Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección para las Víctimas de Violencia Doméstica y de Género Qué es el Punto de Coordinación?
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- Ana Belén Álvarez Martín
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1 Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección para las Víctimas de Violencia Doméstica y de Género 9
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3 1 Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección para las Víctimas de Violencia Doméstica y de Género Qué es el Punto de Coordinación? El Punto de Coordinación de las Ordenes de Protección de violencia doméstica y de género en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se encuentra residenciado en la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y es gestionado por la Dirección General de Violencia de Género. Desarrolla su actuación a través de un Servicio Telemático, que garantiza la comunicación y notificación inmediata de la orden de protección durante las 24 horas al día, 365 días al año, desde el órgano judicial que la resuelve, a las oficinas del
4 Servicio de Asistencia a las Víctimas de Andalucía (SAVA) y a los Centros Provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), según la provincia en la que se adopte la orden de protección y la tipología de la misma (Violencia Doméstica o Violencia de Género), garantizando, igualmente, el acuse de recibo de las notificaciones efectuadas. Normativa reguladora. Durante la última década se ha desarrollado un importante marco legislativo para que los poderes públicos arbitren nuevos y más eficaces instrumentos técnicos y jurídicos que den una respuesta integral frente a la violencia doméstica y de género: 2 Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección para las Víctimas de la Violencia Doméstica. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Establece, como novedad, que en una misma resolución judicial se incorporan conjuntamente tanto las medidas cautelares sobre el agresor, orientadas a impedir nuevos actos violentos, como las medidas protectoras de índole civil y social que eviten el desamparo de las víctimas de la violencia doméstica y den respuesta a su situación de especial vulnerabilidad.
5 Responde a la necesidad de dar una respuesta inmediata, integral y coordinada por parte de todos los poderes públicos a la violencia ejercida dentro del entorno familiar y que ataje el inicio de cualquier conducta que en el futuro pueda degenerar en hechos aún más graves. De esta forma, la adopción de una orden de protección, es un rápido y sencillo procedimiento judicial, que se traduce en un estatuto integral de protección que concentra una acción cautelar de naturaleza civil y penal. En virtud de la misma, las distintas Administraciones públicas (estatal, autonómica y local) se coordinan para activar los instrumentos de protección social establecidos en sus respectivos sistemas jurídicos de forma inmediata. Así, las y los secretarios de los juzgados y tribunales comunicarán la orden de protección, en un plazo nunca superior a 24 horas desde su adopción, por vía telemática o electrónica o, en su defecto, por medio de fax o correo urgente, al punto de coordinación designado por la Comunidad Autónoma correspondiente. Éste constituirá el canal único de notificación de estas resoluciones a centros, unidades, organismos e instituciones competentes en materia de protección social en relación con estas víctimas. 3
6 Desde el 3 de noviembre de 2009, el Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección en la Comunidad Autónoma de Andalucía está ubicado en la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social a través de la Dirección General de Violencia de Género. 4 Qué garantías ofrece el sistema? A través del Sistema de Comunicación Telemática en el que se sustenta el Punto de Coordinación, se garantiza: La inmediata y rápida remisión, 24 horas 7 días a la semana, de la orden de protección entre los órganos judiciales y las instituciones competentes en materia de asistencia y protección social a las víctimas. Así, el Sistema se constituye en el centro de referencia para la intercomunicación entre ambas instituciones, garantizando, además, la efectiva recepción de la orden de protección a través del sistema de notificaciones telemáticas de la Junta de Andalucía, Notific@. Comunicación a tiempo real. Celeridad en la comunicación de las órdenes Sistema apto para su interconexión con otros sistemas de información de aquellas insti-
7 5 tuciones que intervienen en la asistencia, protección y seguridad a las víctimas La información se concentra en una sola base de datos centralizada Sistema útil, práctico y de sencillo manejo: Notific@ A través de esta aplicación, la orden de protección se convierte en un expediente 100% electrónico, eliminando el papel en la gestión, garantizando la alta protección de los datos personales que contiene, ya que el acceso a la aplicación es muy seguro al realizarse a través de certificado digital y finalmente permitiendo el seguimiento de las medidas adoptadas con las víctimas por parte de los organismos receptores de la orden de protección. Expediente electrónico. Eliminación de papel en su gestión Mejora la seguridad de la víctima y seguimiento de las medidas adoptadas Acceso a los datos por la persona responsable de su gestión mediante el uso del certificado digital y perfil específico. El Punto de Coordinación, a través de la Dirección General de Violencia de Género elaborará un
8 Informe de Evaluación de las Medidas aplicadas a cada víctima, que remitirá a la Consejería de Gobernación y Justicia, a fin de que los órganos judiciales que adoptaron la orden de protección, tengan conocimiento del cumplimiento de las medidas acordadas en la misma. Atención y asistencia permanente a las víctimas de forma y personalizada. Seguimiento unitario de los casos desde todas las instituciones implicadas. Proporciona información para la toma de decisiones; evaluación de medidas para combatir de forma más eficiente y eficaz la violencia de doméstica; elaboración de protocolos de las actuaciones de las instituciones encargadas de la atención y protección a las víctimas. Por qué el Punto de Coordinación implica calidad e innovación? La puesta en marcha del Punto de Coordinación a través de este novedoso y pionero sistema telemático, permite un avance significativo en la gestión y comunicación de las órdenes de protección, por las siguientes razones: 6
9 Al ser único, la información se concentra en una sola base de datos centralizada, a la que se accede de forma segura a través de certificado digital y en función del perfil provincial de los organismos que tienen acceso. Garantiza la efectiva recepción de la orden de protección desde los órganos judiciales que la emiten a los organismos competentes en la asistencia y protección social a las víctimas, a través del sistema de notificaciones telemáticas de la Junta de Andalucía y mediante el uso del certificado digital. Este sistema distingue datos por provincias y por la calificación judicial del asunto, distinguiendo entre violencia doméstica y violencia de género. Se tiene conocimiento, a través de una misma base de datos, de todas las medidas y recursos puestos en marcha con la víctima a través de diferentes organismos de asistencia y protección social, permitiendo distinguir el itinerario de atención seguido con la víctima. Permite evaluar las medidas adoptadas derivadas de la adopción de este tipo de resoluciones judiciales. Se reporta a los organismos judiciales a fin de que dispongan de información de la situación de protección y asistencia de las víctimas. 7
10 8 Cómo funciona el Punto de Coordinación? Paso Uno. Aviso mediante de la adopción de una orden de protección a los organismos competentes de la provincia correspondiente, de: 01. Órdenes de Protección de VIOLENCIA DE GÉNERO Punto de Coordinación (DGVG) Centro Provincial del Instituto Andaluz de la Mujer Servicio de Asistencia a las Víctimas de Andalucía 02. Órdenes de Protección de VIOLENCIA DOMÉSTICA Punto de Coordinación (DGVG) Servicio de Asistencia a las Víctimas de Andalucía (SAVA) Paso Dos. Cada organismo accede a la aplicación Notific@ para la lectura y firma de la comunicación, mediante certificado digital, y que acusará recibo en el Punto de Coordinación. Paso Tres Cada organismo accede mediante certificado digital al Sistema Telemático Punto de
11 Coordinación para la consulta de los datos del procedimiento, víctima y denunciado. Paso Cuatro. Cada organismo llevará a cabo las actuaciones de asistencia y protección social con la víctima de la orden de protección respectiva y que recogerá en la pestaña Seguimiento del Sistema Punto de Coordinación. Paso Quinto. El Punto de Coordinación, a través de la Dirección General de Violencia de Género, realizará un informe de evaluación de las medidas administrativas aplicadas a cada víctima, que se remitirá a la Consejería de Gobernación y Justicia a fin de que los órganos judiciales que adoptaron la orden de protección respectiva tengan conocimiento del cumplimiento de las medidas acordadas en la misma. Respuesta institucional a las víctimas El Punto de Coordinación es un salto cualitativo e innovador en la gestión de las órdenes de protección en Andalucía: en la modernización y la sostenibilidad en la gestión pública en coordinación interadmistrativa y la cohesión 9
12 interna del engranaje público al servicio de la ciudadanía en la gestión de calidad de los servicios públicos En definitiva, se pone en funcionamiento un instrumento de última generación que redundará en una mejor atención social a las víctimas, en mayor calidad, eficacia y eficiencia de los servicios públicos y en la respuesta institucional a las víctimas. Dónde se puede obtener más información? Dirección General de Violencia de Género Consejería para la Igualdad y Bienestar Social igualdadybienestarsocial/export/ Violencia_Genero/HTML/index.html Delegaciones de Igualdad y Bienestar Social 10
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