BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE PRESTACIONES ECONOMICAS PARA ALIMENTACIÓN EN CENTROS ESCOLARES. CURSO 2013/14.

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1 BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE PRESTACIONES ECONOMICAS PARA ALIMENTACIÓN EN CENTROS ESCOLARES. CURSO 2013/ OBJETO DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria tiene por objeto desarrollar el procedimiento para la concesión de ayudas para la asistencia a los comedores escolares al alumnado de Escuelas Infantiles y centros de Educación Infantil y Educación Primaria públicos y concertados de, niños y niñas residentes y empadronadas en Barañáin para el curso escolar 2013/14, en los siguientes periodos: - Septiembre a Diciembre de Enero a Junio de 2014 Así mismo, se trata de cubrir los siguientes objetivos: 1. Facilitar la conciliación de la vida laboral de aquellos padres/madres y/o tutores legales, estando el tema justificado por la imposibilidad de que los/as niños/as puedan comer en su domicilio debido a situaciones relacionadas con: 1.1. La actividad laboral de todos sus responsables (padre, madre u otras personas adultas). Se entenderá que requiere conciliar la vida laboral y familiar cuando la actividad laboral se desarrolle por un tiempo de cuatro horas o más / día y/o coincida con el horario de la comida Formación y/o promoción laboral cuyo objetivo principal y único sea la búsqueda y el acceso al empleo de sus responsables. Se contemplarán cursos de formación de media / larga duración. 2. Facilitar la conciliación de la vida familiar de los padres, madres, y/o tutores legales en los que concurra, en una misma persona la doble condición de cuidador/a tanto de personas dependientes, como de menores, no habiendo posibilidades de compartir dichas responsabilidades con otro adulto dentro del hogar. 3. Garantizar el mínimo dietético de una comida diaria completa y equilibrada a los/as menores integrados/as en familias afectadas por circunstancias de problemática de índole económica social y/o sanitaria. 4. Facilitar el desenvolvimiento laboral de aquellos padres/madres o acogedores en proceso de incorporación social y que por escasez de recursos económicos no puedan hacer frente al coste del servicio. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 1

2 5. Presentar la familia una situación de déficit de capacidades parentales, ante lo que la asistencia al comedor escolar sea un recurso preventivo y de protección para el niño/a. 2.- CUANTIA TOTAL DE LAS AYUDAS La dotación máxima para esta convocatoria alcanza la cifra de : - 1º periodo: Septiembre a Diciembre 2013, 5.000,00 que serán imputados a la partida presupuestaria del presupuesto de gastos del º periodo: Enero a Junio 2014, ,00 que serán imputados a la partida presupuestaria siempre que exista crédito disponible en el presupuesto de gastos del REQUISITOS DEL SOLICITANTE 1. Encontrarse empadronados en Barañáin padre, madre o pareja de hecho o los tutores y los menores, con una antelación mínima de 3 meses y residir efectivamente en el municipio de Barañain, desde el momento de la solicitud y mientras se perciba la ayuda. 2. Manifestar y tener necesidad de hacer uso del comedor escolar por alguna de las situaciones recogidas en los puntos 1.1 y 1.2 del objeto de la convocatoria. 3. Estar implicados en un Proceso de Intervención Social. 4. Contar con unos ingresos familiares por todos los conceptos inferiores a los establecidos en las tablas económicas de referencias de estas bases, conforme a la unidad familiar de convivencia y a los conceptos considerados para su cálculo. 5. Manifestar necesidad objetiva de hacer uso del comedor escolar por presentar carencias económicas o porque éste sirva de garantía para mantener la escolarización, y como medio de atención de aquellos menores que presenten carencias en sus cuidados que puedan implicar desprotección. 6. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias en el. 7. Los Servicios Sociales Municipales podrán presentar informe razonado referente a situaciones excepcionales no contempladas en los requisitos anteriores. En estos casos será la Junta de Gobierno Local el órgano competente quien adoptará la resolución pertinente. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 2

3 4.- CRITERIOS ECONOMICOS DE VALORACIÓN Y CONCESION Se considera que no se dispone de ingresos suficientes para sufragar los gastos de alimentación en centros escolares cuando la persona individual y en su caso la unidad convivencial/perceptora no disponga de unos recursos anuales en el año de presentación de la solicitud, ya sea en concepto de rentas, retribuciones, pensiones o de cualquier otro tipo superiores al 175% del importe de la Renta de Inclusión, que pudiera corresponder según el número de miembros de la unidad convivencial periodificado mensualmente. Nº MIEMBROS RENTA DE INCLUSION/MES RENTA DE INCLUSION ANUAL MAXIMO INGRESOS BRUTOS ANUALES AÑO 2013 AÑO % RENTA DE INCLUSION 1 641, , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,80 A tal efecto se entenderá por: Núcleo familiar: Incluye a la persona solicitante con su cónyuge o persona con quien mantengan análoga relación de afectividad, conforme al marco legal vigente, y sus hijos e hijas convivientes. Se considerarán también integrantes del núcleo familiar: o Los/as menores en situación de acogimiento familiar administrativo o judicial. o Los/as hijos/as que vivan temporalmente fuera del domicilio familiar en razón de la proximidad al centro educativo en el que cursen estudios. Unidad familiar: Incluye a la persona solicitante y en su caso, a una o más personas que convivan con ella, unidad por relación conyugal o análoga condición de afectividad, con independencia de la orientación sexual o de parentesco por consanguinidad hasta el segundo grado y por afinidad hasta el primero. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 3

4 Con carácter general se considerará unidad perceptora a efectos de las prestaciones económicas para alimentación en centros escolares lo definido como Unidad Familiar. Excepcionalmente se considerarán más de una unidad perceptora en la misma unidad familiar (aunque convivan en el mismo domicilio) cuando: La unidad familiar esté integrada por más de un núcleo familiar y uno de ellos sea monoparental con menores a su cargo. Existan dos núcleos familiares con menores dentro de la unidad familiar, siendo o no monoparentales. El cálculo de los ingresos brutos anuales se hará contabilizando todos los percibidos por cualquiera de los miembros de la familia que viven en el mismo domicilio, siendo considerada la situación económica real del año en curso. Así mismo, se incrementará 224,00 euros mensuales en el cómputo de ingresos familiares, cuando en el mismo domicilio aparezca empadronado un adulto del que no se manifiesta su parentesco (pareja), tendrá el tratamiento de persona subarrendada. En este apartado se tendrán en cuenta las minoraciones correctoras derivadas de las circunstancias siguientes: Familias monoparentales (viudos/as, separados/as, solteros/as). Algún miembro de la familia discapacitado con un porcentaje igual o superior al 65% de minusvalía. Trabajo fuera del hogar del responsable/s de los menores. En aquellas solicitudes en que se justifiquen estas circunstancias, se descontará de los ingresos brutos anuales una cantidad equivalente a 0,25 veces el S.M.I. anual, esto es 2.258,55 euros para el año 2013, por la primera minoración correctora y 0,125 veces el S.M.I. anual para las siguientes, es decir 1.129,28 euros para el año Para calcular el porcentaje de ayuda económica que corresponderá a cada unidad familiar se utilizará la siguiente fórmula: Ingresos brutos anuales unidad perceptora ( x 100) = Tope anual de Renta de Inclusión No se concederán ayudas económicas superiores al 50 %, aunque así lo indique el resultado de la fórmula a aplicar cuando se trate de colegios públicos y al 25% cuando se trate de centros concertados. En el resto de los casos, se aplicará el porcentaje Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 4

5 obtenido. Todo ello siempre que el crédito presupuestario destinado a este fin así lo permita, en caso contrario se repartirá proporcionalmente entre las solicitudes concedidas. Las ayudas económicas deberán concederse previa comprobación de su manifiesta necesidad y de la insuficiencia de ingresos. Dichas ayudas serán en todo caso, subsidiarias y, en su caso, complementarias de cualquier prestación pública que pudiera corresponder al beneficiario, o a cualquiera de los miembros de la unidad convivencial/perceptora. Estas ayudas tendrán carácter finalista, debiendo destinarse únicamente al objeto por el que hayan sido concedidas. 5.- SOLICITUDES. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN La instancia de solicitud, se presentará en la Oficina de Atención al Ciudadano o a través del registro electrónico en el modelo de instancia general. El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá del 16 de septiembre al 31 de octubre de Tras registrar la solicitud, se concertará cita con la Trabajadora Social, en la cita se entregarán los documentos necesarios para realizar el trámite. La presentación de solicitudes y valoración de expedientes fuera de plazo ordinario sólo se tramitarán por las siguientes razones: Situaciones sobrevenidas. Comienzo de actividad laboral de todos sus responsables tras finalizar el periodo ordinario. Traslado de municipio. Situaciones familiares que por factores socio-sanitarios graves o circunstancias especiales (valoradas por el profesional técnico municipal correspondiente) requieran el recurso de comedor escolar a favor de los/as menores, aplicándose el porcentaje con el que puede contribuir la familia. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, se requerirá a la persona solicitante para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida de su solicitud. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 5

6 6.- DOCUMENTACIÓN a. Instancia-solicitud según modelo oficial del. Deberá figurar a nombre de la persona solicitante o del representante legal en su defecto. b. D.N.I. / Pasaporte o Permiso de trabajo / residencia del adulto solicitante responsable del menor. c. Libro de Familia o documento de identificación de los miembros de la unidad familiar de convivencia. d. Justificante de todos los ingresos de los familiares de la unidad perceptora, referidos al año de presentación de la solicitud: nóminas, pensiones, prestaciones, declaración jurada de ingresos en los supuestos de economía sumergida de la persona empleadora o en su defecto del/la solicitante. e. Vida laboral. f. En situación de empleo por cuenta propia, se tendrá en cuenta la última declaración de la renta y se considerarán sus ingresos conforme a los epígrafes así mismo se solicitará el alta en I.A.E. correspondiente al autónomo o a la sociedad en la que esté integrado. g. Otros documentos de interés que justifiquen su situación sociosanitaria y/o económica necesarios para la asignación de la ayuda. h. En caso de desempleados/as tarjeta de Demanda de Empleo. i. En caso de separación o divorcio copia de la Sentencia de Separación y del convenio regulador en el que se concrete las aportaciones que debe realizar el ex-cónyuge. j. Justificante de estar realizando cursos de formación y/o promoción laboral. k. Cualquier otra documentación que el estime oportuna. l. El Ayuntamiento procederá de oficio a comprobar que las personas solicitantes se encuentran empadronadas en Barañáin y al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento. m. Declaración jurada de residir efectivamente en Barañáin. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 6

7 7.- RESOLUCIÓN DE SOLICITUDES Y PAGO DE LAS AYUDAS Los servicios técnicos del área correspondiente estudiarán los expedientes y propondrán, previa fiscalización del gasto por la Intervención del Ayuntamiento, a la Junta de Gobierno Local el otorgamiento y el abono de las ayudas. En Comisión informativa se presentará resumen de las solicitudes tramitadas. En este sentido y al objeto de dar por cumplimentado el trámite de fiscalización del gasto por la Intervención, deberá formalizarse por el área correspondiente un impreso normalizado elaborado al efecto. La aprobación y pago, si procede, de la correspondiente subvención, corresponderá a la Junta de Gobierno Local del, siempre y cuando el gasto que se vaya a realizar se encuentre dentro del límite de sus competencias u órgano que se prevea en las bases de ejecución del presupuesto. La concesión de las ayudas para la alimentación en centros escolares quedará supeditada a la existencia de crédito en la correspondiente partida presupuestaria. El pago de las ayudas se realizará a las entidades encargadas de gestionar el servicio de comedor en cada caso, las asociaciones de padres o los centros escolares, previa presentación justificada de la participación de los menores al comedor escolar, a través del número de cuenta que se indique por los responsables del comedor. 8.- CONTENIDO DE LA RELACION JURÍDICA BENEFICIARIO - ADMINISTRACION CONCEDENTE, CONSECUENCIA DE LA SUBVENCION A- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO Son obligaciones del beneficiario de la subvención: Cumplir el objetivo y realizar las tareas acordadas con el personal técnico. Justificar ante los responsables de programas de referencia de Servicios Sociales, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. El sometimiento a cualesquiera actuaciones de comprobación que se efectúen por los órganos competentes para ello, en relación con las subvenciones concedidas o recibidas. Informar de toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones incompatibles dará lugar a la modificación de la resolución de la concesión. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 7

8 La familia perceptora adquiere el compromiso de hacer uso del comedor escolar durante el tiempo de concesión de la subvención. A este fin el Ayuntamiento comprobará de oficio si se hace uso o no del mismo, en cuyo caso si durante el período de tiempo comprendido entre septiembre de 2013 y enero de 2014 no se hiciera uso del mismo, se procederá a dar de baja definitiva de la subvención concedida, a partir del mes de febrero de B- REINTEGRO DE LAS CANTIDADES PERCIBIDAS Procederá el reintegro total de la cantidad percibida y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención en los siguientes supuestos: Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida. Obtención de la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello por causas imputables al beneficiario. Incumplimiento de la obligación de justificar el destino de los fondos percibidos. Concurrencia de subvenciones, salvo compatibilidad de las mismas. Modificación o incumplimiento de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión. Obstrucción o negativa en la obligación de sometimiento a las actuaciones de comprobación citadas en la presente base. Procederá al reintegro parcial si a lo largo del ejercicio se modificaran las condiciones por las cuales se ha concedido la ayuda y no se haya comunicado al las modificaciones de su situación socio-económica que impliquen una modificación en la cuantía de la ayuda percibida. La resolución del reintegro de la subvención será adoptada por el órgano concedente, previa instrucción de expediente con arreglo a la legislación general aplicable. Si el beneficiario tuviese deudas pendientes con el Ayuntamiento podrá éste compensar las mismas hasta el límite de la ayuda otorgada. No obstante lo anterior, el Excelentísimo Ayuntamiento podrá de oficio proceder a saldar las deudas pendientes de cobro de los beneficiarios de las subvenciones, mediante compensación de dichas subvenciones con las cantidades adeudadas. Si como consecuencia de las funciones de control o de inspección, se dedujesen indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención o ayuda percibida, los agentes encargados de su realización podrán acordar la retención de las facturas, documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro documento relativo a las operaciones en las que tales indicios se manifiesten. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 8

9 C- INFRACCIONES Y SANCIONES Constituyen infracciones administrativas a las presentes bases reguladoras para la concesión de prestaciones económicas para alimentación en centros escolares, las siguientes conductas, cuando en ellas intervenga dolo, culpa o simple negligencia: La obtención de una ayuda o subvención falseando las condiciones requeridas para su concesión u ocultando las que la hubiesen impedido o limitado. La no aplicación de las cantidades recibidas a los fines para los que la subvención fue concedida, siempre que no se haya procedido a su devolución sin previo requerimiento. El incumplimiento por razones imputables al beneficiario, de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la subvención. La falta de justificación del empleo dado a los fondos recibidos. La imposición de las sanciones se efectuará mediante expediente administrativo en el que, en todo caso, se dará audiencia al interesado antes de dictarse el acuerdo correspondiente. D- NOTIFICACIÓN A LOS INTERESADOS Y RECURSOS La notificación a los interesados de las resoluciones y actos administrativos que afecten a sus derechos e intereses, se efectuará de conformidad con lo establecido en los artículos 58, 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra estas bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse, potestativamente los siguientes recursos: Recurso de Reposición ante el órgano municipal autor del acto administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra. Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo del mes de siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra. Recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 9

10 E- PROTECCIÓN DE DATOS A tenor de lo establecido en la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, le informamos que los datos que se recaban para solicitar la prestación de ayudas para alimentación en centros escolares, van a ser incorporados a los archivos del. Así mismo, le informamos de su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición que podrá ejercitar dirigiéndose al Registro General del Ayuntamiento (Pza. Consistorial, s/n). La presentación de solicitud supone autorización suficiente para que el proceda a las comprobaciones de oficio necesarias para la concesión de la subvención, así como autorización suficiente para que se comunique a los centros escolares, en soporte papel, los datos requeridos (relación de beneficiarios de la ayuda, período a subvencionar y cuantía a liquidar por niño/a) y autorización para que los centros escolares comuniquen al, en soporte papel, los días de asistencia del menor al comedor, así como el abono al centro escolar de la concesión de la subvención. 9.- REVISIÓN DE LOS BAREMOS Con carácter anual, se realizará modificación de los baremos económicos, atendiendo al incremento anual de la cuantía de la Renta de inclusión. Barañáin, a 21 de junio de 2013 Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 10

11 SOLICITUD DE PRESTACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL PARA ALIMENTACIÓN EN CENTROS ESCOLARES. CURSO 2013/14 I.- DATOS DEL SOLICITANTE PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE D.N.I. DOMICILIO LOCALIDAD Barañáin TELEFONO FECHA Y LUGAR NACIMIENTO ESTADO CIVIL OCUPACION O PROFESION DESEMPEÑADA II.- DATOS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA APELLIDOS Y NOMBRE PARENTESCO FECHA NAC. OCUPACIÓN/ CURSO ESCOLAR III.- DATOS ESCOLARES : CENTRO ESCOLAR Y MES DE COMIENZO: USO DE COMEDOR PREVISTO EN LAS SIGUIENTES FECHAS: Septiembre Sí No Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 11

12 Junio Sí No IV.- DATOS ECONOMICOS Tiene ingresos o renta propias: SI NO A) RENTAS DE TRABAJO - PRESTACIONES O PENSIONES: NOMBRE Y APELLIDOS CONCEPTO CUANTIA ANUAL ENTIDAD PAGADORA B) OTRAS RENTA DE CAPITAL (Indique cual e importe). Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 12

13 V.- DECLARACIÓN JURADA DE INGRESOS Y RESIDENCIA Don/Doña. con D.N.I. DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: 1º. Que los ingresos brutos por todos los conceptos ascienden a anuales y que corresponden a 2º que los bienes que poseo son los siguientes y me producen la siguiente renta 3º Que tanto yo, como los/as beneficiarios/as de la prestación residimos efectivamente en el municipio de Barañáin. 4º Que me comprometo a informar al de cualquier cambio que se pudiera producir en la situación económica descrita. 5º Que me comprometo a realizar el pago de la parte proporcional del Comedor escolar, así como a responsabilizarme de la asistencia de los /las menores al mismo y dar el aviso correspondiente de su ausencia. 4º Que son ciertos todos los datos consignados en la presente solicitud. En a de de 20 Fdo.: Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 13

14 AUTORIZACIÓN DE PAGO DON/Doña. D.N.I., con domicilio en y teléfono con AUTORIZO AL AYUNTAMIENTO DE BARAÑAIN A ingresar la ayuda económica extraordinaria municipal que me ha sido concedida por importe de euros en concepto de A Don /Doña en representación de con C.I.F. a la siguiente cuenta bancaria En Barañain a de de 20 Fdo. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 14

15 VI.- DOCUMENTOS A APORTAR a) Instancia- solicitud según modelo oficial del. Deberá figurar a nombre de la persona solicitante o del representante legal en su defecto. b) D.N.I./ Pasaporte o Permiso de trabajo/ residencia del adulto solicitante responsable del menor c) Libro de Familia o documento de identificación de los miembros de la unidad familiar de convivencia. d) Justificante de todos los ingresos familiares de la unidad perceptora, referidos al año de presentación de la solicitud: nóminas, pensiones, prestaciones, declaración jurada de ingresos en los supuestos de economía sumergida de la persona empleadora o en su defecto del/la solicitante. e) Vida laboral. f) Declaración de la renta en el supuesto de empleo por cuenta propia. g) Alta en IAE correspondiente al autónomo o la sociedad en la que esté integrada. h) Otros documentos de interés que justifique su situación socio sanitaria y/o económica necesarios para la asignación de la ayuda. i) En caso de desempleados/as tarjeta de Demanda de Empleo. j) En caso de separación o divorcio copia de la sentencia de Separación y del convenio regulador en el que se concrete las aportaciones que debe realizar el ex cónyuge. k) Justificante de estar realizando cursos de formación y/o promoción laboral. l) Cualquier otra documentación que el estime oportuna. m) El Ayuntamiento procederá de oficio a comprobar que las personas solicitantes se encuentran empadronadas en Barañain y al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento. n) Declaración jurada de residir efectivamente en Barañain. Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 15

16 VII.- PROTECCIÓN DE DATOS A tenor de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de protección de datos de carácter personal, le informamos que los datos que se recaban para solicitar la prestación de ayudas para alimentación en centros escolares año 2005, van a ser incorporados a un fichero informático de titularidad del de Barañáin. Así mismo, le informamos de su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, que podrá ejercitar dirigiéndose al Registro General del Ayuntamiento (Pza. Consistorial, s/n). La presentación de solicitud supone autorización suficiente para que el proceda a las comprobaciones de oficio necesarias para la concesión de la subvención e indicadas en la base 7.1., así como autorización suficiente para que se comunique a los Centros Escolares, en soporte papel, los datos requeridos (relación de beneficiarios de la ayuda, período de subvencionar y cuantía a liquidar por niño/a) y autorización para que los Centros Escolares comuniquen al ayuntamiento de Barañáin, en soporte papel, los días de asistencia del menor al comedor, así como el abono al centro escolar de la concesión de la subvención. En Barañáin a de de 20 Enterado firmado: Programa/Actividad/Funcionamiento financiado por 16

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