DESARROLLO NORMATIVO DE LA LOMCE EN ANDALUCÍA

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1 DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE CÓRDOBA SERVICIO DE INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN DESARROLLO NORMATIVO DE LA LOMCE EN ANDALUCÍA CEIP NTRA SRA DE LORETO. DOS TORRES 8 de abril de 2015

2 NORMATIVA DE REFERENCIA LEY ORGÁNICA 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE). REAL DECRETO 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria (BOE ). DECRETO 97/2015, de 7 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en Andalucía. ORDEN de 27 de marzo de 2015 por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación primaria en Andalucía. REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato Orden ECD/65/2015, de 20 de enero, por la que se describe el procedimiento para establecer las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria, la ESO y el Bachillerato. 2

3 TÉCNICA NORMATIVA ELEGIDA La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) no implica una Ley nueva que deroga a la anterior (LOE). En unos aspectos supone una modificación de la LOE, un cambio de las medidas existentes hacia planteamientos diferentes, mientras que existe parte de la LOE que no se modifica Esto no significa que no haya una transformación profunda de los principios básicos de la concepción de la educación. Responde a recomendaciones de la OCDE. Reformas constantes sobre un marco de estabilidad general según se van detectando insuficiencias o surgen nuevas necesidades. Denominación del artículo único Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 3

4 OBJETIVOS Reducir la tasa de abandono temprano de la educación Mejorar los resultados educativos de acuerdo con criterios internacionales, tanto en la tasa comparativa de alumnos y alumnas excelentes como en la de titulados en ESO Mejorar la empleabilidad y estimular el espíritu emprendedor de los estudiantes PRINCIPIOS Aumento de la autonomía de los centros Refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los centros Evaluaciones externas de fin de etapa Racionalización de la oferta educativa Flexibilidad de las trayectorias

5 BASES Y PRINCIPIOS DEL R. DECRETO 126/2014 El Real Decreto tiene carácter de norma básica. Plantea una nueva configuración del currículo de Educación Primaria: Incremento en la autonomía de las Administraciones educativas y de los centros: Oferta de asignaturas de los bloques de específicas y de libre configuración autonómica. La etapa se organiza por cursos y áreas con un carácter global e integrador. Potenciación del aprendizaje por competencias, integradas en los elementos curriculares. COMPETENCIAS CLAVE Define las competencias como capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa. El rol del docente es fundamental en el diseño de tareas o situaciones de aprendizaje que posibiliten la resolución de problemas y la aplicación de conocimientos.

6 ASIGNATURAS PRINCIPIOS Aumento de la autonomía de los centros Refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los centros Evaluaciones externas de fin de etapa Racionalización de la oferta educativa Flexibilidad de las trayectorias

7 PROPUESTA DE ASIGNATURAS Bloque de asignaturas troncales: garantizan los conocimientos y competencias que permitan adquirir una formación sólida y continuar con aprovechamiento las etapas posteriores en asignaturas comunes. Bloque de asignaturas específicas: permite una mayor autonomía a la hora de fijar horarios y contenidos de las asignaturas, así como para conformar su oferta. Bloque de asignaturas de libre configuración autonómica supone el mayor nivel de autonomía, en el que las Administraciones educativas y en su caso los centros pueden ofrecer asignaturas de diseño propio. 7

8 PLANTEAMIENTO DEL CURRÍCULO BÁSICO Define el currículo como la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada enseñanza. El currículo básico de las diferentes áreas se organiza partiendo de los objetivos propios de la etapa y de las competencias a desarrollar a lo largo de la educación básica. Establece bloques de contenidos comunes en las áreas troncales. Favorece una visión interdisciplinar autonomía en la función docente. del currículo y una mayor Determina criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables en todas las áreas, que serán referentes en la planificación de la concreción curricular y en la programación docente. Busca la adecuada descripción de las relaciones entre las competencias y los contenidos y criterios de evaluación de las diferentes enseñanzas. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía. 8

9 PRIMARIA Organización por cursos, no por ciclos. Desglose del Área de Conocimiento del Medio natural, social y cultural en Ciencias de la Naturaleza. Ciencias Sociales. Desaparece Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos Aparece Valores Sociales y Cívicos como alternativa a la Religión La lengua castellana solo se utilizará como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera, en la que se priorizarán la comprensión y la expresión oral. El alumnado podrá repetir una sola vez durante la etapa, con un plan específico de refuerzo o recuperación. Se atenderá especialmente a los resultados de la evaluación individualizada al finalizar el tercer curso de Educación Primaria y de final de Educación Primaria.

10 Evaluación individualizada al finalizar 3.º de Educación Primaria Se comprueba el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión oral y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. Si resulta desfavorable, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas EVALUACIÓN FINAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa. El resultado de la evaluación se expresará en niveles. informe, que tendrá carácter informativo y orientador para los centros, así como para los equipos docentes, los padres o tutores legales y los alumnos. Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora en aquellos centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que se hayan establecido.

11 DECRETO SOBRE ORDENACIÓN Y ENSEÑANZAS DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN ANDALUCÍA 11

12 COMPETENCIAS DE LAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVAS (LOMCE) ASIGNATURAS TRONCALES. 1) Completar los contenidos y los criterios de evaluación. 2) Fijar el horario lectivo máximo. ASIGNATURAS ESPECÍFICAS: 1) Establecer los contenidos. 2) Completar los criterios de evaluación. 3) Fijar el horario. ASIGNATURAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA. 1) Establecer los contenidos, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje. 2) Fijar el horario. Y de forma general hacer recomendaciones metodológicas para los centros educativos. 12

13 1. BASES. BASES Y PRINCIPIOS DEL CURRÍCULO ANDALUZ Respeto a la normativa básica: LOMCE, LEA, Estatuto, Objetivos Europeos. Desarrollo de la competencia compartida para establecer planes de estudio (ordenación curricular). Experiencia y resultados de PICBA y COMBAS y aportaciones de colectivos diversos. 2. PRINCIPIOS. El currículo como proyecto educativo general y común a todos los centros docentes. La escuela inclusiva: una educación igualitaria y democrática que garantice el derecho de todo el alumnado a alcanzar el máximo desarrollo. Una educación integral: incluye educación para la ciudadanía, formación artística y cultural, las tecnologías de la información y la comunicación y la cultura y la enseñanza de las lenguas extranjeras. Defensa de la educación comprensiva común y de la atención a la diversidad. 13

14 CLAVES DEL CURRÍCULO EN ANDALUCÍA Establece como principios la calidad y equidad para afrontar la igualdad de oportunidades en el acceso al conocimiento. Organización de la etapa en tres ciclos educativos de dos cursos: adaptación de las enseñanzas a los diferentes ritmos madurativos del alumnado. Desarrollo de las competencias clave: vinculan y relacionan los elementos del currículo entre sí. Las capacidades y la integración de las competencias claves serán el eje estratégico y vertebrador del proceso de enseñanza y aprendizaje. La consecución de una educación integral, basada en el saber, saber estar, saber hacer y saber convivir. 14

15 APRENDIZAJE POR COMPETENCIAS Definición: La aplicación práctica del conjunto de capacidades, conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que intervienen de forma integrada, para dar respuesta a demandas complejas y para transferir los aprendizajes a diferentes contextos o situaciones de aprendizaje. Características: Transversalidad: implica que el proceso de e./a. de competencias clave se aborde desde todas las áreas y por las diversas instancias de la comunidad educativa. Dinamismo: implica un proceso de desarrollo mediante el cual las personas van adquiriendo mayores niveles de desempeño en el uso de las mismas. Carácter integral: supone que al final de la etapa la persona será capaz de transferir conocimientos adquiridos a distintas situaciones y escenarios en los que se desenvuelva. 15

16 ELEMENTOS DEL CURRÍCULO El currículo estará integrado por los siguientes elementos: Los objetivos generales y los objetivos de las áreas: determinan capacidades a alcanzar en la etapa educativa. Las competencias clave: integran conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes para realizar actividades y tareas y resolver problemas en contextos determinados. Los contenidos: contribuyen al logro de objetivos de las áreas y a la adquisición de las competencias clave. La metodología didáctica: comprende la organización del trabajo y la orientación de la práctica docente. Los criterios de evaluación: son los referentes del grado de adquisición de las competencias clave y del logro de objetivos de las áreas y etapa. Los estándares de aprendizaje evaluables: concretan los criterios de evaluación y permiten definir resultados de aprendizaje. 16

17 ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS 1. ÁREAS DEL BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES: Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua Extranjera. 2. ÁREAS DEL BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS: Educación Física, Religión o Valores Sociales y Cívicos, Educación Artística y Segunda Lengua Extranjera (seis niveles) o refuerzo de Lengua Castellana. 3. AREAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA: Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (5º) y Cultura y Práctica Digital (6º). Oferta de los centros educativos: asignaturas específicas no cursadas, refuerzo de asignaturas troncales o áreas a determinar. 17

18 PLANTEAMIENTO DE LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO La evaluación en la educación primaria tendrá en consideración el grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa. Por Orden de la Consejería competente en materia de educación se establecerá la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua, criterial, global y formativa y tendrá en cuenta el progreso del alumno o alumna en el conjunto de las áreas y los diferentes elementos del currículo. La evaluación se llevará a cabo en cada nivel por el profesorado que constituye el equipo docente, haciendo uso de diferentes técnicas e instrumentos y prestando especial atención a la observación continuada de la evolución de su proceso de aprendizaje y de su maduración personal. Los criterios de evaluación de las áreas serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias clave y el logro de los objetivos de la etapa. Los maestros y las maestras evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, para lo que establecerán indicadores de logro en las programaciones didácticas. 18

19 PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Al finalizar cada uno de los ciclos, y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente adoptará de manera colegiada las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado tomando especialmente en consideración la información y el criterio del maestro o maestra titular de la tutoría. El alumnado accederá al ciclo o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado el nivel de desarrollo de las competencias correspondientes a cada ciclo y, en su caso, los objetivos de la etapa. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas, teniendo en cuenta, entre otros, los resultados de la evaluación continua así como la evaluación individualizada, el alumno o alumna podrá permanecer un año más en la etapa. Excepcionalmente, y siempre que los aprendizajes no alcanzados impidan, a juicio del equipo docente, continuar las enseñanzas con aprovechamiento y se hayan agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo, el año de permanencia en la etapa se podrá cursar en el primer nivel del ciclo. 19

20 CALIFICACIÓN DEL ALUMNADO E INFORMACIÓN A LOS CENTROS Y A LAS FAMILIAS El resultado de la evaluación se expresará de la forma siguiente: Insuficiente (IN) para las calificaciones negativas, Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB) para las calificaciones positivas. Dichos términos irán acompañados de una calificación numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez, con las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 o 10. Los resultados obtenidos por cada alumno o alumna se harán constar en un informe que será entregado a sus padres, madres o representantes legales y que tendrá carácter informativo y orientador para los centros en los que el alumnado haya cursado sexto nivel de educación primaria y para aquellos en los que cursen el siguiente nivel. Los resultados obtenidos serán indicativos de una progresión y aprendizaje adecuados, o de la conveniencia de la aplicación de medidas o programas dirigidos al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. 20

21 DOCUMENTOS OFICIALES DE EVALUACIÓN Los documentos oficiales de evaluación son: el expediente académico, las actas de evaluación, los documentos de evaluación final de etapa y de tercer curso de educación primaria, el historial académico y, en su caso, el informe personal por traslado. La Consejería competente en materia de educación establecerá por Orden los modelos y contenidos de estos documentos sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 126/2014 de 28 de febrero. 21

22 ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Defensa y potenciación de la escuela inclusiva. Respeto a las diferencias y compensación de desigualdades, debido al carácter obligatorio de la etapa. Plantea medidas de atención a la diversidad, tanto organizativas como curriculares: organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al alumnado. Las medidas estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y al desarrollo de las competencias clave y de los objetivos de la educación primaria. Propone medidas de carácter general desde criterios de flexibilidad organizativa a la realización de agrupamientos flexibles y no discriminatorios: desdoblamientos de grupos, apoyo en grupos ordinarios, programas y planes de apoyo, refuerzo y recuperación y adaptaciones curriculares. En el contexto del proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles para continuar el proceso educativo. 22

23 ALUMNADO QUE REQUIERE MEDIDAS ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO Con el fin de facilitar la accesibilidad al currículo del alumnado con necesidades educativas especiales, establecerá los procedimientos oportunos cuando sea necesario realizar adaptaciones que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluación. Dichas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias clave. La evaluación y la promoción tomarán como referente los objetivos y criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones. Sin perjuicio de la permanencia durante un año más en el mismo ciclo, la escolarización de este alumnado en la etapa de educación primaria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa. 23

24 PERMANENCIA DEL ALUMNADO EN LA ETAPA: MEDIDAS El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas seguirá los programas de refuerzo que establezca el equipo docente. La escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en la etapa de educación primaria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más, siempre que ello favorezca el desarrollo de las competencias clave y, en su caso, el tránsito a la etapa educativa siguiente, o bien favorezca su integración socioeducativa. La permanencia de un año más en un mismo nivel deberá ir acompañada con un plan específico de refuerzo o recuperación y apoyo. Los centros docentes organizarán ese plan de acuerdo con lo que, a tales efectos, establezca la Consejería competente en materia de educación. 24

25 EVALUACIONES INDIVIDUALIZADAS (1) Los centros docentes realizarán una evaluación individualizada a todos los alumnos y alumnas al finalizar el tercer nivel de educación primaria. En esta evaluación se comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas con relación al grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. De resultar desfavorable esta evaluación, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas, con el asesoramiento del equipo de orientación y en colaboración con las familias. Estas medidas se fijarán en planes de mejora de resultados colectivos o individuales que permitan superar las dificultades, en colaboración con las familias y mediante recursos de apoyo educativo. Al finalizar el sexto nivel de educación primaria se realizará una evaluación final individualizada a todos los alumnos y alumnas en la que se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa. Dicha evaluación de final de sexto nivel, se realizará de acuerdo con las características generales de la prueba que establezca el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas. Para la evaluación se utilizarán como referentes los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables de la etapa de educación primaria. 25

26 EVALUACIONES INDIVIDUALIZADAS (2) Los centros docentes utilizarán los resultados de estas evaluaciones, junto con la evaluación de los procesos de enseñanza y práctica docente, para analizar, valorar y reorientar, si procede, las actuaciones desarrolladas hasta el momento en el ciclo o la etapa. La Consejería podrá establecer planes específicos de mejora en función de la autoevaluación de centros y de los resultados obtenidos en las evaluaciones individualizadas tanto de tercero como de sexto nivel de educación primaria, así como otros datos de interés que se deriven de estudios existentes. Los resultados de las pruebas de evaluación individualizadas de tercer curso y final de sexto, serán conocidos únicamente por cada centro y, en su caso, por los padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna, así como por la comisión para el seguimiento de los rendimientos escolares, con el objeto de analizar periódicamente los resultados del sistema educativo en la zona, realizando en su caso, propuestas de mejora a los centros docentes para que se incorporen en sus planes de centro. En ningún caso, los resultados de estas evaluaciones podrán ser utilizados para el establecimiento de clasificaciones de los centros. 26

27 LA MEJORA DEL SISTEMA EDUCATIVO AUTONÓMICO La aplicación de las órdenes de la Administración educativa andaluza que establezcan los procesos de evaluación de todo el sistema educativo va a aportar datos específicos que se tendrán en cuenta para mejorar los procesos educativos y el rendimiento escolar Los indicadores de evaluación utilizados tanto en los procesos de evaluación interna de los centros como en las evaluaciones externas que se desarrollen por la Administración educativa de Andalucía, han de considerarse factores de rendimiento junto a otros de proceso y, lo más importante, factores de equidad que aporten equilibrio al Sistema Educativo. Los planes de mejora de los centros que se derivan de los datos de estas evaluaciones han de contemplar prioritariamente las acciones específicas que mejoren los índices de equidad que aparezcan en los resultados de la evaluación. 27

28 ORDEN POR LA QUE SE DESARROLLA EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE A LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN ANDALUCÍA.

29 ORGANIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL CURRÍCULO El currículo se organiza por áreas con la siguiente estructura: 1. Aspectos generales: expresan la finalidad y orientación de cada área: introducción, bloques de contenidos, orientaciones metodológicas y la contribución del área a las competencias clave. 2. Objetivos del área: determinan las capacidades generales a alcanzar en cada área (nivel de desempeño) que contribuyen a los objetivos generales de la etapa. 3. Mapa de desempeño: presenta los objetivos de cada área que se desarrollan mediante una progresión de los criterios de evaluación por ciclos (niveles de logro) y su relación directa con los mismos y los estándares de aprendizaje evaluables. 4. Desarrollo curricular del área: presenta la secuenciación de los elementos curriculares por ciclos basada en los criterios de evaluación de cada uno de los ciclos y su relación con el resto de elementos (contenidos, objetivos, indicadores). 5. Contenidos: conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes, organizados en bloques por ciclos, que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. 6. Indicadores: Concreción y secuenciación de los estándares de aprendizaje evaluables, complementándolos con procesos y contextos de aplicación

30 DESARROLLO CURRICULAR DE LAS ÁREAS POR CICLOS AREA DE CIENCIAS DE LA NATURALEZA 30

31 HORARIO PARA LA ETAPA DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA (1) 31

32 HORARIO PARA LA ETAPA DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA (2) De las cuatro áreas específicas que ha decidido Andalucía (las dos primeras establecidas como currículo básico, las dos últimas son decisión propia de la Consejería), este será el horario: 32

33 HORARIO PARA LA ETAPA DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA (3) El resto del horario será para dos áreas, una en 5º y otra en 6º, más el que se deja a la autonomía de los centros, para incrementar las troncales, proponer la impartición de alguna otra área de libre configuración previa autorización de la Delegación Territorial etc. 33

34 TAREAS EN TORNO AL CURRÍCULO DE LOS CENTROS Y DEL PROFESORADO PROYECTO EDUCATIVO: Los centros docentes dispondrán de autonomía pedagógica y organizativa para el desarrollo y concreción del currículo: desarrollarán y concretarán el currículo en su proyecto educativo para cada nivel educativo. Corresponde a los centros y al profesorado realizar la concreción y adaptación definitiva de las enseñanzas curriculares a las situaciones escolares, a las características específicas del alumnado y al contexto real de cada centro. PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS: Los centros docentes podrán integrar las áreas en ámbitos de conocimientos y experiencias para facilitar un planteamiento integrado y relevante del proceso de e.a. Los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía, establecerán la secuenciación por nivel dentro de cada ciclo. Los equipos de ciclo desarrollarán las programaciones didácticas de las áreas que correspondan, mediante la concreción de los distintos elementos que configuran el currículo educativo e incluyendo las distintas medidas de atención a la diversidad. El profesorado diseñará y desarrollará las programaciones didácticas conforme a los criterios generales que tengan en sus proyectos educativos. Las programaciones didácticas estructurarán los elementos del currículo en torno a actividades y tareas de aprendizaje que respondan a los ritmos y estilos de aprendizaje del alumnado. Las unidades didácticas integrarán los contenidos y recogerán los criterios de evaluación, objetivos y su contribución a la adquisición de las competencias clave secuenciadas de forma coherente con el nivel de aprendizaje del alumnado. 34

35 PRÁCTICA DOCENTE: ORIENTACIONES METODOLÓGICAS Se promueve el trabajo en equipo del profesorado, con objeto de proporcionar un enfoque interdisciplinar integrador y holístico del proceso educativo para que se desarrolle el aprendizaje por competencias, garantizando la coordinación de todos los miembros del equipo docente. La metodología tendrá un carácter fundamentalmente activo, motivador y participativo: partirá de los intereses del alumnado, favorecerá el trabajo individual, cooperativo y el aprendizaje entre iguales, e integrará en todas las áreas referencias a la vida cotidiana y al entorno inmediato. Se permitirá la integración de lo aprendido, relacionándolo con distintos tipos de contenidos y utilizándolos en diferentes situaciones y contextos. Se fomentará el desarrollo de procesos cognitivos: identificar, analizar, reconocer, reflexionar, razonar deducir, crear, etc. Se favorecerá el desarrollo de actividades y tareas relevantes haciendo uso de recursos y material didáctico diversos. Se orientará al desarrollo de competencias clave, a través de situaciones educativas que posibiliten, fomenten y desarrollen conexiones con las prácticas sociales y culturales de la comunidad. Las TIC y la lectura tendrán un uso habitual y continuado para facilitar el desarrollo del currículo y de las competencias clave. 35

36 SECUNDARIA Comprende dos ciclos: el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno. El segundo ciclo o cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria tendrá un carácter fundamentalmente propedéutico. Cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria diferenciado en dos opciones: a) Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato. b) Opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional. La materia de Ciencias de la Naturaleza (que se imparte actualmente en 1º y 2º de ESO) se desdobla en dos asignaturas troncales distintas: Biología y Geología que se impartirá en 1º de la ESO. Física y Química que se impartirá en 2º de la ESO. En 3º de la ESO, la asignatura troncal de Matemáticas tendrá dos opciones: Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas. Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas. Desaparece Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos. Se incorpora la asignatura Valores Éticos como alternativa a la Religión. La lengua castellana o la lengua cooficial solo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y expresión oral. 36

37 Los Programas de diversificación curricular de 3.º y 4.º de la etapa desaparecen Aparecen los programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento en el primer ciclo (cursos de 2.º y 3.º). A propuesta del equipo docente una vez cursado el primer curso de ESO. Destinado a alumnado que presenten dificultades de aprendizaje no atribuibles a falta de estudio o esfuerzo. El curso 4º ha de ser cursado por la vía ordinaria. Desaparecen los actuales PCPI Se crea un nuevo ciclo de Formación Profesional Básica.El equipo docente podrá proponer a los padres o tutores legales la incorporación del alumno a este ciclo cuando el grado de adquisición de las competencias así lo aconseje. Este ciclo forma parte de la oferta de Formación Profesional. 37

38 EVALUACIÓN FINAL DE ESO Se realiza al finalizar el cuarto curso. Los alumnos o alumnas podrán realizar la evaluación por cualquiera de las dos opciones de 4º curso, con independencia de la opción cursada, o por ambas opciones. Podrán presentarse a esta evaluación aquellos alumnos que hayan obtenido evaluación positiva en todas las materias, o negativa en un máximo de dos materias siempre que no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas. Necesaria para obtener el título de Graduado en ESO. La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación: a) 70 %, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas. b) 30 %, la nota obtenida en la evaluación final El título de Graduado en ESO permitirá acceder a las enseñanzas postobligatorias., según la opción elegida. Los alumnos que no obtengan el título recibirán una certificación oficial en la que constará el número de años cursados, así como el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes. Las pruebas serán aplicadas y calificadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro.

39 FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA De oferta obligatoria y carácter gratuito Edad: a partir de 15 años sin superar 17 Se puede acceder desde 2º de ESO a propuesta del equipo docente cuando el grado de adquisición de las competencias así lo aconseje,. Currículo: módulos asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Calificacíones profesionales Módulos asociados a bloques comunes (comunicación y sociedad y Ciencias aplicadas) Módulo de formación en centros de trabajo Dos años de duración No conducente a título de ESO, para conseguirlo habrá de superarse la evaluación final de ESO. Permite acceder a los Ciclos de Grado Medio. Se obtiene un Título Profesional Básico. Cualificación Nivel 1. Tiene efectos laborales equivalentes al de Graduado en ESO para el acceso a empleos públicos y privados.

40 PARTICIPACIÓN Y GESTIÓN DE LOS CENTROS. LOE -Las Administraciones educativas garantizarán la participación de la comunidad educativa en la organización, el gobierno, el funcionamiento y la evaluación de los centros. -La comunidad educativa participará en el gobierno de los centros a través del Consejo Escolar. - Los centros tendrán al menos los siguientes órganos colegiados de gobierno: Consejo Escolar y Claustro de profesorado. LOMCE -Las Administraciones educativas garantizarán la intervención de la comunidad educativa en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos a través del Consejo Escolar. -Los centros tendrán al menos los siguientes órganos colegiados, con las funciones que se indican en esta ley: Consejo Escolar y Claustro de Profesorado.

41 FUNCIONES CONSEJO ESCOLAR. LOE -Aprobar y evaluar el proyecto educativo, un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro. - Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesorado, en relación con la planificación y organización docente. - Decidir sobre la admisión de alumnos/as con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen. -Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos. LOMCE - Evaluar el proyecto educativo, un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro - Evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesorado, en relación con la planificación y organización docente. -Informar sobre la admisión de alumnos/as con sujeción a lo establecido en esta ley orgánica y disposiciones que la desarrollen. -Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos,

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