Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura Consejo Ejecutivo. 151ª reunión
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- Ángela Venegas Rodríguez
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1 ex Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura Consejo Ejecutivo 151ª reunión 151 EX/19 PARIS, 5 de marzo de 1997 Original: Francés Punto del orden del día provisional REESTRUCTURACION DEL COMITE INTERGUBERNAMENTAL PARA LA EDUCACION FISICA Y EL DEPORTE (CIGEPS) Y DEL FONDO INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION FISICA Y EL DEPORTE (FIDEPS) RESUMEN En el presente documento figuran las propuestas de la Mesa del CIGEPS y el FIDEPS en relación con la reestructuración del CIGEPS y el FIDEPS. Proyecto de decisión: párrafo En su 27ª reunión la Conferencia General manifestó el deseo de "renovar firmemente las actividades de la UNESCO en materia de educación física y deportes, concretamente en el marco del cuarto Plan a Plazo Medio" (Res. 27 C/5.16). 2. En consecuencia el Director General encargó en una evaluación externa de las actividades de la UNESCO en el ámbito de la educación física y el deporte. Los resultados de esa evaluación señalan las políticas y actividades, así como los recursos necesarios para llevarlas a buen término. Sin embargo, se plantea el problema relativo a las estructuras adecuadas para que la UNESCO colabore más estrechamente con toda una gama de redes de organismos no gubernamentales e intergubernamentales que trabajan por el deporte, y para que se establezca una estructura ampliada, más representativa y eficaz, en estrecha concertación con el Presidente del CIGEPS/FIDEPS y con la Mesa del CIGEPS, así como con el actual Consejo de Administración del FIDEPS (véase documento 146 EX/INF.4, final del párrafo 5). 3. Así, fundándose en esa evaluación externa, el Director General formuló en la Nota Verde DG/Nota/95/40 del 20 de octubre de 1995 titulada: "Action de l'unesco en matière
2 151 EX/19 - pág. 2 d'éducation physique et de sport", nuevas orientaciones relativas a políticas, actividades y recursos para la acción de la UNESCO en el ámbito de la educación física y el deporte. En lo atinente a las estructuras del CIGEPS y el FIDEPS, como lo destaca la Nota Verde, en último término se tratará de estudiar nuevas modalidades de concertación y colaboración en materia de educación física y deporte que sean más representativas, más flexibles y dinámicas y permitan al conjunto de interlocutores concertarse, respetando su diversidad y sus mandatos específicos. 4. Esas orientaciones inspiraron la Resolución 28 C/2.11, que comparte "la preocupación del Director General en el sentido de que el Comité Intergubernamental para la Educación Física y el Deporte (CIGEPS) puede no ser el instrumento adecuado para llevar a cabo con determinación esas actividades renovadas" y estima que debe efectuarse "un estudio más exhaustivo de la cuestión". 5. Dicho estudio fue realizado por el Presidente del CIGEPS y el FIDEPS, de común acuerdo con la Mesa del CIGEPS y el Consejo de Administración del FIDEPS, que se reunieron primero en Túnez del 25 al 27 de marzo de 1996 para sentar las bases de la propuesta de modificación de la estructura del CIGEPS y el FIDEPS, y luego en la Sede de la UNESCO del 26 al 27 de septiembre de 1996, donde se definió y adoptó la propuesta de reestructuración (véase anexo). Dicha propuesta, que se presenta en este documento, fue enriquecida con los comentarios del Profesor Paavo Komi, entonces Presidente del CIEEPS, por invitación del Director General con motivo del noveno congreso científico preolímpico (Dallas, julio de 1996). CONCLUSIONES 6. Se coincidió en recomendar la creación de una estructura mixta compuesta de las autoridades gubernamentales, las del COI y los principales agentes del sector privado y no gubernamental (ONG y fundaciones, en particular), así como los representantes de los demás organismos interesados del sistema de las Naciones Unidas (como la OMS, el UNICEF y el PNUD). 7. La reestructuración del CIGEPS y el FIDEPS conlleva necesariamente la modificación sustancial de sus Estatutos, en particular los del CIGEPS, en cuanto a composición del Comité (Artículo 1 y siguientes), modo de elección de sus órganos (Artículo 6, párrs. 1 a 4) y modo de participación y de voto de las OIG, las ONG y demás organismos que puedan formar parte del Comité (Artículo 7, párrs. 2 y 3). 8. El Director General decidió presentar la propuesta de reestructuración del CIGEPS y el FIDEPS a la 151ª reunión del Consejo Ejecutivo. 9. Si el Consejo Ejecutivo acepta esa propuesta de reestructuración del CIGEPS y el FIDEPS, el Director General la someterá, junto con un proyecto de Estatutos revisados de esos dos órganos, al examen de la 29ª reunión de la Conferencia General. 10. Habida cuenta de lo anterior, el Consejo Ejecutivo podría adoptar el siguiente proyecto de decisión:
3 151 EX/19 - pág. 3 El Consejo Ejecutivo, 1. Habiendo examinado el documento 151 EX/19 relativo a la propuesta de reestructuración del CIGEPS y el FIDEPS, 2. Recordando que la reestructuración del FIDEPS corresponde al deseo manifestado por la Conferencia General (Resolución 28 C/2.11), 3. Considerando que las propuestas de la Mesa del CIGEPS y del Consejo de Administración del FIDEPS a este respecto son más adaptadas a la realidad y las necesidades actuales de las actividades físicas y deportivas, 4. Se felicita por los esfuerzos realizados con miras a dotar el CIGEPS y el FIDEPS de una estructura más flexible, vivificada y menos costosa, con objeto de que su acción sea más eficaz y pertinente; 5. Invita al Director General a que someta a la 29ª reunión de la Conferencia General las propuestas de reestructuración formuladas por la Mesa del CIGEPS y el Consejo de Administración del FIDEPS, así como las de revisión de sus Estatutos.
4 151 EX/19 Anexo ANEXO PROPUESTAS DE REESTRUCTURACION DEL CIGEPS, DE MODIFICACION DE SUS ESTATUTOS Y DE LOS ESTATUTOS DEL FIDEPS I. SITUACION Antecedentes i) En aplicación de las instrucciones impartidas por el Director General en la nota de orientación política DG/95/40 del 20 de octubre de 1995, titulada "Action de l'unesco en matière d'éducation physique et de sport". ii) Habida cuenta de la reunión conjunta que celebraron en marzo de 1996 en Túnez y en septiembre del mismo año en París, la Mesa del CIGEPS y el Consejo de Administración del FIDEPS se pusieron de acuerdo con el Director de la División de la Juventud y Actividades Deportivas de la UNESCO en cuanto a la conveniencia de definir nuevas modalidades de concertación y coordinación en el ámbito de la educación física y el deporte, que fueran a la vez más representativas, flexibles y dinámicas. Justificación i) La Mesa del CIGEPS y el Consejo de Administración del FIDEPS tomaron nota con gran satisfacción de la intención manifestada en esa nota. ii) Las instancias consultadas examinaron y analizaron, para extraer las enseñanzas del caso, los resultados y constataciones de la evaluación externa efectuada en 1994, en particular: - los costos elevados - las dificultades de funcionamiento - las engorrosas estructuras del CIGEPS y el FIDEPS, etc. iii) En esas condiciones, las dos instancias consultadas consideraron que no era fácil de justificar, la existencia de un órgano intergubernamental permanente en el seno de la UNESCO, como el CIGEPS con sus 30 Estados Miembros, y propusieron en cambio: - una estructura más ligera y ágil, - una estructura menos costosa, - una flexibilidad que permita una mayor participación del sector privado, no gubernamental, y de las instancias deportivas representativas, tanto mundiales como regionales.
5 151 EX/19 Anexo - pág. 2 II. PROPUESTAS i) Inspirándose en esas constataciones y consideraciones, el Presidente del CIGEPS y del FIDEPS presentan las siguientes propuestas que sirven de fundamento a las que el Director General debe someter a la aprobación de la Conferencia General en su 29ª reunión. ii) Parece llegada la hora de sustituir el CIGEPS actual por un mecanismo internacional más ligero, más flexible y más abierto a la cooperación y asociación con todos los agentes de la sociedad civil, representantes de la diversidad de las grandes regiones del mundo. iii) Por consiguiente, se propone la creación de un "Comité de Educación Física y Deporte", encargado de llevar a la práctica los principios enunciados en la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte y de adaptarlos a la evolución de la sociedad contemporánea. iv) Dicho Comité estaría integrado por los representantes de 12 Estados Miembros, elegidos por la Conferencia General por un periodo de seis años, a razón de dos miembros por región geográfica de la UNESCO (un Coordinador por región y un suplente que podría reemplazarlo en caso de necesidad) y escogidos entre especialistas, ex atletas, administradores, investigadores, periodistas deportivos, conocidos por su interés y competencia en el ámbito del deporte y la educación física. v) Participarían plenamente en los trabajos y actividades del Comité los representantes de: - organizaciones intergubernamentales, mundiales y regionales, que sean competentes en el ámbito del deporte y la educación física - el Comité Olímpico Internacional - organizaciones internacionales no gubernamentales interesadas e instancias pertinentes de la sociedad civil y el sector privado (en particular fundaciones, empresas y medios de información), invitadas por el Director General, previa propuesta del Comité. vi) El Director de la División de la Juventud y Actividades Deportivas de la UNESCO sería ex-officio Secretario del Comité y estaría encargado de que se apliquen sus decisiones. vii) El Comité estaría asociado a la elaboración, ejecución y evaluación del programa de la UNESCO en el ámbito de la educación física y el deporte y constituiría un instrumento esencial de su orientación y ejecución. viii) Se suprimiría el Fondo Internacional para el Desarrollo de la Educación Física y el Deporte (FIDEPS) como mecanismo intergubernamental autónomo dirigido por un Consejo de Administración. Sus funciones y su haber se transferirían a un nuevo Fondo, denominado igualmente FIDEPS, que funcionaría de conformidad con las disposiciones pertinentes del Reglamento Financiero de la UNESCO, bajo la autoridad del Comité. ix) El Comité adoptaría sus decisiones por consenso.
6 151 EX/19 Anexo - pág. 3 x) A juicio de las instancias consultadas, el programa podría organizarse en torno a cuatro ejes principales: A. Reducción de las diferencias, desigualdades y desequilibrios entre las distintas naciones y regiones del mundo: objetivo central de una cooperación internacional cualitativamente mejorada, racionalizada y mejor coordinada. B. Salvaguardia de los valores éticos de los cuales el deporte es vector. C. Fomento del deporte y la educación física dentro del sistema escolar y extraescolar y como parte de la educación permanente. D. Valorización de las funciones que el deporte puede asumir en el ámbito de la acción cultural, la protección del medio ambiente y la promoción del empleo y la integración social. xi) Dicho programa se inscribiría en un objetivo general de índole a la vez intersectorial e interinstitucional, con miras a promover el triple concepto de "Educación para todos - Salud para todos - Deporte para todos". xii) Su aplicación por la UNESCO estaría basada en un procedimiento intersectorial dentro de la Secretaría, tanto en la Sede como fuera de ella. A ese respecto las actividades deportivas deberían ser objeto de un punto separado en los debates y el orden del día de las distintas reuniones. xiii) El Comité funcionaría como una estructura abierta que permitiera, por ejemplo, organizar grupos de trabajo, reuniones especiales, encuestas, estudios, mecanismos de consulta en torno a temas determinados y mesas redondas destinadas a donantes y beneficiarios interesados en un país, región o subregión, o bien en un campo específico de acción. xiv) Los miembros del Comité y la Secretaría procurarían en particular sensibilizar mejor a los medios de información y la opinión pública respecto de la función esencial de la UNESCO en el ámbito de la educación física y el deporte.
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