Qué es el documento puente?

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1 Qué es el documento puente? El texto consolidado de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (LOE) presenta una nueva configuración del currículo en la que las áreas se organizan en asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica, y se traslada el énfasis desde los contenidos a los criterios de evaluación. Con este objetivo, se incorpora un nuevo elemento: los estándares de aprendizaje, vinculados a pruebas individualizadas estandarizadas comparables. El Real Decreto 126/2014, de 28 de febrer, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, desarrolla los currículos básicos de las diferentes áreas troncales y específicas. Cada currículo se ha organizado partiendo de los objetivos propios de las etapas así como de las competencias, mediante la configuración de bloques de contenidos en las áreas troncales, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables en todas las asignaturas. Todos estos elementos serán referentes en el diseño de la concreción curricular y en la programación docente. Cabe destacar que, por primera vez, los elementos del currículo se presentan relacionados entre sí. Por otro lado, la nueva redacción de la LOE modifica la relación de competencias ciñéndose más a la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (2006/962/CE). El desarrollo de las competencias clave se vuelve obligatorio tanto para la Enseñanza básica como para la etapa de Bachillerato y para la Educación Profesional Básica. Esta nueva propuesta es coherente con los objetivos del Plan Estratégico para la Formación y el Empleo del espacio europeo (ET2020), pero es además un elemento clave para la lucha contra el fracaso escolar y para fomentar la empleabilidad: Se adopta la denominación de las competencias clave definidas por la Unión Europea. Se considera que «las competencias clave son aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo». Se identifican siete competencias clave esenciales para el bienestar de las sociedades europeas, el crecimiento económico y la innovación, y se describen los conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales vinculadas a cada una de ellas.

2 El marco de referencia de la recomendación europea establece ocho competencias clave. El texto consolidado de la LOE recoge esta propuesta, pero une la competencia en comunicación en la lengua materna con la competencia en comunicación en lenguas extranjeras, denominándola competencia en comunicación lingüística. Para el resto de las competencias mantiene la misma denominación que se les da en el marco de referencia. La Orden ECD/65/2015 de 21 de enero, en la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato,en su anexo I, hace una detallada descripción de cada una de las competencias clave. Las competencias del currículo son, por tanto, las siguientes: Comunicación lingüística. CCLI Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. CMCT Competencia digital. CD Aprender a aprender. CAA Competencias sociales y cívicas. CSC Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. SIEE Conciencia y expresiones culturales. CEC Para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el currículo, deberán diseñarse actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo. Se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística, Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. El documento que presentamos ha sido elaborado por el Servicio de Formación del Profesorado de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. Este documento pretende ser un instrumento que facilite al profesorado el paso del currículo prescrito en el Decreto 108/2014 a las programaciones didácticas de las diferentes àreas de la Educación Primaria y a la elaboración de la Unidades didácticas que se desarrollan en las aulas. Es por lo tanto un documento puente. Las instrucciones de inicio de curso para la organización y funcionamiento de los centros que imparten Educación Primaria, establecen la concreción de los currículos, con la

3 necesaria inclusión de los elementos transversales establecidos por la normativa vigente, como uno de los elementos principales de los Proyectos Educativos de los centros. Además la Programación General Anual recoge el conjunto de actuaciones derivadas de las decisiones adoptadas en el proyecto educativo elaborado en el centro y la concreción del currículo. Además dichas instrucciones especifican que las programaciones didácticas deberán concretar los apartados indicados en el capítulo IV, artículo 11 del Decreto 108/2014, de 4 de juliol, por el que establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la Educación Primaria en la Comunitat Valenciana. Este documento contiene una parte de la concreción curricular de la etapa de Educación Primaria y propone una estructura relacional de los elementos prescriptivos del currículo; objetivos de etapa, contenidos, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje y competencias clave. La estructura relacional que presenta el documento permite hacer explícita la integración de las competencias en el currículo incorporando un nuevo elemento de carácter orientativo con el que se relacionan las competencias: los indicadores de logro Tal y como los define el texto refundido de la LOE, los estándares de aprendizaje evaluables son especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje; concretan lo que el alumno debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura. Los estándares, por tanto, deben ser observables, medibles y evaluables y han de permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables. El Real Decreto 126/2014 describe únicamente los estándares de aprendizaje al finalizar la etapa de Educación Primaria, y son de exclusiva competencia del Gobierno, tanto para las asignaturas troncales como para las específicas. Los indicadores de logro están elaborados a partir de los criterios de evaluación y son el elemento que hace posible graduar para cada nivel de la etapa el rendimiento o logro que el alumnado debe alcanzar. Garantizan, por lo tanto, que al finalizar la etapa se alcancen también los resultados de aprendizaje que establecen los estándares relacionados con cada uno de los criterios de evaluación de los que parten. Son elementos elaborados tanto para la instrucción como para la evaluación de los aprendizajes integrados en las unidades didácticas de las programaciones de aula. Al igual que

4 los criterios de evaluación, los indicadores de logro están redactados en términos competenciales como resultados de aprendizaje e incluyen procesos de diferente nivel de complejidad, contenidos de diverso tipo y contextos de realización adecuados a la naturaleza de la ejecución de los aprendizajes que evidencian con el objeto de posibilitar su observación y evaluación en contextos reales. Se han secuenciado, como los criterios de evaluación, de forma progresiva y diferenciada para facilitar la identificación y evaluación de los aprendizajes básicos de cada nivel permitiendo así la atención a la diversidad desde las programaciones de aula y la continuidad de los aprendizajes entre los niveles de la etapa de Educación Primaria y con la etapa de Educación Secundaria Obligatoria. Los indicadores de logro, al concretar de forma precisa y detallada los resultados de aprendizaje que el alumnado debe alcanzar, se pueden relacionar con las competencias con mayor precisión que los criterios de evaluación de los que parten, permitiendo la programación y evaluación conjunta de contenidos y competencias. El carácter orientativo de los indicadores de logro permitirá a los centros adaptarlos a su contexto y alinearlos con sus planteamientos metodológicos. Ahora bien, si los equipos docentes deciden realizar esta tarea, deben poner especial cuidado en que no se desvirtúe la relación de los indicadores de logro con las competencias que aparecen relacionadas con los criterios de evaluación y en respetar la progresión diferenciada con la que se han secuenciado para facilitar la atención a la diversidad. El documento se ha presentado en un formato que permite visualizar la progresión de los elementos que interrelaciona a lo largo de todos los niveles de la etapa. Permite visualizar también, para cada uno de los indicadores de logro, los niveles de competencia que harán posible la programación y evaluación de los aprendizajes de refuerzo o ampliación y realizar las adaptaciones curriculares individuales significativas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, facilitando así su inclusión. El documento, además, permite que a partir de él se elaboren las concreciones curriculares de nivel que formarán parte de las programaciones didácticas. De este modo se presentan los elementos del currículo del área con una estructura relacional que integre las competencias clave y haga visibles las relaciones de estos elementos con los estándares de aprendizaje y los objetivos

5 generales de etapa. A partir de los indicadores de logro, siempre vinculados a los criterios de evaluación a través de sus identificadores (siglas y numeración), se han construido los perfiles de área que menciona la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y criterios de evaluación de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato. De la misma forma, a partir de los criterios de evaluación y los indicadores de logro, se pueden construir los perfiles de cada una de las competencias para cada nivel educativo. Estos perfiles competenciales permiten establecer de forma precisa la contribución que cada materia realiza al desarrollo de cada una de las competencias clave desde cada nivel. Los perfiles de competencia pueden contribuir también a la necesaria alineación de las evaluaciones externas con las evaluaciones curriculares y facilitar al profesorado la elaboración de los informes individualizados de cualquier nivel, especialmente al finalizar de la etapa de Educación Primaria, en dónde se especifica el grado de adquisición de las competencias.

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