GUIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La elaboración de esta guía se enmarca en el proyecto Plataforma de vigilancia tecnológica de Pymes y emprendedores de la convocatoria de Centros de Apoyo a Emprendedores 2012 y financiada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Existen en la actualidad muchas guías para facilitar los pasos y trámites a seguir por cualquier emprendedor que quiere poner en marcha un negocio. En general, estas guías no incluyen una serie de información previa, trámites y diversas autorizaciones que las personas extranjeras deben tener en cuenta antes de iniciar los trámites habituales para convertirse en empresario. De esta forma, el conjunto de guías elaboradas para personas extranjeras que desean emprender en España y que están disponibles en esta plataforma, pretenden convertirse en una herramienta básica de orientación que facilite a aquellos emprendedores de otras nacionalidades: Obtener la información de los diferentes pasos y trámites previos específicos que son necesarios realizar por la condición de persona extranjera. Facilitar la información laboral y empresarial básica (normativa laboral, prevención de riesgos laborales). Dar a conocer los aspectos fundamentales de las diferencias culturales. Todas estas guías facilitan la información clave disponible en internet a través de links directos incluidos en las propias guías. Guías elaboradas para emprendedores extranjeros: GUÍA DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS PARA EMPRENDEDORES EXTRANJEROS EN ESPAÑA. o Orientación jurídica o Otros trámites administrativos GUÍA BÁSICA DE CULTURA Y NORMATIVA LABORAL ESPAÑOLA. ENFOQUE CULTURAL. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. GUI SCA DE CULTURA Y NORMATIVA
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1. Regulación básica en materia de prevención de riesgos Ley de prevención de riesgos laborales. http://www.insht.es/inshtweb/contenidos/normativa/textoslegales/leyprevencio n/pdfs/leydeprevencionderiesgoslaborales.pdf Ministerio de trabajo, Instituto nacional de seguridad e higiene en el trabajo. http://www.insht.es/portal/site/insht/ Enlaces a las regulaciones autonómicas en materia de prevención. http://www.empleo.gob.es/es/enlaces/enlaces-comunidades.htm Página del Instituto nacional de seguridad e higiene en el trabajo con herramientas para evaluar las medidas adecuadas. http://www.insht.es/portal/site/insht/menuitem.1f1a3bc79ab34c578c2e88840609 61ca/?vgnextoid=b14bb7de86b2a310VgnVCM1000008130110aRCRD&vgnextchann el=25d44a7f8a651110vgnvcm100000dc0ca8c0rcrd Reglamento de los servicios de prevención. http://www.insht.es/inshtweb/contenidos/normativa/textoslegales/rd/1997/39_ 97/PDFs/realdecreto391997de17deeneroporelqueseapruebaelregla.pdf Observatorio estatal, condiciones de trabajo. http://www.oect.es/portal/site/observatorio/;vapcookie=py6qrpbctfrmnwhmj6 CJnMyYDJ5hY2ddcwrLFys1BryzwqTGY9Y6!937244900!873333430 Fundación Española de prevención de riesgos laborales. http://www.funprl.es/aplicaciones/portal/portal/aspx/home.aspx?seccion=5 2. Responsables de seguridad dentro de la empresa Dentro de una empresa y como responsables de seguridad aparecen las siguientes personas: -Empresario ó empleador: es la figura principal de la empresa, es la persona que ha aportado el capital para crear puestos de trabajo. -Encargado y/o responsable de la empresa: persona en la que delega el empresario -Técnico de prevención: persona designada por el empresario como responsable de que se cumplan las medidas de seguridad e higiene en el trabajo. En la mayoría de las grandes empresas esta permanentemente. 1
-Personal sanitario: (médico ó Ats ): personal del servicio de prevención ajeno ó propio de la empresa que además de realizar actividad asistencial médica y vigilancia de la salud, asesora, informa y forma en materia preventiva. Generalmente está presente en grandes empresas (con más de cien operarios). -Delegado de prevención: persona designada por los trabajadores para que se cumplan las medidas de seguridad e higiene en el trabajo. Casi todas las empresas tienen este representante y excepcionalmente las muy pequeñas. -Inspección de trabajo: organismo público al que se pueden dirigir empresarios y trabajadores para asesorarse en caso de conflicto laboral. - Sindicatos: Representan a los trabajadores ante un problema laboral con la dirección de la empresa, mandos intermedios ó con otros trabajadores. 3. Los reconocimientos médicos laborales Se realizan para obtener información datos personales, antecedentes médicos, alergias, intervenciones quirúrgicas y dictaminar la aptitud para el trabajo. Dependiendo de los riesgos del puesto de trabajo pueden ser obligatorios ó voluntarios. Asimismo pueden ser: Previos, antes de empezar a trabajar. Inicial, una vez está trabajando. Periódicos, generalmente una vez al año. Una vez se realiza el reconocimiento se debe: -conocer (leer) el contenido del informe médico. -conocer el dictamen de la aptitud (apto no apto) para el trabajo. -está obligado a guardar el certificado de aptitud y los informes médicos. -recomendación de ir a los médicos de familia con informe de los resultados. -conocer el significado de los resultados de los análisis de sangre. -conocer el significado de las pruebas complementarias (ECG, espirometría, audiometría, visiotest, rx-tórax) -conocer significado de algunas patologías y enfermedades más comunes. -conocer el significado de las vacunaciones (tétanos, gripe ) 2
-conocer las consecuencias de los hábitos de riesgos (tabaquismo, alcoholismo, toxicomanías, relaciones sexuales sin medidas de seguridad con sus consecuencias... enfermedades de transmisión sexual, sida, hepatitis...) 3.1 Tarjeta sanitaria. Uso racional de la asistencia médica Si estás trabajando y padeces una enfermedad común que te impide acudir al trabajo, debes conocer qué hacer en el caso de que te recomienden baja laboral: -Cuándo acudir al medico de familia: Se asistirá ante síntomas de enfermedad común ó en aquellas lesiones ocasionadas por accidentes no laborales. -Cuándo acudir a urgencias de la seguridad social: En todas aquellas situaciones que hay una urgencia vital ó la sintomatología pueda comprometer nuestra vida. Siempre es recomendable que sea el médico de familia ó el médico de urgencias del centro de salud quien nos remita. -Cuándo acudir a la mutua de accidentes de trabajo por accidente de trabajo o sospecha de enfermedad profesional: En todas aquellas situaciones que hay una lesión ocasionada por accidente laboral ó una sintomatología que pueda ser ocasionada por el trabajo y esté considerada enfermedad profesional. Siempre es recomendable que el responsable de prevención de la empresa, encargado ó personal sanitario de la empresa (si los hay) conozcan que vamos acudir a la Mutua de Accidentes. -Cuándo llamar a una ambulancia teléfono 112 ó 061: En todas aquellas situaciones que hay una urgencia vital ó la sintomatología pueda comprometer nuestra vida. Asimismo en aquellas lesiones que el traslado se recomienda en ambulancia (algunos tipos de fractura...) -Cuándo son necesarias las pruebas complementarias: Cuando sean prescritas por el personal sanitario que nos asiste. La mayoría de las pruebas son indoloras (electrocardiograma, espirometría, audiometría, visiotest, radiografías ) y muy pocas resultan molestas (extracción de sangre para análisis). 3
-Obligación de tratarse las enfermedades infecto-contagiosas (Tuberculosis=TBC) y tomar medidas preventivas para evitar su difusión ((Hepatitis, Sida...). Es una obligación tratarse estas enfermedades infectocontagiosas así como adoptar medidas preventivas y podría llegar a existir una orden judicial en caso de incumplimiento en el tratamiento de la tuberculosis. -Los partes de baja médica (IT), confirmación y alta médica (lugar de entrega): todos estos documentos deben ser conocidos cuando se trabaja por cuenta ajena, por cuenta propia ó en desempleo cobrando la prestación. -qué hacer en caso de baja laboral por enfermedad común ó accidente no laboral: comunicarlo lo antes posible al superior jerárquico de la empresa y aportar el correspondiente parte de baja antes de que trascurran tres días. -las recetas médicas: Estas recetas son prescritas por el médico de familia y otros especialistas. Los fármacos que se adquieren en las farmacias con estas recetas tienen un descuento, siendo obligatorio presentar la tarjeta sanitaria. Hay que saber que para adquirir algunos medicamentos es obligatorio presentar una receta médica (ejemplo: para adquirir antibióticos, somníferos, analgésicos potentes ) -cuando acudir a una farmacia directamente: Ante síntomas banales puede ser una opción. Ejemplos: catarros sin complicaciones, heridas superficiales que requiere adquirir material de cura... ( ver artículos 14, 15, 16... de la Ley de prevención de riesgos laborales.) 4. Obligaciones de los empresarios -Exigir el cumplimiento de las normas generales de prevención de la empresa (normas de seguridad e higiene, orden y limpieza...) -Proporcionar a los trabajadores la información y la formación necesaria para prevenir los riesgos laborales. -Proporcionar las medidas de prevención incluyendo los equipos de protección personal (EPIs). 4
5. Obligaciones de los trabajadores ( ver artículo 29 de la Ley de prevención de riesgos laborales) - Conocer y respetar las normas generales de prevención de la empresa (normas de seguridad e higiene, orden y limpieza... ) y exigir información y formación para prevenir los riesgos. - Exigir que se le proporcionen los equipos de protección (Epis). - Cuidar y conservar en buen estado los equipos proporcionados por la empresa. - Exigir a los mandos que les enseñen el manejo correcto de las herramientas, máquinas antes de utilizarlas (preguntar en caso de duda). - Colaborar en cumplimentar el parte de accidente (parte interno de incidencia). - Colaborar en cumplimentar el parte de avería y mejora. - Leer y comprender las instrucciones de los procesos productivos (normas de calidad), consecuencias de equivocarse por no preguntar. - No sustraer el material propio de la empresa (herramientas, material de protección, máquinas portátiles, material del botiquín de primeros auxilios ). 6. Procedimiento de actuación ante accidentes en la empresa En todos los casos, si las lesiones se lo permiten al interesado, lo debe comunicar a los responsables de la empresa ( encargado, técnico de prevención, personal sanitario, delegado de prevención..) para tratarlo adecuadamente y dejar constancia de su existencia. 5