GLOSARIO. Es la persona natural o jurídica que garantiza en todo o en parte el pago de un título valor, por medio de la suscripción del mismo.

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1 GLOSARIO Las definiciones aquí referidas y utilizadas en el texto del REGLAMENTO que se incluyen en mayúsculas, minúsculas, cursivas o con letra inicial en mayúscula tendrán el significado que se les asigna en este glosario. Para este efecto, las definiciones que denoten singular también incluyen el plural y viceversa, siempre y cuando el contexto así lo requiera. El conjunto de definiciones que se enuncia a continuación contiene el sentido de los términos empleados en el REGLAMENTO y por tanto, la interpretación que se le dará a los términos allí contenidos, deberá ajustarse a las siguientes definiciones: Administrador Es un funcionario designado por el INTERMEDIARIO, al cual el FNG asigna un usuario con autorizaciones plenas para ejecutar las transacciones que se encuentran disponibles en el portal del FNG. Acuerdo de Reorganización Empresarial Se denomina acuerdo de reorganización Empresarial a la convención que en los términos de la ley 1116 de 2006, se celebra entre uno o varios deudores y sus acreedores con el objeto de corregir deficiencias que presenten en su capacidad de operación y para atender obligaciones pecuniarias, de manera que la empresa pueda recuperarse dentro del plazo y en las condiciones que se hayan previsto en el mismo. Adquisición de Activos Fijos Es aquella destinación de una obligación garantizada que se orienta a las inversiones realizadas por las empresas tomadoras de los créditos, en las instalaciones de la unidad productiva que permiten el desarrollo de las actividades propias del deudor, tales como terrenos, edificios y construcciones, así como maquinaria, equipos, muebles y enseres, vehículos y herramientas. Apertura de Cupo Es la actividad por medio de la cual el INTERMEDIARIO solicita al FNG, con anterioridad al desembolso de la primera obligación a garantizar dentro de un cupo rotativo de crédito, la verificación del cumplimiento de las condiciones generales del INTERMEDIARIO, del deudor, y del cupo de crédito rotativo frente al producto de garantía, con el fin de asegurar el otorgamiento de garantías para cada una de las obligaciones desembolsadas con cargo al cupo. Avalista Es la persona natural o jurídica que garantiza en todo o en parte el pago de un título valor, por medio de la suscripción del mismo. Glosario Página 1

2 Beneficiario En la descripción de los productos del Anexo 1 Productos de Garantía, es la persona natural o jurídica que ostenta la calidad de deudor en una obligación garantizada por el Fondo Nacional de Garantías S.A. Capital de trabajo Es la destinación de una obligación garantizada dirigida a otorgar recursos líquidos o representados en los activos corrientes que requiere una empresa para el normal desarrollo de sus actividades tales como los referentes a adquisiciones de materias primas, pagos, anticipos a proveedores, gastos de personal; así como los pagos por concepto de servicios públicos, cánones de arrendamiento y disponibilidades de efectivo para atender gastos menores. Capitalización Empresarial Es la destinación de una obligación garantizada dirigida a servir como mecanismo financiero por medio del cual los antiguos y/o nuevos socios (deudores) de determinada empresa, realizan un aporte de capital utilizando los recursos otorgados por un INTERMEDIARIO. Cobertura Para los productos de garantía que respalden operaciones de crédito, es el porcentaje de la obligación garantizada que sirve de base para realizar el cálculo de la suma a pagar al INTERMEDIARIO como consecuencia de la reclamación de una garantía. En cada uno de los productos de garantía se determinan las coberturas disponibles. Para los productos de garantía que respalden operaciones de leasing financiero, cobertura se entiende como el valor de los cánones teóricos contratados por el INTERMEDIARIO. Codeudor Es la persona que se encuentra obligada en el mismo grado que el deudor al cumplimiento o pago de una obligación garantizada. Creación de Empresas Es aquella destinación de una obligación garantizada dirigida a creadores de empresas con proyectos viables y que soliciten líneas de crédito para capital de trabajo, adquisición de activos fijos o innovación y desarrollo tecnológico. Creador de Empresas Es una persona natural o jurídica que decide generar una nueva empresa, para lo cual elabora un proyecto de creación de empresa y ostenta la calidad de deudor. Glosario Página 2

3 Deducible Es el valor o porcentaje que se resta del valor a pagar derivado de la reclamación de la garantía, como consecuencia de un evento determinado que amerita que se reduzca el valor a pagar. Desembolso Es el cumplimiento de los requisitos de fondo y de forma necesarios para que nazca a la vida jurídica una obligación garantizada. Cuando en el REGLAMENTO se mencionen los términos perfeccionamiento o activación de un contrato de leasing, se entenderá como el cumplimiento de los requisitos de fondo o de forma para que nazca a la vida jurídica una obligación garantizada. Desistimiento de la Reclamación Es la decisión del INTERMEDIARIO manifestada por escrito al FNG, de retirar una reclamación de garantía antes de que el FNG haya hecho efectivo el pago de la misma. Deudor/o locatario Para efectos del presente REGLAMENTO se entiende como deudor o locatario la persona natural o jurídica que se encuentra obligada en primer grado frente al INTERMEDIARIO al cumplimiento de una obligación garantizada derivada de una operación de crédito o de leasing financiero y que figura como tal en los registros del FNG. Empresa Toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes o para la prestación de servicios independientemente de la forma de organización que se adopte, de la calidad o no de comerciante de quien la desarrolle o de que los actos que se realicen sean o no catalogados como mercantiles. En tal sentido la empresa puede ser desarrollada mediante diversas figuras jurídicas, tales como la fiducia mercantil, consorcios, uniones temporales, joint venture y empresas unipersonales. Esquema Alternativo de Reclamación Es una forma de reclamación para productos de la línea empresarial que hayan nacido con esquema de recuperación de cartera, en el cual no será necesario presentar demanda ejecutiva para su cobro. En estos casos no habrá lugar a subrogación por parte del FNG y éste no participará en la recuperación que eventualmente pueda lograr el INTERMEDIARIO. Fianza De acuerdo con el artículo 2361 Código Civil, la fianza es una obligación accesoria, en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o parte, si el deudor principal no la cumple. Glosario Página 3

4 FNG Es el Fondo Nacional de Garantías S.A. Fondo Regional de Garantía o FRG Son los agentes comerciales del FNG Garantía Acto jurídico accesorio que se deriva de una obligación principal de un deudor frente a un INTERMEDIARIO, mediante el cual el FNG se obliga a pagar total o parcialmente la obligación garantizada ante el incumplimiento del deudor. Garantía Novada Es la garantía que fue objeto de extinción como resultado de una novación de la garantía, por haberse modificado por el INTERMEDIARIO el número asignado a la obligación originalmente garantizada. Grupo empresarial Es el definido en el artículo 10 del Decreto 2360 de 1993 o la norma que lo sustituya o modifique. Interés Bancario Corriente (IBC) Es la tasa de interés certificada como tal por la Superintendencia Financiera. Intermediario Es el establecimiento de crédito o entidad que ostenta la calidad de acreedor de una obligación garantizada, que se encuentra vinculado como cliente y a quien el FNG le aprobó un VMD. Es quien recibe el pago de la garantía en caso de siniestro. Inversión Fija Es aquella destinación de una obligación garantizada que se orienta a las inversiones realizadas por las empresas en las instalaciones de la unidad productiva que permiten el desarrollo de las actividades propias del deudor, tales como terrenos, edificios y construcciones, así como maquinaria, equipos, muebles y enseres, vehículos y herramientas. Línea de garantía Es el conjunto de productos de garantía dirigidos a atender segmentos determinados del mercado. Glosario Página 4

5 Matrices de Pago de Garantías Son las tablas que determinan el porcentaje para establecer el valor de pago derivado de una reclamación de los productos de garantía VIS Pérdida Estimada. Monto Mínimo de Reclamación Es el saldo mínimo de capital de la obligación garantizada al momento de la reclamación, que el FNG exige para que proceda el pago de la garantía. Micro, pequeñas y medianas empresas Para la definición de las micro, pequeñas y medianas empresas se acudirá la definición legal vigente al momento de la reserva de cupo. Novación La novación de la garantía es la extinción de una o más garantías vigentes para sustituirlas por una garantía nueva. Obligación garantizada Es la obligación de un deudor de pagar una suma de dinero a un INTERMEDIARIO, que se encuentra garantizada por el FNG en los términos establecidos en el REGLAMENTO. Operación activa Son las colocaciones que realizan los INTERMEDIARIOS de los recursos obtenidos a través de operaciones pasivas, de recursos propios o incluso de préstamos provenientes de otras instituciones, en aquellas personas o entidades que los necesitan para aplicarlos a su actividad productiva. Se entienden incluidas dentro de las operaciones activas las siguientes: el mutuo, las aceptaciones bancarias, los descuentos, la apertura de crédito, el crédito documentario (cartas de crédito sobre el interior o el exterior), el leasing, el factoring y los avales bancarios. Operador Es un funcionario designado por el INTERMEDIARIO al cual el FNG asigna un usuario con autorizaciones para ejecutar las transacciones disponibles en el portal del FNG para ese perfil. Operador Pagador Es un funcionario designado por el INTERMEDIARIO, al cual el FNG asigna un usuario con autorizaciones disponibles en el portal del FNG para realizar pagos electrónicos en línea para realizar la cancelación de las respectivas facturas por comisiones derivadas de la emisión o renovación de garantías a través del portal del FNG. Glosario Página 5

6 Operador de Reclamación Es la persona designada por el INTERMEDIARIO a la cual el FNG le asigna un usuario con autorizaciones para ejecutar las transacciones disponibles en el portal del FNG para ese perfil, tendientes a realizar la preradicación de reclamaciones de pago de garantías al FNG. Pagaré Es el título valor que incorpora la promesa incondicional de pagar una determinada suma de dinero. De acuerdo con el artículo 709 del Código de Comercio, el pagaré debe contener, además de los requisitos que establece el artículo 621 del Código de Comercio, los siguientes: 1. La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero; 2. El nombre de la persona a quien deba hacerse el pago; 3. La indicación de ser pagadero a la orden o al portador, y 4. La forma de vencimiento. Pérdida estimada Es el valor presente resultante de la diferencia entre los flujos de ingresos promedio y los flujos de gastos promedio en los que incurre el INTERMEDIARIO como consecuencia del incumplimiento del deudor en la atención de una obligación garantizada. Portal Sitio de Internet dispuesto por el FNG para realizar las transacciones previstas en el REGLAMENTO al cual se puede acceder ingresando a la dirección Proceso concursal o Concurso de acreedores Para efectos de este REGLAMENTO se entenderán por procesos concursales los de reorganización empresarial y los de liquidación judicial o administrativa. Los procesos de reorganización están encaminados a lograr la recuperación o supervivencia del deudor insolvente, mientras que los de liquidación están encaminados, como su nombre lo indica, a liquidar o ejecutar su patrimonio y a distribuir los bienes o el producto de los mismos a favor de sus acreedores. Producto de garantía Es aquel tipo de garantía que cuenta con características técnicas, financieras y de mercado particulares. Programas Especiales Son aquellos productos de garantía con condiciones técnicas, financieras y de mercado particulares, que se dirigen a un segmento determinado de beneficiarios, teniendo como Glosario Página 6

7 soporte recursos aportados por terceros para desarrollar actividades específicas de fomento y desarrollo. Los programas especiales permiten al FNG compartir el riesgo con otras entidades para aumentar la cobertura de las garantías u obtener el pago de la comisión para otorgar comisiones sin costo total o parcial para el INTERMEDIARIO. Proyectos de innovación y desarrollo tecnológico Es aquella destinación de una obligación garantizada orientada a mejorar la competitividad, la productividad, la rentabilidad, la sostenibilidad ambiental o el bienestar social del deudor. Los proyectos de innovación y desarrollo tecnológico incluyen entre otros los siguientes: 1) Diseño y desarrollo de nuevos productos y servicios o una mejora sustancial de los existentes. 2) Introducción de nuevos procesos productivos o una mejora sustancial de los existentes. 3) Diseño, construcción y pruebas de prototipos y de plantas piloto. 4) Investigación aplicada y transferencia de tecnología. Reclamación Es la solicitud de pago de la garantía que el INTERMEDIARIO hace al FNG, cumpliendo los requisitos establecidos para el efecto en el REGLAMENTO. Recursos de Redescuento Son las sumas de dinero que el INTERMEDIARIO obtiene de parte de un banco de segundo piso a través de un redescuento. Redescuento Es la operación por medio de la cual un INTERMEDIARIO recibe recursos de un banco de segundo piso para entregarlos a su vez a un deudor, a través de una operación activa. Registro Es el procedimiento por medio del cual, una vez recibida de parte del INTERMEDIARIO la información detallada de las obligaciones a garantizar, el FNG acepta como garantizables cada una de las obligaciones con reserva de cupo o apertura de cupo que cumplan con los requisitos establecidos en el REGLAMENTO. En caso de aceptación del registro de garantía, la obligación a garantizar se convierte en una obligación garantizada, siempre que el INTERMEDIARIO pague la comisión correspondiente. Reglamento Es el documento en el cual se plasman las disposiciones que regulan la emisión, administración, pago y recuperación de las garantías que otorga el FNG a los INTERMEDIARIOS, estableciendo los derechos y obligaciones que surgen entre las partes. Glosario Página 7

8 Renovación Es la actividad por medio de la cual el INTERMEDIARIO mantiene la vigencia de una garantía mediante el pago de la comisión para el siguiente período de cobertura. Reserva de Cupo o reservar Es la actividad por medio de la cual el INTERMEDIARIO solicita al FNG, con anterioridad al desembolso de una obligación a garantizar, la verificación del cumplimiento de las condiciones generales del INTERMEDIARIO, del deudor, y de las obligaciones a ser garantizadas frente a los productos de garantía, con el fin de asegurar el otorgamiento de la garantía por parte del FNG en las condiciones solicitadas. Reserva de Cupo contingente Es la reserva de cupo utilizada para la consolidación de pasivos que el deudor tenga con el mismo INTERMEDIARIO o con otro, cuando con la solicitud se supera el VMD del deudor o monto máximo del producto. Saldo insoluto Es el saldo de capital pendiente de pagar por parte del deudor en una obligación garantizada, sin incluir intereses ni otros conceptos. SFC Superintendencia Financiera de Colombia Secuestrado De conformidad con el artículo 168 y 169 del Código Penal es aquella persona que ha sido arrebatada, sustraída, retenida u ocultada por otra persona. Sistema de Información Se entenderá todo sistema utilizado para generar, enviar, recibir, archivar o procesar de alguna forma los mensajes de datos. Sistema de Información Designado y Complementario Son los Sistemas de Información que el FNG designa como válidos para efectuar determinadas transacciones. En este sentido se entiende como Sistema Designado a la comunicación establecida en el Portal Transaccional. Todos los demás sistemas utilizados se entienden como Complementarios. Subrogación De acuerdo con el artículo 1666 del Código Civil, la subrogación es la transmisión de los derechos del acreedor a un tercero, que le paga. Glosario Página 8

9 Título valor Son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora. Tipo de Comisión Es la categoría de tarifa de comisión asignada por el FNG, bajo sus políticas de riesgo, a cada INTERMEDIARIO. Usuario Es la combinación de un login y password asignados a un perfil determinado para acceder al portal. Valor Máximo Discrecional (VMD) Es un límite definido por el FNG bajo sus políticas de riesgo, que establece los montos máximos hasta los cuales el FNG estaría dispuesto a emitir garantías para cada una de las líneas de garantía, por cada INTERMEDIARIO, por cada producto de garantía o por cada deudor. Vivienda de Interés Social (VIS) Es la definida en el artículo 104 de la Ley 812 de 2003 o la norma que la modifique o sustituya. Glosario Página 9

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