Grado en Derecho Derecho Mercantil III
|
|
- Esteban Ramírez Nieto
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Grado en Derecho Derecho Mercantil III Lección 8. Contratos de seguro Profesora Titular de Derecho Mercantil Universidad Politécnica de Cartagena Obra colectiva Derecho Mercantil III en Red Realizada al amparo de la Convocatoria de ayudas para el Diseño de material didáctico digital para el curso 2013/2014
2 SUMARIO I. El contrato de seguro 1. Introducción 2. Concepto 3. Clasificación 4. Caracteres. 5. Elementos subjetivos A. Asegurador B. Tomador y asegurado C. Mediadores de seguros
3 6. Formación y documentación del contrato A) Formación B) Documentación del contrato. La póliza C) Deber de declaración del tomador del seguro 7. Duración y prescripción 8. Obligaciones y deberes de las partes II. Seguros de daños 1. Consideraciones generales 2. Valor del interés y suma asegurada 3. Determinación de la indemnización 4. Tipos de seguros de daños
4 III. Seguros de personas 1. Consideraciones generales 2. Seguros sobre la vida 3. Seguro de accidentes 4. Seguro de enfermedad y de asistencia sanitaria IV. Legislación V. Bibliografía básica VI. Noticias VII. Cuestionario de autoevaluación
5 I.1. El contrato de seguro. Introducción (1/1) Importancia del seguro. Concepto económico del seguro: cobertura recíproca de una necesidad pecuniaria fortuita y valorable en dinero por un grupo de personas sujetas a riesgos del idéntico género.
6 I.2. Concepto (1/1) Contrato por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y cuando se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, bien el daño producido al asegurado, bien a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas(art. 1 LCS). El riesgo es esencial al contrato: el contrato es nulo si cuando se concluye el contrato no existía riesgo o había ocurrido el siniestro(art. 4 LCS).
7 I.3. Clasificación (1/1) Según el riesgo objeto de cobertura: Seguro contra daños Seguro de personas Según el ramo para el que se concede la autorización: Seguro directo distinto del seguro de vida Seguro de vida Según el ámbito geográfico: Seguro terrestre Seguro marítimo Seguro aéreo
8 I.4. Caracteres del contrato (1/1) Contrato aleatorio Contrato oneroso Contrato bilateral y sinalagmático Contrato de duración o ejecución continuada Contrato único aunque dividido en períodos Contrato consensual Contrato de adhesión (Ley 7/1998, de 13 de abril, de condiciones generales de la contratación)
9 I.5.A. Asegurador (1/2) Es la persona que asume la obligación de pago de la indemnización cuando se genera el evento asegurado. Reservado por LOSSP a las entidades de seguro que son: SA Sociedadesmutuas Sociedadescooperativas Mutualidades de previsión social
10 I.5.A. Asegurador (2/2) Control administrativo sobre las condiciones de ejercicio de la actividad aseguradora y sobre sus recursos patrimoniales (capital mínimo, fondos de garantía o márgenes de solvencia etc.) Inscripción en Registro mercantil y en Registro especial Autorización administrativa previa por ramos de seguro Si operan sin la debida autorización: contrato nulo de pleno derecho aunque se protege al asegurado(vid. art LOSSP)
11 I.5.B.Tomador y asegurado (1/1) Tomador: es el contratante del seguro Asegurado: el titular del interés que se asegura en el contrato. Distinción entre ambas figuras (pueden ser las mismas personas o distintas)
12 I.5.C. Mediadores de seguros (1/1) Son los que efectúan las actividades de presentación, propuesta o realización de los trabajos previos a la celebración del contrato de seguro o de reaseguro, o de su celebración, así como asisten en su gestión y ejecución cuando acontece el siniestro. Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados(lms) Clases de mediadores: o Agentes de seguros(operador de banca-seguros) o Corredores de seguros
13 I.6.A. Formación (1/1) Carácter consensual: se perfecciona, por regla general, por la oferta y su aceptación, sin exigencia de forma determinada. No obstante, a efectos probatorios se exige que el contrato y sus modificaciones se perfeccionen por escrito(art. 5 LCS). Distinta eficacia de las manifestaciones de las partes en la fase previa a la celebración del contrato.
14 I.6.B. Documentación del contrato. La póliza (1/1) La póliza es el documento que contiene el contrato de seguro, debe constar, a efectos probatorios, por escrito(art. 5 LCS). Contenido mínimo obligatorio(art. 8 LCS) Se reflejan en condiciones generales de la contratación y modelos tipo redactados por entidades aseguradoras sometidas a supervisión administrativa (hoy, salvo excepciones, no se exige autorización previa). Especial protección para el asegurado según sea o no consumidor. Además de la póliza, pueden existir otros documentos (artys. 5y6LCS).
15 I.6.C. Deber de declaración del tomador del seguro (1/1) Delimitación del riesgo cubierto. Deber de declaración del tomador antes de conclusión del contrato: cuestionario del asegurador(art. 10 LCS). Deber de declaración del tomador en caso de agravación del riesgo.
16 I.7. Duración y prescripción (1/1) La duración deberá fijarse en la póliza (salvo para seguros de vida, máximo 10 años prorrogables 1 o más veces por periodo no superior al año) Las acciones derivadas del contrato de seguro prescribirán: o Enlossegurosdedañosalos2años STS13/2014,de21deenero o Enlossegurosdepersonasalos5años
17 I.8. Obligaciones y deberes de las partes (1/1) Obligaciones y deberes del asegurador: Entregadelapóliza(art.5LCS). Cobertura del riesgo. Pagodelaprestación(arts.18y19LCS). Obligaciones y deberes del tomador: Pagodelaprima(arts.14y15LCS). Comunicar al asegurador circunstancias de agravamiento del riesgo(art. 11 LCS). Comunicar al asegurador la producción del siniestro (art. 16LCS). Emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro(art. 17 LCS).
18 II.1. Seguros de daños. Consideraciones generales (1/1) Disposiciones generales de seguros de daños: arts LCS. Normas especiales: arts LCS. Son seguros de indemnización efectiva: tienden a resarcir el daño efectivamente sufrido por el asegurado. La indemnización del asegurador se adecúa a la cuantía del daño que, como máximo, será el valor real del daño producido. Diferencias con los seguros de personas.
19 II.2. Valor del interés y suma asegurada (1/3) Interés del asegurado en la indemnización: debe existir en el momento en que el contrato deba producir sus efectos (vid. art. 25LCS). Suma asegurada o valor asegurado: representa el límite máximo de la indemnización que debe pagar el asegurador en cada siniestro (art. 27 LCS). Puede o no coincidir con el valor asegurable o valor inicial. STS78/2014,de3demarzo
20 II.2. Valor del interés y suma asegurada (2/3) Relación entre el interés y la suma asegurada: Seguro pleno: si la suma asegurada coincide con el valor del interés asegurado. Seguro parcial o infraseguro: si la suma asegurada es inferior al valor del interés asegurado. Sobreseguro: si la suma asegurada es superior al valor del interés asegurado(vid. art. 31 LCS). Referencia a las pólizas estimadas o valoradas.
21 II.2. Valor del interés y suma asegurada (3/3) Cuando el asegurado tenga concertados una pluralidad de seguros sobre el mismo interés asegurado, los mismos riesgos y por el mismo plazo, hay que distinguir entre: Seguro cumulativo o múltiple (art. 32 LCS) Coaseguro (art. 33 y 33 bis LCS).
22 II.3. Determinación de la indemnización (1/2) Factores para el cálculo de la indemnización: Valor del interés asegurado inmediatamente anterior al siniestro(valor final, no inicial)(art. 26 LCS) Importe del daño: viene determinado por la diferencia entre el valor final y el de residuo (el del interés asegurado tras el siniestro). Suma asegurada: funciona como límite a la indemnización. En caso de infraseguro: regla de la proporcionalidad(art. 30 LCS).
23 II.3. Determinación de la indemnización (2/2) Si existen discrepancias entre las partes para valorar los daños: procedimiento pericial regulado por el art. 38 LCS. Efectos del pago de la indemnización: subrogación del asegurador en los derechos del asegurado frente al tercero que causóeldaño(art.43lcs).
24 II.4. Tipos de seguros de daños (1/1) Seguros de cosas o Seguros de incendios(arts LCS) o Seguros contra robo(arts LCS) o Seguro de transporte(terrestre: arts LCS) Seguro de lucro cesante(arts LCS) Seguro de crédito o Seguro de crédito(arts LCS) o Segurodecaución(art.68LCS) Seguro de defensa jurídica(arts. 76 a-g LCS) Seguro de deudas o Seguro de responsabilidad civil(arts LCS) o Reaseguro(arts LCS)
25 III.1. Consideraciones generales (1/2) Regulación: arts LCS. Los contratos de seguro sobre las personas comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado(art. 80 LCS). A diferencia del seguro de daños, el asegurador no puede subrogarse, aunque haya pagado la indemnización, en los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero como consecuencia de un siniestro(excepto en los gastos de asistencia sanitaria)(art. 82 LCS).
26 III.1. Consideraciones generales (1/2) Modalidades de contratación(art. 81 LCS): Seguros individuales Seguros de grupo (el grupo debe estar delimitado por alguna característica común extraña al propósito de asegurarse) Clases de seguros de personas: Segurosobrelavida Seguro de accidentes Seguros de enfermedad y de asistencia sanitaria
27 III.2. Seguro sobre la vida (1/6) Regulación: arts LCS. Concepto: el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y dentro de los límites legales y contractuales, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o de supervivencia del asegurado. Se puede estipular sobre la vida propia o la de un tercero, tantoparacasodemuertecomoparacasodesupervivenciao ambos conjuntamente, así como sobre una o varias cabezas.
28 III.2. Seguro sobre la vida (2/6) Clases de seguro sobre la vida: Seguro de vida para caso de muerte Seguro de vida para caso de vida Seguro mixta de vida
29 III.2. Seguro sobre la vida (3/6) SEGUROSOBRELAVIDAPARACASODEMUERTE: En el seguro de vida para caso de muerte, la obligación del asegurador depende de la muerte del asegurado. Se distingue entre temporal y de vida entera. Problemática de la delimitación del riesgo: deber de declaración del tomador (cuestionario presentado por asegurador, reconocimiento médico etc). STS67/2014,de14defebrero Causas excluidas. El supuesto del suicidio.
30 III.2. Seguro sobre la vida (4/6) SEGURO SOBRE LA VIDA PARA CASO DE VIDA: En el seguro de vida para caso de vida, la obligación del asegurador depende de la supervivencia del asegurado en una determinada fecha. Importancia creciente de este seguro. Régimen especial(art. 98 LCS) SEGUROS MIXTOS: el asegurador cubre alternativamente el riesgo de muerte y el de supervivencia del asegurado.
31 III.2. Seguro sobre la vida (5/6) ELEMENTOS PERSONALES DEL CONTRATO DE SEGURO DE VIDA: Comunes al resto de seguros: asegurador, tomador y/o asegurado. Específicos para el caso de seguros de vida para el caso de muerte: el beneficiario. Beneficiario: persona que tiene derecho a la indemnización: Designación Revocación Posición jurídica
32 III.2. Seguro sobre la vida (6/6) Rescate y reducción de la suma asegurada en los casos de seguros de vida para caso de muerte cuando el contrato es por vida entera. Salvo pacto en contrario, no se reconocen en los seguros de supervivencia y en los temporales para caso de muerte (arts.94y98lcs). Faltadepagodelaprima(art.15LCS). Anticipossobrelapóliza(arts.97y99LCS).
33 III.3. Seguro de accidentes (1/1) Regulación: arts , 87.1 y LCS. Es el contrato de seguro que cubre al asegurado contra una lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o muerte(art. 100 LCS). Si el accidente es provocado intencionadamente por el asegurado, el asegurador se libera de su obligación (art. 102 LCS). Es un seguro de sumas: pueden existir varios seguros sobre un mismo interés(vid. art. 101 LCS).
34 III.4. Seguro de enfermedad y de asistencia sanitaria (1/1) Regulación: LCS. Se diferencian por la forma de prestación del asegurador y no porque cubran riesgos diversos: o Seguro de enfermedad: el asegurador se obliga a pagar ciertas sumas y gastos de asistencia sanitaria y farmacéutica. o Seguro de asistencia sanitaria: el asegurador se obliga a proporcionar al asegurado la asistencia médica y quirúrgica de sus enfermedades o lesiones, pero sin conceder indemnizaciones en metálico en sustitución de la prestaciones de la asistencia sanitaria.
35 IV. Legislación Ley50/1980,de8deoctubre,decontratodeseguro(LCS). Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados(lossp).
36 V. Bibliografía Andreu Martí, M.M./Girgado Perandones, P./ Martí Moya, V. (coord. Ferrando Villalba, L., Contratos mercantiles, ed. Aranzadi, 2010, pp Sánchez Calero, F./Sánchez-Calero Guilarte, J., Instituciones de Derecho mercantil, vol. II, ed. Aranzadi, pp
37 VI. Noticias Inversiones del sector asegurador Ejemplo de seguro de asistencia sanitaria: Sanitas Protección del asegurado
38 ViI. Cuestionario de autoevaluación (1/1 ) 1. Defina el contrato de seguro y señale sus caracteres esenciales. 2. Quién puede ser asegurador en España? 3. Qué ocurre cuando un tomador suscribe un contrato de seguro con un asegurador que no se encuentre debidamente autorizado a tal efecto? Describa sus consecuencias jurídicas. 4. Distinga entre el tomador y el asegurado. 5. Cuándo prescriben las acciones derivadas del contrato de seguro? 6. Efectos del pago de la indemnización por el asegurador en los seguros de dañosyenlossegurosdepersonas. 7. Clases de seguros sobre la vida. 8. En qué se diferencian el seguro de enfermedad y el de asistencia sanitaria?
Lección 8: CONTRATOS DE SEGURO. Autor: Fernando De la Vega García
Lección 8: CONTRATOS DE SEGURO Autor: Fernando De la Vega García SUMARIO I. Introducción al Derecho del Seguro Privado II. Concepto y clases de contratos de seguro III. Elementos subjetivos del contrato
Más detallesCURSO DE AUXILIAR-ASESOR DE SEGUROS (GRUPO B) CURSO 2015/2016
1 PROGRAMA DE AUXILIAR-ASESOR DE SEGUROS (GRUPO B) MODULO I TEMA 1: EL CONTRATO DE SEGURO 1.1. INTRODUCCIÓN 1.2. LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO 1.3. CONCEPTO DE CONTRATO DE SEGURO. 1.4. CARACTERÍSTICAS DEL
Más detallesTEMA 17. EL CONTRATO DE SEGURO. 1. Introducción. A) Función económica del seguro.
TEMA 17. EL CONTRATO DE SEGURO 1. Introducción. A) Función económica del seguro. La esencia del seguro consiste en la cobertura recíproca de una necesidad pecuniaria fortuita y valorable en dinero por
Más detallesEXPERTO EN SEGUROS DE PERSONAS
EXPERTO EN SEGUROS DE PERSONAS Descripción Curso técnico de nivel superior en el que se abordan todos los fundamentos técnicos y jurídicos de la operación de seguro en general así como un estudio en profundidad
Más detallesQUÉ IMPACTO VAN A TENER EN LAS EMPRESAS LOS CAMBIOS LEGISLATIVOS EN MATERIA DE SEGUROS?
QUÉ IMPACTO VAN A TENER EN LAS EMPRESAS LOS CAMBIOS LEGISLATIVOS EN MATERIA DE SEGUROS? ALBERTO J. TAPIA HERMIDA Catedrático (acr.) de Derecho Mercantil Socio ESTUDIO JURÍDICO SÁNCHEZ CALERO - Madrid Desayuno
Más detallesCURSO DE MEDIADORES DE SEGUROS (GRUPO B) CURSO 2015/2016
1 PROGRAMA DE MEDIADORES DE SEGUROS (GRUPO B) MODULO I TEMA 1: EL CONTRATO DE SEGURO 1.1. INTRODUCCIÓN 1.2. LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO 1.3. CONCEPTO DE CONTRATO DE SEGURO. 1.4. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
Más detallesTEMA. El contrato de seguro. [10.1] Cómo estudiar este tema? [10.2] Introducción. [10.3] El régimen jurídico
El contrato de seguro [10.1] Cómo estudiar este tema? [10.2] Introducción [10.3] El régimen jurídico [10.4] Características y elementos del contrato [10.5] Las Obligaciones de las Partes [10.6] Seguros
Más detallesCONTRATO DE SEGURO. Elementos de Derecho Comercial Prof. Lisandro A. Allende
CONTRATO DE SEGURO Elementos de Derecho Comercial Prof. Lisandro A. Allende REGULACIÓN Ley de Seguros 17.418 Ley 20.091, aseguradoras y su control, modificada por decreto 558/2002 Res. Gral. SSN 21.523:
Más detallesQuiénes participan en un contrato de seguro?
Preguntas Frecuentes Qué es un Seguro de Personas? Es un Seguro sobre la vida humana (seguro de vida) - Es aquel en el que el pago por el asegurador de la cantidad estipulada en el contrato se hace dependiendo
Más detallesGRADUAT EN ADMINISTRACIÓ I GESTIÓ IMMOBILIÀRIA. PLA D ESTUDIS 1999
GRADUAT EN ADMINISTRACIÓ I GESTIÓ IMMOBILIÀRIA. PLA D ESTUDIS 1999 Assignatura: DRET DE L ASSEGURANÇA Codi: 16411121 Crèdits: 4.5 Tipus: Obligatòria Cicle: 2n Curs: 3r Quadrimestre: 1r Departament: Dret
Más detallesCOOPERATIVAS DE CRÉDITO Y DE SEGURO
COOPERATIVAS DE CRÉDITO Y DE SEGURO Cooperativas de Crédito Concepto: Sociedades cuyo objeto social es servir a las necesidades financieras de sus socios y de 3ºs mediante el ejercicio de actividades propias
Más detallesCÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE TRANSPARENCIA EN EL SEGURO
CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE TRANSPARENCIA EN EL SEGURO 1. INTRODUCCIÓN.... 2 2. CONCEPTOS DEL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS.... 2 3. HOMOGENEIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN.... 3 4. INFORMACIÓN PREVIA A LA CONSTITUCIÓN
Más detallesIMPAGO DE PRIMAS: Régimen y Actuación. José Antonio Muñoz Villarreal José Pérez Curiel Roca
IMPAGO DE PRIMAS: Régimen y Actuación José Antonio Muñoz Villarreal José Pérez Curiel Roca SEGURO: Artículo 1 LCS: El contrato de seguro es aquél por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de
Más detallesTema 26 CONTRATO DE SEGURO
Tema 26 CONTRATO DE SEGURO El contrato de seguro tiene por objeto reparar por medio de la indemnización el daño sufrido por el asegurado. Será de naturaleza MERCANTIL en todos los casos. Los seguros se
Más detallesSan José, 23 de mayo de 2010. Inspector Jefe del Departamento de Régimen Legal Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
El contrato de seguro San José, 23 de mayo de 2010 Sonia Lecina López Inspector Jefe del Departamento de Régimen Legal Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones 1 ESTRUCTURA VISIÓNIÓN GENERAL
Más detallesMÓDULO I - TEORÍA GENERAL DEL SEGURO.
MÓDULO I - TEORÍA GENERAL DEL SEGURO. Tema 1. 1.1. La institución aseguradora. 1.2. Conductas del hombre ante el riesgo. 1.3. Antecedentes históricos y conceptos del Seguro. 1.4. El riesgo: elementos y
Más detallesSEGUROS EN EL TRANSPORTE
SEGUROS EN EL TRANSPORTE RESPONSABILIDAD CIVIL La responsabilidad civil consiste en la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro por un equivalente monetario Aunque
Más detallesEL TRABAJADOR AUTÓNOMO
EL TRABAJADOR AUTÓNOMO El ejercicio libre de la profesión del Arquitecto se conforma, en lo que a regímenes profesionales de nuestro ordenamiento laboral se refiere, como un TRABAJADOR AUTÓNOMO. Los últimos
Más detallesLA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS
LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS 1. Qué es la mediación? la mediación es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en EL que dos o más
Más detallesACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.
GLOSARIO DE SEGUROS A ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona. AGENTE O CORREDOR DE SEGUROS: Es toda
Más detallesANEXO CAPITULO I. Disposiciones generales. Artículo 1 Objeto del seguro
ANEXO CAPITULO I Disposiciones generales Artículo 1 Objeto del seguro 1. El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria tiene por objeto la cobertura, en el ámbito y dentro de los límites
Más detallesPreguntas frecuentes (SBS)
Cuál es el contenido de una póliza? Nombre y domicilio del asegurador. Nombres y domicilios del solicitante, asegurado y beneficiario. Calidad en que actúa el solicitante del seguro. Identificación precisa
Más detallesLA RETRIBUCIÓN DEL CORREDOR. José Luis Maestro
LA RETRIBUCIÓN DEL CORREDOR José Luis Maestro Mediación Actividad consistente en la: Presentación, propuesta o realización de trabajos previos a la celebración de un contrato de seguro. o de Celebración
Más detallesNORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO RELATIVAS A SEGUROS
1 NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO RELATIVAS A SEGUROS LEGISLACIÓN ESPAÑOLA La ley española sobre el contrato de seguro será de aplicación al seguro contra daños en los siguientes casos: - Cuando
Más detallesSEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS REAJUSTE VALOR DE LA PRIMA Concepto 2007016222-001 del 18 de mayo de 2007.
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS REAJUSTE VALOR DE LA PRIMA Concepto 2007016222-001 del 18 de mayo de 2007. Síntesis: Las normas imponen a las empresas de transporte la
Más detallesTURISTAS. DEBE DECIR (SUSTITUYE). (Ley de Instituciones de Seguros y del Fianzas)
TURISTAS. Endoso que forma parte del contrato de seguro, y por medio del cual se sustituyen las referencias hechas a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, por las correspondientes
Más detalles3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y
3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y CÓMO ASEGURAR? 3.4 Cómo se contrata un seguro? Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas.
Más detallesI. Representante fiscal en España para entidades que pretendan operar en régimen de libre prestación de servicios.
SECRETARÍA DE ESTADO, ANEXO SOBRE NORMAS DE INTERÉS GENERAL APLICABLES A ENTIDADES QUE OPERAN EN ESPAÑA EN RÉGIMEN DE LIBRE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y DERECHO DE ESTABLECIMIENTO ( VIDA Y NO VIDA) La relación
Más detalles1. Definiciones y Conceptos del Seguro de Vida
1. Definiciones y Conceptos del Seguro de Vida En este capítulo se definen algunos términos y conceptos generales del Seguro de Vida (Líneas Personales), atendiendo a lo dispuesto en la Ley sobre el Contrato
Más detallesEl contrato de seguro es un típico contrato de adhesión, cuyas cláusulas las fija una de las partes y la otra las acepta.
GUIA PRÁCTICA PARA EL USUARIO DEL SEGURO A continuación se expone una guía práctica en la cual se definen conceptos y se brindan orientaciones generales de importancia para el usuario del seguro o afectado
Más detallesNORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS
NORMAS SOBRE CONSTITUCION Y CALCULO DE RESERVAS Aprobada en Resolución CD-SUPERINTENDENCIA-XLIX-I-97 del 8 de enero de 1997 Modificada en Resolución CD-SIB-188-1-NOV23-2001, del 23 de noviembre de 2001
Más detallesEL CONTRATO DE SEGURO
MANUAL DE FORMACIÓN GRUPO C MODULO GENERAL TEMA 1 EL CONTRATO DE SEGURO De conformidad con la Ley 26/2006 sobre Mediación de Seguros y Reaseguros Privados y la Resolución de 28 de julio de 2006 de la DGSyFP
Más detallesLOS SEGUROS INFORMACIÓN.
1. Información 2. Normativa específica 3. Preguntas Frecuentes 4. Publicaciones LOS SEGUROS INFORMACIÓN. El seguro, poco a poco, ha ido adquiriendo caracteres importantes, ya que gran parte de los ciudadanos
Más detallesMUTUA NACIONAL DE INGENIEROS TÉCNICOS COLEGIADOS DE P.S. (MUNITEC) . INDEMNIZACIÓN DIARIA POR ENFERMEDAD Y/O ACCIDENTE SEGÚN ANEXO
DATOS DEL SEGURO Póliza Certificado Suplemento Agente 000000 246.182 00000000 0000000 Ramo Modalidad Fecha de Efecto Fecha de Vencimiento Fecha de Emisión 11 12 01.01.2008 31.12.2008 22.01.2008 Duración
Más detallesUrgencias: Servicio permanente de Urgencia a domicilio.
PLIEGO PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE RIGEN EN LA CONTRATACIÓN UNA PÓLIZA SEGURO COLECTIVO ASISTENCIA SANITARIA PARA EL PERSONAL AL SERVICIO L EXCMO. AYUNTAMIENTO LORA L RIO Y SUS FAMILIARES. I. OBJETO L
Más detallesEL RIESGO EL SEGURO: PRINCIPIOS DE UN SEGURO. 1. Principio de solidaridad humana
EL RIESGO Combinación de la probabilidad de ocurrencia de un suceso y sus consecuencias. Puede tener carácter negativo (en caso de ocurrir se producen pérdidas) o positivo (en caso de ocurrir se producen
Más detalles*******************************
PROGRAMA DE FORMACIÓN - PERFIL BÁSICO MÓDULO I 1. EL CONTRATO DE SEGURO Y SE REGULACIÓN EN EL DERECHO ESPAÑOL. 2. ELEMENTOS PERSONALES DEL CONTRATO DE SEGURO 2.1. EL ASEGURADOR 2.2. EL TOMADOR 2.3. EL
Más detallesPROPUESTA DE BASES PARA LA REFORMA DE LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones PROPUESTA DE BASES PARA LA REFORMA DE LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO Índice de propuestas Febrero 2008 ÍNDICE DE PROPUESTAS DE REFORMA DE LA LCS TÍTULO
Más detallesMarco Legal. Cobros y Pagos en Operaciones de Seguro. Juan Fernando Robles
Cobros y Pagos en Operaciones de Seguro Juan Fernando Robles Marco Legal Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro. (LCS) Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros privados.
Más detallesGUIA DE BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE TRANSPARECIA EN LA INFORMACIÓN PREVIA EN LA CONTRATACIÓN DE LOS SEGUROS QUE INCLUYAN LA GARANTÍA DE PROTECCION
GUIA DE BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE TRANSPARECIA EN LA INFORMACIÓN PREVIA EN LA CONTRATACIÓN DE LOS SEGUROS QUE INCLUYAN LA GARANTÍA DE PROTECCION DE PAGOS POR DESEMPLEO O INCAPACIDAD TEMPORAL FEBRERO
Más detallesI. LOS ELEMENTOS PRINCIPALES DE UNA OPERACIÓN DE SEGURO. II. EL CONTRATO DE SEGURO: DISPOSICIONES GENERALES.
SISTEMA FINANCIERO ESPAÑOL - TEMA 16 LOS ELEMENTOS PRINCIPALES DE LA OPERACIÓN DE SEGURO. EL CONTRATO DE SEGURO: DISPOSICIONES GENERALES. EL SEGURO CONTRA DAÑOS. EL SEGURO DE PERSONAS. LOS PLANES DE PENSIONES:
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA
Núm. 241 Sábado 6 de octubre de 2012 Sec. I. Pág. 71363 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE JUSTICIA 12482 Real Decreto 1333/2012, de 21 de septiembre, por el que se regula el seguro de responsabilidad
Más detallesCURSO DE MEDIADORES DE SEGUROS (GRUPO B)
() FUNDACIÓN UNED PRÓLOGO Este es el programa del curso universitario de agente de seguros del grupo B, como podéis observar se ajusta perfectamente a la tabla de contenidos de la propuesta de resolución
Más detallesSegunda.- Contenido de los servicios: consultoría, asesoramiento y mediación de seguros privados.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE MEDIACIÓN, ASISTENCIA Y ASESORAMIENTO PROFESIONAL EN LOS SEGUROS QUE CONTRATE EL AYUNTAMIENTO DE BAEZA. Primera.-
Más detallesQUE OTRAS CONDICIONES GENERALES DEBE EXPRESAR UN CONTRATO DE SEGURO?
CONTRATO DE SEGUROS EN COLOMBIA Y EN EL EXTERIOR EN COLOMBIA QUE ES UN CONTRATO DE SEGUROS? Es un acuerdo entre una persona, denominada asegurador que asume el riesgo que le traslada otra persona llamada
Más detallesFUNDACIÓN MAPFRE 2015 2TIPOS DE SEGUROS. 2.3 Seguros de prestación de servicios
2TIPOS DE SEGUROS 2.3 Seguros de prestación de servicios Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos
Más detallesSEGURO COLECTIVO DE DECESOS CONDICIONES ESPECIALES DE LA PÓLIZA
SEGURO COLECTIVO DE DECESOS CONDICIONES ESPECIALES DE LA PÓLIZA Artículo 1. Cláusula preliminar El propósito de este documento es adecuar las Condiciones Generales de la Póliza al seguro de vida que se
Más detallesLOTE III - VIDA DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO Y CORPORATIVOS 1.- OBJETO DEL CONTRATO
AYUNTAMIENTO LA N. VILLA 1 PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN SERVIR PARA LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS ADJUDICACION, LOS CONTRATOS SEGUROS PRIVADOS L AYUNTAMIENTO
Más detallesCIRCULAR VERIFICACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGUROS DE AVIACIÓN CIVIL
VERIFICACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGUROS DE AVIACIÓN CIVIL 1. Propósito Establecer los criterios que deben presentar las Pólizas de Seguros de Aviación para ser verificadas por la Autoridad Aeronáutica Nacional,
Más detallesEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA GARANTÍA EQUIVALENTE DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSARLES Real Decreto 1333/2012, de 21 de Septiembre
Circular nº 7/201 /201 1 EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA GARANTÍA EQUIVALENTE DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSARLES Real Decreto 1/2012, de 21 de Septiembre MG/Circulares/Circular 7 Circular nº 7/201
Más detallesSi se opta por el Máster se deberán desarrollar los cuatro módulos con un volumen horario de 160 horas presenciales.
El Centro de Estudios e Investigaciones Jurídicas, nació con la vocación de formar a los profesionales del Derecho, tanto a los que ya ejercen, como a los que quieren incorporarse a la profesión y necesitan
Más detallesGLOSARIO DE TÉRMINOS TÉCNICOS BÁSICOS PRELIMINARES SOBRE SEGUROS PARA EL ÁMBITO DEL MERCOSUR
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 83/99 GLOSARIO DE TÉRMINOS TÉCNICOS BÁSICOS PRELIMINARES SOBRE SEGUROS PARA EL ÁMBITO DEL MERCOSUR VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Recomendación Nº 5/99
Más detallesACUERDO DE COLABORACIÓN ASISA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID
ACUERDO DE COLABORACIÓN ASISA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID Póliza colectiva: Nº 21.345 De una parte: UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID, entidad domiciliada en Madrid, Avenida Ramiro de Maeztu, 7,
Más detallesASUNTO: SEGUROS DE DAÑOS SOBRE INMUEBLES VINCULADOS A PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS.
ASUNTO: SEGUROS DE DAÑOS SOBRE INMUEBLES VINCULADOS A PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS. Planteamiento. Se consulta sobre las características de los seguros de daños sobre inmuebles vinculados a la concesión de préstamos
Más detallesSEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS Condiciones Generales CAJA DE SEGUROS REUNIDOS Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. -CASER- Domicilio Social: Avenida de Burgos, 109-28050
Más detallesEL MANEJO DE LAS COMPAÑIAS DE COYUNTURA NACIONAL
EL MANEJO DE LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS EN LA ACTUAL COYUNTURA NACIONAL Empresas de Seguros Compañías de Seguros Empresas de Medicinas Pre pagadas Cooperativas de seguros Administradoras de riesgos COMPAÑIAS
Más detallesPROYECTO INFORMATIVO: SEGURO INDIVIDUAL DE SUBSIDIO PARA: SAP-UGT
PROYECTO INFORMATIVO: SEGURO INDIVIDUAL DE SUBSIDIO PARA: SAP-UGT PROYECTO DE SEGURO DE SUBSIDIO El objetivo fundamental de la cobertura del Seguro de Subsidio de ASEFA Seguros y Reaseguros S.A., es garantizar
Más detallesDecreto 229/2004, de 2 noviembre
(Disposición Vigente) Decreto 229/2004, de 2 noviembre LARG 2004\304 DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO. Regula la compensación de gastos extraordinarios derivados de accidentes de tráfico acaecidos
Más detallesPLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
1 PLANES DE PENSIONES Y LEGISLACIÓN TRIBUTARIA BASE LIQUIDABLE GENERAL La base liquidable general estará constituida por el resultado de practicar en la parte general de la base imponible, exclusivamente,
Más detallesReferencia:SP/LEG/3577 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Referencia:SP/LEG/3577 DECRETO 251/2006, de 6 de junio, de regulación de las condiciones y cuantías mínimas de los seguros de responsabilidad civil exigibles para los espectáculos, las actividades recreativas
Más detallesPersona que reúne las características predeterminadas para poder contratar una cobertura de seguro en su favor.
ASEGURABLE Persona que reúne las características predeterminadas para poder contratar una cobertura de seguro en su favor. ASEGURADO Es la persona, titular del interés sobre cuyo riesgo se toma el seguro.
Más detallesJUNTA DE ANDALUCIA. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN. ESTRELLA SEGUROS C/ Orduña 2 28034 - Madrid Teléfono Atención 24 horas: 902 333 433 Fax: 902 200 501
Seguro de Accidentes para el alumnado que participe en el programa de formación en centros de trabajo para los ejercicios 2010 y 2011 Nº de póliza: X0-5-410.001.288 Tomador de la Póliza: JUNTA DE ANDALUCIA.
Más detallesRESPONSABILIDAD CIVIL
RESPONSABILIDAD CIVIL Introducción Fundamento Durante el desarrollo de cualquier actividad humana se puede causar daño a otra persona. Su reparación es el objeto de las reglas de la responsabilidad civil.
Más detallesEXPEDIENTE 6/SEGURO DE VIDA EMPLEADOS/ 2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DEL
EXPEDIENTE 6/SEGURO DE VIDA EMPLEADOS/ 2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GAVÀ 1 2 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Más detallesLA PÓLIZA D&O Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y ALTO DIRECTIVOS
LA PÓLIZA D&O Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE ADMINISTRADORES Y ALTO DIRECTIVOS 1. INTRODUCCIÓN: El seguro D&O (abreviatura de directors and officers) surge en la práctica anglosajona y, particularmente,
Más detallesPrincipios generales para invertir SEGUROS
Principios generales para invertir SEGUROS 03 Tipos de Seguros de Vida Seguros de Riesgo. Seguros de Ahorro. Seguros Mixtos Tipos de Rentas. 05 Seguros de Vida ligados a productos de Inversión Características
Más detallesCONTRATACIÓN ESTATAL
CONTRATACIÓN ESTATAL 2 Para qué y cuándo exigir garantías? Capítulo 6 El Estatuto General de Contratación establece que los contratistas prestarán garantía única para el cumplimiento de las obligaciones
Más detallesREVISTA DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR DE LA DIPUTACIÓN DE SEGOVIA. 1 er Semestre 2015 AÑO 9 Nº 22. consuayuda EL CONTRATO DE SEGURO Y LOS CONSUMIDORES
REVISTA DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR DE LA DIPUTACIÓN DE SEGOVIA 1 er Semestre 2015 AÑO 9 Nº 22 consuayuda EL CONTRATO DE SEGURO Y LOS CONSUMIDORES 2 consuayuda Sumario REVISTA DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR
Más detallesInforme 13/2008, de 10 de julio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón,
Informe 13/2008, de 10 de julio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón, Asunto: Procedimiento de adjudicación de los contratos de suministro por precio unitario cuando no hay
Más detalles3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y
FUNDACIÓN MAPFRE 2015 3 QUÉ, QUIÉN, CUÁNDO Y CÓMO ASEGURAR? 3.2 Quiénes intervienen en un contrato de seguros? FUNDACIÓN MAPFRE 2015 Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE
Más detallesLA COBERTURA ASEGURADORA PARA RPAS
LA COBERTURA ASEGURADORA PARA RPAS P o n e n t e A n a G a r c í a B a r o n a R e s p o n s a b l e d e R e g u l a c i ó n D i r e c c i ó n G e n e r a l d e S e g u r o s y F o n d o s d e P e n s
Más detallesI. CONCEPTO Y MODALIDADES DEL SEGURO DE VIDA
PJD-SGS-018-2013 07 de noviembre de 2013 Señor Tomas Soley P, Superintendente Superintendencia General de Seguros Estimado Señor: En atención a diversas consultas en torno a los alcances del artículo 14
Más detallesel Consejo de Estado, dispongo: La formación será tanto teórica como práctica, debiendo computarse esta última como horas efectivas de formación.
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y PRINCIPIOS BÁSICOS DE LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN PARA LOS MEDIADORES DE SEGUROS, CORREDORES
Más detallesPROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Edición: 1 Fecha: Página 1 de 8 Elaborado y revisado por : Oficina de Prevención de Riesgos Laborales Fecha: 25 de noviembre de 2014 Aprobado por : Comité de Seguridad y Salud Fecha: Procedimiento PROCEDIMIENTO
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
DE LOS SENADORES JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA, MARÍA DE LOS ÁNGELES MORENO URIEGAS Y CARLOS LOZANO DE LA TORRE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, LA QUE CONTIENE PROYECTO
Más detallesCAPÍTULO I PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA. El comportamiento humano está expuesto a muchos riesgos, a pesar de que es
CAPÍTULO I PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA 1.1 Planteamiento del Problema El comportamiento humano está expuesto a muchos riesgos, a pesar de que es imposible para el individuo la predicción o prevención completa
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES
PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES Para ser adherido y formar parte integrante de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Nro. contratada
Más detallesContrato de Seguro. Elementos formales 3. Ley de Contrato de Seguro 1. Características del contrato 2. Clasificación de contratos 4.
Imprimir Cerrar Ley de Contrato de Seguro Características del contrato Elementos formales Clasificación de contratos Más información Más información Más información Más información Duración del contrato
Más detallesABC del Seguro. Programa de Educación al Consumidor Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC) ACE Colombia S.A.
ABC del Seguro Programa de Educación al Consumidor Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC) Respetado cliente El material que está a punto de consultar, ha sido preparado por ACE Seguros como
Más detallesÍNDICE SUPUESTO DE HECHO... 2 Cuestión Planteada... 2 Contestación... 2
EDD 2001/94396 DGT, Consulta nº 3/2001 de 26 febrero 2001. Resumen La presente consulta vinculante determina que en el caso de un contrato de seguro unit linked a prima única,con posibilidad de satisfacer
Más detallesÍndice. Prólogo... XIII. Capítulo I... 5 Por Roberto Ríos Ossa. Artículo 512 inciso 1º. Concepto de contrato de seguro... 27
Prólogo... XIII Abreviaturas... 1 Capítulo I... 5 Capítulo II Sección Primera del Título VIII del Libro II del Código de Comercio: Normas comunes a todo tipo de seguros Artículo 512 inciso 1º. Concepto
Más detallesPROGRAMA 493.M DIRECCIÓN, CONTROL Y GESTIÓN DE SEGUROS. El programa tiene los siguientes objetivos:
PROGRAMA 493.M DIRECCIÓN, CONTROL Y GESTIÓN DE SEGUROS 1. DESCRIPCIÓN El programa tiene los siguientes objetivos: El control previo de los requisitos y documentación precisos para el ejercicio y ampliación
Más detallesReforma al derecho de contrato de seguros. Aspectos problemáticos
Reforma al derecho de contrato de seguros Aspectos problemáticos Aspectos a revisar Formación del consentimiento Vigencia de la cobertura Contenido del contrato Para el asegurador/para el asegurado Deber
Más detalles2928 DERECHO MERCANTIL II GRUPO 01 (CAMPUS EXTENS PALMA) CURSO 2008/2009
2928 DERECHO MERCANTIL II GRUPO 01 (CAMPUS EXTENS PALMA) CURSO 2008/2009 Prof. Dr. JOSÉ LUIS MATEO HERNÁNDEZ Tel: 971171349 Correo electrónico: joseluis.mateo@uib.es 1. DESCRIPCIÓN DE LOS CRÉDITOS a) Objetivos:
Más detallesGabinete Jur?dico. Informe 0360/2013
Gabinete Jur?dico Informe 0360/2013 La consulta plantea si los centros sanitarios privados con los que conciertan las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales la prestación
Más detallesREGISTRO DE MEDIADORES DE LA ASOCIACIÓN ARAGONESA DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN
REGISTRO DE MEDIADORES DE LA ASOCIACIÓN ARAGONESA DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN La Asociación Aragonesa de Arbitraje y Mediación es una institución creada al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del
Más detallesLos Seguros de Garantía en Chile
SEMINARIO Los Seguros de Garantía en Chile Las Cauciones de las Obligaciones de Hacer desde la Perspectiva Aseguradora y Bancaria Rodrigo Campero Peters Enero 2011 CHILE: Un Mercado de Garantías donde
Más detallesFUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.5 El mercado de seguros
FUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.5 El mercado de seguros FUNDACIÓN MAPFRE 2015 Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad,
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0076/2014
Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento
Más detalles1 1 I. Generalidades Concepto. 2 Monto Asegurado y valor de la prima. El monto asegurado corresponde al saldo insoluto de la deuda mantenida por el deudor ante el acreedor, calculado al último día del
Más detallesTitulación certificada por EUROINNOVA BUSINESS SCHOOL. Agente de Seguros. Agente de Seguros
Titulación certificada por EUROINNOVA BUSINESS SCHOOL Agente de Seguros Agente de Seguros Duración: 300 horas Precio: 200 * Modalidad: A distancia * Materiales didácticos, titulación oficial y gastos de
Más detallesABANDONO Facultad concedida al Asegurado, en determinadas ocasiones, para exigir el importe total de la suma asegurada en caso de siniestro.
GLOSARIO DE CONCEPTOS BÁSICOS DE SEGUROS A ACCIDENTE Es el acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda causar daños al asegurado o a sus cosas independientemente de su voluntad. ABANDONO
Más detallesNOTA-INFORME SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 5/2012, DE 5 DE MARZO, DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES
NOTA-INFORME SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 5/2012, DE 5 DE MARZO, DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES I.- ANTECEDENTES. El martes 6 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo,
Más detallesCAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños)
Assurant Daños México, S.A. México, D.F. a 14 de septiembre de 2015. CAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños) Se les informa que por la entrada en vigor de la nueva normatividad
Más detallesNUEVA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL INDIVIDUALIZADA PARA DECORADORES/DISEÑADORES DE INTERIOR COLEGIADOS
NUEVA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL INDIVIDUALIZADA PARA DECORADORES/DISEÑADORES DE INTERIOR COLEGIADOS 1. Características: 1.1 Objeto del seguro: Cubrir las consecuencias de la Responsabilidad
Más detalles310041 - Pericia Aseguradora
Unidad responsable: 310 - EPSEB - Escuela Politécnica Superior de Edificación de Barcelona Unidad que imparte: 732 - OE - Departamento de Organización de Empresas Curso: Titulación: 2011 GRADO EN CIENCIAS
Más detallesCONDICIÓN PRIMERA - DEFINICIÓN DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE.
ANEXO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE COMO SUMA ADICIONAL PÓLIZA A LA QUE ACCEDE VIVA LA VIDA FAMILIA CONDICIONES GENERALES Por convenio entre BOLÍVAR y LOS TOMADORES O LOS ASEGURADOS, este anexo hace
Más detallesN. 50 PREVISIÓN SOCIAL PRIVADA: SEGUROS Y PLANES DE PENSIONES
Colección de Publicaciones del Departamento de Matemática, Económica, Financiera y Actuarial N. 50 PREVISIÓN SOCIAL PRIVADA: SEGUROS Y PLANES DE PENSIONES Manuela Bosch Príncep M. Mercè Claramunt Bielsa
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3
ÍNDICE Página DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones......................................... 2 OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro.....................................
Más detalles