ESTATUTOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE MONZON CAPÍTULO I OBJETO, NATURALEZA Y FUNCIONES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ESTATUTOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE MONZON CAPÍTULO I OBJETO, NATURALEZA Y FUNCIONES"

Transcripción

1 ESTATUTOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE MONZON Artículo 1 CAPÍTULO I OBJETO, NATURALEZA Y FUNCIONES El objeto de los presentes Estatutos es regular el funcionamiento de las actividades del Patronato Municipal de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Monzón. Artículo 2 El Patronato Municipal de Deportes poseerá personalidad jurídica propia, todo ello con arreglo a estos Estatutos. Artículo 3 Serán actividades propias del Patronato las siguientes: A. Promoción del deporte y desarrollo de la educación física. B. Favorecer la práctica deportiva por parte de los ciudadanos de carácter aficionado C. Promover la mejora de las instalaciones y creación de otras. Organizar su utilización. D. Gestionar el posible uso de instalaciones no públicas. E. Contratación de personal necesario para atender los distintos objetivos que se fijan. Artículo 4 El domicilio social del Patronato estará ubicado en el Pabellón Municipal de Deportes, sito en la calle Calvario nº 11 de Monzón. Artículo 5 El Patronato Municipal de Festejos está facultado para realizar todos los actos encaminados al cumplimiento de los fines señalados en los artículos anteriores y en particular para: A. Aceptar herencias, legados, donaciones y demás actos gratuitos con las limitaciones señaladas en el Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales. B. Solicitar y obtener subvenciones y otras ayudas del Estado, Diputación General de Aragón, especialmente del Ministerio y Consejería de Cultura, Diputación Provincial y de cualquier Corporación de derecho público y de personas físicas o jurídicas privadas. C. Otorgar toda clase de contratos públicos o privados, relativos a actos de adquisición, o disposición sobre bienes muebles o inmuebles, incluso las de enajenación de cualquier forma, gravamen, hipoteca, prenda y demás garantías reales, su extinción y cancelación. 1

2 D. Organizar todos los servicios deportivos, técnicos y administrativos que fueren precisos. E. Personarse y ser parte en toda clase de procedimientos judiciales, administrativos o de otra índole ante cualquier Juzgado, Tribunal, Magistratura, Autoridad u Organismo. Artículo 6 CAPÍTULO II ÓRGANOS DE GOBIERNO El Patronato Municipal de Deportes, funcionará bajo la protección del Excmo. Ayuntamiento de Monzón y estará regido por la Junta del Patronato. DE LA JUNTA DEL PATRONATO Artículo 7 La Junta del Patronato es el órgano soberano de la Institución y estará compuesto por los siguientes miembros: a) El Ilmo. Sr. Alcalde, como Presidente de la misma, quién podrá delegar sus funciones de entre cualquiera de los Concejales que componen la Corporación Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Monzón. b) Diez miembros más elegidos por el Pleno del Ayuntamiento de Monzón y con el único requisito de ser vecino de la ciudad y a propuesta de los diversos grupos municipales y proporcionalmente a su representación. c) El Secretario-Administrador y el Director Técnico Deportivo del Patronato Municipal de Deportes, que tendrán voz pero no voto. Artículo 8 La Junta del Patronato se reunirá por Convocatoria de su Presidente, Concejal- Delegado, o a propuesta de cinco de sus miembros integrantes, a excepción del Secretario- Administrador y el Director Técnico Deportivo, y siempre con el preceptivo Orden del día y con 48 horas de antelación. Deberá reunirse ordinariamente una vez al mes como mínimo. También cuando estuvieran presentes todos los miembros de la Junta del patronato y decidieran realizar Junta Extraordinaria, quedará constituida ésta válidamente, pudiendo tomarse los acuerdos que procedan. Artículo 9 Corresponderán a la Junta del Patronato las siguientes funciones: a) Aprobar el plan de trabajo con carácter anual. b) Aprobar los presupuestos, cuentas, memoria del ejercicio, balance y liquidación de éste. c) Aprobar, en su caso, los Reglamentos de régimen interior que procedan. 2

3 d) Informar al Ayuntamiento sobre la conveniencia de la reforma de los presentes Estatutos y comunicar a este los Presupuestos aprobados por el Patronato. El Ayuntamiento a través del trámite reglado podrá aprobar la subvención que discrecionalmente establezca. e) Fijar el importe de las gratificaciones y los salarios del personal dependiente del Patronato, tomando como referencia los que existan en el Ayuntamiento. f) Otorgar becas de estudio y disponer las subvenciones que se estimen convenientes a cualquier personal física o jurídica de la localidad. g) Celebrar todos y cada uno de los actos a que se refiere el artículo 5 de los presentes Estatutos y acordar su ejecución. DEL PRESIDENTE Artículo 10 La representación legal del Patronato será ostentada por el Presidente, el cual tendrá capacidad legal para representar en toda clase de Actos y Contratos ante cualquier Autoridad, Organismo en particular, así como ejercer cualquier clase de acciones encaminadas a la defensa de sus intereses, incluidas las judiciales ante los Tribunales de Justicia de todo tipo y rango. Corresponderán al Presidente las siguientes funciones: A. Despachar asuntos de trámite. B. Juntamente con el Secretario-Administrador ejecutar los acuerdos que hubiere dispuesto la Junta del Patronato. C. Ostentará la plena representación de las instalaciones deportivas municipales y la máxima autoridad sobre todo el personal. D. Le corresponderá convocar, presidir, suspender y levantar las reuniones de la Junta en su condición de Presidente. E. En caso de ausencia o enfermedad podrá delegar sus funciones de entre cualquiera de los miembros de la Junta del Patronato, a excepción del Secretario-Administrador y el Director Técnico Deportivo. Artículo 11 CAPÍTULO III DEL PERSONAL El Patronato dispondrá del personal necesario, cuyo número y funciones determinarán la Corporación Municipal a propuesta de la Junta del Patronato, corriendo los gastos derivados de sus contrataciones con cargo al Presupuesto anual del Patronato. La Junta del Patronato podrá contratar con arreglo a la legislación vigente al personal, que sin ser empleados municipales, precise para sus propios servicios, cubriendo sus puestos de trabajo con arreglo a su plantilla y mediante la aplicación de procesos relativos que en cada caso determine la Junta del Patronato. El personal quedará sometido a la legislación laboral. En ningún supuesto los nombramientos conferirán ni permitirán adquirir la condición 3

4 de funcionarios municipales a quienes los desempeñan, sin perjuicio de reconocérsele el tiempo como servicios en la Administración Local, a los efectos pertinentes. Cuando un empleado municipal, perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo del Excmo. Ayuntamiento de Monzón, sea destinado con plena dedicación al servicio del Patronato, se integrará en su plantilla y quedará en la situación administrativa que le corresponda, según la legislación local, computándose el tiempo como si hubiera prestado servicio en el Ayuntamiento. En caso de disolución del Patronato el empleado municipal revertirá a la plantilla del Ayuntamiento y quedará en la situación administrativa que le corresponda. DEL SECRETARIO-ADMINISTRADOR Artículo 12 Las funciones del Secretario-Administrador serán las siguientes: A. Actuará como Secretario en la Junta del Patronato. Redactará las Actas de las Sesiones, custodiando los libros de Actas, notificando los acuerdos recaídos y expidiendo, con el visto bueno del Presidente, toda clase de Certificaciones. Hará las citaciones para las Sesiones de la Junta, ordenadas por el Presidente, con una antelación de 48 horas, a la que se unirá el Orden del Día. B. Tendrá a su cargo la contabilidad de todas las actividades del Patronato, la cual se ajustará a la Ley vigente y a las disposiciones que desde el Servicio de Intervención Municipal se indiquen. C. Anualmente deberá proponer y confeccionar, junto con el Presidente, el proyecto de presupuesto de Ingresos y Gastos y la Memoria explicativa de las actividades a realizar proyectos de nuevas instalaciones o mejoras importantes, que con la aprobación de la Junta del Patronado remitirá al Ayuntamiento para que éste pueda estudiar la situación del Patronato y presupuestar la subvención necesaria. Igualmente presentará a la Junta, para su aprobación la Liquidación del Presupuesto Económico del ejercicio finalizado, una vez que esta haya sido aprobada por los Servicios de Intervención Municipal. D. Ejecutar, junto con el Presidente, los acuerdos que hubiere dispuesto la Junta del Patronato. E. Elaborar juntamente con el Presidente y el Director Técnico Deportivo, el desarrollo técnico de los planes anuales de actividades a desarrollar en las instalaciones y al final de año, la Memoria correspondiente. Ambos deberán someterse a la aprobación de la Junta del Patronato. F. Velar por la buena conservación de las instalaciones y el material para actividades, proponiendo a tal fin a la Junta del Patronato y a través del Presidente, las medidas que crean necesarias y adoptando las de carácter urgente, dando cuenta de todo ello. G. Invertir los recursos financieros aprobados por la Junta del Patronato, cuidando de que los mismos alcancen los fines para los que fueron previstos. H. Distribuir e inspeccionar los servicios de las diferentes dependencias en donde se desarrollen la práctica de los deportes y las actividades extradeportivas. Coordinar y dirigir al personal encargado de las diferentes instalaciones, directores de las mismas y personal administrativo si los hubiera, cuidando de la debida coordinación entre todos los servicios existentes en las mismas. 4

5 DEL DIRECTOR TÉCNICO DEPORTIVO Artículo 13 Las funciones del Director Técnico Deportivo serán las siguientes: A. Actuará como responsable de los diferentes profesores y monitores deportivos que desarrollen labor en el Patronato. B. Informará mensualmente a la Junta del Patronato, del funcionamiento y desarrollo de cuantas actividades deportivas estén organizadas directa o indirectamente por el Patronato. C. Realizará un seguimiento de aquellas actividades, que no organizadas por el Patronato, estén subvencionadas por éste, vigilando por el buen cumplimiento de las mismas y que no quede dañada la imagen del Patronato y la ciudad, informando de lo acontecido a la Junta del Patronato y proponiendo a la misma, si lo considera oportuno, la supresión de la subvención aprobada. D. Mantendrá contacto directo con los Presidentes y responsables de los diferentes clubes de la Ciudad para posibles programas deportivos de acción conjunta y realización de actividades extradeportivas. E. Cuidará y velará por la programación deportiva de las diferentes instalaciones que gestione directamente el Patronato, vigilando el cumplimiento adecuado de horarios y normas de uso. F. Mantendrá reuniones periódicas, con los diferentes profesores y monitores del Patronato, a fin de revisar la programación anual prevista y la funcionalidad de las actividades, informando posteriormente a la Junta del Patronato. G. Informará oportunamente al Presidente de cuantas anomalías se produzcan en las actividades y desarrollo del programa deportivo, proponiendo a la Junta del Patronato las modificaciones que se consideren oportunas realizar. H. Dará difusión a los medios informativos locales, provinciales, regionales y si lo estimase oportuno nacionales, de las diferentes actividades programadas por el Patronato. I. Propondrá a la Junta del Patronato, para su aprobación, cuantas iniciativas vayan encaminadas a la promoción deportiva. J. Conjuntamente con el Secretario-Administrador elaborará una Memoria de las actividades realizadas durante el ejercicio, una vez finalizado el año y presentará el programa para el ejercicio próximo al Presidente, quien lo pondrá en conocimiento de la Junta del Patronato para su aprobación definitiva. DE LOS RECURSOS DEL PATRONATO Artículo 14 El Patronato se nutrirá de los siguientes recursos e ingresos: A. Las subvenciones que se le otorguen por parte de personas públicas o privadas. B. La subvención que anualmente le fije el Ayuntamiento de Monzón 5

6 C. La explotación de sus propios recursos, tales como precios públicos por prestación de sus servicios o de sus actividades, etc. Artículo 15 El Patronato llevará contabilidad separada y aparte del Excmo. Ayuntamiento de Monzón, pudiendo por tanto, con la aprobación de la Junta del Patronato abrir las Cuentas Corrientes que estime oportunas bajo su titularidad, necesitándose la firma conjunta del Presidente, del Secretario-Administrador, por delegación de la Intervención Municipal y un miembro más de la Junta para disponer de los fondos aperturados. Artículo 16 Todos los acuerdos que se tomen por la Junta lo serán por mayoría simple de sus miembros. La Modificación de los presentes Estatutos y la disolución del Patronato, en su caso, es competencia exclusiva del Excmo. Ayuntamiento de Monzón. Artículo 17 En todo momento la facultad auditora e inspectora del Patronato corresponderá a los Servicios de Intervención Municipales, quienes podrán ordenar lo que corresponda a las oportunas comprobaciones contables. NORMAS COMPLEMENTARIAS 1ª. El Patronato Municipal de Deportes no será nunca responsable de los posibles accidentes y lesiones que se produzcan en la práctica deportiva en las instalaciones deportivas municipales que gestiona, ni de las consecuencias económicas que puedan derivarse de las mismas. Para estar cubiertos ante tales riesgos los usuarios de dichas instalaciones deberán estar afiliados a la Mutualidad General Deportiva, seguro escolar, etcétera. El Patronato se reserva el derecho de concertar pólizas para cubrir posibles accidentes deportivos en dichas instalaciones. Se dotará a las instalaciones de un botiquín para las asistencias de primeros auxilios. 2ª. Cuando se proyecten actividades extraordinarias o competiciones con taquilla para el público, la Dirección de la instalación velará por el más estricto cumplimiento de las normas vigentes de Orden Público y Espectáculos. 3ª. Todas las actividades extraordinarias promovidas por otras asociaciones que no sean puramente deportivas, deberán solicitarse con una antelación mínima de un mes, lo cual no supone la concesión de la misma. DISPOSICIÓN FINAL 6

7 En lo no previsto en estos Estatutos, será de aplicación la legislación local y como supletoria, la legislación del Estado. DILIGENCIA. Para hacer constar que los presentes Estatutos fueron modificados por le Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 29 de Septiembre de 2003 y publicada la misma en el BOP nº 282 de fecha 9 de diciembre de

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- El Club Deportivo Universidad Pública de Navarra es un club filial sin personalidad

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) Número 155 Miércoles, 14 de Agosto de 2013 Pág. 18072 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) 7270 Aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Local de Deportes. Anuncio Al no haberse

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES NATURALEZA Y FUNCIONES

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES NATURALEZA Y FUNCIONES ESTATUTOS L CONSEJO LOCAL PORTES C A P I T U L O I NATURALEZA Y FUNCIONES Artículo 1º.- Definición. El Consejo Local de Deportes es el órgano institucional consultivo en materia deportiva del Excmo. Ayuntamiento

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSORCIO VITORIA-GASTEIZ CAPITAL VERDE EUROPEA 2012.

ESTATUTOS DEL CONSORCIO VITORIA-GASTEIZ CAPITAL VERDE EUROPEA 2012. 15 ANEXO ESTATUTOS DEL CONSORCIO VITORIA-GASTEIZ CAPITAL VERDE EUROPEA 2012. TITULO I Disposiciones generales. Artículo 1 Denominación, personalidad y capacidad. 1. El Decreto Foral 802011 del Consejo

Más detalles

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA P A M P L O N A Aprobación definitiva Estatutos de las Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA P A M P L O N A Aprobación definitiva Estatutos de las Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona Boletín Oficial de Navarra Número 101 - Fecha 22/08/1997 II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA P A M P L O N A Aprobación definitiva Estatutos de las Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona El Pleno

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE AINSA-SOBRARBE Fecha de impresión 28/01/2015 12:41:00

AYUNTAMIENTO DE AINSA-SOBRARBE Fecha de impresión 28/01/2015 12:41:00 REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE DEPORTES Y JUVENTUD ARTICULO 1: NATURALEZA CAPITULO I: NATURALEZA 1.- El Consejo Sectorial de Deportes y Juventud es un órgano complementario del Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe,

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS

Más detalles

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS PERITOS JUDICIALES Y FORENSES DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MÁLAGA

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS PERITOS JUDICIALES Y FORENSES DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MÁLAGA REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS PERITOS JUDICIALES Y FORENSES DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MÁLAGA TITULO I NATURALEZA Y DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y FINES. Artículo 1º Artículo

Más detalles

INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE ALBACETE ANUNCIO

INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE ALBACETE ANUNCIO Publicados en el B.O.P. núm. 98 de miércoles 15 de agosto de 2.001, y corrección de errores de B.O.P. núm. 120 de viernes 5 de octubre de 2.001. INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE ALBACETE ANUNCIO Finalizado

Más detalles

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS MADRID 2014 1 CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1º- Denominación Con la denominación de Asociación

Más detalles

ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS Y FINANCIEROS (CEMFI) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS Y FINANCIEROS (CEMFI) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS Y FINANCIEROS (CEMFI) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Denominación y naturaleza La Fundación Centro de Estudios Monetarios y Financieros

Más detalles

GRUP MUNICIPAL D ESQUERRA UNIDA DEL PAÍS VALENCIÀ

GRUP MUNICIPAL D ESQUERRA UNIDA DEL PAÍS VALENCIÀ REGLAMENTO ORGÁNICO DEL CONSEJO DE CIUDAD DE EL CAMPELLO CAPÍTULO I NATURALEZA Y FUNCIONES Artículo 1.- Creación. De conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora

Más detalles

REGLAMENTO DE CONSEJO SECTORIAL DEL

REGLAMENTO DE CONSEJO SECTORIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DEL DEPORTE Y LA ACTIVIDAD FÍSICA DE GETAFE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DEL DEPORTE Y LA ACTIVIDAD

Más detalles

COMISIÓN MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA (COMYDA)

COMISIÓN MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA (COMYDA) COMISIÓN MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA (COMYDA) REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA PREÁMBULO El presente reglamento responde a la necesidad

Más detalles

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD Por acuerdo del Pleno de día 27 de enero de 2000 fue aprobado definitivamente el Reglamento de seguridad y salud. Publicado en el BOIB nº. 55, de 02.05.00, entró en vigor al día siguiente de la publicación.

Más detalles

MARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN ANDALUCÍA

MARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN ANDALUCÍA MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE SOSTENIBILIDAD LOCAL DE CALLOSA

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE SOSTENIBILIDAD LOCAL DE CALLOSA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE SOSTENIBILIDAD LOCAL DE CALLOSA Aprobada definitivamente en sesión plenaria de fecha 20 de julio del año 2006 Publicada Aprobación definitiva

Más detalles

1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya

1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya 1/6 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO ACUERDO GOV/127/2015, de 4 de agosto, por el que se aprueba la modificación y el texto íntegro de

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE DEPORTES

REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE DEPORTES REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE DEPORTES INTRODUCCION La regulación del Régimen Local reserva a los Municipios la competencia para promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos

Más detalles

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN Publicado en el B.O.P. Nº 20 de 14 de Febrero de 1.997 Mediante la presente propuesta se pretende la creación del

Más detalles

ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.)

ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.) ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.) APROBADOS POR LA ASAMBLEA GENERAL DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES DEL EXCMO. COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE VALENCIA,

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES De conformidad con lo establecido en la Ley del Mercado de Valores, TR HOTEL JARDÍN DEL MAR, S.A. comunica el siguiente HECHO RELEVANTE En cumplimiento de lo previsto

Más detalles

LEY 3/1997, DE 8 DE ENERO, DE CREACIÓN DE LA AGENCIA FINANCIERA DE MADRID

LEY 3/1997, DE 8 DE ENERO, DE CREACIÓN DE LA AGENCIA FINANCIERA DE MADRID LEY 3/1997, DE 8 DE ENERO, DE CREACIÓN DE LA AGENCIA FINANCIERA DE MADRID El pasado 17 de noviembre de 1995 se firmó el Pacto para la creación del Consejo de Madrid para el Desarrollo, el Empleo y la Formación.

Más detalles

TÍTULO II. Estatuto de los concejales. Capítulo I Derechos y deberes

TÍTULO II. Estatuto de los concejales. Capítulo I Derechos y deberes Artículo 5. Organización. El órgano de dirección del Pleno es su presidente, que en el desarrollo de sus funciones contará con la asistencia de la Secretaría General del Pleno y la Junta de Portavoces.

Más detalles

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES.

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES. REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES. TITULO I: Naturaleza, y fines de las Comisiones de Fiestas y Eventos de la Delegación

Más detalles

Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla

Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla De acuerdo con lo señalado en el artículo 175.d) de los EUS (Decretos de la Consejería de Educación y Ciencia de

Más detalles

Estatutos de Constitución de la Asociación de Farmacéuticos Empresarios de Toledo

Estatutos de Constitución de la Asociación de Farmacéuticos Empresarios de Toledo Estatutos de Constitución de la Asociación de Farmacéuticos Empresarios de Toledo Título I. DISPOSICIONES GENERALES Denominación, ámbito territorial y profesional, duración, domicilio y fines. Artículo

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD DE CASTELLÓN DE LA PLANA.

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD DE CASTELLÓN DE LA PLANA. Ayuntamiento de Castellón de la Plana. REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD DE CASTELLÓN DE LA PLANA. Aprobado: Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión de

Más detalles

Disposiciones generales

Disposiciones generales BORRADOR REGLAMENTO ORGÁNICO Y DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DELEGADA DE MEDIOS AUDIOVISUALES DE AYAMONTE Y DE GESTIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN MUNICIPALES DE AYAMONTE. Disposiciones generales Artículo

Más detalles

NORMAS REGULADORAS DE LOS CENTROS DE ESTUDIOS

NORMAS REGULADORAS DE LOS CENTROS DE ESTUDIOS Firmante: Q3018001B - SECRETARIO GENERAL - NORMAS REGULADORAS DE LOS CENTROS DE ESTUDIOS (APROBADO EN CONSEJO DE GOBIERNO DE 24/6/2008) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Los profesores e investigadores de la Universidad

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 6735 I. Disposiciones generales Presidencia del Gobierno 1433 LEY 5/2015, de 26 de marzo, de reconocimiento de la universidad privada Universidad Internacional de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran

Más detalles

Disposiciones Vigentes de La Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife

Disposiciones Vigentes de La Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife Disposiciones Vigentes de La Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife INDICE DE CONTENIDOS I.- ESTATUTO DE FUNCIONAMIENTO II.- NUEVO REGLAMENTO

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. INTRODUCCIÓN

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. INTRODUCCIÓN REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. (Aprobado por el Pleno de Comité de Seguridad y Salud de la Universidad de Valladolid el 13 de octubre de 1998 y modificado en

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, a de dos mil dos. REUNIDOS De una parte, D. Luís

Más detalles

BORRADOR DE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD PROVINCIAL EN NOMBRE DE EMPRESA EN PROVINCIA

BORRADOR DE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD PROVINCIAL EN NOMBRE DE EMPRESA EN PROVINCIA BORRADOR DE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD PROVINCIAL EN NOMBRE DE EMPRESA EN PROVINCIA U.G.T. Castilla y León Páginas: 1/ 8 ÍNDICE INTRODUCCIÓN...3 ARTICULO 1º. OBJETO...4 1. COMPOSICIÓN....4

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. ÍNDICE 1. Preámbulo 2. Finalidad 3. Derechos de información previos a la celebración de la Junta

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL

MODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL MODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN. CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1.- Denominación. Con la denominación de Asociación

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ACADEMIA EUROPEA DE CIENCIAS Y ARTES-ESPAÑA CAPITULO I.- DENOMINACION. OBJETO. DOMICILIO. AMBITO TERRITORIAL. DURACION.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ACADEMIA EUROPEA DE CIENCIAS Y ARTES-ESPAÑA CAPITULO I.- DENOMINACION. OBJETO. DOMICILIO. AMBITO TERRITORIAL. DURACION. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ACADEMIA EUROPEA DE CIENCIAS Y ARTES-ESPAÑA CAPITULO I.- DENOMINACION. OBJETO. DOMICILIO. AMBITO TERRITORIAL. DURACION. Artículo 1º.- Denominación. La Academia Europea de Ciencias

Más detalles

ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN CAPITULO I INSTITUCION

ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN CAPITULO I INSTITUCION ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN Artículo 1º.- CAPITULO I INSTITUCION Fondo para Atenciones Sociales Fundación es una institución cultural, privada, de interés general y sin ánimo de

Más detalles

6 UNIDAD. Modelo de Estatutos de la Sociedad Limitada Nueva Empresa. Las formas jurídicas

6 UNIDAD. Modelo de Estatutos de la Sociedad Limitada Nueva Empresa. Las formas jurídicas Modelo de Estatutos de la Sociedad Limitada Nueva Empresa I. Disposiciones generales ARTÍCULO 1º. DENOMINACION. La Sociedad mercantil de responsabilidad limitada nueva empresa, de nacionalidad española,

Más detalles

Nosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana,

Nosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana, Nosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad

Más detalles

Reglamento de Régimen Interno de la Comisión de Extensión Universitaria

Reglamento de Régimen Interno de la Comisión de Extensión Universitaria Reglamento de Régimen Interno de la Comisión de Extensión Universitaria CAPÍTULO PRIMERO. FUNCIONES Y COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA. Artículo 1. La Comisión de Extensión. La Comisión

Más detalles

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO Cámara de Comercio de Montería Calle 28 Nº 4-61 PBX (4) 781 9292 Fax (4) 782 4158 www.ccmonteria.org.co Montería - Colombia ACTA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO La Cámara de Comercio de

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A.

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A. ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A. Artículo 1.- Denominación social La Sociedad se denominará [ ], S.A. Artículo 2.- Objeto Social La Sociedad tendrá como objeto social: [ ] Se excluyen de este objeto todas

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO:

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO: ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO: Artículo 1. Con la denominación de ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE AYUNTAMIENTO SAN SEBASTIAN DE LOS REYES

REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE AYUNTAMIENTO SAN SEBASTIAN DE LOS REYES REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE AYUNTAMIENTO SAN SEBASTIAN DE LOS REYES PROPUESTA GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA

Más detalles

ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL ADMINISTRATIVO "FUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA" CAPÍTULO PRIMERO

ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL ADMINISTRATIVO FUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA CAPÍTULO PRIMERO ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL ADMINISTRATIVO "FUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA" CAPÍTULO PRIMERO OBJETO, TERRITORIO, NATURALEZA Y FUNCIONES. Artículo 1.- La Fundación

Más detalles

estatutos asociación de padres

estatutos asociación de padres Texto elaborado por: Equipo AMEI estatutos asociación de padres TITULO PRIMERO Denominación, Domicilio, Ámbito territorial, Duración y Personalidad Jurídica Artículo 1º.- Al amparo de la legislación vigente

Más detalles

Z-Radio se crea como órgano de gestión directa y dependiente de la Concejalía de Presidencia.

Z-Radio se crea como órgano de gestión directa y dependiente de la Concejalía de Presidencia. REGLAMENTO INTERNO ZUBIA DEL SERVICIO MUNICIPAL: Z-RADIO DE LA CAPITULO I. DISPOSICIONES LEGALES Articulo Iº. Denominación y naturaleza El Ayuntamiento de La Zubia crea, al amparo de lo establecido en

Más detalles

ANEXO 1º) DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL, COMITÉS DE EMPRESA Y JUNTAS DE PERSONAL.

ANEXO 1º) DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL, COMITÉS DE EMPRESA Y JUNTAS DE PERSONAL. ANEXO 1º) DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL, COMITÉS DE EMPRESA Y JUNTAS DE PERSONAL. 1. Los Delegados de Personal, miembros de Comités de Empresa y miembros de Juntas de Personal, dispondrán de tiempo retribuido

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO.

MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO. MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO. Art. 1.- Con la denominación de se constituye en una Asociación sin ánimo de lucro, de

Más detalles

En el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de

En el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES A LOS CARGOS DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA

Más detalles

REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES

REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES UNIVERSIDAD DE MÁLAGA REGLAMENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONES DE LA FACULTAD

Más detalles

ESTATUTOS DE LA FUNDACION CAMILO DE LA RED DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VALLADOLID.-

ESTATUTOS DE LA FUNDACION CAMILO DE LA RED DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VALLADOLID.- ESTATUTOS DE LA FUNDACION CAMILO DE LA RED DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VALLADOLID.- Artículo 1º.- De la Denominación. LA FUNDACIÓN CAMILO DE LA RED DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VALLADOLID,

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSORCIO DE TURISMO DE SEVILLA. CAPITULO I Constitución, denominación y domicilio.

ESTATUTOS DEL CONSORCIO DE TURISMO DE SEVILLA. CAPITULO I Constitución, denominación y domicilio. ESTATUTOS DEL CONSORCIO DE TURISMO DE SEVILLA CAPITULO I Constitución, denominación y domicilio. Art. 1.º Constitución. El Ayuntamiento de Sevilla, la Diputación Provincial de Sevilla, la Delegación Provincial

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DE LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DE LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO DE LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA La Ley Orgánica de Universidades (Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007)

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO FORO DE GRANDES EMPRESAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO MODIFICADAS EN LA 3ª SESIÓN del 20 de julio de 2010 I. Naturaleza y composición del Foro I.1. Naturaleza El (en adelante, Foro) tiene como objeto promover

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN Secretaría General

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN Secretaría General EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN Secretaría General REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Aprobado definitivamente por el Excmo. Ayuntamiento de Alcázar de

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS INTRODUCCIÓN El presente manual se integra en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD USO. Área Confederal de Seguridad y Salud Laboral y Medioambiente Mayo 2010

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD USO. Área Confederal de Seguridad y Salud Laboral y Medioambiente Mayo 2010 REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD USO Elaboración: Área Confederal de Seguridad y Salud Laboral y Medioambiente Mayo 2010 INTRODUCCIÓN Los artículos 38 y 39 de la Ley 31/1995,

Más detalles

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS «BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

Más detalles

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION CAPITULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ARTICULO 1.- La entidad que por medio

Más detalles

Adaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares

Adaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares Adaptación de la Ley 31/1995 al ámbito de los centros y establecimientos militares REAL DECRETO 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre,

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE LA RIOJA PARA EL PERIODO 2014-2020

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE LA RIOJA PARA EL PERIODO 2014-2020 DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SECRETARÍA DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS DIRECCIÓN GENERAL DE FONDOS REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE LA RIOJA PARA

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO»

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO» ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO» CAPÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN EN GENERAL Artículo 1º Con la denominación "Solidarios con el Mundo" o también SolMun, se constituye una asociación al amparo

Más detalles

Nº Delegados de Prevención

Nº Delegados de Prevención NOTAS 1.1 1 Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado

Más detalles

PROPUESTA MODELO REGLAMENTO COMITÉ SEGURIDAD Y SALUD PROPUESTA DE UGT

PROPUESTA MODELO REGLAMENTO COMITÉ SEGURIDAD Y SALUD PROPUESTA DE UGT PROPUESTA MODELO REGLAMENTO COMITÉ SEGURIDAD Y SALUD PROPUESTA DE UGT La Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en el Capítulo 5 regula la Consulta y Participación de los Trabajadores,

Más detalles

MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA

MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA MANUAL DE FUNCIONES DE LA COOPERATIVA ARTÍCULO 60º. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA. La Asamblea General ejercerá las siguientes funciones: 1. Establecer las políticas y directrices generales de la cooperativa

Más detalles

ESTATUTOS CAPITULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN

ESTATUTOS CAPITULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN ESTATUTOS CAPITULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN ARTICULO 1. Denominación, Naturaleza, Domicilio y Ámbito de Actuación 1. La Fundación Víctimas del Terrorismo (en adelante, la Fundación) es una organización

Más detalles

REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA

REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA Los derechos de los accionistas a hacerse representar por medio de otra persona y a ejercer su derecho al voto

Más detalles

AVANCE Amigos del Vidrio Artístico Núcleo Centro de España ESTATUTOS DE LA ASOCIACION

AVANCE Amigos del Vidrio Artístico Núcleo Centro de España ESTATUTOS DE LA ASOCIACION AVANCE Amigos del Vidrio Artístico Núcleo Centro de España ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPITULO I. DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1. Con la denominación de Amigos del Vidrio Artístico Núcleo Centro

Más detalles

Estatutos Sociales de la Fundación Bolivariana de Informática y Telemática-Fundabit

Estatutos Sociales de la Fundación Bolivariana de Informática y Telemática-Fundabit REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO SIN PERSONALIDAD JURIDICA DE REGISTRO PUBLICO OFICINA SUBALTERNA DEL TERCER CIRCUITO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL

Más detalles

Denominación, ámbito territorial y profesional, duración, domicilio y fines.

Denominación, ámbito territorial y profesional, duración, domicilio y fines. ESTATUTOS DE ERAIKI; ASOCIACIÓN PATRONAL DE EMPRESAS DE CONSTRUCCIÓN Y ALBAÑILERIA DE GIPUZKOA - GIPUZKOAKO IGELTSARITZA ETA ERAIKINTZA ENPRESEN ELKARTE PATRONALA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Denominación,

Más detalles

ASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES. Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012

ASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES. Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012 ASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012 1 TIPOS DE ORGANIZACIONES EN LAS QUE PUEDE PARTICIPAR UNA MUNICIPALIDAD 2 MUNICIPALIDADES CORPORACIONES

Más detalles

REGLAS SOBRE VOTO Y DELEGACIÓN A DISTANCIA

REGLAS SOBRE VOTO Y DELEGACIÓN A DISTANCIA REGLAS SOBRE VOTO Y DELEGACIÓN A DISTANCIA El Consejo de Administración de Endesa ha decidido, al amparo de lo previsto en el artículo 30 bis de los Estatutos Sociales y en el artículo 20 bis del Reglamento

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.L.

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.L. ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.L. Artículo 1.- Denominación social La Sociedad se denominará [ ], S.L. Artículo 2.- Objeto social La Sociedad tendrá como objeto social: [ ] Se excluyen de este objeto todas

Más detalles

FUNCIONES Y COMPETENCIAS (EPCO)

FUNCIONES Y COMPETENCIAS (EPCO) Coquimbo, 6 de mayo de 2015 FUNCIONES Y COMPETENCIAS (EPCO) 1. DIRECTORIO Y GERENTE GENERAL El Artículo N 4 de la Ley 19.542 que crea el Puerto de Coquimbo, señala que esta empresa tendrá como objeto la

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: Artículo 3. La existencia de esta asociación tiene como fines:

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: Artículo 3. La existencia de esta asociación tiene como fines: NÚMERO 3 Modelo orientativo Estatutos de ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: Artículo 1. Con la denominación 1, se constituye una ASOCIACION al amparo de la Ley

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PALENCIA DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PALENCIA DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PALENCIA DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno 18/03/2004 TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. NATURALEZA. El

Más detalles

CONSEJERÍA DE HACIENDA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Ley de Administración Institucional de la NORMATIVA CONSEJERÍA DE HACIENDA Dirección General de Patrimonio Ley de la Administración Institucional de la Pág. 2 LEY 1/1984, DE 19 DE ENERO, REGULADORA DE

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL INSTITUTO PROFESIONAL LATINOAMERICANO DE COMERCIO EXTERIOR - IPLACEX TITULO I DE LA DEFINICIÓN Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO

REGLAMENTO GENERAL INSTITUTO PROFESIONAL LATINOAMERICANO DE COMERCIO EXTERIOR - IPLACEX TITULO I DE LA DEFINICIÓN Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO REGLAMENTO GENERAL INSTITUTO PROFESIONAL LATINOAMERICANO DE COMERCIO EXTERIOR - IPLACEX TITULO I DE LA DEFINICIÓN Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO Artículo 1 El presente Reglamento es el conjunto de normas que

Más detalles

CAPÍTULO I DE LA ENTIDAD

CAPÍTULO I DE LA ENTIDAD 1 CAPÍTULO I DE LA ENTIDAD Art. 1.- El nombre que adopta esta Agrupación Deportiva es el de AGRUPACIÓN DE GIMNASIA ARTÍSTICA DEPORTIVA DE MÓSTOLES, siendo sus siglas A.G.A.D.M. Art. 2.- Dicha Agrupación

Más detalles

PROYECTO DE GESTIÓN 02. GRATUIDAD DE LIBROS. NORMAS Y REGLAMENTO

PROYECTO DE GESTIÓN 02. GRATUIDAD DE LIBROS. NORMAS Y REGLAMENTO A. NORMAS PROYECTO DE GESTIÓN 02. GRATUIDAD DE LIBROS. NORMAS Y REGLAMENTO 1. Régimen de préstamo de los libros de texto 1. El alumnado beneficiario del presente programa dispondrá gratuitamente, en régimen

Más detalles

Presidir las reuniones de la Junta Directiva. Dirigir las actividades propias de la Asociación y representarla legal y extrajudicialmente

Presidir las reuniones de la Junta Directiva. Dirigir las actividades propias de la Asociación y representarla legal y extrajudicialmente PRESIDENTE Presidir las reuniones de la Junta Directiva Dirigir las actividades propias de la Asociación y representarla legal y extrajudicialmente Cumplir y hacer cumplir los estatutos, reglamentos y

Más detalles

CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA EFECTUAR LAS INVERSIONES FINANCIERAS DEL INCOP CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Del ámbito de aplicación. Este reglamento establece los lineamientos para realizar las inversiones

Más detalles

ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882. Estatuto Social

ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882. Estatuto Social ASOCIACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO ADECUADA AL D.L. N 882 Estatuto Social 2007 Í N D I C E TÍTULO I.- De la Denominación, Duración y Domicilio.. 7 TÍTULO

Más detalles

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA.

BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. BASES QUE RIGEN EN EL PROCESO SELECTIVO CONVOCADO CON OBJETO DE FORMAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE JARDIN DE INFANCIA. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es

Más detalles

MODELO ESTAUTOS ESAL Aprobó 15/09/2007

MODELO ESTAUTOS ESAL Aprobó 15/09/2007 Página 1 de 8 (MODELO DE ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN, FUNDACIÓN O ASOCIACIÓN) CAPITULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Artículo 1: Créase con el nombre de la CORPORACION *********** En el Departamento

Más detalles

B) Disposiciones y Actos

B) Disposiciones y Actos B) Disposiciones y Actos Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid 1910 Acuerdo de 11 de octubre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se adapta la regulación sobre la prestación

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA

AYUNTAMIENTO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA ACUERDO DE CREACION DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL DENOMINADO PATRONATO DE LAS FIESTAS DEL SOL DE LA CIUDAD DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA Publicado en el Periódico

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA CAPÍTULO I LA JUNTA GENERAL Artículo 1. Clases de Juntas 1. La Junta General de Accionistas podrá ser Ordinaria o Extraordinaria, rigiéndose

Más detalles

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN ARTICULO 1. Denominación. La Fundación se denominará FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA. ARTICULO

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION CAPITULO I. DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1. La Asociación Española de Universidades con Titulaciones

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO CAPÍTULO I

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO CAPÍTULO I ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO El Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera acuerda constituir el Consejo Local de Juventud como órgano complementario del mismo, con la finalidad de canalizar

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE TÉCNICOS DEPORTIVOS, MONITORES Y ENTRENADORES DE LA FEDERACIÓN CASTELLANO-MANCHEGA DE TIRO CON ARCO

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE TÉCNICOS DEPORTIVOS, MONITORES Y ENTRENADORES DE LA FEDERACIÓN CASTELLANO-MANCHEGA DE TIRO CON ARCO FEDERACIÓN CATELLANO MANCHEGA DE TIRO CON ARCO REGLAMENTO DEL COMITÉ DE TÉCNICOS DEPORTIVOS, MONITORES Y ENTRENADORES DE LA FEDERACIÓN CASTELLANO-MANCHEGA DE TIRO CON ARCO Referencia FCMTA RP09 Fecha de

Más detalles

ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO

ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1. Con la denominación Edita Interactiva se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas

Más detalles

DOG Núm. 28 Viernes, 8 de febrero de 2013 Pág. 3691

DOG Núm. 28 Viernes, 8 de febrero de 2013 Pág. 3691 DOG Núm. 28 Viernes, 8 de febrero de 2013 Pág. 3691 I. DISPOSICIONES GENERALES CONSELLERÍA DE TRABAJO Y BIENESTAR DECRETO 19/2013, de 17 de enero, por el que se crea el Consejo Gallego del Trabajo Autónomo

Más detalles

LAS CONSEJERIAS DE EDUCACIÓN: FUNCIONES DESEMPEÑADAS

LAS CONSEJERIAS DE EDUCACIÓN: FUNCIONES DESEMPEÑADAS ACCIÓN EDUCATIVA EN EL EXTERIOR LAS CONSEJERIAS DE EDUCACIÓN: FUNCIONES DESEMPEÑADAS El Ministerio de Educación y Ciencia de España está presente en 17 países a través de las Consejerías de Educación en

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO (Artículos 1 a 15 del R.D. 1483/2012, según redacción dada por el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y

Más detalles

CAPITULO II LEY DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CAPITULO II LEY DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CAPITULO II LEY DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Por el Decreto Ley 21435 se promulgó la Ley de la Pequeña Empresa de Propiedad Privada, con el objeto de promover su desarrollo y contribución

Más detalles