Sumario PODER EJECUTIVO ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS. Año XXXI - Nº 13012

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1 AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO Año XXXI - Nº Sumario PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO R.J. N ANA.- Encargan funciones de la Administración Local de Agua Las Yangas - Suite R.J. N ANA.- Encargan funciones de la Administración Local de Agua Bagua - Santiago COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO R.M. N MINCETUR.- Autorizan viaje de representante del Ministerio a Taiwán, en comisión de servicios CULTURA R.M. N MC.- Encargan funciones de la Secretaría General del Ministerio de Cultura DEFENSA D.S. N DE.- Declaran de interés nacional la contratación en el mercado extranjero de aviones multipropósito, correspondiente al proyecto de inversión pública creación del Servicio de Vigilancia Electrónica del distrito de Capitanía 3 del dominio marítimo nacional R.S. N DE/MGP.- Dejan sin efecto la R.S. Nº DE/MGP y autorizan viaje de oficial subalterno de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en misión de estudios R.S. N DE/MGP.- Autorizan viaje de ofi cial subalterno de la Marina de Guerra del Perú a Japón, en comisión de servicios R.M. N DE/MGP.- Designan representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE, para el periodo ECONOMIA Y FINANZAS R.M. N EF/43.- Autorizan suscripción de la adenda al contrato autorizado mediante R.M. N EF/ R.M. N EF/10.- Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a la India, en comisión de servicios R.VM. N EF/ Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo R.D. N EF/ Establecen la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fi scal 2014 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales Fe de Erratas R.D. N EF/ MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES R.M. N MIMP.- Designan Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio R.M. N MIMP.- Designan funcionario responsable de brindar información pública en el marco del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública SALUD R.M. N /MINSA.- Aprueban Documento Técnico Organización de los Círculos de Adultos Mayores en los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Acuerdo N CPD.- Aprueban modificaciones al Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Teleférico de Choquequirao ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Res. N GG/ONP.- Disponen la difusión de la Directiva Devolución de los Aportes Obligatorios Ley N (DIR-DPR-11/01), mediante su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y la página web del Portal de la ONP,

2 El Peruano PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. N P-CE-PJ.- Aceptan renuncia de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima RR. Adms. N s. 333 y CE-PJ.- Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales en diversos distritos judiciales y dictan disposiciones complementarias CORTE SUPREMA DE JUSTICIA R.J. N J-OCMA/PJ.- Establecen cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias para el mes de noviembre de 2014, a las diversas Cortes Superiores de Justicia de la República CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA R.J. N J-ODECMA-LE/PJ.- Aprueban fechas para la realización de Visitas Judiciales Ordinarias a los Órganos Jurisdiccionales correspondiente al mes de octubre de 2014, en la Corte Superior de Justicia de Lima Este Fe de Erratas Res. Adm. N P-CSJLE/PJ ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Res. N R Ratifi can resoluciones que autoriza viaje de autoridad de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a México, en comisión de servicios MINISTERIO PUBLICO Res. N MP-FN-JFS.- Autorizan viaje de Fiscal de la Nación a Austria para participar en la VII Conferencia de los Estados Parte de la Convención de Palermo RR. N s. 086 y MP-FN-JFS.- Aceptan renuncia de fiscales adjuntos provinciales de los Distritos Judiciales de Puno y Lima Res. N MP-FN-JFS.- Designan Jefa de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Lima Este Res. N MP-FN.- Autorizan compra de pasajes aéreos y seguro de viaje, otorgamiento de viáticos y gastos de viaje del Fiscal de la Nación a Austria Res. N MP-FN.- Autorizan viaje de fi scal a Austria para participar en la Séptima Conferencia de los Estados partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Encargan funciones de la Administración Local de Agua Las Yangas - Suite RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº ANA Lima, 3 de octubre de 2014 VISTO: El Informe Nº ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración; y, Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Las Yangas - Suite, al señor Jorge Luis Álvarez Deza; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario hará uso de su descanso físico del 09 de octubre al 07 de noviembre de 2014, siendo necesario cubrir su ausencia a fi n que el normal desarrollo de la unidad orgánica antes mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina de Administración, Secretaría General y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº AG; Artículo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 09 de octubre al 07 de noviembre de 2014, al señor LUIS GILBERTO GUERRA LÁZARO, las funciones de la Administración Local de Agua Las Yangas - Suite, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios suscrito con esta Autoridad. Artículo 2º.- Precísase, que al término del encargo de funciones a que se refi ere el artículo precedente, el señor JORGE LUIS ÁLVAREZ DEZA, continuará ejerciendo las funciones de la Administración Local de Agua Las Yangas - Suite. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua Encargan funciones de la Administración Local de Agua Bagua - Santiago RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº ANA Lima, 3 de octubre de 2014 VISTO: El Informe Nº ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración; y,

3 El Peruano Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural Nº ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Bagua - Santiago, al señor José Mario Bazán Aliaga; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario hará uso de su descanso físico del 06 de octubre al 04 de noviembre de 2014, siendo necesario cubrir su ausencia a fi n que el normal desarrollo de la unidad orgánica antes mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina de Administración, Secretaría General y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº AG. Artículo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 06 de octubre al 04 de noviembre de 2014, al señor JAIME HUMBERTO CHAPOÑÁN SANTISTEBAN, las funciones de la Administración Local de Agua Bagua - Santiago, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios suscrito con esta Autoridad. Artículo 2º.- Precísase, que al término del encargo de funciones a que se refi ere el artículo precedente, el señor JOSÉ MARIO BAZÁN ALIAGA, continuará ejerciendo las funciones de la Administración Local de Agua Bagua - Santiago. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante del Ministerio a Taiwán, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº MINCETUR Lima, 2 de octubre de 2014 Visto el Memorándum N MINCETUR/VMT, de la Viceministra de Turismo. Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, es el organismo encargado de la regulación del Comercio Exterior, así como de promover, orientar y regular la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, y representarlo en los asuntos relacionados a ambas materias; Que, el International Forum on Natural Dyes and Weft Taiwan 2014, se llevará a cabo en la ciudad de Taipei, Taiwán, del 13 al 16 de octubre de 2014, Foro denominado Hacia una Cultura Ecológica, que incluye desfi les de moda, stands de exposición, talleres artesanales y otros, en el que participarán académicos y expertos en tintes naturales y fi bra, de aproximadamente 45 países; Que, dicho evento tiene por objeto el intercambio de información sobre tintes naturales, que integra tecnología y aplicación, recoger información sobre la situación de los tintes naturales de todo el mundo, y proporcionar instrucciones para el futuro desarrollo industrial, habiendo determinado el Comité Organizador que se efectuarán ponencias en tres categorías: Ciencia y Tecnología, Gestión y Comercialización de la Industria y Tradiciones e Innovaciones; Que, el CITE Turístico Artesanal Sipán, ha realizado una investigación denominada Estudio de Estabilidad del Color de Algodones nativos de la Región Lambayeque, en el marco de las funciones de fomento de la calidad, competitividad e incorporación del valor agregado a los servicios turísticos y a la producción artesanal, y la promoción de un ambiente de desarrollo tecnológico que propicie la ejecución de procesos de investigación aplicada, las inversiones y el ánimo empresarial con carácter descentralizado; Que, la investigación antes mencionada ha sido seleccionada por el Comité Organizador del Foro, para que se presente como una ponencia en dicho evento, razón por la cual la Viceministra de Turismo considera de interés del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, la participación en el referido Foro del señor Eduardo Luis Díaz Hidalgo, responsable de la división de artesanía del CITE Turístico Artesanal Sipán del Viceministerio de Turismo, para que en representación de la entidad lleve a cabo la ponencia y promocione la calidad de la artesanía del Perú, especialmente la de la Región Lambayeque, que utiliza como insumo natural el algodón nativo (cuyo cultivo data más 2,500 años a.c.), lo que incorpora un valor agregado a la producción artesanal de confecciones tales como: chalinas, cojines, individuales de mesa, gorros, accesorios y complementos de vestir; Que, por Ley N 27890, Ley Modifi catoria de la Ley de Centros de Innovación Tecnológica - CITE, se establece que los CITE son entidades públicas o privadas que tienen por objeto promover la innovación, la calidad y la productividad, así como suministrar información para el desarrollo competitivo de las actividades artesanales, entre otros; Que, la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N PCM. Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Eduardo Luis Díaz Hidalgo, a la ciudad de Taipei, Taiwán, del 11 al 18 de octubre de 2014, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, asista al International Forum on Natural Dyes and Weft Taiwan 2014, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

4 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 3 885,64 Viáticos (US$ 500,00 x 05 días) : US$ 2 500,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Díaz Hidalgo deberá presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo CULTURA Encargan funciones de la Secretaría General del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº MC Lima, 3 de octubre de 2014 Que, por Ley N se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, mediante Resolución Ministerial N MC de fecha 1 de octubre de 2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 2 de octubre de 2014, se encargó las funciones de la Secretaría General del Ministerio de Cultura, a la señora Jacqueline Giuliana Mori Chávez, del 3 al 12 de octubre de 2014, en adición a sus funciones de Jefa de Gabinete de Asesores, designada mediante Resolución Ministerial N MC; Que, se estima por conveniente encargar las funciones de la Secretaría General a la señora Vilma Jacqueline Calderón Vigo, a la fecha y hasta el 12 de octubre de 2014, en adición a sus funciones de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura, designada mediante Resolución Ministerial N MC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº MC; Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura de funciones de la Secretaría General del Ministerio de Cultura, asignadas a la señora Jacqueline Giuliana Mori Chávez mediante Resolución Ministerial N MC. Artículo 2º.- Encargar, a la fecha, las funciones de la Secretaría General a la señora Vilma Jacqueline Calderón Vigo, hasta el 12 de octubre de 2014, en adición a sus funciones de Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura, designada mediante Resolución Ministerial N MC. El Peruano Artículo 3º.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Ofi cina General de Recursos Humanos, para los fi nes correspondientes. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura DEFENSA Declaran de interés nacional la contratación en el mercado extranjero de aviones multipropósito, correspondiente al proyecto de inversión pública creación del Servicio de Vigilancia Electrónica del distrito de Capitanía 3 del dominio marítimo nacional DECRETO SUPREMO Nº DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Que, el artículo 165 de la Constitución Política del Perú establece que las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea y tienen como fi nalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República, en función de los objetivos de la Política de Defensa Nacional; Que, en el segundo párrafo del artículo 76 de la Constitución Política del Perú, referido a la obligatoriedad de la Contratación y Licitación Pública, se dispone que: la ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades ; Que, la Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, precisa que las contrataciones del Estado Peruano con otro Estado no se encuentran bajo los alcances del Decreto Legislativo N 1017 (Ley de Contrataciones del Estado); asimismo, dispone que a partir de la vigencia de la citada ley, el procedimiento de contratación y la ejecución del contrato correspondiente, se regula bajo los alcances del comercio internacional y por las normas y principios del derecho internacional, lo que no enerva la obligación de cumplir con la legislación nacional en los actos previos a la contratación; Que, el indicado dispositivo precisa además que mediante Decreto Supremo refrendado por el titular del sector, se declara de interés nacional el objeto de la contratación y se autoriza la formalización de los actos necesarios, para lo cual se requiere: i) estudio de mercado; ii) los informes técnico-económicos que evidencien las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado; iii) un informe de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces del sector correspondiente que señale que se cuenta con el fi nanciamiento necesario para dicha contratación, salvo que se requiera concertar una operación de endeudamiento, en cuyo caso, la misma debe estar contemplada en el Programa Anual de Endeudamiento del año respectivo; y, iv) declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), cuando corresponda; Que, mediante Informe N EF/62.01 del 24 de julio de 2014, la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas ha señalado que la

5 El Peruano citada Disposición Complementaria se mantiene vigente al no contener materia presupuestal; Que, las contrataciones de bienes y servicios en el mercado extranjero en el Sector Defensa se rigen por la Directiva General N MINDEF/SG/VRD, Directiva para normar las contrataciones de bienes y servicios en el mercado extranjero aprobada por Resolución Ministerial N DE/SG de 4 de marzo de 2011, y sus modificatorias, así como por el Manual N MINDEF/SG/VRD, aprobado por Resolución Ministerial N /DE, de 27 de julio de 2011, el cual establece los procedimientos específi cos y complementarios derivados de los lineamientos generales; Que, el Capítulo III, numeral 3), literal a), del Manual N MINDEF/SG/VRD, establece respecto de la Contratación por Convenio de Cooperación Internacional suscritos por el Estado con otros Gobiernos, que las Instituciones Armadas deberán tomar conocimiento de los convenios internacionales suscritos por el Gobierno con la fi nalidad de acogerse a los benefi cios y ventajas que generan este tipo de contrataciones; Que, asimismo, el literal b) del numeral antes referido, establece que para iniciar una contratación por Convenio de Cooperación Internacional de Gobierno a Gobierno, ésta debe estar incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) de cada Institución y contar con el Expediente de Inicio debidamente aprobado por el Titular de la misma; Que, la Marina de Guerra del Perú ha remitido el Expediente de Inicio para la contratación en el mercado extranjero, bajo la modalidad de Convenio de Cooperación Internacional de Gobierno a Gobierno, para la adquisición de DOS (02) aviones multipropósito, correspondiente al proyecto de inversión pública denominado: creación del Servicio de Vigilancia Electrónica del distrito de Capitanía 3 del dominio marítimo nacional, con código SNIP N , la cual cuenta con el respectivo fi nanciamiento y se encuentra incluido en el PAC de la citada Institución Armada, correspondiente al año 2014; Que, los benefi cios que ofrece este proyecto, están acordes a lo dispuesto en la Ley de Seguridad Nacional y su Reglamento, atendiendo a que el servicio que se va a ofrecer está orientado a la vigilancia electrónica con equipos de inteligencia de señales (SIGINT) aerotransportados en plataformas aéreas, el cual permitirá la vigilancia en el distrito de la Capitanía 3 del Dominio Marítimo Nacional establecido en 624,960 mn 2 considerando la nueva área determinada por el fallo de la Haya, donde operarán las unidades navales en resguardo de la integridad territorial e intereses de la República; Que, la presente contratación se sustenta en el correspondiente Estudio de Mercado e Informe Técnico- Económico y Presupuestal, a través de los cuales se verifi can las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado, así como el fi nanciamiento necesario para efectuar dicha contratación, en observancia de lo dispuesto en la Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N 29951; Que, habiéndose cumplido con las exigencias de la normativa vigente, resulta necesario emitir el acto que declare de interés nacional la presente contratación en el mercado extranjero y permita su formalización bajo la modalidad de gobierno a gobierno, debiendo autorizarse al Ministro de Defensa a emitir los actos que sean necesarios para lograr tal fi n; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 3) del artículo 11 de la Ley N 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- DECLARAR de interés nacional el objeto del proceso de contratación en el mercado extranjero para la adquisición de DOS (02) aviones multipropósito, correspondiente al proyecto de inversión pública denominado: creación del Servicio de Vigilancia Electrónica del distrito de Capitanía 3 del dominio

6 marítimo nacional, con código SNIP N , el mismo que se llevará a cabo bajo la modalidad de convenio de cooperación internacional de Gobierno a Gobierno, conforme al sustento indicado en la parte considerativa. Artículo 2.- AUTORIZAR al Ministro de Defensa a emitir los actos necesarios para la formalización de la contratación indicada en el artículo precedente. Artículo 3.- El Anexo A (Estudio de Mercado), el Anexo B (Informe Técnico Económico) y Anexo C (Disponibilidad Presupuestal), los mismos que forman parte del presente Decreto Supremo, tienen la clasifi cación de Secreto al comprender información directamente relacionada con la Seguridad Nacional, por lo que de conformidad con el literal f) del numeral 1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley N 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, no son objeto de publicación ni acceso público. Artículo 4.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Dejan sin efecto la R.S. Nº DE/MGP y autorizan viaje de oficial subalterno de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº DE/MGP Lima, 5 de octubre de 2014 Visto, el Ofi cio N del Director General de Educación de la Marina, de fecha 23 de julio de 2014; Que, con Resolución Suprema Nº DE/ MGP, de fecha 16 de abril de 2014, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Elmer Christian DIAZ Fernández, para que participe en el Curso Especial de Buceo Saturado (C-ESP-MGSAT), a realizarse en el Centro de Instrucción y Adiestramiento Almirante Attila Monteiro Aché (CIAMA), ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 21 de abril al 30 mayo de 2014; Que, el Subjefe de Logística y Movilización del Estado Mayor de la Armada de la Marina de Brasil, hace de conocimiento la postergación del Curso Especial de Buceo Saturado (C-ESP-MGSAT), habiendo reprogramado del 6 de octubre al 28 de noviembre de 2014, implicando un incremento de CATORCE (14) días más de lo autorizado en la Resolución Suprema enunciada en el considerando precedente; Que, la designación de Personal Naval, para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar al personal de Operaciones Especiales en Instituciones Militares Extranjeras, a fi n de obtener mayores conocimientos y experiencias en este tipo de entrenamiento, con la fi nalidad que el personal se encuentre preparado para las mayores exigencias, realizar trabajos de gran envergadura y para cualquier eventualidad de emergencia, para luego ser aplicados en benefi cio de la Institución; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Elmer Christian DIAZ Fernández, para que participe en el Curso Especial de Buceo Saturado (C-ESP-MGSAT), que se desarrollará en el Centro de El Peruano Instrucción y Adiestramiento Almirante Attila Monteiro Aché (CIAMA), ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 6 de octubre al 28 de noviembre de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley Nº y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, aprobadas con los Decretos Supremos Nº DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio;

7 El Peruano Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº DE/MGP, de fecha 16 de abril de 2014, mediante el cual se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Elmer Christian DIAZ Fernández, para que participe en el Curso Especial de Buceo Saturado (C-ESP-MGSAT), a realizarse en el Centro de Instrucción y Adiestramiento Almirante Attila Monteiro Aché (CIAMA), ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 21 de abril al 30 mayo de Artículo 2º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Elmer Christian DIAZ Fernández, CIP , DNI , para que participe en el Curso Especial de Buceo Saturado (C-ESP-MGSAT), a realizarse en el Centro de Instrucción y Adiestramiento Almirante Attila Monteiro Aché (CIAMA), ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 6 de octubre al 28 de noviembre de Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) - Lima US$ 1, US$ 1, TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$ 1, Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: BRL 12, / 31 x 26 días (octubre 2014) BRL 10, BRL 12, / 30 x 28 días (noviembre 2014) BRL 12, TOTAL A PAGAR EN REALES: BRL 22, Artículo 4.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº EF del 11 de setiembre de Artículo 5º.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº EF. Artículo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total {pde días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7º.- El Ofi cial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8º.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el periodo que dure la Misión de Estudios. Artículo 9º.- El citado Ofi cial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la normativa de la materia. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

8 Artículo 11º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Autorizan viaje de oficial subalterno de la Marina de Guerra del Perú a Japón, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº DE/MGP Lima, 6 de octubre de 2014 Visto, el Ofi cio P del Director General del Personal de la Marina de fecha, 10 de setiembre de 2014; Que, el Western Pacific Naval Symposium (WPNS), se estableció en el año 1988 como un foro de alto nivel para promover el entendimiento mutuo y la cooperación entre las Marinas del área del Pacífico Occidental; El Peruano Que, el President the Japan Maritime Self Defense Force (JMSDF) Command and Staff College, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que personal de la Marina de Guerra del Perú, participe en el 4th Western Pacific Naval Symposium Short Term Exchange Program for Officers of the Next Generations (WPNS STEP), a realizarse en la ciudad de Tokio, Japón, del 15 al 25 de octubre de 2014; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Subalterno, para que participe en el mencionado Simposio; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Teniente Primero Rubén Mauricio FERNANDINI Zárate, para que participe en el 4th Western Pacifi c Naval Symposium Short Term Exchange Program for Offi cers of the Next Generations (WPNS STEP), a realizarse en la ciudad de Tokio, Japón, del 15 al 25 de octubre de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno DOS (2) días después del evento; sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

9 El Peruano De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; Designan representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE, para el período 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº DE/MGP Lima, 3 de octubre de 2014 Visto, el Ofi cio Múltiple Nº MINCETUR/ SG de la Secretaria General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, de fecha 28 de marzo de 2014; Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Teniente Primero Rubén Mauricio FERNANDINI Zárate, CIP , DNI , para que participe en el 4th Western Pacifi c Naval Symposium Short Term Exchange Program for Offi cers of the Next Generations (WPNS STEP), a realizarse en la ciudad de Tokio, Japón, del 15 al 25 de octubre de 2014; así como, autorizar su salida del país el 13 y su retorno el 27 de octubre de Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Tokio (Estado de Japón) - Lima US$. 3, US$. 3, Viáticos: US$ x 11 días US$. 5, TOTAL A PAGAR: US$. 9, Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Subalterno comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Que, el artículo 9º vigente, de la derogada Ley Nº 28977, Ley de Facilitación del Comercio Exterior, prevé la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR; así como, faculta al referido Ministerio a designar la Comisión Especial encargada de implementar y poner en funcionamiento la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Turismo en coordinación con las demás entidades competentes para la uniformización y simplifi cación del trámite por la citada Ventanilla; Que, por Decreto Supremo Nº MINCETUR, de fecha 26 de octubre de 2007, se aprobó el Reglamento para la Implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE, estableciendo en su artículo 9º la conformación de la Comisión Especial antes mencionada; Que, mediante Resolución Ministerial Nº MINCETUR/DM, de fecha 4 de junio de 2009, se modifi có el artículo 9º del Reglamento mencionado en el considerando precedente, incorporándose a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas DICAPI, del Ministerio de Defensa, como integrante de la Comisión Especial; Que, de acuerdo a lo indicado en el numeral 9.5 del artículo 9º del Reglamento para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE, las entidades del Sector Público que integran la mencionada Comisión Especial designarán o removerán a sus representantes titulares y alternos, mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el Decreto Legislativo Nº 1147, que regula el fortalecimiento a las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional Dirección General de Capitanías y Guardacostas y el Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP, de fecha 25 de mayo de 2001, que aprueba el Reglamento de la Ley de control y vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, establecen que la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en el ámbito de su competencia y jurisdicción, deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones emitidas por los sectores de la Administración Pública; Que, es conveniente para los intereses institucionales, continuar con la participación de la Marina de Guerra del Perú ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE; Estando a lo recomendado por el Director General de Capitanías y Guardacostas y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; Artículo 1º.- Designar como representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas DICAPI, ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE, para el periodo 2014, a los siguientes Ofi ciales: Titular: Capitán de Corbeta Guillermo BENITES Valverde DNI

10 Alterno: Teniente Primero Eduardo Carlos ATKINS Tirado DNI Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan suscripción de la adenda al contrato autorizado mediante R.M. Nº EF/43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº EF/43 Lima, 6 de octubre de 2014 Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y financiera y de otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº EF y sus modifi catorias, se aprobó el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada norma, se establece que se consideran servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento público o de administración de deuda, para efectos de lo dispuesto en el numeral 46.1 del artículo 46 de la Ley General, entre otros, los servicios de CAVALI; Que, por su parte, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº EF, señala que la contratación del servicio señalado en el considerando precedente, será efectuada por la Ofi cina General de Administración a requerimiento de la Dirección Nacional de Endeudamiento Público, hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, asimismo el numeral 9.1 del artículo 9 del precitado decreto supremo dispone que cuando los servicios son prestados por proveedores únicos, la Ofi cina General de Administración procederá a su contratación directa, previo a lo cual deberá cumplirse con realizar las acciones que dicho numeral señala, agregando la Segunda Disposición Final que la interpretación de las disposiciones contenidas en dicho Procedimiento es competencia de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, con Resolución Ministerial Nº EF/43 se aprobó el contrato referido a Servicios con Participantes, a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa CAVALI S.A. I.C.L.V. Asimismo, se autorizó al Director General de la entonces Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas suscriba el contrato referido; Que, con fecha 1 de julio de 2013, el Director General de la entonces Ofi cina General de Administración y El Peruano Recursos Humanos y la empresa CAVALI S.A. I.C.L.V. suscribieron el contrato para la prestación de Servicios con Participantes ; Que, con Resolución Ministerial Nº EF/43, se aprobó la Adenda al contrato de Servicios con Participantes, a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa CAVALI S.A. I.C.L.V; Que, con fecha 14 de noviembre de 2013, se suscribió la Adenda al contrato de Servicios con Participantes, para que el Ministerio de Economía y Finanzas acceda a los servicios de liquidación en la colocación primaria de Letras del Tesoro Público que emita; Que, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el Informe Nº EF/52.09, señala las razones que justifi can la suscripción de la Adenda Nº 2 al contrato de Servicios con Participantes suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y CAVALI; Que, el Jefe de la Ofi cina de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, ha elaborado el Informe Nº EF/43.03, conjuntamente con el proyecto de adenda al contrato; y De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº EF y el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado con el Decreto Supremo Nº EF; Artículo Único.- Autorizar al Director General de la Ofi cina General de Administración para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas suscriba la adenda al contrato, cuya contratación fue autorizada a través de la Resolución Ministerial Nº EF/43. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a la India, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº EF/10 Lima, 6 de octubre de 2014 Que, mediante Ley Nº se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, los días 16 y 17 de octubre de 2014 se llevará a cabo el evento denominado Cónclave de Inversión India Latinoamérica y el Caribe, en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, habiéndose previsto la participación de PROINVERSIÓN en las sesiones sobre Agroindustria y Focus Country a realizarse el 17 de octubre de 2014, lo que permitirá una mayor exposición del país y de la cartera de proyectos de inversión a cargo de PROINVERSIÓN; Que, PROINVERSIÓN se encontrará representada en el citado evento, por su Director Ejecutivo (e), señor Carlos Alberto Herrera Perret, con la fi nalidad de fomentar el interés de los inversionistas extranjeros en

11 El Peruano participar en los procesos de promoción de la inversión privada que la citada institución mantiene en cartera, participando en el mencionado evento, como expositor en el Focus Group y en la sesión programada para temas de Agroindustria; Que, asimismo se ha previsto que el funcionario a que se refiere el considerando precedente participe en reuniones con potenciales inversionistas internacionales interesados en las oportunidades de inversión que ofrece el Perú, los días 16 y 17 de octubre de 2014, en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, a fi n de ahondar en los detalles técnicos y procedimentales de los proyectos de inversión cuya promoción se encuentra a cargo de PROINVERSIÓN; Que, la participación del Director Ejecutivo (e) de PROINVERSIÓN en el evento y reuniones antes señaladas, se enmarca dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de importancia para el Perú; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia y siendo de interés nacional, resulta necesario autorizar el viaje en mención, en virtud de lo cual PROINVERSIÓN asumirá, con cargo a su presupuesto, los montos que ocasione la asistencia de su titular a dichas actividades; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y en el Decreto Supremo Nº PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Alberto Herrera Perret, Director Ejecutivo (e) de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, del 14 al 19 de octubre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectúan con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos: US$ 2, Viáticos (2+2 días): US$ 2, Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº EF/15.01 Lima, 2 de octubre de 2014 Que, mediante Decreto Supremo N EF, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo N EF se modifi có el artículo 7 del Decreto Supremo N EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados mediante resolución viceministerial del Viceministro de Economía; Que, con Decreto Supremo N EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas a través del Decreto Supremo Nº EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido del 16 al 30 de setiembre de 2014; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N EF modifi cado con el artículo 1 del Decreto Supremo N EF; Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N EF) US$ por T.M Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 16/09/2014 al 30/09/ Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. En el mismo plazo deberá realizar la rendición de cuentas respectiva. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ GIANCARLO GASHA TAMASHIRO Vice Ministro de Economía Establecen la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fiscal 2014 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº EF/50.01 Lima, 3 de octubre de 2014

12 Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº EF, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el artículo 29 -A del Texto Único Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº EF, establece que la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público de corto plazo por toda fuente de fi nanciamiento que permite la compatibilización de la programación del presupuesto autorizado, con el marco macroeconómico multianual, las reglas fi scales y la capacidad de fi nanciamiento del año fi scal respectivo; Que, mediante la Directiva N EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral N EF/76.01 y modifi catorias, se regulan, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la PCA en los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, señalándose en la citada Directiva que la revisión de la PCA es aprobada por Resolución Directoral, una vez concluido el periodo trimestral; Que, de conformidad con las competencias de la Dirección General de Presupuesto Público, resulta necesario establecer la PCA correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fi scal 2014 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº EF, el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y la Directiva N EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral Nº EF/76.01 y modifi catorias; Artículo 1º.- Establecer la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fi scal 2014 para los pliegos del El Peruano Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ ,00), por toda Fuente de Financiamiento, conforme se detalla en el Anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Dichos montos serán publicados a nivel Pliego en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas ( Artículo 2º.- La Programación de Compromisos Anual (PCA) no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización fi nanciera de los recursos públicos asignados; así como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a lo señalado por el artículo 11 de la Directiva Nº EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral Nº EF/76.01 y modifi catorias. Artículo 3º.- Los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para realizar el compromiso correspondiente a los gastos que se fi nancian con cargo a fuentes de fi nanciamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, deben considerar la previsión en la recaudación, captación y obtención de recursos por las fuentes de fi nanciamiento antes mencionadas que esperan obtener en el año 2014, en concordancia con lo señalado en el artículo 61º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº EF. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público ANEXO LEY N DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2014 PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUAL (PCA) POR TODA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RESOLUCIÓN DIRECTORAL N EF/50.01 (En nuevos soles) NIVEL DE GOBIERNO PCA GOBIERNO NACIONAL 82,660,383,529 GOBIERNOS REGIONALES 24,957,661,447 GOBIERNOS LOCALES 28,214,099,960 TOTAL GENERAL 135,832,144, PUBLICACIŁN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION

13 El Peruano FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº EF/50.01 Mediante Ofi cio Nº EF/11.03 el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº EF/50.01, publicada en la edición del 30 de setiembre de 2014, en Separata Especial. En el Anexo de la Resolución (página y siguientes) DICE: Metas al 31 de julio de 2014 Nº Ubigeo Departamento Provincia Distrito Clasifi cación municipal Metas 01, 09 y 15: Registro y seguimiento (tipo A y B) de las obras en ejecución, en el Sistema de Información de Obras Públicas (INFOBRAS) - CGR Meta 02: Diagnóstico de accesibilidad para personas con discapacidad - CONADIS Metas 03 y 10: Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 25% (tipo A) y 20% (tipo B) de viviendas urbanas del distrito - MINAM Metas 04 y 11: Ejecución de al menos el 75% de cada una de las actividades programadas - incluyendo las obligatorias - en el Plan Local de Seguridad Ciudadana CONASEC Metas 05 y 12: Programa de promoción de la actividad física y recreativa en espacios públicos - MINSA Meta 16: Atención de calidad en la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) - MIMP Meta 22: Creación de la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) - MIMP Metas 17 y 21: Realizar acciones de monitoreo al mantenimiento preventivo en los locales escolares de la jurisdicción - MINEDU Meta 18: Mejora de la calidad de la información proveniente del empadronamiento por demanda ejecutada por la ULF - MIDIS Meta 23: Empadronamiento por demanda ejecutada por la ULF - MIDIS Metas 06 y 13: Incremento en 12% (tipo A) y 14% (tipo B) de la recaudación predial respecto a lo recaudado al 31 julio de 2013 y registro de información en aplicativo - MEF Meta 07: Ejecución presupuestal de inversiones igual o mayor al 45% del PIA de inversiones - MEF Meta 14, 19 y 24: Ejecución presupuestal de inversiones igual o mayor al 40% del PIA de Inversiones y alineamiento estratégico del 75%, 70% y 60% o alineamiento competitivo del 40%, 30% y 25% - MEF Meta 08: No exigir en los trámites de Licencia de Funcionamiento requisitos no considerados en la Ley No , Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y emitir la licencia de funcionamiento en un plazo máximo de 10 días hábiles - MEF Meta 50: Programar una cifra igual o superior al 20% (+500VVUU) y 25% (-500VVUU) del PIA del año 2015 de la Municipalidad en los Programas Presupuestales: 0046, 0047, 0061, 0068 y MEF AMAZONAS CHACHAPOYAS ASUNCION No CP, menos de 500 VVUU No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Si cumple Si cumple No Aplica Si cumple No Aplica No Aplica Si cumple No Aplica Si cumple DEBE DECIR: Metas al 31 de julio de 2014 Nº Ubigeo Departamento Provincia Distrito Clasifi cación municipal Metas 01, 09 y 15: Registro y seguimiento (tipo A y B) de las obras en ejecución, en el Sistema de Información de Obras Públicas (INFOBRAS) - CGR Meta 02: Diagnóstico de accesibilidad para personas con discapacidad - CONADIS Metas 03 y 10: Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 25% (tipo A) y 20% (tipo B) de viviendas urbanas del distrito - MINAM Metas 04 y 11: Ejecución de al menos el 75% de cada una de las actividades programadas - incluyendo las obligatorias - en el Plan Local de Seguridad Ciudadana CONASEC Metas 05 y 12: Programa de promoción de la actividad física y recreativa en espacios públicos - MINSA Meta 16: Atención de calidad en la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) - MIMP Meta 22: Creación de la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) - MIMP Metas 17 y 21: Realizar acciones de monitoreo al mantenimiento preventivo en los locales escolares de la jurisdicción - MINEDU Meta 18: Mejora de la calidad de la información proveniente del empadronamiento por demanda ejecutada por la ULF - MIDIS Meta 23: Empadronamiento por demanda ejecutada por la ULF - MIDIS Metas 06 y 13: Incremento en 12% (tipo A) y 14% (tipo B) de la recaudación predial respecto a lo recaudado al 31 julio de 2013 y registro de información en aplicativo - MEF Meta 07: Ejecución presupuestal de inversiones igual o mayor al 45% del PIA de inversiones - MEF Meta 14, 19 y 24: Ejecución presupuestal de inversiones igual o mayor al 40% del PIA de Inversiones y alineamiento estratégico del 75%, 70% y 60% o alineamiento competitivo del 40%, 30% y 25% - MEF Meta 08: No exigir en los trámites de Licencia de Funcionamiento requisitos no considerados en la Ley No , Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y emitir la licencia de funcionamiento en un plazo máximo de 10 días hábiles - MEF Meta 20 y 25: Programar una cifra igual o superior al 20% (+500VVUU) y 25% (-500VVUU) del PIA del año 2015 de la Municipalidad en los Programas Presupuestales: 0046, 0047, 0061, 0068 y MEF AMAZONAS CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS CPB Si cumple No Aplica Si cumple No cumple Si cumple No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Si cumple No Aplica Si cumple No Aplica No Aplica AMAZONAS CHACHAPOYAS ASUNCION No CP, menos de 500 VVUU No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Si cumple Si cumple No Aplica Si cumple No Aplica No Aplica Si cumple No Aplica Si cumple

14 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº MIMP Lima, 6 de octubre de 2014 Que, mediante Resolución Ministerial N MIMP del 24 de marzo de 2014 se designó al señor César Augusto Rázuri Ramírez en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte la misma, así como se designe a la persona que se desempeñará en el cargo respectivo; Con la visación de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N 1098 Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº MIMP; Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor CÉSAR AUGUSTO RÁZURI RAMÍREZ al cargo de Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor NICOLÁS LUCIO VILA ESPINOZA en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Designan funcionario responsable de brindar información pública en el marco del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº MIMP Lima, 6 de octubre de 2014 Visto, el Informe N MIMP/DM-GA,cbg del 25 de setiembre de 2014 del Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único El Peruano Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3, 15, 16 y 17 del referido Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad, salvo que se trate de información califi cada como secreta, reservada o confi dencial; Que, el artículo 3 del citado Texto Único Ordenado establece, entre otros, que todas las disposiciones de las entidades comprendidas en la propia Ley están sometidas al principio de publicidad, que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública, y que dichas entidades tienen la obligación de entregar la información que demanden las personas, en aplicación del principio de publicidad; del mismo modo, la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, asimismo, el artículo 3 del Reglamento de la Ley N 27806, aprobado por Decreto Supremo N PCM, y modifi cado por Decreto Supremo N PCM, establece que es obligación de la máxima autoridad de la entidad designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, mediante Resolución Ministerial Nº MIMP, entre otras acciones, se designó al señor Mario Gilberto Ríos Espinoza, Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como funcionario responsable de entregar información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMP; Que, sin embargo, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº MIMP y designar al nuevo responsable de entregar la información pública; Con la visación de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098 Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº MIMP; El Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM; y en el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo N PCM, y modificado por Decreto Supremo N PCM; Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº MIMP del 5 de setiembre de Artículo 2.- Designar al señor PERCY JANAMPA CAMINO, Director II de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como responsable de brindar la información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMP, en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM; y en el Reglamento de la Ley N 27806, aprobado por Decreto Supremo N PCM, y modificado por Decreto Supremo N PCM. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

15 El Peruano

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