1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA"

Transcripción

1 Página Número 187 Viernes, 21 de septiembre de COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.1. DISPOSICIONES GENERALES Órdenes Forales ORDEN FORAL 345/2012, de 27 de agosto, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria Empleo, por la que se establece el régimen de autoliquidación como procedimiento de liquidación pago para negocios jurídicos mortis causa en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones Donaciones se aprueban los modelos 650, 651, 652. El artículo 50 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones Donaciones, aprobado mediante Decreto Foral 16/2004, de 26 enero, dispone que los sujetos pasivos que opten por determinar el importe de sus deudas tributarias mediante autoliquidación deberán presentarla en el modelo de impreso de declaraciónliquidación aprobado por el Departamento de Economía Hacienda, procediendo a ingresar su importe dentro de los plazos establecidos en los artículos 37 siguientes de ese Reglamento. Dicha autoliquidación deberá ir acompañada de los documentos a que se refiere el artículo 36 del referido Reglamento. Asimismo, la disposición final única del mencionado Decreto Foral autoriza al Consejero de Economía Hacienda para la aprobación de los modelos de declaraciónliquidación del Impuesto que hagan que surta efecto el régimen de autoliquidación previsto en el artículo 33, sección 3.ª del capítulo VII demás preceptos referentes al mismo. Continuando con el proceso de establecimiento del régimen de autoliquidación como sistema único que alcance a la totalidad de los hechos imponibles del Impuesto, que tuvo su punto de partida en la Orden Foral 218/2009, de 21 de diciembre, en la que se regulaba el régimen de autoliquidación para las operaciones relativas a negocios jurídicos gratuitos intervivos, se aprueba mediante esta Orden Foral el régimen de autoliquidación aplicable a las operaciones relativas a negocios jurídicos gratuitos mortis causa. El régimen de autoliquidación tendrá carácter opcional para el sujeto pasivo, pudiendo éste seguir realizando únicamente la declaración del impuesto al objeto de que la Administración efectúe la correspondiente liquidación. El establecimiento del régimen de autoliquidación, supone la aprobación de los modelos de autoliquidación 650, El primero de ellos, el modelo 650, deberá ser utilizado por quienes opten por el régimen de autoliquidación para las adquisiciones mortis causa entre causante causahabiente en las que medie un grado de parentesco distinto al de ascendiente o descendiente en línea recta por consanguinidad, adoptante o adoptado cónuge o pareja estable. El modelo 651 deberá ser utilizado por quienes opten por el régimen de autoliquidación para las adquisiciones mortis causa en las que medie un grado de parentesco entre causante causahabiente de cónuge o miembros de una pareja estable, según su legislación específica, ascendiente o descendiente en línea recta por consanguinidad, adoptante o adoptado. El modelo 652 deberá ser utilizado por quienes opten por el régimen de autoliquidación para las operaciones de seguro de vida para el caso de muerte del asegurado siempre que el contratante sea persona distinta del beneficiario haa sido contratado por el asegurado o se trate de un seguro colectivo. Por otro lado, se aprueba el modelo Impuesto sobre Sucesiones Donaciones. Sucesiones. Declaración, cua presentación será obligatoria tanto si se opta por el régimen de autoliquidación, como si se pretende realizar la declaración del impuesto al objeto de que la Administración efectúe la correspondiente liquidación. Este modelo deberá contener la relación de herederos, legatarios beneficiarios de seguros de vida intervinientes en la adquisición mortis causa. De igual modo, deberá contener la relación de los bienes derechos que integran el caudal hereditario, así como las deudas, cargas gastos deducibles. Por último, deberán declararse las adiciones de bienes derechos correspondientes, así como las acumulaciones de donaciones si las hubiera. En consecuencia, ORDENO: Artículo 1. Establecimiento del régimen de autoliquidación como procedimiento de liquidación pago para negocios jurídicos mortis causa en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones Donaciones. 1. Los sujetos pasivos podrán utilizar el régimen de autoliquidación en relación con los negocios jurídicos que se relacionan en el apartado 2 de este artículo. Dicho régimen tiene carácter opcional. La opción de los sujetos pasivos por el régimen de autoliquidación exigirá que en las declaracionesliquidaciones se inclua el valor de la totalidad de los bienes derechos transmitidos que todos los adquirentes interesados en la sucesión o el seguro estén incluidos en el mismo documento o declaración exista la conformidad de todos. El importe ingresado por una autoliquidación que no reúna los requisitos exigidos en el párrafo anterior tendrá el carácter de mero ingreso a cuenta, pero no dará lugar a que la oficina gestora dé cumplimiento a lo establecido en el artículo 50, apartados 3 4 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones Donaciones aprobado mediante del Decreto Foral 16/2004, de 26 de enero. No obstante, se admitirá la autoliquidación parcial referida a una parte de los bienes derechos en aquellos supuestos en los que, según el artículo 52 del Reglamento, se admite la práctica de liquidación parcial a cuenta. 2. Los actos negocios jurídicos a los que alcanza este régimen son aquellos que constituan un negocio jurídico gratuito mortis causa. Tendrán tal consideración, entre otros, los siguientes: a) La adquisición de bienes derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio. b) La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguro sobre la vida para caso de muerte del asegurado, siempre que el contratante no sea el beneficiario haa sido contratado por el asegurado o se trate de un seguro colectivo. Artículo 2. Aprobación de los modelos 650, de autoliquidaciones correspondientes al Impuesto sobre Sucesiones Donaciones. 1. Se aprueba el modelo 650, Impuesto sobre Sucesiones Donaciones. Sucesiones. Autoliquidación, que figura en el anexo I de esta Orden Foral. Este modelo consta de tres ejemplares, para la Administración, para el interesado para el Registro de la Propiedad de carta de pago modelo 772. La autoliquidación modelo 650 se utilizará en relación con las transmisiones mortis causa entre causante causahabientes en las que medie un grado de parentesco que difiera de los señalados en el apartado 2 siguiente. 2. Se aprueba el modelo 651, Impuesto sobre Sucesiones Donaciones. Tipo de gravamen 0,80 por 100. Sucesiones. Autoliquidación, que figura en el anexo II de esta Orden Foral. Este modelo consta de tres ejemplares, para la Administración, para el interesado para el Registro de la Propiedad de carta de pago modelo 772. La autoliquidación modelo 651 se utilizará en relación con las transmisiones mortis causa realizadas entre causante causahabientes en las que medie un grado de parentesco de los contenidos en el artículo 34.1.a) del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sucesiones Donaciones aprobado por Decreto Foral Legislativo 250/20, de 16 de diciembre, es decir, cuando se trate de cónuges o miembros de una pareja estable, según su legislación específica, ascendiente o descendiente en línea recta por consanguinidad, adoptante o adoptado. 3. Se aprueba el modelo 652, Impuesto sobre Sucesiones Donaciones. Sucesiones. Seguros de Vida. Autoliquidación, que figura en el anexo III de esta Orden Foral. Este modelo consta de tres ejemplares, para la Administración, para el interesado para la entidad aseguradora de carta de pago modelo 772. La autoliquidación modelo 652 se utilizará en relación con las operaciones de seguros de vida para el caso de muerte del asegurado siempre que el contratante sea persona distinta del beneficiario haa sido contratado por el asegurado o se trate de un seguro colectivo. Los seguros sobre la vida contenidos en este modelo no deberán incluirse en el modelo Impuesto sobre Sucesiones Donaciones. Sucesiones. Declaración. Artículo 3. Aprobación del modelo Impuesto sobre Sucesiones Donaciones. Sucesiones. Declaración. 1. Se aprueba el modelo Impuesto sobre Sucesiones Donaciones. Sucesiones. Declaración que figura en el anexo IV de esta Orden Foral. Este modelo consta de tres ejemplares: ejemplar para la Administración, ejemplar para el interesado ejemplar para terceros. 2. La presentación de la declaración del modelo será obligatoria tanto si se opta por el régimen de autoliquidación, como si se realiza la declaración del impuesto al objeto de que la Administración efectúe la correspondiente liquidación. Artículo 4. Lugar de presentación de las declaraciones declaracionesliquidaciones. Las declaraciones declaracionesliquidaciones previstas en esta Orden Foral deberán presentarse en las oficinas del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra. Disposición final única. Entrada en vigor. Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, será aplicable a las declaraciones liquidaciones que se presenten a partir de esa fecha, cualquiera que fuere la del devengo del Impuesto. No obstante, la presentación del modelo será obligatoria a partir del 15 de octubre de 2012 será aplicable a las declaraciones que se

2 Viernes, 21 de septiembre de 2012 Número Página presenten a partir de esa fecha, cualquiera que fuere la del devengo del Impuesto. Pamplona, 27 de agosto de La Consejera de Economía, Hacienda, Industria Empleo, Lourdes Goicoechea Zubelzu. ANEXO I 650 Número de documento DÍA MES o razón social Grado de parentesco 15 Fecha de nacimiento Título Sucesorio... Número,,, Tipo de Sucesión Testada 10 Intestada 11 Otros 12 Fecha de fallecimiento 1019 de fallecimiento LIQUIDACIÓN PARCIAL 207 LIQUIDACIÓN COMPLEMENTARIA 453 EXTINCIÓN DE USUFRUCTO 453 DECLARACIÓN PRORROGADA Nº carta de pago Liquidación anterior TIPO DE GRAVAMEN. CASOS ESPECIALES Nº de solicitud Fecha de la solicitud VIVIENDA ENTRE HERMANOS 452 ADICIÓN DE HERENCIA 458 ADQUISICIÓN DE NUDA PROPIEDAD total de los bienes derechos del causante... de la participación individual del sujeto pasivo... Cargas, deudas gastos deducibles del sujeto pasivo... de los bienes adicionales a la BI del sujeto pasivo.. Percepciones de contratos de seguro sobre la vida Participación individual total Exención por fincas rústicas explotaciones agrarias... Exención por obligaciones bonos de caja... Exención por actividad empresarial o profesional... Exención por participación en entidades... Exención por vehículos... Otras exenciones Suma total de exenciones NO SUJECIÓN 203 PRESCRIPCIÓN 204 APLAZAMIENTO 152 Fundamento normativo: Base Imponible -... Reducción... Base Liquidable Base Liquidable al 0,80%... Resto base liquidable a tarifa Tipo de gravamen Cuota Íntegra al 0,80% 28 x 0,80%... Cuota Íntegra a tarifa x 31 ó Total Cuota Íntegra Deducción por doble imposición... Cuota Neta ingresado en liq. anterior TOTAL A INGRESAR (Trasladar código ) (Justificación del pago)..., a... de... de... ( del sujeto pasivo o del presentador del documento) (Sello firma de la Entidad Bancaria) Fdo.: D./ Dña.:... :... De conformidad con lo establecido en la Le Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal, queda usted informado consiente de forma expresa e inequívoca, mediante la presentación de este documento, a la incorporación de sus datos personales a los ficheros de datos existentes en la Hacienda Tributaria de Navarra (Av. Carlos III, 4), cua finalidad es la gestión, liquidación recaudación de los diferentes tributos competencia de la Comunidad Foral de Navarra. anexo II o razón social DÍA MES Tipo de gravamen 0,80 por 100 Número de documento o razón social Fecha de nacimiento 50 Título Sucesorio... TIPO DE GRAVAMEN. CASOS ESPECIALES Número,,, VIVIENDA ENTRE HERMANOS de la vivienda entre hermanos ADQUISICIÓN DE NUDA PROPIEDAD del usufructo de los bienes adquiridos en nuda propiedad ADICIÓN DE HERENCIA Tipo de Sucesión Testada 10 Intestada 11 Otros 12 Fecha de fallecimiento 1019 de fallecimiento 1011 Base Liquidable de herencias anteriores CÁLCULO DEL TIPO DE GRAVAMEN Base Liquidable teórica Base Liquidable teórica al 0,80% Resto Base Liquidable teórica a tarifa Tipo de gravamen EXTINCIÓN DE USUFRUCTO (453) íntegro de los bienes Reducción Base Liquidable teórica Base Liquidable al 0,80% Resto base liquidable teórica a tarifa Tipo de gravamen correspondiente al valor íntegro de los bienes AJUSTE DE LA CUOTA ÍNTEGRA A TARIFA Base Liquidable a tarifa... 1 Cuota resultante de aplicar la tarifa correspondiente al tramo Cuota resultante de aplicar la tarifa correspondiente al tramo anterior Diferencia entre cuotas Límite de Base Liquidable del tramo anterior Diferencia entre Bases Liquidables a tarifa Reducción en la cuota - (sólo si es positivo) CUOTA ÍNTEGRA A TARIFA AJUSTADA LIQUIDACIÓN PARCIAL 207 LIQUIDACIÓN COMPLEMENTARIA 453 EXTINCIÓN DE USUFRUCTO 453 DECLARACIÓN PRORROGADA Nº carta de pago Liquidación anterior (Justificación del pago) total de los bienes derechos del causante... de la participación individual del sujeto pasivo... Cargas, deudas gastos deducibles del sujeto pasivo... de los bienes adicionales a la BI del sujeto pasivo. Percepciones de contratos de seguro sobre la vida Suma total de exenciones NO SUJECIÓN 203 PRESCRIPCIÓN 204 APLAZAMIENTO Fundamento normativo: , a... de... de... ( del sujeto pasivo o del presentador del documento) Nº de solicitud Fecha de la solicitud Participación individual total Base Imponible Reducción Exención por fincas rústicas explotaciones agrarias Base Liquidable Exención por obligaciones bonos de caja... Tipo de gravamen Exención por actividad empresarial o profesional Cuota Íntegra x 0,80% Exención por participación en entidades... Deducción por doble imposición Exención por vehículos Cuota Neta Otras exenciones... ingresado en liq. anterior TOTAL A INGRESAR (Trasladar código ) ,80% Fdo.: D./ Dña.:... (Sello firma de la Entidad Bancaria) :... De conformidad con lo establecido en la Le Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal, queda usted informado consiente de forma expresa e inequívoca, mediante la presentación de este documento, a la incorporación de sus datos personales a los ficheros de datos existentes en la Hacienda Tributaria de Navarra (Av. Carlos III, 4), cua finalidad es la gestión, liquidación recaudación de los diferentes tributos competencia de la Comunidad Foral de Navarra.

3 Página Número 187 Viernes, 21 de septiembre de Seguros de vida Página.../... o razón social SEGUROS DE VIDA (439) Fecha de contratación 1406 Fecha de contratación 1406 Fecha de contratación 1406 Fecha de contratación 1406 Fecha de contratación 1406 Fecha de contratación 1406 AJUSTE DE LA CUOTA ÍNTEGRA A TARIFA Base Liquidable a tarifa... 1 Cuota resultante de aplicar la tarifa correspondiente al tramo... Cuota resultante de aplicar la tarifa correspondiente al tramo anterior Diferencia entre cuotas Límite de Base Liquidable del tramo anterior Diferencia entre Bases Liquidables a tarifa Reducción en la cuota - (sólo si es positivo) CUOTA ÍNTEGRA A TARIFA AJUSTADA ANEXO iii 652 DÍA MES Seguros de vida Número de documento o razón social Grado de parentesco 15 Fecha de nacimiento Número,,, Fecha de fallecimiento 1019 de fallecimiento LIQUIDACIÓN PARCIAL 207 LIQUIDACIÓN COMPLEMENTARIA 453 DECLARACIÓN PRORROGADA Nº carta de pago Liquidación anterior 208 Nº de solicitud Fecha de la solicitud 709 SEGUROS DE VIDA (439) Fecha de contratación Cantidades percibidas por el beneficiario Base Liquidable al 0,80% Exenciones Resto base liquidable a tarifa Base Imponible -... Tipo de gravamen Reducción Cuota Íntegra al 0,80% x 0,80% Base Liquidable -... Cuota Íntegra a tarifa x 31 ó Total Cuota Íntegra Deducción por doble imposición... Cuota Neta ingresado en liq. anterior NO SUJECIÓN 203 PRESCRIPCIÓN 204 APLAZAMIENTO Fundamento normativo: TOTAL A INGRESAR (Trasladar código ) (Justificación del pago)..., a... de... de... ( del sujeto pasivo o del presentador del documento) (Sello firma de la Entidad Bancaria) Fdo.: D./ Dña.:... :... De conformidad con lo establecido en la Le Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal, queda usted informado consiente de forma expresa e inequívoca, mediante la presentación de este documento, a la incorporación de sus datos personales a los ficheros de datos existentes en la Hacienda Tributaria de Navarra (Av. Carlos III, 4), cua finalidad es la gestión, liquidación recaudación de los diferentes tributos competencia de la Comunidad Foral de Navarra.

4 Viernes, 21 de septiembre de 2012 Número Página ANEXO IV Hoja DÍA MES LIQUIDACIÓN DECLARACIÓN 206 LIQUIDACIÓN PARCIAL 207 LIQUIDACIÓN COMPLEMENTARIA 453 EXTINCIÓN DE USUFRUCTO Nº carta de pago Liquidación anterior A. Bienes inmuebles urbanos (no afectos a actividades empresariales o profesionales) (421) Estado civil al fallecimiento Casado/a 1013 Soltero/a 1014 Viudo/a 1015 Pareja de hecho 1016 Otros 1017 Tipo de Sucesión Testada 10 Intestada 11 Otros Fecha de fallecimiento 1019 de fallecimiento 1011 Régimen económico matrimonial Sociedad conquistas/gananciales 1030 Separación de bienes 1031 Otros 1032 PRESENTADOR (245) Nombre o Razón DATOS DEL DOCUMENTO PÚBLICO 501 PRIVADO 5 NOTARIO O FEDATARIO ( Nombre) Lugar de otorgamiento 643 FECHA 601 Núm. Protocolo 616 Año: 617 Número: FECHA 601 RELACIÓN DE HEREDEROS, LEGATARIOS Y BENEFICIARIOS DE SEGUROS SOBRE LA VIDA (2) social Número,,, Copia 618 1ª Copia 2ª Copia B. Bienes inmuebles rústicos (no afectos a actividades empresariales o profesionales) (422) Grado de parentesco Título sucesorio 15..., a... de de... ( del presentador del documento) De conformidad con lo establecido en la Le Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal, queda usted informado consiente de forma expresa e inequívoca, mediante la presentación de este documento, a la incorporación de sus datos personales a los ficheros de datos existentes en la Hacienda Tributaria de Navarra (Av. Carlos III, 4), cua finalidad es la gestión, liquidación recaudación de los diferentes tributos competencia de la Comunidad Foral de Navarra. Hoja 1 DÍA MES Página.../... Hoja 3 C. Bienes derechos afectos a actividades empresariales o profesionales RELACIÓN DE HEREDEROS, LEGATARIOS Y BENEFICIARIOS DE SEGUROS SOBRE LA VIDA (2) Nombre o Razón social C.1. Bienes inmuebles urbanos afectos a actividades empresariales o profesionales (424) C.2. Bienes inmuebles rústicos afectos a actividades empresariales o profesionales (425) C.3. Bienes derechos afectos a actividades empresariales o profesionales (excepto inmuebles) (423) del bien o derecho 1151 del bien o derecho 1151 del bien o derecho 1151

5 Página Número 187 Viernes, 21 de septiembre de 2012 Hoja 4 Hoja 6 D. Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo, cuentas financieras otros tipos de imposiciones en cuenta (426) E. es representativos de la cesión a terceros de capitales propios (427) del valor 1201 Entidad depositaria 12 Número de títulos 1203 del valor 1201 Entidad depositaria 12 Número de títulos 1203 del valor 1201 Entidad depositaria 12 Número de títulos 1203 del valor 1201 Entidad depositaria 12 Número de títulos 1203 F. es representativos de la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad (4) del valor 1301 Entidad depositaria 13 Número de títulos 1303 del valor 1301 Entidad depositaria 13 Número de títulos 1303 del valor 1301 Entidad depositaria 13 Número de títulos 1303 del valor 1301 Entidad depositaria 13 Número de títulos 1303 L. Adición de bienes L.1 ADICIÓN QUE AFECTA AL CAUDAL HEREDITARIO L.1.1 ADICIÓN DE INMUEBLES URBANOS QUE AFECTA AL CAUDAL HEREDITARIO (601) L.1.2 ADICIÓN DE INMUEBLES RÚSTICOS QUE AFECTA AL CAUDAL HEREDITARIO (6) L.1.3 ADICIÓN DE OTROS BIENES Y DERECHOS QUE AFECTA AL CAUDAL HEREDITARIO (603) del bien o derecho 4330 del bien o derecho 4330 L.2 ADICIÓN QUE AFECTA A UNO O MÁS INTERESADOS L.2.1 ADICIÓN DE INMUEBLES URBANOS QUE AFECTA A UNO O MÁS INTERESADOS (604) L.2.2 ADICIÓN DE INMUEBLES RÚSTICOS QUE AFECTA A UNO O MÁS INTERESADOS (605) L.2.3 ADICIÓN DE OTROS BIENES Y DERECHOS QUE AFECTA A UNO O MÁS INTERESADOS (606) del bien o derecho 4330 del bien o derecho 4330 Hoja 5 Hoja 7 G. Vehículos, embarcaciones aeronaves (431) Marca 5000 Número 5006 de H. Otros bienes derechos de contenido económico (432) del bien o derecho 4200 I. Cargas deducibles (434) J. Deudas deducibles (435) del bien o derecho 4200 del bien o derecho 4200 K. Gastos deducibles (436) bastidor Potencia 50 Fiscal (CVf) Cilindrada Modelo 5001 Fecha de 1ª Matriculación 5009 Matrícula 5007 Año de Fabricación 5008 Motor Marca 5000 Número 5006 de bastidor Potencia 50 Fiscal (CVf) Cilindrada 5005 Caballos de Vapor (CV) 5013 Tipo de embarcación 5012 VELA MOTOR Modelo 5001 Fecha de 1ª Matriculación 5009 Matrícula 5007 Año de Fabricación 5008 Motor Marca 5000 Número 5006 de bastidor Potencia 50 Fiscal (CVf) Cilindrada GASOLINA DIÉSEL GASOLINA DIÉSEL 5005 Caballos de Vapor (CV) 5013 Tipo de embarcación 5012 VELA MOTOR Modelo 5001 Fecha de 1ª Matriculación 5009 Matrícula 5007 Año de Fabricación 5008 Motor Caballos de Vapor (CV) 5013 Tipo de embarcación 5012 VELA MOTOR GASOLINA DIÉSEL M. Acumulación de donaciones M. 1 ACUMULACIÓN DE INMUEBLES URBANOS (607) M.2 ACUMULACIÓN DE INMUEBLES RÚSTICOS (608) M.3 ACUMULACIÓN DE OTROS BIENES Y DERECHOS (609) del bien o derecho 4330 del bien o derecho 4330 N. Seguros de vida (439) Capital Renta vitalicia Renta temporal Años Fecha de contratación 1406 Capital Renta vitalicia Renta temporal Años Fecha de contratación 1406 Capital Renta vitalicia Renta temporal Años Fecha de contratación 1406

6 Viernes, 21 de septiembre de 2012 Número Página Hoja 8 RESUMEN Declarado A. Bienes inmuebles urbanos no afectos a actividades empresariales o profesionales B. Bienes inmuebles rústicos no afectos a actividades empresariales o profesionales C.1. Bienes inmuebles urbanos afectos a actividades empresariales o profesionales C.2. Bienes inmuebles rústicos afectos a actividades empresariales o profesionales C.3. Bienes derechos afectos a actividades empresariales o profesionales (excepo inmuebles) D. Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo, cuentas financieras otros tipos de imposiciones en cuenta E. es representativos de la cesión a terceros de capitales propios F. es representativos de la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad G. Vehículos, embarcaciones aeronaves H. Otros bienes derechos de contenido económico total de los bienes derechos (Suma de a ) I. Cargas deducibles J. Deudas deducibles K. Gastos deducibles L.1.1 Adición de inmuebles urbanos que afecta al caudal hereditario L.1.2 Adición de inmuebles rústicos que afecta al caudal hereditario L.1.3 Adición de otros bienes derechos que afecta al caudal hereditario L.2.1 Adición de inmuebles urbanos que afecta a uno o más interesados L.2.2 Adición de inmuebles rústicos que afecta a uno o más interesados L.2.3 Adición de otros bienes derechos que afecta a uno o más interesados Caudal hereditario neto [(120) - (121) - (122) - (123) + (Suma de a )] M. 1 Acumulación de donaciones de inmuebles urbanos M. 2 Acumulación de donaciones de inmuebles rústicos M. 3 Acumulación de donaciones de otros bienes derechos N. Seguros de vida Caudal hereditario fiscal (Suma de 130 a 134 )

Sección I - Comunidad Autónoma Illes Balears

Sección I - Comunidad Autónoma Illes Balears BOIB Num. 75 EXT. 30-05-2008 75 Sección I - Comunidad Autónoma Illes Balears 3.- Otras disposiciones CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN Num. 8842 Orden del Consejero de Economía, Hacienda e

Más detalles

SUJECCIÓN AL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.

SUJECCIÓN AL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio. SUJECCIÓN AL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES Artículo 3 Ley 29/1987. Hecho imponible. 1. Constituye el hecho imponible: a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro

Más detalles

GUÍA SEGUROS SOBRE LA VIDA

GUÍA SEGUROS SOBRE LA VIDA GUÍA SEGUROS SOBRE LA VIDA Actualizada a 30/09/2013 www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia ÍNDICE I. NORMATIVA...3 II. HECHO IMPONIBLE Y SUJETO PASIVO...3 III. BASE IMPONIBLE...3 IV. REDUCCIONES...3

Más detalles

REGISTRO NORM@DOC: 43670 BOMEH: 8/2015 PUBLICADO EN: BOE n.º 43, de 19 de febrero de 2015

REGISTRO NORM@DOC: 43670 BOMEH: 8/2015 PUBLICADO EN: BOE n.º 43, de 19 de febrero de 2015 TÍTULO: Orden HAP/258/2015, de 17 de febrero, por la que se modifica la Orden EHA/672/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueban los modelos 130 y 131 para la autoliquidación de los pagos fraccionados

Más detalles

Modelo 651. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Instrucciones

Modelo 651. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Instrucciones Modelo 651 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Instrucciones Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Modelo 651 Quien debe presentar la autoliquidación Estarán obligados a presentar autoliquidación,

Más detalles

MADRID CAPÍTULO III. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. SECCIÓN I. REDUCCIONES DE LA BASE IMPONIBLE.

MADRID CAPÍTULO III. IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. SECCIÓN I. REDUCCIONES DE LA BASE IMPONIBLE. Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por

Más detalles

BOLETÍN Nº de septiembre de 2012

BOLETÍN Nº de septiembre de 2012 Page 1 of 11 BOLETÍN Nº 187-21 de septiembre de 2012 ORDEN FORAL 345/2012, de 27 de agosto, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se establece el régimen de autoliquidación

Más detalles

Ejercicio de poder testatorio y donación. Tratamiento fiscal (28.07.2005)

Ejercicio de poder testatorio y donación. Tratamiento fiscal (28.07.2005) Ejercicio de poder testatorio y donación. Tratamiento fiscal (28.07.2005) Cuestión La consultante es comisaria foral de la herencia de su difunto esposo. Entre los bienes de la comunidad de bienes constituida

Más detalles

MODELO 655. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones AUTOLIQUIDACIÓN DE CONSOLIDACIÓN DE DOMINIO POR EXTINCIÓN DE USUFRUCTO INSTRUCCIONES

MODELO 655. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones AUTOLIQUIDACIÓN DE CONSOLIDACIÓN DE DOMINIO POR EXTINCIÓN DE USUFRUCTO INSTRUCCIONES MODELO 655 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones AUTOLIQUIDACIÓN DE CONSOLIDACIÓN DE DOMINIO POR EXTINCIÓN DE USUFRUCTO INSTRUCCIONES CUESTIONES GENERALES Normativa reguladora Ley 29/1987, de 18 de diciembre,

Más detalles

ARAGÓN. CAPÍTULO III Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Sección 1 Concepto «Sucesiones»

ARAGÓN. CAPÍTULO III Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Sección 1 Concepto «Sucesiones» Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos

Más detalles

Declaración parcial BORRADOR. Provincia/País

Declaración parcial BORRADOR. Provincia/País Delegación de la Agencia Tributaria de Galicia de () Oficina liquidadora de IMPUESTO SOBRE Impuesto sobre SUCESIONES Y DONACIONES Sucesiones y Donaciones Adquisiciones "mortis causa" Declaración ordinaria

Más detalles

Guía para cumplimentar el Modelo 660: "Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sucesiones. Declaración"

Guía para cumplimentar el Modelo 660: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sucesiones. Declaración Guía para cumplimentar el Modelo 660: "Impuesto sobre Sucesiones y El impreso 660 "Impuesto sobre Sucesiones y, es de presentación obligatoria (tanto si se opta por el régimen de Autoliquidación, como

Más detalles

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL PARA ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LA ACERA, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER

Más detalles

INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, Y OPERACIONES FINANCIERAS PARTICIPACIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL O DEL PATRIMONIO DE LAS

INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, Y OPERACIONES FINANCIERAS PARTICIPACIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL O DEL PATRIMONIO DE LAS Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EHA/3514/2009, DE 29 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 181 DE DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS,

Más detalles

Junta de Castilla y León

Junta de Castilla y León Com. 01-04 MODIFICACIONES TRIBUTARIAS PARA EL AÑO 2004 QUE AFECTAN A LOS TRIBUTOS CEDIDOS GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 (Ley 61/2003), y de

Más detalles

Modelo 650. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Instrucciones

Modelo 650. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Instrucciones Modelo 650 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Instrucciones Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Instrucciones modelo 650 Quién debe presentar la Declaración Están obligados a presentar la declaración,

Más detalles

Modelo 650. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones INSTRUCCIONES

Modelo 650. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones INSTRUCCIONES Modelo 650 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones AUTOLIQUIDACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES POR SUCESIÓN INSTRUCCIONES CUESTIONES GENERALES Normativa reguladora Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto

Más detalles

DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO CIRCULAR FISCAL 7 de marzo de 2014 DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO 1.- PRIMERA DECLARACION DEL MODELO 720: Si no tuvo la obligación de presentar

Más detalles

B & V A B O G A D O S B & V ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L.

B & V A B O G A D O S B & V ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L. Circular 08/11 MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID La Ley 7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para la Comunidad de Madrid, publicada en el Boletín

Más detalles

Tributación en el IRPF del instituyente de un pacto sucesorio por la ganancia patrimonial derivada de la transmisión.

Tributación en el IRPF del instituyente de un pacto sucesorio por la ganancia patrimonial derivada de la transmisión. Tributación en el IRPF del instituyente de un pacto sucesorio por la ganancia patrimonial derivada de la transmisión. La Administración Tributaria del Territorio Común se ha pronunciado, en una Consulta

Más detalles

Novedades de la Ley 1/2008, de 27 de diciembre.

Novedades de la Ley 1/2008, de 27 de diciembre. Grupo Asesur-Tropic SL Avda Juan Carlos I EdifMiami, 8 Tel 958-88 00 54 Fax 958-88 03 52 info@asesurtropiccom Medidas fiscales de la C A de Andalucía para el ejercicio 2008 (Disposiciones cuarta y quinta

Más detalles

(BOCL 190, 01/10/2008)

(BOCL 190, 01/10/2008) Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado (BOCL

Más detalles

Modelo 651. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones INSTRUCCIONES

Modelo 651. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones INSTRUCCIONES Modelo 651 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones AUTOLIQUIDACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES POR DONACIÓN INSTRUCCIONES CUESTIONES GENERALES Normativa reguladora Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto

Más detalles

CASTILLA Y LEÓN. Capítulo III. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sección 1. Concepto sucesiones

CASTILLA Y LEÓN. Capítulo III. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sección 1. Concepto sucesiones Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos Artículo

Más detalles

: BOMEH: PUBLICADO EN:

: BOMEH: PUBLICADO EN: TÍTULO: Orden HAP/523/2015, de 25 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/1721/2011, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto

Más detalles

3. Ot r a s disposiciones

3. Ot r a s disposiciones Página 12654 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Economía y Hacienda 4368 Orden de 26 de febrero de 2010 de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se aprueba el modelo

Más detalles

CONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE

CONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE CONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Bonificación en la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones NORMATIVA APLICABLE

Más detalles

ALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS. NUEVOS MODELOS 202-222 PAGOS FRACCIONES IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Orden HAP/523/2015 (BOE 27-03-2015)

ALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS. NUEVOS MODELOS 202-222 PAGOS FRACCIONES IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Orden HAP/523/2015 (BOE 27-03-2015) NUEVOS MODELOS 202-222 PAGOS FRACCIONES IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Orden HAP/523/2015 (BOE 27-03-2015) INDICE-resumen enlazado con texto íntegro ART Exposición motivos. 1 Modificación Orden EHA/1721/2011

Más detalles

Planes de pensiones:

Planes de pensiones: Planes de pensiones: 1) Características de un plan de pensiones: La persona a cuyo favor se constituye el plan de pensiones : Asume la obligación de realizar a aportaciones al plan de pensiones. Tiene

Más detalles

NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 5.1 Ley 20/1991. Impuesto General Indirecto Canario

NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 5.1 Ley 20/1991. Impuesto General Indirecto Canario PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO:. CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 5.1 Ley 20/1991. Impuesto General Indirecto Canario Art. 5.4 b) Ley 20/1991. Art. 9.1º.a) Ley 20/1991 Art.

Más detalles

12/09/2013. Hecho imponible: Otros títulos sucesorios:

12/09/2013. Hecho imponible: Otros títulos sucesorios: IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y Ley 29/1987 de 18 de diciembre del Impuesto Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 21 REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 21 REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. ORDENANZA FISCAL NÚMERO 21 REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142

Más detalles

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones CUMPLIMENTACIÓN MODELOS 650 Y 651 HOJA DE PARÁMETROS APLICABLES EN LOS HECHOS IMPONIBLES DEVENGADOS DESDE EL AÑO 2013 Reducciones por parentesco con el causante.-

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 103 de 6-v-2011 1/83 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda Ente Público Servicios Tributarios del Principado de Asturias Resolución de 4 de abril de 2011,

Más detalles

Circular nº 11 Área Tributaria, Febrero de 2012 Estimados Señores,

Circular nº 11 Área Tributaria, Febrero de 2012 Estimados Señores, Circular nº 11 Área Tributaria, Febrero de 2012 Estimados Señores, La continua actividad legislativa en materia fiscal que se está llevando a cabo desde finales de 2011 aconseja realizar un repaso de los

Más detalles

DECLARACIÓN VOLUNTARIA DE ACTIVIDADES, BIENES, DERECHOS, INTERESES Y RENTAS, REALIZADAS POR OTROS COLECTIVOS

DECLARACIÓN VOLUNTARIA DE ACTIVIDADES, BIENES, DERECHOS, INTERESES Y RENTAS, REALIZADAS POR OTROS COLECTIVOS REGISTRO DE CONFLICTOS DE INTERESES (Registro de Entrada) Consejería de Hacienda y Administración Pública ANEXO IV DECLARACIÓN VOLUNTARIA DE ACTIVIDADES, BIENES, DERECHOS, INTERESES Y RENTAS, REALIZADAS

Más detalles

Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003)...

Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003)... Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003).... Artículo 11. Naturaleza. TÍTULO II. TRIBUTOS PROPIOS. CAPÍTULO

Más detalles

2.1.1.- Por PARENTESCO (a favor parientes Grupos I y II):

2.1.1.- Por PARENTESCO (a favor parientes Grupos I y II): MODIFICACIONES IMPUESTO SUCESIONES y DONACIONES e IMPUESTO TP Y AJD introducidas por el DECRETO- LEY 4/2013, de 2 de agosto, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit público y la

Más detalles

BENEFICIOS FISCALES DE LA RIOJA POR COLECTIVOS

BENEFICIOS FISCALES DE LA RIOJA POR COLECTIVOS BENEFICIOS FISCALES DE LA RIOJA POR COLECTIVOS MEDIDAS DIRIGIDAS A LAS FAMILIAS: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Rebaja de un uno por ciento en la escala autonómica para los contribuyentes

Más detalles

GUÍA PRÁCTICA 7/2013 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

GUÍA PRÁCTICA 7/2013 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES GUÍA PRÁCTICA 7/2013 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES NORMATIVA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN FORAL Las comunidades autónomas de régimen foral (País Vasco y Navarra) se rigen por sus propias

Más detalles

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál

Más detalles

LEY 16/2010, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat

LEY 16/2010, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat LEY 16/2010, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat (BOE 23, 27/01/2011, DOCV 6429/31/12/2010) TITULO II. Otros tributos cedidos

Más detalles

Obligación de informar a Hacienda sobre los BIENES situados en el EXTRANJERO

Obligación de informar a Hacienda sobre los BIENES situados en el EXTRANJERO Nº 38 Febrero 2015 www.ceconsulting.es Obligación de informar a Hacienda sobre los BIENES situados en el EXTRANJERO I.- Quiénes están obligados a presentar la declaración? II.- Qué bienes se deben declarar?

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 127 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 127 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS X LEGISLATURA Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 127 IV. OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS DECLARACIONES DE BIENES Y RENTAS De doña RAQUEL MIRIAM ANDRÉS PRIETO. (502/000115) DECLARACIÓN AL ADQUIRIR LA

Más detalles

EXCESOS DE ADJUDICACIÓN

EXCESOS DE ADJUDICACIÓN EXCESOS DE ADJUDICACIÓN Hay excesos de adjudicación cuando al dividir o repartir algo que hasta ese momento permanecía sin dividir o repartir, alguien recibe más de lo que le corresponde de conformidad

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 619 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 619 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS X LEGISLATURA Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 619 IV. OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS DECLARACIONES DE BIENES Y RENTAS De don ANDRÉS GIL GARCÍA. (502/000096) DECLARACIÓN AL ADQUIRIR LA CONDICIÓN DE

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 30500 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Economía y Hacienda 11089 Orden de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se aprueba el modelo de autoliquidación T399 para

Más detalles

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES Servicio de Asesoría Jurídica

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES Servicio de Asesoría Jurídica ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES Servicio de Asesoría Jurídica General Castaños, 4 4ª planta 28004 Madrid Tel.: 91 310 63 09 Fax: 91 578 36 23 asociacion@fundaciones.org www.fundaciones.org Régimen fiscal

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE PUESTOS Y TERRAZAS (MESAS Y SILLAS)

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE PUESTOS Y TERRAZAS (MESAS Y SILLAS) 2010 AYUNTAMIENTO DE CHERA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE PUESTOS Y TERRAZAS (MESAS Y SILLAS) ÍNDICE DE ARTÍCULOS ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA

Más detalles

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES Art. 1.- Fundamento jurídico. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el art. 106 de la Ley 7/1985,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 37 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 37 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS X LEGISLATURA Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 37 IV. OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS DECLARACIONES DE BIENES Y RENTAS De doña MARÍA DEL MAR AGÜERO RUANO. (502/000059) DECLARACIÓN AL ADQUIRIR LA CONDICIÓN

Más detalles

DECLARACIÓN DE RENTAS, BIENES E INTERESES

DECLARACIÓN DE RENTAS, BIENES E INTERESES DECLARACIÓN DE RENTAS, BIENES E INTERESES Número de Registro: DEC2015-002705 Fecha de Registro: 04/11/2015 Apellidos: Martín Rodríguez Nombre: Jesús Estado civil: Casado/a Régimen: Separación de bienes

Más detalles

PRUEBA NRO. 5 Respuesta pregunta nro. 1. Como primer paso para calcular la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y

PRUEBA NRO. 5 Respuesta pregunta nro. 1. Como primer paso para calcular la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Respuesta pregunta nro. 1 La respuesta correcta es la A. Como primer paso para calcular la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se debe calcular el valor de la masa hereditaria o caudal

Más detalles

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones CUESTIONES GENERALES La normativa reguladora del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está contenida en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre (B.O.E. de 19 de diciembre), y en el Reglamento aprobado por

Más detalles

GUÍA IMPUESTO SOBRE SUCESIONES

GUÍA IMPUESTO SOBRE SUCESIONES GUÍA IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Actualizada a 30/09/2013 www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia ÍNDICE I. NORMATIVA...1 II. HECHO IMPONIBLE Y SUJETO PASIVO...1 III. BASE IMPONIBLE...1 IV.

Más detalles

Artículo 12 Ley 13/1996. Impuesto sobre las Primas de Seguros

Artículo 12 Ley 13/1996. Impuesto sobre las Primas de Seguros Artículo 12 Ley 13/1996. Impuesto sobre las Primas de Seguros Con efectos a partir de 1 de enero de 1997, se crea un nuevo Impuesto sobre las Primas de Seguros, que se regirá por las siguientes disposiciones:

Más detalles

LECCIÓN 8 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.

LECCIÓN 8 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. DERECHO FINANCIERO II Autores: Elvira Mª Consuelo Martínez Giménez, Mª del Mar de la Peña Amorós, Marta Marcos Cardona y Francisco Javier Plazas Andreu LECCIÓN 8 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 1129 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 1129 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS X LEGISLATURA Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 1129 IV. OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS DECLARACIONES DE BIENES Y RENTAS De doña IOLANDA PINEDA BALLÓ. (502/000235) DECLARACIÓN AL ADQUIRIR LA CONDICIÓN

Más detalles

SUJECCIÓN AL IMPUESTO. Artículo 12.Uno Ley 13/1996. Naturaleza

SUJECCIÓN AL IMPUESTO. Artículo 12.Uno Ley 13/1996. Naturaleza SUJECCIÓN AL IMPUESTO Artículo 12.Uno Ley 13/1996. Naturaleza El Impuesto sobre las Primas de Seguros es un tributo de naturaleza indirecta que grava las operaciones de seguro y capitalización, de acuerdo

Más detalles

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por

Más detalles

PRECEPTOS DE LA LEY 29/1987, DE 18 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES, MODIFICADOS EN EL AÑO 2003

PRECEPTOS DE LA LEY 29/1987, DE 18 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES, MODIFICADOS EN EL AÑO 2003 PRECEPTOS DE LA LEY 29/1987, DE 18 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES, MODIFICADOS EN EL AÑO 2003 Artículo 18.2: Modificado por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

Más detalles

TÍTULO II. NORMAS SUSTANTIVAS SOBRE TRIBUTOS CEDIDOS DE NATURALEZA DIRECTA CAPÍTULO II IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

TÍTULO II. NORMAS SUSTANTIVAS SOBRE TRIBUTOS CEDIDOS DE NATURALEZA DIRECTA CAPÍTULO II IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos

Más detalles

impuesto de transmisiones patrimoniales (itp) de la compra (segunda mano)

impuesto de transmisiones patrimoniales (itp) de la compra (segunda mano) álava 4% andalucía -10% 2,5%, las siguientes transmisiones: - viviendas cuya superficie construida no sea superior a 120 m2 - viviendas unifamiliares cuya superficie construida no sea superior a 120 m2

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 1285 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 1285 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS X LEGISLATURA Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 1285 IV. OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS DECLARACIONES DE BIENES Y RENTAS De don SEBASTIÁN RUIZ REYES. (502/000049) DECLARACIÓN AL ADQUIRIR LA CONDICIÓN

Más detalles

NÚMERO 243 Miércoles, 21 de diciembre de 2011

NÚMERO 243 Miércoles, 21 de diciembre de 2011 29576 ORDEN de 12 de diciembre de 2011 por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales ligeros usados, a efectos de la liquidación

Más detalles

DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO ENERO 201 DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO 27 de enero de 201 Tal y como señalábamos en reseñas anteriores, concretamente, las publicadas en los meses de abril y septiembre de

Más detalles

El Gobierno reduce a la mitad el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

El Gobierno reduce a la mitad el Impuesto de Sucesiones y Donaciones El Gobierno reduce a la mitad el Impuesto de Sucesiones y Donaciones ANTECEDENTES La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) tiene competencias en materia tributaria para gestionar y regular determinados

Más detalles

18 de junio de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA

18 de junio de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA 18 de junio de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre Sociedades.... 2 RECORDATORIO DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS FUNDACIONES CON PLAZO DE VENCIMIENTO

Más detalles

Asesor Fiscal. IRPF e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Asesor Fiscal. IRPF e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Prueba de evaluación Asesor Fiscal. IRPF e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Datos del alumno: Firma del alumno: Fecha de envío: Recuerde: Cumplimente la prueba de evaluación (sin olvidar firma y

Más detalles

Impuesto sobre el Patrimonio 2014

Impuesto sobre el Patrimonio 2014 Impuesto sobre el Patrimonio 2014 Impuesto sobre el Patrimonio 1. Introducción 1.1. Quién está obligado a declarar el patrimonio? 1.2. Qué se entiende por residencia habitual? 1.3. Qué patrimonio hay

Más detalles

2. OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE AUTOTAXIS Y DEMAS VEHÍCULOS DE ALQUILER.

2. OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE AUTOTAXIS Y DEMAS VEHÍCULOS DE ALQUILER. 2. OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE AUTOTAXIS Y DEMAS VEHÍCULOS DE ALQUILER. La presente Tasa ha sufrido las siguientes modificaciones a 1 de Octubre de 2012. Artículo 2º. Hecho Imponible BOCCE 31 de Diciembre

Más detalles

LEY 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (B.O.E. 19-12-1987) JUAN CARLOS I. REY DE ESPAÑA.

LEY 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (B.O.E. 19-12-1987) JUAN CARLOS I. REY DE ESPAÑA. LEY 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (B.O.E. 19-12-1987) JUAN CARLOS I. REY DE ESPAÑA. A todos los que la presente vieren y entendieren, Sabed: Que las Cortes Generales

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE YATOVA COM AR C A HO Y A BU ÑOL-CHIV A ORDENANZA Nº 16

AYUNTAMIENTO DE YATOVA COM AR C A HO Y A BU ÑOL-CHIV A ORDENANZA Nº 16 ORDENANZA Nº 16 Ordenanza Fiscal reguladora de la TASA POR TENDIDOS, TUBERIAS y GALERIAS PARA LAS CONDUCCIONES DE ENERGIA ELECTRICA, AGUA, GAS O CUALQUIER OTRO FLUIDO, INCLUIDOS LOS POSTES PARA L1NEAS,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2

Más detalles

Casos de exámenes de convocatorias anteriores sobre otros impuestos estatales directos (con soluciones actualizadas a 1 de diciembre de 2015)

Casos de exámenes de convocatorias anteriores sobre otros impuestos estatales directos (con soluciones actualizadas a 1 de diciembre de 2015) Casos de exámenes de convocatorias anteriores sobre otros impuestos estatales directos (con soluciones actualizadas a 1 de diciembre de 2015) Sumario con hipervínculos: Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Más detalles

CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL.

CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe - 2012 167 Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe

Más detalles

«Subclave a utilizar en percepciones correspondientes a la clave E:

«Subclave a utilizar en percepciones correspondientes a la clave E: Orden HAP/2178/2014, de 18 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 410 de pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito y se establecen las condiciones y el procedimiento

Más detalles

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES GUÍA DE LA DECLARACIÓN DE SUCESIONES (MODELO SIMPLIFICADO) Modelo 661 (Edición año 2014) MODELO 661 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones GUÍA DE LA DECLARACIÓN

Más detalles

VALENCIA CAPÍTULO II. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

VALENCIA CAPÍTULO II. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos.. CAPÍTULO II Impuesto

Más detalles

DECLARACIÓN DE RENTAS, BIENES E INTERESES 1

DECLARACIÓN DE RENTAS, BIENES E INTERESES 1 DECLARACIÓN DE RENTAS, BIENES E INTERESES 1 Número de registro: Fecha de registro: Apellidos: Aguirre Inchaurbe Nombre: Pedro Estado civil: Soltero Régimen: DNI: 13920741 - Z Fecha de presentación: 1 de

Más detalles

CITA PREVIA SUCESIONES Y DONACIONES ES IMPRESCINDIBLE APORTAR TODOS Y CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS Y RELLENAR LOS IMPRESOS

CITA PREVIA SUCESIONES Y DONACIONES ES IMPRESCINDIBLE APORTAR TODOS Y CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS Y RELLENAR LOS IMPRESOS CITA PREVIA SUCESIONES Y DONACIONES ES IMPRESCINDIBLE APORTAR TODOS Y CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS Y RELLENAR LOS IMPRESOS NECESARIOS. LA FALTA DE UNO CUALQUIERA DE ELLOS OBLIGARÁ A RECHAZAR SU

Más detalles

GUÍA IMPUESTO SOBRE DONACIONES

GUÍA IMPUESTO SOBRE DONACIONES GUÍA IMPUESTO SOBRE DONACIONES Actualizada a 30/09/2013 www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia ÍNDICE I. NORMATIVA...1 II. HECHO IMPONIBLE Y SUJETO PASIVO...1 III. BASE IMPONIBLE...1 IV.

Más detalles

Claves del Impuesto sobre el Patrimonio

Claves del Impuesto sobre el Patrimonio Claves del Impuesto sobre el Patrimonio Introducción El Real Decreto Ley 13/2011, de 16 de septiembre, aprueba la recuperación del Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal, para los períodos

Más detalles

DONACIONES 1. ACTOS GRAVADOS. HECHO IMPONIBLE. 2. DEVENGO Y PRESCRIPCIÓN. 3. OBLIGADOS AL PAGO. SUJETO PASIVO. 4. BASE IMPONIBLE. 5. 6.

DONACIONES 1. ACTOS GRAVADOS. HECHO IMPONIBLE. 2. DEVENGO Y PRESCRIPCIÓN. 3. OBLIGADOS AL PAGO. SUJETO PASIVO. 4. BASE IMPONIBLE. 5. 6. DONACIONES 1. ACTOS GRAVADOS. HECHO IMPONIBLE. 2. DEVENGO Y PRESCRIPCIÓN. 3. OBLIGADOS AL PAGO. SUJETO PASIVO. 4. CUANTIFICACIÓN DE LOS HECHOS GRAVADOS. BASE IMPONIBLE. 5. REDUCCIONES DE LA BASE IMPONIBLE.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 571 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA. Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 571 OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS X LEGISLATURA Núm. 8 28 de diciembre de 2011 Pág. 571 IV. OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS DECLARACIONES DE BIENES Y RENTAS De don ANTONIO GALVÁN PORRAS. (502/000206) DECLARACIÓN AL ADQUIRIR LA CONDICIÓN

Más detalles

DECLARACIÓN DE RENTAS, BIENES E INTERESES

DECLARACIÓN DE RENTAS, BIENES E INTERESES DECLARACIÓN DE RENTAS, BIENES E INTERESES Número de Registro: DEC2015-000895 Fecha de Registro: 04/11/2015 Apellidos: MARMOL SERVIAN Nombre: JOSE MANUEL Estado civil: Soltero/a Régimen: Cargo: Candidato

Más detalles

OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO Disposición adicional decimoctava. Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero 1. Los obligados tributarios

Más detalles

O R D E N A N Z A N U M. 19

O R D E N A N Z A N U M. 19 O R D E N A N Z A N U M. 19 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS O PRESTADORAS DEL SERVICIO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA IV. OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS DECLARACIONES DE BIENES Y RENTAS

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES SENADO X LEGISLATURA IV. OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS DECLARACIONES DE BIENES Y RENTAS BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Núm. 381 10 de julio de 2014 Pág. 26 IV. OTRAS ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS DECLARACIONES DE BIENES Y RENTAS De don AVELINO DE BARRIONUEVO GENER. (502/000312)

Más detalles

«LA DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO DEL EJERCICIO 2014: MODELO 720/2014»

«LA DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO DEL EJERCICIO 2014: MODELO 720/2014» «LA DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO DEL EJERCICIO 2014: MODELO 720/2014» Desde el ejercicio 2012, existe la obligación 1 de suministro de información a la Administración Tributaria

Más detalles

ITPAJD. PREGUNTA. José Luis adquiere un inmueble por 500.000 euros en una operación sujeta a la modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

ITPAJD. PREGUNTA. José Luis adquiere un inmueble por 500.000 euros en una operación sujeta a la modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas. ITPAJD Preguntas y respuestas relativas a la normativa autonómica refundida en el Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA AYUNTAMIENTO VILLAFRANCA(NAVARRA) TEL: 948845006 FAX: 948845634 C.I.F.: P3125400F ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS DE APERTURA FUNDAMENTO Artículo 1. La presente Ordenanza se establece

Más detalles

Consejería de Hacienda Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica

Consejería de Hacienda Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica ORDEN HAC/165/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban los modelos de solicitud y de autoliquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego del Bingo y se dictan normas para la exacción del impuesto. (B.O.C.

Más detalles

BONIFICACIONES FISCALES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

BONIFICACIONES FISCALES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES BONIFICACIONES FISCALES IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES HECHOS IMPONIBLES DEVENGADOS A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 2014 1. ADQUISICIONES POR CAUSA DE MUERTE En las adquisiciones por causa de muerte

Más detalles

ISD SUPUESTOS TRANSFRONTERIZOS

ISD SUPUESTOS TRANSFRONTERIZOS ISD SUPUESTOS TRANSFRONTERIZOS ISD - Qué grava? 1.- Adquisición de bienes y derechos por título gratuito Herencia, legado, otro título sucesorio. Donación, otro título gratuito inter vivos 2.- Percepción

Más detalles

Solicitud de Dictamen de Valoración de documentos

Solicitud de Dictamen de Valoración de documentos Consejería de Educación y Cultura Dirección General de Patrimonio Cultural Avenida Valhondo s/n.. Módulo IV 2ª Planta 06800 MÉRIDA Teléfono: 924 007009 Fax: 924 007110 Solicitud de Dictamen de Valoración

Más detalles

La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2015 salvo excepciones.

La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2015 salvo excepciones. Orden HAP/2488/2014, de 29 de diciembre, por la que se aprueban los modelos 650, 651 y 655 de autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y se determina el lugar, forma y plazo para su

Más detalles

Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas

Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas Régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002 Página1 Régimen

Más detalles

MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Tal y como se anunciábamos en nuestra circular del mes de noviembre, el pasado 30 de octubre de 2012 se publicó la Ley

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones

Más detalles