TIPOS ENSEÑANZA PREFERENTES. Nº Beca ACTIVIDAD BECA. - Diplomatura Turismo - Ciclo Formativo Grado Superior Hostelería y Turismo

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1 BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONCESIÓN DE NUEVE BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA PARA EL AÑO 20. (Bases Generales publicadas en el BOP de Valencia, número 76 de fecha -III-20) BASE PRIMERA. Objeto y número de becas. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 9 becas en las siguientes áreas de actividad: Nº Beca ÁREA ACTIVIDAD BECA TIPOS ENSEÑANZA PREFERENTES TURISMO Informador Turístico - Diplomatura Turismo Superior Hostelería y Turismo 2 PLAYAS Gestión Administrativa Oficina Atención al Ciudadano Medio - Diplomatura Biblioteconomía y Documentación PERSONAL ALCALDÍA DEPARTAMENTO DE PERSONAL PADRÓN REGISTRO - Diplomatura Relaciones Laborales - Licenciatura en Ciencias del Trabajo - Licenciatura en Derecho Medio - Diplomatura Biblioteconomía y Documentación

2 URBANISMO ÁREA URBANISMO Medio - Diplomatura Biblioteconomía y Documentación - Licenciatura en Derecho Nº Beca ÁREA ACTIVIDAD BECA TIPOS ENSEÑANZA PREFERENTES 6 FIESTAS Departamento de FIESTAS Superior Técnico Superior Animación Sociocultural Medio 7 CULTURA 8 EMPLEO Área de Cultura Agencia de Empleo y Desarrollo Local Superior Técnico Superior Animación Sociocultural Medio - Diplomatura en Turismo - Diplomatura en Biblioteconomía - Licenciatura Historia del Arte - Licenciatura Psicología - Licenciatura Pedagogía - Licenciatura Psicopedagogía - Diplomatura Trabajo Social - Diplomatura Educación Social - Licenciatura CC Trabajo - Licenciatura ADE - Diplomatura CCEE 2

3 9 JUVENTUD Y DEPORTES en el área de Juventud y Deportes - Técnico Superior Animación Sociocultural Medio En el supuesto de que las becas especificadas no quedaran cubiertas, se establecen las siguientes como reserva, en el orden especificado: BECAS RESERVA Nº Beca R- ÁREA ALCALDÍA. COMUNICACIÓN Y PRENSA ACTIVIDAD BECA Área de Comunicación y Prensa TIPOS ENSEÑANZA PREFERENTES - Licenciatura Comunicación Audiovisual Superior Comunicación, Imagen y Sonido - Licenciatura Periodismo R-2 ALCALDÍA. Interdepartamental Medio - Diplomatura Biblioteconomía y Documentación Un/una mismo/a candidato/a no podrá presentarse a más de de las becas convocadas.

4 BASE SEGUNDA. Dotación, pago y duración de las becas. Cada una de las becas está dotada con un importe de 00 euros brutos mensuales a abonar en periodos vencidos. En aquellos supuestos que impliquen un periodo inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente. El periodo de duración de las becas comienza el de julio de 20 y finalizará como máximo el 0 de septiembre de 20, siendo la duración MESES. El periodo de disfrute de la beca tiene que producirse necesariamente durante los meses de julio, agosto y septiembre, no pudiendo por causa alguna prolongar la duración de las becas más allá del mes de septiembre. BASE TERCERA. Requisitos y méritos Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo el indicado en el punto ; y lo acrediten documentalmente:.- Poseer la nacionalidad española, de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un estado Parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia, ésta última con anterioridad a la fecha de publicación de las bases del programa "La Dipu te Beca" de la Diputación de Valencia. 2.- Tener 8 años cumplidos..- Encontrarse cursando alguna de las siguientes enseñanzas oficiales: Ciclos Formativos de Formación Profesional o Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura..- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo.2 de la Ley 8/200, de 7 de noviembre, General de Subvenciones..- No estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca. Con el fin de garantizar la máxima difusión de estas becas entre los estudiantes tendrán preferencia aquellos que no hayan resultado beneficiarios de estas becas en ediciones anteriores, siempre y cuando el perfil de los solicitantes lo permita.

5 BASE CUARTA. Plazo y lugar de presentación de solicitudes, y documentación a aportar junto a las mismas. El plazo de presentación de solicitudes será, desde el día siguiente a la publicación de la resolución de aprobación de esta convocatoria y la publicación de las presentes bases en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de El Puig y finalizará el 20 de mayo del 20 inclusive. Con el fin de asegurar el acceso público a la información adicionalmente y sólo a los efectos informativos se podrá publicar en los tablones de Anuncios de los demás edificios públicos y en la página web Los/as interesados/a podrán retirar el modelo de solicitud en el Ayuntamiento, o descargar un ejemplar desde la página web presentándola en: el REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO DE EL PUIG, SITO EN LA PLAZA DEL AYUNTAMIENTO, 60 EL PUIG (VALENCIA), o por cualquier otro medio regulado en el artículo 8. de la Ley 0/992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones y Públicas y Procedimiento Administrativo Común. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados a continuación y los méritos que se alegan. - Fotocopia del DNI o documentación acreditativa equivalente. - Certificado de empadronamiento, acreditativo de la residencia en algún municipio la provincia de Valencia, antes de la fecha de la publicación de las Bases Generales en el BOP de Valencia (/0/20). - Documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas oficiales que alega en el que conste el tipo de enseñanza, curso, centro educativo (matrícula, certificado emitido por el centro, ) - Acreditación de no incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo.2 de la Ley General de Subvenciones, realizada mediante declaración responsable o a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo.7 de dicha Ley y artículos concordantes de su Reglamento. - Fotocopia del expediente académico correspondiente al curso inmediatamente anterior al que se encuentre cursando en el momento de la solicitud - Fotocopia de los documentos que acrediten los méritos.

6 Los interesados/as seleccionados/as, deberán de acreditar la autenticidad de los documentos presentados en la solicitud mediante la exhibición de los correspondientes originales, en un plazo máximo de días naturales, contados desde el día siguiente a la notificación de haber sido seleccionados/as. Si alguno de los aspirantes seleccionados/as no pudiera acreditar la autenticidad y veracidad de los documentos aportados, quedará excluido automáticamente y su puesto sería cubierto por el siguiente de la lista, sin perjuicio de las acciones legales que esta administración pudiera emprender. BASE QUINTA. Requisitos y méritos Los méritos que se bareman a efectos de esta convocatoria son los siguientes:.- Nota media del expediente académico aportado, del curso inmediatamente anterior al que se esté cursando: hasta 2 puntos 2.- Curso que se encuentra recibiendo en el ciclo de que se trate: hasta puntos: punto: si está cursando el último curso de los títulos de enseñanza que se valoran como preferentes para cada beca convocada, de acuerdo con lo que se especifica en la BASE. En cursos inferiores la parte proporcional al total de cursos..- Adecuación de las enseñanzas aportadas al objeto de las distintas becas convocadas: hasta puntos. BECA TITULACIÓN PUNTUACIÓN - Diplomatura Turismo Superior Hostelería y Turismo 2 Medio - Diplomatura Biblioteconomía y Documentación - Diplomatura Relaciones Laborales - Licenciatura en Ciencias del Trabajo - Licenciatura en Derecho Medio - Diplomatura Biblioteconomía y Documentación 6

7 6 7 Medio - Diplomatura Biblioteconomía y Documentación - Licenciatura en Derecho - Técnico Superior Animación Sociocultural Medio - Técnico Superior Animación Sociocultural - Diplomado en Biblioteconomía - Diplomatura de Turismo Medio - Licenciatura Historia del arte R- R-2 - Licenciatura Psicología - Licenciatura Pedagogía - Licenciatura Psicopedagogía - Diplomatura Trabajo Social - Diplomatura Educación Social - Licenciado Ciencias del Trabajo - Licenciatura y Dirección de Empresas - Diplomatura Ciencias Económicas - Técnico Superior Animación Sociocultural Medio - Licenciatura Comunicación Audiovisual Superior Imagen y sonido. - Licenciatura Periodismo Medio - Diplomatura Biblioteconomía y Documentación 7

8 .- Otros méritos como cursos específicos en la materia, otros idiomas comunitarios, valenciano, conocimiento de informática, realización de jornadas, seminarios relacionados hasta 2 puntos. CURSOS ESPECÍFICOS DE LA MATERIA: - 0, puntos por curso de 0 horas o superior. - Cursos de duración inferior, jornadas, seminarios la parte proporcional a la duración IDIOMAS - 0, puntos por estar en º de alguna escuela oficial - La parte proporcional cursos inferiores - En caso de varios idiomas, se sumará puntuaciones, con el límite de 0, puntos VALENCIÀ: - Nivel Superior JQCV o equivalente: 0, - Nivel Mitjà JQCV o equivalente: 0, - Nivel Elemental JQCV o equivalente: 0, INFORMÁTICA - 0, puntos por curso de 0 horas o superior. - Cursos de duración inferior, jornadas, seminarios la parte proporcional a la duración.-entrevista: Hasta puntos Se mantendrá una entrevista con los interesados, a fin de conocer su idoneidad, disposición, y formación curricular. 6.- Discapacidad: Hasta 2 puntos Se puntuará con 2 puntos el/la candidata/a con el grado de minusvalía más alto para cada beca. El resto proporcionalmente. En caso de empate de puntuaciones se preferirá la solicitud que tenga la mejor puntuación en los siguientes apartados, por el siguiente orden:. Discapacidad 2. Adecuación de las enseñanzas al objeto de la beca. Nota media del expediente académico. Curso que se encuentra cursando en el ciclo educativo que se trate. Otros méritos 8

9 BASE SEXTA. Comisión Evaluadora, concesión y seguimiento de las becas. Para el examen de las solicitudes de becas se constituirá una comisión evaluadora, que estará integrada por los siguientes miembros: - Presidente: Funcionario de Carrera designado por el Alcalde. - Vocales: o La Interventora Municipal, o persona en quien delegue o Dos Funcionarios/as de Carrera de la Corporación o Un técnico de otro área municipal - Secretario: El de la Corporación, o persona en quien delegue. La comisión evaluadora, tiene facultades para realizar, por medio de sus miembros, cuantas comprobaciones estime necesarias para la mejor calificación de los méritos aducidos. Una vez finalizado el correspondiente estudio de los expedientes de cada uno de los aspirantes, la comisión evaluadora formulará propuesta de adjudicación de las becas, para que las dictamine y se apruebe, en su caso, por resolución de Alcaldía. La resolución de concesión puede declarar desierta la cobertura de la beca correspondiente a alguna de las áreas de actividad, si el perfil de los solicitantes no se adecua a las características concretas necesarias para el correcto desarrollo de la misma. La entidad local nombrará uno o varios tutores/tutoras que realizaran el seguimiento, coordinación y ordenaran la actividad de formación del personal becario y el tiempo de dedicación a dichas actividades. En lo no contemplado en las presentes bases, la Comisión de Valoración será el órgano competente para la adopción de acuerdos y resolución de conflictos. BASE SEPTIMA. Derechos y obligaciones de los becarios, e incidencias.. Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de similar o análoga finalidad, o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca. 2. La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local.. Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones recogidas en el artículo de la Ley General de Subvenciones. 9

10 . Son obligaciones de los becarios: a) Desarrollar sus actividades en las dependencias municipales que le sean indicadas por su tutor b) Tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, que deberán ser realizadas siguiendo las indicaciones del tutor o tutora c) Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor. d) Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el tutor. e) Incorporarse a la entidad local correspondiente en la fecha prevista en la resolución de concesión.. Los tutores o tutoras ordenarán las actividades de formación del personal becario y organizarán el tiempo de dedicación a dichas actividades, que será como mínimo de 20 horas semanales, que deberán realizarse atendiendo al régimen de funcionamiento del centro donde se realice la beca. 6. El incumplimiento sin causa justificada de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca, debiendo proceder al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento. 7. Ante las renuncias, bajas o finalización del periodo de vigencia, se procederá a cubrir la beca por el tiempo restante, según el orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección. BASE OCTAVA. Presupuesto Los gastos de la presente convocatoria se financiarán con cargo al presupuesto de gastos de la corporación del año 20 En el Puig, a 2 de abril de 20 0