REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE JALISCO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE JALISCO"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE JALISCO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- La Universidad Tecnológica de Jalisco, Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Jalisco y parte integrante del Sistema Educativo Nacional, por el presente ordenamiento establecerá y regulará la forma para otorgar apoyos económicos denominados becas y créditos educativos. ARTICULO 2.- Para efectos del presente Reglamento y para su adecuado manejo, se establecen las siguientes denominaciones: a) La Universidad: Universidad Tecnológica de Jalisco; b) El Comité: El Comité de becas; c) Alumno: Todo estudiante inscrito en la Universidad Tecnológica de Jalisco; d) Becario: El alumno que goza de una beca; e) El Consejo: El Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica de Jalisco; f) Colegiatura: El pago que realiza el alumno de la Universidad por concepto de mensualidades; g) Crédito: El crédito educativo que se otorga a los alumnos como facilidad de pago de las colegiaturas. h) Becas: El apoyo o ayuda económica que la Universidad otorga a sus alumnos como subsidios; y i) Sector Productivo: Las empresas de carácter privado, que se encuentren en el Estado, o en otros de la República Mexicana. ARTICULO 3.- Los apoyos económicos que se otorgan a los alumnos son: I. Becas socioeconómicas, II. Becas de trabajo, III. Becas académicas, IV. Becas de transporte V. Crédito educativo y, VI. Los demás que se determinen. ARTICULO 4.- El Sector Productivo podrá dar estímulos económicos para que por medio de becas, se apoye a estudiantes con buen aprovechamiento escolar. El otorgamiento de dichos apoyos se dará directamente por la Universidad, o por medio de alguna institución pública o privada. ARTICULO 5.- Se consideran becas socioeconómicas, las que la Universidad otorgue a los alumnos que, previa la aplicación de un estudio socioeconómico, demuestren que no tienen la capacidad económica suficiente para realizar los pagos totales de las colegiaturas. En base al resultado que arroje dicho estudio se definirá el porcentaje de pago de colegiaturas, que podrá ser desde una fracción de éstas, hasta la exención total del pago. 1

2 ARTÍCULO 6.- Se consideran becas de trabajo, las que la Universidad otorgue a los alumnos que, por sus méritos académicos y por la necesidad que tienen de trabajar, funjan como apoyo a las direcciones de área y a las jefaturas de departamento, realizando trabajos como responsables de grupo en talleres y laboratorios, y desarrollando programas y proyectos varios en las áreas indicadas. En todos los casos, la fracción a pagar de las colegiaturas no deberá exceder el veinte por ciento de las mismas. ARTICULO 7.- Se consideran becas académicas, las que la Universidad otorgue a los alumnos, con promedios entre 8.5 a 10 de calificación y consisten en la exención del pago de sus colegiaturas. Estas becas, serán otorgadas por la Universidad a los alumnos que cumplan los requisitos siguientes. I. Sobresalir en las actividades universitarias; II. Observar conducta excelente; III. Ser propuesto por el Director de la Carrera que curse; y IV. Estar al corriente en sus pagos. El promedio que se tomará en cuenta para la exención de pago será: De 8.5 a 8.9 se bonificará el 25% de la colegiatura. De 9.00 a 9.4 se bonificará el 50% de la colegiatura. De 9.5 a 9.9 se bonificará el 75% de la colegiatura. De 10 se bonificará el 100% de la colegiatura. Las becas se otorgarán a los alumnos que hayan cursado el primer cuatrimestre en la Universidad. La Universidad, al principio del segundo cuatrimestre, podrá determinar otros incentivos adicionales, para los alumnos becados. ARTICULO 8.- Se consideran becas de transporte, aquellas que la Universidad otorga para propiciar la permanencia de los alumnos de bajos recursos, que por su ubicación geográfica de origen, provengan de localidades que se encuentran en la zona de influencia de la Universidad, con tiempos de traslado superiores a quince minutos pero inferiores a cincuenta minutos. Lo anterior deberá estar sustentado mediante un estudio socioeconómico de los alumnos beneficiados con la beca. El monto en efectivo a otorgar como beneficio económico, no deberá exceder al equivalente del costo diario, durante cinco días a la semana, de cuatro diferentes traslados en camiones de servicio urbano. Se dará prioridad a los alumnos provenientes de localidades rurales con población dispersa y de zonas marginadas. ARTÍCULO 9.- Todo lo referente al Crédito Educativo se define en el capítulo V del presente Reglamento. 2

3 ARTÍCULO 10.- Las autoridades de la Universidad que intervienen en la formulación e integración del presupuesto, preverán los recursos económicos suficientes para el programa de becas. ARTÍCULO 11.- El número de becas por otorgarse cuatrimestralmente, no deberá rebasar el 10% de la población estudiantil por cada carrera, y la suma de las otorgadas en total, no excederá el 10% del alumnado. La Universidad, en atención a su disponibilidad presupuestal o al aumento de la población estudiantil, podrá determinar el incremento o disminución del porcentaje de otorgamiento de las becas cada cuatrimestre. CAPÍTULO SEGUNDO DEL COMITÉ DE BECAS ARTÍCULO 12.- El Comité de becas es el órgano de la Universidad, constituido dentro de su ámbito, para regular el estudio y el otorgamiento de becas, a los alumnos que cumplan los requisitos que establece el presente Reglamento. ARTÍCULO 13.- El Comité estará integrado por las siguientes personas: I. El Director de Administración y Finanzas, quien fungirá como Presidente; II. Directores de Carrera, que actuarán como Vocales; III. El Jefe de Departamento de Servicios Escolares, que se desempeñará como Secretario de Acuerdos; y IV. El Jefe del Departamento Médico que funcionará como asesor. Ellos tendrán voz y voto en las reuniones del Comité. V. Un representante del alumnado. Todos los integrantes tendrán voz y voto excepto el representante del alumnado quien solo tendrá voz. ARTÍCULO 14.- Son atribuciones del Comité de becas: I. Formular los lineamientos y políticas para otorgar las becas a los alumnos; II. Establecer el procedimiento que deben seguir los alumnos que soliciten una beca; III. Determinar los requisitos que deben cumplir los alumnos que soliciten una beca; IV. Analizar la documentación de cada uno de los candidatos a becarios; V. Realizar, cuando se considere necesario, un estudio socioeconómico de los aspirantes a becarios; VI. Aprobar o rechazar las solicitudes sometidas a su consideración; VII. Solicitar a los Directores de Carrera y a la Jefatura del Departamento de Servicios Escolares, cuando se considere necesario, la información que se requiera para comprobar el desempeño del alumno; y VIII. Las demás que establezca el presente Reglamento. 3

4 ARTICULO 15.- El Comité se reunirá los primeros diez días de cada cuatrimestre o cuando se requiera, previa convocatoria de su Presidente o Secretario de Acuerdos. Se levantará acta de cada una de las reuniones del Comité, y la firmarán sus integrantes. ARTICULO 16.- Habrá quórum para los acuerdos que tome el Comité, con el 50% más uno de los integrantes del mismo. El Secretario del Comité, dará cuenta de las solicitudes que le hayan presentado y las someterá a su consideración. ARTICULO 17.- La carta-compromiso es el documento por el que el Comité formaliza el otorgamiento de una beca y será firmada de conformidad por el alumno. ARTICULO 18.- Si no hubiere solicitantes de becas, el Comité recibirá propuestas de los Directores de Carrera, para el otorgamiento de las mismas. ARTICULO 19.- Una vez recibidas las solicitudes de beca, el Comité tendrá hasta cinco días hábiles para emitir su dictamen. ARTÍCULO 20.- Las causas por las que un becario puede perder la beca son: I. Bajo aprovechamiento académico; II. Incurrir en faltas administrativas, de probidad, honradez y las que establezca el presente Reglamento, o algún otro ordenamiento de la Universidad; III. Que deje de ser alumno de la Universidad; IV. Incurrir en las responsabilidades que establece el artículo 72 del Reglamento Académico de los Estudiantes de la Universidad. ARTÍCULO 21.- El alumno que sea beneficiado de una beca y se le cancele por medida disciplinaria, perderá permanentemente el derecho a ella. ARTÍCULO 22.- Será facultad del Comité, en atención a las condiciones económicas de la Universidad, revisar cuatrimestralmente, en reunión ordinaria o extraordinaria, el monto de asignación de cada una de las becas. ARTÍCULO 23.- El Comité, al principio de cada cuatrimestre, hará del, conocimiento de la Dirección de Administración y Finanzas de la Universidad, la cantidad por asignar a cada beca, a efecto de que ésta realice la previsión correspondiente. ARTÍCULO 24.- Son atribuciones del Presidente del Comité: I. Tomar las medidas necesarias para que la Universidad otorgue las becas a los alumnos con justicia y equidad; II. Tener voto de calidad, en caso de empate, en las deliberaciones del comité; y III. Las demás que le fijen este Reglamento y los ordenamientos de la Universidad. ARTÍCULO 25.- El Comité se obliga a respetar la confidencialidad de la información que contenga la documentación que le sea presentada por el alumno solicitante. 4

5 CAPITULO TERCERO PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS ARTÍCULO 26.- El Comité, una vez iniciado cada cuatrimestre escolar, publicará la convocatoria en la que se especificarán los requisitos que deberán reunir los alumnos que deseen obtener una beca. La convocatoria se expondrá en lugares visibles de la Universidad, durante los primeros diez días del inició del curso, y dentro del término que se fije, se entregarán las solicitudes al Secretario del Comité. Éste elaborará el orden del día, y someterá a consideración del Comité, las solicitudes de beca. ARTICULO 27.- La convocatoria contendrá: a) Las bases y condiciones para el otorgamiento de becas; b) Las carreras en que se otorgan las becas; c) El número de becas por carrera; d) Período que cubren las becas; e) Fecha, hora y lugar para la presentación de la documentación; y f) Los requisitos que, a juicio del Comité, debe satisfacer el candidato a becario. ARTICULO 28.- Después de revisar, analizar y aprobar, en su caso, las propuestas, el Comité publicará la asignación de becas en lugar visible, dentro de las instalaciones de la Universidad, a los 15 días de la fecha de la convocatoria. El alumno beneficiado, se presentará ante el Secretario del Comité y firmará la carta-compromiso, de aceptación de la beca. ARTICULO 29.- Según el tipo de beca otorgada, el Comité gestionará ante el área correspondiente de la Universidad, la observancia y cumplimiento de las condiciones sobre las cuales se otorgó y que pueden ser: 1) El porcentaje de exención en el pago mensual de la colegiatura; y 2) Otros beneficios, que a juicio del Comité se hayan autorizado, los cuales serán transitorios. ARTICULO 30.- El Comité definirá el procedimiento para la valoración de los incrementos a las becas, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la Universidad. ARTÍCULO 31.- Los acuerdos que el Comité tome en relación con las becas a que hace referencia el presente Reglamento, serán inapelables. ARTICULO 32.- En casó de duda en la interpretación o en la observancia del presente Reglamento el Consejo Directivo de la Universidad, decidirá lo que corresponda. CAPITULO CUARTO DE LOS CANDIDATOS A BECAS ARTÍCULO 33.- Tendrán derecho a ser considerados candidatos a beca, los alumnos de la Universidad que: 5

6 I. Cumplan todos los requisitos que establece la Universidad para la admisión de alumnos, sean regulares y cursen del segundo cuatrimestre en adelante; y II. Estén al corriente de todos los pagos escolares. ARTICULO 34.- Los alumnos interesados en una beca, con base en la convocatoria que se realice, entregarán la documentación que corresponda debidamente requisitada. ARTICULO 35.- Los alumnos de la Universidad, que sean beneficiados con una beca, dispondrán de ella desde el principio del cuatrimestre de su otorgamiento. Dicha beca se revisará cuatrimestralmente, y tendrá vigencia durante el tiempo que los alumnos cumplan todos los requisitos que establece la Universidad. ARTICULO 36.- La Universidad, a través del Comité de becas, se reserva permanentemente el derecho, de modificar o cancelar la beca otorgada, cuando a su criterio, hayan variado las condiciones que motivaron su otorgamiento ARTICULO 37.- Los alumnos solicitantes y los becarios, se obligan al estricto cumplimiento y observancia de las estipulaciones contenidas en el presente Reglamento, por el sólo hecho de iniciar las gestiones para su otorgamiento u obtener el apoyo económico solicitado. CAPÍTULO QUINTO DEL CRÉDITO EDUCATIVO ARTÍCULO 38.- La Universidad, con el propósito de apoyar a los estudiantes de escasos recursos económicos que tengan el deseo y la capacidad de cursar estudios superiores, podrá diferir el cobro de colegiatura mediante un sistema de crédito educativo. ARTÍCULO 39.- Son sujetos de crédito educativo los alumnos de la Universidad que: 1. Hayan obtenido un promedio igual o superior a 8.0 en el cuatrimestre inmediato anterior. Para estudiantes de nuevo ingreso el promedio que se computará será el de bachillerato; 2. No hayan reprobado materia alguna en el cuatrimestre inmediato anterior; y 3. Comprueben no contar con los recursos económicos suficientes para sufragar las colegiaturas, previo estudio socioeconómico realizado por la Universidad. ARTICULO 40. El crédito educativo cubrirá únicamente las colegiaturas, con base en el resultado del estudio socioeconómico realizado por la Universidad. ARTICULO 41. El monto del crédito podrá ser por el total o por parte de las colegiaturas, con base en el resultado del estudio socioeconómico realizado por la Universidad. ARTICULO 42. El crédito será cubierto por los beneficiarios una vez concluidos sus estudios y haber transcurrido seis meses, de acuerdo con la siguiente tabla: 6

7 1. 7º al 10º mes: Primer cuatrimestre que se adeude; 2. 11º al 14º mes: Segundo cuatrimestre que se adeude; 3. 15º al 18º mes: Tercer cuatrimestre que se adeude.; 4. 19º al 22º mes: Cuarto cuatrimestre que de adeude; 5. 23º al 26º mes: Quinto cuatrimestre que se adeude; y 6. 27º al 30º mes: Sexto cuatrimestre que se adeude. ARTICULO 43.- Cada beneficiario deberá firmar un contrato de crédito educativo, siempre que así lo justifique el estudio socioeconómico que le será aplicado. Los pagos se computarán de acuerdo a la colegiatura vigente en cada cuatrimestre, firmando para ello un pagaré por cuatrimestre, los cuales irán acumulándose durante el transcurso de la carrera. En ningún caso se requerirá el otorgamiento de garantías por parte de los estudiantes que respondan a las obligaciones a que se compromete en el contrato de crédito educativo. ARTICULO 44.- El retraso en los pagos del crédito educativo causará intereses moratorios a razón del 2% mensual, sobre el monto adeudado. El principal no causará intereses. Los intereses moratorios se calcularán sobre el monto adeudado que se tenga al término de cada período transcurrido de acuerdo a la tabla que se muestra en el artículo 42. ARTÍCULO 45.- Si el alumno que adeuda el crédito educativo, consigue que una empresa lo beque, automáticamente se le cancela su adeudo. El crédito educativo se pierde: 1. Al obtener el beneficiario un promedio inferior a 8.0; 2. Al reprobar el beneficiario una o más materias en periodo ordinario; y 3. Si el beneficiario ha sido amonestado por mala conducta o negligencia. ARTÍCULO 46.- Los alumnos que hayan dejado de ser sujetos de crédito educativo por los motivos expuestos en el artículo 45 deberán pagar la cantidad adeudada hasta el momento de la pérdida del crédito, de acuerdo con la tabla del artículo 42. ARTÍCULO 47. Los beneficiarios del crédito educativo que se retiren de la Universidad antes de haber concluido sus estudios pagarán su adeudo de acuerdo con la tabla del artículo 42, calculando el tiempo para los pagos a partir del momento en que dejen la Universidad. TRANSITORIOS PRIMERO.- Hasta en tanto no se tenga creada la plaza de Secretario Académico, la presidencia del Comité de Becas integrado de acuerdo al artículo 9 de este Reglamento, recaerá en la persona del titular de la Dirección de Administración y Finanzas de la Universidad. 7

8 SEGUNDO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica de Jalisco. REGLAMENTO APROBADO EN LA TERCERA SESIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO, DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE JALISCO, EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA, JALISCO, A LOS 19 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO

REGLAMENTO DE BECAS DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE BECAS DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE BECAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.-La Universidad Tecnológica de Altamira, por el presente ordenamiento establecerá y regulará la forma para otorgar apoyos económicos denominados becas.

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA COSTA

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA COSTA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA COSTA EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA COSTA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 DEL DECRETO DE CREACIÓN, HA TENIDO A BIEN

Más detalles

REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD

REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD Capitulo I Disposiciones Generales Artículo1.- La Universidad Tecnológica de la Costa, por el presente ordenamiento establecerá y

Más detalles

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO UNIVERSITARIO

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO UNIVERSITARIO Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BECAS Y CRÉDITO UNIVERSITARIO FEBRERO DE 2010 ÍNDICE Página CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 2 CAPÍTULO II DE LAS BECAS Y EL CRÉDITO UNIVERSITARIO 3 CAPÍTULO III

Más detalles

REGLAMENTO BECAS. Junio 2015

REGLAMENTO BECAS. Junio 2015 REGLAMENTO DE BECAS OBJETIVO Y DISPOCISIONES GENERALES Articulo 1. La Universidad Gestalt S.C., con el fin de hacer accesible la educación superior a alumnos de escasos recursos económicos y con buen rendimiento

Más detalles

CONVENIO DE BECAS MUNICIPALES 2012-2015

CONVENIO DE BECAS MUNICIPALES 2012-2015 CONVENIO DE BECAS MUNICIPALES 2012-2015 BASES PARA EL OTORGAMIENTO DEL APOYO ECONOMICO DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE BECAS ESTIMULOS A LA EDUCACION BASICA, MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR, PARA EL CICLO ESCOLAR

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE ZACATECAS.

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE ZACATECAS. REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE ZACATECAS. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El objeto del presente Reglamento es normar la programación, operación y evaluación del

Más detalles

Comunicación Oficial 459 Dirección

Comunicación Oficial 459 Dirección Comunicación Oficial 459 Dirección General Administrativa REGLAMENTO DE BECAS PARA POSGRADO Comité de Becas 1. Fundamentación Los estudios de posgrado de la Universidad Iberoamericana (Ibero), Ciudad de

Más detalles

COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA

COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CONTENIDO CAPÍTULOS PÁGINA I OBJETIVOS Y DISPOSICIONES GENERALES. 3 II BECAS SEP... 5 III BECAS UNAM... 6 IV BECAS PROMOCIONALES 6 V BECAS

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS. ARTICULO 6º. Las becas aplican para todos los niveles académicos, a excepción de las licenciaturas de la modalidad ejecutiva.

REGLAMENTO DE BECAS. ARTICULO 6º. Las becas aplican para todos los niveles académicos, a excepción de las licenciaturas de la modalidad ejecutiva. REGLAMENTO DE BECAS 2015 REGLAMENTO DE BECAS Con fundamento en los artículos 1º y 6º fracción I del Capítulo I, Título Primero del Estatuto Orgánico; para regular lo establecido en el artículo 104º fracción

Más detalles

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE BECAS 81 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1o. La Universidad Americana de Acapulco, A.C., para estimular a sus mejores estudiantes y apoyar a aquellos de escasos recursos económicos

Más detalles

CONSIDERANDO: REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

CONSIDERANDO: REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO

Más detalles

Políticas y normas de apoyos financieros y becas para los alumnos de Preparatoria, Profesional y Maestrías del Tecnológico de Monterrey Campus

Políticas y normas de apoyos financieros y becas para los alumnos de Preparatoria, Profesional y Maestrías del Tecnológico de Monterrey Campus Políticas y normas de apoyos financieros y becas para los alumnos de Preparatoria, Profesional y Maestrías del Tecnológico de Monterrey Campus Sinaloa. Contenido 1. Introducción 2. Filosofía 3. Objetivos

Más detalles

REGLAMENTO DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Y DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Y DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Y DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto normar la presentación y la aprobación

Más detalles

Í N D I C E. Pag. Marco Normativo... 3. Requisitos para el Otorgamiento de Becas de Maestría, Especialidad y/o Diplomados... 8. Transitorios...

Í N D I C E. Pag. Marco Normativo... 3. Requisitos para el Otorgamiento de Becas de Maestría, Especialidad y/o Diplomados... 8. Transitorios... Í N D I C E Pag. Marco Normativo... 3 Capítulo I Objetivo General... 5 Capítulo II Disposiciones Generales... 5 Capítulo III De las Becas... 6 Capítulo IV Del Comité de Becas... 6 Capítulo V Requisitos

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- DEL OBJETO DEL PRESENTE REGLAMENTO. Tiene por objeto

Más detalles

REGLAMENTO PARA BECAS

REGLAMENTO PARA BECAS REGLAMENTO PARA BECAS INDICE CAPÍTULO I 3 TIPO DE BECAS CAPÍTULO II. 4 BECAS DE EXCELENCIA ACADÉMICA CAPÍTULO III. 6 BECAS DE COLABORACIÓN UNIVERSITARIA CAPÍTULO IV. 9 CONVOCATORIA DE BECAS CAPÍTULO V.

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE

LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE 1 LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE, CON

Más detalles

LINEAMIENTOS DE ACTIVIDADES PARAESCOLARES

LINEAMIENTOS DE ACTIVIDADES PARAESCOLARES (Manuales, Catálogos, Lineamientos, Reglamentos, Plan) Requerimiento: 7.2.1. INCISO C. No. Versión: 02 Página 1 de 5 LINEAMIENTOS DE ACTIVIDADES PARAESCOLARES Elaboró: Revisó: Autorizó: Puesto Abogado

Más detalles

Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios Superiores de Huixquilucan.

Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios Superiores de Huixquilucan. REGLAMENTO DE CURSOS DE VERANO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fundamento en el artículo 13, inciso V del Decreto de creación del Tecnológico de Estudios El ámbito de difusión y aplicación del presente documento

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS. Capítulo 1. De las Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS. Capítulo 1. De las Disposiciones Generales REGLAMENTO DE BECAS Y BENEFICIOS ECONÓMICOS Capítulo 1 De las Disposiciones Generales Artículo 1. De las Becas de la Universidad del Claustro de Sor Juana La Universidad del Claustro de Sor Juana cuenta

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones

Más detalles

BECAS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR 2014 BECAS DE SERVICIO SOCIAL PROFESIONAL SEP (CNBES-CGDF)

BECAS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR 2014 BECAS DE SERVICIO SOCIAL PROFESIONAL SEP (CNBES-CGDF) BECAS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR 2014 BECAS DE SERVICIO SOCIAL PROFESIONAL SEP (CNBES-CGDF) Con base en el Acuerdo 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, publicado

Más detalles

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE SERVICIO SOCIAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE SERVICIO SOCIAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE SERVICIO SOCIAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR Con base en el Acuerdo número 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, publicado

Más detalles

1. INTRODUCCION 2. FILOSOFIA

1. INTRODUCCION 2. FILOSOFIA 1. INTRODUCCION El Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Guadalajara a través de la Dirección de Apoyo Financiero y Becas y con base en el documento Políticas y normas para

Más detalles

NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES. I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura

NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES. I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LA UNAM ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES I. Primer Ingreso a Bachillerato y Licenciatura Artículo 1o.- La Universidad Nacional Autónoma de México selecciona a

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE COAHUILA

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE COAHUILA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE COAHUILA ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE COAHUILA D-AG-19 Número de Revisión

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA, ARTÍSTICA Y DEPORTIVA REGLAS DE OPERACIÓN

PROGRAMA DE BECAS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA, ARTÍSTICA Y DEPORTIVA REGLAS DE OPERACIÓN PROGRAMA DE BECAS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA, ARTÍSTICA Y DEPORTIVA REGLAS DE OPERACIÓN Mérida, Yuc. Febrero de 2008 REGLAS DE OPERACIÓN del Programa de Becas a la Excelencia Académica, Artística y Deportiva

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO El Consejo Universitario en sesión del 18 de mayo de 1967, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO

Más detalles

Vicerrectoría Académica Dirección de Desarrollo Estudiantil. Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad de Occidente.

Vicerrectoría Académica Dirección de Desarrollo Estudiantil. Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad de Occidente. CAPITULO I De la Definición y Objetivo Artículo 1. El objetivo del presente Reglamento es regular la aplicación y desarrollo de las estrategias, acciones y actividades, relacionadas con la movilidad estudiantil

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO ORGANIZACIÓN

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO ORGANIZACIÓN UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO Artículo 1.- Las academias son órganos colegiados de carácter consultivo, integradas

Más detalles

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE MANUTENCIÓN (Antes Pronabes) PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2014-2015

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE MANUTENCIÓN (Antes Pronabes) PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2014-2015 PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE MANUTENCIÓN (Antes Pronabes) PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2014-2015 Con base en el Acuerdo 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa

Más detalles

Será responsabilidad del alumno enterarse de los importes y fechas de pago correspondientes.

Será responsabilidad del alumno enterarse de los importes y fechas de pago correspondientes. Lineamientos para el Pago de Colegiaturas y otros servicios ODONTOLOGÍA Y POSGRADOS DE ODONTOLOGÍA Los alumnos quedan obligados a cubrir el importe total de las colegiaturas, así como de otros servicios

Más detalles

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE EMPLEADOS DEL IDAAN, R.L. REGLAMENTO DE BECAS

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE EMPLEADOS DEL IDAAN, R.L. REGLAMENTO DE BECAS OBJETIVOS: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE EMPLEADOS DEL IDAAN, R.L. REGLAMENTO DE BECAS A. GENERAL Motivar, estimular e incentivar a los asociados e hijos de asociados de COOPACEIDAAN, R.L., a mantener

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación)

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación) CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación) El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION CAPITULO I GRADOS Y TITULOS Art. 1.- La Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación de la Universidad

Más detalles

Universidad de las Américas, A.C. Reglamento de Becas

Universidad de las Américas, A.C. Reglamento de Becas Universidad de las Américas, A.C. Reglamento de Becas CAPÍTULO PRIMERO TIPOS DE BECAS Artículo 1. La Universidad de las Américas, A.C. (UDLA) promueve la excelencia académica estimulando y motivando el

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Introducción El Reglamento de Becas es un documento normativo que establece los procedimientos y condiciones para la postulación, asignación y mantención de los

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD.

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE JULIO DE 2004) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados

Más detalles

TÍTULO SEGUNDO Capítulo III De sus generalidades

TÍTULO SEGUNDO Capítulo III De sus generalidades REGLAMENTO DE BECAS PARA POSGRADO TÍTULO PRIMERO. Capítulo I De su naturaleza ARTÍCULO 1. - El propósito del programa de becas ofrecido por la UMAD para posgrado es contribuir a la formación de personas

Más detalles

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto regular

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS Í N D I C E EXPOSICIÓN DE MOTIVOS TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales CAPÍTULO ÚNICO De las Disposiciones Generales TÍTULO SEGUNDO De los

Más detalles

Programa de Becas-Mixtas en el Extranjero para Becarios CONACYT Nacionales

Programa de Becas-Mixtas en el Extranjero para Becarios CONACYT Nacionales Becas de Inversión en el Conocimiento 2009 Marzo 2010 Programa de Becas-Mixtas en el Extranjero para Becarios CONACYT Nacionales El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) El Consejo Nacional

Más detalles

ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO

ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO Artículo 7. El alumno podrá renunciar expresamente a su inscripción o reinscripción, a más tardar

Más detalles

Reglamento de Intercambio Académico

Reglamento de Intercambio Académico Reglamento de Intercambio Académico Artículo 1. Con el objetivo de complementar la formación de sus estudiantes la Universidad Del Pedregal crea el Programa de Intercambio Académico, programa a través

Más detalles

Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla TITULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- Es alumno

Más detalles

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE ESTUDIOS AVANZADOS A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES

Más detalles

Reglamento del Programa de Becas Parciales

Reglamento del Programa de Becas Parciales Reglamento del Programa de Becas Parciales CAPÍTULO I Del objeto Art. 1. El presente reglamento tiene por objeto regular todo lo concerniente a los estudiantes beneficiados con el programa de becas parciales

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES. CAPITULO I. Disposiciones Generales

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES. CAPITULO I. Disposiciones Generales REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPITULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. Artículo 2. El presente Reglamento establece las bases y fija los lineamientos

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE CAJEME

REGLAMENTO PARA EL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE CAJEME REGLAMENTO PARA EL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- El Fondo de Ahorro de los Trabajadores del Instituto

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS

CONVOCATORIA DE BECAS CONVOCATORIA DE BECAS PERIODO MAYO - AGOSTO 2012 La Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID) de conformidad con lo dispuesto en su Reglamento Interno aprobado por la Secretaría de Educación

Más detalles

Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana.

Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. D.O.F. 30 de marzo de 1981 Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES

SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE PROFESIONAL ASOCIADO Y LICENCIATURA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL SUR DE

Más detalles

U N I D A D D E C O N T R O L D E D O C U M E N T A C I O N

U N I D A D D E C O N T R O L D E D O C U M E N T A C I O N REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO REG-VC-0025.002 (01/07) U N I D A D D E C O N T R O L D E D O C U M E N T A C I O N REG-VC-0025.002 (01/07) Página 1 de 8 TABLA DE CONTENIDO 1. PROPÓSITO...2 2. ALCANCE...2

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA.

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA. REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA. Página 1 de 14 LA HONORABLE JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL

Más detalles

INFORMES: DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESTUDIANTILES, EDIFICIO "A" BECA SOCIOECONÓMICA

INFORMES: DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESTUDIANTILES, EDIFICIO A BECA SOCIOECONÓMICA PROGRAMA DE BECAS INSTITUCIONALES EL programa tiene como finalidad contribuir e impulsar el acceso y permanencia de los y las jóvenes con desventaja socioeconómica que deseen terminar un proyecto educativo.

Más detalles

REGLAMENTO ESTANCIAS Y ESTADÍAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL SUROESTE DE GUANAJUATO

REGLAMENTO ESTANCIAS Y ESTADÍAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL SUROESTE DE GUANAJUATO REGLAMENTO DE ESTANCIAS Y ESTADÍAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL SUROESTE DE GUANAJUATO Aprobado por el H. Consejo Directivo en sesión ordinaria del día 09 de marzo del 2000 1 REGLAMENTO DE ESTANCIAS

Más detalles

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES.

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES. REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES. TITULO I: Naturaleza, y fines de las Comisiones de Fiestas y Eventos de la Delegación

Más detalles

Reglamento de Ayuda Financiera

Reglamento de Ayuda Financiera Reglamento de Ayuda Financiera NATURALEZA Y FINALIDAD DE LA AYUDA FINANCIERA A ESTUDIANTES Artículo 1º. El programa de Ayuda Financiera otorga a los estudiantes de alto nivel académico y de escasos recursos

Más detalles

Universidad de las Américas, A.C. Reglamento de Actividades Deportivas

Universidad de las Américas, A.C. Reglamento de Actividades Deportivas Universidad de las Américas, A.C. Reglamento de Actividades Deportivas CAPÍTULO PRIMERO DEFINICIONES GENERALES Artículo 1. La Coordinación de Actividades Deportivas (AD) tiene como propósito la supervisión

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México CAPÍTULO PRIMERO LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación del

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS. FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016

CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS. FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016 CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016 La Fundación Privada P. i P. Pizarroso, convoca para el curso 2015-2016 las

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO

UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO El comité del programa académico de Biología, teniendo en cuenta las

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS TEGUCIGALPA, M.D.C., JUNIO DE 2013

REGLAMENTO DE BECAS TEGUCIGALPA, M.D.C., JUNIO DE 2013 REGLAMENTO DE BECAS TEGUCIGALPA, M.D.C., JUNIO DE 2013 Universidad "José Cecilio del Valle" Colonia Humuya, Avenida Altiplano, Calle Poseidón, Tegucigalpa M. D. C., Honduras C. A. Apartado Postal 917 TGU

Más detalles

REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO

REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO DEL PROPÓSITO DEL REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD

Más detalles

Reglamento de Postgrado

Reglamento de Postgrado Reglamento de Postgrado LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL VALLE DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN V, DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Art.1o. Art.2o. Art.3o. La aprobación del grado de especialidad, maestría y doctorado en la Universidad La Salle Victoria para

Más detalles

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno num. 30 de

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES Dirección de Crédito Finanzas y MARZO 2010 Í N D I C E 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. OBJETIVO... 3 3. FUNDAMENTO LEGAL.... 3 4. DEFINICIONES....

Más detalles

CONSULTORIO CONTABLE DEPARTAMENTO DE CIENCIAS CONTABLES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

CONSULTORIO CONTABLE DEPARTAMENTO DE CIENCIAS CONTABLES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DEPARTAMENTO DE CIENCIAS CONTABLES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS JUSTIFICACION Toda universidad debe cumplir una importante función de proyección a la sociedad, la cual se logra principalmente a través

Más detalles

NORMAS Y POLITICAS EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS.

NORMAS Y POLITICAS EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 20 FRACCIÓN I, III Y XVI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, 7 FRACCIÓN XXV DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA OFICIALÍA

Más detalles

El H. Ayuntamiento Constitucional de Tlalnepantla de Baz ha tenido a bien aprobar el siguiente: Acuerdo

El H. Ayuntamiento Constitucional de Tlalnepantla de Baz ha tenido a bien aprobar el siguiente: Acuerdo El H. Ayuntamiento Constitucional de Tlalnepantla de Baz ha tenido a bien aprobar el siguiente: Acuerdo Que en el acta correspondiente a la Septuagésima Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha treinta y

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS

REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS (Texto íntegro resultante de las modificaciones aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2003).

Más detalles

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE LICENCIATURA Y TSU

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE LICENCIATURA Y TSU PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE LICENCIATURA Y TSU Con base en el Acuerdo número 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, publicado

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS

PROCEDIMIENTO PARA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS PROCEDIMIENTO PARA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS Página 1 de 10 1. Propósito Establecer las normas para la validación de asignaturas otorgadas por el Instituto

Más detalles

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO ANEXO 2 MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE PRETENDA REGISTRAR CANDIDATO INDEPENDIENTE ESTATUTOS CAPITULO I De la denominación, objeto social, nacionalidad, Domicilio y duración. Artículo

Más detalles

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL COMITÉ DE RECREACION, DEPORTE Y CULTURA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE COOTRAHILTON

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS INSTITUCIONALES CONSIDERACIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS INSTITUCIONALES CONSIDERACIONES GENERALES REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS INSTITUCIONALES CONSIDERACIONES GENERALES El programa de Becas Institucionales forma parte de las acciones que la Universidad Autónoma de Coahuila tiene contempladas con

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA U018 PROGRAMA DE BECAS

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA U018 PROGRAMA DE BECAS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA U018 PROGRAMA DE BECAS EJERCICIO FISCAL 2012 Programa de Becas COLMEX. L8K - El Colegio de México, A.C. Objetivo. i. General: Contribuir a ampliar las oportunidades

Más detalles

Nombre del documento: Normativo para la Convalidación de estudios

Nombre del documento: Normativo para la Convalidación de estudios Página: 1 de 8 1. Propósito Establecer las normas para la validación de asignaturas otorgadas por el Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica de un plan de estudios a otro, haciendo una correspondencia

Más detalles

Reglamento de Becas y Financiamientos. para Estudios de Postgrado del Tecnológico de Monterrey. Esta edición de Reglamento Becas y Financiamientos

Reglamento de Becas y Financiamientos. para Estudios de Postgrado del Tecnológico de Monterrey. Esta edición de Reglamento Becas y Financiamientos Esta edición de Reglamento Becas y Financiamientos para Estudios de Postgrado del Tecnológico de Monterrey estuvo a cargo de la Dirección de Asuntos Estudiantiles del Sistema. Reglamento de Becas y Financiamientos

Más detalles

En el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de

En el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES A LOS CARGOS DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y ASISTENCIA FINANCIERA

REGLAMENTO DE BECAS Y ASISTENCIA FINANCIERA UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE BECAS Y ASISTENCIA FINANCIERA PREPARADO POR: UNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS FINANCIEROS USFQ SERVICIOS INTEGRADOS Fecha de Actualización: Noviembre,

Más detalles

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COMPENSATORIA DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Aprobado en Junta de Escuela el 13 de octubre de 2004 Aprobado

Más detalles

Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Reglamento de Movilidad Estudiantil

Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Reglamento de Movilidad Estudiantil Página 1 de 9 Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Título Primero Conceptos generales Artículo 1. Definición de movilidad estudiantil y de los programas que la componen Los programas de movilidad

Más detalles

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA NORMATIVA PARA EL USO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN JURÍDICA EN LÍNEA El presente documento regula los deberes y derechos de los usuarios del servicio del Centro

Más detalles

REGLAMENTO FINANCIERO

REGLAMENTO FINANCIERO Universidad Adventista de Chile REGLAMENTO FINANCIERO Del estudiante de pregrado CAD22122011-354 TABLA DE CONTENIDO TÍTULO I: INTRODUCCIÓN 2 TÍTULO II: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE DE PREGRADO..

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Bases normativas bajo las cuales se regirá el ingreso, la permanencia y la promoción de alumnos que cursen Planes de Estudio Flexibles del Nivel Profesional OFICINA DEL ABOGADO GENERAL BASES NORMATIVAS

Más detalles

INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES 1 INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Objeto del Instructivo Artículo 1. El presente Instructivo tiene por objeto normar el

Más detalles

Protocolo de Movilidad Estudiantil Proyecto MECESUP USC 0805

Protocolo de Movilidad Estudiantil Proyecto MECESUP USC 0805 Protocolo de Movilidad Estudiantil Proyecto MECESUP USC 0805 1. Aspectos Generales El Programa de Movilidad Estudiantil (PME) es la actividad académica programada con el objetivo de contribuir a la formación

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA

REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA Aprobado en la sesión ordinaria de Consejo Universitario de fecha 29 de mayo de 2003 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 45 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 10 ORDEN 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejeria de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula

Más detalles

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO

Más detalles

ENRIQUE PEÑA NIETO CONSIDERANDO

ENRIQUE PEÑA NIETO CONSIDERANDO ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR

REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR SAN SALVADOR, ABRIL DE 2013 1 REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL SALVADOR. CAPITULO I OBJETO Art. 1.- El presente

Más detalles

Becas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social 2015-2016

Becas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social 2015-2016 Becas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social 2015-2016 Convocatoria 2015 ÍNDICE Presentación 5 1. Convocatoria 5 2. Dotación económica de la beca 6 3. Requisitos de los

Más detalles

CAPITULADO DE LOS REQUISITOS PARA LA ASIGNACION DE LA BECA DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR

CAPITULADO DE LOS REQUISITOS PARA LA ASIGNACION DE LA BECA DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR CAPITULADO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LOS REQUISITOS PARA LA ASIGNACION DE LA BECA DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR CAPITULO III DE LOS REQUISITOS PARA LA ASIGNACION DE LA BECA DE EXCELENCIA

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION CAPITULO I. DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1. La Asociación Española de Universidades con Titulaciones

Más detalles