MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS

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1 DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS JULIO 2017 Este manual contiene información PÚBLICA y está integrado por: Carátula Hoja de Validación, en la que firman las áreas involucradas en su elaboración, revisión y autorización. Índice Hojas numeradas de las páginas 1-23 (ME-DESG/COMITÉ-A4) Todas las hojas se encuentran selladas por la unidad resguardante con la leyenda VIGENTE

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3 CODIGO: ME-DESG/COMITÉ/A4 ÍNDICE PAG. INTRODUCCIÓN 1 OBJETIVOS 2 REFERENCIAS 2 NOTACIONES Y DEFINICIONES 3 ORGANIGRAMA DE INTEGRACION DEL COMITÉ 5 INTEGRANTES 6 FUNCIONES GENERALES 8 POLÍTICAS DE OPERACIÓN 10 DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES: Presidente 12 Secretario Técnico 14 Vocales 16 Asesores 17 Invitados 17 ANEXOS 18 PARA SER LLENADO ÚNICAMENTE POR LA DIRECCIÓN DEL ÁREA EMISORA Fecha de Revisión/Aprobación Fecha de Emisión Ubicación del archivo Junio 2017 Julio 2017 U: SUB.ADQ./SERV.GRALES.

4 INTRODUCCIÓN La Dirección General Adjunta Administrativa, a través de la Subdirección de Adquisiciones y Servicios, tiene bajo su responsabilidad la atención de las solicitudes y requerimientos que al efecto formulen las diferentes áreas sustantivas de Centros de Integración Juvenil, A.C. en cuanto a obras de mantenimiento mayor, rehabilitación, remozamiento y ampliación de los inmuebles, ocupados por este último, ya sean propios, arrendados o en comodato, así como construcciones nuevas, a fin de preservar en óptimas condiciones de operación los inmuebles, por tanto debe vigilar que se cumplan con las disposiciones de racionalidad y disciplina presupuestaria, garantizando las mejores condiciones de contratación en cuanto a costo, calidad, financiamiento, oportunidad y demás aspectos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. Por lo anterior y con el propósito de apoyar estas acciones y con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se establece el Comité de Obras Públicas de Centros de Integración Juvenil, A.C., siendo éste un Órgano Colegiado cuyas funciones entre otras, se encuentra la de revisar el programa y el presupuesto de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como sus modificaciones y formular las observaciones y recomendaciones convenientes; elaborar y actualizar el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obras Públicas de Centros de Integración Juvenil, A.C. A efecto de cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 2010, y conforme a sus artículos 25 primer párrafo 26; 27; 28; 29; 30, y Noveno Transitorio, segundo párrafo, el Comité de Obras Públicas de CIJ deberá adecuar el Manual de Integración y Funcionamiento correspondiente, esto para dar atención y seguimiento a los asuntos materia de su competencia. Cabe señalar que con el propósito de mantener actualizado el presente documento, se deberán realizar revisiones cuando menos una vez al año, o en su caso, cuando existan modificaciones a la legislación que le fuere aplicable. 1 de 23

5 OBJETIVO Establecer en forma clara y precisa la integración y funcionamiento del Comité, vigilando las acciones conducentes que fomenten la racionalización y optimización del gasto público, revisando el: Programa, Presupuesto de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dictaminar los asuntos que les sean presentados, con los criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia y honradez, de recursos presupuestales, coadyuvando al cumplimiento del Programa Anual en Materia de Obra Pública, a fin de asegurar las mejores condiciones y beneficios para CIJ. REFERENCIAS 1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F. 05-II-1917, última reforma D.O.F. 10-II-2014 Leyes 1. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas D.O.F. 04-I-2000, última reforma D.O.F. 13-I Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. D. O. F. 09-V-2016, última reforma D.O.F. 27-I Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría D.O.F 30-III- 2006, última reforma D.O.F. 30-I Reglamentos 1. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas D.O.F. 28-VII Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría D.O.F. 28-VI-2006, última reforma D.O.F. 30-III de 23

6 Decretos y Lineamientos 1. Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda. 2. Lineamientos por los que se establecen las Medidas de Austeridad y Disciplina del Gasto de la Administración Pública Federal. D.O.F. 22-II Documentos Normativo-Administrativos 1. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas publicado en el D.O.F. el 09-VIII Así como el acuerdo por el que se modifica el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, publicados en el D.O.F. el 03-II NOTACIONES Y DEFINICIONES Para la comprensión conceptual del presente Manual, se deberán tomar en cuenta las siguientes definiciones: CIJ: Centros de Integración Juvenil, A.C. Comité: Comité de Obras Públicas del Servicio de Centros de Integración Juvenil, A.C. IVA: Impuesto al Valor Agregado LOPSRM: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Manual: Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Normatividad externa: Conjunto de Leyes y disposiciones regulatorias de los procesos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. Normatividad interna: Conjunto de normas, manuales, lineamientos, circulares y oficios internos; girados por servidores públicos facultados para ello. 3 de 23

7 OIC: Órgano Interno de Control en CIJ Obra Pública: Aquellos trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes inmuebles. Pleno colegiado, miembros del órgano colegiado o miembros del Comité de Obras Públicas: Integrantes del Comité de Obras Públicas de Centros de Integración Juvenil, A.C. Políticas, Bases y Lineamientos: Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dictaminadas por el Comité de Obras Públicas de CIJ y autorizadas por el Consejo Directivo. Reglamento: Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas Servicios relacionados con la obra pública: Todos aquellos servicios que tengan por objeto concebir, diseñar, y calcular los elementos que integran un proyecto de obra pública. SFP: Secretaría de la Función Pública. Titular del área responsable requirente o titular del área solicitante responsable del asunto: Servidor Público con nivel jerárquico no inferior a Subdirector de Área. Los relativos a las investigaciones, estudios, asesorías y consultorías que se vinculen con las acciones que regule la Ley. La dirección y supervisión de la ejecución de las obras y los estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir o incrementar la eficiencia de las instalaciones, conforme lo establecido en el Artículo 4, de la Ley. 4 de 23

8 ORGANIGRAMA DE INTEGRACIÓN DEL COMITE PRESIDENTE Dirección General Adjunta Administrativa SECRETARIO TÉCNICO Subdirección de Adquisiciones y Servicios ASESOR Titular del Órgano Interno de Control VOCAL Dirección General Adjunta Operativa y de Patronatos VOCAL Dirección de Tratamiento y Rehabilitación VOCAL Dirección de Prevención VOCAL Dirección de Planeación VOCAL Subdirección de Recursos Financieros VOCAL Departamento de Servicios Generales 5 de 23

9 INTEGRANTES DEL COMITÉ De conformidad con el artículo 25, fracción V, de la Ley; 26 de su Reglamento; el Comité se conformará con: Presidente, seis Vocales Titulares designados por la Titular de CIJ, Asesores, Secretario Técnico e invitados para quedar de la siguiente manera: A. Con derecho a voz y voto Presidente Titular de la Dirección General Adjunta Administrativa Vocales Vocal Titular Vocal Titular Vocal Titular Vocal Titular Vocal Titular Vocal Titular Dirección General Adjunta Operativa de Patronatos Dirección de Tratamiento y Rehabilitación Dirección de Prevención Dirección de Planeación Subdirección de Recursos Financieros Departamento de Servicios Generales B. Con derecho a voz pero sin voto Asesor por parte del Órgano Interno de Control de CIJ, A.C. Cargo en el Comité Asesor Puesto en CIJ, A.C. Órgano Interno de Control Asesor por parte de la Secretaria de la Función Pública Cargo en el Comité Asesor Puesto en CIJ, A.C. Servidor Público que designe SFP con nivel de Director General 6 de 23

10 Invitados Cargo en el Comité Invitados Servidores Públicos cuya intervención considere necesaria el citado funcionario, para aclarar aspectos técnicos o administrativos relacionados con los asuntos sometidos a consideración del Comité. Secretario Técnico del Comité Cargo en el Comité Secretario Técnico Puesto en CIJ Titular de la Subdirección de Adquisiciones y Servicios. Los integrantes del Comité con derecho a voz y voto, podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que deberán tener el nivel jerárquico inmediato inferior. Los asesores y el Secretario Técnico podrán designar por escrito a sus respectivos suplentes. Los suplentes sólo podrán participar en ausencia del titular, asumiendo las facultades, funciones y responsabilidades que a éste le correspondan. La responsabilidad de cada miembro del Comité, quedará limitada al voto que emita respecto del asunto sometido a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada, debiendo emitir expresamente el sentido de su voto en todos los casos, salvo cuando existe conflicto de intereses, en cuyo caso deberá excusarse y expresar el impedimento correspondiente. La designación de los suplentes terminará con la revocación que realice por escrito el Titular. 7 de 23

11 FUNCIONES GENERALES Las funciones del Comité, se apegarán a lo establecido en el artículos 25, de la Ley, 25 al 30 de su Reglamento; numeral 5 del Manual y sus modificaciones del 03 de Febrero del 2016; así como demás disposiciones derivadas de dichos ordenamientos, de acuerdo a lo siguiente: El Comité tendrá las siguientes funciones: 1. Revisar el Programa Anual y el Presupuesto de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como sus modificaciones, formulando las observaciones y recomendaciones convenientes; 2. Dictaminar los proyectos de Políticas, Bases y Lineamientos, así como someterlas a la consideración del Consejo Directivo de la Entidad; en su caso autorizar los supuestos no previstos en las mismas. 3. Dictaminar previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el Artículo 42 de la Ley, salvo las fracciones II y IV. 4. Autorizar cuando se justifique la creación de Subcomités de Obras Públicas, así como aprobar la integración y funcionamiento de los mismos. 5. Elaborar, aprobar y actualizar el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obras Públicas conforme a las bases que expida la Secretaría de la Función Pública. 6. Coadyuvar al cumplimiento de la Ley y su Reglamento; el Manual y demás disposiciones aplicables. 7. Analizar trimestralmente el informe de la conclusión y resultados generales de las contrataciones que se realicen y, en su caso recomendar las medidas necesarias para verificar que el programa y presupuesto de obras públicas, se ejecuten en tiempo y forma, así como proponer medidas tendientes a mejorar o corregir sus procesos de contratación y ejecución 8. Difundir entre los miembros del Comité las distintas normas y lineamientos que, en materia de obra pública emita la SFP, la SHCP y la Dirección General y vigilar su estricta aplicación por las áreas correspondientes. 8 de 23

12 9. Verificar que el formato de solicitud de dictamen que se someta a consideración del Comité esté debidamente firmado por el Secretario Técnico, responsable de que la información contenida en el mismo corresponda a la proporcionada por las áreas solicitantes. 10. Presentar informes anuales respecto a los resultados obtenidos, conforme a las metas establecidas en el ejercicio fiscal de que se trate. 11. Verificar la observancia de las políticas y disposiciones generales de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestal, en los programas y proyectos de mantenimiento a inmuebles de CIJ. 12. Dictaminar oportunamente los asuntos que se presenten en el Pleno del Comité, salvo que sean licitación o invitación y cuya inclusión haya sido solicitada por las áreas sustantivas tomando como base el interés institucional. 13. El Comité no dictaminará asuntos relacionados con los procedimientos de contratación por monto que se fundamentan en el artículo 43 de la Ley, aquellos que se hayan iniciado sin dictamen previo del Comité, incluyendo aquellos en que no se tenga obligación de contar con dicho dictamen. 14. Establecer el calendario de sesiones ordinarias del ejercicio inmediato posterior que podrán ser bimestrales. 15. Determinar la ubicación de la entidad, en los rangos de montos máximos de contratación de conformidad con el artículo 43 de la Ley, a partir del presupuesto autorizado para la entidad para obras y servicios y reportarlo en el informe trimestral. 9 de 23

13 POLÍTICAS DE OPERACIÓN El Comité, tendrá como políticas para la operación las siguientes: 1. El Comité sesionará de forma ordinaria cuando menos una vez al mes, salvo que no existan asuntos a tratar, estas serán canceladas, en cuyo caso deberá darse aviso oportuno a los miembros del Comité. 2. Las sesiones se programaran de dos formas: Sesiones Ordinarias. Se deberá invitar a los miembros para llevar a cabo sesiones ordinarias, cuando correspondan al calendario aprobado, por lo menos con tres días hábiles de anticipación. Sesiones Extraordinarias Se convocara a los miembros para llevar a cabo sesiones extraordinarias en casos urgentes, cuando menos con un día hábil de anticipación. 3. Realizar las sesiones cuando asistan como mínimo, la mitad más uno de los miembros con derecho a voto. 4. Las decisiones serán tomadas por mayoría de votos; cuando en alguna sesión ordinaria o extraordinaria, exista empate en las votaciones, el Presidente deberá emitir su voto de calidad. 5. En ausencia del Presidente o de su Suplente las sesiones no podrán llevarse a cabo. 6. La Convocatoria junto con el orden del día y los documentos correspondientes a cada sesión, se entregarán a los integrantes del Comité en forma impresa o a través de medios remotos de comunicación electrónica, cuando menos con tres días hábiles de anticipación al día de celebración de las sesiones ordinarias y con un día hábil de anticipación para las extraordinarias. En caso de no cumplir estos plazos, la sesión no podrá llevarse a cabo. 7. Los asuntos que se sometan a consideración del Comité, deberán presentarse a través del formato solicitud de dictamen, COPCIJ-01 (Anexo 1) el cual invariablemente deberá contener, como mínimo lo siguiente: 10 de 23

14 a) La información del asunto que se propone, la descripción genérica de las obras o servicios que se pretendan contratar, así como el monto estimado más IVA. b) La justificación y el fundamento legal para llevar a cabo el procedimiento de contratación solicitado, además de anexar el escrito al que hace referencia el segundo párrafo del Artículo 41 de la Ley. c) La indicación de la documentación soporte que se adjunte para cada asunto, dentro de la cual deberá considerarse la que acredite la existencia de suficiencia presupuestaria y aquella otra que se estime relevante. 8. Una vez que el asunto sea analizado y dictaminado por el Comité, el formato COPCIJ-01, deberá ser firmado antes de concluir la sesión, por cada asistente con derecho a voto. 9. De cada sesión se levantará el acta circunstanciada respectiva, la cual será firmada por todos los que hubieren asistido a ella, incluidos los asesores e invitados como constancia de su participación, misma que se aprobará, a más tardar, en la sesión inmediata posterior. En dicha acta se deberán señalar el sentido de los acuerdos tomados por los miembros con derecho a voto y los comentarios relevantes de cada caso. 10. Invariablemente se incluirá en el orden de las sesiones ordinarias, un apartado correspondiente al seguimiento de acuerdos emitidos en las sesiones anteriores. En el punto correspondiente a asuntos generales, sólo podrán incluirse asuntos de carácter informativo. 11. En la última sesión de cada ejercicio fiscal se presentará a consideración del Comité el calendario de sesiones ordinarias del siguiente ejercicio. En la primera sesión ordinaria del ejercicio fiscal se analizará previo a su difusión en COMPRANET y en la página de internet el Programa Anual de Obras y Servicios autorizados y los montos máximos a que alude el Art. 43 de la Ley. 12. El Comité no podrá opinar sobre hechos consumados. 11 de 23

15 DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES De conformidad con el Artículo 30 del Reglamento de la Ley, las funciones y responsabilidades de los integrantes del Comité son las siguientes: PRESIDENTE a) Expedir las convocatorias y órdenes del día que corresponda a las sesiones ordinarias como las extraordinarias. b) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité. c) Emitir su voto para cada uno de los asuntos que deban decidirse en cada una de las sesiones. La responsabilidad del Presidente quedará limitada al voto que emita respecto del asunto sometido a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada, debiendo emitir expresamente el sentido de su voto en todos los casos, salvo cuando existe conflicto de intereses, en cuyo caso deberá excusarse y expresar el impedimento correspondiente. d) Cuando en alguna sesión ordinaria o extraordinaria, exista empate en las votaciones, deberá emitir su voto de calidad. e) Firmar los formatos de los casos dictaminados, así como las Actas correspondientes a la sesión que hubiere presidido. f) Instruir al Presidente Suplente para que, en su ausencia, convoque, presida, coordine y dirija las actividades en las Sesiones que efectúe el Comité. g) Suscribir y presentar en las sesiones trimestrales que se celebren en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, el informe trimestral de los asuntos dictaminados conforme lo establecido en el la fracción VII artículo 25 de la Ley y 29 de su Reglamento, el cual contendrá los siguientes aspectos: I. Una síntesis sobre la conclusión y los resultados generales de las contrataciones realizadas con fundamento en los artículos 42 y 43 de la Ley, así como de las derivadas de licitaciones públicas; 12 de 23

16 II. Un reporte del avance físico y financiero de cada uno de los contratos formalizados, que contenga además: número de contrato; tipo de obra; lugar en el que se realiza; monto contratado incluyendo convenios modificatorios; monto estimado a la terminación de los trabajos; fecha de terminación estipulada originalmente en el contrato, y fecha estimada de conclusión de los trabajos; III. Una relación de las inconformidades presentadas, precisando los argumentos expresados por los inconformes y, en su caso, el sentido de la resolución emitida, y IV. Una relación de los contratos que hayan sido rescindidos, concluidos anticipadamente o suspendidos temporalmente, así como de los contratos que, en su caso, se encuentren terminados sin que se hayan finiquitado y extinguido los derechos y obligaciones de las partes. h) Designar un Secretario Técnico del Comité, quien no podrá tener un nivel jerárquico inferior al de Jefe de Departamento. 13 de 23

17 SECRETARIO TÉCNICO a) Elaborar y enviar las convocatorias, órdenes del día y listados de los asuntos que se tratarán, correspondientes a las sesiones ordinarias como a las extraordinarias e incluir en las carpetas correspondientes los soportes documentales necesarios, así como remitir dichos documentos a los participantes en el Comité. b) La información enviada a los participantes del Comité se entregará en forma impresa o, de preferencia por medios electrónicos, cuando menos con tres días hábiles de anticipación a la celebración de las sesiones ordinarias y con un día hábil de anticipación a la celebración para las extraordinarias. c) Levantar la lista de asistencia a las sesiones del Comité para verificar que exista quórum necesario para sesionar. d) Supervisar que los acuerdos del Comité sean asentados en los formatos respectivos. e) Será responsabilidad del Secretario Técnico firmar y verificar que la información contenida en el formato de solicitud de dictamen COPCIJ-01 (Anexo 1) que se sometan a consideración del Comité, corresponda a l proporcionada por las áreas respectivas. f) Presentar para análisis y revisión del Comité, el Programa Anual de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas a que se refiere en el párrafo cuarto del artículo 27 del RLOPSRM, a fin de que los miembros formulen las observaciones y recomendaciones convenientes de acuerdo con el presupuesto aprobado para el ejercicio correspondiente, para que a más tardar el 31 de enero de cada año se encuentre publicado en CompraNet y en la página de CIJ. g) Elaborar el acta de cada una de las sesiones. h) Registrar y dar seguimiento a los acuerdos del Comité, y verificar su debido cumplimiento en tiempo y forma. i) Vigilar que el archivo de documentos relacionados con las sesiones de Comité, se encuentre completo y se mantenga actualizado, cuidando su conservación por el tiempo mínimo que marca la Ley. 14 de 23

18 j) Supervisar que los asuntos que se sometan a consideración del Comité deberán presentarse en el formato de Solicitud de Dictamen al Comité de Obras Públicas de COPCIJ-01 (Anexo 1), y tratándose de las solicitudes de excepción a la licitación pública deberá contener un resumen de la información prevista en el artículo 73 del RLOPSRM y la relación de la documentación soporte que se adjunte. k) Realizar las funciones y actividades que le encomiende el Comité en Pleno, o el Presidente del mismo, así como aquellos que le correspondan de acuerdo a los ordenamientos que le sean aplicables. l) Recibir las propuestas de modificación a las políticas, bases y lineamientos formuladas por las áreas contratantes y requirentes para dictamen del Comité y someterlas a la autorización del Consejo Directivo correspondiente. m) Devolver a las unidades administrativas aquellos asuntos que no cumplan con los requisitos previstos en la Ley, su Reglamento, el presente Manual o aquellos ordenamientos y disposiciones normativas relacionados con la materia y que pretendan presentarse al Comité. 15 de 23

19 VOCALES a) Entregar al Secretario Técnico, la información relativa a los asuntos que se requieran someter a dictamen del Comité, con cinco días hábiles de anticipación para sesiones ordinarias y tres días hábiles para las extraordinarias, la cual deberá encontrarse completa de conformidad con la normatividad aplicable a la materia. b) Analizar el orden del día. c) Analizar la documentación de los asuntos que se someten a su consideración en el Comité. d) Emitir el voto para cada uno de los asuntos que deban decidirse en cada una de las sesiones. La responsabilidad de los vocales quedará limitada al voto que emita respecto del asunto sometido a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada, debiendo emitir expresamente el sentido de su voto en todos los casos, salvo cuando existe conflicto de intereses, en cuyo caso deberá excusarse y expresar el impedimento correspondiente. e) Realizar el análisis de los informes trimestrales y en su caso recomendar las medidas necesarias para verificar que el Programa Anual y el Presupuesto de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se ejecuten en tiempo y forma, así como, proponer medidas tendientes a mejorar o corregir sus procesos de contratación y ejecución; con el propósito de formular las observaciones y recomendaciones convenientes a que deberá dar cumplimiento la SAS. f) Firmar los formatos de los casos dictaminados, así como las actas correspondientes a la sesión en que hubiere asistido. g) Realizar las funciones y actividades que le encomiende el Presidente del Comité o el Pleno en su caso, respecto de algún asunto en específico. 16 de 23

20 ASESORES a) Proporcionar de manera fundada y motivada la orientación necesaria en torno a los asuntos que se traten en el Comité, de acuerdo con las facultades que tenga conferidas la Unidad Administrativa que los haya designado, asentando en el acta respectiva el sentido de estas. INVITADOS a) A solicitud de cualquiera de los miembros o asesores del Comité se podrá invitar a sus sesiones a las personas cuya intervención se estime necesaria, para aclarar aspectos técnicos, administrativos o de cualquier otra naturaleza relacionados con los asuntos sometidos a la consideración del Comité, quienes tendrán el carácter de invitados, participarán con voz pero sin voto y sólo permanecerán en la sesión durante la presentación y discusión del tema para el cual fueron invitados. b) Suscribirán un documento en el que se obliguen a guardar la debida reserva y confidencialidad, en caso de que durante su participación tengan acceso a información clasificada con tal carácter en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. c) Firmarán únicamente el acta como constancia de su asistencia o participación y como validación de sus comentarios. 17 de 23

21 DESCRIPCIÓN DEL FORMATO I. Nombre del Formato: SOLICITUD DE DICTAMEN II. Clave: COPCIJ-01 III. Objetivo: IV. Responsable de su Formulación: Dictaminar los asuntos relativos a lo estipulado la LOPSRM Artículo 25, Fracción III, el cual establece la necesidad de dictaminar, previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el artículo 42 de la misma Ley. Subdirección de Adquisiciones y Servicios. V. Periodicidad de su Elaboración: Cuando se esté en el supuesto de excepción que establece la LOPSRM. VI. Integración del Formato: VII. Distribución: VIII. Forma de Llenado: IX. Observaciones: Una impresión para recabar las firmas de los miembros del Comité con derecho a voz y voto. Una copia para cada uno de los H. Integrantes del Comité de Obra Pública. Por computadora. La entrega del formato, será en la sesión en que se presente para solicitud de Dictamen. 18 de 23

22 INSTRUCTIVO DEL FORMATO 1 Sesión: El tipo de Sesión: Ordinaria o Extraordinaria. 2 No. El número de sesión en la que se somete el caso al Comité. 3 Fecha: Día, mes y año en que se lleva a cabo la sesión. 4 Requiriente: Es el área requiriente de la obra o servicio. 5 Área contratante: El área que realiza el trámite de contratación de la obra o servicio. 6 Tipo de procedimiento que se propone: Marcar con una X el tipo de procedimiento bajo el cual se pretende llevar a cabo la contratación de las obras o servicios relacionados con las mismas. 7 Descripción: Nombre específico de las obras o servicios relacionados con la obra pública que se requiere contratar. 8 Cantidad: Número de obras o servicios relacionados con la con la obra pública que se pretende contratar. 9 Planteamiento y fundamento legal: Indicar el o los artículos y fracciones en su caso, de la ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, así como cualquier otra disposición en la materia en la que se fundamenta la solicitud de dictamen. En caso de llevar a cabo el Procedimiento por Adjudicación Directa incluirá el nombre de la persona física o moral a la que se pretende adjudicar el contrato. 19 de 23

23 INSTRUCTIVO DEL FORMATO 10 Dictamen del Comité : Para uso exclusivo del Comité (Una vez aprobado el caso, redactar los términos en que se emitió el acuerdo de Aprobación). 11 Modalidad: Marcar con una X según corresponda, la forma en que se realizarán las obras públicas y servicios relacionados con las mismas. 12 Tipo de Contrato: Marcar con una X el tipo de contrato con el que se pretende contratar la obra pública y servicios relacionados con las mismas. 13 Entrega de Anticipo: Marcar con una X según corresponda. 14 Partida Presupuestal autorizada: De conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto, el número de partida o capítulo según corresponda a la contratación de las obras o servicios relacionados con las mismas. 15 Precios sujetos a ajuste: Marcar con una X según corresponda dadas las características de las obras o servicios relacionados con la obra a contratar. 16 Monto Estimado: La cantidad en pesos que corresponda al costo estimado de las obras o servicios relacionados con la obra que se pretende contratar. En el caso de contratos abiertos, deberá indicarse el costo mínimo y máximo, seguido de la cantidad y la leyenda más IVA. 17 Lugar de Ejecución: Indicar el lugar en donde se llevarán a cabo las obras o servicios relacionados con las mismas y podrá ser uno o varios lugares. 20 de 23

24 INSTRUCTIVO DEL FORMATO 18 Miembros del Comité con derecho a voz y voto: Indicar el cargo que desempeña dentro del Comité el Servidor Público de que se trate, así como el nombre y cargo en la Institución. 19 Secretario Técnico del Comité. Señalar el nombre completo y la firma del Secretario. 20 Ampliación del Planteamiento: Describir de manera concreta lo siguiente: Antecedentes: Respecto a la contratación bajo el procedimiento solicitado y ; Justificación: Ventajas para CIJ, de llevar a cabo la contratación bajo el procedimiento solicitado en cuanto a Economía, Eficacia, Eficiencia, Imparcialidad, Honradez y Transparencia. 21 Razones por las que se invoca la excepción de licitación: El fundamento legal existente respecto al procedimiento de contratación para el cual se solicita l aprobación del Comité. Relacionar todos y cada uno de los documentos que soportan la factibilidad de llevar a cabo la contratación de las obras o servicios relacionados con la obra y que permitan al Comité emitir el dictamen favorable a la solicitud. 22 Documentos que se anexan como soporte: Invariablemente se incluirá el oficio mediante el cual se acredite la existencia de suficiencia presupuestal, así como de la reserva específica del recurso presupuestal en la partida correspondiente. Así como el oficio de Autorización de Inversión cuando los trabajos correspondan al Capítulo 6000 Obras Públicas, y demás documentos que se consideren pertinentes. 23 Hoja de : Número de hoja que corresponda. 21 de 23

25 EJEMPLAR DEL FORMATO Solicitud de Dictamen al Comité de Obras Públicas de CIJ Sesión No. Día Mes Año Requirente: 4 Área que realiza el trámite de contratación de la obra o servicio: 5 Tipo de procedimiento que se propone: Invitación a cuando menos tres personas ( ) Adjudicación Directa ( ) 6 Descripción Cantidad Planteamiento y fundamento legal Dictamen del Comité Modalidad: Entrega de Anticipo: Si No Monto Por Contrato Estimado: Administración Directa: Partida Presupuestal Autorizada 16 Lugar de Tipo de Contrato: 14 Ejecución: 12 Precio Unitario Precios sujetos a ajuste: Si No Precio Alzado Mixto Miembros del Comité con derecho a voz y voto La información contenida en la presente solicitud de dictamen, corresponde a la proporcionada por la institución requirente del procedimiento, para la contratación de las obras o servicios relacionados con las mismas 19 COPCIJ Hoja de 22 de 23

26 Ampliación de planteamiento: Solicitud de Dictamen al Comité de Obras Públicas de CIJ 20 Razones por las que se invoca la excepción de la licitación: 21 Documentos que se anexan como soporte 22 COPCIJ Hoja de 23 de 23

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