N /2/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 367 ANEXO I
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- Gonzalo Salinas Piñeiro
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1 N /2/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 367 ANEXO - RESOLUCIÓN N 50-MMGC/15 ANEXO I Artículo 1º.- A los efectos de la presente, se entiende por: a. Agrupamiento: al conjunto de puestos cuyas funciones son caracterizadas por una misma naturaleza o finalidad. b. Familia de puestos: al subgrupo de puestos con funciones, características y propósitos vinculados con una misma temática. c. Nombre del puesto: a la denominación de la función. d. Alcance del puesto: al conjunto de tareas que se desarrollan en esa posición. Dicho alcance no es taxativo ni exhaustivo sino que pretende señalar el marco general y las funciones principales del puesto. e. Unidad Funcional: a la unidad organizacional con nivel no inferior a Dirección General o equivalente. En el caso del Ministerio de Salud, se considera Unidad Funcional a cada uno de los hospitales. f. Funcionario Responsable: al titular de la Unidad Funcional con rango no inferior a Director General o equivalente, y al Director en el caso de cada uno de los hospitales dependientes del Ministerio de Salud. g. Alta: a la creación de un puesto no existente en el Nomenclador de Puestos, que al menos contemple cinco funciones no descriptas en los puestos ya incluidos. h. Baja: a la eliminación de un puesto existente en el Nomenclador de Puestos. i. Modificación: a la transformación de un puesto ya contemplado en el Nomenclador de Puestos. Artículo 2º.- La actualización del Nomenclador de Puestos se realizará mediante los procedimientos que a continuación se enumeran: a) A solicitud de cada Unidad Funcional interesada. b) A través de la Dirección General Planeamiento de Carreras (en adelante DGPLC), o el órgano que lo reemplace en el futuro, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, cada dos años, en virtud de nuevas demandas, cambios y necesidades que existan en el ámbito organizacional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3º.- La solicitud de alta, baja o modificación en el Nomenclador de Puestos debe ser requerida por el Funcionario Responsable de la Unidad Funcional interesada a través de la utilización del Formulario Controlado Alta, Baja o Modificación de Puestos, según corresponda, generando un Expediente Electrónico a tal efecto. Se podrá acceder al Formulario Controlado Alta, Baja o Modificación de Puestos, según corresponda, mediante la utilización del usuario y clave correspondiente al Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE). Artículo 4º.- El Expediente Electrónico con el Formulario Controlado Alta, Baja o Modificación de Puestos, según corresponda, deberá ser remitido a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos o su equivalente según Jurisdicción, la que intervendrá a efectos de verificar el cumplimiento de los aspectos formales del mismo.
2 N /2/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 368 Artículo 5º.- Efectuada la verificación, la Gerencia Operativa de Recursos Humanos o su equivalente según Jurisdicción deberá remitir el Expediente Electrónico con el Formulario Controlado Alta, Baja o Modificación de Puestos, según corresponda, a la máxima autoridad de la jurisdicción para que preste conformidad. Cumplido, deberá remitirse el Expediente Electrónico a la DGPLC, que luego de efectuar el análisis correspondiente, emitirá un informe técnico en base a las actuaciones recibidas y al relevamiento de campo que ésta crea pertinente. Artículo 6º.- El Expediente Electrónico con el informe técnico realizado por la DGPLC, deberá ser enviado a la Comisión Permanente de Interpretación de la Carrera Administrativa (en adelante CoPICA), que será la encargada de analizar cada solicitud de actualización del Nomenclador de Puestos que le sea remitida, y de dictaminar en consecuencia. Artículo 7º.- El dictamen de la CoPICA, bajo la modalidad prevista en el artículo 3 del Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, debe estar debidamente fundado y dictarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la recepción de las actuaciones. Si no se cumpliera con el plazo establecido, se debe justificar los motivos de tal circunstancia. Artículo 8º.- Una vez emitido el dictamen, las actuaciones deberán ser remitidas a la DGPLC para su conocimiento y posterior remisión a la Autoridad de Aplicación para que esta, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 6º del Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, dicte el acto administrativo correspondiente. Artículo 9º.- En caso que no correspondiera la actualización del Nomenclador de Puestos, la DGPLC deberá remitir las actuaciones a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos o su equivalente según Jurisdicción, para su conocimiento y posterior envío a la Unidad Funcional solicitante de la actualización. Artículo 10.- En el supuesto que la DGPLC promueva un alta, baja o modificación de un puesto en el Nomenclador, el procedimiento será el siguiente: a) La DGPLC completará el Formulario Controlado Alta, Baja o Modificación de Puestos, según corresponda, generando un Expediente Electrónico a tal efecto, y lo enviará junto con un informe técnico a la CoPICA. b) Una vez recibido el Expediente Electrónico, la CoPICA elaborará un dictamen que deberá estar debidamente fundado y dictarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la recepción de las actuaciones. c) Una vez elaborado el dictamen mencionado en el inc. b), la CoPICA deberá remitir las actuaciones a la DGPLC para su conocimiento y posterior remisión a la Autoridad de Aplicación para que esta, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 6º del Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, dicte el acto administrativo correspondiente. Artículo 11.- A los efectos de efectuar una revisión integral del Nomenclador de Puestos, la DGPLC, cada dos años, enviará una Comunicación Oficial a todas las Gerencias Operativas de Recursos Humanos o su equivalente, según Jurisdicción, para que informen necesidades de actualización del Nomenclador de Puestos.
3 N /2/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 369 Recibida la Comunicación Oficial, las mismas deberán comunicarla al resto de las Unidades Funcionales de su Jurisdicción, a fin que intervengan y envíen la información correspondiente. Artículo 12.- A los efectos de la actualización del Nomenclador de Puestos, se seguirá el procedimiento establecido en los artículos 3º a 10 del presente Anexo. Artículo 13.- Cada Gerencia Operativa de Recursos Humanos o su equivalente, según jurisdicción, deberá remitir la información solicitada dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles contados desde la recepción de la respectiva Comunicación Oficial.
4 N /2/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 370 Ministerio: ANEXO III FORMULARIO CONTROLADO MODIFICACIÓN DE PUESTOS 1) UNIDAD FUNCIONAL SOLICITANTE (Completar de acuerdo al organigrama establecido por normativa vigente) Secretaría o Subsecretaría o Dirección General o 2) DOTACIÓN APROXIMADA DEL PUESTO EN UNIDAD FUNCIONAL SOLICITANTE (Indicar la cantidad de personas que desempeñan el puesto a ser modificado) 3) AGRUPAMIENTO (Indicar el Agrupamiento al cual pertenece el puesto a ser dado de alta) 4) FAMILIA (Indicar la Familia de Puestos al cual pertenece el puesto a ser dado de alta) 5) NOMBRE DEL PUESTO (Indicar el código y el nombre del puesto a ser modificado) Código: Nombre: 6) ALCANCE DEL PUESTO a) Finalidad (Describir la justificación de los modificaciones propuestas)
5 N /2/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 371 ANEXO III FORMULARIO CONTROLADO MODIFICACIÓN DE PUESTOS b) Funciones (Describir los cambios propuestos a las funciones incluidas en el nomenclador de puestos) ) NORMATIVA (En caso de existir, enunciar Ley, Decreto y/o Resolución que describa las funciones del puesto) 8) CONOCIMIENTOS (Indicar conocimientos particulares que debe tener quien desempeñe el puesto acerca de normativa, aplicativos informáticos y otros) Sobre normativa general y /o específica Sobre aplicativos informáticos del GCABA Otros (Especifique) 9) REQUISITOS EXCLUYENTES (Enumerar requisitos obligatorios que debe cumplir la persona que desempeñe el puesto, ya sean vinculados con la educación formal, certificaciones, matrículas habilitantes, licencias de conducir, etc.)
6 N /2/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 372 ANEXO III FORMULARIO CONTROLADO MODIFICACIÓN DE PUESTOS 10) REQUISITOS DESEABLES (Enumerar requisitos deseables que debe cumplir la persona que desempeñe el puesto, ya sean vinculados con la educación formal, certificaciones, cursos realizados, etc.) 11) RELACIONAMIENTO (En caso de corresponder, describir los contactos personales que debe mantener la persona que desempeñe el puesto. Indicar la frecuencia correspondiente) a) Interno al GCABA (Personal de otras reparticiones, Proveedores, Otras instituciones) Cargo/Puesto/Ministerio Motivo Frecuencia (Indicar si es Diaria, Semanal, Mensual o Eventual) b) Externo al GCABA (Público en general) Destinatario Motivo Frecuencia (Indicar si es Diaria, Semanal, Mensual o Eventual) 12) FIRMAS Responsable de la Unidad Funcional solicitante: Responsable de la Gerencia Operativa de RRHH o
7 N /2/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 373 ANEXO IV FORMULARIO CONTROLADO BAJA DE PUESTOS 1) UNIDAD FUNCIONAL SOLICITANTE (Completar de acuerdo al organigrama establecido por normativa vigente) Ministerio: Secretaría o Subsecretaría o Dirección General o 2) DOTACIÓN APROXIMADA DEL PUESTO EN UNIDAD FUNCIONAL SOLICITANTE (Indicar la cantidad de personas que desempeñan el puesto a ser dado de baja) 3) AGRUPAMIENTO (Indicar el Agrupamiento al cual pertenece el puesto a ser dado de alta) 4) FAMILIA (Indicar la Familia de Puestos al cual pertenece el puesto a ser dado de alta) 5) NOMBRE DEL PUESTO (Indicar el código y el nombre del puesto) Código: Nombre: 6) JUSTIFICACIÓN (Describir la justificación de la baja del puesto) 7) FIRMAS Responsable de la Unidad Funcional solicitante: Responsable de la Gerencia Operativa de RRHH o FIN DEL ANEXO
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