PROPUESTA DE AMPLIACIÓN DE LOS SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE PRESTACIÓN ECONÓMICA COMPLEMENTARIA EN SITUACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)

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1 PROPUESTA DE AMPLIACIÓN DE LOS SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE PRESTACIÓN ECONÓMICA COMPLEMENTARIA EN SITUACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL (IT) El pasado 28 de septiembre, el Consejo de Gobierno de la, aprobó, siguiendo las exigencias de la disposición transitoria decimoquinta del Real Decreto Ley 20/2012, la Norma para la aplicación al personal de la de la prestación económica complementaria en las situaciones de Incapacidad Temporal". Una norma esperada por la trascendencia y repercusión para todos/as nosotros/as. Sin embargo, desde la Sección Sindical de CCOO, consideramos que debería contemplarse un desarrollo interno más amplio de la misma, teniendo en cuenta la importante repercusión que cada uno de los supuestos regulados implica para los trabajadores y trabajadoras. Desde la Sección Sindical de CCOO, solicitamos que la aplicación de dicho acuerdo se efectúe con efectos retroactivos a la fecha que se estuviera aplicando la normativa que nos ocupa en la, de manera que no se viera perjudicado ningún trabajador/a. Así, en el caso de que desde entonces se le hubiese aplicado la normativa general en contra de lo previsto en este documento, se anularía tal actuación y, consecuentemente, reponer en su derecho, incluida la devolución de retribuciones que, en su caso, se haya podido practicar, ya que de lo contrario se estaría incurriendo en un agravio comparativo. Por ello solicitamos su revisión, respetando el actual marco legal vigente. Concretamente, nos estamos refiriendo a incluir en el apartado 3 punto 4 de la norma aprobada por el Consejo de Gobierno.- Supuestos excepcionales.., además de los supuestos citados: a) Hospitalización, b) Intervención quirúrgica, c) Patologías relacionadas con el embarazo y d) Enfermedades oncológicas. De acuerdo con lo previsto en el apartado 5 del artículo 9 del Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de julio, tendrán asimismo la consideración de circunstancia excepcional las enfermedades graves, tal como se detallan las incluidas en el anexo I del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, los procesos de incapacidad temporal que impliquen tratamientos de radioterapia o quimioterapia, así como los que tengan inicio durante el estado de gestación, aún cuando no den lugar a una situación de riesgo durante el embarazo o de riesgo durante la lactancia, así como otros supuestos que, en su caso, determine la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia respecto a su personal de administración general. A tal fin, se completará el Anexo del Real Decreto 1148/2011 con aquellas otras situaciones incluidas en este apartado, sin contravenir en ningún caso el sentido del artículo 9.5 del Real Decreto-Ley 20/2012* 1, de 13 de julio y demás normativa en vigor. La redacción propuesta para los supuestos de carácter excepcional, en los que se aplicaría un complemento desde el inicio de la situación hasta alcanzar el 100% de las retribuciones ordinarias que se viniesen percibiendo, sería la siguiente: 1 Artículo 9.5.Real Decreto-Ley 20/2012. Cada Administración Pública podrá determinar, respecto a su personal, los supuestos en que con carácter excepcional y debidamente justificados se pueda establecer un complemento hasta alcanzar, como máximo el cien por cien de las retribuciones que vinieran disfrutando en cada momento. A estos efectos, se considerarán en todo caso debidamente justificados los supuestos de hospitalización e intervención quirúrgica. ( ). Edificio D - 1ª Planta 1

2 a) Hospitalización, teniendo también ésta consideración la hospitalización en domicilio y la estancia en hospitales de día, incluyendo los periodos de observación en los servicios de urgencias hospitalarias superiores a cinco horas. Incluyéndose en éstos supuestos los periodos de convalecencia derivada de la hospitalización hasta la correspondiente alta médica. Estos supuestos que se acreditarán con el correspondiente justificante de hospitalización, sin que sea preciso que conste la actuación médica concreta. b) Intervención quirúrgica, teniendo esta consideración las intervenciones de cirugía mayor y menor ambulatoria, las intervenciones médicas invasivas como colonoscopias, grastroscopias y otras de características similares. En estos supuestos se incluirán los periodos de convalecencia derivada de la intervención hasta la correspondiente alta médica. Estos supuestos se acreditarán con el correspondiente justificante de la intervención, sin que sea preciso que conste la actuación médica concreta. c) Patologías relacionadas con el embarazo, concretándose a su vez en las siguientes: c1) Riesgo durante el período de gestación o lactancia, que se acreditará con el correspondiente parte médico. c2) Incapacidad temporal derivada del embarazo, debiéndose presentar informe médico que acredite que la enfermedad es consecuencia directa del embarazo o que se deriva del mismo. d) Incapacidad temporal del trabajador por contingencias comunes derivadas de enfermedades oncológicas y graves previstas en el anexo I del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio (BOE de 30 de julio). e) Situaciones de violencia de género, acoso laboral o sexual, que se acreditarán con la correspondiente resolución jurídica o administrativa. f) Incapacidad temporal derivada de enfermedades infecto-contagiosas con riesgo para la salud pública, que se acreditará con el correspondiente informe médico. g) Incapacidad temporal causada por enfermedades degenerativas o crónicas, que se acreditará con el correspondiente informe médico. h) Incapacidad temporal derivada de alteraciones de movilidad u otras funcionalidades del trabajador que le impidan desenvolver su trabajo ordinario (esguinces, fracturas, luxaciones, afonías por infecciones, gripes, etc.). i) Incapacidad temporal derivada de patologías psicológicas o psiquiátricas que precisen tratamiento farmacológico que, según la valoración del facultativo del sistema nacional de salud, disminuyan la capacidad de la persona para desenvolver con normalidad su trabajo. j) Incapacidad temporal por contingencias comunes derivadas de la rehabilitación de toxicomanías cuando la persona esté incluida en proyectos específicos de desintoxicación (Proyecto Hombre, Unidad de Tratamiento del Alcoholismo). k) Incompatibilidad temporal de los progenitores, adoptantes o acogedores de carácter familiar preadoptivo o permanente, que se pueda producir por el cuidado de menores a su cargo afectados por cáncer u otras enfermedades graves previstas en el ya citado Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio (BOE de 30 de julio). 2

3 Con independencia de los supuestos anteriormente citados, proponemos se tenga en cuenta lo siguiente: - Que todas las bajas con una duración superior a 20 días se consideren causadas por una enfermedad grave, y por lo tanto el complemento alcanzará, durante todo el período de baja, el 100% de las retribuciones que viniera percibiendo en el mes anterior a causarse la incapacidad. - Que para aquellos empleados/as que no superen un alto grado de absentismo (a determinar), observar la posibilidad de que se complementen las retribuciones a percibir, hasta alcanzar el 100% de aquellas que vinieran percibiendo en el mes anterior a causarse la incapacidad. - Que la información detallada sobre la causa de la baja médica, así como los documentos derivados de la misma, únicamente puedan ser conocido por el personal médico que tenga competencia para tal fin. Independientemente de que la baja (donde no consta el motivo o causa) se presente en la dependencia administrativa que en su momento se determine. 3

4 ANEXO PROVISIONAL REAL DECRETO 1148/2011, DE 29 DE JULIO. Listado de enfermedades graves 1. Oncología: 1. Leucemia linfoblástica aguda. 2. Leucemia aguda no linfoblástica. 3. Linfoma no Hodgkin. 4. Enfermedad de Hodgkin. 5. Tumores.del Sistema Nervioso Central. 6. Retinoblastomas. 7. Tumores renales. 8. Tumores hepáticos. 9. Tumores óseos. 10. Sarcomas de tejidos blandos. 11. Tumores de células germinales. 12. Otras neoplasias graves. II. Hematología 13. Aplasia medular grave (constitucional o adquirida). 14. Neutropenias constitucionales graves. 15. Hemoglobinopatías constitucionales graves. III. Errores innatos del metabolismo: 16. Desórdenes de aminoácidos (fenilcetonuria, tirosinemia, enfermedad de la orina con olor a jarabe de arce, homocistinuria y otros desórdenes graves). 17. Desórdenes del ciclo de la urea (OTC). 18. Desórdenes de los ácidos orgánicos. 19. Desórdenes de carbohidratos (glucogenosis, galactosemia, intolerancia hereditaria a la fructosa y otros desórdenes graves). 20. Alteraciones glicosilación proteica. 21. Enfermedades lisosomiales (m ucopolisacaridosis, oligosacaridosis, esfingolipidosis y otras enfermedades graves). 22. Enfermedades de los peroxisomas (Síndrome de Zellweger, condrodisplasia punctata, adenoleucodistrofia ligada a X, enfermedad de Refsum y otros desórdenes graves). 23. Enfermedades mitocondriales: por defecto de oxidación de tos ácidos grasos y de transporte de carnitina, por alteración del DNA mitocondrial, por mutación del DNA nuclear. IV. Alergia e inmunología: 24. Alergias alimentarias graves sometidas a inducción de tolerancia oral. 25. Asma bronquial grave. 26. Inmunodeficiencias primarias por defecto de producción de anticuerpos. 27. Inmunodeficiencias primarias por defecto de linfocitos T. 28. Inmunodeficiencias por defecto de fagocitos. 29. Otras inmunodeficiencias: a. Síndrome de Wisccott-Aldrich. b. Defectos de reparación del ADN (Ataxia-telangiectasia). c. Síndrome de Di George. d. Síndrome de HiperlgE. e. Síndrome de IPEX. f. Otras inmunodeficiencias bien definidas. 30. Síndromes de disregulación inmune y linfoproliferación. V. Psiquiatría: 31. Trastornos de la conducta alimentaria. 32. Trastorno de conducta grave. 33. Trastorno depresivo mayor. 34. Trastorno psicótico. 35. Trastorno esquizoafectivo. VI. Neurología: 36. Malformaciones congénitas del Sistema Nervioso Central. 37. Traumatismo craneoencefálico severo. 38. Lesión medular severa. 39. Epilepsias: a. Síndrome de West. b. Síndrome de Dravet. c. Síndrome de Lennox-Gastaut. d. Epilepsia secundaria a malformación o lesión cerebral. 4

5 e. Síndrome de Rassmussen. f. Encefalopatías epilépticas. g. Epilepsia secundaria a enfermedades metabólicas. h. Otras epilepsias bien definidas. 40. Enfermedades autoinmunes: a. Esclerosis múltiple. b. Encefalomielitis aguda diseminada. c. Guillain-Barré. d. Potineuropatía crónica desmielinizante. e. Encefalitis tímbica. f. Otras enfermedades autoinmunes bien definidas. 41. Enfermedades neuromusculares: a. Atrofia muscular espinal infantil. b. Enfermedad de Duchenne. c. Otras enfermedades neurosmusculares bien definidas. 42. Infecciones y parasitosis del Sistema Nervioso Central (meningitis, encefalitis, parásitos y otras infecciones). 43. Accidente cerebrovascular. 44. Parálisis cerebral infantil. 45. Narcolepsia-cataplejia. VII. Cardiología: 46. Cardiopatías congénitas con disfunción ventricular. 47. Cardiopatías congénitas con hipertensión pulmonar. 48. Otras cardiopatías congénitas graves. 49. Miocardiopatías con disfunción ventricular o arritmias graves. 50. Cardiopatías con disfunción cardiaca y clase funcional 111-IV. 51. Trasplante cardiaco. VIII. Aparato respiratorio: 52. Fibrosis quística. 53. Neumopatías intersticiales. 54. Displasia broncopulmonar. 55. Hipertensión pulmonar. 56. Bronquiectasias. 57. Enfermedades respiratorias de origen inmunológico: a. Proteinosis alveolar. b. Hemosiderosis pulmonar. c. Sarcoidosis. d. Colagenopatías. 58. Trasplante de pulmón. 59. Otras enfermedades respiratorias graves. IX. Aparato digestivo: 60. Resección intestinal amplia. 61. Síndrome de dismotilidad intestinal grave (Pseudo-obstrucción intestinal). 62. Diarreas congénitas graves. 63. Trasplante intestinal. 64. Hepatopatía grave. 65. Trasplante hepático. 66. Otras enfermedades graves del aparato digestivo. X. Nefrologia: 67. Enfermedad renal crónica terminal en tratamiento sustitutivo. 68. Trasplante renal. 69. Enfermedad renal crónica en el primer año de vida. 70. Síndrome nefrótico del primer año de vida. 71. Síndrome nefrótico corticorresistente y corticodependiente. 72. Tubulopatías de evolución grave. 73. Síndrome de Bartter. 74. Cistinosis. 75. Acidosis tubular renal. 76. Enfermedad de Dent. 77. Síndrome de Lowe. 78. Hipomagnesemia con hipercalciuria y nefrocalcinosis. 79. Malformaciones nefrourológicas complejas. 80. Síndromes polimalformativos con afectación renal. 81. Vejiga neurógena. 82. Defectos congénitos del tubo neural. 83. Otras enfermedades nefrourológicas graves. XI. Reumatología: 5

6 84. Artritis idiopática juvenil (AIJ). 85. Lupus eritematoso sistémico. 86. Dermatomiositis juvenil. 87. Enfermedad mixta del tejido conectivo. 88. Esclerodermia sistémica. 89. Enfermedades autoinflamatorias (Fiebre Mediterránea Familiar, Amiloidosis y otras enfermedades autoinflamatoras graves). 90. Otras enfermedades reumatológicas graves. XII. Cirugía: 91. Cirugía de cabeza y cuello: hidrocefalia/válvulas de derivación, mielomeningocele, craneoestenosis, labio y paladar hendido, reconstrucción de deformidades craneofaciales complejas, etc. 92. Cirugía del tórax: deformidades torácicas, hernia diafragmática congénita, malformaciones pulmonares, etc. 93. Cirugía del aparato digestivo: atresia esofágica, cirugía antirreflujo, defectos de pared abdominal, malformaciones intestinales (atresia, vólvulo, duplicaciones), obstrucción intestinal, enterocolitis necrotizante, cirugía de la enfermedad inflamatoria intestinal, fallo intestinal, Hirschprung, malformaciones anorrectales, atresia vías biliares, hipertensión portal, etc. 94. Cirugía nefro-urológica: malformaciones renales y de vías urinarias. 95. Cirugía del politraumatizado. 96. Cirugía de las quemaduras graves. 97. Cirugía de los gemelos siameses. 98. Cirugía ortopédica: cirugía de las displasias esqueléticas, escoliosis, displasia del desarrollo de la cadera, cirugía de la parálisis cerebral, enfermedades neuromusculares y espina bífida, infecciones esqueléticas y otras cirugías ortopédicas complejas. 99. Cirugía de otros trasplantes: válvulas cardíacas, trasplantes óseos, trasplantes múltiples de diferentes aparatos, etc. XIII. Cuidados paliativos: 100. Cuidados paliativos en cualquier paciente en fase final de su enfermedad. XIV. Neonatotogía: 101. Grandes prematuros, nacidos antes de las 32 semanas de gestación o con un peso inferior a gramos y prematuros que requieran ingresos prolongados por complicaciones secundarias a la prematuridad. XV. Enfermedades infecciosas: 102. Infección por VIH Tuberculosis Neumonías complicadas Osteomielitis y artritis sépticas Endocarditis Pielonefritis complicadas Sepsis. XVI. Endocrinología: 109. Diabetes Mellitus tipo I. 6

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