Bogotá, D.C., septiembre 5 de Señores MAGISTRADOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL E. S. D.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Bogotá, D.C., septiembre 5 de 2012. Señores MAGISTRADOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL E. S. D."

Transcripción

1 Bogotá, D.C., septiembre 5 de 2012 Señores MAGISTRADOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL E. S. D. REF.: Demanda de inconstitucionalidad contra la totalidad de la Ley 1520 de 2012 y los artículos 6 y 13 de la misma ley. Actor: Jorge Enrique Robledo Castillo. Magistrado Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto. Expediente D De conformidad con lo dispuesto en los artículos y de la Constitución Política, rindo concepto en relación con la demanda que presentó en ejercicio de su ciudadanía JORGE ENRIQUE ROBLEDO CASTILLO contra la totalidad de la Ley 1520 de 2012 y los artículos 6 y 13 de la misma ley. Enseguida se cita cita el encabezado de la ley y sus artículos 6 y 13. LEY 1520 DE 2012 (abril 13) Por medio de la cual se implementan compromisos adquiridos por virtud del "Acuerdo de Promoción Comercial", suscrito entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América y su "Protocolo Modificatorio, en el Marco de la Política de Comercio Exterior e Integración Económica". EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: ( ) ARTÍCULO 6. El artículo 27 de la Ley 23 de 1982, quedará así: "Artículo 27. En todos los casos en que una obra literaria o artística tenga por titular una persona jurídica, el plazo de protección será de 70 años contados a partir del final del año calendario de la primera publicación autorizada de la obra. Si dentro de los 50 años siguientes a la creación de la obra no ha existido publicación autorizada, el plazo de protección será de 70 años a partir del final del año calendario de la creación de la obra." ( ) ARTÍCULO 13. No obstante la posibilidad que tiene el Estado de establecer limitaciones y excepciones a los derechos exclusivos previstos en la legislación nacional sobre derecho de autor y derechos conexos, no se permite la retransmisión a través de Internet de señales de televisión, sean

2 terrestres, por cable o por satélite sin la autorización del titular o titulares del derecho del contenido de la señal y, si es del caso, de la señal. 1. Planteamiento de la demanda. El actor considera que en el proceso de formación de la Ley 1520 de 2012 se incurrió en un vicio de trámite, por dos motivos: uno, que el proyecto de ley se estudió en las comisiones segundas de las cámaras y no en las primeras, como ha debido hacerse, conforme a lo previsto en los artículos 142 y 157 Superiores y en el artículo 2 de la Ley 3 de 1992; dos, que el proyecto se tramitó como ley ordinaria y no como ley estatutaria, en razón de regular los derechos de autor, de manera contraria al artículo 153 Superior. Además de los anteriores cargos, respecto de los artículos 6 y 13 de la ley en comento, el actor plantea la vulneración de la libertad de expresión y del derecho a acceder a la información. En sus palabras: Los artículos 6 y 13 de la Ley 1520 de 2012 son inconstitucionales porque aumentan de manera desproporcional los derechos de las empresas que sean titulares de derechos de autor y de las propietarias de las señales de televisión. El artículo 6 amplía el tiempo de protección de los derechos de las personas jurídicas de 50 a 70 años, por lo que aumenta en 20 años el plazo en el que los ciudadanos no podrán acceder y difundir libremente una obra. El artículo 13 prohíbe la retransmisión por Internet de las señales de televisión, impidiendo que los ciudadanos difundan y accedan libremente al contenido de estas señales. 2. Problema jurídico. Corresponde determinar si en el proceso de formación de la Ley 1520 de 2012 se vulnera la regla de competencia de las comisiones de las cámaras y el principio de reserva de ley estatutaria; y si los artículos 6 y 13 de la misma vulneran la libertad de expresión y el derecho de acceder a la información. 2

3 3. Aclaración previa. En vista de que dos de los cargos planteados por el actor corresponden a vicios en el proceso de formación de la Ley 1520 de 2012, es necesario verificar si la demanda se presentó dentro del término de un año, establecido en el artículo Superior. Dado que la ley en comento se promulgó el 13 de abril de 2012 y la demanda se presentó el 4 de mayo de 2012, se puede establecer que no se configura la caducidad de la acción. 4. Análisis jurídico. De lo previsto en los artículos 142 y 157 Superiores se puede colegir que en cada cámara el primer debate a los proyectos de ley debe darse en la comisión competente. La Ley 3 de 1992 regula la composición y la competencia de cada una de las comisiones constitucionales permanentes de las cámaras, como lo afirma el actor. Dada la variedad de temas que pueden ser materia de proyectos de ley, no siempre es sencillo determinar cuál es la comisión competente, como se reconoce de manera expresa en el parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 3 de Por ello, al estudiar este asunto en la Sentencia C-306 de 2009, la Corte precisa que el presidente de la respectiva cámara puede asignar el estudio del proyecto de ley a la comisión que estime competente, sin que esto vulnere el artículo 2 de la Ley 3 de 1992, a menos que se trate de una estimación visiblemente irrazonable. Al examinar la materia del proyecto de ley, que es implementar compromisos adquiridos por virtud del Acuerdo de promoción comercial suscrito entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América, y su protocolo modificatorio, se aprecia que no es irrazonable estimar que ésta corresponde a la competencia de las comisiones segundas constitucionales permanentes de las cámaras, pues versa sobre un asunto 3

4 relacionado con la política internacional, con los tratados públicos, con el comercio exterior e integración económica y con contratación internacional. Si bien podría argüirse, como lo hace el actor, que la materia está relacionada también con derechos fundamentales y con propiedad intelectual, esta circunstancia cierta no hace inválida la circunstancia anterior, que también es cierta. En este contexto, pese a que puede criticarse, no es posible afirmar que la estimación hecha por los presidentes de las cámaras sea visible o abiertamente irrazonable. De manera coherente con su dicho, el actor considera que la ley en comento, al regular un derecho fundamental, categoría que reconoce al derecho de autor, debió tramitarse como ley estatutaria. Para examinar este cargo conviene traer a cuento la Sentencia C-981 de 2005, en la cual la Corte precisa el alcance del principio de reserva de ley estatutaria en los siguientes términos: Puede extractarse de la jurisprudencia constitucional mencionada, que la reserva de ley estatutaria en materia de derechos fundamentales, debe referirse a: i) normas que desarrollan y complementan los derechos ii) que regulan solamente los elementos estructurales esenciales, iii) que regulan de forma directa su ejercicio y también el desarrollo de su ámbito a partir del núcleo esencial definido en la Constitución, iv) que refieran a los contenidos más cercanos al núcleo esencial, v) que regulan aspectos inherentes al ejercicio y principalmente lo que signifique consagrar límites, restricciones, excepciones y prohibiciones que afecten el núcleo esencial, vi) cuando el legislador asuma de manera integral, estructural y completa la regulación del derecho, vii) que aludan a la estructura general y principios reguladores pero no al desarrollo integral y detallado, regulando así la estructura fundamental y los principios básicos, y viii) que refieran a leyes que traten situaciones principales e importantes de los derechos. Los criterios antedichos aparecen reiterados, entre otras, en las Sentencias C-756 de 2008, C-662 de 2009 y C-182 de El principio de reserva de ley estatutaria en materia de derechos fundamentales, al examinarse como regla en la Sentencia C-942 de 2009, revela un carácter excepcional, pues 4

5 la regla es la de competencia general del legislador ordinario. En palabras de la Corte: Son cinco las reglas interpretativas que permiten conocer cuáles son los aspectos relacionados con derechos fundamentales que deben ser objeto de ley estatutaria y en qué casos corresponde al legislador ordinario establecer las limitaciones o restricciones del derecho, a saber: i) La reserva de ley estatutaria en materia de derechos fundamentales es excepcional, en tanto que la regla general se mantiene a favor del legislador ordinario; ii) La regulación estatutaria u ordinaria no se define por la denominación adoptada por el legislador, sino por su contenido material. En consecuencia, el trámite legislativo ordinario o estatutario será definido por el contenido del asunto a regular y no por el nombre que el legislador designe; iii) mediante ley estatutaria se regula únicamente el núcleo esencial del derecho fundamental, de tal forma que si un derecho tiene mayor margen de configuración legal, será menor la reglamentación por ley estatutaria; iv) las regulaciones integrales de los derechos fundamentales debe realizarse mediante ley cualificada; y v) Los elementos estructurales esenciales del derecho fundamental deben regularse mediante ley estatutaria. De esta forma, es claro que la regulación puntual y detallada del derecho corresponde al legislador ordinario. Al respecto, la Corte dijo que las leyes estatutarias están encargadas de regular únicamente los elementos estructurales esenciales de los derechos fundamentales y de los mecanismos para su protección, pero no tienen como objeto regular en detalle cada variante de manifestación de los mencionados derechos o todo aquellos aspectos que tengan que ver con su ejercicio, porque ello conduciría a una petrificación del ordenamiento jurídico. En este contexto, es necesario distinguir que el derecho de autor tiene dos dimensiones: una, denominada personal o moral, y, otra, denominada patrimonial. La primera puede reconocerse como derecho fundamental, ya que aparece como consecuencia de la capacidad creadora del hombre y es fruto de su propia actividad e ingenio, y tiene el carácter de inalienable, extrapatrimonial e irrenunciable. La segunda está relacionada con un derecho patrimonial, ya que involucra la posibilidad de explotar económicamente la obra creada y, por lo tanto, es transferible, patrimonial, prescriptible y renunciable. Una lectura desprevenida de la ley es suficiente para advertir que la materia regulada atañe al derecho de autor en su dimensión patrimonial, la cual no puede enmarcarse dentro del ámbito de los derechos fundamentales; y que esta ley no toca el núcleo esencial ni regula de manera integral ningún derecho fundamental. 5

6 Respecto de lo dicho por el actor sobre los artículos 6 y 13 de la Ley 1520 de 2012, es relevante traer a cuento el concepto rendido por el Ministerio Público en el trámite del Expediente D-9168, para señalar que: Es menester advertir de entrada que los actores hacen una serie de afirmaciones sobre vulneración de diversos derechos, pero no acompañan su dicho de una demostración o razonamiento que satisfaga los mínimos argumentativos requeridos para que la Corte pueda pronunciase de fondo sobre la exequibilidad de las normas demandadas. Los cargos carecen de claridad, certeza y especificidad, como pasa a verse. Para afirmar que se vulnera el derecho a la igualdad, los actores asumen de manera injustificada que toda información que circula en medios como internet debe ser gratuita, lo cual no es cierto. Para sostener que se vulnera el derecho a informar y recibir información veraz e imparcial, asumen también que el acceso a toda la información es gratuito, lo cual tampoco es cierto, pues con independencia del medio de acceso, e incluso en internet, en algunos casos para acceder a la información es necesario pagar una suma de dinero, como ocurre por ejemplo cuando se compra un periódico o un libro, o cuando se ingresa a ciertos portales electrónicos. Para informar y ser informado existen múltiples medios gratuitos, en los cuales las personas pueden expresarse sin mayores costos, o recibir la información relevante libre de publicidad o con ella. La existencia de estos medios, que es innegable, no permite asumir que por el hecho de tener que pagar una suma de dinero para acceder a algunos medios que así lo exigen, se vulnera el derecho a informar y ser informado. En el caso sub examine el discurso del actor guarda semejanza con el estudiado en el referido concepto, en tanto alude a la libertad de expresión y al acceso a la información. Los dos artículos demandados de la Ley 1520 de 2012, se refieren de manera unívoca a la dimensión patrimonial del derecho de autor, lo cual contrasta con la pretensión del actor de encuadrar la ley dentro del ámbito de las leyes estatutarias, como se acaba de ver. El artículo 6 regula la protección de la explotación económica de una obra literaria o artística en cabeza de una persona jurídica. El artículo 13 no permite retransmitir por internet señales de televisión sin autorización de los titulares del derecho contenido en la señal y, si es del caso, de la señal. Si bien es cierto que las personas pueden tener interés en acceder a las obras literarias o artísticas, cuya explotación corresponde a una persona 6

7 jurídica, no se puede asumir que por este mero hecho tengan el derecho fundamental a obtener este acceso de manera gratuita. Si bien las obras literarias o artísticas son valiosas para la vida, y es muy difícil ignorarlas o prescindir de ellas, no contienen elementos cruciales para la vida cívica, como es el caso de la información científica, económica, política o noticiosa. Además, toda obra literaria o artística tiene un creador y un titular de los derechos para explotarla, a quien corresponde definir si para acceder a ella es o no menester pagar una suma de dinero, o si se dispone un acceso gratuito con publicidad. Algo semejante puede decirse de la transmisión de una señal de televisión por internet, sin autorización de los titulares del derecho contenido en la señal o de la señal, si es del caso. 5. Conclusión. En mérito de lo expuesto, el Ministerio Público solicita a la Corte que declare EXEQUIBLE la Ley 1520 de 2012, por los cargos analizados. Señores Magistrados, LJMO/YOrtiz ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO Procurador General de la Nación 7

LEY 1328 DE 2009 (Julio 15) Por el cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones

LEY 1328 DE 2009 (Julio 15) Por el cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones Bogotá, D.C., 28 de enero de 2009 Señores MAGISTRADOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL E. S. D. REF: Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 86 de la Ley 1328 de 2009. Demandante: ROBERTO JUNGUITO

Más detalles

LOS DERECHOS DE AUTOR EN EL PERÚ. Las Obras Literarias

LOS DERECHOS DE AUTOR EN EL PERÚ. Las Obras Literarias LOS DERECHOS DE AUTOR EN EL PERÚ Las Obras Literarias LEGISLACIÓN La protección de los Derechos de Autor en el Perú se encuentra regulada por las siguientes normas legales: A.- LEY SOBRE EL DERECHO DE

Más detalles

ORIENTACIONES GENERALES

ORIENTACIONES GENERALES ORIENTACIONES GENERALES Estimados alumnos: 1. Examinar el contenido de la SESIÓN, guiarse por el nombre de la sesión, cada sesión pretende alcanzar un objetivo lo cual debe evidenciarse en el PRODUCTO

Más detalles

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*

DICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Página 1 de 5 DICTAMEN Nº 8 # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Expediente relativo al proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Radio Televisión

Más detalles

ASUNTO: LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO TIENE CAPACIDAD PARA SER SOCIA DE SOCIEDADES COLOMBIANAS, LA PARTICIPACIÓN PERTENECE A SU MATRIZ.

ASUNTO: LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO TIENE CAPACIDAD PARA SER SOCIA DE SOCIEDADES COLOMBIANAS, LA PARTICIPACIÓN PERTENECE A SU MATRIZ. OFICIO 220-124869 DEL 08 DE AGOSTO DE 2014 ASUNTO: LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO TIENE CAPACIDAD PARA SER SOCIA DE SOCIEDADES COLOMBIANAS, LA PARTICIPACIÓN PERTENECE A SU MATRIZ. Me refiero a su

Más detalles

EL DERECHO DE AUTOR. www.derechodeautor.gov.co

EL DERECHO DE AUTOR. www.derechodeautor.gov.co EL DERECHO DE AUTOR www.derechodeautor.gov.co MARCO NORMATIVO Constitución Política de 1991, en su artículo 61, que expresa: El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades

Más detalles

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento

Más detalles

Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado.

Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado. ID Jurisprudencia: 028925N06 Indicadores de Estado Nº Dictamen 28.925 Fecha 20-06-2006 Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado. Materia En demanda interpuesta

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013 Informe 0147/2013 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, el acceso por el consultante, compañía de seguros,

Más detalles

REF.- EMPLEOS. Facultad para nominar el jefe de control interno de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Rad.

REF.- EMPLEOS. Facultad para nominar el jefe de control interno de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Rad. 1 Departamento Administrativo de la Función Pública República de Colombia Bogotá, D.C., marzo 6 de 2009 Doctor: ANGEL MARIA FONSECA COREA Jefe Oficina Asesora de Control Interno Universidad Distrital Francisco

Más detalles

TRIBUTOS AMBIENTALES PARA LA PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA EN EL DERECHO CHILENO. RESUMEN

TRIBUTOS AMBIENTALES PARA LA PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA EN EL DERECHO CHILENO. RESUMEN TRIBUTOS AMBIENTALES PARA LA PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA EN EL DERECHO CHILENO. Iris Vargas Delgado Profesora Derecho Administrativo PUC. Abogada Contraloría General de la República Licenciada en Ciencias

Más detalles

(marzo 28) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE MEMORANDO

(marzo 28) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE MEMORANDO CONCEPTO 8077 DE 2007 (marzo 28) SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE MEMORANDO Para: De: Asunto: Dr. Juan Bayona Ferreira, Director Sistema Nacional de Formación

Más detalles

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006 Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006 La consulta plantea dudas sobre el tratamiento y comunicación de datos entre entidades que desarrollan

Más detalles

PONS Patentes y Marcas Internacional AUTORES/ ARTISTAS

PONS Patentes y Marcas Internacional AUTORES/ ARTISTAS PONS Patentes y Marcas Internacional CONTRATOS CON TÉCNICOS/ T AUTORES/ ARTISTAS OBRA AUDIOVISUAL/CINEMATOGRÁFICA: En una producción cinematográfica es necesario realizar diversos tipos de contratos. (1)

Más detalles

En ese sentido, el artículo 7 de la Ley 15/1999 señala en sus apartados 1 y 2 que,

En ese sentido, el artículo 7 de la Ley 15/1999 señala en sus apartados 1 y 2 que, Informe 0339/2013 La consulta tiene por objeto determinar el nivel de seguridad que habrá de ser aplicado a los ficheros que contengan los datos meramente numéricos sobre el crédito horario de los representantes

Más detalles

ABC PARA PROTEGER LOS DATOS PERSONALES

ABC PARA PROTEGER LOS DATOS PERSONALES ABC PARA PROTEGER LOS DATOS PERSONALES LEY 1581 DE 2012 DECRETO 1377 DE 2013 Bogotá, 2013 ABC PARA PROTEGER LOS DATOS PERSONALES Certicámara S.A., entidad de certificación digital experta en seguridad

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0298/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0298/2009 Informe 0298/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal en materia de creación, condición de responsable

Más detalles

I. Antecedentes. 1. La que se realiza en tiempo real, sin grabaciones de por medio, y 2. La que guarda las imágenes en dispositivos.

I. Antecedentes. 1. La que se realiza en tiempo real, sin grabaciones de por medio, y 2. La que guarda las imágenes en dispositivos. I. Antecedentes La video-vigilancia (V-V) se define como el uso de cámaras de video fijas o móviles con o sin sonido, o de sistemas cerrados de televisión que involucren la colocación de una o varias cámaras

Más detalles

Bolsa POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES BANESTO BOLSA

Bolsa POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES BANESTO BOLSA BANESTO BOLSA INDICE 1. ALCANCE... 3 2. AMBITO DE APLICACIÓN... 4 3. CONSIDERACIÓN DE FACTORES... 6 a. Precio... 6 b. Costes... 6 c. Rapidez... 6 d. Probabilidad de la ejecución y la liquidación... 6 e.

Más detalles

EL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS

EL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS EL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS LA PROPIEDAD INTELECTUAL La Propiedad intelectual entraña una propiedad inmaterial, respecto a las creaciones nacidas del ingenio e intelecto del ser humano.

Más detalles

ESTUDIO EXPLORATORIO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO EN RELACIÓN A LOS DERECHOS DE AUTOR DE LOS CREADORES Y CREADORAS EN CHILE

ESTUDIO EXPLORATORIO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO EN RELACIÓN A LOS DERECHOS DE AUTOR DE LOS CREADORES Y CREADORAS EN CHILE ESTUDIO EXPLORATORIO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO EN RELACIÓN A LOS DERECHOS DE AUTOR DE LOS CREADORES Y CREADORAS EN CHILE El presente estudio fue elaborado con la colaboración y gracias a los aportes de

Más detalles

SOLICITUD DE OPINION CONSULTIVA DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA. Señor Presidente CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Presente

SOLICITUD DE OPINION CONSULTIVA DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA. Señor Presidente CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Presente 1 SOLICITUD DE OPINION CONSULTIVA DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA Panamá, 28 de abril de 2014. Señor Presidente CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Presente El Gobierno de la República de Panamá,

Más detalles

RESUMEN. CUALIFICACIONES. Estudios seguridad y salud

RESUMEN. CUALIFICACIONES. Estudios seguridad y salud RESUMEN CUALIFICACIONES. Estudios seguridad y salud Un ingeniero técnico de obras públicas presenta una reclamación porque el Colegio de Arquitectos encargado de visar el proyecto de edificación en el

Más detalles

Cuándo se pueden utilizar estos sistemas?

Cuándo se pueden utilizar estos sistemas? Capítulo uno: Por qué utilizar mecanismos internacionales para proteger los derechos laborales? 15 Cuándo se pueden utilizar estos sistemas? Por fortuna, cada vez más, las personas comienzan a comprender

Más detalles

RESUMEN Sanidad - Medicamentos

RESUMEN Sanidad - Medicamentos RESUMEN Sanidad - Medicamentos Una empresa informa de lo que, entiende, son obstáculos a la libertad de establecimiento en el ámbito de las llamadas Subastas de medicamentos de Andalucía. La normativa

Más detalles

PENSIÓN DE VEJEZ, PENSIÓN POR APORTES, INCREMENTOS DEL MONTO DE LA PENSIÓN Concepto 2008008113-002 del 11 de julio de 2008.

PENSIÓN DE VEJEZ, PENSIÓN POR APORTES, INCREMENTOS DEL MONTO DE LA PENSIÓN Concepto 2008008113-002 del 11 de julio de 2008. PENSIÓN DE VEJEZ, PENSIÓN POR APORTES, INCREMENTOS DEL MONTO DE LA PENSIÓN Concepto 2008008113-002 del 11 de julio de 2008. Síntesis: Diferencias entre la pensión de vejez y la pensión por aportes. En

Más detalles

Acceso a datos escolares por padres y familiares. Informe 227/2006

Acceso a datos escolares por padres y familiares. Informe 227/2006 Acceso a datos escolares por padres y familiares. Informe 227/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el acceso a la información de los alumnos que es objeto de tratamiento por

Más detalles

CIRCULAR No. 005 (Marzo 05 de 2014)

CIRCULAR No. 005 (Marzo 05 de 2014) CIRCULAR No. 005 (Marzo 05 de 2014) 1 DE: PARA: OFICINA DE CONTROL INTERNO SECRETARIOS DE DESPACHO Y DEMAS EMPLEADOS MUNICIPALES QUE UTILICEN LOS EQUIPOS DE COMPUTO DENTRO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Más detalles

Guía paso a paso para emprender en México!

Guía paso a paso para emprender en México! Guía paso a paso para emprender en México Emprender en México puede no ser una tarea sencilla si no se conocen todas la opciones y obligaciones que se tienen, por ese motivo esta guía pretende dar una

Más detalles

RESUMEN Seguros-Hojas de reclamaciones

RESUMEN Seguros-Hojas de reclamaciones RESUMEN Seguros-Hojas de reclamaciones Un empresario ha informado de que las Administraciones autonómicas y locales tramitan de forma dispar las reclamaciones presentadas por los consumidores y usuarios

Más detalles

Propuestas a considerar para la elaboración de una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla

Propuestas a considerar para la elaboración de una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla Propuestas a considerar para la elaboración de una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla 1. Sobre el órgano garante o Comisión 1.1. De conformidad con la nueva

Más detalles

LA CLASIFICACIÓN DE LAS UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS: PROBLEMÁTICA Y SOLUCIONES.

LA CLASIFICACIÓN DE LAS UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS: PROBLEMÁTICA Y SOLUCIONES. LA CLASIFICACIÓN DE LAS UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS: PROBLEMÁTICA Y SOLUCIONES. No son pocas las ocasiones en las que varias empresas, decididas a agruparse en una unión temporal para la licitación

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0317/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0317/2009 Informe 0317/2009 La consulta plantea si la Cátedra de Accesibilidad, Arquitectura y Diseño de la Universidad consultante puede solicitar a Universidades Públicas Españolas los datos de estudiantes con

Más detalles

CONDICIONES LABORALES EN DERECHO DEL TRABAJO

CONDICIONES LABORALES EN DERECHO DEL TRABAJO CONDICIONES LABORALES EN DERECHO DEL TRABAJO LIC. EN DERECHO 1 Sesión No. 6 Nombre: Los sujetos del derecho del trabajo Contextualización Cuando hablamos de los sujetos del derecho del trabajo, nos referimos

Más detalles

Control Interno Contable. Desgastes Administrativos.

Control Interno Contable. Desgastes Administrativos. 80112-EE21057 Bogotá, D. C., Abril 13 de 2012. Doctor ESMIT TORRES MONRRAS Gerente Hospital Vista Hermosa I Nivel Empresa Social del Estado Calle 67 Sur No. 18 12 Juan Pablo II Ciudad ASUNTO: Control Interno

Más detalles

LEY DE DERECHOS PARA EL EJERCICIO DEL PERIODISMO EN EL ESTADO DE CHIAPAS

LEY DE DERECHOS PARA EL EJERCICIO DEL PERIODISMO EN EL ESTADO DE CHIAPAS LEY DE DERECHOS PARA EL EJERCICIO DEL PERIODISMO EN EL ESTADO DE CHIAPAS TEXTO ORIGINAL. Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el miércoles 12 de septiembre de 2007. Juan Sabines

Más detalles

Juez de segunda instancia no tiene competencia para decidir apelaciones interpuestas por personas ajenas al proceso

Juez de segunda instancia no tiene competencia para decidir apelaciones interpuestas por personas ajenas al proceso Juez de segunda instancia no tiene competencia para decidir apelaciones interpuestas por personas ajenas al proceso REPUBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN

Más detalles

Legislación y abreviaturas:

Legislación y abreviaturas: Objeto de la consulta: Conocer cómo debería quedar redactada la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento de servicio de telefonía móvil, ante las diferentes sentencias

Más detalles

Universidad San Francisco de Quito Herramientas del Abogado

Universidad San Francisco de Quito Herramientas del Abogado PROYECTO DE LEY SOBRE EL REGLAMENTO QUE HARA OPERATIVOS LOS DERECHOS POLITICOS DE LOS ECUATORIANOS POR NATURALIZACION Exposición de motivos: La migración es un fenómeno natural en la sociedad; supone el

Más detalles

En lo que se refiere a la asignación a la Iglesia Católica, se reproduce aquí lo indicado en informe de 30 de julio de 2009 al respecto:

En lo que se refiere a la asignación a la Iglesia Católica, se reproduce aquí lo indicado en informe de 30 de julio de 2009 al respecto: Informe 0524/2009 La consulta plantea diversas cuestiones relativas al nivel de seguridad que habrá de implantarse sobre los ficheros relacionados con la actividad de asesoramiento fiscal, desarrollada

Más detalles

Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante.

Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante. Presentamos a continuación las últimas noticias de Derecho Comercial que consideramos de su interés: Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante. La Ley 1564 de 2012, mediante el cual se

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 2.10.2001 COM(2001) 535 final 2000/0328 (COD) Propuesta modificada de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO A LA IMPLANTACIÓN DEL DOMINIO

Más detalles

Precisamente la cuestión planteada deberá ser objeto de análisis, en primer lugar, desde la perspectiva de la Ley últimamente mencionada.

Precisamente la cuestión planteada deberá ser objeto de análisis, en primer lugar, desde la perspectiva de la Ley últimamente mencionada. Informe Jurídico 0308/2008 La consulta se refiere a la reclamación planteada ante la Institución consultante, referida a la queja de un ciudadano que manifiesta que su hija menor de edad recibe SMS en

Más detalles

Animación Digital y Propiedad Intelectual

Animación Digital y Propiedad Intelectual Animación Digital y Propiedad Intelectual Por: Juan Carlos Suárez D 1. Coordinador ODAI El sector de la animación digital cada vez toma mayor protagonismo en el mundo entero, logrando no solo ser un elemento

Más detalles

Generalidades. DOCUMENTOS DE PATENTES COMO FUENTE DE INFORMACION TECNOLOGICA

Generalidades. DOCUMENTOS DE PATENTES COMO FUENTE DE INFORMACION TECNOLOGICA DOCUMENTOS DE PATENTES COMO FUENTE DE INFORMACION TECNOLOGICA Generalidades. Cuando una persona ha realizado una invención lo más conveniente es protegerla obteniendo un derecho de Propiedad Industrial.

Más detalles

A) NORMATIVA REGULATORIA DEL CUBRIMIENTO EN SALUD DE LOS CONCEJALES.

A) NORMATIVA REGULATORIA DEL CUBRIMIENTO EN SALUD DE LOS CONCEJALES. CONCEPTO 1579301 DE 2015 Bogotá D.C., ASUNTO: Afiliación a la seguridad social de los Concejales. Respetada Doctora Sandra Patricia: Hemos recibido su comunicación, por la cual plantea una serie de interrogantes

Más detalles

Concepto 2012101056-001 de 2013 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA CARTERAS COLECTIVAS, GESTOR PROFESIONAL, INVERSIONES, BENEFICIARIO REAL

Concepto 2012101056-001 de 2013 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA CARTERAS COLECTIVAS, GESTOR PROFESIONAL, INVERSIONES, BENEFICIARIO REAL Concepto 2012101056-001 de 2013 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA CARTERAS COLECTIVAS, GESTOR PROFESIONAL, INVERSIONES, BENEFICIARIO REAL Síntesis: El concepto de beneficiario real y los derechos colectivos

Más detalles

Comunicación de datos entre empresas de un mismo grupo. Informe 325/2004

Comunicación de datos entre empresas de un mismo grupo. Informe 325/2004 Comunicación de datos entre empresas de un mismo grupo. Informe 325/2004 Comunicación de datos dentro de empresas de un mismo grupo previo consentimiento. I La consulta plantea si resulta conforme a derecho

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008 Informe 0290/2008 La consulta plantea, que tipo de relación debe mantener la entidad consultante y la propietaria del edificio a los efectos de cumplir con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de

Más detalles

COMENTARIOS AL PRINCIPIO 10

COMENTARIOS AL PRINCIPIO 10 ARTÍCULOS EXAMINADOS OBSERVACIONES DONDE DICE TODA PERSONA DEBE DECIR INDIVIDUAL O COLECTIVA GRUPOS EN DESVENTAJA Y/O VULNERABLES Abg. María Maritza Da Silva/ Universidad Santa María/ Caracas Venezuela

Más detalles

SUPERACCESS MANUAL GESTION EN RECEPCION

SUPERACCESS MANUAL GESTION EN RECEPCION SUPERACCESS PLATAFORMA WEB PROFESIONAL PARA EL CONTROL DE ACCESOS MANUAL GESTION EN RECEPCION Nota: El contenido e información inscrita en el presente manual es de propiedad y uso exclusivo de Supervisa

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : - I - La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, resolvió a fs, 181/182 de los autos principales (folios a los que me referiré de ahora en mas) confirmar la decisión de

Más detalles

DOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES

DOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES DOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES El término negociación, entendido en su sentido natural

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS

ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS Principios No. 4 ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE SUPERVISORES DE SEGUROS PRINCIPIOS SOBRE LA SUPERVISIÓN DE ACTIVIDADES DE SEGUROS EN INTERNET Octubre 2000 Seguros en Internet Contenido 1. Antecedentes...

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INFORME UCSP Nº: 2011/0070 MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central

Más detalles

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente: Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a

Más detalles

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 La consulta plantea tres cuestiones relacionadas con la aplicación de la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, de creación del

Más detalles

DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO CIRCULAR FISCAL 7 de marzo de 2014 DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO 1.- PRIMERA DECLARACION DEL MODELO 720: Si no tuvo la obligación de presentar

Más detalles

3. El Proyecto de Ley puede vulnerar las disposiciones del Tratado sobre ayudas de Estado.

3. El Proyecto de Ley puede vulnerar las disposiciones del Tratado sobre ayudas de Estado. Informe de la Asociación de Usuarios de Internet sobre la compatibilidad del Art. 32.2 del Proyecto de Ley de modificación de la Ley de Propiedad Intelectual ( Canon Agregadores ) con la normativa europea

Más detalles

Informe Jurídico 0494/2008

Informe Jurídico 0494/2008 Informe Jurídico 0494/2008 La consulta plantea si es necesario para las empresas del grupo consultante formalizar un contrato con la central donde se encuentra la base de datos de los empleados del grupo

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009 Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación

Más detalles

Tema: Régimen recursivo

Tema: Régimen recursivo Tema: Régimen recursivo Resumen del contenido: Recurso de amparo como remedio a la violación del derecho, Procedencia del Recurso, Interposición de recurso de amparo frente a sujetos privados, Examen sobre

Más detalles

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS OJ- - 09 Bogotá, D.C., Doctor JOSÉ DAVID RIVERA ESCOBAR Director (E) de Bienestar Institucional Universidad Distrital Francisco José de Caldas Ciudad Respetado Doctor Rivera. REFERENCIA: Concepto Jurídico

Más detalles

Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE)

Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE) Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE) El Consejo de las comunidades europeas Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica

Más detalles

Unidad 1. Fundamentos en Gestión de Riesgos

Unidad 1. Fundamentos en Gestión de Riesgos 1.1 Gestión de Proyectos Unidad 1. Fundamentos en Gestión de Riesgos La gestión de proyectos es una disciplina con la cual se integran los procesos propios de la gerencia o administración de proyectos.

Más detalles

CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO

CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO Este documento adapta a Centro de Empresas e Innovación de Álava, S.A. (en adelante, CEIA, S.A.) lo establecido en el Código de Ética y Buen Gobierno de los miembros del

Más detalles

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO La Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito, en adelante LA ESCUELA, es una institución

Más detalles

AVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD

AVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD AVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD AVISO LEGAL. OBJETO: La presente página Web ha sido diseñada para dar a conocer los servicios ofertados por la entidad Análisis de Riesgos para Entidades Aseguradoras

Más detalles

CAPITULO V CONCLUSIONES Y ECOMENDACIONES

CAPITULO V CONCLUSIONES Y ECOMENDACIONES CAPITULO V CONCLUSIONES Y ECOMENDACIONES CONCLUSIONES El Derecho mexicano, ha creado medios legales para conservar la naturaleza del seguro de vida intacta con el objetivo de proteger a los usuarios de

Más detalles

Bogotá, noviembre 13 de 2015. Doctor PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO Superintendente de Industria y Comercio Carrera 13 No. 27-00 E. S. D.

Bogotá, noviembre 13 de 2015. Doctor PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO Superintendente de Industria y Comercio Carrera 13 No. 27-00 E. S. D. Bogotá, noviembre 13 de 2015 Doctor PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO Superintendente de Industria y Comercio Carrera 13 No. 27-00 E. S. D. Ref: Comentarios al proyecto de Circular por medio del cual se

Más detalles

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos

Más detalles

REFORMA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA

REFORMA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA REFORMA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA resumen ejecutivo I. Introducción El 7 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones

Más detalles

LEGAL FLASH I GRUPO PÚBLICO

LEGAL FLASH I GRUPO PÚBLICO LEGAL FLASH I GRUPO PÚBLICO Diciembre de 2014 Proyecto de Real Decreto por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por

Más detalles

ASUNTO: Radicado ld 65226-2015 Lector Biométrico

ASUNTO: Radicado ld 65226-2015 Lector Biométrico 1200000-133248 Bogotá D.C., 24 JUL. 2015 Respetado (a) Señor (a): ASUNTO: Radicado ld 65226-2015 Lector Biométrico Hemos recibido la comunicación radicada con el número del asunto, mediante la cual se

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009 Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad

Más detalles

MARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS

MARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS MARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS Propósito de este documento En este documento se describe la situación actual en materia de comercio electrónico y servicios financieros,

Más detalles

ENS: Esquema Nacional de Seguridad

ENS: Esquema Nacional de Seguridad ENS: Esquema Nacional de Seguridad Notas sobre la presentación de Nacho Alamillo Introducción La Ley administrativa es diferente de la mercantil: no tiene sanción económica, pero cualquier daño que se

Más detalles

La concesión minera es un derecho real e inmueble

La concesión minera es un derecho real e inmueble TRIBUTACIÓN DE LA RENTA DE LA ENAJENACIÓN DE CONCESIONES MINERAS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN Para comenzar a clarificar cuál es la situación tributaria que afecta a las concesiones mineras tanto de exploración

Más detalles

Dentro de las alternativas discutidas, los municipios han planteado las siguientes:

Dentro de las alternativas discutidas, los municipios han planteado las siguientes: INFORME JURÍDICO ACERCA DE LOS ALCANCES DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE EL PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE FERTILIDAD PARA LOS MUNICIPIOS ANTECEDENTES El 5 de marzo de 2007, 36 diputados

Más detalles

Tratado de Libre Comercio Colombia-Estados Unidos. Novedades en el Área de la Propiedad Intelectual

Tratado de Libre Comercio Colombia-Estados Unidos. Novedades en el Área de la Propiedad Intelectual Tratado de Libre Comercio Colombia-Estados Unidos Novedades en el Área de la Propiedad Intelectual INTRODUCCIÓN El Tratado de Libre Comercio suscrito entre Colombia y Estados Unidos incorpora una serie

Más detalles

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda.

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El

Más detalles

Mutualismo y Economía Social

Mutualismo y Economía Social Cuadernos Electrónicos Iberoamericanos Mutualismo y Economía Social Nº1.Julio2010 Economía social y mutualidades de previsión social Rafael Calvo Ortega Las Mutualidades de Previsión Social son uno de

Más detalles

LEY FEDERAL DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES.

LEY FEDERAL DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES. . LEY FEDERAL EN Hoy en día el uso de medios electrónicos es indispensable para todo lo que hacemos a diario, ya sea profesional o en el ámbito particular. Asimismo, mucha de la actividad que realizamos

Más detalles

INTRODUCCIÓN AL DERECHO Agustín Villalba Zabala

INTRODUCCIÓN AL DERECHO Agustín Villalba Zabala EstecapítulosepublicabajoLicenciaCreativeCommonsBY NC SA3.0 TEMA5(RESUMEN):LOSDERECHOSFUNDAMENTALES(ohumanos). 0. Introducción. Elestudiodelosderechosfundamentalesdebecomenzarporunaaproximaciónalaprocedencia

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONFLICTO SOBRE DOMINIOS. es

RESOLUCIÓN DE CONFLICTO SOBRE DOMINIOS. es 1 RESOLUCIÓN DE CONFLICTO SOBRE DOMINIOS. es TÉCNICOS Y ASESORES INFORMÁTICOS EDITORIAL, S.A. vs. SUCHKNECHT (digitalnews.es) I- ANTECEDENTES DE HECHO 1.- Las partes La Demandante es TÉCNICOS Y ASESORES

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA CORTE CONSTITUCIONAL AUTO

REPÚBLICA DE COLOMBIA CORTE CONSTITUCIONAL AUTO www.corteconstitucional.gov.co REPÚBLICA DE COLOMBIA CORTE CONSTITUCIONAL AUTO Ref.: Expediente D-10383 Asunto: Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 19 (parcial) de la Ley 1708 de 2014 Por

Más detalles

BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A.

BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SISTEMAS DE NEGOCIACIÓN, S.A. CIRCULAR 10 /2010 ASESOR REGISTRADO EN EL MAB Las empresas a las que va destinado el segmento Empresas en Expansión del Mercado Alternativo Bursátil deben ofrecer a los inversores que estén en ellas interesados

Más detalles

CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO

CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO INSTITUTO DE FORMACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS SEGUNDO ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES MESA DE TRABAJO

Más detalles

EXIGENCIA DE LA CLASIFICACIÓN POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

EXIGENCIA DE LA CLASIFICACIÓN POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EXIGENCIA DE LA CLASIFICACIÓN POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EXIGENCIA DE LA CLASIFICACIÓN POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS El artículo 54.1 de la Ley de Contratos del Sector Público (L.C.S.P.) exige,

Más detalles

Módulo 7: Los activos de Seguridad de la Información

Módulo 7: Los activos de Seguridad de la Información Módulo 7: Los activos de Seguridad de la Información Se explica en este tema cómo deben abordarse la elaboración de un inventario de activos que recoja los principales activos de información de la organización,

Más detalles

VIABILIDAD JURÍDICA PRELIMINAR

VIABILIDAD JURÍDICA PRELIMINAR VIABILIDAD JURÍDICA PRELIMINAR 1. Descripción de la práctica propuesta. El Dr. Jorge Enrique Gómez Gómez, Presidente de la Lonja de Propiedad Raíz de Bogotá, solicitó a la Cámara de Comercio de Bogotá

Más detalles

Expte. DI-90/2012-4. I.- Antecedentes

Expte. DI-90/2012-4. I.- Antecedentes Expte. DI-90/2012-4 EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA Via Univérsitas, 36 50071 ZARAGOZA ZARAGOZA Zaragoza, a 29 de noviembre de 2012. I.- Antecedentes Primero.- En su día tuvo

Más detalles

Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales. Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C.

Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales. Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. Oficio Nº 068174 Diciembre 30 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. 100202208-1608 Señora ADRIANA ORTIZ ROA Calle 100 N 19-54 Bogotá, D. C. Referencia:

Más detalles

SOLEMNIZACION DE VÍNCULO MARITAL ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO

SOLEMNIZACION DE VÍNCULO MARITAL ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO FECHA: (Lugar, Municipio, Departamento, Día, Mes, Año) CLASE DE CONTRATO: SOLEMNIZACION DE VÍNCULO MARITAL ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO CONTRATANTES: (Nombres) En la ciudad de,

Más detalles

El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública

El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública El acceso de los Graduados al Subgrupo A1 de la Función Pública 1.- Elementos fácticos: objeto de la nota y antecedentes normativos. a) Objeto de la nota. La presente nota analiza el acceso al Subgrupo

Más detalles

Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1

Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1 UNIDAD Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1 FICHA 1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 2. EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 3. MODALIDAD

Más detalles

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación DECRETO **/2014, DE ** DE *******, POR EL QUE SE REGULA EL FONDO DE MEJORAS Y SE ESTABLECE EL SISTEMA DE APROBACIÓN DE LOS PLANES DE MEJORA DE LOS MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA DE CASTILLA LA MANCHA. Históricamente

Más detalles

Guía sobre contratación pública

Guía sobre contratación pública Guía sobre contratación pública Índice 1. Qué es la contratación pública? 2. Normativa aplicable 3. Principios aplicables a la contratación pública 4. Tipos de contratos 5. Partes en el contrato 6. Quién

Más detalles

RECOMENDACIONES DE PROPIEDAD INTELECTUAL CONCURSO CREATIVIDAD ETICA DISEÑANDO PARA EMERGENCIAS

RECOMENDACIONES DE PROPIEDAD INTELECTUAL CONCURSO CREATIVIDAD ETICA DISEÑANDO PARA EMERGENCIAS RECOMENDACIONES DE PROPIEDAD INTELECTUAL CONCURSO CREATIVIDAD ETICA DISEÑANDO PARA EMERGENCIAS El CONCURSO CREATIVIDAD ETICA DISEÑANDO PARA EMERGENCIAS refleja un gran esfuerzo conjunto -de Creatividad

Más detalles