especiales para energización rural. Conceptuar sobre la viabilidad financiera de los proyectos presentados por los entes territoriales y las empresas de servicios públicos para ser financiados por el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas, FAZNI. Conceptuar sobre la viabilidad técnica y financiera de los proyectos para ser financiados a través del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas Rurales Interconectadas. Conceptuar sobre la viabilidad técnica y financiera de los proyectos a ser financiados a través del Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas. Realizar las funciones administrativas que sean necesarias para el desarrollo de la gestión encomendada. Las demás que le señale la ley o le sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan. Información minero ambiental que proporciona la UPME Balances energéticos. Cadenas de los energéticos: petróleo, gas natural, gas licuado del petróleo y carbón. SIMEC Sistema de Información Minero Energético Colombiano SIMCO Sistema de Información Minero Colombiano. SIAME Sistema de Información Ambiental Minero Energético. Plan Nacional de Desarrollo Minero. Balance económico del sector minero. Demanda y oferta de minerales. Proceso de liquidación de regalías. Uso y aplicación de las Guías ambientales. 20

21 COBEERTURA Nacional DISTRITOS MINEROS 9 A diferencia de las entidades públicas que tienen a su cargo el desarrollo de la política minera en el país, los Distritos Mineros no son entidades territoriales ni tienen funciones designadas por ley. Se configuran más bien como una estrategia para la planeación y la gestión regional de la minería en Colombia. NATURALEZA JURÍDICA OBJETIVO Los Distritos Mineros son zonas estratégicas, con continuidad geográfica y geológica, en las cuales la minería es una actividad económica de interés e impacto social, donde los productores y empresarios privados, comprometidos con el negocio minero legal, competitivo y sostenible; las instituciones; las organizaciones sociales, gremiales y de apoyo; las entidades generadoras de conocimiento y tecnología y las entidades territoriales, realizan la planeación y la gestión del mejoramiento de la productividad y de la competitividad sostenible de los encadenamientos productivos mineros, con énfasis en lo territorial, lo minero-empresarial y la articulación institucional, en el marco de la visión, las políticas y planes de desarrollo del País. 10 Los Distritos Mineros se presentan en el ámbito de la política minera como una de las estrategias para promover el país minero dentro del nuevo rol del Estado como ente regulador y promotor de la actividad minera, mediante las políticas sectoriales de: Promoción del País Minero, Administración del Recurso Minero y Mejoramiento de la Productividad y la Competitividad del sector minero colombiano. De acuerdo con el documento Modelos de Gestión para la productividad y la competitividad sostenible de los Distritos Mineros en Colombia, la promoción minera, busca posicionar la imagen de la minería colombiana dentro y fuera del País, mostrando los beneficios de la minería, tanto en la vida cotidiana como en términos de crecimiento y bienestar de la población. En el ámbito internacional, se busca estimular la inversión extranjera y la cooperación, promoviendo el desarrollo de proyectos productivos estratégico para las regiones y el País. Todo esto cumpliendo los principios y las premisas del desarrollo humano sostenible. Los Distritos Mineros buscan por otro lado un manejo eficiente y efectivo de los recursos naturales no renovables, así como el mejoramiento de la productividad y la competitividad del sector, a partir del fortalecimiento de las economías de escala de las regiones. Es así como la principal estrategia de esta política del Ministerio de Minas y Energía, se concentra en la consolidación del Modelo de Gestión de los Distritos Mineros, a través de los cuales los agentes locales, mediante el acompañamiento del Estado, fortalecerán su capacidad de actuación en el territorio, a través de organizaciones que gestionen el desarrollo de la región y fortalezcan tanto su planeación estratégica, como 9 Los elementos que aparecen en este apartado han sido extractados del documento: Modelos de Gestión para la productividad y la competitividad sostenible de los Distritos Mineros en Colombia. Marco Orientador. Ministerio de Minas y Energía, Versión 5, Noviembre 6 de Ibíd. 21

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